Sementera: 312 litros de grano - citaREA
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сох<br />
Estado, perjudicando á sus convecinos y á sus<br />
conciudadanos. Hemos vivido y vivimos en<br />
los pueblos; hemos vivido en la Administración<br />
, y la práctica nos ha enseñado que sólo<br />
<strong>de</strong> este modo, y <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> mucho trabajo,<br />
podrá llegarse á la aproximación á la verdad,<br />
única aspiración que pue<strong>de</strong> tener la Administración<br />
y el contribuyente.<br />
Todo lo que hemos expuesto, que principalmente<br />
se refiere á la parte <strong>de</strong> cultivo, es<br />
perfectamente aplicable á la gana<strong>de</strong>ría. En<br />
esta riqueza la variedad es, si cabe, más infinita<br />
, y sin embargo la Administración siempre<br />
buscando la unidad, dando resultados tan sorpren<strong>de</strong>ntes<br />
que <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> una misma zona,<br />
•en dos pueblos limítrofes <strong>de</strong> los más parecidos,<br />
mientras en el uno se supone un producto<br />
líquido á cada cabeza <strong>de</strong> ganado lanar <strong>de</strong><br />
15 reales á unos, en el otro no pasa <strong>de</strong> 4, y<br />
en cambio dos pueblos, uno con gana<strong>de</strong>rías<br />
que apenas si exigen gastos, y otros en que<br />
éstos se equiparan á los productos, la riqueza<br />
líquida imponible base <strong>de</strong>l impuesto es igual,<br />
y por lo tanto para aquéllos la carga es ligera,<br />
para éstos se hace <strong>de</strong> todo punto imposible el<br />
sostenimiento <strong>de</strong> esta riqueza, que <strong>de</strong>be inspirar<br />
mayor cuidado á todos, pues el día que<br />
<strong>de</strong>saparezca, la agricultura quedará agonizante<br />
, pues que si la tierra no recupera las fuerzas<br />
que con la producción pier<strong>de</strong>, <strong>de</strong>jará <strong>de</strong><br />
criar, y es preciso no olvidar que el único<br />
abono que la generalidad <strong>de</strong> los agricultores<br />
pue<strong>de</strong> utilizar es el que la gana<strong>de</strong>ría proporciona<br />
, pues los abonos minerales, á más <strong>de</strong> ser<br />
muy caros, sería en muchos puntos poco menos<br />
que imposible su aplicación por no ser<br />
bien conocida, <strong>de</strong>biendo a<strong>de</strong>más tener en cuenta<br />
que los ensayos podrán hacerlos los gran<strong>de</strong>s<br />
agricultores pero no los pequeños, que<br />
si pier<strong>de</strong>n una cosecha <strong>de</strong> lo poco que labran,<br />
causarían su ruina y la <strong>de</strong> su familia.<br />
Nos hemos extendido tanto que nos vemos<br />
•obligados á acortar nuestra tarea, limitándonos,<br />
para terminar, á ocuparnos <strong>de</strong> dos reformas<br />
que se han iniciado en 1885 y en el año<br />
actual, y <strong>de</strong>l efecto que han producido recientes<br />
quejas <strong>de</strong> agricultores y gana<strong>de</strong>ros, y los<br />
medios que la Administración escogita para<br />
buscar alivio á los gravísimos males que pa<strong>de</strong>ce<br />
la principal riqueza <strong>de</strong>l país.<br />
En 1885 se promulgó una ley en que se<br />
•or<strong>de</strong>naba que al hacerse los nuevos amillaramientos,<br />
la totalidad <strong>de</strong> la cuota se cargara al<br />
propietario, aunque el disfrute estuviese dividido<br />
entre éste y el colono; reforma es ésta<br />
que si <strong>de</strong>sgraciadamente se llevara á cabo, produciría<br />
lamentables resultados. Cierto es que<br />
ahorraría trabajo á la Administración; pero<br />
dada la situación actual <strong>de</strong> esa riqueza, en la<br />
que ha disminuido la <strong>de</strong>manda <strong>de</strong> tierras en<br />
cultivo y aumentado la oferta, quizás por excesivas<br />
exigencias <strong>de</strong> los propietarios, establecer<br />
antagonismos entre dueños y cultivadores,<br />
<strong>de</strong>jar á éstos libres <strong>de</strong> la tributación, cargarla<br />
toda sobre aquéllos sería <strong>de</strong> funestísimas consecuencias,<br />
á más <strong>de</strong> ser contrario al precepto<br />
— 284 —<br />
CON<br />
constitucional. Exige éste que cada uno pague<br />
por la utilidad que tenga, y se nos ocurre<br />
preguntar: ¿obtiene lucro el colono? Es evi<strong>de</strong>nte.<br />
¿Pues cómo si alcanza utilidad ha <strong>de</strong> evitar<br />
la carga? ¿Con qué razón ni justicia se ha<br />
<strong>de</strong> hacer responsable al propietario' y las fincas<br />
<strong>de</strong> la utilidad que se obtiene con el capital<br />
mueble y la industria? ¿Se ha <strong>de</strong> hacer<br />
solamente porque la Administración trabaje<br />
menos? Mediten nuestros hombres <strong>de</strong> gobierno<br />
mucho este punto, y <strong>de</strong> seguro la reforma<br />
intentada se <strong>de</strong>jará en el olvido.<br />
En el año actual se ha proyectado otra reforma,<br />
que consiste en dividir los tres conceptos<br />
<strong>de</strong> que se compone el impuesto, es <strong>de</strong>cir,<br />
lo urbano, lo rústico y lo pecuario. Si á esto<br />
se limitase la reforma, la tributaríamos toda<br />
clase <strong>de</strong> alabanzas, que riquezas <strong>de</strong> índole tan<br />
diversa, <strong>de</strong> tan distinta naturaleza, no <strong>de</strong>ben<br />
ser objeto <strong>de</strong> una sola tributación. Pero la reforma<br />
va más allá; en lo urbano se busca la riqueza<br />
imponible, <strong>de</strong> modo que los perjudicados<br />
son los habitantes <strong>de</strong>l campo y pequeñas<br />
poblaciones; en lo rústico se basa en la reforma<br />
intentada en 1885, y en lo pecuario se señala<br />
<strong>de</strong>s<strong>de</strong> luego un tipo igual <strong>de</strong> riqueza líquida<br />
para todos los pueblos <strong>de</strong> la Península, por<br />
ese constante afán <strong>de</strong> la Administración <strong>de</strong><br />
buscar la unidad, que tanto monta señalar una<br />
cuota igual por cada cabeza, y bastará hacer<br />
una simple observación para que sus autores<br />
fijen <strong>de</strong> nuevo su atención en este asunto, <strong>de</strong><br />
vitalísimo interés para la riqueza pública, ya<br />
que felizmente no ha llegado á ser ley el proyecto.<br />
Se señala la cuota <strong>de</strong> 3 reales por cada<br />
cabeza <strong>de</strong> ganado lanar en toda España. Pues<br />
bien; ¿produce lo mismo el ganado lanar<br />
en Extremadura y en las montañas que la<br />
separan <strong>de</strong> Castilla, que en las llanuras <strong>de</strong><br />
ésta? ¿Creen que pesa tanto el vellón merino<br />
<strong>de</strong>l llano <strong>de</strong> Castilla, como el <strong>de</strong>l puerto <strong>de</strong><br />
Tornavacas, divisorio <strong>de</strong> Castilla, y la tierra<br />
<strong>de</strong> Plasencia? ¿Vale tanto la arroba <strong>de</strong> lo uno<br />
como <strong>de</strong> lo otro? ¿Cuesta lo mismo la manutención<br />
<strong>de</strong>l ganado estante que la <strong>de</strong>l trashumante?<br />
¿Es la misma la utilidad <strong>de</strong>l abono<br />
para el que dispone <strong>de</strong> todo lo <strong>de</strong> su ganado,<br />
con más el <strong>de</strong>l trashumante, que la que obtienen<br />
los pobres gana<strong>de</strong>ros <strong>de</strong> Castilla, que<br />
pier<strong>de</strong>n todo lo <strong>de</strong> los meses <strong>de</strong> otoño, invierno<br />
y parte <strong>de</strong> la primavera? ¿Cuesta lo mismo<br />
la guar<strong>de</strong>ría <strong>de</strong> los rebaños <strong>de</strong> las <strong>de</strong>hesas<br />
<strong>de</strong> gran<strong>de</strong>s dimensiones, que un mayoral y un<br />
zagal custodian cómodamente 500 y más cabezas<br />
, sin que apenas tenga que pagar daños<br />
el dueño <strong>de</strong>l ganado, que en la subdividida<br />
Castilla, don<strong>de</strong> no pue<strong>de</strong>n guardar arriba <strong>de</strong><br />
300, y esto con mucho trabajo y gran exposición<br />
<strong>de</strong> causar daños? Pues si son tan distintas<br />
las utilida<strong>de</strong>s; si son tan diversos los<br />
gastos <strong>de</strong> producción; si son tan diferentes<br />
los precios <strong>de</strong> las crías y <strong>de</strong> las lanas; si unos<br />
tienen producto y medio, y otros medio producto<br />
<strong>de</strong>l abono, ¿cómo exigir la misma cuota<br />
á todas las cabezas <strong>de</strong> ganado lanar? Esto