13.05.2013 Views

Exámen Derecho Civil. Bienes.

Exámen Derecho Civil. Bienes.

Exámen Derecho Civil. Bienes.

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

1. Tradición real<br />

Esta forma es la expresión natural o auténtica de la tradición, con la<br />

cual se cumplen las justificaciones de publicidad y posesión, originarias de<br />

este modo de adquirir.<br />

Es la que se efectúa por una entrega real, o como la llama la doctrina<br />

antigua, tradición "de mano a mano"; en ella la cosa tradida es materialmente<br />

entregada por el tradens al accipiens, cumpliéndose los demás requisitos, que<br />

antes se han indicado. Pero puede observarse que esta tradición mano a mano,<br />

por su naturaleza, es tan sólo aplicable a las cosas que por su volumen y peso<br />

permiten esta entrega material de una persona a otra.<br />

Esta tradición real no es directa o, al menos, claramente mencionada<br />

por el Código, pero, desde la definición del modo, en toda su estructura<br />

técnica no queda duda de que es la primera forma de efectuarla.<br />

Una buena parte de la doctrina nacional y extranjera considera también<br />

como tradición real la del N º 1 y aun el Nº 2 y hasta el Nº 3, del art. 684.<br />

(Entre nosotros, sólo el Prof. Barros Errázuriz niega claramente esta<br />

calificación, entendiendo que todas las formas señaladas en el art. 684 son<br />

fictas) (Barros Errázuriz, Alfredo: Curso de <strong>Derecho</strong> civil. Primer año, 2 a edic., Santiago,<br />

1915, p. 154; José Clemente Fabres da a entender también lo mismo: Instituciones de<br />

<strong>Derecho</strong> civil chileno, t. I, 2 a edic., Santiago, 1893, p. 112).<br />

2. Tradición ficta o simbólica<br />

El art. 684 contempla las siguientes formas de efectuar la tradición:<br />

1 º "Permitiéndole la aprehensión material de una cosa presente".<br />

Se exige aquí, según la doctrina, la presencia simultánea de tradente y<br />

adquirente, la presencia de la cosa a la vista y alcance de ambos y la<br />

aprehensión de ella por el adquirente, sin oposición del tradente, asiéndola<br />

físicamente.<br />

2 º "Mostrándosela".<br />

56

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!