Conectando Ciudadanía - Instituto Federal Electoral
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Artículo CONTENIDO DEL ARTICULO<br />
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Derechos económicos, sociales y culturales<br />
Derecho a la Educación: continua, integral, pertinente y de calidad;<br />
libertad de elegir el centro educativo y la participación activa en el<br />
mismo; práctica de valores, artes, ciencias, técnicas de la enseñanza y<br />
acceso a las nuevas tecnologías. Fomentando la solidaridad, paz,<br />
interculturalidad, la democracia, derechos humanos y equidad de<br />
género. Garantizada por el Estado en forma obligatoria y gratuita a<br />
tod@s l@s jóvenes; asegurando la permanencia en secundaria y<br />
niveles superiores; la movilidad académica y la equivalencia de<br />
estudios entre los distintos sistemas nacionales<br />
Derecho a la Educación Sexual: como fuente del desarrollo personal,<br />
afectivo y comunicativo. Se impartirá a todos los niveles de educación,<br />
fomentando una cultura responsable en la prevención de VIH-SIDA, ETS,<br />
abuso sexual y embarazos no deseados; promoviendo la plena aceptación<br />
e identidad y el ejercicio responsable de este derecho.<br />
Derecho a la Cultura y el Arte: vida cultural, libre creación y expresión<br />
artística como parte de su formación integral y del compromiso por<br />
el respeto a las culturas autóctonas y nacionales; a una mayor<br />
integración cultural entre la juventud iberoamericana<br />
Derecho a la Salud: integral y de calidad: atención primaria gratuita,<br />
salud sexual y reproductiva, nutrición, prevención de adicciones,<br />
estilos de vida saludables, investigación de problemas de salud en la<br />
juventud, respeto y confidencialidad del personal en los servicios de<br />
salud.<br />
Derecho al trabajo: y especial protección del mismo: acceso o creación<br />
de opciones; estímulo a las empresas para inserción y calificación<br />
laboral de jóvenes<br />
Derecho a las condiciones de trabajo: igualdad de oportunidades y<br />
trato en inserción, promoción, condiciones de trabajo, derechos<br />
laborales, sindicales y remuneración; protección contra la explotación<br />
económica y trabajos que pongan en riesgo la salud, la educación,<br />
el desarrollo físico y psicológico. Medidas especiales para las jóvenes<br />
menores de edad (apartado 2 del Art.10 del PIDESC) programas que<br />
promuevan el “primer empleo”; no discriminación para la mujer<br />
joven; protección contra el riesgo para la salud física y psicológica.<br />
Protección especial a jóvenes entre 15 y 18 años.