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Libro 8 tomo II - CMIC DF

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información más confiable posible; y deben anotarse de manera enunciativa<br />

no limitativa, además los datos siguientes:<br />

1. Ubicación del inmueble.<br />

2. Nombre (si lo tuviese).<br />

3. Uso principal, autorizado.<br />

4. Nombre del propietario.<br />

5. Superficie construida.<br />

6. Superficie sin construir.<br />

7. Descripción general.<br />

8. Tipos de estructura.<br />

9. Fecha de funcionamiento.<br />

10.Fecha de las inspecciones realizadas.<br />

b. Revisiones periódicas.<br />

1. Se deben llevar a cabo según lo indicado en el Reglamento de Construcciones<br />

para el Distrito Federal.<br />

2. La primera se debe ejecutar seis meses después de terminada la estructura<br />

y posteriormente cada año o cuando se observe algún cambio en el comportamiento<br />

de la estructura, en especial después de cualquier fenómeno<br />

natural de magnitud considerable.<br />

3. La revisión debe estar a cargo de personal técnico especializado y con amplia<br />

experiencia en el tipo de estructura por revisar.<br />

4. Deben tenerse a la mano los planos definitivos y completos.<br />

5. Seguir un programa bien definido para evitar que algún elemento o conexión<br />

quede sin revisar, anotando en los planos o en una bitácora las observaciones<br />

correspondientes.<br />

6. Observar cuidadosamente la aparición de los daños más comunes en los<br />

elementos estructurales que se mencionan a continuación:<br />

Vigente a partir del 15 de septiembre de 2008 03-05

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