De Harmont a Trujillo - Banco de Reservas

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César A. Herrera | DE HARTmOnT A TRUJILLO Heureaux, porque el valor de esos reconocimientos figura en la cuenta que la Contaduría General de Hacienda llevaba al General Heureaux, y no obstante habérsele abonado en cuenta esos reconocimientos, arroja su cuenta un balance en contra de él, de más de dos millones de pesos. Era una operación curiosa la que se efectuaba por ese concepto en los libros de la Contaduría: cuando el General Heureaux presentaba alguna cuenta de gastos que decía haber hecho por cuenta del gobierno, se le libraba un reconocimiento con interés de 2% mensual, pero no se le cargaba interés ninguno por los valores que recibía para hacer y para cubrir esos gastos, ni por los balances que resultaban en contra de él. Eso le cuesta millones de pesos a la nación, pues eran grandes las sumas que se abonaban de tiempo en tiempo al General Heureaux, por concepto de intereses, sobre valores que no había desembolsado o que estaban ya cubiertos. Por la misma razón, sin duda, no figuran tampoco esos reconocimientos en la lista A, o sea en la relación de cuentas a que hacen referencia los contratos. El cuadro que se anexa está formulado de conformidad con el plan de ajuste que el ministro de Hacienda se propone llevar a cabo y según el cual se harán las reducciones siguientes: $ 4,493,500.72 (De la Improvement Co) ................................. a 90% de capital $ 4,044,150.65 $ 15,974,832.85 (Deuda Belga) .................................................. “ 50% “ “ $ 7,987,416 42 $ 4,781,028.94 (Contratos, deuda flotante) ............................. “ 50% “ “ $ 2,390,514.42 $ 817,162.68 (Vales Contaduría y reclamación Vicini) ....... “ 40% “ “ $ 526,865.07 $ 122,441.55 (Reclamación West. Yndia P. W.) ................... “ 30% “ “ $ 36,732.46 $ 4,066,069.23 (Deuda Dif. & &) ............................................ “ 10% “ “ $ 406,606.92 $ 199,804.60 (Billetes Banco 5x1) ........................................ neto “ “ $ 199,804.60 $ 30,454,840.57 que se reducen a ............................................... $ 15,392,090.54 Ese ajuste de cuentas no se puede considerar como definitivo todavía, pues, como lo expresa el Ciudadano ministro de Hacienda, ese es el plan propuesto, pero no está aceptado en su totalidad por los acreedores. Aun cuando todos los acreedores lo aceptaran, opina la Comisión que el Congreso no debe aceptarlo sin observaciones. figuran algunas cuentas en la lista, que no se deben pagar en ninguna forma, ni bajo ningún concepto, mientras no hayan sido examinadas cuidadosamente y aprobadas expresamente por el Congreso. Principiando por la de la Improvement Co.: ya el Congreso tiene expresado el concepto que le merece esa partida, esto es: “Que la nación no puede comprometerse a pagar lo que acaso no deba, sin un ajuste previo de cuentas”. Lo mismo resulta con el protocolo italiano y con todos los contratos que no se hayan sometido a la aprobación del Poder Legislativo, único capacitado para resolver todo lo concerniente a la deuda nacional. Entre los $4,066,069.23 para cuya cancelación se destina un 10% de su valor nominal, sin interés, debe haber muchas partidas que aún el 10% es 376

César A. Herrera | DE HARTmOnT A TRUJILLO demasiado concederles, dado el origen de tales reclamaciones; pero también debe haber, o mejor dicho, hay muchas que por la legalidad y la moralidad de su origen, deben ser tratadas como de las más favorecidas. Se impone, pues, la clasificación de esas deudas mediante un examen concienzudo, para saber fijamente a cuánto ascienden en realidad. Todavía no se ha efectuado el ajuste de las concesiones y por tanto, se ignora cuál será el montante de las indemnizaciones que deberá pagar la República por este concepto. Cumple a la Comisión hacer notar a esta Cámara la importancia que se atribuye en el Contrato de los Banqueros a esa condición que puede determinar la resolución de dicho contrato sin ninguna responsabilidad, así como a lo eventual de los cálculos que se pudiesen hacer sobre la suma que importará a la República el ajuste de esas concesiones. SínTESIS DE LOS COnTRATOS El contrato celebrado con los Banqueros Kuhn, Loeb & Co., tiene por objeto venderles a dichos banqueros todos los bonos que la República se propone emitir, montantes a $20,000,000 oro americano. El contrato celebrado con la morton Trust Co. tiene por objeto nombrar a esa compañía Agente del Gobierno para todo lo concerniente al empréstito; y como tal, habrá de recibir de los Banqueros el neto producido de la venta de los bonos, reteniendo ese dinero en su poder hasta que sea aplicado al objeto que el gobierno se propone. mientras permanezcan esos fondos en su poder la Trust pagará a la República 2% de interés anual. Los bonos devengarán un interés de 5% anual desde el día primero de abril de este año. Ese interés será pagado por la República semestralmente. El primer semestre se pagará el día primero de octubre y el segundo semestre el día primero de abril de cada año. Aunque los bonos ascienden a $20,000,000 se debe tener en cuenta que es de $20,500,000 el compromiso que la República contrae, pues ella se obliga a pagar una prima de dos y medio % sobre sus bonos, o sea a pagar $102,50 oro por cada $100.00 en bonos. En cambio, la República recibirá de los Banqueros solamente $19,200,000, porque el precio convenido es de $96.00 oro por cada $100.00 en bonos. Se puede calcular que solamente recibirá la República $93.50 por cada $100.00 en bonos, y pagará por ellos $102.50, pues los Banqueros tienen un plazo de seis meses para efectuar la compra de los bonos, a partir del primero de abril, quedando a favor de ellos los intereses devengados en ese tiempo, o sea dos y medio %, lo que, en realidad, equivale a otro descuento, o sea una pérdida de $500,000 para la República. 377

César A. Herrera | DE HARTmOnT A TRUJILLO<br />

<strong>de</strong>masiado conce<strong>de</strong>rles, dado el origen <strong>de</strong> tales reclamaciones; pero también<br />

<strong>de</strong>be haber, o mejor dicho, hay muchas que por la legalidad y la moralidad <strong>de</strong><br />

su origen, <strong>de</strong>ben ser tratadas como <strong>de</strong> las más favorecidas. Se impone, pues,<br />

la clasificación <strong>de</strong> esas <strong>de</strong>udas mediante un examen concienzudo, para saber<br />

fijamente a cuánto ascien<strong>de</strong>n en realidad.<br />

Todavía no se ha efectuado el ajuste <strong>de</strong> las concesiones y por tanto,<br />

se ignora cuál será el montante <strong>de</strong> las in<strong>de</strong>mnizaciones que <strong>de</strong>berá pagar<br />

la República por este concepto. Cumple a la Comisión hacer notar a esta<br />

Cámara la importancia que se atribuye en el Contrato <strong>de</strong> los Banqueros<br />

a esa condición que pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>terminar la resolución <strong>de</strong> dicho contrato<br />

sin ninguna responsabilidad, así como a lo eventual <strong>de</strong> los cálculos que<br />

se pudiesen hacer sobre la suma que importará a la República el ajuste <strong>de</strong><br />

esas concesiones.<br />

SínTESIS DE LOS COnTRATOS<br />

El contrato celebrado con los Banqueros Kuhn, Loeb & Co., tiene por<br />

objeto ven<strong>de</strong>rles a dichos banqueros todos los bonos que la República se<br />

propone emitir, montantes a $20,000,000 oro americano.<br />

El contrato celebrado con la morton Trust Co. tiene por objeto nombrar<br />

a esa compañía Agente <strong>de</strong>l Gobierno para todo lo concerniente al<br />

empréstito; y como tal, habrá <strong>de</strong> recibir <strong>de</strong> los Banqueros el neto producido<br />

<strong>de</strong> la venta <strong>de</strong> los bonos, reteniendo ese dinero en su po<strong>de</strong>r hasta que sea<br />

aplicado al objeto que el gobierno se propone. mientras permanezcan esos<br />

fondos en su po<strong>de</strong>r la Trust pagará a la República 2% <strong>de</strong> interés anual. Los<br />

bonos <strong>de</strong>vengarán un interés <strong>de</strong> 5% anual <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el día primero <strong>de</strong> abril <strong>de</strong><br />

este año. Ese interés será pagado por la República semestralmente. El primer<br />

semestre se pagará el día primero <strong>de</strong> octubre y el segundo semestre el día<br />

primero <strong>de</strong> abril <strong>de</strong> cada año.<br />

Aunque los bonos ascien<strong>de</strong>n a $20,000,000 se <strong>de</strong>be tener en cuenta que<br />

es <strong>de</strong> $20,500,000 el compromiso que la República contrae, pues ella se obliga<br />

a pagar una prima <strong>de</strong> dos y medio % sobre sus bonos, o sea a pagar $102,50<br />

oro por cada $100.00 en bonos.<br />

En cambio, la República recibirá <strong>de</strong> los Banqueros solamente $19,200,000,<br />

porque el precio convenido es <strong>de</strong> $96.00 oro por cada $100.00 en bonos. Se<br />

pue<strong>de</strong> calcular que solamente recibirá la República $93.50 por cada $100.00<br />

en bonos, y pagará por ellos $102.50, pues los Banqueros tienen un plazo <strong>de</strong><br />

seis meses para efectuar la compra <strong>de</strong> los bonos, a partir <strong>de</strong>l primero <strong>de</strong> abril,<br />

quedando a favor <strong>de</strong> ellos los intereses <strong>de</strong>vengados en ese tiempo, o sea dos<br />

y medio %, lo que, en realidad, equivale a otro <strong>de</strong>scuento, o sea una pérdida<br />

<strong>de</strong> $500,000 para la República.<br />

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