Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
No debe olvidarse tampoco la especial regla del art. 2504.<br />
En cuanto al campo de aplicación de la interrupción, no hay duda que<br />
tiene vigencia no sólo para la prescripción ordinaria sino también para la<br />
extraordinaria. (La ubicación de estas reglas, antes de la distinción entre<br />
ambas, enunciada en el art. 2506, y la misma regla del art. 2510, llevan a esa<br />
conclusión; no hay razón, por lo demás, para restringirla a la prescripción<br />
ordinaria.)<br />
Por último, luego de examinar las reglas citadas, puede apreciarse que<br />
más propiamente que interrupción de la prescripción, lo que queda<br />
interrumpida por el acto respectivo es la posesión (para los varios problemas y<br />
particularidades que ofrecen los preceptos mencionados, V. Gallegos, Luis: Interrupción de<br />
la prescripción adquisitiva, Santiago, 1954; Bulnes, Luz, ob. cit.)<br />
Distinción entre prescripción adquisitiva ordinaria y<br />
extraordinaria<br />
Con base en las características de la posesión, se distingue entre<br />
prescripción adquisitiva ordinaria y extraordinaria. Con posesión regular se<br />
llega al dominio por la prescripción ordinaria, que impone al prescribiente<br />
plazo de posesión inferior al necesario para prescribir si se tiene posesión<br />
irregular (art. 2506).<br />
1. Prescripción adquisitiva ordinaria<br />
Exige posesión regular, durante dos años para los muebles y cinco años<br />
para los bienes raíces (art. 2507 y 2508). La Ley 16.952, de 1º de octubre de<br />
1968, derogó las reglas por las cuales si la persona contra la cual se prescribía<br />
residía en el extranjero, cada dos días se contaban por uno.<br />
Suspensión<br />
Es un beneficio que la ley establece a favor de personas que se<br />
encuentren en determinada situación, consistente en la detención del cómputo<br />
del plazo para ganarles una cosa por prescripción.<br />
141