INFORME EJECUTIVO - Auditoría General de la Nación

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6. Recomendaciones Teniendo en consideración los comentarios y observaciones explicitadas en el capítulo 5, es menester realizar las siguientes recomendaciones: 6.1. Tramitar las soluciones pertinentes para posibilitar la finalización e inauguración de las obras dentro de los plazos previstos. (Cde. 4.1) 6.2. Asegurar que las reparticiones a cargo del diseño y elaboración de los proyectos de obras, prevean y minimicen los riesgos derivados de la adaptación de los suelos en que planee ejecutar las obras. (Cde. 4.2) 6.3. Asegurar que en los proyectos originales de las obras tengan intervención previa las reparticiones pertinentes, de modo de anular y/o minimizar los riesgos resultantes de incorporar obras no previstas que retrasen la ejecución del proyecto. (Cde. 4.3) 6.4. Asegurar que las empresas contratistas cumplan los compromisos asumidos en los pliegos licitatorios en lo atinente al cuidado y mantenimiento de la obra a cargo preservando su seguridad hasta su finalización y entrega final. (Cde. 4.4) 6.5. Acelerar las medidas necesarias a fin de que las empresas contratistas cumplan con sus obligaciones por las deficiencias en las obras dentro del plazo de garantía. (Cde. 4.5) 7. Conclusiones Los fondos destinados a Obras de Infraestructura Básica Social establecidos por la Ley 24073 y complementarias ingresaron a la Provincia en la cuenta de Rentas Generales de la Tesorería General provincial. 17

Los fondos nacionales se fusionan con los provinciales y se aplican en el presupuesto provincial, en todos los casos, como Fuente 11 “Rentas Generales”. No hay asignaciones específicas. La Dirección de Finanzas provincial, empleando el criterio establecido en Artículo 2º del Decreto Nacional Nº 1731/04, que reglamentó la Ley de Responsabilidad Fiscal determinó el total de los montos ejecutados en el período auditado en las obras de infraestructura básica social, según organismo ejecutor. Para un examen detallado se seleccionaron diez obras de envergadura de distintas áreas estatales y se constató el grado de ejecución de las mismas, durante el período auditado cumpliéndose con los objetivos establecidos. Tres de los emprendimientos registraron demoras, dos de ellas por la necesidad de efectuar obras complementarias (Escuela Técnica Nº 17 y Hospital Castro Rendón), lo que reveló la falta de suficiente previsión, y en un caso los trabajos se interrumpieron por la cesación de pagos de la empresa contratista que entró en concurso de acreedores (Sistemas Modulares para la Filtración de Agua). Asimismo se detectaron, en dos casos, costos adicionales para la preparación y adaptación de los terrenos (Escuela Técnica Nº 18 y Sistemas Modulares para la Filtración de Agua) y en otro caso obras adicionales que postergaron la finalización de los trabajos (Sistemas Modulares para la Filtración de Agua). BUENOS AIRES, 28 de febrero de 2008.- 18

Los fondos nacionales se fusionan con los provinciales y se aplican en el presupuesto<br />

provincial, en todos los casos, como Fuente 11 “Rentas <strong>General</strong>es”. No hay asignaciones<br />

específicas.<br />

La Dirección <strong>de</strong> Finanzas provincial, empleando el criterio establecido en Artículo 2º<br />

<strong>de</strong>l Decreto Nacional Nº 1731/04, que reg<strong>la</strong>mentó <strong>la</strong> Ley <strong>de</strong> Responsabilidad Fiscal <strong>de</strong>terminó<br />

el total <strong>de</strong> los montos ejecutados en el período auditado en <strong>la</strong>s obras <strong>de</strong> infraestructura básica<br />

social, según organismo ejecutor.<br />

Para un examen <strong>de</strong>tal<strong>la</strong>do se seleccionaron diez obras <strong>de</strong> envergadura <strong>de</strong> distintas<br />

áreas estatales y se constató el grado <strong>de</strong> ejecución <strong>de</strong> <strong>la</strong>s mismas, durante el período auditado<br />

cumpliéndose con los objetivos establecidos. Tres <strong>de</strong> los emprendimientos registraron<br />

<strong>de</strong>moras, dos <strong>de</strong> el<strong>la</strong>s por <strong>la</strong> necesidad <strong>de</strong> efectuar obras complementarias (Escue<strong>la</strong> Técnica<br />

Nº 17 y Hospital Castro Rendón), lo que reveló <strong>la</strong> falta <strong>de</strong> suficiente previsión, y en un caso<br />

los trabajos se interrumpieron por <strong>la</strong> cesación <strong>de</strong> pagos <strong>de</strong> <strong>la</strong> empresa contratista que entró en<br />

concurso <strong>de</strong> acreedores (Sistemas Modu<strong>la</strong>res para <strong>la</strong> Filtración <strong>de</strong> Agua).<br />

Asimismo se <strong>de</strong>tectaron, en dos casos, costos adicionales para <strong>la</strong> preparación y<br />

adaptación <strong>de</strong> los terrenos (Escue<strong>la</strong> Técnica Nº 18 y Sistemas Modu<strong>la</strong>res para <strong>la</strong> Filtración <strong>de</strong><br />

Agua) y en otro caso obras adicionales que postergaron <strong>la</strong> finalización <strong>de</strong> los trabajos<br />

(Sistemas Modu<strong>la</strong>res para <strong>la</strong> Filtración <strong>de</strong> Agua).<br />

BUENOS AIRES, 28 <strong>de</strong> febrero <strong>de</strong> 2008.-<br />

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