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ORDEN GENERAL No. 053 DEL COMANDO GENERAL DE LA ...

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25'(1 *(1(5$/ 1R<br />

'(/ &20$1'2 *(1(5$/ '( /$ 32/,&Ì$ 1$&,21$/<br />

3$5$ (/ ',$ 0,e5&2/(6 '( 0$5=2 '(/<br />

5(62/8&,21(6 '(/ &216(-2 683(5,25<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, envía para conocimiento, estudio y resolución del Consejo<br />

Superior de la Policía Nacional, la Hoja de Trámite <strong>No</strong>. 26380, de 27 de octubre del 2010, a la que adjunta la documentación<br />

relacionada con la salida en comisión de servicios al exterior de los señores Teniente de Policía )5('< *21=$/2 *8=0$1<br />

3(3,126 y Subteniente de Policía '$1,/2 (67(%$1 /$9(5'( &(5'$ a León - España, del 02 de noviembre al 10 de<br />

diciembre del 2010, a fin de participar en el XXIX Curso Internacional de Rescate Canino en Catástrofes Método Arcon.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, remite copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-2355-GIR-PN, de 20 de octubre del 2010,<br />

suscrito por el señor Comandante del Grupo de Intervención y Rescate de la Policía Nacional (Enc), en el que manifiesta lo siguiente:<br />

“…Mediante el presente me permito hacerle llegar un atento y respetuoso saludo; a la vez en cumplimiento al memorando <strong>No</strong>. 9206-<br />

CG-2011, del 19 de octubre del 2010, me permito hacer conocer muy comedidamente a usted, los nombres del personal de esta<br />

unidad que han sido designados para el XXIX Curso Internacional de Rescate Canino en Catástrofes, método ARCON: TNTE.<br />

GONZALO GUZMAN PEPINOS, INSTRUCTOR HONOLOGADO <strong>DE</strong> RESCATE CANINO EN CATASTROFES. SBTE. DANILO<br />

<strong>LA</strong>VER<strong>DE</strong> CERDA, ALUMNO BECADO…”, a la vez adjunta copia del oficio <strong>No</strong>. 01/2010, de 15 de octubre del 2010, suscrito por el<br />

señor Presidente del grupo de Especialistas Bomberos de Castilla y León, GEBOCYL.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, adjunta copia fotostática del Oficio <strong>No</strong>. SSI-MG-2010-711, de 25 de<br />

octubre del 2010, suscrito por el señor Subsecretario de Seguridad Interna del Ministerio del Interior, en el que señala lo siguiente:<br />

“…En referencia al Oficio <strong>No</strong>. 2010-3885-CG-2010, comunico a usted que se autoriza a los señores: Tnte. Gonzalo Guzmán Pepinos<br />

y Sbte. Danilo Laverde Cerda, para participar del XXIX CURSO INTERNACIONAL <strong>DE</strong> RESCATE CANINO EN CATASTROFES<br />

METODO ARCON, que se desarrollará del 2 de noviembre al 10 de diciembre del 2010, en León – España. Cabe mencionar que los<br />

gastos que demanden la movilización, traslado, alojamiento y alimentación serán cubiertos por la UCR GEBOCYL…”.<br />

Que el Art. 25, literal c) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional señala: “El Consejo Superior, tendrá los siguientes deberes<br />

y atribuciones: …c) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los oficiales subalternos…”.<br />

Que el Art. 4, del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional, literal f), dice: “Son deberes y atribuciones del<br />

Consejo Superior: Resolver sobre la asistencia a cursos de oficiales subalternos”.<br />

Que el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, expresa: ´Las comisiones de servicio al exterior serán ordenadas por<br />

Acuerdo Ministerial a pedido del Comandante General y con la aplicación a la asignación presupuestaria y reglamento<br />

correspondiente.”.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-67-AJ-CS-PN, del 20 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

1.- 62/,&,7$5 muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne alcanzar el<br />

correspondiente Acuerdo Ministerial, mediante el cual de conformidad con el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía<br />

Nacional, se legalice la salida en comisión de servicios al exterior con derecho a todos sus haberes, de los señores Teniente


25' *5$/<br />

de Policía )5('< *21=$/2 *8=0$1 3(3,126 y Subteniente de Policía '$1,/2 (67(%$1 /$9(5'( &(5'$ quienes<br />

viajaron a León – España, del 02 de noviembre al 10 de diciembre del 2010, con la finalidad de participar en el XXIX Curso<br />

Internacional de Rescate Canino en Catástrofes Método Arcon. Los gastos demandados por esta comisión de servicios, han<br />

sido cubiertos por la UCR GEBOCYL.<br />

2.- 38%/,&$5 la presente resolución en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;<br />

y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco<br />

de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE SUBROGANTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA<br />

<strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) ABG. WASHINGTON E. <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) DR. KLEBER M. TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).-<br />

SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, envía para conocimiento, estudio y resolución del Consejo<br />

Superior de la Policía Nacional, la Hoja de Trámite <strong>No</strong>. 00599, de 10 de noviembre del 2010, a la que adjunta la documentación<br />

relacionada con la salida en comisión de servicios al exterior del señor Subteniente de Policía de Sanidad DR. :,/621 (51(672<br />

9$5*$6 5,9$'(1(,5$ a Brasil, del 11 al 14 de enero del 2010.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, remite copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-3791-DNS-PN, de 09 de diciembre del<br />

2010, suscrito por el señor Director Nacional de Salud de la Policía Nacional, al que adjunta copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-1785-DADRH-<br />

HQ-PN, de 01 de diciembre del 2010, suscrito por el señor Jefe del Departamento y Desarrollo de Recursos Humanos del Hospital de<br />

Quito <strong>No</strong>. 1, en el que manifiesta los siguiente: “…Respetuosamente me permito remitir a usted, la Solicitud de Salida al Exterior de<br />

fecha 24 de noviembre del 2010, presentada por el señor SBTE. Dr. WILSON ERNESTO VARGAS RIVA<strong>DE</strong>NEIRA, Coordinador del<br />

Servicio de Neurocirugía, tendiente a que se le autorice asistir a la Capacitación estipulada por Contrato de Adquisición de<br />

Equipamiento para el Hospital Quito <strong>No</strong>. 1 (Generador de Radiofrecuencia y Marco Exterotáxico), en Diadema – Brasil, del 11 al 14<br />

de enero del 2011, a fin de solicitarle muy comedidamente se digne continuar con el trámite legal pertinente; para lo cual adjunto el<br />

memorando <strong>No</strong>. 2010-124-DDI-HQ-PN, del 30 de noviembre del 2010, emitido por el señor Jefe del Departamento de Docencia e<br />

Investigación, quien adjunta el Informe <strong>No</strong>. 051-DDI.HQPN, del 30 de noviembre del año en curso…”.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, adjunta copia fotostática del Oficio <strong>No</strong>. VSI-MI-2011-0022, de 07 de enero<br />

del 2011, suscrito por el señor Viceministro de Seguridad Interna del Ministerio del Interior, en el que señala lo siguiente: “…En<br />

referencia al Oficio <strong>No</strong>. 2010-4630-CG-2010 / 2010-4848-CG, de 14 y 29 de diciembre del 2010, en el que solicita autorización para<br />

que el señor Subteniente de Policía de Sanidad Dr. WILSON ERNESTO VARGAS RIVA<strong>DE</strong>NEIRA, viaje a Brasil a fin de asistir a la<br />

Capacitación por la Adquisición del Generador de Radiofrecuencia y Marco Esterotaxico; al respecto, esta Autoridad autoriza la<br />

comisión de servicios del 11 al 14 de enero del 2011, Cabe señalar que los gastos que se generen en la comisión, serán cubiertos<br />

por la Fiscalía General… ”.<br />

Que el Art. 25, literal c) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional señala: “El Consejo Superior, tendrá los siguientes deberes<br />

y atribuciones: …c) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los oficiales subalternos…”.<br />

Que el Art. 4, del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional, literal f), dice: “Son deberes y atribuciones del<br />

Consejo Superior: Resolver sobre la asistencia a cursos de oficiales subalternos”.<br />

Que el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, expresa: ´Las comisiones de servicio al exterior serán ordenadas por<br />

Acuerdo Ministerial a pedido del Comandante General y con la aplicación a la asignación presupuestaria y reglamento<br />

correspondiente.”.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-105-AJ-CS-PN, del 11 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:


5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

25' *5$/<br />

1.- 62/,&,7$5 muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne alcanzar el<br />

correspondiente Acuerdo Ministerial, mediante el cual de conformidad con el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía<br />

Nacional, se legalice la salida en comisión de servicios al exterior con derecho a todos sus haberes, del señor Subteniente<br />

de Policía de Sanidad Dr. :,/621 (51(672 9$5*$6 5,9$'(1(,5$ quien viajó a la ciudad de Diadema – Brasil, del 11 al<br />

14 de enero del 2011, con la finalidad de asistir a la Capacitación por la Adquisición del Generador de Radiofrecuencia y<br />

Marco Esterotáxico”. Los gastos que generó dicha comisión de servicios, fueron cubiertos por la Fiscalía General.<br />

2.- 38%/,&$5 la presente resolución en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;<br />

y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco<br />

de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE SUBROGANTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA<br />

<strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) ABG. WASHINGTON E. <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) DR. KLEBER M. TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).-<br />

SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, envía para conocimiento, estudio y resolución del Consejo<br />

Superior de la Policía Nacional, la Hoja de Trámite <strong>No</strong>. 30634, de 13 de diciembre del 2010, a la que adjunta la documentación<br />

relacionada con la salida en comisión de servicios al exterior del señor Teniente de Policía ',(*2 52%(572 (6&2%$5<br />

$1'5$'( a México – Distrito Federal, el 06 de diciembre del 2010, a fin de que cumpla sus funciones de Edecán de la señora<br />

Ministra Coordinadora de la Política Económica.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, remite copia del Oficio <strong>No</strong>. MCPE-DM-2010-0101-O, de 01 de diciembre<br />

del 2010, suscrito por la señora Ministra Coordinadora de la Política Económica, en el que manifiesta lo siguiente: “…A través de la<br />

presente solicito a usted se sirva conceder autorización para que el Teniente Diego Roberto Escobar Andrade con C.I. <strong>No</strong>.<br />

1713248811, Edecán de esta cartera de estado, forme parte de la comitiva que me acompañará en la Conferencia Regional “Banca<br />

de Desarrollo y el Entorno Internacional”, que se desarrollará en la ciudad de México D.F., el 06 de diciembre del 2010, a fin de<br />

cumplir tareas relacionadas a mi seguridad personal. Adicionalmente, es importante indicar que todos los gastos relacionados con la<br />

movilización, estadía y alimentación del Teniente Escobar serán cubiertos con el Ministerio de Coordinación de la Política<br />

Económica…”.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, adjunta copia fotostática del Oficio <strong>No</strong>. SSI-MI-2010-856, de 09 de<br />

diciembre del 2010, suscrito por el señor Subsecretario de Seguridad Interna (e) del Ministerio del Interior, en el que señala lo<br />

siguiente: “…En relación al oficio <strong>No</strong>. 2010-4470-CG-2010, de 02 de diciembre del 2010, en el que solicita autorización para que el<br />

señor Tnte. Diego Roberto Escobar Andrade, viaje a México – Distrito Federal a fin de que cumpla sus funciones de Edecán de la<br />

señora Ministra Coordinadora de la Política Económica; al respecto le comunico que se autoriza la comisión de servicios del 06 de<br />

diciembre del 2010. Cabe señalar que los gastos que demanden la comisión, serán cubiertos por esa cartera de Estado…”.<br />

Que el Art. 25, literal c) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional señala: “El Consejo Superior, tendrá los siguientes deberes<br />

y atribuciones: …c) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los oficiales subalternos…”.<br />

Que el Art. 4, del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional, literal h), dice: “Son deberes y atribuciones del<br />

Consejo Superior: Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los oficiales subalterno”.<br />

Que el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, expresa: ´Las comisiones de servicio al exterior serán ordenadas por<br />

Acuerdo Ministerial a pedido del Comandante General y con la aplicación a la asignación presupuestaria y reglamento<br />

correspondiente.”.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-107-AJ-CS-PN, del 24 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,


En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

25' *5$/<br />

1.- 62/,&,7$5 muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne alcanzar el<br />

correspondiente Acuerdo Ministerial, mediante el cual de conformidad con el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía<br />

Nacional, se legalice la salida en comisión de servicios al exterior con derecho a todos sus haberes, del señor Teniente de<br />

Policía ',(*2 52%(572 (6&2%$5 $1'5$'( quien viajó a la ciudad de México – Distrito Federal, el 06 de diciembre del<br />

2010, cumpliendo funciones de Edecán de la señora Ministra Coordinadora de la Política Económica.<br />

2.- Los gastos relacionados con la movilización, estadía y alimentación, han sido cubiertos por el Ministerio de Coordinación<br />

de la Política Económica.<br />

3.- 38%/,&$5 la presente resolución en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;<br />

y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco<br />

de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE SUBROGANTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA<br />

<strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) ABG. WASHINGTON E. <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) DR. KLEBER M. TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).-<br />

SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, envía para conocimiento, estudio y resolución del Consejo<br />

Superior de la Policía Nacional, la Hoja de Trámite <strong>No</strong>. 16477, de 13 de julio del 2010, a la que adjunta la documentación relacionada<br />

con la salida en comisión de servicios al exterior de la señorita Subteniente de Policía $1$ /8&,$ &$0$&+2 9,18(=$ a Caracas<br />

– Venezuela, del 26 de junio al 01 de julio del 2010, a fin de acompañar en calidad de Edecán del señor Ministro de Turismo.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, remite copia del Oficio <strong>No</strong>. S/N, de 23 de junio del 2010, suscrito por el<br />

señor Ministro de Turismo, en el que manifiesta los siguiente: “…Con la presente comunico a usted, que durante mi viaje a Caracas –<br />

Venezuela que lo realizaré del 26 de junio al 01 de julio del 2010, a fin de asistir a la IV Reunión de Ministros de Turismo del Alba, me<br />

acompañará la Subteniente Ana Camacho, Edecán asignado a mi persona. Cabe mencionar que los gastos del viaje estarán a cargo<br />

de los organizadores del evento y del Ministerio de Turismo…”.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, adjunta copia fotostática del Oficio <strong>No</strong>. SSI-MG-2010-372, de 05 de julio<br />

del 2010, suscrito por el señor Subsecretario de Seguridad Interna del Ministerio del Interior, en el que señala lo siguiente: “…En<br />

relación al oficio <strong>No</strong>. 2253-CG-2010 de 28 de junio del 2010, en el cual solicita autorización para la comisión de servicios de la<br />

señorita Subteniente Ana Camacho, Edecán del señor Ministro de Turismo, a fin de que lo autoriza la comisión a partir del 26 de junio<br />

al 01 de julio del 2010. Cabe señalar que los gastos correrán a cargo de los organizadores del evento y del Ministerio de Turismo…”.<br />

Que el Art. 25, literal c) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional señala: “El Consejo Superior, tendrá los siguientes deberes<br />

y atribuciones: …c) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los oficiales subalternos… ”.<br />

Que el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, expresa: ´Las comisiones de servicio al exterior serán ordenadas por<br />

Acuerdo Ministerial a pedido del Comandante General y con la aplicación a la asignación presupuestaria y reglamento<br />

correspondiente.”.<br />

Que el Art. 4, del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional, literal h), dice: “Son deberes y atribuciones del<br />

Consejo Superior: Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los oficiales subalterno”.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-141-AJ-CS-PN, del 17 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:


5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

25' *5$/<br />

1.- 62/,&,7$5 muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne alcanzar el<br />

correspondiente Acuerdo Ministerial, mediante el cual de conformidad con el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía<br />

Nacional, se legalice la salida en comisión de servicios al exterior con derecho a todos sus haberes, de la señorita<br />

Subteniente de Policía $1$ /8&,$ &$0$&+2 9,18(=$ quien viajó a Caracas – Venezuela, del 26 de junio al 01 de julio<br />

del 2010, como Edecán del señor Ministro de Turismo, el mismo que asistió a la IV Reunión de Ministros de Turismo.<br />

2.- Los gastos ocasionados por la comisión de servicios, han sido cubiertos por los organizadores del evento y del Ministerio<br />

de Turismo.<br />

3.- 38%/,&$5 la presente resolución en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;<br />

y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco<br />

de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE SUBROGANTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA<br />

<strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) ABG. WASHINGTON E. <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) DR. KLEBER M. TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).-<br />

SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, envía para conocimiento, estudio y resolución del H.<br />

Consejo Superior de la Policía Nacional, las Hojas de Trámite <strong>No</strong>s. 24237, 25299, del 07 y 14 de octubre del 2010, a la que adjunta la<br />

documentación relacionada con la salida en comisión de servicios al exterior del señor Empleado Civil Dr. -26( *21=$/(=<br />

3$5('(6, Médico Reumatólogo, a la ciudad de Sao Paulo – Brasil, del 23 al 29 de octubre del 2010, con la finalidad de asistir al<br />

PROGRAMME ASAS EDUCATIONAL WORKSHOP.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, remite copia del Oficio 2010-2923-DNS-PN, de 21 de septiembre del 2010,<br />

suscrito por el señor Director Nacional de Salud de la Policía Nacional, al que adjunta copia del Oficio <strong>No</strong>. 1128-UARH-HDPNG-2, de<br />

15 de septiembre del 2010, firmado por el señor Jefe de la UARH del HDPNG-2, al que anexa el informe Técnico Administrativo <strong>No</strong>.<br />

109, copia del Acta <strong>No</strong>. 039 del Comité de Becas del HDPNG-2, y copia del Oficio s/n, de 03 de septiembre del 2010, firmado por el<br />

Dr. José González Paredes, Reumatólogo, en el que expresa lo siguiente: “…Por medio de la presente, solicito a usted y por su digno<br />

intermedio a quien corresponda se me conceda permiso para poder asistir al PROGRAMME ASAS EDUCATIONAL WORKSHOP<br />

(Taller Educativo de la Sociedad Internacional de Evaluación de la Espondiliartritis), que se realizará en Sao Paulo – Brasil, desde el<br />

25 al 27 de octubre del 2010. Para poder ajustar mis conexiones aéreas debido a que no es un vuelo directo, requiero viajar dos días<br />

antes y después del evento, es decir que mi permiso solicitado es del 23 al 29 de octubre del 2010. Cabe resaltar que la asistencia a<br />

este evento no representa ningún gasto para el Hospital…”.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional remite copia del Oficio <strong>No</strong>. SSI-MI-2010-627, del 01 de octubre del 2010,<br />

suscrito por el señor Subsecretario de Seguridad Interna del Ministerio del Interior, en el que expresa: “… En atención al oficio <strong>No</strong>.<br />

03546-CG-2010, de 27 de septiembre del 2010, en el que solicita autorización para que el señor E.C. Dr. José González Paredes,<br />

Médico Reumatólogo, viaje a Sao Paulo – Brasil, a fin de que asista al PROGRAMME ASAS EDUCATIONAL WORKSHOP; al<br />

respecto le comunico que se autoriza la comisión de servicios a partir del 23 al 29 de octubre del 2010. Cabe señalar que los gastos<br />

que demanden dicha comisión serán cubiertos por el interesado…”.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, mediante Oficio 2010-4306-DGP-DIF, de 11 de octubre del 2010, firmado<br />

por el señor Director General de Personal de la Policía Nacional, remite copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-785-DGP-UP, de 06 de septiembre<br />

del 2010, al que acompaña copia del Informe <strong>No</strong>. 2010-603-DGP-UP, el mismo que en las conclusiones manifiesta lo siguiente:<br />

“…Que los gastos que demande la asistencia del señor empleado civil Dr. José González Paredes, Médico Reumatólogo del Hospital<br />

Guayaquil <strong>No</strong>. 2 de la Policía Nacional al “PROGRAMME ASAS EDUCACIONAL WORKSHOP (Taller Educativo de la Sociedad<br />

internacional de Evaluación de la Espondiloartritis), son por cuenta del servidor, la Institución no realizará egreso alguno…”.<br />

Que el Art. 4, del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional, literal n), dice: “Son deberes y atribuciones del<br />

Consejo Superior: Resolver sobre la situación de los empleados civiles de la institución”.


25' *5$/<br />

Que el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, expresa: “Las comisiones de servicio al exterior serán ordenadas por<br />

Acuerdo Ministerial a pedido del Comandante General y con la aplicación a la asignación presupuestaria y reglamento<br />

correspondiente.”.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-35-AJ-CS-PN, del 14 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

1.- 62/,&,7$5 muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne alcanzar el correspondiente<br />

Acuerdo Ministerial, mediante el cual de conformidad con el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, se legalice la<br />

salida en comisión de servicios al exterior con derecho a todos sus haberes del señor Empleado Civil Dr. -26( *21=$/(=<br />

3$5('(6 quien viajó a la ciudad de Sao Paulo – Brasil, del 23 al 29 de octubre del 2010, con la finalidad de asistir al<br />

“PROGRAMME ASAS EDUCATIONAL WORKSHOP”.<br />

2.- Los gastos que demandó dicha comisión de servicios, han sido cubiertos por el señor Empleado Civil Dr. JOSE GONZALEZ<br />

PARE<strong>DE</strong>S.<br />

3.- 38%/,&$5 la presente resolución en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;<br />

y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco<br />

de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE SUBROGANTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA<br />

<strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) ABG. WASHINGTON E. <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) DR. KLEBER M. TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).-<br />

SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, envía para conocimiento, estudio y resolución del H.<br />

Consejo Superior de la Policía Nacional, la Hoja de Trámite <strong>No</strong>. 22862/22700 de 17 de septiembre del 2010, a la que adjunta la<br />

documentación relacionada con la salida en comisión de servicios al exterior del señor Empleado Civil Dr. :,//,$0 1$32/(21<br />

%$55$*$1 %$55$*$1, a Sao Paulo – Brasil, del 19 al 25 de septiembre del 2010.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, remite copia del Oficio <strong>No</strong>. CBQ I-5905/10, de 27 de agosto del 2010,<br />

suscrito por el Gerente Quito Bio-Electrónica Blanco S.A., mediante el cual confirman que el curso de entrenamiento de manejo del<br />

Equipo LITOTRIPTOR EXTRACORPOREO, para el Dr. William Barragán Barragán, (…), se llevará a cabo del 20 al 24 de<br />

septiembre del 2010, en la ciudad de Sao Paulo Brasil, en el Hospital Militar Cruz Azul. La salida de Quito será el 19 de septiembre y<br />

el regreso de Brasil el 25 de septiembre del 2010, una vez terminado el curso. Los pasajes los harán llegar a su debido tiempo.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, remite copia del Oficio 2010-2719-DNS-PN, de 02 de septiembre del 2010,<br />

suscrito por el señor Director Nacional de Salud de la Policía Nacional, al que adjunta copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-2160-DHQ-PN, de<br />

01 de septiembre del 2010, a la vez acompaña el oficio <strong>No</strong>. 2010-1216-DADRH-HQ-PN, de 01 de septiembre del 2010, suscrito por el<br />

señor Jefe del Departamento de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, en el que da a conocer lo siguiente:<br />

“…respetuosamente me permito remitir a usted el Informe <strong>No</strong>. 68 del 31 de agosto del 2010, emitido por el señor E.C. Ps. Ind. Galo<br />

Calvache, Asistente de Personal y el Informe <strong>No</strong>. 013.DDI-HQPN, de 31 de agosto del 2010, suscrito por el señor Jefe del<br />

Departamento de Docencia e Investigación, mediante los cuales informan respecto a la solicitud de salida al exterior presentada por<br />

el señor Empleado Civil Dr. WILLIAM NAPOLEON BARRAGAN BARRAGAN, tendiente a que se le autorice viajar a Sao Paulo –<br />

Brasil, en Comisión de Servicios, del 19 al 25 de septiembre del 2010, con el propósito de asistir al Curso de Entrenamiento de<br />

manejo del equipo Litotriptor Extracorpóreo del Servicio de Urología, a fin de solicitarle muy comedidamente, se digne continuar con<br />

el trámite correspondiente…”.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional remite copia del Oficio <strong>No</strong>. SSI-MI-2010-572, del 16 de septiembre del


25' *5$/<br />

2010, suscrito por el señor Subsecretario de Seguridad Interna del Ministerio del Interior, en el que expresa: “… En atención al oficio<br />

<strong>No</strong>. 3235-CG-2010, de 08 de septiembre del 2010, en el que solicitan autorización para que el señor E.C. Dr. William Barragán, viaje<br />

a Sao Paulo – Brasil, y asista al Curso de Entrenamiento de Manejo del Equipo LITOTRIPTOR EXTRACORPOREO; al respecto le<br />

comunico que se autoriza la comisión de servicios del 19 al 25 de septiembre del 2010, haciendo uso de siete días de permiso. Cabe<br />

señalar que los gastos serán cubiertos por la Empresa proveedora de dicho equipo…”.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, mediante Oficio 2010-4007-DGP-DIF, de 15 de septiembre del 2010,<br />

firmado por el señor Director General de Personal de la Policía Nacional, remite copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-714-DGP-UP, de 13 de<br />

septiembre del 2010, al que acompaña copia del Informe <strong>No</strong>. 2010-545-DGP-UP, relacionado con la asistencia al curso de<br />

Entrenamiento de Manejo del Equipo LITOTRIPTOR EXTRACORPOREO.<br />

Que el Art. 4, del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional, literal n), dice: “Son deberes y atribuciones del<br />

Consejo Superior: Resolver sobre la situación de los empleados civiles de la institución”.<br />

Que el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, expresa: “Las comisiones de servicio al exterior serán ordenadas por<br />

Acuerdo Ministerial a pedido del Comandante General y con la aplicación a la asignación presupuestaria y reglamento<br />

correspondiente.”.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-29-AJ-CS-PN, del 12 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

1.- 62/,&,7$5 muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne alcanzar el correspondiente<br />

Acuerdo Ministerial, mediante el cual de conformidad con el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, se legalice la<br />

salida en comisión de serviciosal exterior con derecho a todos sus haberes del señor Empleado Civil Dr. :,//,$0 1$32/(21<br />

%$55$*$1 %$55$*$1 quien viajó a la ciudad de Sao Paulo – Brasil, del 19 al 25 de septiembre del 2010, con la finalidad<br />

de asistir al “CURSO <strong>DE</strong> ENTRENAMIENTO <strong>DE</strong> MANEJO <strong><strong>DE</strong>L</strong> EQUIPO LITOTRIPTOR EXTRACORPOREO”.<br />

2.- Los gastos que demandó dicha comisión de servicios han sido cubiertos por la empresa proveedora de dicho equipo, conforme<br />

consta en el oficio <strong>No</strong>. CB I-5905/10, de 27 de agosto del 2010, suscrito por el Gerente Quito, de BIO-ELECTRONICA B<strong>LA</strong>NCO<br />

S.A.<br />

3.- 38%/,&$5 la presente resolución en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;<br />

y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco<br />

de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE SUBROGANTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA<br />

<strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) ABG. WASHINGTON E. <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) DR. KLEBER M. TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).-<br />

SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, envía para conocimiento, estudio y resolución del H.<br />

Consejo Superior de la Policía Nacional, la Hoja de Trámite <strong>No</strong>. 24059, de 30 de septiembre del 2010, a la que adjunta la<br />

documentación relacionada con la salida en comisión de servicios al exterior del señor Empleado Civil Dr. *867$92 6$1'29$/<br />

7,12&2, a la ciudad de Boston – Estados Unidos de América, del 29 de septiembre al 01 de octubre del 2010.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, remite copia del Oficio 2010-733-DGP-PUP, de 20 de septiembre del 2010,<br />

suscrito por el señor Director General de la Policía Nacional, al que adjunta copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-2239-DNS-PN, de julio 30 del<br />

2010, a la vez acompaña el informe Técnico Administrativo <strong>No</strong>. 072, quien a su vez anexa copia del Acta <strong>No</strong>. 028 del Comité de<br />

Becas del HDPNG-2, y copia del Oficio s/n, de 16 de julio del 2010, firmado por el Dr. Gustavo Sandoval Tinoco, Médico


25' *5$/<br />

Otorrinolaringólogo, en el que enuncia lo siguiente: “…mediante el presente me permito solicitar a usted, y por su digno intermedio a<br />

quien corresponda se me conceda permiso desde el 24 de septiembre al 01 de octubre del 2010, para asistir al “ANNUAL MEETING<br />

OF THE AMERICAN ACA<strong>DE</strong>MY OF OTO<strong>LA</strong>RYNGOLOGY – HEAD AND NECK SURGERY” que se realizará desde el 26 al 29 de<br />

septiembre del año en curso en la ciudad de Boston, Estados Unidos. Los gastos de Hospedaje y traslado corren a cargo de mi<br />

propia cuenta…”.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional remite copia del Oficio <strong>No</strong>. SSI-MI-2010-600, del 27 de septiembre del<br />

2010, suscrito por el señor Subsecretario de Seguridad Interna del Ministerio del Interior, en el que expresa: “… En atención al oficio<br />

<strong>No</strong>. 3474-CG-2010, de 22 de septiembre del 2010, en el que solicita autorización para que el señor E.C. Dr. Gustavo Sandoval<br />

Tinoco, viaje a Boston – Estados Unidos, a fin de que asista y participe al ANNUAL MEETING OF THE AMERICAN ACA<strong>DE</strong>MY OF<br />

OTO<strong>LA</strong>RYNGOLOGY – HEAD AND NECK SURGERY; al respecto le comunico que se autoriza la comisión de servicios del 29 de<br />

septiembre al 01 de octubre del 2010. Cabe señalar que los gastos que demanden la comisión serán cubiertos por el interesado…”.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, mediante Oficio 2010-3934-DGP-DIF, de 10 de septiembre del 2010,<br />

firmado por el señor Director General de Personal de la Policía Nacional, remite copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-692-DGP-UP, de 09 de<br />

septiembre del 2010, al que acompaña copia del Informe <strong>No</strong>. 2010-529-DGP-UP, el mismo que en las conclusiones manifiesta lo<br />

siguiente: “…Que los gastos que demande la asistencia del señor Dr. Gustavo Sandoval Tinoco, serán solventados por cuenta del<br />

servidor; la Institución no realizará egreso alguno…”.<br />

Que el Art. 4, del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional, literal n), dice: “Son deberes y atribuciones del<br />

Consejo Superior: Resolver sobre la situación de los empleados civiles de la institución”.<br />

Que el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, expresa: “Las comisiones de servicio al exterior serán ordenadas por<br />

Acuerdo Ministerial a pedido del Comandante General y con la aplicación a la asignación presupuestaria y reglamento<br />

correspondiente.”.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-31-AJ-CS-PN, del 13 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

1.- 62/,&,7$5 muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne alcanzar el correspondiente<br />

Acuerdo Ministerial, mediante el cual de conformidad con el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, se legalice la<br />

salida en comisión de servicios al exterior con derecho a todos sus haberes del señor Empleado Civil Dr. *867$92<br />

6$1'29$/ 7,12&2 quien viajó a la ciudad de Boston – Estados Unidos de América, del 29 de septiembre al 01 de octubre<br />

del 2010, con la finalidad de asistir al ““ANNUAL MEETING OF THE AMERICAN ACA<strong>DE</strong>MY OF OTO<strong>LA</strong>RYNGOLOGY – HEAD<br />

AND NECK SURGERY”.<br />

2.- Los gastos que demandó dicha comisión de servicios han sido cubiertos por el señor Empleado Civil Dr. GUSTAVO<br />

SANDOVAL TINOCO.<br />

3.- 38%/,&$5 la presente resolución en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;<br />

y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco<br />

de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE SUBROGANTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA<br />

<strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) ABG. WASHINGTON E. <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) DR. KLEBER M. TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).-<br />

SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, envía para conocimiento, estudio y resolución del Consejo<br />

Superior de la Policía Nacional, la Hoja de Trámite <strong>No</strong>. 23004, de 21 de septiembre del 2010, a la que adjunta la documentación<br />

relacionada con la salida en comisión de servicios al exterior con derecho a todos sus haberes de la señorita Teniente de Policía


25' *5$/<br />

&5,67,1$ (/,=$%(7+ 5$026 %(50(2 a Santa Cruz de la Sierra - Bolivia, del 27 de septiembre al 01 de octubre del 2010,<br />

quien participó en la “CONFERENCIA SOBRE ESTRATEGIA GLOBAL CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO PARA <strong>LA</strong><br />

PREVENCIÓN <strong>DE</strong> LOS <strong>DE</strong>SVÍOS ILÍCITOS <strong>DE</strong> PRECURSORES <strong>DE</strong> DROGAS”.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, adjunta copia del Oficio <strong>No</strong>. 1365-DNA, del 09 de septiembre del 2010,<br />

suscrito por el señor Director Nacional Antinarcóticos (Acc), en el que formula lo siguiente: “…En cumplimiento a su atento<br />

memorando <strong>No</strong>. 07861-CG-2010, respetuosamente, me permito sugerir a la señorita Teniente de Policía Cristina Ramos Bermeo,<br />

para que participe como delegada de esta Dirección, en la “Conferencia sobre estrategia global contra el crimen organizado para la<br />

prevención de los desvíos ilícitos de precursores de drogas”, que se llevará a cabo en Santa Cruz de la Sierra – Bolivia, del 27 de<br />

septiembre al 01 de octubre del 2010…”.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, adjunta copia fotostática del Oficio <strong>No</strong>. SSI-MI-2010-576, de 16 de<br />

septiembre del 2010, suscrito por el señor Subsecretario de Seguridad Interna del Ministerio del Interior, en el que expresa lo<br />

siguiente: “…En atención al oficio <strong>No</strong>. 03279-CG-2010 de 10 de septiembre del 2010, en el que solicita autorización para que la<br />

señorita Tnte. Cristina Ramos Bermeo, viaje a Santa Cruz de la Sierra – Bolivia y asista como delegada a la Conferencia sobre<br />

estrategia global contra el crimen organizado para la prevención de los desvíos ilícitos de precursores de drogas; al respecto le<br />

comunico que se autoriza la comisión de servicios del 27 de septiembre al 01 de octubre del 2010. Cabe señalar que los gastos de<br />

transporte, alojamiento y manutención, será cubiertos por la organización de las conferencias…”.<br />

Que el señor Director General de Personal de la Policía Nacional, mediante Oficio <strong>No</strong>. 2010-3980-DGP-DIF, de 14 de septiembre del<br />

2010, remite copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-711-DGP-UP, de 14 de septiembre del 2010, suscrito por el señor Jefe de la Unidad de<br />

Planeamiento de la Dirección General de Personal de la Policía Nacional, al que acompaña el Informe <strong>No</strong>. 2010-542-DGP-UP, el<br />

mismo que en las conclusiones manifiesta lo siguiente: “…Que los gastos de transporte, alojamiento y manutención de este experto<br />

serán financiados por los organizadores de esta conferencia…”.<br />

Que el Art. 25, literal c) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional señala: “El Consejo Superior, tendrá los siguientes deberes<br />

y atribuciones: …c) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los oficiales subalternos…”.<br />

Que el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, expresa: ´Las comisiones de servicio al exterior serán ordenadas por<br />

Acuerdo Ministerial a pedido del Comandante General y con la aplicación a la asignación presupuestaria y reglamento<br />

correspondiente.”.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-30-AJ-CS-PN, del 13 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

1.- 62/,&,7$5 muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne alcanzar el<br />

correspondiente Acuerdo Ministerial, mediante el cual de conformidad con el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía<br />

Nacional, se legalice la salida en comisión de servicios al exterior con derecho a todos sus haberes, de la señorita Teniente<br />

de Policía &5,67,1$ (/,=$%(7+ 5$026 %(50(2 quien viajó a Santa Cruz de la Sierra - Bolivia, del 27 de septiembre al 01<br />

de octubre del 2010, con la finalidad de participar como delegada a la “CONFERENCIA SOBRE ESTRATEGIA GLOBAL<br />

CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO PARA <strong>LA</strong> PREVENCIÓN <strong>DE</strong> LOS <strong>DE</strong>SVÍOS ILÍCITOS <strong>DE</strong> PRECURSORES <strong>DE</strong><br />

DROGAS”.<br />

2.- Los gastos de transporte, alojamiento y manutención, han sido financiados por los organizadores del evento.<br />

3.- 38%/,&$5 la presente resolución en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;<br />

y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco<br />

de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE SUBROGANTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA<br />

<strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) ABG. WASHINGTON E. <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) DR. KLEBER M. TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).-


SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

25' *5$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, envía para conocimiento, estudio y resolución del Consejo<br />

Superior de la Policía Nacional, las Hojas de Trámite <strong>No</strong>s. 21915/22024, 23569, de 09 de septiembre y 04 de octubre del 2010, a la<br />

que adjunta la documentación relacionada con la salida en comisión de servicios al exterior con derecho a todos sus haberes de los<br />

señores Subteniente de Policía ',(*2 3$8/ (6&2%$5 &$59$-$/ Cabo Primero de Policía -26( -$9,(5 52'5,*8(=<br />

(63,1 Cabo Segundo de Policía 6$17,$*2 $/(;$1'(5 6$/$6


de los pasajes aéreos por el Grupo de Intervención y Rescate de la Policía Nacional GIR.<br />

25' *5$/<br />

3.- 38%/,&$5 la presente resolución en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;<br />

y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco<br />

de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE SUBROGANTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA<br />

<strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) ABG. WASHINGTON E. <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) DR. KLEBER M. TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).-<br />

SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, envía para conocimiento, estudio y resolución del Consejo<br />

Superior de la Policía Nacional, la Hoja de Trámite <strong>No</strong>. 013838, de 11 de junio del 2010, a la que adjunta la documentación<br />

relacionada con la salida en comisión de servicios al exterior del señor Teniente de Policía ',(*2 52%(572 (6&2%$5<br />

$1'5$'( a la ciudad de San Petersburgo – Rusia, del 17 al 19 de junio del 2010, en calidad de Edecán de la señora Ministra<br />

Coordinadora de la Política Económica.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, adjunta copia fotostática del Oficio <strong>No</strong>. SSI-MG-2010-336, de 10 de junio<br />

del 2010, suscrito por el señor Subsecretario de Seguridad Interna del Ministerio de Gobierno y Policía, en el que expresa lo<br />

siguiente: “…En relación a su oficio <strong>No</strong>. 1921-CG-2010 de 10 de junio del 2010, en el cual solicita autorización para la comisión de<br />

servicios al señor Tnte. Diego Roberto Escobar Andrade, en calidad de Edecán de la señora Ministra Coordinadora de la Política<br />

Económica; al respecto le comunico que se autoriza la mencionada comisión a la ciudad de San Petersburgo – Rusia, del 17 al 19 de<br />

junio del 2010. Cabe señalar que los gastos correrán a cargo de la entidad responsable de la comisión...”.<br />

Que el señor Director General de Personal de la Policía Nacional, mediante Oficio <strong>No</strong>. 2010-2825-DGP-DIF, de 15 de junio del 2010,<br />

remite copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-473-DGP-UP, de 15 de junio del 2010, suscrito por el señor Jefe de la Unidad de Planeamiento de la<br />

Dirección General de Personal de la Policía Nacional, al que acompaña el Informe <strong>No</strong>. 2010-357-DGP-UP, el mismo que en las<br />

conclusiones manifiesta lo siguiente: “…Que los gastos correrán a cargo de la entidad responsable de la comisión…”.<br />

Que el Art. 25, literal c) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional señala: “El Consejo Superior, tendrá los siguientes deberes<br />

y atribuciones: …c) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los oficiales subalternos… ”.<br />

Que el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, expresa: ´Las comisiones de servicio al exterior serán ordenadas por<br />

Acuerdo Ministerial a pedido del Comandante General y con la aplicación a la asignación presupuestaria y reglamento<br />

correspondiente.”.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-210-AJ-CS-PN, del 26 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

1.- 62/,&,7$5 muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne alcanzar el<br />

correspondiente Acuerdo Ministerial, mediante el cual de conformidad con el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía<br />

Nacional, se legalice la salida en comisión de servicios al exterior con derecho a todos sus haberes, del señor Teniente de<br />

Policía ',(*2 52%(572 (6&2%$5 $1'5$'( quien viajó a San Petersburgo – Rusia, del 17 al 19 de junio del 2010, en<br />

calidad de Edecán de la señora Ministra Coordinadora de la Política Económica.<br />

2.- Los gastos ocasionados por la comisión de servicios, han sido cubiertos por el Ministerio Coordinador de la Política<br />

Económica.<br />

3.- 38%/,&$5 la presente resolución en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;


y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

25' *5$/<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco<br />

de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE SUBROGANTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA<br />

<strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) ABG. WASHINGTON E. <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) DR. KLEBER M. TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).-<br />

SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, envía para conocimiento, estudio y resolución del Consejo<br />

Superior de la Policía Nacional, las Hojas de Trámite <strong>No</strong>s. 17127, 17186, del 16 y 19 de julio del 2010, respectivamente, a la que<br />

adjunta la documentación relacionada con la salida en comisión de servicios al exterior con derecho a todos sus haberes de los<br />

señores Teniente de Policía 6$17,$*2 )5$1&,6&2 3(5(= '$9,/$ Subtenientes de Policía 3$8/,1$ 0(5&('(6<br />

&(9$//26 5$026 \ /8,6 ,65$(/ 1$8/$ %(50(2 a Bogotá – Colombia, del 19 de julio al 27 de agosto del 2010, a fin de<br />

asistir al Curso Básico de la Policía Judicial.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, remite copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-131-AAPE-C, de 29 de junio del 2010,<br />

suscrito por el señor Agregado de Policía a la Embajada del Ecuador en Colombia, mediante el cual hace conocer que en relación al<br />

requerimiento realizado por el señor Subdirector de Inteligencia Antidelincuencial de la DNPJeI (Acc), para que personal de la Unidad<br />

de Inteligencia de la Policía Judicial, recibiere capacitación en la Policía Nacional de Colombia, se ha logrado obtener 3 cupos para<br />

que realicen el Curso Básico de la Policía Judicial, en la Escuela de investigación Criminal, a desarrollarse del 19 de julio al 27 de<br />

agosto del 2010.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, remite copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-2946-DNPJeI, del 13 de julio del 2010,<br />

suscrito por el señor Director Nacional de la Policía Judicial e Investigaciones, al que adjunta copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-1222-JF-<br />

DNPJeI, de 13 de julio del 2010, firmado por el señor Jefe Financiero de la Policía Judicial, el mismo que formula lo siguiente: “…En<br />

cumplimiento a la Hoja de Tramite <strong>No</strong>. 12757, del 08 de julio del 2010, adjunto al presente el Oficio <strong>No</strong>. 2010-392-P-F-DNPJeI, de<br />

fecha 13 de julio del presente año, suscrito por el Departamento de Presupuesto, tengo a bien poner en conocimiento que SI existe<br />

Factibilidad, para el pago de 06 días de viáticos y uno de subsistencia, así como los pasajes aéreos para los señores miembros<br />

Policiales: Teniente Santiago Francisco Pérez Dávila, Subteniente Paulina Cevallos Ramos y, Subteniente Luis Naula Bermeo,<br />

quienes se trasladarán a la ciudad de Bogotá – Colombia, a participar en el Curso Básico de la Policía Judicial, a efectuarse del 19 de<br />

julio al 27 de agosto del 2010. Aplicable a las Partidas Presupuestarias <strong>No</strong>s. 530302 002 y 530304 002 del año vigente denominadas<br />

PASAJES AL EXTERIOR Y VIATICOS Y SUBSISTENCIA AL EXTERIOR respectivamente…”.<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, adjunta copia fotostática del Oficio <strong>No</strong>. SSI-MG-2010-405, de 16 de julio<br />

del 2010, suscrito por el señor Subsecretario de Seguridad Interna del Ministerio del Interior, en el que expresa lo siguiente: “…En<br />

atención al oficio <strong>No</strong>. 02501-CG-2010 de 16 de julio del 2010, en el que solicita autorización para la comisión de servicios para los<br />

señores Tnte. de Policía Santiago Francisco Pérez Dávila, Subteniente de Policía Paulina Mercedes Cevallos Y Subteniente de<br />

Policía Luis Israel Naula Bermeo, A FIN <strong>DE</strong> QUE ASISTAN AL Curso Básico de la Policía Judicial, en la Escuela de Investigación<br />

Criminal a desarrollarse del 19 de julio al 27 de agosto del 2010, al respecto comunico que se autoriza la comisión a la ciudad de<br />

Bogotá – Colombia, cabe mencionar que los gastos correrán de la Dirección Nacional de la Policía Judicial e Investigación…”.<br />

Que el señor Director General de Personal de la Policía Nacional, mediante Oficio <strong>No</strong>. 2010-3196-DGP-DIF, de 16 de julio del 2010,<br />

remite copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-535-DGP-UP, de 15 de julio del 2010, suscrito por el señor Jefe de la Unidad de Planeamiento de la<br />

Dirección General de Personal de la Policía Nacional, al que acompaña el Informe <strong>No</strong>. 2010-0406-DGP-UP, el mismo que en las<br />

conclusiones manifiesta lo siguiente: ´«Que con oficio <strong>No</strong>. 2010-2946-DNPJeI, de fecha 13 de julio del 2010, el señor Director<br />

nacional de la Policía Judicial e Investigaciones, se remite al señor Comandante General de la Policía Nacional, el oficio <strong>No</strong>. 2010-<br />

1222-JF-DNPJeI, de fecha 13 de julio del 2010, en el cual la señora Jefe Financiero de la Policía Judicial, da a conocer que SI existe<br />

Factibilidad Presupuestaria, para el pago de viáticos, subsistencia, pasajes aéreos a favor de los señores: Teniente Santiago<br />

Francisco Pérez Dávila, Subteniente Paulina Cevallos Ramos; y, Subteniente Luis Anula Bermeo, quienes se trasladarán a la<br />

ciudad de Bogotá – Colombia, a participar en el Curso Básico de la Policía Judicial…µ<br />

Que el Art. 25, literal c) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional señala: “El Consejo Superior, tendrá los siguientes deberes<br />

y atribuciones: …c) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los oficiales subalternos… ”.


25' *5$/<br />

Que el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, expresa: ´Las comisiones de servicio al exterior serán ordenadas por<br />

Acuerdo Ministerial a pedido del Comandante General y con la aplicación a la asignación presupuestaria y reglamento<br />

correspondiente.”.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-121-AJ-CS-PN, del 14 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

1.- 62/,&,7$5 muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne alcanzar el<br />

correspondiente Acuerdo Ministerial, mediante el cual de conformidad con el Art. 99 de la Ley de Personal de la Policía<br />

Nacional, se legalice la salida en comisión de servicios al exterior con derecho a todos sus haberes, de los señores<br />

Teniente de Policía 6$17,$*2 )5$1&,6&2 3(5(= '$9,/$ Subtenientes de Policía 3$8/,1$ 0(5&('(6<br />

&(9$//26 5$026 y /8,6 ,65$(/ 1$8/$ %(50(2, quienes viajaron a Bogotá – Colombia, del 19 de julio al 27 de<br />

agosto del 2010, con la finalidad de asistir al “CURSO BASICO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA JUDICIAL” en la Escuela de Investigación<br />

Criminal.<br />

2.- Los gastos que ocasionó esta comisión de servicios, fueron cubiertos por la Dirección Nacional de la Policía Judicial e<br />

Investigaciones, acorde con el contenido del Oficio <strong>No</strong>. 2010-1222-JF-DNPJeI, de 13 de julio del 2010, suscrito por el señor<br />

Jefe Financiero de la Policía Judicial; cuyo egreso será de exclusiva responsabilidad de la Jefatura Financiera de la Policía<br />

Judicial, previo control y verificación de los documentos y formalidades de ley.<br />

3.- 38%/,&$5 la presente resolución en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;<br />

y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco<br />

de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE SUBROGANTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA<br />

<strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) ABG. WASHINGTON E. <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL.- f) DR. KLEBER M. TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).-<br />

SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, remite para conocimiento, estudio y resolución del H.<br />

Consejo Superior de la Policía Nacional, la Hoja de Trámite <strong>No</strong>. 021879 de 8 de septiembre de 2010, y la documentación relacionado<br />

con el pedido de que se les conceda una Felicitación Pública Solemne a los señores Capitán de Policía 5,&$857( 129,//2<br />

('8$5'2 y otros miembros policiales, por haber intervenido en el operativo antinarcóticos “Baúl”.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional remite el Oficio <strong>No</strong>.1347-DNA, de 07 de septiembre de 2010, al mismo que<br />

anexa copia del Oficio <strong>No</strong>. 417-AJ-DNA, de 07 de septiembre de 2010, suscrito por el señor Asesor Jurídico de la Dirección Nacional<br />

Antinarcóticos, en el mismo que solicita se digne considerar la posibilidad de que mediante Resolución del H. Consejo Superior de la<br />

Policía Nacional, se conceda una Felicitación Pública Solemne al personal policial que intervino en el Operativo Antinarcóticos “Baúl”,<br />

en el que se descubrió una nueva forma de camuflaje de drogas logrando la incautación de 1 tonelada, 98 kilogramos y 159 gramos<br />

de cocaína en el puerto Marítimo de Guayaquil. Hecho que fue reconocido, elevando el accionar de la Institución Policial, a nivel<br />

nacional e internacional, cuya nómina de señores Oficiales, Clases y Policías es la siguiente: 1. Capitán de Policía RICAURTE<br />

NOVILLO EDUARDO, 2. Teniente de Policía RAMIREZ CHECA NANCY MAGDALENA, 3.Teniente de Policía VIL<strong>LA</strong>VICENCIO<br />

CARLOS ANDRES, 4. Suboficial CANDOLO ABAD <strong>LA</strong>URO FRANCO, 5. Sargento Segundo SANCHEZ SOBERON CARLOS<br />

MANUEL, 6. Sargento Segundo de Policía JAMA ARROYO RODINSON JAVIER., 7. Sargento Segundo ARAQUE YASELGA<br />

HECTOR VINICIO, 8. Sargento Segundo ALBAN GARCIA FABIO<strong>LA</strong> <strong>LA</strong>URENTINA, 9. Cabo Primero TAIPE TIQUINAGUA WILLIAM<br />

FRADDY, 10. Cabo Primero BAJAÑA BUENAÑO NELSON GASTON, 11. Cabo Primero MONCADA GRANDA EDWIN AGUSTIN,<br />

12. Cabo Segundo CHAVEZ QUISTANCHA<strong>LA</strong> CARLOS, 13. Cabo Segundo HERRERA BARZO<strong>LA</strong> ROGELIO, 14. Cabo Segundo<br />

COQUE VELOZ EDWIN PATRICIO, 15. Cabo Segundo JIMENEZ CHAVEZ ROMEL RAFAEL, 16. Cabo Segundo IBARRA CA<strong>DE</strong>NA<br />

VIVIANA ALEXANDRA, 17. Policía TITUAÑA FARINANGO SANDOR ROBERTO, 18. POLICIA CA<strong>LA</strong>N MAL<strong>LA</strong> WILSON RAMIRO,


25' *5$/<br />

19. Policía PERUGACHI BEDOYA JHOFRE LENIN, 20. Policía NAVAS ESPIN RONALD GONZALEZ, 21. Policía BENITEZ MORA<br />

ANTHON FERNANDO, 22. Policía VARGAS CASTRO RICHARD STALIN, 23. Policía CORTEZ COTERA JAIRO LEONEL.<br />

Que este H. Organismo procedió a realizar un análisis de la documentación en referencia, verificándose que el operativo en mención<br />

constituye funciones propias del servicio policial, para el cual se forman y se capacitan los miembros policiales, cuyas actividades le<br />

corresponden ejecutar por mandato legal.<br />

Que el Art. 25, literal c) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional señala: “El Consejo Superior, tendrá los siguientes deberes y<br />

atribuciones: … c) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los oficiales subalternos…”.<br />

Que el Art. 99, del Reglamento de Disciplina de la Policía Nacional manifiesta “…La felicitación pública será otorgada por el<br />

Comandante o Jefe de la Unidad o Reparto Policial, se consignará en el orden del día, la misma que se leerá ante el mayor<br />

número de personas reunidas en formación y la concesión de 2 días francos extraordinarios…”.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2010-1291-AJ-CS-PN, de 29 de<br />

diciembre del 2010, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

1.- ',6321(5 al señor Director Nacional Antinarcóticos de la Policía Nacional del Ecuador, que al amparo de lo establecido<br />

en el $UW GHO 5HJODPHQWR GH 'LVFLSOLQD GH OD 3ROLFtD 1DFLRQDO, conceda una Felicitación Publica a los miembros<br />

policiales que han participado en el Operativo Antinarcóticos “Baúl”.<br />

2.- Que la presente resolución sea publicada en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San<br />

Francisco de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR<br />

<strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL. SUBROGANTE.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) AB. WASHINGTON <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO.- f) DR.<br />

KLEBER MIGUEL TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong><br />

POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Subteniente de Policía ,9$1 )(51$1'2 &$f$'$6 0(-,$, remite un escrito con fecha 30 de<br />

noviembre de 2010, para conocimiento, estudio y resolución del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, y la documentación<br />

tendiente a que se le excuse de la realización del XLI Curso de Perfeccionamiento de Ascenso de Subteniente a Teniente.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el H. Consejo Superior de la Policía Nacional, con fecha 25 de noviembre de 2010, emite la Resolución <strong>No</strong>. 2010-1179-CS-PN, y<br />

en la parte pertinente RESUELVE: 2. &$/,),&$5 idóneos como postulantes a alumnos del XV curso de perfeccionamiento de<br />

ascenso de Subtenientes a Tenientes, de conformidad con el Art. 56 del Reglamento de la Escuela de Especialización y<br />

Perfeccionamiento de Oficiales Subalternos de Línea y de Servicios de la Policía Nacional, a los siguientes señores Oficiales:<br />

(…) 1Ð0,1$ '( /26 6(f25(6 2),&,$/(6 68%7(1,(17(6 3(57(1(&,(17(6 $ /$ 6(;$*e6,0$ 2&7$9$<br />

35202&,21 '( 2),&,$/(6 '( /,1($ « 6%7( &$1$'$6 0(-,$ ,9$1 )(51$1'2«µ<br />

Que el señor Subteniente de Policía ,9$1 )(51$1'2 &$f$'$6 0(-,$, con fecha 30 de noviembre de 2010, presenta un<br />

escrito que en lo principal manifiesta: “…En el presente año 2010, he sido seleccionado para la realización de una Beca<br />

ofertada por el Programa CECIPU, año académico 2010; Instructor de Policía Montada, al respecto y al encontrarme en la<br />

nóminas como postulante para la realización del Curso de Ascenso para el mes de enero del 2011, nóminas remitidas por la<br />

Dirección General de Personal al H. Consejo Superior, de la manera más comedida me permito solicitar a usted y por su<br />

intermedio a los señores miembros que conforman este H. Consejo Colegiado se me EXCUSE de la realización del curso.<br />

Pedido que lo realizó de conformidad a lo que dispone el Art. 69 del Reglamento de Interno de la Escuela de Especialización y<br />

Perfeccionamiento de Oficiales de Línea y de Servicios de la Policía Nacional…”.


25' *5$/<br />

Que el señor Oficial remite copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-1349-DAI-PN, de 09 de noviembre de 2010, suscrito por el señor Jefe del<br />

Departamento de Comunicaciones Estratégicas y Asuntos Internacionales, dirigido al señor EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y<br />

PLENIPOTENCIARIO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> REPUBLICA <strong>DE</strong> CHILE EN ECUADOR, en el mismo que manifiesta: “Constituye un motivo de<br />

profunda complacencia presentar ante usted un cordial y atento saludo, deseándole éxitos en sus delicadas funciones, a la vez<br />

respetuosamente me permito poner en su conocimiento la nómina de señores Oficiales y Clases que fueron seleccionados para las<br />

becas ofertadas por el Programa CECIPU, un año académico 2010 y que debido al desastre natural acontecido en el mes de<br />

febrero tuvieron que retornar al Ecuador; así mismo adjunto las Fichas de Postulación y demás documentos exigidos de los señores<br />

Oficiales y Clases, que se encuentran postulando para las Becas Año 2011. SEÑORES OFICIALES Y C<strong>LA</strong>SES SELECCIONADOS<br />

AÑO 2010: (…) 5. Instructor de Policía Montada Sbte. Cañadas Mejía Juan…”.<br />

Que el señor Director Nacional de Educación de la Policía Nacional mediante Oficio <strong>No</strong>. 2010-4786-DNE-PN, de 20 de septiembre<br />

de 2010, suscrito por el señor Director Nacional de Educación de la Policía Nacional, mediante el cual hace conocer al señor<br />

Comandante General de la Policía Nacional, el Informe relacionado con el Proceso de Selección de Becarios a los cursos ofertados<br />

por el Cuerpo de Carabineros de Chile, en el que consta dentro de la nómina del personal seleccionado en el 2010 y que debe<br />

regresar a Chile en el 2011 es la siguiente: (…) INSTRUCTOR <strong>DE</strong> POLICIA MONTADA 6%7( &$f$'$6 0(-,$ ,9$1<br />

)(51$1'2…”.<br />

Que la señora Jefe del Departamento de Asuntos Internacionales, mediante Oficio <strong>No</strong>. 2011-0039-DAI-PN, de 13 de enero de<br />

2011, dirigido al señor Asesor Jurídico del Consejo Superior de la Policía Nacional, hace conocer lo siguiente: “…Pongo en su<br />

conocimiento que se ha tomado contacto con el Departamento de Relaciones Internacionales de Carabineros de Chile, en donde<br />

han informado que el Curso de Policía Montada, tiene una duración de un año lectivo, es decir de diez meses, iniciando en el mes<br />

de marzo y culmina en diciembre del presente año…”.<br />

Que el Art. 25, literal c) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional señala: “El Consejo Superior, tendrá los siguientes deberes<br />

y atribuciones: …c) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los oficiales subalternos…”.<br />

Que el Art. 87 de la Ley de Personal de la Policía Nacional dispone: “…Los cursos como requisito de ascenso son obligatorios<br />

para el personal policial. En caso de fuerza mayor, debidamente comprobada por el respectivo Consejo, podrá postergarse la<br />

realización de un curso, por una sola vez. <strong>No</strong> se podrá repetir si hubiere sido reprobado…”.<br />

Que el Art.88 del mismo cuerpo legal, expresa: “…Los cursos de ascenso son obligatorios y son válidos los realizados en las<br />

escuelas de la Policía Nacional existentes…”.<br />

Que el Reglamento de la Escuela de Especialización y Perfeccionamiento de Oficiales Subalternos de Línea y de Servicios de la<br />

Policía Nacional en el Capítulo III Excusas, Art.69 manifiesta: “…Podrán presentar solicitud de excusa para no realizar el curso<br />

los Oficiales Subalternos de Línea y de Servicio por las siguientes causas: a) Por caso fortuito o fuerza Mayor; y, b. Por haber<br />

sido designado a un curso en el exterior o permanezca en el mismo al momento del llamamiento”.<br />

Que el Art. 70 del mismo cuerpo legal manifiesta “…Las solicitudes de excusa se sujetarán a lo establecido en el primer inciso<br />

del art.87 de la Ley de Personal de la Policía Nacional y se presentarán siguiendo el respectivo Órgano Regular acompañando<br />

la documentación pertinente, ante el Consejo Superior de la Policía Nacional, para su conocimiento, estudio y resolución…”.<br />

Que el Art. 104 del Reglamento de la Escuela de Especialización y Perfeccionamiento de Oficiales Subalternos de Línea y de<br />

Servicios de la Policía Nacional prescribe: “Si el H. Consejo Superior hubiere resuelto favorablemente las solicitudes de excusa<br />

referentes a las designaciones de postulantes de un curso, los interesados serán designados nuevamente postulantes al curso<br />

en la siguiente oportunidad.”.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-0075-AJ-CS-PN de 06 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

1.- $8725,=$5 al señor Subteniente de Policía &$f$'$6 0(-,$ ,9$1 )(51$1'2, para que se le excuse de realizar el ;9<br />

&XUVR GH 3HUIHFFLRQDPLHQWR GH $VFHQVR GH 6XEWHQLHQWH D 7HQLHQWH, al cual ha sido calificado idóneo como postulante<br />

mediante Resolución <strong>No</strong>. 2010-1179-CS-PN de 25 de noviembre de 2010; en razón de que ha sido seleccionado dentro del<br />

Proceso de Becarios al curso de ,QVWUXFWRU GH 3ROLFtD 0RQWDGD ofertado por el Cuerpo de Carabineros de Chile desde<br />

marzo a diciembre del año 2011, de conformidad a lo que establece el Art. 87 de la Ley de Personal de la Policía Nacional;<br />

en concordancia con el $UW OLWHUDO E del Reglamento de la Escuela de Especialización y Perfeccionamiento de Oficiales<br />

Subalternos de Línea y de Servicios de la Policía Nacional, y el $UW del mismo cuerpo legal.<br />

2.- ',6321(5 al señor Director General de Personal proceda a registrar la presente resolución en la Hoja de Vida profesional


del señor Subteniente de Policía &$f$'$6 0(-,$ ,9$1 )(51$1'2, para los fines legales pertinentes.<br />

25' *5$/<br />

3.- 38%/,&$5 la presente resolución en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;<br />

y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San<br />

Francisco de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR<br />

<strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL. SUBROGANTE.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) AB. WASHINGTON <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO.- f) DR.<br />

KLEBER MIGUEL TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong><br />

POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 La señora Teniente de Policía de Intendencia Ing. 0$5,&(/$ (/,=$%(7+ 0252&+2 &$0$&+2<br />

presenta para conocimiento, estudio y resolución del Consejo Superior de la Policía Nacional, un escrito con fecha 21 de junio<br />

del 2010, mediante el cual solicita se deje sin efecto el contenido de la Resolución <strong>No</strong>. 2010-238-CS-PN, adoptada en sesión de<br />

fecha 12 de febrero del 2010.<br />

&216,'(5$1'2<br />

Que el Consejo Superior de la Policía Nacional, con Resolución <strong>No</strong>. 2010-238-CS-PN, adoptada en sesión de fecha 12 de febrero del<br />

2010, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias 5(68(/9( ´ Solicitar muy comedidamente al señor Director General<br />

de Personal de la Policía Nacional, disponga el registro en la Hoja de Vida Profesional de la señora 6XEWHQLHQWH GH 3ROLFtD<br />

0$5,&(/$ (/,=$%(7+ 0252&+2 &$0$&+2, del Título de 0$*,67(5 (1 *(5(1&,$ ),1$1&,(5$ (035(6$5,$/<br />

otorgado por la UNIVERSIDAD TECNICA <strong>DE</strong> AMBATO; de conformidad con el numeral $VXQWRV 9DULRV del Manual de<br />

Procedimientos Administrativos <strong>No</strong>rmales, para el Registro en el Libro de Vida Profesional del Personal de Oficiales y Tarjeta de<br />

Vida Profesional de los Miembros de la Policía Nacional, esto por no haber solicitado la respectiva autorización para realizar sus<br />

estudios superiores µ.<br />

Que la señora Subteniente de Policía 0$5,&(/$ (/,=$%(7+ 0252&+2 &$0$&+2, ha sido recibida en comisión general el<br />

día 9 de febrero del 2011, en cuyo alegato en esencia solicita la reconsideración a la Resolución <strong>No</strong>. 2010-238-CS-PN de 12 de<br />

febrero del 2010, exponiendo argumentos en derecho, en torno al registro del Título de 0$*,67(5 (1 *(5(1&,$ ),1$1&,(5$<br />

(035(6$5,$/ otorgado por la UNIVERSIDAD TECNICA <strong>DE</strong> AMBATO, en su Hoja de Vida Profesional.<br />

Que el Art. 25, literal c) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional señala: “El Consejo Superior, tendrá los siguientes deberes y<br />

atribuciones: …c) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los oficiales subalternos…”.<br />

Que el Art. 52 del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional señala: “Las resoluciones del consejo serán<br />

obligatorias, sin embargo podrán ser reconsideradas por una sola vez, en los casos y formas establecidos en el presente<br />

capítulo.”<br />

Que el Art. 53 del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional señala: “Se entiende por reconsideración, la revisión<br />

de todo asunto ya resuelto por el consejo.”<br />

Que el Art. 54 del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional señala: “La Reconsideración podrá pedir un<br />

miembro del consejo o el interesado, en este último caso se presentará por escrito las razones que tenga para proponerla.”<br />

Que el Art. 56 del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional dice: “La reconsideración se planteará en los plazos<br />

o términos previstos en las Leyes y Reglamentos Policiales. En los casos que no se encuentre expresamente establecido se lo<br />

hará en el término de quince días contados desde la fecha de publicación de la resolución en la Orden General o de la<br />

notificación efectuada por Secretaría, si el interesado se encuentra en el país y en el término de treinta días si se encuentra en<br />

el exterior.”<br />

Que el numeral (678',26 $&$'(0,&26 del Manual de Procedimientos Administrativos <strong>No</strong>rmales para el Registro en el Libro<br />

de Vida Profesional del Personal de Oficiales y Tarjeta de Vida Profesional de los Miembros de la Policía Nacional señala: “...En esta<br />

sección desde la página 017 hasta la 022 se inscribirán los Títulos obtenidos por los estudios realizados en Centros de Educación<br />

Media, Tecnológica o Superior legalmente reconocidos y refrendados por el Ministerio de Educación y Cultura...”.


25' *5$/<br />

Que este H. Organismo procedió a realizar un análisis de la documentación en referencia, verificándose que el pedido presentado por<br />

la señora se encuentra dentro del término legal correspondiente por lo tanto es válido.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2010-1689-AJ-CS-PN, de 30 de<br />

DICIEMBRE del 2010, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este Organismo:<br />

5(68(/9(<br />

1.- 5(&216,'(5$5 la resolución <strong>No</strong>. 2010-238-CS-PN de fecha 12 de febrero del 2010 y solicitar al señor Director General<br />

de Personal de la Policía Nacional, disponga el registro en la Hoja de Vida Profesional de la señora Teniente de Policía de<br />

Intendencia Ing. 0$5,&(/$ (/,=$%(7+ 0252&+2 &$0$&+2, del Título de 0$*,67(5 (1 *(5(1&,$<br />

),1$1&,(5$ (035(6$5,$/ otorgado por la UNIVERSIDAD TECNICA <strong>DE</strong> AMBATO; de conformidad con el numeral<br />

(VWXGLRV $FDGpPLFRV del Manual de Procedimientos Administrativos <strong>No</strong>rmales, para el Registro en el Libro de Vida<br />

Profesional del Personal de Oficiales y Tarjeta de Vida Profesional de los Miembros de la Policía Nacional.<br />

2.- 38%/,&$5 OD SUHVHQWH 5HVROXFLyQ en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco de<br />

Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR<br />

<strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL-SUBROGANTE.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) AB. WASHINGTON <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO.- f) DR.<br />

KLEBER MIGUEL TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong><br />

POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, envía para conocimiento, estudio y resolución del<br />

Consejo Superior de la Policía Nacional, el Memorando <strong>No</strong>. 2011-0728-CG, de 26 de enero del 2011, y la documentación<br />

relacionado con el pedido para que los señores Tenientes de Policía: -8$1 &$5/26 68$5(= -$&20( y 6$17,$*2<br />

*,29$11< 9$648(= )(51$1'(=, asistan al “;9 &XUVR GH 0DHVWURV GH (TXLWDFLyQ” a realizarse en la Escuela de<br />

Equitación del Ejército, del 28 de febrero del 2011 al 24 de febrero de 2012.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el señor Director General de Personal de la Policía Nacional, remite copia del Oficio <strong>No</strong>. 2011-041-DGP-UP, de fecha 24 de<br />

enero del 2011, al que anexa el Informe <strong>No</strong>. 2011-032-DGP-UP, suscrito por el señor Jefe de la Unidad de Planeamiento de la<br />

Dirección General de Personal (Enc), y que en la parte principal manifiesta: “…,9 &21&/86,21(6. (…) Que con el oficio <strong>No</strong>.<br />

2010-4694-DGP-DIF, se remitió al Comando General el Informe <strong>No</strong>. 2010-681-DGP-UP, relacionado con la calificación de<br />

interés institucional en relación a este trámite, en el que se establecía que los estudios de especialización están en<br />

concordancia a los requisitos establecidos en el Art. 52 y 53 del Reglamento General a la Ley de Personal de la Policía<br />

Nacional, razón por la cual se podría considerar que la mencionada capacitación es de interés institucional ya que los<br />

conocimientos adquiridos son compatibles con la función policial, a fin de mejorar la eficiencia y desenvolvimiento laboral en la<br />

Institución Policial, pero también se mencionaba que no se adjunta certificación de disponibilidad presupuestaria de la Dirección<br />

Nacional Financiera para la mencionada capacitación. (…) 9 5(&20(1'$&,21. Que al existir un documento en el que se<br />

certifica la disponibilidad presupuestaria para la participación de los señores Teniente de Policía Juan Carlos Suárez Jácome y<br />

Santiago Vásquez Fernández en el XIV Curso de Maestros de Equitación a desarrollarse en la Escuela de Equitación del<br />

Ejército, se remita el presente informe al Comando General, a fin que mencionada entidad se sirva realizar el trámite<br />

respectivo…”.<br />

Que el H. Consejo Superior ha procedido a analizar la documentación en la que puede constatar el Oficio <strong>No</strong>. 2011-083-DP-PN,<br />

de fecha 13 de enero de 2011, suscrito por los señores: Jefe y Analista de Presupuesto de la Policía Nacional, en el mismo que<br />

manifiesta lo siguiente: “…En atención a la Hoja de Trámite <strong>No</strong>. 215 del Comando General, dirigida a la Dirección Nacional<br />

Financiera y sumillada a Presupuesto, mediante la cual se dispone que se certifique disponibilidad presupuestaria para la<br />

participación de los señores Tenientes de Policía Juan Carlos Suárez Jácome y Santiago Vásquez Fernández en el XIV Curso<br />

de Maestros de Equitación a desarrollarse en la Escuela de Equitación del Ejército, al respecto me permito informar lo siguiente:


25' *5$/<br />

En el presupuesto vigente de la Policía Nacional existe disponibilidad en la Partida <strong>No</strong>. 530603-001 “Servicios de Capacitación”<br />

para atender lo solicitado. Igualmente me permito informar que de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, es necesario<br />

que se adjunte el informe que determine el Interés Institucional del Curso, emitido por el Departamento de Planeamiento de la<br />

Dirección General de Personal…”.<br />

Que el señor Comandante de la Unidad de Equitación y Remonta de la Policía Nacional mediante Oficio <strong>No</strong>. 2011-013-UER-PN,<br />

remite el Informe elaborado por el señor Capitán de Policía Rolando Molina Beltrán Jefe de Estudios de esa Unidad, en el cual<br />

da a conocer y sustenta técnicamente que el mencionado curso de caballería es de interés institucional, en cuya parte<br />

pertinente expresa: “… &21&/86,21(6: Que al igual que años anteriores el señor Director de la Escuela de Equitación del<br />

Ejército Ecuatoriano, mediante Oficio <strong>No</strong>. 011-001-E.E.EP<strong>LA</strong>NF-ACAD., de fecha 04 de enero del 2011, realizó la invitación<br />

para que personal de señores Oficiales de la Policía Nacional participen en el Décimo Quinto Curso de Maestros de Equitación,<br />

año 2011-2012. Que los señores Oficiales: Teniente de Policía SANTIAGO VÁSQUEZ FERNAN<strong>DE</strong>Z y Teniente de Policía<br />

SUAREZ JÁCOME JUAN CARLOS cumplen con los parámetros exigidos para participar en el Curso de Maestro de Equitación,<br />

mismos que ya realizaron el Curso Básico de Policía Montada y tiene su tiempo de servicio en la Unidad de Equitación y<br />

Remonta de 5 años 8 meses. Que al realizar la capacitación y perfeccionamiento de personal Policial en el área de Equitación,<br />

esta será dirigida a elevar la operatividad en procedimientos Policiales Montados, así como en competencias de carácter<br />

Hípico. Que los señores Oficiales que se capacitarán y perfeccionarán en el área de Equitación, serán quienes en lo posterior<br />

formen parte de los nuevos docentes e instructores en los cursos de Policía Montada, Mariscales Herreros y Auxiliares<br />

Veterinarios y pasaran a estructurar las áreas ecuestres de esta Unidad. Que las actividades académicas del décimo quinto<br />

curso de Maestros de Equitación, se desarrollarán en la Escuela de Equitación de la Fuerza Terrestre del Ecuador del 28 de<br />

febrero del 2011 al 24 de febrero de 2012, con un tiempo de duración de 52 semanas y una carga horaria de 1632 horas. Que<br />

con la capacitación del personal Policial de esta Unidad en el área de Equitación se fortalecerá la capacidad operativa de la<br />

UER Quito, UER Santiago de Guayaquil y UER Santa Ana de los Cuatro Ríos de Cuenca; así como las Unidades que se<br />

formaren en lo posterior.<br />

Que de la documentación analizada se encuentra la lista de requisitos para postular al XV CURSO <strong>DE</strong> MAESTROS <strong>DE</strong><br />

EQUITACION, suscrito por el señor Director de la Escuela de Equitación del Ejército, en cuya parte principal manifiesta:<br />

)(&+$ '( 5($/,=$&,21 &26726 < &8326<br />

25' &8562 '85$&,21 )(&+$ )(&+$ 9$/25 &8326<br />

,1,&,$ 7(50,1$<br />

1 XV CURSO <strong>DE</strong> MAESTROS <strong>DE</strong> EQUITACION 52 Semanas 28-feb-2011 24-feb-2012 $ 7.000.00 2<br />

Del análisis de las Hojas de Vida Profesional de los señores Tenientes: 68$5(= -$&20( -8$1 &$5/26, tiene un tiempo de<br />

servicio de 10 años, 4 meses y 8 días y 9$648(= )(51$1'(= 6$17,$*2 *,29$11< tiene un tiempo de servicio de 9<br />

años, 4 meses y 8 días.<br />

Que el Art. 25, literal c), de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, manifiesta: “…Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la<br />

situación profesional de los oficiales subalternos…”.<br />

Que el Art. 41 de la Ley de Personal de la Policía Nacional en el Capítulo VI de la Especialización dice: “…La Comandancia General<br />

especializará al personal policial, para alcanzar su mejor capacitación científica y técnica…”.<br />

Que el Art. 43 de la Ley de Personal de la Policía Nacional dispone: “…La institución Policial reconocerá para efectos de la<br />

especialización los títulos otorgados por las Universidades, escuelas politécnicas e institutos de educación superior del país, del<br />

exterior o de la Policía Nacional, legalmente reconocidos, previa calificación y resolución de los respectivos consejos…”.<br />

Que el Art. 52 del Reglamento General a la Ley de Personal de la Policía Nacional del Ecuador expresa: “…La especialización<br />

se realizará en áreas de estudio, carreras o materias de carácter policial o relativas al servicio o funciones que competen a la<br />

Policía Nacional, calificadas de interés institucional por la Dirección General de Personal de la Policía Nacional, en coordinación<br />

con la Dirección Nacional de Educación…”.<br />

Que el Art. 53 del Reglamento General a la Ley de Personal de la Policía Nacional del Ecuador señala: “…Para optar una<br />

especialización que requiera estudios en Institutos Superiores fuera de la Policía Nacional, el interesado deberá acreditar como<br />

requisito indispensable, por lo menos cinco años de servicios en la Institución…”.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-0114-AJ-CS-PN, de 02 de febrero<br />

del 2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:


5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

25' *5$/<br />

1.- $8725,=$5 a los señores Teniente de Policía de Línea -8$1 &$5/26 68$5(= -$&20( y Teniente de Policía de Línea<br />

6$17,$*2 *,29$11< 9$648(= )(51$1'(=, la realización del ;9 &XUVR GH 0DHVWURV GH (TXLWDFLyQ a desarrollarse<br />

en la Escuela de Equitación del Ejército, del 28 de febrero del 2011 al 24 de febrero de 2012.<br />

2.- Los gastos que generen la participación del referido curso correrán a cargo del presupuesto vigente de la Policía Nacional, con<br />

cargo a la Partida Presupuestaria <strong>No</strong>. , denominada “Servicios de Capacitación”, conforme consta del<br />

contenido el oficio <strong>No</strong>. 2001-083-DP-PN de 13 de enero del 2001 suscrito por los señores Jefe y Analista de Presupuesto<br />

de la Policía Nacional; cuyo pago será de exclusiva responsabilidad de la Dirección Nacional Financiera de la Policía<br />

Nacional, previo el control y verificación de los documentos y formalidades de ley que se exigen para este efecto.<br />

3.- ',6321(5 a los señores Teniente de Policía de Línea -8$1 &$5/26 68$5(= -$&20( y Teniente de Policía de Línea<br />

6$17,$*2 *,29$11< 9$648(= )(51$1'(= concurran a la Dirección Nacional de Educación de la Policía Nacional,<br />

a fin de suscribir el respectivo contrato de estudios; sin cuyo requisito no surte efecto alguno la presente Resolución.<br />

4.- Que la presente resolución sea publicada en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San<br />

Francisco de Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR<br />

<strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL. SUBROGANTE.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) DR. EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) AB. WASHINGTON <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO.- f) DR.<br />

KLEBER MIGUEL TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong><br />

POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Director General de Personal de la Policía Nacional, mediante Oficio <strong>No</strong>. 2011-041-DGP-ASL, de 12 de<br />

enero del 2011, y con alcance al Oficio <strong>No</strong>. 2010-1248-DGP-ASL, de 26 de octubre del 2010, envía para conocimiento, estudio y<br />

resolución del Consejo Superior de la Policía Nacional, el cuadro de observaciones y hoja de vida profesional del señor Teniente de<br />

Policía (6&2%$5 7255(6 0$5,2 52'5,*2 perteneciente a la sexagésima promoción de oficiales de línea, que podría ser<br />

considerado como postulante a alumno del curso de perfeccionamiento de ascenso de Teniente a Capitán.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el Art. 4 del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional, expresa: ´Son deberes y atribuciones del Consejo<br />

Superior: (…) h) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los Oficiales Subalternos µ<br />

Que el Consejo Superior de la Policía Nacional, con Resolución <strong>No</strong>. 2010-1179-CS-PN, de 25 de noviembre del 2010, en uso de<br />

sus atribuciones legales y reglamentarias 5(68(/9( ´ 1.- &$/,),&$5 LGyQHRV FRPR SRVWXODQWHV D DOXPQRV GHO ;/,,<br />

&XUVR GH 3HUIHFFLRQDPLHQWR GH $VFHQVR GH 7HQLHQWHV D &DSLWDQHV de conformidad con el Art. 56 del Reglamento de la<br />

Escuela de Especialización y Perfeccionamiento de Oficiales Subalternos de Línea y de Servicios de la Policía Nacional, a los<br />

siguientes señores oficiales: (…) 1Ð0,1$ '( /26 6(f25(6 2),&,$/(6 7(1,(17(6 3(57(1(&,(17(6 $ /$<br />

6(;$*e6,0$ 7(5&(5$ 35202&,21 '( 2),&,$/(6 '( /,1($«µ<br />

Que el Art. 25 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, manifiesta: ´El Consejo Superior de la Policía Nacional tendrá los siguientes<br />

deberes y atribuciones: (…) b) Resolver sobre la asistencia a cursos de los oficiales subalternosµ<br />

Que el Art. 86 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, expresa: ´Es obligación del Comandante General, a través del órgano<br />

correspondiente, disponer la iniciación oportuna de los cursos de ascenso según sea la modalidad en presencia y/o a distancia a fin<br />

de cumplir este requisitoµ<br />

Que el Art. 87 de la indicada Ley de Personal, dice: ´Los cursos como requisito de ascenso son obligatorios para el personal policial.<br />

En caso de fuerza mayor, debidamente comprobada por el respectivo consejo. Podrá postergarse la realización de un curso, por una<br />

sola vez. <strong>No</strong> se podrá repetir si hubiera sido reprobado µ<br />

Que el Reglamento de la Escuela de Especialización y Perfeccionamiento de Oficiales Subalternos de Línea y de Servicios de la


25' *5$/<br />

Policía Nacional, expedido el 28 de julio del 2010, según Orden General <strong>No</strong>. 144, y sancionado con fecha 2 de julio del 2010, al<br />

respecto manifiesta lo siguiente:<br />

Art. 53.- ´Los cursos para Oficiales Subalternos se clasifican en: D 'H 3HUIHFFLRQDPLHQWR Curso de ascenso de Teniente a<br />

Capitán µ<br />

Art. 56.- ´Son postulantes a alumnos de la Escuela de Especialización y Perfeccionamiento, los Oficiales Subalternos de Línea y<br />

Servicios de la Policía Nacional, que hayan sido designados por el Consejo Superior, previa nómina enviada por la Dirección General<br />

de Personal y sometidos al respectivo proceso de selección, de conformidad a las leyes y reglamentos institucionales.µ<br />

Art. 57.- ´Quienes habiendo sido designados postulantes al curso, no se hubieren presentado al respectivo proceso de selección sin<br />

causa justificada, no podrán ser llamados al curso en calidad de alumnos y se sujetarán a las leyes y reglamentos institucionalesµ<br />

Art. 58.- <strong>No</strong> podrán ser postulantes ni cursantes de la escuela para los respectivos cursos de ascenso, los Oficiales subalternos<br />

que estén inmersos en uno o más de los siguientes casos:<br />

a. Encontrarse en Situación Transitoria o a Disposición del Ministerio de Gobierno y Policía a la fecha de Calificación de<br />

postulantes como alumnos;<br />

b. Constar en lista de eliminación anual;<br />

c. Haber sido sancionado mediante sentencia de Tribunal de Disciplina;<br />

d. Haber reprobado un curso policial, técnico, científico o académico en el país o en el exterior, para el cual haya sido<br />

designado por la institución;<br />

e. <strong>No</strong> haber sido calificado apto por segunda ocasión como postulante al curso de ascenso de su respectiva promoción;<br />

f. Haber permanecido más de dos años por cuestiones judiciales en otra situación profesional que no sea la de actividad.<br />

Art. 69.- ´Podrán presentar solicitud de excusa para no realizar el curso los Oficiales Subalternos de Línea y Servicios por las<br />

siguientes causas: a. Por caso fortuito o fuerza mayor; y, b. Por haber sido designado a un curso en el exterior o permanezca en el<br />

mismo al momento del llamamiento µ<br />

Art. 70.- ´Las solicitudes de excusa se sujetarán a lo establecido en el primer inciso del Art. 87 de la Ley de Personal de la Policía<br />

Nacional y se presentarán siguiendo el respectivo Organo Regular acompañando la documentación pertinente, ante el Consejo<br />

Superior de la Policía Nacional, para su conocimiento, estudio y resoluciónµ<br />

Que tomando en cuenta que el curso constituye requisito previo para el ascenso al grado inmediato superior, se procedió al<br />

análisis de sus hojas de vida profesional y cuadro de observaciones enviado por la Dirección General de Personal de la Policía<br />

Nacional, observándose principalmente lo siguiente: Teniente de Policía (6&2%$5 7255(6 0$5,2 52'5,*2 12 registra<br />

novedad de importancia, ni sanciones disciplinarias en el grado.<br />

Que el señor Teniente de Policía (6&2%$5 7255(6 0$5,2 52'5,*2 con fecha 11 de noviembre del 2010, presenta para<br />

estudio del Consejo Superior de la Policía Nacional, un escrito, en el que solicita autorización para excusarse y no ingresar al curso<br />

de ascenso de Teniente a Capitán, en virtud de que al momento se encuentra atravesando una calamidad doméstica con su grupo<br />

familiar (esposa y tres hijos), quienes se encuentran en tratamiento en el Centro de Atención y Desarrollo Integral “CADI”.<br />

Que es necesario indicar que fuerza mayor hace relación a una circunstancia a la cual no podemos oponernos o resistir, y que<br />

influye directamente en el curso de una decisión, situación que podría devenir en un perjuicio directo al tratarse de un<br />

acontecimiento inesperado.<br />

Que del análisis de la documentación y disposiciones legales enunciadas este Organismo, determina que la excusa presentada por el<br />

señor Teniente de Policía (6&2%$5 7255(6 0$5,2 52'5,*2, no es una circunstancia que pueda considerarse como caso<br />

fortuito o fuerza mayor.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficios <strong>No</strong>. 2010-1650-AJ-CS-PN, de 14 de diciembre<br />

del 2010, y <strong>No</strong>. 2011-185-AJ-CS-PN, de 26 de enero del 2011, emite sus informes jurídicos; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

1.- '(6,*1$5 SRVWXODQWH D DOXPQR GHO ;/,, &XUVR GH 3HUIHFFLRQDPLHQWR GH $VFHQVR GH 7HQLHQWH D &DSLWiQ al señor<br />

Teniente de Policía (6&2%$5 7255(6 0$5,2 52'5,*2 perteneciente a la sexagésima promoción de oficiales de línea, de<br />

conformidad con el Art. 56 y 58 del Reglamento de la Escuela de Especialización y Perfeccionamiento de Oficiales<br />

Subalternos de Línea y de Servicios de la Policía Nacional.


25' *5$/<br />

2.- 1(*$5 OD SHWLFLyQ IRUPXODGD SRU HO VHxRU Teniente de Policía (6&2%$5 7255(6 0$5,2 52'5,*2 tendiente a<br />

obtener la autorización para postergar la ejecución del XLII curso de perfeccionamiento de ascenso de Teniente a Capitán, en<br />

virtud de que la excusa presentada no es una circunstancia que pueda considerarse como caso fortuito o fuerza mayor; y, por<br />

no haber observado el respectivo Órgano Regular como lo determina el Art. 70 del Reglamento de la Escuela de Especialización<br />

y Perfeccionamiento de Oficiales Subalternos de Línea y de Servicios de la Policía Nacional.<br />

3.- 38%/,&$5 OD SUHVHQWH 5HVROXFLyQ en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco de<br />

Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR<br />

<strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL-SUBROGANTE.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..-<br />

VOCAL.- f) AB. WASHINGTON <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO.- f) DR. KLEBER<br />

MIGUEL TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA<br />

NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Inspector General de la Policía Nacional, mediante Oficio <strong>No</strong>. 2011-222-IGPN, de 28 de enero del 2011,<br />

envía para conocimiento, estudio y resolución del Consejo Superior de la Policía Nacional, copias certificadas de los Oficios <strong>No</strong>s. 674<br />

y 0583-CD, de 24 y 25 de enero del 2011, respectivamente, suscritos por el señor Comandante del Cuarto Distrito de la Policía<br />

Nacional, al que se acompaña copias certificadas del Informe Investigativo <strong>No</strong>. 2011-016-UDAI-CD, de fecha 19 de enero del 2011,<br />

elaborado por la Unidad Distrital de Asuntos Internos del Comando del Cuarto Distrito de la Policía Nacional y sus respectivos<br />

anexos, relacionados con la novedad suscitada con el señor Subteniente de Policía 48,1*$ 025(12 -26( -8/,2<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que del Informe Investigativo <strong>No</strong>. 2011-016-UDAI-CD, de 19 de enero del 2011, elaborado por la Unidad Distrital de Asuntos Internos<br />

del Comando del Cuarto Distrito de la Policía Nacional, y más documentación adjunta, en la parte principal de las CONCLUSIONES<br />

textualmente consta lo siguiente: ´«5(63(&72 $/ 6(f25 6EWH -26( -8/,2 48,1*$ 025(12 Que el señor Sbte. JOSE<br />

JULIO QUINGA MORENO; orgánica y funcionalmente pertenece a la Policía Judicial de Sucumbíos, quién el día 06 de julio del 2010,<br />

había salido de Sucumbíos en compañía de los señores Cbop. JUAN PI<strong>LA</strong>TASIG CHUCURI, Cbos. ANGEL MORENO GONZAGA y<br />

Cbos. WILLIAM ENRIQUEZ FUENTES (+), a bordo de la camioneta policial marca Chevrolet, modelo D´max, color gris, sin placas, a<br />

fin de asistir el día 07 de julio del 2010 a una audiencia a realizarse en la ciudad de Babahoyo; sin especificarse la fecha y hora en<br />

que retornó a Sucumbíos; mientras que a partir del 20 de diciembre del 2010 se había encontrado haciendo uso de su franco hasta el<br />

28 de diciembre del 2010, por cuanto le correspondía el franco extraordinario por las festividades de Navidad (…). Que según<br />

versiones de los señores: JOSE ARTIDORO JUMBO OVIEDO, JUAN BACILIO PA<strong>LA</strong>CIOS RODRIGUEZ, LUIS ALFREDO JUMBO<br />

VEGA, MERCY PIEDAD SEDAMANOS ZAPATA Y CARLOS MIGUEL JUMBO VEGA, refieren que el día 08 de julio del 2010 a partir<br />

de las 09h00; el primero de los nombrados mientras salía de su finca ubicada en el sector La Guatara (vía a Zapotillo), había sido<br />

interceptado por varios sujetos portando armas de fuego que decían ser Policías a bordo de dos vehículos, quienes luego de<br />

intimidarlo sicológicamente aduciendo que está requerido por la <strong>DE</strong>A por tener nexos con el submarino encontrado en Machala, se<br />

habían hecho entregar la cantidad de cincuenta mil dólares en efectivo, luego de lo cual habían dejado en libertad al antes referido<br />

ciudadano; por lo que en la versión rendida por el señor JOSE ARTIDORO JUMBO OVIEDO menciona reconocerlo al señor Sbte.<br />

-26( -8/,2 48,1*$ 025(12, como la persona que comandaba a ese grupo de Policías, que lo interceptaron el 08 de julio del<br />

2010. De estos acontecimientos existen dos partes informativos de fechas 08 de julio del 2010, suscritos por los señores Cptn. PAUL<br />

VIL<strong>LA</strong>VICENCIO SA<strong>LA</strong>ZAR-Jefe de Servicio Rural del CP-7 y Cbos. NIXON MENDOZA CAMPOVER<strong>DE</strong>-Agente de la PJL-7-M,<br />

quienes hacen conocer que el señor JOFFRE JUMBO OVIEDO había denunciado que su hermano JOSE JUMBO OVIEDO había<br />

sido víctima de secuestro, pero que posteriormente éstos mismos informaron que su hermano ya había llegado a su domicilio sin<br />

novedad (…). Que según versiones y parte informativo de los Agentes de la UNASE-Guayas señores Tnte. JORGE LUIS<br />

CARRION QUEZADA, Cbos. JUAN CARLOS MORAN VASQUEZ y Cbos. JOSE LUIS GUAMAN CHISAG, refieren que el día 22 de<br />

diciembre del 2010 en horas de la tarde, el señor Sbte. -26( -8/,2 48,1*$ 025(12; encontrándose en el centro comercial Mall<br />

del Sol en la ciudad de Guayaquil, “…realizaba las veces de campanero limpiando el lugar para confirmar si la víctima era seguida y<br />

de esta manera lograr su objetivo que era el cobro de dinero sin mayor problema…”; pero que al darse cuenta que los señores Cbop.<br />

EDGAR REAL y Cbos. JAIRO VELEZ, estaban siendo detenidos, el aludido señor Oficial huyó del sitio, siendo detenido cerca de la<br />

cooperativa de transportes Ecuador (…). Que según informe de fecha 26 de diciembre del 2010, suscrito por el señor Cbos. JOSE<br />

LUIS GUAMAN CHISAG-Agente de la UNASE-Guayas, refiere que en el teléfono <strong>No</strong>kia E63 asignado al Nº 087911213 de la<br />

compañía Movistar, encontrado en poder del detenido Cbos. JAIRO FE<strong>DE</strong>RICO VELEZ GOMEZ (desde el cual realizaba las<br />

llamadas extorsivas a los celulares <strong>No</strong>. 099170749 y 093216697 del señor JOSE JUMBO); existen varias fotografías del señor Sbte.


25' *5$/<br />

-26( -8/,2 48,1*$ 025(12, una fotografía de fecha 08 de julio del 2010 en la que se puede observar la calle 10 de Agosto que<br />

da al parque central del cantón Macará y un video grabado con fecha 08 de julio del 2010 a las 13:43:28, donde aparece el domicilio<br />

del señor JOSE JUMBO OVIEDO; lo que coincide con la fecha en que habría sido plagiado dicho ciudadano y para su liberación<br />

habría pagado cincuenta mil dólares (…) Que según versiones y parte informativo de los Agentes de la UNASE-Guayas señores<br />

Tnte. JORGE LUIS CARRION QUEZADA, Cbos. JUAN CARLOS MORAN VASQUEZ y Cbos. JOSE LUIS GUAMAN CHISAG,<br />

refieren que el día 22 de diciembre del 2010 en horas de la tarde, al momento que había sido detenido el señor Sbte. -26( -8/,2<br />

48,1*$ 025(12; habían encontrado en su poder entre otras evidencias la pistola de uso particular marca Taurus, calibre 9mm.,<br />

serie TZJ-15944, con el permiso a nombre del señor Sgos. de Policía JUAN MANUEL CASTILLO TORRES; arma que éste último<br />

habría vendido al señor Cbos. JAIRO VELEZ GOMEZ y éste a su vez había prestado el día de los acontecimientos al mencionado<br />

señor Oficial (…). Que el hecho protagonizado el día 22 de diciembre del 2010, por parte del señor Sbte. -26( -8/,2 48,1*$<br />

025(12; había sido publicado en los diferentes medios de comunicación televisiva del país, según se puede observar en el CD de<br />

audio-video adjunto, proporcionado por la Central de Atención de Auxilios y Emergencias del CP-2 (…). 5(63(&72 $/ 6(f25<br />

&ERS ('*$5 52*(/,2 5($/ 1$5$1-2 Que el señor Cbop. EDGAR ROGELIO REAL NARANJO, orgánica y funcionalmente<br />

pertenece la Unidad de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia de la República; desempeñándose como seguridad de la<br />

familia del señor Mayor de Policía SANTIAGO MENA VALLEJO-Jefe de dicho organismo; circunstancias en las que el aludido señor<br />

Clase, había pedido permiso por unas horas aduciendo que el día 22 de diciembre del 2010, iba a ver en el aeropuerto unos<br />

familiares que venían de España; sin embargo dentro de las investigaciones se estableció que el mencionado día no había llegado<br />

del exterior ningún familiar del mencionado Clase (…). Que el día 22 de diciembre del 2010, el señor Cbop. ('*$5 52*(/,2<br />

5($/ 1$5$1-2, había viajado desde la ciudad de Quito hasta la ciudad de Guayaquil, a bordo de la camioneta de Estado marca<br />

Chevrolet, modelo D´max, color ploma, sin placas, portando la pistola de Estado marca Glock, calibre 9mm., serie MWG-888, que<br />

tiene en calidad de dotación; con el fin de realizar actividades de índole personal (según él a recibir unos familiares que venían de<br />

España) (…). Que según versiones y parte informativo de los Agentes de la UNASE-Guayas señores Tnte. JOSE LUIS CARRION<br />

QUEZADA, Cbos. JUAN CARLOS MORAN VASQUEZ y Cbos. JOSE LUIS GUAMAN CHISAG, refieren que el día 22 de diciembre<br />

del 2010 en horas de la tarde, el señor Cbop. ('*$5 52*(/,2 5($/ 1$5$1-2; encontrándose en el centro comercial Mall del<br />

Sol de la ciudad de Guayaquil, “…realizaba las veces de campanero limpiando el lugar para confirmar si la víctima era seguida y de<br />

esta manera lograr su objetivo que era el cobro de dinero sin mayor problema…”; produciéndose su detención a las 18h00 de ese día<br />

(…). Que el día 22 de diciembre del 2010, en el interior de la camioneta de Estado marca Chevrolet, modelo D´max, color ploma,<br />

sin placas que estaba a cargo del señor Cbop. ('*$5 52*(/,2 5($/ 1$5$1-2, habían sido encontradas varias placas de<br />

vehículos entre éstas tenemos; PPJ-152, PCC-393, PNO-806, PDL-997, ACY-516 y GMZ-976 (…). Que el hecho protagonizado el<br />

día 22 de diciembre del 2010, por parte del señor Cbop. ('*$5 52*(/,2 5($/ 1$5$1-2; había sido publicado en los diferentes<br />

medios de comunicación televisiva del país, según se puede observar en el CD de audio-video adjunto, que fue proporcionado por la<br />

Central de Atención de Auxilios y Emergencias del CP-2. 5(63(&72 $/ 6(f25 &ERV -$,52 )('(5,&2 9(/(= *20(=<br />

Que el señor Cbos. JAIRO FE<strong>DE</strong>RICO VELEZ GOMEZ, orgánica y funcionalmente pertenece a la Subdirección de Inteligencia<br />

Antidelincuencial de la DNPJeI, por lo que en cumplimiento al telegrama <strong>No</strong>. 2010-1884-DGP-DIF; a partir del 05 de julio del 2010,<br />

debía presentarse en el Club de Oficiales con la finalidad de que asista al II Curso de Inteligencia Criminal; mientras que a partir del<br />

08 de diciembre del 2010, habría salido con 30 días de licencia por vacaciones. (…) Que según versiones de los señores: JOSE<br />

ARTIDORO JUMBO OVIEDO, JUAN BACILIO PA<strong>LA</strong>CIOS RODRIGUEZ, LUIS ALFREDO JUMBO VEGA, MERCY PIEDAD<br />

SEDAMANOS ZAPATA y CARLOS MIGUEL JUMBO VEGA, refieren que el día 08 de julio del 2010 a partir de las 09h00; el primero<br />

de los nombrados mientras salía de su finca ubicado en el sector La Guatara (vía a Zapotillo), había sido interceptado por varios<br />

sujetos portando armas de fuego que decían ser Policías a bordo de dos vehículos, quienes luego de intimidarlo sicológicamente<br />

aduciendo que está requerido por la <strong>DE</strong>A por tener nexos con el submarino encontrado en Machala, se habían hecho entregar la<br />

cantidad de cincuenta mil dólares en efectivo, luego de lo cual lo habían dejado en libertad; por lo que en las versiones de los señores<br />

MERCY PIEDAD SEDAMANOS ZAPATA y JUAN BACILIO PA<strong>LA</strong>CIOS RODRIGUEZ al exhibirles fotografías de los tres detenidos,<br />

identificaron a la persona que viste camiseta color verde (Cbos. -$,52 9(/(= *20(=), como uno de los participantes en ese<br />

hecho. De estos acontecimientos existen dos partes informativos de fechas 08 de julio del 2010, suscritos por los señores Cptn.<br />

PAUL VIL<strong>LA</strong>VICENCIO SA<strong>LA</strong>ZAR Jefe del Servicio Rural del CP-7 y Cbos. NIXON MENDOZA CAMPOVER<strong>DE</strong> Agente de la PJL-7-<br />

M, quienes hacen conocer que el señor JOFFRE JUMBO OVIEDO había denunciado que su hermano JOSE JUMBO OVIEDO había<br />

sido víctima de secuestro, pero que posteriormente éstos mismos informaron que su hermano ya había llegado a su domicilio sin<br />

novedad (…). Que según versiones y parte informativo de los Agentes de la UNASE-Guayas señores Tnte. JORGE LUIS<br />

CARRION QUEZADA, Cbos. JUAN CARLOS MORAN VASQUEZ y Cbos. JOSE LUIS GUAMAN CHISAG, refieren que el día 22 de<br />

diciembre del 2010 a las 18h00, fue detenido el señor Cbos. -$,52 )('(5,&2 9(/(= *20(=, por cuanto encontrándose en el<br />

interior del Mall del Sol de la ciudad de Guayaquil, había recibido de parte del señor LUIS JUMBO VEGA, una maleta de color plomo<br />

que contenía en su interior cuarenta mil dólares en efectivo, producto de una extorsión que hacía al señor JOSE JUMBO OVIEDO<br />

(…). Que al ser detenido el señor Cbos. -$,52 )('(5,&2 9(/(= *20(=, había sido encontrado en posesión del teléfono<br />

celular marca <strong>No</strong>kia, modelo E63, asignado al Nº 087911213 de la operadora Movistar; el mismo que según detalle de llamadas<br />

salientes constan cuatro llamadas realizadas el día 14/12/2010 al celular Nº 099170749 correspondiente al señor JOSE JUMBO<br />

OVIEDO, dos llamadas realizadas al mismo número el día 20/12/2010; tres llamadas realizadas el día 22/12/2010 y cinco llamadas al<br />

celular Nº 093216697 que también corresponde al señor JOSE JUMBO OVIEDO, siendo la última a las 17:36:01 es decir pocos<br />

minutos antes de la detención del señor Clase; lo que según versión del señor LUIS JUMBO VEGA, él estaba recibiendo estas<br />

llamadas telefónicas de parte de la persona que lo exigía que se apresure con el dinero«µ<br />

Que el Art. 52 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, establece: ´A Disposición es la situación mediante la cual los<br />

oficiales son colocados a órdenes del Ministerio de Gobierno, los Clases y Policías a órdenes del Comandante General, sin


funciones, de conformidad con esta Leyµ<br />

25' *5$/<br />

Que el Art. 53 de la mencionada Ley de Personal de la Policía Nacional, señala: ´El personal policial será colocado a<br />

disposición, por presunción de mala conducta profesional.<br />

Para que un miembro de la institución sea colocado en situación a disposición, deben existir suficientes antecedentes que<br />

hagan presumir su mala conducta profesional, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 54 de esta ley.<br />

Quien haya sido colocado en situación a disposición, permanecerá en ella hasta por sesenta días, tiempo durante el cual la<br />

Inspectoría General debe investigar y presentar las pruebas pertinentes y se practicarán las diligencias solicitadas por el<br />

investigado, que permitan a los respectivos Consejos resolver si el inculpado incurrió o no en mala conducta profesional...µ<br />

Que el Art. 54 de la citada Ley de Personal, dispone: ´Constituye mala conducta profesional todo acto ejecutado por un miembro de<br />

la Policía que lesione gravemente el prestigio de la Institución o que atente gravemente la moral y las buenas costumbres; así como<br />

la reincidencia en el cometimiento de faltas disciplinarias por las que hubiere sido sancionado.<br />

Repútase como reincidencia la repetición de las faltas en la vida profesional atento al tiempo y a su gravedadµ<br />

Que el Art. 4 del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional, manifiesta: ´Son deberes y atribuciones del Consejo<br />

Superior: (…) m) Conocer y resolver sobre la situación de los oficiales subalternos que deban ser colocados a Disposición del<br />

Ministerio de Gobierno, por las causas previstas en la Ley de Personal de la Policía Nacional µ<br />

Que efectivamente del estudio y análisis del Informe Investigativo <strong>No</strong>. 2011-016-UDAI-CD, de 19 de enero del 2011, documentación<br />

adjunta, así como de las disposiciones legales antes transcritas, existen suficientes antecedentes que hacen presumir la mala<br />

conducta profesional del señor Subteniente de Policía 48,1*$ 025(12 -26( -8/,2 quien ha actuado de forma poco<br />

profesional, alejándose de todos los principios de ética policial, lo que ha ocasionado connotación social negativa al ser difundido<br />

por los medios de comunicación social, atentando a la imagen y prestigio Institucional.<br />

Que en cuanto a la situación profesional de los señores Cabo 1ro de Policía 5($/ 1$5$1-2 ('*$5 52*(/,2 y Cabo 2do<br />

de Policía 9(/(= *20(= -$,52 )('(5,&2 partícipes en el acto cometido en contra del señor José Jumbo Oviedo, se les ha<br />

instaurado un Tribunal de Disciplina en el Comando Provincial de Policía Guayas <strong>No</strong>. 2, en el que se les ha impuesto la sanción<br />

de '(67,78&,21 2 %$-$ '( /$ ,167,78&,21 32/,&,$/ por haber incurrido en las faltas de tercera clase, previstas en el<br />

Art. 64 numerales 15, 21 y 28, en concordancia con el Art. 63 del Reglamento Disciplinario de la Policía Nacional.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-135-AJ-CS-PN, de 04 de febrero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

1.- 62/,&,7$5 DO VHxRU &RPDQGDQWH *HQHUDO GH OD 3ROLFtD 1DFLRQDO alcance el correspondiente Acuerdo Ministerial, mediante<br />

el cual y con fecha de su expedición, sea colocado a Disposición del Ministerio del Interior el señor Subteniente de Policía<br />

48,1*$ 025(12 -26( -8/,2 por presunción de mala conducta profesional, de conformidad a lo establecido en los Arts.<br />

52, 53 y 54 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

2.- '(92/9(5 la documentación a la Inspectoría General de la Policía Nacional, D ILQ GH TXH HQ HO ODSVR GH GtDV LQYHVWLJXH<br />

presente las pruebas pertinentes y practique las diligencias solicitadas por el investigado de conformidad a lo manifestado en el<br />

inciso tercero del Art. 53 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

3.- ',6321(5 DO VHxRU 6XEWHQLHQWH GH 3ROLFtD 48,1*$ 025(12 -26( -8/,2 la presentación obligatoria en la Dirección<br />

General de Personal de la Policía Nacional, una vez que cumpla el plazo establecido de investigación, conforme lo indicado en<br />

los Arts. 52 y 53 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

4.- 38%/,&$5 OD SUHVHQWH 5HVROXFLyQ en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco de<br />

Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR<br />

<strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL-SUBROGANTE.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA


25' *5$/<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..-<br />

VOCAL.- f) AB. WASHINGTON <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO.- f) DR. KLEBER<br />

MIGUEL TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA<br />

NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Subteniente de Policía &+$9(= *$/$55$*$ 5200(/ -(686 mediante escrito de fecha 21 de<br />

diciembre del 2010, presentado a través de su abogado defensor, solicita al Consejo Superior de la Policía Nacional, ampliación de la<br />

Resolución <strong>No</strong>. 2010-1213-CS-PN, adoptada por este Organismo con 09 de diciembre del 2010, con la cual ratifica la Resolución <strong>No</strong>.<br />

2010-0749-CS-PN, en la que se declara mala conducta profesional y se le concede el recurso de apelación.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el Art. 4 del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional, manifiesta: ´Son deberes y atribuciones del Consejo<br />

Superior: (…) h) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los Oficiales Subalternosµ<br />

Que el Consejo Superior de la Policía Nacional, con Resolución <strong>No</strong>. 2010-0749-CS-PN, adoptada en sesión del día 30 de junio del<br />

2010, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias 5(68(/9( ´ 1.- '(&/$5$5 +$ /8*$5 $ 0$/$ &21'8&7$<br />

352)(6,21$/ GH ORV VHxRUHV 6XEWHQLHQWH GH 3ROLFtD &+$9(= *$/$55$*$ 5200(/ -(686 (…) por haber llegado a<br />

determinarse responsabilidad en actos que lesionan gravemente el prestigio de la Institución y que atentan gravemente la moral<br />

y las buenas costumbres, conforme lo manifiesta el Art. 54 de la Ley de Personal de la Policía Nacional. 2.- 6ROLFLWDU PX\<br />

FRPHGLGDPHQWH DO VHxRU &RPDQGDQWH *HQHUDO GH OD 3ROLFtD 1DFLRQDO VH GLJQH DOFDQ]DU HO FRUUHVSRQGLHQWH $FXHUGR<br />

0LQLVWHULDO PHGLDQWH HO FXDO y con fecha de su expedición sea dado de Baja de las filas de la Institución Policial el señor<br />

Subteniente de Policía &+$9(= *$/$55$*$ 5200(/ -(686 por habérsele comprobado mala conducta profesional«µ<br />

Que ante el recurso de apelación planteado al contenido de la resolución antes enunciada, el Consejo Superior de la Policía Nacional,<br />

con Resolución <strong>No</strong>. 2010-1213-CS-PN, de fecha 09 de diciembre del 2010, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias<br />

5(68(/9( ´ 1.- 5DWLILFDU OD 5HVROXFLyQ 1R &6 31 GH GH MXQLR GHO HQ OD TXH VH GHFODUD 0$/$<br />

&21'8&7$ 352)(6,21$/ al señor Subteniente de Policía &+$9(= *$/$55$*$ 5200(/ -(686 \ FRQFHGHUOH HO<br />

5(&8562 '( $3(/$&,21 GH FRQIRUPLGDG FRQ HO $UW GH OD /H\ GH 3HUVRQDO GH OD 3ROLFtD 1DFLRQDO LQWHUSXHVWR GHQWUR<br />

GHO WpUPLQR OHJDO para que ante el Consejo de Generales de la Policía Nacional haga valer sus derechos, para lo cual y previas las<br />

formalidades legales Secretaría remitirá el expediente y más documentos, relacionados con el trámite de presunción de mala<br />

conducta profesional seguido entre otros, en contra del indicado señor oficial«µ<br />

Que de igual manera, con fecha 27 de diciembre del 2010, en relación al contenido de las Resoluciones <strong>No</strong>s. 2010-1207 y<br />

2010-1208-CS-PN, de 09 de diciembre del 2010, se permite hacer un comentario contestando las mismas e impugnando el<br />

numeral 1 de la parte resolutiva.<br />

Que el Consejo Superior de la Policía Nacional, con Resolución <strong>No</strong>. 2010-1207-CS-PN, de 09 de diciembre del 2010, en uso de sus<br />

atribuciones legales y reglamentarias 5(68(/9( ´ 1.- 5(&7,),&$5 el contenido de la Resolución <strong>No</strong>. 2010-1074-CS-PN, de<br />

fecha 12 de octubre del 2010, única y exclusivamente en todo lo concerniente al nombre del señor Subteniente de Policía<br />

“-26( /8,6 &+$9(= 321&(”, siendo lo correcto “Subteniente de Policía 5200(/ -(686 &+$9(= *$/$55$*$” «µ<br />

Que así mismo, el Consejo Superior de la Policía Nacional, con Resolución <strong>No</strong>. 2010-1208-CS-PN, de 09 de diciembre del 2010, en<br />

uso de sus atribuciones legales y reglamentarias 5(68(/9( ´ 1.- '(&/$5$5 improcedente los escritos en referencia,<br />

formulados por el señor Subteniente de Policía 5200(/ -(686 &+$9(= *$/$55$*$ y disponer el archivo de los mismos,<br />

al amparo de lo establecido en el Art. 7 literal j) del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional, en razón de que el<br />

mencionado señor Oficial insiste en presentar escritos inoficiosos con el patrocinio de su abogado Defensor, que lo único que<br />

pretende es generar incidentes o retardar las decisiones de este Organismo Superior«µ<br />

Que del análisis de los escritos presentados por el señor Subteniente de Policía &+$9(= *$/$55$*$ 5200(/ -(686 a través<br />

de su abogado defensor, se desprende que sus pedidos no están contemplados ni previstos en forma expresa en la Legislación<br />

Policial; que así mismo, del contenido de la Resolución <strong>No</strong>. 2010-1213-CS-PN, se determina que el expediente se encuentra en<br />

conocimiento y trámite en el Consejo de Generales de la Policía Nacional.<br />

Que el Art. 7 del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional, señala: ´Son atribuciones y deberes del presidente: (…) j)<br />

Disponer el archivo o devolución de las solicitudes que a criterio del consejo sean improcedentesµ<br />

Que el señor Asesor Jurídico del Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-64-AJ-CS-PN, de 19 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,


En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

25' *5$/<br />

1.- 1HJDU SRU LPSURFHGHQWH ORV SHWLWRULRV IRUPXODGRV SRU HO VHxRU 6XEWHQLHQWH GH 3ROLFtD &+$9(= *$/$55$*$ 5200(/<br />

-(686 en virtud de que éstos no están contemplados ni previstos expresamente en la Legislación Policial; en<br />

consecuencia, disponer el archivo de las peticiones en referencia, de conformidad con lo establecido en el literal j) del Art. 7 del<br />

Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional.<br />

2.- 38%/,&$5 OD SUHVHQWH 5HVROXFLyQ en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco de<br />

Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR<br />

<strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL-SUBROGANTE.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..-<br />

VOCAL.- f) AB. WASHINGTON <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO.- f) DR. KLEBER<br />

MIGUEL TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA<br />

NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, mediante Hojas de Trámite <strong>No</strong>. 26300, 26831 y 28755, de<br />

25 y 30 de octubre; y 23 de noviembre del 2010, respectivamente, envía para conocimiento, estudio y resolución del Consejo<br />

Superior de la Policía Nacional, copias de los pedidos de baja de las filas policiales presentado por el señor Capitán de Policía<br />

*20(=-85$'2 $678',//2 *8,//(502 $1'5(6.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el Art. 4 del Reglamento del Consejo Superior de la Policía Nacional, expresa: ´Son deberes y atribuciones del Consejo<br />

Superior: (…) h) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional de los Oficiales Subalternos µ<br />

Que el Consejo Superior de la Policía Nacional, con Resolución <strong>No</strong>. 2010-1104-CS-PN, adoptada en sesión del día 21 de octubre del<br />

2010, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias en lo pertinente 5(68(/9( ´ 1(*$5 el petitorio presentado por el<br />

señor Capitán de Policía *8,//(502 $1'5(6 *20(=-85$'2 $678',//2 por cuanto no especifica con claridad qué es lo que<br />

solicita; debiendo devolver la documentación al señor Oficial antes descrito, conforme lo dispone el Art. 7, literal j) del Reglamento del<br />

Consejo Superior de la Policía Nacional «µ<br />

Que del contendido de la Resolución <strong>No</strong>. 2010-1104-CS-PN, se desprende que la situación del señor Capitán de Policía<br />

*20(=-85$'2 $678',//2 *8,//(502 $1'5(6 respecto de sus pedidos han sido conocidos y resueltos en su debida<br />

oportunidad, sin que haya presentado recurso de reconsideración alguno.<br />

Que el Consejo Superior de la Policía Nacional, con Resolución <strong>No</strong>. 2010-1214-CS-PN, adoptada en sesión del día 09 de diciembre<br />

del 2010, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias en lo pertinente 5(68(/9( ´ 62/,&,7$5 muy comedidamente<br />

al señor Comandante General de la Policía Nacional, VH GLJQH DOFDQ]DU HO FRUUHVSRQGLHQWH $FXHUGR 0LQLVWHULDO PHGLDQWH HO<br />

FXDO FRQ IHFKD GH RFWXEUH GH VHD GDGR GH EDMD GH ODV ILODV GH OD 3ROLFtD 1DFLRQDO el señor &$3,7$1 '( 32/,&,$<br />

*8,//(502 $1'5(6 *20(=-85$'2 $678',//2 por encontrarse ausente ilegalmente más de once días sin perjuicio de la<br />

acción penal a la que hubiere lugar de conformidad con el Art. 66 literal e) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, en<br />

concordancia con el Art. 65 de la Ley de Personal de la Policía Nacional «µ<br />

Que al recurso de apelación formulado, el Consejo Superior de la Policía Nacional, con Resolución <strong>No</strong>. 2011-0058-CS-PN, de fecha<br />

25 de enero del 2011, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias en lo pertinente 5(68(/9( ´ 1(*$5 el pedido<br />

formulado por el señor Capitán de Policía *20(=-85$'2 $678',//2 *8,//(502 $1'5(6 de aclaración de la<br />

Resolución <strong>No</strong>. 2010-1214-CS, de 09 de diciembre del 2010, en lo referente a la entrega de prendas de estado, por cuanto la<br />

misma es clara y está debidamente motivada. 2.- &21&('(5 HO UHFXUVR GH DSHODFLyQ GH FRQIRUPLGDG FRQ ORV $UW \ GH<br />

OD /H\ GH 3HUVRQDO GH OD 3ROLFtD 1DFLRQDO interpuesto dentro del término legal por parte del señor Capitán de Policía<br />

*20(=-85$'2 $678',//2 *8,//(502 $1'5(6, para que ante el Consejo de Generales de la Policía Nacional, haga valer<br />

sus derechos, para lo cual y previas las formalidades legales Secretaría remitirá la documentación con la cual se le solicitó la baja de<br />

las filas policiales por encontrarse ausente ilegalmente más de once días«µ


25' *5$/<br />

Que del análisis del contenido de la Resolución <strong>No</strong>. 2011-0058-CS-PN, se determina que el expediente relacionado con la situación<br />

profesional del señor Capitán de Policía *20(=-85$'2 $678',//2 *8,//(502 $1'5(6 se encuentra para conocimiento y<br />

trámite en el Consejo de Generales de la Policía Nacional.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-194-AJ-CS-PN, de 27 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

1.- 5(0,7,5 la documentación al Consejo de Generales de la Policía Nacional, Organismo donde se encuentra radicada la<br />

competencia respecto del pedido de apelación de baja por ausencia ilegal del señor Capitán de Policía *20(=-85$'2<br />

$678',//2 *8,//(502 $1'5(6 a objeto de que sea agregado al expediente.<br />

2.- 38%/,&$5 OD SUHVHQWH 5HVROXFLyQ en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco de<br />

Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR<br />

<strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL-SUBROGANTE.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong><br />

E.M..- VOCAL.- f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA<br />

GÓMEZ.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..-<br />

VOCAL.- f) AB. WASHINGTON <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO.- f) DR. KLEBER<br />

MIGUEL TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA<br />

NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Inspector General de la Policía Nacional, mediante Oficio <strong>No</strong>. 2010-3386-IGPN, de 13 de<br />

diciembre del 2010, envía para conocimiento, estudio y resolución del Consejo Superior de la Policía Nacional, el Oficio <strong>No</strong>.<br />

2010-901-SUBINSP-PN, de 10 de diciembre del 2010, suscrito por el señor Subinspector General de la Policía Nacional, al que<br />

se adjunta el Oficio <strong>No</strong>. 2010-3269-DAI-IGPN, de 10 de diciembre del 2010, firmado por el señor Jefe del Departamento de<br />

Asuntos Internos de la IGPN, quien acompaña el expediente de investigación sumaria <strong>No</strong>. 10-2010, tramitado por el<br />

Departamento de Asuntos Internos de la Inspectoría General de la Policía Nacional, para establecer la conducta profesional del<br />

señor Mayor de Policía &$55,21 /(21 ./(%(5 ('8$5'2<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el Consejo Superior de la Policía Nacional, con Resolución <strong>No</strong>. 2010-0291-CS-PN, adoptada en sesión de fecha 23 de febrero<br />

del 2010, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias 5(68(/9( ´ 1.- 6ROLFLWDU PX\ FRPHGLGDPHQWH DO VHxRU<br />

&RPDQGDQWH *HQHUDO GH OD 3ROLFtD 1DFLRQDO VH GLJQH DOFDQ]DU HO FRUUHVSRQGLHQWH $FXHUGR 0LQLVWHULDO PHGLDQWH HO FXDO \<br />

FRQ IHFKD GH VX H[SHGLFLyQ sea colocado a Disposición del Ministerio de Gobierno el señor Mayor de Policía de Línea &$55,21<br />

/(21 ./(9(5 ('8$5'2 por presunción de mala conducta profesional, de conformidad a lo establecido en los Arts. 52, 53 y 54<br />

de la Ley de Personal de la Policía Nacional. 2- Devolver la documentación a la Inspectoría General de la Policía Nacional, D ILQ GH<br />

TXH HQ HO ODSVR GH GtDV LQYHVWLJXH SUHVHQWH ODV SUXHEDV SHUWLQHQWHV \ VH SUDFWLTXH ODV GLOLJHQFLDV solicitadas por el<br />

investigado de conformidad a lo manifestado en el inciso tercero del Art. 53 de la Ley de Personal de la Policía Nacional µ.<br />

Que el señor Inspector General de la Policía Nacional-Acc., con Memorándum <strong>No</strong>. 2010-5807-IGPN, de 06 de agosto del 2010,<br />

remite con carácter devolutivo copia del Oficio <strong>No</strong>. 2010-0946-CS-PN, de 28 de julio del 2010, suscrito por el señor Secretario<br />

del H. Consejo Superior de la Policía Nacional, así como el expediente relacionado con la novedad suscitada con el señor<br />

Mayor de Policía &$55,21 /(21 ./(%(5 ('8$5'2, a fin de que el señor Subinspector General de la Policía Nacional,<br />

disponga el trámite legal pertinente con el objeto de establecer la conducta profesional, conforme lo manifestado en el inciso<br />

tercero del Art. 53 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

Que el señor Subinspector General de la Policía Nacional, con Memorando <strong>No</strong>. 2010-095-SUBINSP-PN, de 16 de agosto del<br />

2010, en cumplimiento al Memorando <strong>No</strong>. 2010-5807-IGPN, solicita al señor Jefe del Departamento de Asuntos Internos de la<br />

IGPN, se sirva disponer el trámite de investigación sumaria para establecer la conducta profesional del señor Mayor de Policía<br />

&$55,21 /(21 ./(%(5 ('8$5'2


25' *5$/<br />

Que el señor Mayor de Policía &$55,21 /(21 ./(%(5 ('8$5'2 con Acuerdo Ministerial <strong>No</strong>. 453, de 22 de septiembre del<br />

2010, publicado en la Orden General <strong>No</strong>. 186, para el día lunes 27 de septiembre del 2010, ha sido colocado a Disposición del<br />

Ministerio del Interior, con fecha de expedición de este Acuerdo, por presunción de mala conducta profesional.<br />

Que la investigación sumaria para establecer la conducta profesional del señor Mayor de Policía &$55,21 /(21 ./(%(5<br />

('8$5'2 se inicia mediante auto inicial de Investigación Sumaria <strong>No</strong>. 010-2010, de fecha 12 de octubre del 2010, dictado en<br />

el Departamento de Asuntos Internos de la Inspectoría General de la Policía Nacional, en la que se han evacuado todas las<br />

diligencias dispuestas en el auto, declaraciones del inculpado y de las personas que han conocido el hecho indagado.<br />

Que el Consejo Superior de la Policía Nacional, procedió a la revisión del expediente, declaraciones del inculpado y de las<br />

personas que han conocido el hecho indagado, así como de las conclusiones del informe de Investigación Sumaria <strong>No</strong>. 010-<br />

2010, de fecha 10 de diciembre del 2010, elaborado en el Departamento de Asuntos Internos de la Inspectoría General de la<br />

Policía Nacional, en donde luego de las diligencias evacuadas y todo lo recogido que consta en el expediente, que se lo ha<br />

obrado en legal y debida forma; esto es, respetando preceptos constitucionales, legales y reglamentarios, establece las<br />

siguientes &21&/86,21(6 ´ Que la denuncia presentada por la ciudadana de nacionalidad peruana María del Pilar<br />

Morales Bermúdez (fjs. 106 a 108 del expediente) ante el señor Embajador de la República del Ecuador en Perú, de fecha 18 de<br />

agosto del 2009, manifiesta en lo principal que el hoy sumariado Mayor de Policía Kleber Eduardo Carrión, quien se ha<br />

contactado vía telefónica al Perú con el señor Eugenio Ostos Pascual, solicitando cantidades de dinero que debían remesarse a<br />

su nombre para ser aplicadas al pago de una supuesta fianza del Juicio penal por estafa seguido en el Juzgado 2º de lo Penal<br />

del Guayas, suma de dinero US. $ 6800 (SEIS MIL OCHOCIENTOS DO<strong>LA</strong>RES AMERICANOS) y que a decir de la<br />

denunciante nunca fueron fijados por el Juzgado en dicho monto, y menos aún haberlos ingresado regularmente ante el Banco<br />

recaudador para el pago de la inexistente caución. Que según el Oficio TU-CTL-539-2009, Guayaquil, 16 de octubre del<br />

2009, (fjs 134), suscrito por el señor Contralor de WESTER UNION, Gian Carlos Carrozzini, y anexos (fjs. 135 y 136) certifica<br />

que los días 31 de agosto del 2006 y 02 de septiembre del 2006, el señor Mayor de Policía Kleber Carrión León con C.C.<br />

1711550150 ha recibido trasferencias de dinero mediante transferencia <strong>No</strong>. 680-183-2766 $4.000,oo; y, mediante transferencia<br />

<strong>No</strong>. 438-358-8907, $2.800, abonos realizados por Eugenio Ostos Pascuales, situación que es corroborada en los testimonios<br />

rendidos por citado señor Oficial Superior que constan a fjs. 143, 144, 205, 206 del expediente. Que en el Juzgado 2º de lo<br />

Penal del Guayas, se ha iniciado el Juicio Penal <strong>No</strong>. 0925220060464-2006 por presunto delito de estafa en contra de los<br />

señores María del Pilar Morales Bermúdez, Walter José Apaza Cayo y Arévalo Espinoza Carlos Enrique, ciudadanos de<br />

nacionalidad peruana, quienes con fecha 21 de agosto del 2006, han designado como su Abogada Defensora a la Abg. Olimpia<br />

Fuentes Coronel, (fjs 31) fijando como su domicilio judicial la casilla judicial <strong>No</strong>. 1036 perteneciente a la referida profesional del<br />

Derecho; siendo así notificadas las diligencias realizadas en el Juzgado 2º de lo Penal del Guayas y con fecha 07 de septiembre<br />

del 2006, a las 09:15:10 el señor Juez 2º de lo Penal del Guayas, emite una providencia de 07 de septiembre del 2006, a las<br />

09h15 (fjs.43) en la que fija la caución en la cantidad de mil trescientos cincuenta y seis dólares ($1356,oo dólares), para cada<br />

uno de los imputados; providencia que ha sido notificada el mismo día 7 de septiembre del 2006 a Morales Bermúdez María del<br />

Pilar, Arévalo Espinoza Carlos y Apaza Cayo Walter, en la casilla judicial <strong>No</strong>.1036 de su defensora Ab. Olimpia Fuentes<br />

Coronel, realizando los depósitos judiciales en el Banco Nacional de Fomento (fjs. 46, 47); obteniendo así la libertad de los tres<br />

ciudadanos de nacionalidad peruana, sin que hasta el cierre del presente informe se conozca certifique el estado en que se<br />

encuentra el indicado juicio, pese a haberse requerido mediante escrito al señor Juez Segundo de Garantías Penales, fs. 239,<br />

consecuentemente la suma de CUATRO MIL SESENTA Y OCHO DO<strong>LA</strong>RES) $ 4068 se halla depositado como caución en el<br />

Banco Nacional de Fomento, según lo expuesto en líneas anteriores, hasta que se resuelva la indicada causa penal. De la<br />

versión de la señora Abogada Olimpia Fuentes Coronel (fjs. 145, 208 y 209), manifiesta “… fui contratada para realizar la<br />

defensa de los señores María del Pilar Morales Bermúdez, Walter José Apaza Cayo y Arévalo Espinoza Carlos Enrique, todos<br />

ellos de nacionalidad peruana, a quienes se les involucraba en una presunta estafa y tenencia ilegal de fichas de juego de azar<br />

que los hacían pasar en los casinos de la ciudad de Guayaquil, la defensa lo realicé llevando a efecto todas las diligencias tanto<br />

en la Fiscalía Provincial del Guayas como en el Juzgado Segundo de lo Penal, consiguiendo la libertad de esas personas, luego<br />

de haber solicitado el pago de la fianza y caución correspondiente”; apersonándose la Abg. Olimpia Fuentes Coronel, de comida<br />

y demás necesidades de sus defendidos quienes han pasado detenidos durante aproximadamente 25 días en la Penitenciaría<br />

del Litoral, hasta recobrar su libertad, mediante fianza de CUATRO MIL SESENTA Y OCHO DO<strong>LA</strong>RES $4.068 depositado<br />

como caución en el Banco Nacional de Fomento, por el presunto delito de estafa seguido en contra de María del Pilar Morales<br />

Bermúdez, Walter José Apaza Cayo y Arévalo Espinoza. Que la ciudadana de nacionalidad peruana María del Pilar Morales<br />

Bermúdez, en su denuncia presentada ante el señor Embajador del Ecuador en el Perú, con fecha 18 de agosto del 2009, exige<br />

la devolución de $ 6.800 dólares, enviados con fecha 31 de agosto del 2006 por el señor Eugenio Ostos Pascual, desde el Perú<br />

mediante la Empresa de Servicios WESTER UNION a nombre del señor Mayor de Policía Kleber Eduardo Carrión León, mismo<br />

que en sus declaraciones (fjs. 143 y vta., 205) dice: “… me pidió Carlos Arévalo, fue en varias ocasiones el que les ayude<br />

recibiendo el dinero que habían pactado con la Abogada que se encontraba a cargo de la defensa de los tres detenidos de<br />

nacionalidad peruana de esto tenía los recibos de la entrega del dinero que me fue depositado a mi nombre por parte de<br />

familiares de estos ciudadanos peruanos, debo aclarar que todo el dinero que yo recibí fue entregado a la Ab. Patrocinadora de<br />

estos ciudadanos …”, es decir la Abogada Olimpia Fuentes Coronel, que patrocinó la defensa de los tres ciudadanos de<br />

nacionalidad peruana en el caso de delito de Estafa a los Casinos Money Money, profesional quien manifiesta haber incurrido<br />

en gastos de honorarios profesionales, vituallas durante 25 días de detención de los tres ciudadanos peruanos en la<br />

Penitenciaría del Litoral, pago de $ 4.068 dólares de caución depositados en el Banco Nacional de Fomento, en calidad de<br />

fianza del juicio penal <strong>No</strong>. 0925220060464-2006 que actualmente se sustancia en el Juzgado 2º de Garantías Penales del


Guayas «µ<br />

25' *5$/<br />

Que el sumariado Mayor de Policía &$55,21 /(21 ./(%(5 ('8$5'2 durante la investigación ha ejercido su derecho a la<br />

defensa contando con el patrocinio de su respectivo Abogado, cumpliendo y garantizando de esta manera el mandato<br />

constitucional.<br />

Que el Art. 23 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, expresa: ´El Consejo Superior tendrá su sede en Quito y es el órgano<br />

encargado de regular la situación profesional de los oficiales subalternos µ<br />

Que el Art. 53 inciso tercero de la Ley de Personal de la Policía Nacional, dice: ´Quien haya sido colocado en situación a<br />

disposición, permanecerá en ella hasta por sesenta días, tiempo durante el cual la Inspectoría General debe investigar y<br />

presentar las pruebas pertinentes y se practicarán las diligencias solicitadas por el investigado, que permitan a los respectivos<br />

Consejos resolver si el inculpado incurrió o no en mala conducta profesionalµ<br />

Que el inciso cuarto del mismo artículo dispone: ´De probarse mala conducta profesional, el investigado será dado de baja sin<br />

perjuicio de la acción penal a que hubiere lugar, por el contrario, de no comprobarse mala conducta profesional será designado<br />

a un cargo cualquieraµ<br />

Que el Art. 54 de la referida Ley de Personal de la Policía Nacional, manifiesta: ´Constituye mala conducta profesional todo acto<br />

ejecutado por un miembro de la Policía que lesione gravemente el prestigio de la Institución o que atente gravemente la moral y las<br />

buenas costumbres; así como la reincidencia en el cometimiento de faltas disciplinarias por las que hubiere sido sancionado.<br />

Repútase como reincidencia la repetición de las faltas en la vida profesional atento al tiempo y a su gravedadµ<br />

Que efectivamente se procedió al estudio y análisis minucioso del expediente, conclusiones establecidas del auto resolutivo de la<br />

Investigación Sumaria <strong>No</strong>. 010-2010 y más documentación adjunta, así como de las disposiciones legales antes transcritas,<br />

permitiéndoles realizar un juicio de valor en cuanto a la conducta observada por el señor Mayor de Policía &$55,21 /(21<br />

./(%(5 ('8$5'2 llegando a la convicción de que existen suficientes presupuestos que permiten señalar que con su<br />

comportamiento y accionar ha lesionado gravemente el prestigio de la Institución, atentado gravemente la moral y las buenas<br />

costumbres; considerando además que era miembro de una Unidad de élite de la Policía Nacional, resultando inexplicable que haya<br />

servido de intermediario para que se obtenga la libertad de ciudadanos peruanos cuestionados en su conducta, hechos que han sido<br />

de conocimiento de autoridades diplomáticas que representan al Ecuador en el exterior.<br />

Que el señor Asesor Jurídico del Consejo Superior de la Policía Nacional, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-201-AJ-CS-PN, de 31 de enero del<br />

2011, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este Organismo:<br />

5 ( 6 8 ( / 9 (<br />

1.- '(&/$5$5 +$ /8*$5 $ 0$/$ &21'8&7$ 352)(6,21$/ del señor Mayor de Policía &$55,21 /(21 ./(%(5<br />

('8$5'2 por haber llegado a determinarse responsabilidad en actos que lesionan gravemente el prestigio de la<br />

Institución y que atentan gravemente la moral y las buenas costumbres, conforme lo estipula el Art. 54 de la Ley de<br />

Personal de la Policía Nacional.<br />

2.- 62/,&,7$5 DO VHxRU &RPDQGDQWH *HQHUDO GH OD 3ROLFtD 1DFLRQDO alcance el correspondiente Acuerdo Ministerial, mediante<br />

el cual y con fecha de su expedición sea dado de baja de las filas de la Institución Policial el señor Mayor de Policía<br />

&$55,21 /(21 ./(%(5 ('8$5'2 por habérsele comprobado mala conducta profesional, de conformidad con el inciso<br />

cuarto primera parte del Art. 53, en concordancia con los Arts. 65 y 66 literal i) de la Ley de Personal de la Policía Nacional;<br />

quien dejará de constar en la situación a disposición del Ministerio del Interior en la que se encuentra colocado.<br />

3.- 321(5 HQ FRQRFLPLHQWR GH ORV VHxRUHV 'LUHFWRU *HQHUDO GH 3HUVRQDO y Director Nacional Financiero de la Policía<br />

Nacional, el contenido de la presente Resolución, en cumplimiento a las recomendaciones emitidas en virtud del examen<br />

especial de la Unidad de Auditoría Interna de la Policía Nacional, para el año 2006, aprobadas por la Contraloría General<br />

del Estado.<br />

4.- 38%/,&$5 OD SUHVHQWH 5HVROXFLyQ en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo Superior.<br />

Dada y firmada, en la sala de sesiones del Consejo Superior de la Policía Nacional, en el Distrito Metropolitano de San Francisco de<br />

Quito, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. HUGO MARCELO ROCHA ESCOBAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong><br />

POLICIA NACIONAL-SUBROGANTE.- f) HECTOR BOLIVAR HINOJOSA HIDROBO.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.-


25' *5$/<br />

f) JORGE ALFREDO ARIAS SORIA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) JULIO CESAR CUEVA GÓMEZ.- CORONEL<br />

<strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) EDWIN EDISON BAEZ TEJADA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) AB.<br />

WASHINGTON <strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO.- f) DR. KLEBER MIGUEL TORRES<br />

ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL”.<br />

$UW 5(62/8&,21 1R &6 31 (/ + &216(-2 683(5,25 '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/<br />

$17(&('(17(6 El señor Comandante General de la Policía Nacional, envía para conocimiento, estudio y resolución del H.<br />

Consejo Superior de la Policía Nacional, la Hoja de Trámite <strong>No</strong>. 31983 de 27 de diciembre del 2010, a la que se adjunta la<br />

documentación relacionada con el pedido de que se otorgue un Reconocimiento Institucional al señor Subteniente de Policía<br />

ALEXIS GEOVANNY CIFUENTES BEDOYA, por su actuación el día 30 de septiembre del año 2010 en los patios del<br />

Regimiento Quito <strong>No</strong>. 1 de esta ciudad de Quito Distrito Metropolitano.<br />

& 2 1 6 , ' ( 5 $ 1 ' 2<br />

Que el señor Comandante General de la Policía Nacional, adjunta copia del oficio <strong>No</strong>. 2010-3144-OECPPR de fecha 24 de diciembre<br />

del 2010, suscrito por el señor Rodrigo Ribadeneira Chávez en su calidad de Jefe de la Oficina de Enlace y Coordinación Policial de<br />

la Presidencia de la República quien hace conocer principalmente el oficio DPR-O-10-183 de 30 de noviembre del 2010, suscrito por<br />

el señor Economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República, mediante el cual expresa su imperecedera<br />

gratitud, en reconocimiento a la lealtad y actuaciones de sacrificio, heroísmo y voluntad desplegadas por el señor Subteniente de<br />

Policía $/(;,6 *(29$11< &,)8(17(6 %('2


25' *5$/<br />

VOCAL.- f) VICTOR HUGO GANGOTENA COSTA.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL.- f) ABG. WASHINGTON<br />

<strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO RODRIGUEZ.- MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- ASESOR JURÍDICO.- LO CERTIFICO.- f) DR. KLEBER MIGUEL<br />

TORRES ESPINOSA.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA (J).- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO SUPERIOR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICIA NACIONAL”.<br />

$8725,=$&,21(6 '( 3(50,626<br />

$UW &RQFpGDVH RFKR GtDV GH SHUPLVR VHJ~Q ´$UW GH OD /H\ GH 3HUVRQDO GH OD 3ROLFtD 1DFLRQDO HO SHUVRQDO SROLFLDO<br />

WHQGUi GHUHFKR D SHUPLVRV KDVWD SRU RFKR GtDV HQ ORV VLJXLHQWHV FDVRVµ<br />

D 3RU PXHUWH R HQIHUPHGDG JUDYH GHO FyQ\XJH R SDULHQWHV FRPSUHQGLGRV KDVWD HO VHJXQGR JUDGR GH<br />

FRQVDQJXLQLGDG<br />

*5$'2 $3(//,'26 < 120%5(6 81,'$'<br />

TCRL. <strong>DE</strong> LOS REYES NAJERA FRANCISCO EDUARDO DNE-DIREC-SUBD-SAD-<br />

TCRL. DAZA ANCHUNDIA IVONNE ESTREL<strong>LA</strong> DNE-EFP ATAHUALP-DIREC-SAD-<br />

MAYR. MARTINEZ TERAN FAUSTO RENAN DINAPEN-<strong>DE</strong>SAR-TECCIE-INVPOL-GAT-SD-<br />

MAYR. CAL<strong>DE</strong>RON MURILLO DORIAN ALFONSO CSD-CP5-JPM-JEFA-SAD-<br />

CAPT. JACOME FREIRE SANTIAGO VICENTE DNE-ESP-DCF-SAD-<br />

TNTE. FEIJOO GALLO PATRICIA FERNANDA DGP-DPT-ARRHH-SAD-<br />

SGOP. CALLE CALLE ROSENDO CG-AGRE-PERU-SAD-<br />

SGOP. GONZALEZ MARTINEZ EDITH EUGENIA DNE-LP-DM-SS-<br />

SGOS. YANEZ VE<strong>LA</strong>SCO RENAN <strong>LA</strong>NDIVAR CCD-CP8-CCQ-SUBJSU-OPERA-<br />

CBOP. FEIJOO PASTOR ANDREA VALERIA OD-MI-VSI-SUB POL-AJ-SAJ-<br />

CBOP. ORTIZ JARAMILLO NANCY <strong><strong>DE</strong>L</strong> ROCIO DNS-HQ-<br />

CBOP. KUSMIRCZAK GUERRA PAUL ENRIQUE CCD-CP8-JPSU-OPERA-SU-<br />

CBOS. MORETA MONAR PATRICIO FERNANDO DGP-CI-JEFA-SAD-<br />

(O<strong>DE</strong>RUDGR SRU PFMM<br />

5HYLVDGR SRU JRA<br />

*(1(5$/ '( ',675,72<br />

,1* &20 )$8672 3$75,&,2 )5$1&2 /23(=<br />

&20$1'$17( *(1(5$/ '( /$ 32/,&Ì$ 1$&,21$/<br />

Es Copia<br />

&2521(/ '( 32/,&,$ '( ( 0<br />

$% -8$1 58$/(6 $/0(,'$<br />

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