Abril Nº 113 - Biblioteca Virtual El Dorado
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La Corte oirá por escrito al Procurador del Estado i al<br />
Personero de la corporación municipal que expidió el acuerdo."<br />
Es por segunda vez, y ahora con carácter más acentuado,<br />
que se le confiere a la Corte el control constitucional y que<br />
pudo haber servido de antecedente al Dr. Eusebio A. Morales<br />
a sus conocidas bases, que después hubieron de cristalizar en<br />
el arto 167 de la Constitución vigente.<br />
Se concibe al Organo Ejecutivo como constituído por el<br />
Presidente de la República y el Secretario de Estado (art. 114).<br />
No se obedecerá providencia alguna del Poder Ejecutivo que<br />
110 esté autorizada con la firma del respectivo Secretario de<br />
Estado, exceptuando el nombramiento o la remoción de los<br />
Secretarios de Estado".<br />
La novena Constitución fue promulgada el 6 de diciembre de<br />
1875. Análoga a las anteriores, salvo que elimina la facultad<br />
que tenia la Corte de suspender las leyes incongruentes coii<br />
¡ a ConstituciÓn.<br />
La novena Constitución fué el último instrumento del 1st..<br />
mo. Como escriben los señores Castilero y Susto en su ensayo<br />
"Un Siglo y Cuarto de Comitituciones del Istmo":<br />
"Fué la última, porque a pesar de que el doctor Josê<br />
Maria Vives León, encargado como Designado de la Presidencia,<br />
el 27 de noviembre de 1884 convocó para ello. de<br />
enero del año siguiente una Constituyente, ésta no discutió<br />
ningún nuevo Estatuto y se limitó, bajo la presión de Bogotá,<br />
a anular la elección de Presidente del Estado que habia<br />
recaída en el señor Juan M. Lambert, y a elegir Presidente<br />
el general Santodomingo Vil a, agente del Gobierno<br />
nacionaL. La revolución que azotaba a Colombia prendió<br />
en el Istmo. Al finalizar aquella con el triunfo del Gobierno,<br />
el Presidente de la República, doctor Rafael Núñez,<br />
hizo la histórica y trascendental manifestación : "Señores:<br />
j La Constitución de 1863 ya no existe! Bien pronto los<br />
pueblos se darán una nueva que satisfaga sus verdaderas<br />
necesidades y que consulte las inclinaciones de la gran mayoría<br />
del pueblo colombiano. Esa Constitución empezará<br />
invocando el nombre del Todopoderoso." (Gaceta de<br />
Panamá, 22 octubre de 1885). Comenzaba el imperio de<br />
otra ideología, la llamada Regeneración, que atrajo al país<br />
al sistema centralista."<br />
Se elimina la libertad religiosa y las disposiciones sobre<br />
manos muertas.<br />
Al derogar el Dr. Rafael Núñez la Constitución de Río<br />
Negro, y promulgarse la de 1886 para toda Colombia, se res-<br />
LOTERIA<br />
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