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parte de funciones terapéuticas. ( 250 ) Ocupación que fue continuada con mayor vigor por la Facultad de Medicina en la década de 1880. ( 251 ) A lo largo del periodo de 1821 a 1850, el control sanitario no se logró realmente. Las prostitutas y las mujeres enfermas del mal venéreo, al igual que la mayoría de la población, sólo asistían a los hospitales cuando su padecimiento no podía ser vencido por los remedios caseros. En consecuencia, las prostitutas no tuvieron al hospital como un espacio cotidiano o habitual sino como un centro de control médico, muchas veces torturante. Así mismo, en este periodo, ni la clase dominante ni los sectores populares basaron su visión de mundo en los fundamentos médicos. Aspecto que en el caso de la clase dominante comenzó a cambiar aproximadamente en el decenio de 1860. La década de 1880 siguió siendo testigo de una desorganización del control de las prostitutas y, en general, de la moral y de la salud de los sectores populares. De ahí que en setiembre de 1885, el vicepresidente Gerardo Castro, le comunicara al Secretario de Estado en el Despacho de Policía la anuencia de la Junta de Caridad en tomar el Hospicio de Higiene como dependencia del Hospital San Juan de Dios y con ello centralizar el control higiénico. Según la Junta de Caridad sometido ese nosocomio: “al régimen disciplinario del Hospital, producirá los beneficios frutos que el Supremo Gobierno se propone alcanzar, así en la parte administrativa y económica del Hospicio como en la mejora moral de las mugeres asiladas”. ( 252 ) La posibilidad de centralizar el sistema de curación de las rameras contó con el inconveniente económico. Ante esa situación, la Junta de Caridad llamó la atención al Supremo Gobierno de que los 200 pesos mensuales apenas si alcanzarían para pagar al médico, al asistente, la alimentación, el alumbrado y las medicinas. En presencia de ese convincente argumento, el Estado decidió pagar 50 centavos diarios para mantener a las prostitutas o cualquier mujer enferma de mal venéreo. Dicha subvención no tuvo continuidad por lo que la alianza entre el Hospicio de Higiene y el Hospital San Juan de Dios se vio constantemente interrumpida. 250 Ortiz, Bienvenido. Compilación de Leyes, Decretos... p. 59-61. 251 Ortiz, Bienvenido. Compilación de Leyes, Decretos... p. 66-67. 387
Según Steven Palmer, en la década de 1900, con la reorganización sanitaria que llevó a cabo la fundación Rockefeller en nuestro país lejos de imponer un modelo foráneo de asistencia médica le dio continuidad a los proyectos nacionales que se venían ejecutando desde mediados del Siglo XIX. ( 253 ) En consecuencia, los proyectos civilizadores y morigeradores de la élite encontraron continuidad en las primeras décadas del siglo XX. B- LA LEY DE PROSTITUCIÓN Y EL CONTROL FORMAL DE LAS SOCIABILIDADES POPULARES. A pesar de los muchos proyectos de control sanitario de las prostitutas y la reglamentación de ese oficio, fueron las leyes de vagancia las que regularon entre 1830 y 1895 los movimientos de las rameras costarricenses. Esto se debió fundamentalmente, a la escasez de recursos económicos y humanos. Aunque en el trasfondo del problema estuvo la fortaleza de la cultura popular que se resistía a la dominación. De esta forma, la ley de vagancia de 1887 siguió considerando a las prostitutas como vagas y a los campesinos sin tierra como holgazanes. Según esa ley se consideró como vagabundas a: “Las mujeres que escandalicen con sus malas costumbres ó que habitualmente se encuentren en casas de juego, tabernas ó parajes sospechosos”. ( 254 ) De acuerdo con esa definición las autoridades procuraron perseguir a las prostitutas y obligarlas a trabajar en un oficio honesto. En consecuencia, los policías se encargaron de capturarlas; mientras la Casa Nacional de Reclusión de Mujeres asumió el adiestramiento de estas mujeres en las labores “propias de su sexo”. De esa forma, las mujeres mayores de edad fueron a ese centro por un lapso de tres a doce meses para que aprendieran un oficio. Si alguna de las reclusas oponía resistencia era enviada por el doble del tiempo que le faltará 252 ANCR. Policía. No. 5133. 253 Véase Palmer, Steven. Salud Imperial y Educación Popular: La Fundación Rockfeller en Costa Rica desde una perspectiva Centroamericana (1914-1921). En: Molina, Iván y Palmer, Steven. Educando a Costa Rica. Alfabetización Popular, Formulación Docente y Género (1880-1950). San José, Costa Rica. Editorial Porvenir. Plumsock Mesoamerican Studies. 2000, pp. 129-154. 254 Astúa, José. Leyes Usuales vigentes 1905. Tipografía Nacional. San José, Costa Rica. 1905, p.30. Ser declarado vago en muchos caos equivalía la pena de muerte Según una disposición de 1878 todo el que 388
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Las prostitutas y las mujeres enfermas <strong>de</strong>l mal venéreo, al igual que la mayoría <strong>de</strong> la<br />
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convincente argumento, el Estado <strong>de</strong>cidió pagar 50 centavos diarios para mantener a las<br />
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Dios se vio constantemente interrumpida.<br />
250 Ortiz, Bienvenido. Compilación <strong>de</strong> Leyes, Decretos... p. 59-61.<br />
251 Ortiz, Bienvenido. Compilación <strong>de</strong> Leyes, Decretos... p. 66-67.<br />
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