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PORTADILLA - Informe sobre Desarrollo Humano en Bolivia - (PNUD).

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Introducción<br />

La constitución del país y las reformas<br />

a la Constitución Política<br />

Luis Tapia<br />

Universidad Mayor de San Andrés, La Paz<br />

Este breve trabajo ti<strong>en</strong>e como eje dos líneas de análisis sintético. Una, trata<br />

de ver la relación <strong>en</strong>tre el modo de constitución o construcción del país, de<br />

composición social y política, <strong>en</strong> relación con las constituciones políticas que han<br />

definido el conjunto de las instituciones de gobierno y la legalidad <strong>en</strong> difer<strong>en</strong>tes<br />

períodos de la historia boliviana. La otra, ti<strong>en</strong>e que ver con la distinción <strong>en</strong>tre poder<br />

constituy<strong>en</strong>te y poder constituido 1 y la dinámica que se establece <strong>en</strong>tre ambos<br />

conceptos y la primera temática, es decir, la constitución del país.<br />

En primer lugar, se pude decir que uno de los rasgos del país que se funda<br />

como nueva República es que la Constitución Política del Estado no da cu<strong>en</strong>ta del<br />

grado de diversidad cultural que conti<strong>en</strong>e. La Constitución define un conjunto de<br />

instituciones de un formato más o m<strong>en</strong>os moderno y liberal –la división de poderes–,<br />

pero no m<strong>en</strong>ciona la exist<strong>en</strong>cia de otras estructuras sociales y políticas que<br />

persistieron durante la Colonia. Es decir, la Constitución Política sólo da cu<strong>en</strong>ta<br />

de una parte de la realidad social y política exist<strong>en</strong>te y casi no m<strong>en</strong>ciona a la mayor<br />

parte de la población, al otro tipo de cualidad social exist<strong>en</strong>te <strong>en</strong> estos territorios.<br />

O sólo la m<strong>en</strong>ciona <strong>en</strong> algunos puntos del ord<strong>en</strong> jurídico relacionados con el tributo<br />

indig<strong>en</strong>al, que <strong>en</strong>uncia la relación tributaria de los pueblos colonizados <strong>en</strong> el<br />

s<strong>en</strong>o del nuevo Estado, es decir, la obligación de contribución sin derechos políticos<br />

o sin ciudadanía.<br />

1 Tomo la distinción propuesta por Antonio Negri (1993), aunque su uso y las reflexiones que se derivan de él son<br />

indep<strong>en</strong>di<strong>en</strong>tes.

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