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Argentina Copyleft - Fundación Vía Libre

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A MODO DE EPÍLOGO: PROPUESTAS DE CARA AL FUTURO |<br />

• que quienes pongan en el mercado obras bajo medidas tecnológicas<br />

pongan a disposición del público "elusores confiables", una tercera<br />

parte confiable a la que el público pueda acudir para solicitar una<br />

copia sin DRM cuando la necesiten para ejercer su derecho;<br />

• que las medidas tecnológicas no sean usadas para restringir el acceso<br />

a las obras en dominio público;<br />

• que se exceptúe de regulación la investigación en seguridad informática<br />

y la ingeniería inversa;<br />

• que se ponga en dominio público el acervo cultural producido con<br />

fondos públicos, para libre acceso y disfrute por parte del mismo<br />

público que sostiene su producción con el pago de impuestos, incluyendo<br />

tanto investigación académica como producción cultural;<br />

• que se exceptúe de regulación, y por tanto, se permita libremente la<br />

copia privada, personal, sin fines de lucro, por cualquier medio, sin<br />

que debamos pagar por ello ni ser vigilados y monitoreados en<br />

nuestro acceso a las redes en conformidad con el Artículo 19 de la<br />

Constitución Nacional;<br />

• que se incorporen cláusulas de uso justo, que permitan la parodia,<br />

el cambio de formatos, la difusión y exhibición pública de obras<br />

cuando sea sin fines de lucro; la posibilidad de traducir y digitalizar<br />

las obras editadas en el extranjero que no se consigan en el país,<br />

entre otras tareas esenciales para el acceso pleno a la cultura;<br />

• que ninguna regulación de derecho de autor ponga en riesgo ni limite<br />

el pleno ejercicio de la libertad de expresión;<br />

• que los artistas recuperen los derechos cedidos en contratos leoninos<br />

y puedan disponer de sus obras descatalogadas por la industria<br />

del entretenimiento que no considera negocio su reedición;<br />

• que se devuelva a los autores la posibilidad de decidir qué gestora<br />

colectiva puede representarlos en la gestión de los derechos de su<br />

obra, así como la capacidad de ejercer la gestión por sus propios<br />

medios;<br />

• que las gestoras colectivas de derechos de autor den cuenta de cómo<br />

recaudan y se establezcan mecanismos transparentes de gestión colectiva<br />

con el fin de incentivar a los artistas nóveles y promover la<br />

diversidad cultural,<br />

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