Guia_Examen_Patentes

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03.10.2012 Views

La nueva publicación no cambia el término inicial de 6 ó 3 meses, según corresponda, para solicitar el examen de patentabilidad, es decir, los tres y los seis meses establecidos en la legislación se cuentan desde la primera publicación. 2.1.3 Que la solicitud esté vigente Verificar que no haya un escrito de desistimiento de la solicitud. Si hay un desistimiento se debe verificar que tenga presentación personal y que la persona que lo presenta esté facultada para desistir; por ejemplo, un apoderado solo podrá desistir la solicitud si en el poder le ha sido otorgada esa facultad. Si el desistimiento no cumple con estos requisitos, no podrá ser aceptado y se deberá realizar el estudio de fondo. 2.1.4 Revisión de la prioridad Con respecto a los documentos de reivindicación de prioridad el examinador debe verificar que: o La presentación de la solicitud estudiada que invoca la prioridad se haya realizado dentro del plazo de 12 meses, contados a partir de la fecha la solicitud prioritaria (Art 9 D 486). o El documento aportado corresponda con el documento enunciado en la solicitud. o Se indique la fecha, país y número de la solicitud prioritaria. o Se encuentre la solicitud prioritaria en las diferentes bases de datos internacionales de patentes disponibles a través de medios electrónicos en caso que no se haya aportado el documento en físico. o Contiene el comprobante de pago de la tasa de prioridad. o La materia técnica de la solicitud en estudio corresponde con la materia de la solicitud prioritaria. o La primera solicitud sobre la cual se reivindica derecho de prioridad contenga el mismo objeto técnico que el de la solicitud examinada: no es necesario que la invención esté divulgada en forma idéntica. Sin 42

embargo, si una o más características técnicas esenciales han sido divulgadas de forma general en la solicitud prioritaria y el examinador no puede derivar la invención reivindicada no podrá aceptar la reivindicación de prioridad. o La solicitud sobre la cual se reivindica prioridad sea la primera solicitud que describe el invento. 2.1.4.1 Prioridad parcial La prioridad parcial consistente en la coincidencia entre una parte de la materia contenida en la solicitud prioritaria y la solicitud presentada en la SIC. Por tanto, no puede incluirse materia nueva en la solicitud en estudio. En tal caso, el derecho de prioridad se acepta sólo para la materia que se encontraba divulgada en la solicitud prioritaria. Para efecto de la búsqueda para la materia no divulgada en la solicitud prioritaria, el estado de la técnica se determinará con base en la fecha de presentación de la solicitud nacional en estudio. 2.1.4.2 Prioridades múltiples El examinador debe verificar si en la solicitud se reivindican prioridades múltiples y no podrá rehusar a tenerlas en cuenta para efectos de la búsqueda, aun cuando éstas procedan de países diferentes o que la solicitud en estudio contenga elementos que no estaban comprendidos en las solicitudes prioritarias. Para aquellos elementos que no estén comprendidos en las solicitudes prioritarias se tendrá en cuenta para efectos de la búsqueda la fecha de presentación nacional en estudio. o En el caso de la búsqueda de los elementos comprendidos en la solicitud nacional en estudio y en las solicitudes prioritarias, se tendrá en cuenta la fecha de presentación de la solicitud prioritaria más antigua. 43

La nueva publicación no cambia el término inicial de 6 ó 3 meses, según<br />

corresponda, para solicitar el examen de patentabilidad, es decir, los tres y los<br />

seis meses establecidos en la legislación se cuentan desde la primera<br />

publicación.<br />

2.1.3 Que la solicitud esté vigente<br />

Verificar que no haya un escrito de desistimiento de la solicitud. Si hay un<br />

desistimiento se debe verificar que tenga presentación personal y que la<br />

persona que lo presenta esté facultada para desistir; por ejemplo, un<br />

apoderado solo podrá desistir la solicitud si en el poder le ha sido otorgada esa<br />

facultad. Si el desistimiento no cumple con estos requisitos, no podrá ser<br />

aceptado y se deberá realizar el estudio de fondo.<br />

2.1.4 Revisión de la prioridad<br />

Con respecto a los documentos de reivindicación de prioridad el examinador<br />

debe verificar que:<br />

o La presentación de la solicitud estudiada que invoca la prioridad se haya<br />

realizado dentro del plazo de 12 meses, contados a partir de la fecha la<br />

solicitud prioritaria (Art 9 D 486).<br />

o El documento aportado corresponda con el documento enunciado en la<br />

solicitud.<br />

o Se indique la fecha, país y número de la solicitud prioritaria.<br />

o Se encuentre la solicitud prioritaria en las diferentes bases de datos<br />

internacionales de patentes disponibles a través de medios electrónicos<br />

en caso que no se haya aportado el documento en físico.<br />

o Contiene el comprobante de pago de la tasa de prioridad.<br />

o La materia técnica de la solicitud en estudio corresponde con la materia<br />

de la solicitud prioritaria.<br />

o La primera solicitud sobre la cual se reivindica derecho de prioridad<br />

contenga el mismo objeto técnico que el de la solicitud examinada: no es<br />

necesario que la invención esté divulgada en forma idéntica. Sin<br />

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