ARTÍCULO 201 – 07 DEMOLICIÓN Y REMOCIÓN 201.1 ...
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Instituto Nacional de Vías entera costa, empleando un material de subbase granular apropiado y que conserve sus propiedades según se especifica en el presente inciso. Tabla 320.5 Ensayos para verificar la conservación de las propiedades de los agregados ENSAYO NORMA DE ENSAYO INV Granulometría E-213 Límite líquido E-125 Índice de plasticidad E-126 Equivalente de arena E-133 g. Correcciones por variaciones en el diseño o por causas no imputables al Constructor Cuando sea necesario efectuar correcciones a la capa de subbase granular por modificaciones en el diseño estructural o por fuerza mayor u otras causas inequívocamente no imputables al Constructor, el Interventor delimitará el área afectada y ordenará las correcciones necesarias, por cuyo trabajo autorizará el pago al Constructor, al respectivo precio unitario del contrato. h. Medidas de deflexión El Interventor verificará la solidez de la estructura construida al nivel de subbase granular, realizando medidas de deflexión con la viga Benkelman, de acuerdo con la norma de ensayo INV E-795. Los resultados de las medidas, que se realizarán en tresbolillo cada 20 metros, no constituirán base para aceptación o rechazo de la subbase granular construida, sino que servirán al Instituto Nacional de Vías para verificar la homogeneidad de la estructura que se construye y realizar los ajustes que pudieran resultar necesarios al diseño estructural del pavimento. 320.6 MEDIDA Rige lo descrito en el numeral 300.6.1 del Artículo 300. En el caso de bacheos con material granular de subbase, se aplicará lo descrito en el numeral 300.6.2 del mismo Artículo. 320.7 FORMA DE PAGO Rige lo que resulte pertinente del numeral 300.7.1 del Artículo 300. ÍTEM DE PAGO 320.1 Subbase granular Metro cúbico (m 3 ) 320.2 Subbase granular para bacheo Metro cúbico (m 3 ) 10 Artículo 320-07
330.1 DESCRIPCIÓN ARTÍCULO 330 - 07 BASE GRANULAR Este trabajo consiste en el suministro, transporte, colocación, humedecimiento o aireación, extensión y conformación, compactación y terminado de material de base granular aprobado sobre una superficie preparada, en una o varias capas, de conformidad con los alineamientos, pendientes y dimensiones indicados en los planos y demás documentos del proyecto o establecidos por el Interventor. Para los efectos de estas especificaciones, se denomina base granular a la capa granular localizada entre la subbase granular y las capas asfálticas en los pavimentos asfálticos, sin perjuicio de que los documentos del proyecto le señalen otra utilización. 330.2 MATERIALES Los agregados para la construcción de la base granular deberán satisfacer los requisitos indicados en el numeral 300.2 del Artículo 300 para dichos materiales. Además, se deberán ajustar a alguna de las franjas granulométricas que se indican en la Tabla 330.1. Los documentos del proyecto indicarán la franja por utilizar. Tabla 330.1 Franjas granulométricas del material de base granular TAMIZ PORCENTAJE QUE PASA NORMAL ALTERNO BG-1 BG-2 37.5 mm 1 1/2" 100 - 25.0 mm 1 70-100 100 19.0 mm 3/4" 60-90 70-100 9.5 mm 3/8" 45-75 50-80 4.75 mm No.4 30-60 35-65 2.0 mm No.10 20-45 20-45 425 µm No.40 10-30 10-30 75 µm No.200 5-15 5-15 Para prevenir segregaciones y garantizar los niveles de compactación y resistencia exigidos por la presente especificación, el material que produzca el Constructor deberá dar lugar a una curva granulométrica uniforme y sensiblemente paralela a los límites de la franja, sin saltos bruscos de la parte superior de un tamiz a la inferior de un tamiz adyacente y viceversa. Dentro de la franja elegida, el Constructor propondrá al Interventor una “Fórmula de Trabajo” a la cual se deberá ajustar durante la construcción de la capa, con las tolerancias que se indican en la Tabla 330.2, pero sin permitir que la curva se salga de la franja adoptada. Artículo 330-07
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Instituto Nacional de Vías<br />
entera costa, empleando un material de subbase granular apropiado y que conserve sus propiedades<br />
según se especifica en el presente inciso.<br />
Tabla 320.5<br />
Ensayos para verificar la conservación de las propiedades de los agregados<br />
ENSAYO<br />
NORMA DE<br />
ENSAYO INV<br />
Granulometría E-213<br />
Límite líquido E-125<br />
Índice de plasticidad E-126<br />
Equivalente de arena E-133<br />
g. Correcciones por variaciones en el diseño o por causas no imputables al Constructor<br />
Cuando sea necesario efectuar correcciones a la capa de subbase granular por modificaciones en el<br />
diseño estructural o por fuerza mayor u otras causas inequívocamente no imputables al Constructor,<br />
el Interventor delimitará el área afectada y ordenará las correcciones necesarias, por cuyo trabajo<br />
autorizará el pago al Constructor, al respectivo precio unitario del contrato.<br />
h. Medidas de deflexión<br />
El Interventor verificará la solidez de la estructura construida al nivel de subbase granular,<br />
realizando medidas de deflexión con la viga Benkelman, de acuerdo con la norma de ensayo INV<br />
E-795. Los resultados de las medidas, que se realizarán en tresbolillo cada 20 metros, no<br />
constituirán base para aceptación o rechazo de la subbase granular construida, sino que servirán al<br />
Instituto Nacional de Vías para verificar la homogeneidad de la estructura que se construye y<br />
realizar los ajustes que pudieran resultar necesarios al diseño estructural del pavimento.<br />
320.6 MEDIDA<br />
Rige lo descrito en el numeral 300.6.1 del Artículo 300. En el caso de bacheos con material<br />
granular de subbase, se aplicará lo descrito en el numeral 300.6.2 del mismo Artículo.<br />
320.7 FORMA DE PAGO<br />
Rige lo que resulte pertinente del numeral 300.7.1 del Artículo 300.<br />
ÍTEM DE PAGO<br />
320.1 Subbase granular Metro cúbico (m 3 )<br />
320.2 Subbase granular para bacheo Metro cúbico (m 3 )<br />
10<br />
Artículo 320-<strong>07</strong>