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Abril Nº 113 - Biblioteca Virtual El Dorado

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La Corte oirá por escrito al Procurador del Estado i al<br />

Personero de la corporación municipal que expidió el acuerdo."<br />

Es por segunda vez, y ahora con carácter más acentuado,<br />

que se le confiere a la Corte el control constitucional y que<br />

pudo haber servido de antecedente al Dr. Eusebio A. Morales<br />

a sus conocidas bases, que después hubieron de cristalizar en<br />

el arto 167 de la Constitución vigente.<br />

Se concibe al Organo Ejecutivo como constituído por el<br />

Presidente de la República y el Secretario de Estado (art. 114).<br />

No se obedecerá providencia alguna del Poder Ejecutivo que<br />

110 esté autorizada con la firma del respectivo Secretario de<br />

Estado, exceptuando el nombramiento o la remoción de los<br />

Secretarios de Estado".<br />

La novena Constitución fue promulgada el 6 de diciembre de<br />

1875. Análoga a las anteriores, salvo que elimina la facultad<br />

que tenia la Corte de suspender las leyes incongruentes coii<br />

¡ a ConstituciÓn.<br />

La novena Constitución fué el último instrumento del 1st..<br />

mo. Como escriben los señores Castilero y Susto en su ensayo<br />

"Un Siglo y Cuarto de Comitituciones del Istmo":<br />

"Fué la última, porque a pesar de que el doctor Josê<br />

Maria Vives León, encargado como Designado de la Presidencia,<br />

el 27 de noviembre de 1884 convocó para ello. de<br />

enero del año siguiente una Constituyente, ésta no discutió<br />

ningún nuevo Estatuto y se limitó, bajo la presión de Bogotá,<br />

a anular la elección de Presidente del Estado que habia<br />

recaída en el señor Juan M. Lambert, y a elegir Presidente<br />

el general Santodomingo Vil a, agente del Gobierno<br />

nacionaL. La revolución que azotaba a Colombia prendió<br />

en el Istmo. Al finalizar aquella con el triunfo del Gobierno,<br />

el Presidente de la República, doctor Rafael Núñez,<br />

hizo la histórica y trascendental manifestación : "Señores:<br />

j La Constitución de 1863 ya no existe! Bien pronto los<br />

pueblos se darán una nueva que satisfaga sus verdaderas<br />

necesidades y que consulte las inclinaciones de la gran mayoría<br />

del pueblo colombiano. Esa Constitución empezará<br />

invocando el nombre del Todopoderoso." (Gaceta de<br />

Panamá, 22 octubre de 1885). Comenzaba el imperio de<br />

otra ideología, la llamada Regeneración, que atrajo al país<br />

al sistema centralista."<br />

Se elimina la libertad religiosa y las disposiciones sobre<br />

manos muertas.<br />

Al derogar el Dr. Rafael Núñez la Constitución de Río<br />

Negro, y promulgarse la de 1886 para toda Colombia, se res-<br />

LOTERIA<br />

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