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Abril Nº 113 - Biblioteca Virtual El Dorado

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tableció la República bajo la forma unitaria y Re preRcindió<br />

intempestivamente de todo nuestro proceso histórico. <strong>El</strong> Art.<br />

201 establecía que "<strong>El</strong> Departamento de Panamá está sometido<br />

a la autoridad directa del Gobierno y será administrado<br />

con arreglo a leyes especiales." La mejor visión respecto al<br />

régimen nuevo aparece en la Alocución del Gobernador del<br />

Departamento Nacional de Panamá en 1886, concebida así:<br />

"Colombianos del Istmo:<br />

Demos gracias al Dios de las Naciones al entrar en la vía<br />

del orden, única segura para llegar al campo de la civilzación.<br />

Desde hoy rige en el Istmo y en toda la República la Constitución<br />

Nacional, elaborada con patriótica intención y bajo<br />

impiración divina por los Delegatarios de los Estados en que<br />

ficticiamente estaba dividida la Nación.<br />

Si todos los Colombianos deben congratularse hoy por<br />

haber salido del caos de la anarquía, nadie tanto como los<br />

Istmeños, porque nadie ha Rufrido tan dolorosamente como ellos<br />

sus afrentosos azotes.<br />

Desde hoy regirá un Código franco y neto en sus dispo.<br />

siciones, armónico en todas i"us partes, cuerpo completo de<br />

doctrina verdadera, sin falaces garantías de imaginados derechos<br />

y libertades imposibles.<br />

De hoy en adelante, vuestros mandatarioR, que serán funcionarios<br />

nacionales, tendrán en su mano toda la suma de poder<br />

neceRaria para hacer el bien y manteneros en paz, sin las<br />

pretensiones de soberanos infatuados poderosos sólo para el<br />

mal, la arbitrariedad y la tiranía.<br />

<strong>El</strong> conflicto entre la eRtabildad del Gobierno y el cumplimiento<br />

de las leyes, generador de tantas desgraciaR, va a<br />

cesar, y los gobernantes no tendrán de hoy en máR necesidad<br />

de atormentaros buscando la fUerza en la violación de la lev,<br />

porque serán fuertes por ministerio de la misma ley. .<br />

De hoy en adelante veréis el cambio de vuestros magistradoR,<br />

sin oprobio y sin vergüenza, ni para ellos ni para vosotros,<br />

porque será efectuado por quien tiene facultad legal<br />

de hacerlo, y no por una turba facciosa, por un motín de cuartel<br />

o por un soldado insolente.<br />

La situación excepcional en que os coloca la posición geográfica<br />

de vuestro territorio ha sido reconocida por el sabio<br />

Cuerpo Constituyente, y así vueRtros intereses serán adminis~<br />

trados por leyes especiales, bajo la autoridad df! un Gobierno<br />

2.t<br />

LOTERIA

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