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XIII. Elaborar en coordinación con la Unidad de Vigilancia, Control y Ev<strong>al</strong>uación, el<br />
informe anu<strong>al</strong> sobre el ejercicio de los recursos del Órgano Técnico que deberá<br />
rendirse a la Comisión Inspectora, sometiéndolo a la consideración del Auditor<br />
Superior;<br />
XIV. Aplicar a los servidores públicos de la Auditoría Superior las sanciones que<br />
procedan por el incumplimiento de sus obligaciones, determinadas por la Dirección<br />
Gener<strong>al</strong> de Asuntos Jurídicos;<br />
XV. Formular y mantener actu<strong>al</strong>izados los manu<strong>al</strong>es administrativos que se requieran,<br />
para la debida organización y funcionamiento de la Dirección a su cargo;<br />
XVI. Elaborar, actu<strong>al</strong>izar y someter a consideración del Auditor Superior, las políticas de<br />
remuneraciones y prestaciones de la Auditoría Superior, en términos de las<br />
disposiciones leg<strong>al</strong>es aplicables;<br />
XVII. Diseñar, en coordinación con la Dirección de Mejora Continua, los manu<strong>al</strong>es de<br />
organización y de procedimientos de la Auditoría Superior sometiéndolos a<br />
consideración del Auditor Superior;<br />
XVIII. Establecer, controlar y ev<strong>al</strong>uar el Programa Interno de Protección Civil para el<br />
person<strong>al</strong>, inst<strong>al</strong>aciones e información de la Auditoría Superior, de acuerdo a las<br />
normas aprobadas para su operación, desarrollo y vigilancia;<br />
XIX. Verificar que la información y documentación generada por la Dirección a su cargo o<br />
que se encuentre bajo su resguardo con motivo del ejercicio de sus atribuciones, se<br />
archive de conformidad con las disposiciones internas aplicables que <strong>al</strong> respecto<br />
emita;<br />
XX. S<strong>al</strong>vaguardar y controlar el archivo gener<strong>al</strong> de la Auditoría Superior, facilitando a las<br />
unidades administrativas su consulta;<br />
XXI. Acordar con el Auditor Superior la resolución de los asuntos cuya tramitación se<br />
encuentre dentro del ámbito de su competencia; y<br />
XXII. Las demás que señ<strong>al</strong>e la Ley, el presente Reglamento o el Auditor Superior.