Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
<strong>Bienes</strong> principales son aquellos que tienen existencia independiente,<br />
sin necesidad de otros. <strong>Bienes</strong> accesorios, los que están subordinados a otros<br />
sin los cuales no pueden subsistir. El suelo es un ejemplo de la primera clase;<br />
los árboles, de la segunda.<br />
El Código no formula esta clasificación, pero la reconoce<br />
implícitamente en muchas de sus disposiciones (por ej. arts. 587, 1122, 1127,<br />
1830).<br />
La clasificación no sólo se aplica a los bienes corporales, sino también<br />
a los incorporales o derechos (así, por ej., la servidumbre es accesoria del<br />
derecho de dominio sobre el predio en que la servidumbre se ejerce; la<br />
hipoteca es accesoria del crédito que la garantiza, etc.).<br />
La clasificación es de importancia debido a la existencia del principio<br />
de que lo accesorio sigue la suerte de lo principal. Así, traspasado un<br />
derecho sobre una cosa principal, se traspasa el derecho sobre las accesorias;<br />
extinguido un derecho sobre una cosa principal, se extingue el derecho sobre<br />
las accesorias.<br />
BIENES DIVISIBLES E INDIVISIBLES<br />
Jurídicamente, hay dos conceptos de divisibilidad, uno material y otro<br />
intelectual.<br />
a) Son materialmente divisibles los bienes que pueden fraccionarse sin que<br />
se destruyan en su estado normal, ni pierdan notoriamente su valor al<br />
considerarse las partes en conjunto. Un liquido (como el agua) es divisible;<br />
un animal es indivisible, porque al fraccionarlo se destruye en su estado<br />
normal; un diamante normalmente será indivisible, porque al fraccionarlo<br />
disminuye apreciablemente (las partes, en conjunto, tendrán un valor<br />
considerablemente inferior al todo primitivo).<br />
b) Son intelectualmente divisibles las cosas que pueden fraccionarse en<br />
partes ideales, imaginarias, aunque no puedan serlo materialmente.<br />
10