Sentencia de Primera Instancia de alias El Loro - Fiscalía General ...

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12.05.2013 Views

Tribunal Superior De Bogotá Sala de Justicia y Paz Rad. 11001600253200680526 Rad. Interno 0197 WILSON SALAZAR CARRASCAL 205. Tampoco pierde de vista la Corporación que el conflicto Colombiano tiene gran extensión en el tiempo y que ha abarcado casi la totalidad del territorio nacional, lo que ha ocasionado violaciones masivas a los derechos humanos y millonarias víctimas que claman por la efectividad de sus derechos a la justicia, la verdad y, sobre todo, a la reparación. 206. Observa además el Tribunal que cuando sobrevienen violaciones masivas a los derechos humanos, también los estados deben implementar programas masivos de reparación, en los cuales se privilegien medidas de satisfacción colectivas sobre las meramente individuales, en procura de restablecer la confianza y la solidaridad social. 67 207. La magnitud de las reparaciones que debe afrontar el proceso de justicia y paz imponen al Tribunal una actuación mesurada y razonable, que por un lado intente compensar a las víctimas de la violencia por los perjuicios ocasionados y, por otra, 67 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Política, Justicia y Reparaciones, Pablo de Greiff. Serie de Justicia Transicional, Centro Internacional para la Justicia Transicional, 2008. 110

Tribunal Superior De Bogotá Sala de Justicia y Paz Rad. 11001600253200680526 Rad. Interno 0197 WILSON SALAZAR CARRASCAL consulte la realidad económica y la posibilidad de que las sentencias que se impartan tengan posibilidad de hacerse efectivas en un plazo razonable. 208. Por estos motivos, el Tribunal estima que en los casos sujetos a estudio, la liquidación de perjuicios seguirá los criterios adoptados por el Consejo de Estado, pero el monto a pagar a cada uno de los beneficiarios se reducirá en un 50% y en cuanto a los perjuicios morales, se establecerá un límite máximo de 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes para cada grupo familiar. Indemnización de la familia Piña Reyes: 209. La Procuraduría en los alegatos conclusivos del incidente mostró sus preocupaciones respecto a las peticiones de reparación de los deudos del fallecido Piña Jiménez, en cuanto ya un juzgado penal dictó una condena en perjuicios contra WILSON SALAZAR CARRASCAL; por tanto, plantea la Sala a continuación 111

Tribunal Superior De Bogotá<br />

Sala <strong>de</strong> Justicia y Paz<br />

Rad. 11001600253200680526<br />

Rad. Interno 0197<br />

WILSON SALAZAR CARRASCAL<br />

consulte la realidad económica y la posibilidad <strong>de</strong> que<br />

las sentencias que se impartan tengan posibilidad <strong>de</strong><br />

hacerse efectivas en un plazo razonable.<br />

208. Por estos motivos, el Tribunal estima que en<br />

los casos sujetos a estudio, la liquidación <strong>de</strong> perjuicios<br />

seguirá los criterios adoptados por el Consejo <strong>de</strong><br />

Estado, pero el monto a pagar a cada uno <strong>de</strong> los<br />

beneficiarios se reducirá en un 50% y en cuanto a los<br />

perjuicios morales, se establecerá un límite máximo <strong>de</strong><br />

50 salarios mínimos legales mensuales vigentes para<br />

cada grupo familiar.<br />

In<strong>de</strong>mnización <strong>de</strong> la familia Piña Reyes:<br />

209. La Procuraduría en los alegatos conclusivos<br />

<strong>de</strong>l inci<strong>de</strong>nte mostró sus preocupaciones respecto a las<br />

peticiones <strong>de</strong> reparación <strong>de</strong> los <strong>de</strong>udos <strong>de</strong>l fallecido<br />

Piña Jiménez, en cuanto ya un juzgado penal dictó una<br />

con<strong>de</strong>na en perjuicios contra WILSON SALAZAR<br />

CARRASCAL; por tanto, plantea la Sala a continuación<br />

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