13.05.2013 Views

Exámen Derecho Civil. Bienes.

Exámen Derecho Civil. Bienes.

Exámen Derecho Civil. Bienes.

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

El dar legalidad a un Registro significa establecer un riguroso examen<br />

de los antecedentes jurídicos relativos a los derechos sobre el inmueble, del<br />

primer solicitante, que pide su inclusión en el Registro, y una precisión de las<br />

características materiales del bien raíz de que se trata. En consecuencia,<br />

aceptado un inmueble en el Registro, como perteneciente a una persona<br />

queda así de modo indiscutible, y las transferencias o gravámenes futuros se<br />

irán haciendo constar estableciendo también mecanismos que aseguren el<br />

carácter indubitable del sistema.<br />

En los últimos tiempos han alcanzado especial renombre dos sistemas<br />

registrales: el llamado sistema prusiano o alemán (vigente en Alemania en<br />

sus características actuales desde 1936 y adoptado por varios países, como<br />

Hungría, Suecia, Portugal, Austria) y el sistema denominado del Acta Torrens<br />

(en honor de su mentor, Robert Torrens, vigente en Australia desde 1858<br />

aproximadamente, adoptado también en Inglaterra y algunos estados de<br />

Estados Unidos de N.A., varios otros países de Oceanía, Brasil, Panamá).<br />

Estos sistemas atienden básicamente a los predios (registros reales) y<br />

están premunidos de bastante legalidad.<br />

El sistema registral chileno<br />

Las normas legales fundamentales sobre la materia están contenidas en<br />

los arts. 686 y sgts. del CC. y, en virtud de lo prescrito en el art. 695, en el<br />

Reglamento del Registro Conservatorio de <strong>Bienes</strong> Raíces, de 24 de Junio de<br />

1852.<br />

La organización y funcionamiento del Registro Conservatorio de<br />

<strong>Bienes</strong> Raíces están consignados, básicamente en el Reglamento.<br />

a) Funciona como una oficina en cada comuna del territorio, a cargo de un<br />

funcionario denominado Conservador de <strong>Bienes</strong> Raíces, calificado de<br />

Auxiliar de la Administración de Justicia y considerado ministro de fe<br />

pública (arts. 446 y ss. del C.O.T.). En Santiago, el oficio está a cargo de tres<br />

funcionarios. En la mayoría de las comunas del país el notario o uno de los<br />

varios, es al mismo tiempo el Conservador;<br />

65

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!