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Guia_Examen_Patentes

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la legalidad del documento sin que se requieran otras formalidades de<br />

autenticación por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores.<br />

1.3.1.4 Representante o apoderado<br />

Las solicitudes de patente podrán tramitarse directamente por el interesado o<br />

por intermedio de apoderado, cuando se trate de persona natural, o por los<br />

representantes legales o apoderados cuando sean personas jurídicas.<br />

Cuando se adelante una actuación por intermedio de apoderado, el examinador<br />

debe verificar que en el expediente conste el poder, salvo que la ley exima la<br />

presentación del mismo. El poder especial puede ser otorgado mediante un<br />

documento privado para adelantar un asunto de propiedad industrial. Si se trata<br />

de varios asuntos deberá constar en escritura pública así como se otorga<br />

cuando se trata de un poder general.<br />

Cuando una misma persona es representante legal o apoderado de varias<br />

sociedades o compañías, el examinador debe verificar que indique a nombre<br />

de quien actúa 1 .<br />

Si el solicitante es una persona jurídica nacional, el examinador debe verificar<br />

que haya anexado el certificado de existencia y representación legal o el<br />

documento que haga sus veces según la persona jurídica, donde se acredita el<br />

lugar de constitución y la representación legal de la misma.<br />

Si el solicitante es una persona jurídica extranjera, el examinador debe revisar<br />

que se aporte un documento o certificación otorgado por la autoridad extranjera<br />

competente donde se acredite la existencia y representación legal de la<br />

persona jurídica, el lugar de constitución y el nombre de su representante legal.<br />

El examinador de forma debe verificar que el nombre del solicitante señalado<br />

en la solicitud presentada en el país coincida con el nombre del solicitante de la<br />

solicitud prioritaria, en caso contrario, se deberá requerir para que presente un<br />

certificado de cesión de derechos sobre la solicitud (Artículo 56 Decisión 486).<br />

1 Circular 006 de 20 de Agosto de 2010<br />

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