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Exámen Derecho Civil. Bienes.

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que concede la inscripción sólo los alcanza el que tiene la posesión material<br />

del inmueble.<br />

La jurisprudencia<br />

Los fallos de los tribunales han oscilado entre las posiciones<br />

mencionadas; y en ocasiones parece más bien que sin pretender sentar<br />

precedentes interpretativos sobre materia tan fácilmente controvertible, han<br />

sentenciado en favor de quien exhibía más razonables antecedentes para sus<br />

pretensiones (numerosas sentencias pueden encontrarse en las obras citadas, de Claro<br />

Vial y Herrera Silva y en el Repertorio de Legislación y Jurisprudencia, Arts. Pertinentes).<br />

No es fácil constatar un estado actual. Puede observarse una<br />

inclinación en favor de la inscripción (ver, por ej., F. del M. N 9 202, septiembre de<br />

1975, p. 176, especialmente cons. 10). Pero una posesión material muy prolongada<br />

ha llegado a prevalecer (RDJ., t. 60, p. 403). Y, en todo caso, sin llegarse al<br />

extremo de proteger inscripciones "de papel", en que injustificadamente no<br />

hay indicios de posesión material (ver, por ej., RDJ., t. 66, p. 219; t. 68, p. 230; t. 82,<br />

secc. 2 a , p. 67; t. 78, secc. 2 a , p. 136; t. 78, p. 5).<br />

En situaciones de hecho extremas, cada tesis se encuentra en mejor o<br />

peor posición. Así, cuando se trata de un inmueble no inscrito, en el que se<br />

aduce título constitutivo de dominio y se pretende solo posesión irregular<br />

(porque se tiene posesión por más de diez años), la tesis que privilegia a la<br />

posesión material se encuentra en su mejor situación y se tiene la más alta<br />

probabilidad de obtenerse que el juez resuelva que se adquirió posesión aun<br />

sin inscripción y, por tanto, que se ha adquirido por prescripción. En el otro<br />

extremo, cuando se trata de un inmueble inscrito, se aduce título traslaticio y<br />

se pretende posesión regular, la tesis que privilegia a la inscripción se<br />

encuentra en su mejor situación y se tiene la más alta probabilidad de<br />

obtenerse que el juez resuelva que al no tenerse inscripción por el que se<br />

pretende poseedor no se tiene posesión y, por tanto, que no puede ganar por<br />

prescripción.<br />

Prueba de la posesión<br />

La prueba de la posesión de muebles se reduce a la demostración de los<br />

dos elementos: tenencia y ánimo de dueño. Probar el primero implica demostrar<br />

que al objeto respectivo se le tiene aprehendido físicamente, o, al<br />

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