De Harmont a Trujillo - Banco de Reservas
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César A. Herrera | DE HARTmOnT A TRUJILLO anteriormente, y sin que los mencionados señores tengan ninguna intervención en la administración ni en el cobro de las rentas destinadas al pago del empréstito, ni tampoco podrán figurar en el contrato oficial que H. R. A. Grieser celebre con el señor Alexander A. Baird y sus asociados, en ese concepto, queda autorizado el señor Grieser a elevar dichos empréstitos a £300,000. 40 Por medio de esta maniobra fraudulenta Lilís quería convertirse en acreedor del Estado dominicano. Sin duda alguna muchas de las turbias e indescifrables negociaciones que concertó con la Improvement son de idéntica naturaleza. LEY DE CONVERSIÓN DE 1897 Todo este gran desastre financiero culmina con la ley del 9 de agosto de 1897, que dispuso la consolidación y conversión total de la Deuda Pública. Puede decirse que ha sido el fraude más colosal de que ha sido objeto la República. Trataremos de dar una visión general de esta operación ominosa. El agente fiscal de la República Dominicana en Europa, para esa época mr. Isidoro mendel, de nacionalidad francesa, pero de origen hebreo, conocía perfectamente la capacidad económica del Estado y del pueblo dominicanos, pues había vivido varios años en este país, dedicado a diversas actividades comerciales, entre ellas el pingüe negocio de préstamos al gobierno de Heureaux. no fue partidario de que el gobierno aceptara la transferencia de los derechos de Westendorp a la Improvement. En 1897 sometió al gobierno dominicano un plan para la consolidación de la deuda, y que había sido preparado con el concurso de los comités de portadores europeos de los bonos dominicanos. Este plan fue sometido al estudio de los funcionarios de la Improvement. El vicepresidente de esta compañía, mr. Charles W. Wells, que había llegado a Santo Domingo 40 Libro 112, copiadores de la Sec. de Hacienda y Comercio, pp. 158-61. 94
César A. Herrera | DE HARTmOnT A TRUJILLO en marzo de 1897 estudió el Plan mendel y lo rechazó, porque en su mente había surgido un Plan Improvement. En abril 15 de 1897 se dirigió al ministro de Hacienda, sometiendo a estudio su propio plan, que por el texto de la carta de remisión se comprueba que ya había sido discutido con algunas autoridades dominicanas. Como la penuria del gobierno dominicano lo había llevado al borde de la catástrofe, lo primero que hizo la Improvement fue autorizar a la Caja General de Recaudación, a entregar determinada suma al gobierno para cubrir el déficit mensual en su presupuesto, a fin de sostenerlo en pie mientras daban cima a negociación tan fraudulenta. En el mismo mes de abril quedaron concluidas las contrataciones entre el gobierno y la Improvement, pero nuevamente saldría la San Domingo finance Co. a dar la cara, mientras la compañía matriz quedaba en la sombra. En esta operación monstruosa el móvil de Ulises Heureaux y sus socios políticos era la obtención de una nueva gruesa suma de dinero, y el de la Improvement, agarrotar definitivamente al gobierno, y frustrar los empeños de los inversionistas europeos otorgándoles bonos de nueva denominación por los antiguos, y a la vez acaparar una gran cantidad de ellos por comisiones y operaciones desastrosas que el gobierno no controlaba ni tenía interés en ello. Aunque los contratos quedaron listos en abril, la ley de conversión vino a ser votada por el Congreso nacional el 9 de agosto de 1897. (Véase en apéndice documental). Esta ley consta de doce artículos. El artículo 1º enuncia los propósitos de la conversión e indica que la San Domingo finance Co. tomaría a su cargo esta tarea. El artículo 2º fija la cuantía de la emisión en £4,256,750 y las nuevas denominaciones de la emisión y los intereses que devengaría cada una. El artículo 3º fijaba los plazos máximos para la amortización total de estos bonos que alcanzaría hasta octubre de 95
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anteriormente, y sin que los mencionados señores tengan ninguna<br />
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A. Baird y sus asociados, en ese concepto, queda autorizado el señor<br />
Grieser a elevar dichos empréstitos a £300,000. 40<br />
Por medio <strong>de</strong> esta maniobra fraudulenta Lilís quería convertirse<br />
en acreedor <strong>de</strong>l Estado dominicano. Sin duda alguna muchas<br />
<strong>de</strong> las turbias e in<strong>de</strong>scifrables negociaciones que concertó con la<br />
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LEY DE CONVERSIÓN DE 1897<br />
Todo este gran <strong>de</strong>sastre financiero culmina con la ley <strong>de</strong>l 9 <strong>de</strong><br />
agosto <strong>de</strong> 1897, que dispuso la consolidación y conversión total <strong>de</strong><br />
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<strong>de</strong> que ha sido objeto la República. Trataremos <strong>de</strong> dar una visión<br />
general <strong>de</strong> esta operación ominosa.<br />
El agente fiscal <strong>de</strong> la República Dominicana en Europa, para esa<br />
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hebreo, conocía perfectamente la capacidad económica <strong>de</strong>l Estado y<br />
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Westendorp a la Improvement. En 1897 sometió al gobierno dominicano<br />
un plan para la consolidación <strong>de</strong> la <strong>de</strong>uda, y que había sido<br />
preparado con el concurso <strong>de</strong> los comités <strong>de</strong> portadores europeos<br />
<strong>de</strong> los bonos dominicanos. Este plan fue sometido al estudio <strong>de</strong> los<br />
funcionarios <strong>de</strong> la Improvement. El vicepresi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> esta compañía,<br />
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