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Aprueban Reglamento General de Licencias y ... - Teleley

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Artículo 36°.- PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR LA LICENCIA PARA EL USO DEL<br />

RETIRO MUNICIPAL O ÁREAS COMUNES CON FINES COMERCIALES<br />

Los pasos a seguir durante la tramitación <strong>de</strong> la Licencia para el Uso <strong>de</strong>l Retiro Municipal o<br />

Áreas Comunes con fines comerciales son:<br />

1.- En el Centro <strong>de</strong> Atención Surcana (CAS) se presentarán los requisitos señalados en el<br />

artículo 27° <strong>de</strong> la presente Or<strong>de</strong>nanza. De encontrarse conformes se ingresarán los datos <strong>de</strong>l<br />

solicitante al sistema emitiéndose el Formato Solicitud a ser suscrito por el inversionista.<br />

2.- Seguidamente se ingresará los documentos por la mesa <strong>de</strong> partes <strong>de</strong> la Unidad <strong>de</strong> Trámite<br />

Documentario y Archivo y se proce<strong>de</strong>rá a;<br />

- Se programará la inspección ocular administrativa <strong>de</strong> verificación <strong>de</strong>l área <strong>de</strong>l uso <strong>de</strong>l retiro o<br />

áreas comunes.<br />

- Si cumpliera con el acondicionamiento a<strong>de</strong>cuado y con lo establecido en el artículo 26° <strong>de</strong> la<br />

presente Or<strong>de</strong>nanza, se emitirá la licencia para el uso <strong>de</strong>l retiro municipal o áreas comunes con<br />

fines comerciales para la firma <strong>de</strong>l Subgerente <strong>de</strong> Desarrollo Económico.<br />

- Se Entregara al inversionista la licencia municipal correspondiente con lo que concluye el<br />

procedimiento.<br />

Artículo 37°.- PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA<br />

LA INSTALACIÓN DE UN TOLDO<br />

Los pasos a seguir durante la tramitación <strong>de</strong> la Autorización Municipal para la instalación <strong>de</strong> un<br />

toldo son:<br />

1.- En el Centro <strong>de</strong> Atención Surcana (CAS) se presentarán los requisitos señalados en el<br />

artículo 29° <strong>de</strong> la presente Or<strong>de</strong>nanza. De encontrarse conformes se ingresarán los datos <strong>de</strong>l<br />

solicitante al sistema emitiéndose el Formato Solicitud a ser suscrito por el inversionista.<br />

2.- Seguidamente se ingresará los documentos por la mesa <strong>de</strong> partes <strong>de</strong> la Unidad <strong>de</strong> Trámite<br />

Documentario y Archivo y se proce<strong>de</strong>rá a:<br />

- Sé programará la inspección ocular administrativa <strong>de</strong> verificación <strong>de</strong> la instalación <strong>de</strong> un toldo.<br />

- Si cumpliera con el acondicionamiento a<strong>de</strong>cuado y con lo establecido en el artículo 28° <strong>de</strong> la<br />

presente Or<strong>de</strong>nanza, se emitirá la autorización municipal para la instalación <strong>de</strong> un toldo para la<br />

firma <strong>de</strong>l Sub Gerente <strong>de</strong> Desarrollo Económico.<br />

- Se Entregara al inversionista la autorización municipal correspondiente con lo que concluye el<br />

procedimiento.<br />

Artículo 38°.- PROCEDIMIENTO GENERAL PARA TODOS LOS PROCEDIMIENTOS<br />

En todos los procedimientos para tramitar la Licencia <strong>de</strong> Funcionamiento la Sub Gerencia <strong>de</strong><br />

Desarrollo Económico, al término <strong>de</strong>l día, vía correo electrónico, remitirá la relación <strong>de</strong><br />

autorizaciones <strong>de</strong> funcionamiento otorgadas a las áreas competentes <strong>de</strong> la Municipalidad, para<br />

su conocimiento, registro y programación <strong>de</strong> las acciones <strong>de</strong> fiscalización que correspondan.<br />

CAPÍTULO IV<br />

CARACTERÍSTICAS<br />

Artículo 39°.- CARACTERÍSTICAS DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO<br />

La Licencia <strong>de</strong> Funcionamiento tiene vigencia in<strong>de</strong>terminada. Podrán otorgarse licencias <strong>de</strong><br />

funcionamiento <strong>de</strong> vigencia temporal cuando así sea requerido expresamente por el solicitante.<br />

Ambas modalida<strong>de</strong>s se a<strong>de</strong>cuaran a los procedimientos señalados en los artículos 18°, 19° y<br />

20° <strong>de</strong> la presente or<strong>de</strong>nanza, según se el caso.<br />

El otorgamiento <strong>de</strong> la licencia <strong>de</strong> funcionamiento no obliga a la realización <strong>de</strong> la actividad<br />

económica en un plazo <strong>de</strong>terminado.<br />

La licencia <strong>de</strong> funcionamiento <strong>de</strong> cualquier modalidad que se emita, autoriza a<strong>de</strong>más <strong>de</strong>l<br />

funcionamiento <strong>de</strong>l establecimiento lo siguiente:<br />

1.- El <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> hasta tres (3) giros, siempre que estos sean afines o complementarios entre<br />

sí. En caso fueran más <strong>de</strong> tres giros a autorizar se <strong>de</strong>berá abonar los <strong>de</strong>rechos<br />

correspondientes señalados en el numeral 5 <strong>de</strong>l artículo 22°.<br />

2.- La colocación <strong>de</strong> una (1) publicidad exterior sobre el toldo señalado en el numeral 3 <strong>de</strong> este<br />

artículo o, en su <strong>de</strong>fecto, con las siguientes características:

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