Libro 8 tomo II - CMIC DF
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información más confiable posible; y deben anotarse de manera enunciativa<br />
no limitativa, además los datos siguientes:<br />
1. Ubicación del inmueble.<br />
2. Nombre (si lo tuviese).<br />
3. Uso principal, autorizado.<br />
4. Nombre del propietario.<br />
5. Superficie construida.<br />
6. Superficie sin construir.<br />
7. Descripción general.<br />
8. Tipos de estructura.<br />
9. Fecha de funcionamiento.<br />
10.Fecha de las inspecciones realizadas.<br />
b. Revisiones periódicas.<br />
1. Se deben llevar a cabo según lo indicado en el Reglamento de Construcciones<br />
para el Distrito Federal.<br />
2. La primera se debe ejecutar seis meses después de terminada la estructura<br />
y posteriormente cada año o cuando se observe algún cambio en el comportamiento<br />
de la estructura, en especial después de cualquier fenómeno<br />
natural de magnitud considerable.<br />
3. La revisión debe estar a cargo de personal técnico especializado y con amplia<br />
experiencia en el tipo de estructura por revisar.<br />
4. Deben tenerse a la mano los planos definitivos y completos.<br />
5. Seguir un programa bien definido para evitar que algún elemento o conexión<br />
quede sin revisar, anotando en los planos o en una bitácora las observaciones<br />
correspondientes.<br />
6. Observar cuidadosamente la aparición de los daños más comunes en los<br />
elementos estructurales que se mencionan a continuación:<br />
Vigente a partir del 15 de septiembre de 2008 03-05