De Harmont a Trujillo - Banco de Reservas

De Harmont a Trujillo - Banco de Reservas De Harmont a Trujillo - Banco de Reservas

banreservas.com.do
from banreservas.com.do More from this publisher
12.05.2013 Views

César A. Herrera | DE HARTmOnT A TRUJILLO Para atender al pago de los intereses y a la amortización paulatina de los bonos, la República depositará el día primero de cada mes la suma de cien mil pesos oro en poder de la Trust Co., a partir del día primero de abril de este año. Durante los primeros diez años, no tiene la República derecho de amortizar sus bonos, (salvo que los poseedores de ellos los quieran vender) de modo que, como las entregas de cien mil pesos mensuales hacen un millón doscientos mil pesos al año, la Trust Co. dedicará un millón de pesos anualmente, o sea $500,000 al fin de cada semestre, al pago del interés convenido, y retendrá en su poder los otros $2,000,000, valor que entonces será invertido por la Trust Co. en la compra de bonos por cuenta de la República, para ser amortizados. Si los tenedores de Bonos no quisieren venderlos, se designarán por medio de la suerte los bonos que deben ser cancelados, y los dueños de tales bonos estarán obligados a vendérselos a la República, a razón de $102.50 oro por cada $100.00 en bonos. Después de los primeros diez años, se invertirá anualmente en bonos todo el dinero que haya en el fondo de amortización, ya sea comprando los bonos en el mercado si hay vendedores al tipo máximo de $102.50 por $100.00 en bonos o por medio de sorteos que obliguen a los tenedores a vender a ese tipo los bonos que la suerte haya designado. El interés que en lo sucesivo deba corresponder a los bonos comprados y cancelados por la República, lo retendrá la Trust Co. en su poder para agregarlo al fondo de amortización, el cual habrá de ser, por consiguiente, algo mayor todos los años, en la misma proporción que irá disminuyendo el montante de los bonos pendientes de amortización y el pago de los intereses correspondientes. La República no podrá dedicar a ningún otro objeto los fondos destinados al pago de intereses y al fondo de amortización; pero podrá aumentar el fondo de amortización con cuantos valores quiera, pudiendo comprar y amortizar de una vez, si quiere todos los bonos que haya pendientes, después de los primeros diez años. La República se obliga a cancelar todos sus bonos antes del día primero de abril de 1957, sea por medio de la amortización paulatina convenida, o haciendo uso de la facultad que tiene de comprarlos todos, después de los primeros diez años. La República le pagará a la morton Trust Co. por obrar como depositaria del dinero que produzca la venta de los bonos, hasta que esos fondos hayan sido aplicados al objeto que se destinan, una comisión de medio por ciento sobre cada pago que efectúe. Por certificar la autenticidad de los bonos, $0.50 por cada uno como los bonos serán de $1,000, $500 y $100 cada uno, según lo exijan los Banqueros, 378

César A. Herrera | DE HARTmOnT A TRUJILLO quienes tienen el derecho de hacer que se les cambien en cualquier tiempo, bonos de un tipo por otro, y la Trust Co. cobrará sus $0.50 tanto sobre los bonos originalmente emitidos como sobre los que después se emitan en cambio de otros, no es posible saber cuánto tendrá la República que pagar por ese concepto. Además, como habrá bonos al portador y bonos nominativos, y al cambiar éstos de dueño, se necesita tomar nota del traspaso, la Trust Co. cobrará anualmente $250.00, que la República le pagará por registrar esos traspasos. Serán también pagados por la República, además de los gastos que origine la impresión, transporte y emisión de los bonos, la comisión que cobren los agentes que la Trust Co. nombre en diferentes ciudades de Europa y el gasto que originen las remesas que la Trust Co. hará a dichos Agentes para pagar, en cada una de dichas plazas, el importe de los intereses y el valor de los bonos que se hayan de amortizar, y cuyos dueños residan, o exijan el pago, en dichas ciudades. La Trust Co. no es responsable de los actos o la negligencia de esos agentes que ella razonablemente nombre. El gasto que originen los avisos de los sorteos y de los números sorteados, o del pago de cupones por interés vencido, y todo cablegrama y todo gasto originado por el servicio del empréstito, o con motivo del convenio celebrado con el Gobierno de los Estados Unidos, a que la República se compromete, o pueda comprometerse, o es o puede ser requerida a efectuar en conexión con el empréstito será pagado por la República; y, al efecto, la Trust Company solicitará de la República, o del Secretario del Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, a cuyo cargo esté la colectación de los derechos aduaneros, las sumas que ella estime necesarias para atender a esos gastos. Para pagar los gastos relacionados con la emisión y venta de los bonos y con el ajuste de las deudas, podrá la República disponer de una parte del producto de la venta de los bonos. La Trust Company estará autorizada a invertir y reinvertir a su discreción, en negocios de los que les están permitidos a las Cajas de Ahorro, todos los valores que haya en el fondo de amortización. Esas inversiones serán hechas por cuenta y riesgo de la República. mientras duren en su poder esos valores, la Trust Company le pagará a la República un interés de 2% anual, calculado desde la fecha en que dichos valores le sean entregados, hasta la fecha en que ella los haya desembolsado por cuenta de la República, debiéndose liquidar esos intereses anualmente. Tanto el producto de esos intereses, como cualquier otro beneficio que se obtenga en la inversión de los fondos destinados al servicio del empréstito, vendrán a aumentar el fondo de amortización. 379

César A. Herrera | DE HARTmOnT A TRUJILLO<br />

Para aten<strong>de</strong>r al pago <strong>de</strong> los intereses y a la amortización paulatina <strong>de</strong> los<br />

bonos, la República <strong>de</strong>positará el día primero <strong>de</strong> cada mes la suma <strong>de</strong> cien<br />

mil pesos oro en po<strong>de</strong>r <strong>de</strong> la Trust Co., a partir <strong>de</strong>l día primero <strong>de</strong> abril <strong>de</strong><br />

este año.<br />

Durante los primeros diez años, no tiene la República <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> amortizar<br />

sus bonos, (salvo que los poseedores <strong>de</strong> ellos los quieran ven<strong>de</strong>r) <strong>de</strong> modo<br />

que, como las entregas <strong>de</strong> cien mil pesos mensuales hacen un millón doscientos<br />

mil pesos al año, la Trust Co. <strong>de</strong>dicará un millón <strong>de</strong> pesos anualmente, o sea<br />

$500,000 al fin <strong>de</strong> cada semestre, al pago <strong>de</strong>l interés convenido, y retendrá en<br />

su po<strong>de</strong>r los otros $2,000,000, valor que entonces será invertido por la Trust<br />

Co. en la compra <strong>de</strong> bonos por cuenta <strong>de</strong> la República, para ser amortizados.<br />

Si los tenedores <strong>de</strong> Bonos no quisieren ven<strong>de</strong>rlos, se <strong>de</strong>signarán por medio<br />

<strong>de</strong> la suerte los bonos que <strong>de</strong>ben ser cancelados, y los dueños <strong>de</strong> tales bonos<br />

estarán obligados a vendérselos a la República, a razón <strong>de</strong> $102.50 oro por<br />

cada $100.00 en bonos.<br />

<strong>De</strong>spués <strong>de</strong> los primeros diez años, se invertirá anualmente en bonos todo<br />

el dinero que haya en el fondo <strong>de</strong> amortización, ya sea comprando los bonos<br />

en el mercado si hay ven<strong>de</strong>dores al tipo máximo <strong>de</strong> $102.50 por $100.00 en<br />

bonos o por medio <strong>de</strong> sorteos que obliguen a los tenedores a ven<strong>de</strong>r a ese tipo<br />

los bonos que la suerte haya <strong>de</strong>signado.<br />

El interés que en lo sucesivo <strong>de</strong>ba correspon<strong>de</strong>r a los bonos comprados y<br />

cancelados por la República, lo retendrá la Trust Co. en su po<strong>de</strong>r para agregarlo<br />

al fondo <strong>de</strong> amortización, el cual habrá <strong>de</strong> ser, por consiguiente, algo mayor todos<br />

los años, en la misma proporción que irá disminuyendo el montante <strong>de</strong> los bonos<br />

pendientes <strong>de</strong> amortización y el pago <strong>de</strong> los intereses correspondientes.<br />

La República no podrá <strong>de</strong>dicar a ningún otro objeto los fondos <strong>de</strong>stinados<br />

al pago <strong>de</strong> intereses y al fondo <strong>de</strong> amortización; pero podrá aumentar<br />

el fondo <strong>de</strong> amortización con cuantos valores quiera, pudiendo comprar y<br />

amortizar <strong>de</strong> una vez, si quiere todos los bonos que haya pendientes, <strong>de</strong>spués<br />

<strong>de</strong> los primeros diez años.<br />

La República se obliga a cancelar todos sus bonos antes <strong>de</strong>l día primero<br />

<strong>de</strong> abril <strong>de</strong> 1957, sea por medio <strong>de</strong> la amortización paulatina convenida, o<br />

haciendo uso <strong>de</strong> la facultad que tiene <strong>de</strong> comprarlos todos, <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> los<br />

primeros diez años.<br />

La República le pagará a la morton Trust Co. por obrar como <strong>de</strong>positaria<br />

<strong>de</strong>l dinero que produzca la venta <strong>de</strong> los bonos, hasta que esos fondos hayan<br />

sido aplicados al objeto que se <strong>de</strong>stinan, una comisión <strong>de</strong> medio por ciento<br />

sobre cada pago que efectúe.<br />

Por certificar la autenticidad <strong>de</strong> los bonos, $0.50 por cada uno como los<br />

bonos serán <strong>de</strong> $1,000, $500 y $100 cada uno, según lo exijan los Banqueros,<br />

378

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!