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Sementera: 312 litros de grano - citaREA

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CON — 262 — CON<br />

<strong>de</strong>mostrado en España la <strong>de</strong>sigualdad <strong>de</strong> esa<br />

contribución, porque el pobre, que regularmente<br />

tiene más hijos que el rico, paga más<br />

en proporción, porque consume más, y lo<br />

paga en los objetos <strong>de</strong> primera necesidad, que<br />

son los que entran en mayor cantidad en sus<br />

consumos. La historia acredita que este método<br />

<strong>de</strong> contribuir hizo subir el precio <strong>de</strong> los<br />

jornales y <strong>de</strong> las manufacturas, y arruinó las<br />

artes, la industria y la agricultura. La contribución<br />

<strong>de</strong> consumos ocasiona graves vejaciones<br />

en su cobranza, porque son precisas<br />

fórmulas minuciosas, registros y pesquisas<br />

que llenando <strong>de</strong> amargura la vida, encarecen<br />

los precios por el sacrificio <strong>de</strong>l tiempo que<br />

ocasiona al labrador y al comerciante, que<br />

emplean sus capitales en la compra y venta<br />

<strong>de</strong> los géneros sujetos á la contribución. Derramar<br />

contribuciones sobre los consumos es<br />

quitar los medios <strong>de</strong> consumir, <strong>de</strong>tener el<br />

aumento y la producción, por la que se entorpece<br />

y <strong>de</strong>struye la población.»<br />

Nuestro inmortal Jovellanos, en su célebre<br />

informe sobre la ley agraria, en su párrafo<br />

307, nos dice: «No es-tampoco cierto que los<br />

<strong>de</strong>rechos cargados sobre los consumos recaigan<br />

precisamente sobre los consumidores. Es verdad<br />

que así suce<strong>de</strong>rá siempre que el ven<strong>de</strong>dor<br />

dé la ley al comprador, porque eutonces embeberá<br />

en el precio <strong>de</strong> venta el gravamen <strong>de</strong><br />

la contribución. Mas cuando el ven<strong>de</strong>dor, en<br />

vez <strong>de</strong> dar la ley, la reciba <strong>de</strong>l comprador,<br />

¿no es claro que aspirando éste á la mayor<br />

equidad posible en el precio, tendrá el ven<strong>de</strong>dor<br />

que contentarse con la mayor ganancia<br />

posible? Este último caso es tal vez el más<br />

ordinario y frecuente entre nosotros. Mas<br />

teniendo en cuenta que es un principio cierto<br />

y una máxima pru<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> economía, apoyada<br />

en la razón y en la equidad, que, todo<br />

impuesto <strong>de</strong>be salir <strong>de</strong>l superfino y no <strong>de</strong>l necesario<br />

, <strong>de</strong> las fortunas <strong>de</strong> los contribuyentes,<br />

porque cualquier cosa que se amengüe <strong>de</strong> la<br />

subsistencia <strong>de</strong> una familia podrá causar su<br />

ruina, y con ella la pérdida <strong>de</strong> un contribuyente<br />

y la esperanza <strong>de</strong> muchos. Como en<br />

este caso se halle una gran porción <strong>de</strong>l pueblo<br />

rústico, y señaladamente los jornaleros<br />

que en los países agrícolas son el brazo <strong>de</strong>recho,<br />

es visto cuan injusta será la contribución<br />

sobre consumos y cuáu funesta al cultivo<br />

, ora disminuya el número <strong>de</strong> jornaleros,<br />

ora encarezca su salario.»<br />

Si á lo expuesto por Jovellanos se aña<strong>de</strong><br />

que esos frutos, como el vino, aceite, cereales,<br />

etc., etc., recargados con los impuestos<br />

<strong>de</strong> consumos, han pagado anticipadamente la<br />

contribución territorial, industrial, etc., sobrecargados<br />

en los gastos <strong>de</strong> producción con<br />

el aumento <strong>de</strong> los jornales que al mayor valor<br />

<strong>de</strong> las subsistencias originan los consumos,<br />

bien pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>cirse con muchos que se han<br />

<strong>de</strong>clarado contra esos impuestos, que son la<br />

mayor calamidad que aflige hoy á nuestros<br />

pueblos. Y se nos dirá: ¿Tan pobres <strong>de</strong> conocimientos<br />

son nuestros hombres <strong>de</strong> gobierno<br />

que no encuentran otra manera <strong>de</strong> crear recursos<br />

para subvenir á las cargas <strong>de</strong>l Estado,<br />

que se sobrepongan á esas dificulta<strong>de</strong>s y perjuicios<br />

que originan á la comunidad? Nosotros<br />

contestaríamos franca y categóricamente: no<br />

lo han encontrado aún. Para comprobar este<br />

dicho, nos ayudan hechos recientes.<br />

Por la ley <strong>de</strong> 16 <strong>de</strong> Abril <strong>de</strong> 1856 se estableció<br />

la <strong>de</strong>rrama ó mi impuesto directo para<br />

sustituir el <strong>de</strong> consumos. Al compás <strong>de</strong>l himno<br />

<strong>de</strong> Riego los pueblos los hicieron <strong>de</strong>saparecer,<br />

lo cual había ya tenido lugar antes en<br />

otras épocas, como lo tuvo <strong>de</strong>spués. Para<br />

reemplazar los ingresos y cubrir el déficit se<br />

creó en 1856 una contribución directa <strong>de</strong>nominada<br />

<strong>de</strong>rrama, así como en 1868 tuvo lugar,<br />

á impulsos <strong>de</strong> la revolución, el famoso impuesto<br />

personal, que ambos vinieron á reemplazar<br />

el sistema tributario <strong>de</strong> D. Alejandro<br />

Mon, que estableció en 1845 la contribución<br />

<strong>de</strong> consumos, suprimió los nombres <strong>de</strong> varios<br />

impuestos que tenían este carácter y se cobraban<br />

con diversas <strong>de</strong>nominaciones.<br />

La <strong>de</strong>rrama, como la contribución personal,<br />

duraron poco tiempo, y nosotros tuvimos<br />

ocasión <strong>de</strong> oir en algaradas populares: que<br />

pongan los consumos y que pague el que tenga.<br />

Esto implica que preferían el impuesto indirecto<br />

al directo, ó mejor dicho, que ambos<br />

<strong>de</strong>jaban que <strong>de</strong>sear.<br />

La <strong>de</strong>rrama, como la contribución personal,<br />

así como la prestación personal, no son otra<br />

cosa que la capitación (1), que es una reminiscencia<br />

<strong>de</strong> la servidumbre <strong>de</strong> la Edad media,<br />

en que la organización <strong>de</strong> la sociedad antigua,<br />

las jerarquías exceptuaban las clases superiores<br />

<strong>de</strong> pagar impuestos, á los que sujetos<br />

quedaban sólo la plebe. La única diferencia<br />

en la clasificación es que hoy nadie se exceptúa;<br />

que lo mismo el noble que el plebeyo<br />

pagan la contribución, para cuyo fin la base<br />

<strong>de</strong>l impuesto es la clasificación. Pero al clasificar<br />

los contribuyentes en diez clases, por<br />

ejemplo, poniendo á un bracero tres días <strong>de</strong><br />

trabajo, que pue<strong>de</strong>n representar 6 pesetas <strong>de</strong><br />

valor, y ser la clase inferior; y á la superior<br />

30, que importan 180, habrá <strong>de</strong> resultar,<br />

como así sucedió, lo que hoy acontece con las<br />

cédulas personales, invirtiendo la escala, que<br />

la primera clase paga 100 pesetas, cuando los<br />

pobres jornaleros tienen que hacerlo <strong>de</strong> 50<br />

céntimos. En el primer caso resulta que un po<strong>de</strong>roso<br />

cuyas rentas, suman millones cumple<br />

con 100 pesetas, y un pobre que con dificultad<br />

reúne los 2 reales que á su clase correspon<strong>de</strong>,<br />

los ha <strong>de</strong> dar por un papel que nada<br />

le sirve; pero unidos á los 24 reales <strong>de</strong> los<br />

días <strong>de</strong> trabajo, suman una cantidad difícil<br />

<strong>de</strong> reunir por él. Todo <strong>de</strong>muestra que si es<br />

fácil <strong>de</strong>cir y establecer el principio <strong>de</strong> que<br />

todos <strong>de</strong>ben contribuir para las cargas <strong>de</strong>l<br />

(1) Dozy dice que la clasificación hecha por los<br />

árabes para exigir <strong>de</strong> los cristianos <strong>de</strong> España la con-'<br />

tribución fuá personal ó <strong>de</strong> capitación. (V. Capitación.)

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