11.05.2013 Views

LIBRO VI - Autoridad Aeronáutica Civil - Panamá

LIBRO VI - Autoridad Aeronáutica Civil - Panamá

LIBRO VI - Autoridad Aeronáutica Civil - Panamá

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

(2) Anotar en la Licencia original la nueva Habilitación de Categoría, a reserva de<br />

las condiciones prescritas en la Sección Segunda, Artículo 59 de este Libro.<br />

Artículo 57: Antes de que se expida al Solicitante una Licencia o Habilitación de Piloto,<br />

éste cumplirá con los requisitos pertinentes en materia de edad, conocimientos,<br />

experiencia, instrucción de vuelo, pericia y aptitud psicofísica estipulados para la<br />

Licencia o Habilitación en el formato que establezca la AAC.<br />

Artículo 58: El Solicitante de una Licencia o Habilitación de Piloto demostrará, del<br />

modo que determine la AAC, que cumple con los requisitos en materia de<br />

conocimientos y pericia estipulados para dicha Licencia o Habilitación.<br />

Sección Segunda<br />

Habilitaciones de Categoría<br />

Artículo 59: Las Habilitaciones de Categoría de aeronaves que se enumera en el<br />

Artículo 55 de este Libro, podrá cuando lo amerite, anotarse como Habilitación<br />

adicionales de Categoría lo que no ocurrirá cuando la Categoría se incluya en el título<br />

de la propia Licencia.<br />

Artículo 60: Toda Habilitación adicional de Categoría anotada en una Licencia de<br />

Piloto indicará el nivel de las atribuciones de la Licencia al que se otorga la Habilitación<br />

de Categoría.<br />

Artículo 61: El titular de una Licencia de Piloto que desee obtener Habilitaciones<br />

adicionales de Categoría, deberá cumplir los requisitos de este Libro pertinentes a las<br />

atribuciones respecto a las cuales desee obtener la Habilitación de Categoría.<br />

Sección Tercera<br />

Habilitaciones de Clase y de Tipo<br />

Artículo 62: Se establecerán Habilitaciones de clase para aviones certificados para<br />

operaciones con un solo Piloto y comprenderán:<br />

(1) Monomotores Terrestres.<br />

(2) Hidroaviones Monomotores.<br />

(3) Multimotores Terrestres.<br />

(4) Hidroaviones Multimotores.<br />

Se establecerán Habilitaciones de clase para giroaviones certificados para operaciones<br />

con un solo Piloto y comprenderán:<br />

(1) Helicópteros<br />

(2) Giroplanos<br />

22

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!