Guia_Examen_Patentes

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03.10.2012 Views

136 patente, se notificará al solicitante para que retire los impedimentos para la concesión. Informe técnico de decisión según el Art 48 D 486: Después que el solicitante presente sus argumentos, pruebas o modificaciones, se examinará nuevamente la solicitud y se tomará la decisión de conceder o denegar la patente. 2.16.2 Resolución final La comunicación al solicitante referente a la concesión o denegación de la patente, se hará mediante una resolución.

3 CAPÍTULO III. Química y Farmacéutica. 3.1 Novedad 137 Si en un documento del estado de la técnica se encuentra claramente definido por su nombre químico, la fórmula molecular o la fórmula estructural, los parámetros físicos/químicos o el proceso de manufactura, un compuesto reivindicado en una solicitud, el examinador concluirá que el compuesto carece de novedad. Por ejemplo, si el nombre químico y la fórmula molecular o estructural de un compuesto divulgado en un documento del estado de la técnica no es claro para identificar el compuesto, pero el documento divulga los mismos parámetros del compuesto reivindicado, se debe deducir que el compuesto reivindicado carece de novedad, a menos que el solicitante pueda demostrar que el compuesto no era disponible antes de la fecha de presentación, o prioridad reivindicada. Si un producto corresponde en todos sus aspectos con otros del estado de la técnica (por ejemplo los productos de partida y el proceso de fabricación son idénticos), pero el estado de la técnica no menciona un parámetro particular definido en la reivindicación, se debe hacer inicialmente una objeción por falta de novedad, aduciendo que el estado de la técnica con toda probabilidad tendría el mismo valor para ese parámetro, si se midiera. Esto se aplicará, especialmente si el parámetro es inusual, o desconocido. Si el solicitante demuestra que en realidad el parámetro es diferente en la invención reivindicada con respecto al estado de la técnica, por ejemplo, mediante argumentaciones válidas, o bien ensayos comparativos, se determinaría que es novedosa. Si el nombre químico y la fórmula molecular, o estructural de un compuesto divulgado en un documento que se encuentra en el estado de la técnica no es claro para identificar el compuesto, pero el documento divulga el mismo método de preparación que el del compuesto

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patente, se notificará al solicitante para que retire los impedimentos para la<br />

concesión.<br />

Informe técnico de decisión según el Art 48 D 486:<br />

Después que el solicitante presente sus argumentos, pruebas o modificaciones,<br />

se examinará nuevamente la solicitud y se tomará la decisión de conceder o<br />

denegar la patente.<br />

2.16.2 Resolución final<br />

La comunicación al solicitante referente a la concesión o denegación de la<br />

patente, se hará mediante una resolución.

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