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RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

No.<br />

Revisión<br />

RAB - 1<br />

Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Registro de revisiones<br />

Guía de Revisiones al RAB 1<br />

Página Fecha de Aplicación Fecha de Inserción Insertado por:<br />

1 1-I al 1-III 21/04/2008<br />

1 Suparte B 21/04/2008<br />

1 1-AD 1B-1 al 1B2 21/04/2008<br />

1 1-AD 1B-29 al 1B-30 21/04/2008<br />

Original Adjunto 2B 21/04/2008<br />

21/04/2008 1-I REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Lista de páginas efectivas del RAB 1<br />

RAB – 1<br />

Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Lista de páginas efectivas<br />

Detalle Páginas Revisión Fechas<br />

SUBPARTE A<br />

REGLAS DE CONSTRUCCION<br />

SUBPARTE B<br />

DEFINICIONES<br />

ADJUNTO B-1<br />

TERMINOLOGIA<br />

ADJUNTO B-2<br />

DEFINICIONES ADICIONALES<br />

SUBPARTE C<br />

ABREVIATURAS<br />

ADJUNTO C-1<br />

ACRONIMOS<br />

SUBPARTE D<br />

SIMBOLOS<br />

ADJUNTO D-1<br />

SIMBOLOS<br />

1-A-1 a 1-A-1<br />

1-B-1 a 1-B-45<br />

1-ADJ B1-1 a 1-ADJ B1-47<br />

ORIGINAL<br />

1-ADJ B2-1 a 1-ADJ B2-7 ORIGINAL<br />

1-C-1 a 1-C-4 ORIGINAL<br />

1-ADJ C1-1 a 1-ADJ C1-35 ORIGINAL<br />

1-D-1 a 1-D-1 ORIGINAL<br />

1-ADJ D1-1 a 1--ADJ D1-4 ORIGINAL<br />

21/04/2008 1-II REVISION: 1<br />

2004<br />

1 2008<br />

ORIGINAL 2004<br />

2008<br />

2004<br />

2004<br />

2004<br />

2004


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

INDICE<br />

RAB-1<br />

Definiciones, abreviaturas y símbolos<br />

Página<br />

GUIA DE REVISIONES AL RAB 1.................................................................................... I<br />

LISTA DE PÁGINAS EFECTIVAS LPE............................................................................. II<br />

INDICE RAB 1 ............................................................................................................... III<br />

SUBPARTE A REGLAS DE CONSTRUCCION ............................................................... 1-A-1<br />

1.1 Generalidades............................................................................................................ 1-A-1<br />

1.3 Principios aplicables a la formulación de abreviaturas................................................. 1-A-1<br />

SUBPARTE B DEFINICIONES........................................................................................ 1-B-1<br />

1.5 Definiciones ............................................................................................................... 1-B-1<br />

SUBPARTE C ABREVIATURAS .....................................................................................1-C-1<br />

1.7 Abreviaturas............................................................................................................... 1-C-1<br />

SUBPARTE D SIMBOLOS .............................................................................................. 1-D-1<br />

1.9 Símbolos ............................................................................................................... 1-D-1<br />

ADJUNTO 1-B TERMINOLOGIA............................................................................... 1-AD 1B-1<br />

ADJUNTO 2-B DEFINICIONES ADICIONALES ........................................................ 1-AD 1B-1<br />

ADJUNTO 1-C ACRNIMOS ....................................................................................... 1-AD 1C-1<br />

ADJUNTO 1-D SIMBOLOS ....................................................................................... 1-AD 1D-1<br />

21/04/2008 1-III REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Subparte A: Reglas de construcción<br />

1.1 Generalidades<br />

(a) Esta Parte establece las reglas para<br />

construcción de las definiciones,<br />

abreviaturas y símbolos que deben ser<br />

utilizadas en las Regulaciones<br />

Aeronáuticas Latinoamericanas (LAR). El<br />

ordenamiento es alfabético.<br />

(b) A menos que el contexto lo requiera de<br />

otro modo:<br />

(1) las palabras escritas en singular<br />

incluyen también el plural y viceversa;<br />

(2) las palabras escritas en género<br />

masculino incluyen también el<br />

femenino;<br />

(3) la palabra:<br />

(i) “debe” “deberá” es usada en modo<br />

imperativo y excluye la discusión<br />

del cumplimiento;<br />

(ii) “puede” es usada en un modo que<br />

expresa autoridad o permiso para<br />

hacer el acto prescrito, y las<br />

palabras “ninguna persona puede,<br />

o una persona no puede” significa<br />

que ninguna persona es requerida,<br />

autorizada, o permitida a hacer el<br />

acto prescrito; e<br />

(iii) “incluye” significa “incluye pero no<br />

está limitado a”.<br />

1.3 Principios aplicables a la<br />

formulación de abreviaturas<br />

(a) Debe evitarse la asignación de más de<br />

un significado a una sola abreviatura,<br />

excepto cuando se pueda determinar<br />

razonablemente que no surgirán casos<br />

de malas interpretaciones.<br />

(b) Debe evitarse la asignación de más de<br />

una abreviatura al mismo significado,<br />

aunque se prescriba un uso diferente.<br />

(c) Las abreviaturas deben emplear la<br />

palabra o palabras raíces y deben<br />

proceder de palabras comunes a los<br />

idiomas de trabajo, aunque cuando no<br />

se pueda seguir ventajosamente este<br />

principio, la abreviatura debe<br />

corresponder al texto inglés.<br />

(d) El empleo de la forma singular o plural<br />

para el significado de una abreviatura<br />

debe seleccionarse a base de su uso<br />

más común.<br />

(e) Una abreviatura puede representar<br />

variantes gramaticales del significado<br />

básico cuando esto pueda hacerse sin<br />

riesgo de confusión y se pueda<br />

determinar la forma gramatical deseada<br />

a base del texto del mensaje.<br />

(f) Respecto a este último principio, se dan<br />

algunas variantes en ciertas abreviaturas<br />

en las que puede ser evidente cuál es la<br />

variante apropiada o aceptada.<br />

Intencionalmente en blanco<br />

01/08/2004 1-A-1 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Subparte B: Definiciones<br />

1.5 Definiciones<br />

(a) Cuando las definiciones indicadas a<br />

continuación sean empleadas en las<br />

RAB tienen los significados siguientes:<br />

(1) Accidente.- Todo suceso,<br />

relacionado con la utilización de una<br />

aeronave, que ocurre dentro del<br />

período comprendido entre el<br />

momento en que una persona entra a<br />

bordo de la aeronave, con intención<br />

de realizar un vuelo, y el momento en<br />

que todas las personas han<br />

desembarcado, durante el cual:<br />

(i) cualquier persona sufre lesiones<br />

mortales o graves a consecuencia<br />

de:<br />

(A) hallarse en la aeronave, o<br />

(B) por contacto directo con<br />

cualquier parte de la aeronave,<br />

incluso las partes que se hayan<br />

desprendido de la aeronave, o<br />

(C) por exposición directa al chorro<br />

de un reactor, excepto cuando<br />

las lesiones obedezcan a<br />

causas naturales, se las haya<br />

causado una persona a sí<br />

misma o hayan sido causadas<br />

por otras personas o se trate<br />

de lesiones sufridas por<br />

pasajeros clan- destinos<br />

escondidos fuera de las áreas<br />

destinadas normalmente a los<br />

pasajeros y la tripulación; o<br />

(ii) la aeronave sufre daños o roturas<br />

estructurales que:<br />

(A) afectan adversamente su<br />

resistencia estructural, su<br />

performance o sus<br />

características de vuelo, y<br />

(B) normalmente exigen una<br />

reparación importante o el<br />

recambio del componente<br />

afectado, excepto por falla o<br />

daños del motor, cuando el<br />

daño se limita al motor, su capó<br />

o sus accesorios; o por daños<br />

limitados en las hélices,<br />

extremos de ala, antenas,<br />

neumáticos, frenos o carenas,<br />

pequeñas abolladuras o<br />

perforaciones en el<br />

revestimiento de la aeronave; o<br />

(iii) la aeronave desaparece o es<br />

totalmente inaccesible.<br />

Nota 1.— Para uniformidad estadística únicamente,<br />

toda lesión que ocasione la muerte dentro de los 30<br />

días contados a partir de la fecha en que ocurrió el<br />

accidente. Se clasifica como lesión mortal.<br />

Nota 2.— Una aeronave se considera desaparecida<br />

cuando se da por terminada la búsqueda oficial y no se<br />

han localizado los restos.<br />

(2) Actuación humana. Capacidades y<br />

limitaciones humanas que repercuten<br />

en la seguridad y eficiencia de las<br />

operaciones aeronáuticas.<br />

(3) Acuerdo ADS.- Plan de notificación<br />

ADS que rige las condiciones de<br />

notificación de datos ADS (o sea,<br />

aquellos que exige la dependencia de<br />

servicios de tránsito aéreo , así como<br />

la frecuencia de dichas notificaciones,<br />

que deben de acordarse antes de<br />

proporcionarse los servicios ADS)<br />

Nota.- Las condiciones del acuerdo se establece<br />

entre el sistema terrestre y la aeronave por medio<br />

de un contrato o una serie de contratos.<br />

(4) Aerodino. Toda aeronave que,<br />

principalmente, se sostiene en el aire<br />

en virtud de fuerzas aerodinámicas.<br />

(5) Aeródromo.- Área definida de tierra<br />

o de agua (que incluye todas sus<br />

edificaciones, instalaciones y<br />

equipos) destinada total o<br />

parcialmente a la llegada, salida y<br />

movimiento en superficie de<br />

aeronaves.<br />

(6) Aeródromo controlado.- Aeródromo<br />

en el que se facilita servicio de control<br />

de tránsito aéreo para el tránsito del<br />

aeródromo.<br />

Nota.— La expresión "aeródromo controlado" indica<br />

que se facilita el servicio de control de tránsito para el<br />

21/04/2008 1-B-1 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

tránsito del aeródromo, pero no implica que tenga que<br />

existir necesaria- mente una zona de control.<br />

(7) Aeródromo de alternativa.-<br />

Aeródromo al que podría dirigirse una<br />

aeronave cuando fuera imposible o<br />

no fuera aconsejable dirigirse al<br />

aeródromo de aterrizaje previsto o<br />

aterrizar en el mismo. Existen los<br />

siguientes tipos de aeródromos de<br />

alternativa:<br />

(8) Aeródromo de alternativa<br />

postdespegue.- Aeródromo de<br />

alternativa en el que podría aterrizar<br />

una aeronave si esto fuera necesario<br />

poco después del despegue y no<br />

fuera posible utilizar el aeródromo de<br />

salida.<br />

(9) Aeródromo de alternativa en ruta.-<br />

Aeródromo en el que podría aterrizar<br />

una aeronave si ésta experimentara<br />

condiciones no normales o de<br />

emergencia en ruta.<br />

(10) Aeródromo de alternativa en ruta<br />

para ETOPS.- Aeródromo de<br />

alternativa adecuado en el que podría<br />

aterrizar un avión con dos grupos<br />

motores de turbina si se le apagara el<br />

motor o si experimentara otras<br />

condiciones no normales o de<br />

emergencia en ruta en una operación<br />

ETOPS.<br />

(11) Aeródromo de alternativa de<br />

destino.- Aeródromo de alternativa al<br />

que podría dirigirse una aeronave si<br />

fuera imposible o no fuera<br />

aconsejable aterrizar en el aeródromo<br />

de aterrizaje previsto.<br />

Nota.— El aeródromo del que despega un vuelo<br />

también puede ser aeródromo de alternativa en ruta o<br />

aeródromo de alternativa de destino para dicho vuelo.<br />

(12) Aeródromo de alternativa<br />

adecuado.- Aeródromo en que puede<br />

cumplirse con los requisitos de<br />

performance de aterrizaje y que<br />

según lo previsto estará disponible,<br />

de ser necesario, además de contar<br />

con las instalaciones y los servicios<br />

necesarios tales como control de<br />

tránsito aéreo, iluminación,<br />

comunicaciones, servicios<br />

meteorológicos, ayuda para la<br />

navegación, servicios de salvamento<br />

y de extinción de incendio y un<br />

procedimiento apropiado de<br />

aproximación por instrumentos.<br />

(13) Aeródromo de alternativa<br />

apropiado.- Aeródromo adecuado en<br />

que, para la hora prevista de su<br />

utilización, los informes<br />

meteorológicos o pronóstico o<br />

cualquier combinación de los mismos<br />

indican que las condiciones<br />

meteorológicas corresponderán o<br />

estarán por encima de los mínimos de<br />

utilización de aeródromo y para los<br />

que los informes de la condición de la<br />

superficie de pista indican que será<br />

posible realizar un aterrizaje seguro.<br />

(14) Aeronave.- Toda máquina que<br />

puede sustentarse en la atmósfera<br />

por reacciones del aire que no sean<br />

las reacciones de la misma contra la<br />

superficie de la tierra.<br />

(15) Aeronave (categoría de).-<br />

Clasificación de las aeronaves de<br />

acuerdo con características básicas<br />

especificadas, por ejemplo: avión.<br />

Helicóptero, planeador, globo libre<br />

(16) Aeronave (clase de).- Clasificación<br />

de una aeronave dentro de la<br />

categoría, teniendo en cuenta sus<br />

características operacionales, por<br />

ejemplo: monomotor, multimotor, etc.<br />

(17) Aeronave certificada para volar<br />

con un solo piloto.- Tipo de<br />

aeronave que el Estado de matrícula<br />

ha determinado, durante el proceso<br />

de certificación, que puede volar en<br />

condiciones de seguridad con una<br />

tripulación mínima de un piloto.<br />

(18) Aeronave de búsqueda y<br />

salvamento.- Aeronave dotada de<br />

equipo especializado que permita que<br />

se lleve a cabo eficazmente las<br />

misiones de búsqueda y salvamento.<br />

(19) Aeronave de carga.- Toda<br />

aeronave, distinta de la de pasajeros,<br />

que transporta mercancías o bienes<br />

tangibles.<br />

21/04/2008 1-B-2 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(20) Aeronave de pasajeros.- Toda<br />

aeronave que transporte personas<br />

que no sean miembros de la<br />

tripulación, empleados de explotador<br />

que vuelen por razones de trabajo,<br />

representantes autorizados de las<br />

autoridades nacionales competentes<br />

o acompañantes de algún envío u<br />

otra carga.<br />

(21) Aeronotificación.- Informe de una<br />

aeronave en vuelo preparado de<br />

conformidad con los requisitos de<br />

notificación de posición y de<br />

información operacional o<br />

meteorológica.<br />

(22) Aeropuerto Internacional. Todo<br />

aeropuerto designado por el Estado<br />

contratante en cuyo territorio está<br />

situado, como puerto de entrada o<br />

salida para el tráfico aéreo<br />

internacional, donde se llevan a cabo<br />

los trámites de aduanas, inmigración,<br />

salud pública, reglamentación<br />

veterinaria y fitosanitaria, y<br />

procedimientos similares.<br />

(23) Aerostato.- Toda aeronave que,<br />

principalmente, se sostiene en el aire<br />

en virtud de su fuerza ascensional.<br />

(24) Aerovía.- Área de control o parte de<br />

ella dispuesta en forma de corredor.<br />

(25) Agente acreditado. Agente,<br />

expedidor de carga o cualquier otra<br />

entidad que mantiene relaciones<br />

comerciales con un explotador y<br />

proporciona controles de seguridad,<br />

que están aceptados o son exigidos<br />

por la autoridad competente con<br />

respecto a la carga, las encomiendas<br />

de mensajerías y por expreso o el<br />

correo.<br />

(26) Alcance visual en la pista (RVR).-<br />

Distancia hasta la cual el piloto de<br />

una aeronave que se encuentra sobre<br />

el eje de una pista puede ver las<br />

señales de superficie de la pista o las<br />

luces que la delimitan o que señalan<br />

su eje.<br />

(27) ALERFA.- Palabra clave utilizada<br />

para designar una fase de alerta.<br />

(28) Altitud.- Distancia vertical entre un<br />

nivel, punto u objeto considerado<br />

como punto, y el nivel medio del mar<br />

(MSL).<br />

(29) Altitud de decisión (DA) o altura<br />

de decisión (DH).- Altitud o altura<br />

especificada en la aproximación de<br />

precisión o en la aproximación con<br />

guía vertical, a la cual debe iniciarse<br />

una maniobra de aproximación<br />

frustrada si no se ha establecido la<br />

referencia visual requerida para<br />

continuar la aproximación.<br />

Nota 1.- Para la altitud de decisión (DA) se toma<br />

como referencia el nivel medio del mar y para la<br />

altura de decisión (DH), la elevación del umbral.<br />

Nota 2.- La referencia visual requerida significa<br />

aquella sección de las ayudas visuales o del área<br />

de aproximación que debería haber estado a la<br />

vista durante tiempo suficiente para que el piloto<br />

pudiera hacer una evaluación de la posición y de la<br />

rapidez del cambio de posición de la aeronave, en<br />

relación con la trayectoria de vuelo deseada. En<br />

operaciones de Categoría III con altura de decisión,<br />

la referencia visual requerida es aquella<br />

especificada para el procedimiento y operación<br />

particulares.<br />

Nota 3.- Cuando se utilicen estas dos expresiones,<br />

pueden citarse convenientemente como<br />

“altitud/altura de decisión” y abreviarse en la forma<br />

“DA/H”.<br />

(30) Altitud de franqueamiento de<br />

obstáculos (OCA) o altura de<br />

franqueamiento de obstáculos<br />

(OCH).- La altitud más baja o la altura<br />

más baja por encima de la elevación<br />

del umbral de la pista pertinente o por<br />

encima de la elevación del<br />

aeródromo, según corresponda,<br />

utilizada para respetar los<br />

correspondientes criterios de<br />

franqueamiento de obstáculos.<br />

Nota 1.- Para la altitud de franqueamiento de<br />

obstáculos se toma como referencia el nivel medio<br />

del mar y para la altura de franqueamiento de<br />

obstáculos, la elevación del umbral, o en el caso de<br />

aproximaciones que no son de precisión, la<br />

elevación del aeródromo o la elevación del umbral,<br />

si éste estuviera a más de 2 m (7ft) por debajo de<br />

la elevación del aeródromo. Para la altura de<br />

franqueamiento de obstáculos en aproximaciones<br />

en circuito se toma como referencia la elevación del<br />

aeródromo.<br />

Nota 2.- Cuando se utilicen estas dos expresiones,<br />

pueden citarse convenientemente como<br />

21/04/2008 1-B-3 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

“altitud/altura de franqueamiento de obstáculos” y<br />

abreviarse en la forma “OCA/H”.<br />

(31) Altitud de presión. Expresión de la<br />

presión atmosférica mediante la<br />

altitud que corresponde a esa presión<br />

en la atmósfera tipo.<br />

(32) Altitud de transición. Altitud a la<br />

cual, o por debajo de la cual, se<br />

controla la posición vertical de una<br />

aeronave por referencia a altitudes.<br />

(33) Altitud mínima de descenso<br />

(MDA) o altura mínima de descenso<br />

(MDH). Altitud o altura especificada<br />

en una aproximación que no sea de<br />

precisión o en una aproximación en<br />

circuito, por debajo de la cual no debe<br />

efectuarse el descenso sin la<br />

referencia visual requerida.<br />

Nota 1.- Para la altitud mínima de descenso (MDA) se<br />

toma como referencia el nivel medio del mar y para la<br />

altura mínima de descenso (MDH), la elevación del<br />

aeródromo o la elevación del umbral, si éste estuviera<br />

a más de 2 m ( 7 ft) por debajo de la elevación de<br />

aeródromo. Para la altura mínima de descenso en<br />

aproximaciones, en circuito se toma como referencia la<br />

elevación del aeródromo.<br />

Nota 2.- La referencia visual requerida significa aquella<br />

sección de las ayudas visuales o del área de<br />

aproximación que debería haber estado a la vista<br />

durante tiempo suficiente para que el piloto pudiera<br />

hacer una evaluación de la posición y de la rapidez del<br />

cambio de posición de la aeronave, en relación con la<br />

trayectoria del vuelo deseada. En el caso de la<br />

aproximación en circuito, la referencia visual requerida<br />

es el entorno de la pista.<br />

Nota 3.- cuando se utilicen estas dos expresiones,<br />

pueden citarse convenientemente como “altitud/altura<br />

mínima de descenso” y abreviarse en la forma<br />

“MDA/H”.<br />

(34) Altitud mínima de sector. La altitud<br />

más baja que puede usarse en<br />

condiciones de emergencia y que<br />

permite conservar un margen vertical<br />

mínimo de 300 m (1 000 ft), sobre<br />

todos los obstáculos situados en un<br />

área comprendida dentro de un sector<br />

circular de 46 km (25 NM) de radio,<br />

centrado en una radioayuda para la<br />

navegación.<br />

(35) Altura.- Distancia vertical entre un<br />

nivel, punto u objeto considerado<br />

como punto, y una referencia<br />

especificada.<br />

(36) Altura elipsoidal (altura<br />

geodésica). La altura relativa al<br />

elipsoide de referencia, medida a lo<br />

largo de la normal elipsoidal exterior<br />

por el punto en cuestión.<br />

(37) Altura ortométrica. Altura de un<br />

punto relativa al geoide, que se<br />

expresa generalmente como una<br />

elevación MSL.<br />

(38) Amaraje forzoso. Descenso<br />

forzoso de una aeronave en el agua.<br />

(39) Amperio (A). El amperio es la<br />

corriente eléctrica constante que,<br />

mantenida en dos conductores<br />

paralelos, rectilíneos de longitud<br />

infinita, de sección circular<br />

despreciable y ubicados a una<br />

distancia de 1 metro entre sí, en el<br />

vacío, produce entre estos dos<br />

conductores una fuerza igual a 2 x<br />

10-7 newtones por metro de longitud.<br />

(40) Análisis de datos de vuelo.<br />

Proceso para analizar los datos de<br />

vuelo registrados a fin de mejorar la<br />

seguridad de las operaciones de<br />

vuelo.<br />

(41) Ángulos de cobertura.-<br />

(i) El ángulo de cobertura A es el<br />

formado por dos planos<br />

verticales que se cortan,<br />

formando ángulos de 70° a la<br />

derecha y 70° a la izquierda,<br />

respectivamente, con el plano<br />

vertical que pasa por el eje<br />

longitudinal cuando se mira<br />

hacia atrás a lo largo del eje<br />

longitudinal.<br />

(ii) El ángulo de cobertura F es el<br />

formado por dos planos<br />

verticales que se cortan,<br />

formando ángulos de 110°o a la<br />

derecha y 110° o a la izquierda,<br />

respectivamente, con el plano<br />

vertical que pasa por el eje<br />

longitudinal cuando se mira<br />

hacia delante a lo largo del eje<br />

longitudinal.<br />

21/04/2008 1-B-4 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(iii) El ángulo de cobertura L es el<br />

formado por dos planos<br />

verticales que se cortan, uno de<br />

ellos paralelo al eje longitudinal<br />

del avión y el otro, 110° a la<br />

izquierda del primer, cuando se<br />

mira hacia adelante a lo largo del<br />

eje longitudinal.<br />

(iv) El ángulo de cobertura R es el<br />

formado por dos planos<br />

verticales que se cortan, uno de<br />

ellos paralelo al eje longitudinal<br />

del avión y el otro 110° o a la<br />

derecha del primero, cuando se<br />

mira hacia adelante a lo largo del<br />

eje longitudinal.<br />

(42) Apartadero de espera. Área<br />

definida en la que puede detenerse<br />

una aeronave, para esperar o dejar<br />

paso a otras, con objeto de facilitar el<br />

movimiento eficiente de la circulación<br />

de las aeronaves en tierra.<br />

(43) Aprobado. Aceptado por un Estado<br />

contratante, por ser idóneo para un fin<br />

determinado.<br />

(44) Aproximación final.- Parte de un<br />

procedimiento de aproximación por<br />

instrumentos que se inicia en el punto<br />

o referencia de aproximación final<br />

determinado o, cuando no se haya<br />

determinado dicho punto o dicha<br />

referencia;<br />

(i) al final del último viraje<br />

reglamentario, viraje de base o<br />

viraje de acercamiento de un<br />

procedimiento en hipódromo, si<br />

se especifica uno; o<br />

(ii) en el punto de interceptación de<br />

la última trayectoria especificada<br />

del procedimiento de<br />

aproximación;<br />

(iii) y que finaliza en un punto en las<br />

inmediaciones del aeródromo<br />

desde el cual:<br />

(A) puede efectuarse un aterrizaje;<br />

o bien<br />

(B) se inicia un procedimiento de<br />

aproximación frustrada.<br />

(45) Aproximaciones paralelas<br />

dependientes. Aproximaciones<br />

simultáneas a pistas de vuelo por<br />

instrumentos, paralelas o casi<br />

paralelas, cuando se prescriben<br />

mínimos de separación radas entre<br />

aeronaves situadas en las<br />

prolongaciones de ejes de pista<br />

adyacentes.<br />

(46) Aproximaciones paralelas<br />

independientes. Aproximaciones<br />

simultáneas a pistas de vuelo por<br />

instrumentos, paralelas o casi<br />

paralelas, cuando no se prescriben<br />

mínimos de separación radar entre<br />

aeronaves situadas en las<br />

prolongaciones de ejes de pista<br />

adyacentes.<br />

(47) Área congestionada.- En relación<br />

con una ciudad, aldea o población,<br />

toda área muy utilizada para fines<br />

residenciales, comerciales o<br />

recreativos.<br />

(48) Área de aproximación final y<br />

despegue (FATO). Área definida en<br />

la que termina la fase final de la<br />

maniobra de aproximación hasta el<br />

vuelo estacionario o el aterrizaje y a<br />

partir de la cual empieza la maniobra<br />

de despegue. Cuando la FATO está<br />

destinada a helicópteros de Clase de<br />

performance 1, el área definida<br />

comprenderá el área de despegue<br />

interrumpido disponible.<br />

(49) Área de aterrizaje. Parte del área<br />

de movimiento destinado al aterrizaje<br />

o despegue de aeronaves.<br />

(50) Área de control.- Espacio aéreo<br />

controlado que se extiende hacia<br />

arriba desde un límite especificado<br />

sobre el terreno.<br />

(51) Área de control terminal.- Área de<br />

control establecida general- mente en<br />

la confluencia de rutas ATS en las<br />

inmediaciones de uno o más<br />

aeródromos principales.<br />

21/04/2008 1-B-5 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(52) Área de deshielo/antihielo.- Área<br />

que comprende una parte interior<br />

donde se estaciona el avión que está<br />

por recibir el tratamiento de<br />

deshilo/antihielo y una parte exterior<br />

para maniobrar con dos o más<br />

unidades móviles de equipo de<br />

deshielo/antihielo.<br />

(53) Área de maniobras.- Parte del<br />

aeródromo que ha de utilizarse para<br />

el despegue, aterrizaje y rodaje de<br />

aeronaves, excluyendo las<br />

plataformas.<br />

(54) Área de movimiento.- Parte del<br />

aeródromo que ha de utilizarse para<br />

el despegue, aterrizaje y rodaje de<br />

aeronaves, integrada por el área de<br />

maniobras y las plataformas.<br />

(55) Área de seguridad de extremo de<br />

pista (RESA). Área simétrica<br />

respecto a la prolongación del eje de<br />

la pista y adyacente al extremo de la<br />

franja, cuyo objeto principal consiste<br />

en reducir el riesgo de daños a un<br />

avión que efectúe un aterrizaje<br />

demasiado corto o un aterrizaje<br />

demasiado largo.<br />

(56) Área de señales. Área de un<br />

aeródromo utilizada para exhibir<br />

señales terrestres.<br />

(57) Área de toma de contacto y de<br />

elevación inicial (TLOF). Área<br />

reforzada que permite la toma de<br />

contacto o la elevación inicial de los<br />

helicópteros.<br />

(58) Arreglos de tránsito aéreo.<br />

Arreglos especiales, aprobados por<br />

las autoridades competentes,<br />

mediante los cuales el tráfico que se<br />

detiene sólo brevemente a su paso<br />

por el Estado contratante, puede<br />

permanecer bajo la jurisdicción<br />

inmediata de dichas autoridades.<br />

(59) Ascenso en crucero. Técnica de<br />

crucero de un avión, que resulta en<br />

un incremento neto de altitud a<br />

medida que disminuye la masa del<br />

avión.<br />

(60) Asesor.- Persona nombrada por un<br />

Estado, en razón de sus<br />

calificaciones, para los fines de<br />

ayudar a su representante acreditado<br />

en las tareas de investigación.<br />

(61) Asesoramiento anticolisión.-<br />

Asesoramiento prestado por una<br />

dependencia de servicios de tránsito<br />

aéreo, con indicación de maniobras<br />

específicas para ayudar al piloto a<br />

evitar una colisión.<br />

(62) Aterrizaje interrumpido.- Maniobra<br />

de aterrizaje que se suspende de<br />

manera inesperada en cualquier<br />

punto por debajo de la altitud/altura<br />

de franqueamiento de obstáculos<br />

(OCA/H).<br />

(63) Atmósfera tipo. Una atmósfera<br />

definida como sigue:<br />

(i) el aire es un gas perfecto seco;<br />

(ii) las constantes físicas son:<br />

(C) Masa molar media al nivel de<br />

mar:<br />

Mo = 28.964420x10 -3 Kg mol -1<br />

(D) Presión atmosférica al nivel del<br />

mar:<br />

Po = 1013,251,13.25 hPa<br />

(E) Temperatura al nivel del mar:<br />

To = 15° C<br />

To = 288,15K<br />

(F) Densidad atmosférica al nivel<br />

del mar:<br />

ρo = 1,2250 Kg/m -3<br />

(G) Temperatura de fusión del<br />

hielo:<br />

Ti = 273.15K<br />

(H) Constante universal de los<br />

gases perfectos:<br />

R* = 8,31432 JK -1 mol -1<br />

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RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Altitud geopotencial<br />

(Km)<br />

de a<br />

(I) Los gradientes térmicos son:<br />

Gradiente térmico (Kelvin por<br />

Km geopotencial patrón)<br />

-5,0 11,0 -6,5<br />

11,0 20,0 0,0<br />

20,0 32,0 +1,0<br />

32,0 47,0 +2,8<br />

47,0 5,.0 0,0<br />

51,0 7,.0 -2,8<br />

71,0 80,0 -2.0<br />

Nota 1.-El metro geopotencial patrón vale 9,80665 m²<br />

s-².<br />

Nota 2.- Véase el Doc 7488 de OACI para la relación<br />

entre las variables y para las tablas que dan los valores<br />

correspondientes de temperatura, presión, densidad y<br />

geopotencial.<br />

Nota 3.- El Doc 7488 de OACI da también peso<br />

específico, viscosidad dinámica, viscosidad cinemática<br />

y velocidad del sonido a varias altitudes.<br />

(64) Autoridad ATS competente.-<br />

Autoridad apropiada designada por el<br />

Estado responsable de proporcionar<br />

los servicios de tránsito aéreo en el<br />

espacio aéreo de que se trate.<br />

(65) Autoridad competente.-<br />

(i) En cuanto a los vuelos sobre alta<br />

mar: la autoridad apropiada del<br />

Estado de matrícula; y<br />

(ii) En cuanto a los vuelos que no<br />

sean sobre alta mar: la autoridad<br />

apropiada del Estado que tenga<br />

soberanía sobre el territorio<br />

sobrevolado.<br />

(66) Autoridad de registro de marca<br />

común. La autoridad que mantiene el<br />

registro no nacional o, cuando sea<br />

apropiado, la parte del mismo en la<br />

que se inscriben las aeronaves de un<br />

organismo internacional de<br />

explotación.<br />

(67) Autoridad meteorológica.<br />

Autoridad que, en nombre de un<br />

Estado contratante, suministra o hace<br />

arreglos para que se suministre<br />

servicio meteorológico para la<br />

navegación aérea internacional.<br />

(68) Autoridad otorgadora de<br />

licencias. Autoridad, designada por<br />

el Estado contratante, encargada del<br />

otorgamiento de licencias a los<br />

interesados.<br />

Nota.- En las disposiciones del Anexo 1 al Convenio<br />

sobre aviación civil internacional. Se considera que el<br />

Estado contratante ha encargado de lo siguiente a la<br />

autoridad otorgadora de licencias:<br />

1. evaluar la idoneidad del candidato para ser titular de<br />

una licencia o habilitación;<br />

2. expedir y anotar licencias y habilitaciones;<br />

3. designar y autorizar a las personas aprobadas;<br />

4. aprobar los cursos de instrucción;<br />

5. aprobar el uso de dispositivos de instrucción<br />

para simulación de vuelo y autorizar para dicho<br />

uso con objeto de adquirir la experiencia o<br />

demostrar la pericia exigida para la expedición de<br />

una licencia o habilitación; y<br />

6. convalidar las licencias expedidas por otros<br />

Estados contratantes<br />

(69) Autorización anticipada.-<br />

Autorización otorgada a una aeronave<br />

por una dependencia de control de<br />

tránsito aéreo que no es la autoridad<br />

de control actual respecto a dicha<br />

aeronave.<br />

(70) Autorización del control de<br />

tránsito aéreo.- Autorización para<br />

que una aeronave proceda en<br />

condiciones especificadas por una<br />

dependencia de control de tránsito<br />

aéreo.<br />

(i) Por razones de comodidad, la<br />

expresión "autorización del<br />

control de tránsito aéreo" suele<br />

utilizarse en la forma abreviada<br />

de "autorización" cuando el<br />

contexto lo permite.<br />

21/04/2008 1-B-7 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(ii) La forma abreviada<br />

"autorización" puede ir seguida<br />

de las palabras<br />

"de rodaje", "de despegue", "de<br />

salida", "en ruta", "de aproximación"<br />

o "de aterrizaje", para indicar la<br />

parte concreta del vuelo a que se<br />

refiere.<br />

(71) Avanzado. Se dice que ningún<br />

avión que se halle sobre la superficie<br />

del agua está “avanzado” cuando se<br />

halla en movimiento y tiene una<br />

velocidad respecto al agua.<br />

(72) Avión (aeroplano). Aerodino<br />

propulsado por motor, que debe su<br />

sustentación en vuelo principalmente<br />

a reacciones aerodinámicas ejercidas<br />

sobre superficies que permanecen<br />

fijas en determinadas condiciones de<br />

vuelo.<br />

(73) Avión Grande. Avión cuya masa<br />

máxima certificada de despegue es<br />

superior a 12.500 libras / 5.700 kg.<br />

(74) Avión Pequeño. Avión cuya masa<br />

máxima certificada de despegue es<br />

de 5,700 kg o menos.<br />

(75) Aviónica de a bordo. Expresión<br />

que designa todo dispositivo<br />

electrónico y su parte eléctrica<br />

utilizado a bordo de las aeronaves,<br />

incluyendo las instalaciones de radio,<br />

los mandos de vuelo automáticos y<br />

los sistemas de instrumentos.<br />

(76) Avión Subsónico. Avión incapaz de<br />

mantener el vuelo horizontal a<br />

velocidades que excedan la Mach 1.<br />

(77) Bajo Mando. Se dice que un avión<br />

que se halle sobre la superficie del<br />

agua está “bajo mando”, cuando<br />

puede ejecutar las maniobras<br />

exigidas por el Reglamento<br />

internacional para prevenir los<br />

abordajes en el mar, a fin de evitar<br />

otras naves.<br />

Nota.- Esto se refiere primordialmente a los datos<br />

almacenados electrónicamente y con acceso por<br />

computadora y no a archivos de registros físicos.<br />

(78) Base de datos.- Uno o varios<br />

archivos de datos estructurados de<br />

manera que pueden extraerse datos<br />

de los archivos para aplicaciones<br />

apropiadas y actualizarlos.<br />

(79) Bacquerel (bq).- La actividad de un<br />

radionúclido que sufre una transición<br />

nuclear espontánea por segundo.<br />

(80) Boletín de información previa al<br />

vuelo (PIB).- Forma de presentar<br />

información NOTAM vigente,<br />

preparada antes del vuelo, que sea<br />

de importancia para las operaciones.<br />

(81) Boletín meteorológico.- Texto que<br />

contiene información meteorológica<br />

precedida de un encabezamiento<br />

adecuado.<br />

(82) Baliza.- Objeto expuesto sobre el<br />

nivel del terreno para indicar un<br />

obstáculo o trazar un límite.<br />

(83) Brigada de salvamento.- Unidad<br />

compuesta por personal competente<br />

y dotada de equipo apropiado, para<br />

ejecutar con rapidez la búsqueda y<br />

salvamento.<br />

(84) Bulto.- El producto final de la<br />

operación de empacado, que<br />

comprende el embalaje en sí y su<br />

contenido preparado en forma idónea<br />

para el transporte.<br />

(85) Calidad.- Todas las características<br />

de una entidad que se refieren a su<br />

capacidad para satisfacer<br />

necesidades establecidas e<br />

implícitas.<br />

(86) Calidad de los datos.- Grado o<br />

novel de confianza de que los datos<br />

proporcionados satisfarán los<br />

requisitos del usuario de datos en lo<br />

que se refiere a exactitud, resolución<br />

e integridad.<br />

(87) Calle de rodaje.- Vía definida en un<br />

aeródromo terrestre establecida para<br />

el rodaje de aeronaves y destinada a<br />

proporcionar enlace entre una y otra<br />

parte del aeródromo incluyendo:<br />

21/04/2008 1-B-8 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(i) Calle de acceso al puesto de<br />

estacionamiento de aeronave.<br />

La parte de una plataforma<br />

designada como calle de rodaje<br />

y destinada a proporcionar<br />

acceso a los puestos de<br />

estacionamiento de aeronaves<br />

solamente.<br />

(ii) Calle de rodaje en la plataforma.<br />

La parte de un sistema de calles<br />

de rodaje situada en una<br />

plataforma y destinada a<br />

proporcionar una vía para el<br />

rodaje a través de la plataforma.<br />

(iii) Calle de salida rápida. Calle de<br />

rodaje que se une a una pista en<br />

un ángulo agudo y esta<br />

proyectada de modo que<br />

permita a los aviones que<br />

aterrizan virar a velocidades<br />

mayores que las que se logran<br />

en otras calles de rodaje de<br />

salida y logrando así que la pista<br />

este ocupada el mínimo tiempo<br />

posible.<br />

(88) Calle de rodaje aéreo.- Trayectoria<br />

definida sobre la superficie destinada<br />

al rodaje aéreo de los helicópteros.<br />

(89) Capa de transición.- Espacio aéreo<br />

entre la altitud de transición y el nivel<br />

de transición.<br />

(90) Candela (cd). Es la intensidad<br />

luminosa en la dirección<br />

perpendicular, de una superficie de<br />

1/600,000 metro cuadrado de un<br />

cuerpo negro, a la temperatura de<br />

solidificación del platino, a la presión<br />

de 101 325 Newton’s por metro<br />

cuadrado.<br />

(91) Capacidad declarada.- Medida de<br />

la capacidad del sistema ATC o<br />

cualquiera de sus subsistemas o<br />

puestos de trabajo para proporcionar<br />

servicio a las aeronaves durante el<br />

desarrollo de las actividades<br />

normales. Se expresa como el<br />

número de aeronaves que entran a<br />

una porción concreta de' espacio<br />

aéreo en un período determinado,<br />

teniendo debida- mente en cuenta las<br />

condiciones meteorológicas, la<br />

configuración de la dependencia ATC,<br />

su personal y equipo disponible, y<br />

cualquier otro factor que pueda<br />

afectar al volumen de trabajo del<br />

controlador responsable del espacio<br />

aéreo.<br />

(92) Carga.- Todos los bienes que se<br />

transporten en una aeronave, excepto<br />

el correo, los suministros y el equipaje<br />

acompañado o extraviado.<br />

(93) Carga de rotura. La carga límite<br />

multiplicada por el coeficiente de<br />

seguridad apropiado.<br />

(94) Cargas límites. Cargas máximas<br />

que se supone se presentan en las<br />

condiciones previstas de utilización.<br />

(95) Carta aeronáutica. Representación<br />

de una porción de la tierra, su relieve<br />

y construcciones, diseñada<br />

especialmente para satisfacer los<br />

requisitos de la navegación aérea.<br />

(96) Categoría del vuelo. Indicación<br />

respecto a si las dependencias de los<br />

servicios de tránsito aéreo deben<br />

conceder o no trato especial a una<br />

aeronave dada.<br />

(97) Causas. Acciones, omisiones,<br />

acontecimiento, condiciones o una<br />

combinación de estos factores que<br />

determinen el accidente o incidente.<br />

(98) Centro coordinador de<br />

salvamento.- Dependencia<br />

encargada de promover la buena<br />

organización de los servicios de<br />

búsqueda y salvamento y de<br />

coordinar la ejecución de las<br />

operaciones de búsqueda y<br />

salvamento dentro de una región de<br />

búsqueda y salvamento.<br />

(99) Centro de avisos de cenizas<br />

volcánicas (VAAC).- Centro<br />

meteorológico designado en virtud de<br />

un acuerdo regional de navegación<br />

aérea para proporcionar a las oficinas<br />

21/04/2008 1-B-9 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

de vigilancia meteorológica, centros<br />

de control de área,<br />

centros de información de vuelo, centros<br />

mundiales de pronósticos de área,<br />

centros regionales de pronósticos de<br />

área pertinentes y bancos<br />

internacionales de datos OPMET,<br />

información de asesoramiento sobre la<br />

extensión lateral y vertical y el<br />

movimiento pronosticado de las cenizas<br />

volcánicas en la atmósfera después de<br />

las erupciones volcánicas.<br />

(100) (TCAC).- Centro meteorológico<br />

designado en virtud de un acuerdo<br />

regional de navegación aérea para<br />

proporcionar a las oficinas de<br />

vigilancia meteorológica información<br />

de asesoramiento sobre la posición,<br />

la dirección y la velocidad de<br />

movimiento pronosticadas, la presión<br />

central y el viento máximo en la<br />

superficie de los ciclones tropicales.<br />

(101) Centro de control de área.-<br />

Dependencia establecida para facilitar<br />

servicio de control de tránsito aéreo a<br />

los vuelos controlados en las áreas<br />

de control bajo su jurisdicción.<br />

(102) Centro de información de vuelo.-<br />

Dependencia establecida para facilitar<br />

servicio de información de vuelo y<br />

servicio de alerta.<br />

(103) Centro mundial de pronósticos<br />

de área (WAFC).- Centro<br />

meteorológico designado para<br />

prepara y proporcionar pronósticos<br />

del tiempo significativo y en altitud en<br />

forma digital o en forma gráfica a<br />

escala mundial a los centros<br />

regionales de pronósticos de área, y<br />

directamente a los Estados mediante<br />

medios apropiados como parte del<br />

servicio fijo aeronáutico.<br />

(104) Centro regional de pronósticos<br />

de área (RAFC). Centro<br />

meteorológico designado para<br />

preparar y proporcionar pronósticos<br />

del tiempo significativo y mapas de<br />

vientos y temperaturas en altitud para<br />

los vuelos que salen de los<br />

aeródromos de su zona de servicio,<br />

así como los datos reticulares en<br />

forma digital hasta la cobertura<br />

mundial.<br />

(105) Certificado de aeródromo.<br />

Certificado atorgado por la autoridad<br />

competente de conformidad con las<br />

normas aplicables a la explotación de<br />

aeródromos.<br />

(106) Certificado de explotador de<br />

servicios aéreos (AOC). Certificado<br />

por el que se autoriza a un explotador<br />

a realizar determinadas operaciones<br />

de transporte aéreo comercial.<br />

(107) Certificado de Tipo (CT).-<br />

Documento expedido por un Estado<br />

contratante para definir el diseño de<br />

un tipo de aeronave y certificar que<br />

dicho diseño satisface los requisitos<br />

pertinentes de aeronavegabilidad del<br />

Estado.<br />

(108) Certificar la aeronavegabilidad.-<br />

Certificar que una aeronave o partes<br />

de la misma se ajustan a los<br />

requisitos de aeronavegabilidad<br />

vigentes, después de haber efectuado<br />

el mantenimiento de la aeronave o de<br />

partes de la misma.<br />

(109) Ciclón tropical.- Término genérico<br />

que designa un ciclón de escala<br />

sinóptica no frontal que se origina<br />

sobre las aguas tropicales o<br />

subtropicales y presenta una<br />

convección organizada y una<br />

circulación ciclónica caracterizada por<br />

el viento en la superficie.<br />

(110) Circuito de rodaje de<br />

aeródromo.- Trayectoria<br />

especificada que deben seguir las<br />

aeronaves en el área de maniobras,<br />

mientras prevalezcan determinadas<br />

condiciones de viento.<br />

(111) Circuito de tránsito de<br />

aeródromo.- Trayectoria<br />

especificada que deben seguir las<br />

aeronaves al evolucionar en las<br />

inmediaciones de un aeródromo.<br />

(112) Circuito oral directo ATS.-<br />

Circuito telefónico del servicio fijo<br />

21/04/2008 1-B-10 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

aeronáutico (AFS), para el<br />

intercambio directo de información<br />

entre las dependencias de los<br />

servicios de tránsito aéreo (ATS).<br />

(113) Circular de Información<br />

Aeronáutica.- Aviso que contiene<br />

información que no requiere la<br />

emisión de un NOTAM ni la inclusión<br />

en la AIP, pero relacionada con la<br />

seguridad del vuelo, la navegación<br />

aérea, o asuntos de carácter técnico,<br />

administrativo o legislativo.<br />

(114) Clases de espacio aéreo de los<br />

servicios de tránsito aéreo.- Partes<br />

del espacio aéreo de dimensiones<br />

definidas, designadas<br />

alfabéticamente, dentro de las cuales<br />

pueden realizarse tipos de vuelos<br />

específicos y para las que se<br />

especifican los servicios de tránsito<br />

aéreo y las reglas de operación.<br />

Nota.— El espacio aéreo ATS se clasifica en Clases A<br />

a G.<br />

(115) Coeficiente de seguridad. Factor<br />

de cálculo que se emplea para prever<br />

la posibilidad de que puedan<br />

producirse cargas superiores a las<br />

supuestas y para tomar en<br />

consideración las incertidumbres de<br />

cálculo y fabricación.<br />

(116) Coeficiente de utilización. El<br />

porcentaje de tiempo durante el cual<br />

el uso de una pista o sistema de<br />

pistas no está limitado por la<br />

componente transversal del viento.<br />

Nota.- Componente transversal del viento<br />

significa la componente del viento en la<br />

superficie que es perpendicular del eje de la<br />

pista.<br />

(117) Comunicación aeronáutica<br />

administrativa. Comunicaciones<br />

utilizadas por las empresas/<br />

explotadores aeronáuticas para los<br />

aspectos comerciales de explotación<br />

de sus vuelos y servicios de<br />

transporte. Esta comunicación se<br />

utiliza con diversos fines, tales como<br />

vuelos y transporte terrestre, reserva,<br />

despliegue de tripulación y aeronaves<br />

o cualesquiera otros fines logísticos<br />

que permitan mantener o mejorar la<br />

eficiencia de operación global de los<br />

vuelos.<br />

(118) Comunicación aeronáutica de<br />

los pasajeros (APC). Comunicación<br />

de voz y datos relacionadas con<br />

servicios ajenos a la seguridad que se<br />

ofrece a los pasajeros y a los<br />

miembros de la tripulación para<br />

comunicaciones privadas.<br />

(119) Comunicación aeroterrestre.-<br />

Comunicación en ambos sentidos<br />

entre las aeronaves y las estaciones<br />

o puntos situados en la superficie de<br />

la tierra.<br />

(120) Comunicación ATC (ATSC).<br />

Comunicación relacionada con los<br />

servicios de tránsito aéreo,<br />

comprendido el control de tránsito<br />

aéreo, la información aeronáutica y<br />

meteorológica, la notificación de<br />

posición y los servicios relacionados<br />

con seguridad y regularidad de los<br />

vuelos. En esta comunicación<br />

interviene una o varias<br />

administraciones de servicios de<br />

tránsito aéreo. Estos términos se<br />

utilizan con fines de administración de<br />

direcciones.<br />

(121) Comunicación de aire a tierra. -<br />

Comunicación en un solo sentido, de<br />

las aeronaves a las estaciones o<br />

puntos situados en la superficie de la<br />

tierra.<br />

(122) Comunicación de tierra a aire.-<br />

Comunicación en un solo sentido, de<br />

las estaciones o puntos situados en la<br />

superficie de la tierra a las aeronaves.<br />

(123) Comunicación entre centros<br />

(ICC).- ICC es una comunicación de<br />

datos entre dependencia de ATS en<br />

apoyo a los servicios de ATS, tales<br />

como notificación, coordinación,<br />

transferencia de control, planificación<br />

de los vuelos, gestión del espacio<br />

aéreo y gestión de afluencia del<br />

tránsito aéreo.<br />

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RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(124) Comunicación interpiloto aireaire.<br />

Comunicación en ambos<br />

sentidos por el canal aire-aire<br />

designado para que, en vuelos sobre<br />

áreas remotas y oceánicas, las<br />

aeronaves que estén fuera del<br />

alcance de estaciones terrestres VHF<br />

puedan intercambiar información<br />

operacional necesaria y para facilitar<br />

la resolución de dificultades<br />

operacionales.<br />

(125) Comunicación del control de<br />

operaciones. Comunicaciones<br />

necesarias para ejercer la autoridad<br />

respecto a la iniciación, continuación,<br />

desviación o terminación de un vuelo,<br />

en interés de la seguridad de la<br />

aeronave y de la regularidad y<br />

eficacia de un vuelo.<br />

Nota.- Tales comunicaciones son normalmente<br />

necesarias para el intercambio de mensajes entre las<br />

aeronaves y las empresas explotadoras de aeronaves.<br />

(126) Comunicaciones "en<br />

conferencia".- Instalaciones de<br />

comunicaciones por las que se<br />

pueden llevar a cabo comunicaciones<br />

orales directas entre tres o más<br />

lugares simultánea- mente.<br />

(127) Comunicaciones impresas.-<br />

Comunicaciones que facilitan<br />

automáticamente en cada una de las<br />

terminales de un circuito una<br />

constancia impresa de todos los<br />

mensajes que pasan por dicho<br />

circuito.<br />

(128) Comunicaciones por enlace de<br />

datos controlador-piloto. (CPDLC).-<br />

Comunicación entre el controlador y<br />

el piloto por medio de enlace de datos<br />

para las comunicaciones ATC.<br />

(129) Comunicaciones por enlace de<br />

datos.- Forma de comunicación<br />

destinada al intercambio de mensajes<br />

mediante enlace de datos.<br />

(130) Condiciones de utilización<br />

previstas. Las condiciones conocidas<br />

por la experiencia obtenida o que de<br />

un modo razonable puede preverse<br />

que se produzcan durante la vida de<br />

servicio de la aeronave, teniendo en<br />

cuenta la utilización para la cual la<br />

aeronave se ha declarado elegible.<br />

Estas condiciones se refieren al<br />

estado meteorológico de la<br />

atmósfera, a la configuración del<br />

terreno, al funcionamiento de la<br />

aeronave, a la eficiencia del personal<br />

y a todos los demás factores que<br />

afectan a la seguridad de vuelo. Las<br />

condiciones de utilización previstas<br />

no incluyen:<br />

(i) Las condiciones extremas que<br />

pueden evitarse de un modo<br />

efectivo por medio de<br />

procedimientos de utilización; y<br />

(ii) Las condiciones extremas que<br />

se presentan con tan poca<br />

frecuencia, que exigir el<br />

cumplimiento de las normas en<br />

tales condiciones equivaldría a<br />

un nivel más elevado de<br />

aeronavegabilidad que el que la<br />

experiencia ha demostrado<br />

necesario y factible<br />

(131) Condiciones meteorológicas de<br />

vuelo por instrumentos (IMC).-<br />

Condiciones meteorológicas<br />

expresadas en términos de visibilidad,<br />

distancia desde las nubes y techo de<br />

nubes, inferiores a los mínimos<br />

especificados para las condiciones<br />

meteorológicas de vuelo visual.<br />

Nota.- Los mínimos especificados para las<br />

condiciones meteorológicas de vuelo visual figuran<br />

en el capítulo 4 del Anexo 2 al convenio sobre<br />

aviación civil internacional.<br />

(132) Condiciones meteorológicas de<br />

vuelo visual (VMC).- Condiciones<br />

meteorológicas expresadas en<br />

términos de visibilidad, distancia<br />

desde las nubes y techo de nubes,<br />

iguales o mejores que los mínimos<br />

especificados.<br />

Nota.- Los Mínimos especificados<br />

figuran en el Capítulo 4 del Anexo 2 al<br />

convenio sobre aviación civil<br />

internacional.<br />

21/04/2008 1-B-12 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(133) Configuración (aplicada al<br />

avión). Combinación especial de las<br />

posiciones de los elementos móviles,<br />

tales como flaps, tren de aterrizaje,<br />

etc., que influyen en las<br />

características aerodinámicas del<br />

avión.<br />

(134) Conformidad de mantenimiento.<br />

Documento por el que se certifica que<br />

los trabajos de mantenimiento a los<br />

que se refiere han sido concluidos de<br />

manera satisfactoria, bien sea de<br />

conformidad con los datos aprobados<br />

y los procedimientos descritos en el<br />

manual de procedimientos del<br />

organismo de mantenimiento o según<br />

un sistema equivalente.<br />

(135) Contrato ADS. Medio que permite<br />

al sistema de tierra y a la aeronave<br />

establecer las condiciones de un<br />

acuerdo ADS, en el cual se indican<br />

las condiciones en que han de<br />

iniciarse los informes ADS, así como<br />

los datos que deben figurar en los<br />

mismos.<br />

Nota.- El termino “contrato ADS” es genérico y<br />

significa, según sea el caso, contrato ADS<br />

relacionado con un suceso, contrato de solicitud<br />

ADS, contrato ADS periódico o modo de<br />

emergencia. Puede implantarse transmisión<br />

terrestre de informes ADS entre sistemas<br />

terrestres.<br />

(136) Control de Calidad.- Es el<br />

proceso de regulación, a través del<br />

cual se puede medir la calidad real,<br />

compararla con las normas y actuar<br />

sobre la diferencia. Constituyen las<br />

técnica operacionales y actividades<br />

utilizadas para cumplimentar los<br />

requisitos de calidad.<br />

(137) Control de operaciones.- La<br />

autoridad ejercida respecto a la<br />

iniciación, continuación, desviación o<br />

terminación de un vuelo en interés de<br />

la seguridad de la aeronave y de la<br />

regularidad y eficacia del vuelo.<br />

(138) Control de las operaciones<br />

aeronáuticas (AOC).-<br />

Comunicaciones necesarias para<br />

ejercer la autoridad respecto a la<br />

iniciación, continuación, desviación o<br />

terminación de un vuelo, por razones<br />

de seguridad, regularidad y eficiencia.<br />

(139) Controlador de tránsito aéreo<br />

habilitado.- Controlador de tránsito<br />

aéreo titular de licencia y de<br />

habilitaciones válidas, apropiadas<br />

para el ejercicio de sus atribuciones.<br />

(140) Control de seguridad.- Medios<br />

para evitar que se introduzcan armas,<br />

explosivos u otros dispositivos<br />

peligrosos que pudieran utilizarse<br />

para cometer actos de interferencia<br />

ilícita.<br />

(141) Convalidación (de un certificado<br />

de aeronavegabilidad).- La<br />

resolución tomada por un Estado<br />

contratante, como alternativa al<br />

otorgamiento de su propio certificado<br />

de aeronavegabilidad de aceptar el<br />

certificado concedido por cualquier<br />

otro Estado contratante,<br />

equiparándolo al suyo propio.<br />

(142) Convalidación (de una licencia).-<br />

Medida tomada por un Estado contratante,<br />

mediante la cual, en vez de<br />

otorgar su propia licencia, reconoce<br />

como equivalente a la suya propia, la<br />

otorgada por otro Estado contratante.<br />

(143) Copiloto.- Piloto titular de licencia,<br />

que presta servicios de pilotaje sin<br />

estar al mando de la aeronave, a<br />

excepción del piloto que vaya a bordo<br />

de la aeronave con el único fin de<br />

recibir instrucciones de vuelo.<br />

(144) Correo.- Despachos de<br />

correspondencia y otros artículos que<br />

los servicios postales presentan con<br />

el fin de que se entreguen a otros<br />

servicios postales, conforme a las<br />

normas de la Unión Postal Universal<br />

(UPU).<br />

(145) Culombio.- La cantidad de<br />

electricidad transportada en un<br />

segundo por una corriente de un<br />

amperio.<br />

(146) Datos aeronáuticos.-<br />

Representación de los hechos,<br />

conceptos o instrucciones<br />

21/04/2008 1-B-13 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

aeronáuticos de manera formalizada<br />

que permita que se comuniquen,<br />

interprete o procesen.<br />

(147) De reserva.- Periodo definido<br />

durante el cual un miembro de la<br />

tripulación puede ser convocado para<br />

el servicio dentro de un plazo mínimo.<br />

(148) Declinación magnética.-<br />

Diferencia angular entre el norte<br />

geográfico y el norte magnético.<br />

(149) Declinación de la estación.-<br />

Variación de alineación entre el radial<br />

de cero grados del VOR y el norte<br />

verdadero, determinada en el<br />

momento de calibrar la estación VOR.<br />

(150) Dependencia aceptante.-<br />

Dependencia de control de tránsito<br />

aéreo que va a hacerse cargo del<br />

control de una aeronave.<br />

(151) Dependencia de control de<br />

aproximación.- Dependencia<br />

establecida para facilitar servicio de<br />

control de tránsito aéreo a los vuelos<br />

controlados que lleguen a uno o más<br />

aeródromos o salgan de ellos.<br />

(152) Dependencia de control de<br />

tránsito aéreo.- Expresión genérica<br />

que se aplica, según el caso, a un<br />

centro de control de área, a una<br />

dependencia de control de<br />

aproximación o a una torre de control<br />

de aeródromo.<br />

(153) Dependencia de los servicios de<br />

búsqueda y salvamento.- Expresión<br />

genética que significa, según el caso,<br />

centro coordinador de salvamento,<br />

subcentro de salvamento o puesto de<br />

alerta.<br />

(154) Dependencia de servicios de<br />

tránsito aéreo.- Expresión genérica<br />

que se aplica, según el caso, a una<br />

dependencia de control de tránsito<br />

aéreo, a un centro de información de<br />

vuelo o a una oficina de notificación<br />

de los servicios de tránsito aéreo.<br />

(155) Dependencia transferidora.-<br />

Dependencia de control de tránsito<br />

aéreo que está en vías de transferir la<br />

responsabilidad por el suministro de<br />

servicio de control de tránsito aéreo a<br />

una aeronave, a la dependencia de<br />

control de tránsito aéreo que le sigue<br />

a lo largo de la ruta de vuelo.<br />

(156) Derrota.- Proyección sobre la<br />

superficie terrestre de la trayectoria<br />

de una aeronave, cuya dirección en<br />

cualquier punto se expresa<br />

generalmente en grados a partir del<br />

norte (geográfico, magnético o de la<br />

cuadrícula).<br />

(157) Desembarque.- Acto de salir de<br />

una aeronave después del aterrizaje,<br />

exceptuados los tripulantes o<br />

pasajeros que continúen el viaje<br />

durante las siguiente etapa del mismo<br />

vuelo directo.<br />

(158) DETRESFA.- Palabra clave<br />

utilizada para designar una fase de<br />

peligro.<br />

(159) Dictamen médico acreditado.- La<br />

conclusión a que han llegado uno o<br />

más expertos médicos aceptados por<br />

la autoridad otorgadora de licencias<br />

para los fines del caso de que se<br />

trate, en consulta con expertos en<br />

operaciones de vuelo u otros<br />

especialistas según sea necesario.<br />

(160) Dirigible.- Aeronave de motor<br />

más liviana que el aire<br />

(161) Distancias declaradas.- Recorrido<br />

de despegue disponible (TORA). La<br />

longitud de la pista que se ha<br />

declarado disponible y adecuada para<br />

el recorrido en tierra de un avión que<br />

despegue.<br />

(162) Directiva de aeronavegabilidad.-<br />

Documento emitido por la AAC, de<br />

carácter mandatario que indica los<br />

productos aeronáuticos en los que<br />

existe una condición que pone en<br />

peligro la seguridad y/o en los que es<br />

probable que exista tal condición o<br />

que surjan en otros productos del<br />

mismo diseño de tipo. En la AD se<br />

21/04/2008 1-B-14 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

establece la acción, método,<br />

procedimiento, condiciones o<br />

limitaciones que es necesario aplicar<br />

a los productos aeronáuticos en los<br />

cuales existe una condición de<br />

inseguridad, con el objeto de<br />

preservar su aeronavegabilidad.<br />

(163) Distancia de aceleración-parada<br />

disponible (ASDA).- La longitud del<br />

recorrido de despegue disponible mas<br />

la longitud de la zona de parada, si la<br />

misma esta declarada disponible por<br />

la autoridad apropiada y es capaz de<br />

soportar la masa del avión en las<br />

condiciones de operación<br />

prevalecientes.<br />

(164) Distancia de aterrizaje<br />

disponible (LDA).- La longitud de la<br />

pista que es declarada disponible por<br />

la autoridad apropiada y que es<br />

adecuada para el recorrido en tierra<br />

de un avión que aterrice.<br />

(165) Distancia de aterrizaje requerida<br />

(DLRH).- Distancia horizontal<br />

requerida para aterrizar y detenerse<br />

completamente a partir de un punto a<br />

10,7 m (35 ft) por encima de la<br />

superficie de aterrizaje.<br />

(166) Distancia de despegue<br />

disponible (TODA).- Longitud del<br />

recorrido de despegue disponible mas<br />

la longitud de la zona libre de<br />

obstáculos, si la hubiera.<br />

(167) Distancia de despegue<br />

disponible (TODAH).- La longitud del<br />

área de aproximación final y de<br />

despegue mas la longitud de la zona<br />

libre de obstáculos para helicópteros<br />

(si existiera), que se haya declarado<br />

disponible y adecuada para que los<br />

helicópteros completen el despegue.<br />

(168) Distancia de despegue<br />

interrumpido requerida (RTODR).-<br />

Distancia horizontal requerida a partir<br />

del comienzo del despegue y hasta el<br />

punto en que el helicóptero se detiene<br />

completamente después de una falla<br />

de un grupo motor y de la interrupción<br />

del despegue en el punto de decisión<br />

para el despegue.<br />

(169) Distancia de despegue requerida<br />

(TODRH).- Distancia horizontal<br />

requerida a partir del comienzo del<br />

despegue y hasta el punto al cual se<br />

logran la velocidad VTOSS una altura<br />

de 10,7 m (35 ft) sobre la superficie<br />

de despegue y una pendiente positiva<br />

de ascenso, después de la falla del<br />

grupo motor critico en el punto TDP,<br />

funcionando los grupos motores<br />

restantes dentro de los limites de<br />

utilización aprobados.<br />

(170) Distancia DR.- DR es la distancia<br />

horizontal que el helicóptero ha<br />

recorrido desde el extremo de la<br />

distancia de despegue disponible.<br />

(171) Distancia geodésica.- La<br />

distancia mas corta entre dos puntos<br />

cualesquiera de una superficie<br />

elipsoidal definida matemáticamente.<br />

(172) Documentación de vuelo.-<br />

Documentos escritos o impresos,<br />

incluyendo mapas o formularios, que<br />

contienen información meteorológica<br />

para un vuelo.<br />

(173) Documentación integrada de<br />

información aeronáutica.- Un<br />

conjunto de documentos que<br />

comprende los siguientes elementos:<br />

(i) AIP, con las enmiendas<br />

correspondientes;<br />

(ii) Suplementos de la AIP;<br />

(iii) NOTAM y boletines de<br />

información previa al vuelo (PIB);<br />

(iv) Listas de verificación y<br />

resúmenes.<br />

(174) Documentos de los explotadores<br />

/ operadores.- (Véase “documentos<br />

de las líneas aéreas y de los<br />

explotadores”).<br />

(175) Duración total prevista.- En el<br />

caso de los vuelos IFR, el tiempo que<br />

se estima necesario a partir del<br />

momento del despegue para llegar al<br />

punto designado, definido con<br />

relación a las ayudas para la<br />

21/04/2008 1-B-15 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

navegación, desde el cual se tiene la<br />

intención de iniciar un procedimiento<br />

de aproximación por instrumentos o,<br />

si no existen ayudas para la<br />

navegación asociadas con el<br />

aeródromo de destino, para llegar a la<br />

vertical de dicho aeródromo, En el<br />

caso de los vuelos VFR, el tiempo<br />

que se estima necesario a partir del<br />

momento del despegue para llegar a<br />

la vertical del aeródromo de destino.<br />

(176) Eje longitudinal del avión.- Es el<br />

eje que se elija paralelo a la dirección<br />

de vuelo a la velocidad normal de<br />

crucero, y que pase por el centro de<br />

gravedad del avión.<br />

(177) Elevación.- Distancia vertical entre<br />

un punto o un nivel de la superficie de<br />

la tierra, o unido a ella, y el nivel<br />

medio del mar.<br />

(178) Elevación del aeródromo.- La<br />

elevación del punto mas alto del área<br />

de aterrizaje.<br />

(179) Embalaje.- Los recipientes y<br />

demás componentes o materiales<br />

necesarios para que el recipiente sea<br />

idóneo a su función de contención.<br />

Nota.- Para el material radioactivo, véase la Parte 2,<br />

7.2 de las Instrucciones Técnicas.<br />

(180) Embarque.- Acto de subir a bordo<br />

de una aeronave con objeto de<br />

comenzar un vuelo, exceptuados<br />

aquellos tripulantes o pasajeros que<br />

hayan embarcado en una de las<br />

etapas anteriores del mismo vuelo<br />

directo.<br />

(181) Empresa explotadora de<br />

aeronave.- Persona, organismo o<br />

empresa que se dedica o que<br />

propone dedicarse a la explotación de<br />

aeronaves.<br />

(182) En movimiento.- Se dice que un<br />

avión que se halle sobre la superficie<br />

del agua esta “en movimiento”<br />

cuando no esta varado ni amarrado a<br />

tierra ni a ningún objeto fijo en tierra o<br />

en el agua.<br />

(183) Dispositivo de Instrucción para<br />

Simulación de vuelo.-Cualquiera de<br />

los tres tipos de aparatos que a<br />

continuación se describen, en los<br />

cuales se simulan en tierra las<br />

condiciones de vuelo:<br />

(i) Simulador de vuelo, que<br />

proporciona una representación<br />

exacta del puesto de pilotaje de<br />

un tipo particular de aeronave,<br />

hasta el punto de que simula<br />

positivamente las funciones de<br />

los mandos de las instalaciones<br />

y sistemas mecánicos,<br />

eléctricos, electrónicos, etc. de a<br />

bordo, el medio ambiente normal<br />

de los miembros de la tripulación<br />

de vuelo, y la performance y las<br />

características de vuelo de ese<br />

tipo de aeronave;<br />

(ii) Entrenador para procedimientos<br />

de vuelo, que reproduce con<br />

toda fidelidad el medio ambiente<br />

del puesto de pilotaje y que<br />

simula las indicaciones de lo<br />

instrumentos, las funciones<br />

simples de los mandos de las<br />

instalaciones y sistemas<br />

mecánicos, eléctricos, etc; de<br />

abordo y la performance y las<br />

características de las aeronaves<br />

de una clase determinada.<br />

(iii) Entrenador básico de vuelo por<br />

instrumentos que está equipado<br />

con los instrumentos apropiados,<br />

y que simula el medio ambiente<br />

del puesto de pilotaje de una<br />

aeronave en vuelo, en<br />

condiciones de vuelo por<br />

instrumentos.<br />

(184) Equipaje.- Artículos de propiedad<br />

personal de los pasajeros o<br />

tripulantes que se llevan en la<br />

aeronave mediante convenio con el<br />

explotador.<br />

(185) Equipaje no identificado.- El<br />

equipaje que se encuentre en un<br />

aeropuerto, con o sin etiqueta, que<br />

ningún pasajero recoja en el<br />

aeropuerto o cuyo propietario no<br />

puede ser identificado.<br />

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RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(186) Equipo de aeronave.- Artículos,<br />

incluso el botiquín de primeros<br />

auxilios y el equipaje para<br />

supervivientes, así como provisiones<br />

transportadas a bordo, que no sean<br />

repuestos ni suministros, y que se<br />

utilizan a bordo de las aeronaves<br />

durante el vuelo.<br />

(187) Equipo externo (helicóptero).-<br />

Todo instrumento, mecanismo, pieza,<br />

aparato, aditamento o accesorio que<br />

esta sujetado al exterior del<br />

helicóptero o pende del mismo pero<br />

que no se utiliza ni esta previsto que<br />

se utilice para operar o controlar un<br />

helicóptero en vuelo y no forma parte<br />

de la célula o el motor.<br />

(188) Equipo terrestre.- Artículos<br />

especiales que se usan para el<br />

mantenimiento, reparación y servicio<br />

de las aeronaves en tierra, incluso los<br />

aparatos comprobadores y los<br />

elementos utilizados para el<br />

embarque y desembarque de<br />

pasajeros y carga.<br />

(189) Espacio aéreo con servicio de<br />

asesoramiento.- Espacio aéreo de<br />

dimensiones definidas, o ruta<br />

designada, dentro de los cuales se<br />

proporciona servicio de<br />

asesoramiento de tránsito aéreo.<br />

(190) Espacio aéreo controlado.-<br />

Espacio aéreo de dimensiones<br />

definidas dentro del cual se facilita<br />

servicio de control de tránsito aéreo,<br />

de conformidad con la clasificación<br />

del espacio aéreo.<br />

Nota.- Espacio aéreo controlado es una<br />

expresión genérica que abarca las clases A,<br />

B, C, D y E del espacio aéreo ATS,<br />

descritas en el Anexo 11, 2, y 6.<br />

(191) Estación aeronáutica (RR<br />

S1.81).- Estación terrestre del servicio<br />

móvil aeronáutico. En ciertos casos,<br />

una estación aeronáutica puede estar<br />

instalada, por ejemplo, a bordo de un<br />

barco o de una plataforma sobre el<br />

mar.<br />

(192) Estación de radio de control<br />

aeroterrestre.- Estación de<br />

telecomunicaciones aeronáuticas<br />

que, como principal responsabilidad,<br />

tiene a su cargo las comunicaciones<br />

relativas a la operación y control de<br />

aeronaves en determinada área.<br />

(193) Estación de telecomunicaciones<br />

aeronáuticas.- Estación del servicio<br />

de telecomunicaciones aeronáuticas.<br />

(194) Estación meteorológica<br />

aeronáutica.- Estación designada<br />

para hacer observaciones e informes<br />

meteorológicos para uso en la<br />

navegación aérea internacional.<br />

(195) Estado de diseño.- El Estado que<br />

tiene jurisdicción sobre la entidad<br />

responsable del diseño de tipo.<br />

(196) Estado de fabricación.- El Estado<br />

que tiene jurisdicción sobre la entidad<br />

responsable del montaje final de la<br />

aeronave.<br />

(197) Estado de matrícula. El Estado en<br />

cuyo registro está inscrita la<br />

aeronave.<br />

Nota.- En el caso de matrícula de aeronaves de una<br />

agencia internacional de explotación sobre una base<br />

que no sea nacional, los Estados que constituyan la<br />

agencia están obligados conjunta y solidariamente a<br />

asumir las obligaciones que, en virtud del Convenio de<br />

Chicago, corresponden al Estado de matrícula. Véase<br />

al respecto la resolución del Consejo del 14 de<br />

diciembre de 1967, sobre nacionalidad y matrícula de<br />

aeronaves explotadas por agencias internacionales de<br />

explotación que figura en los Criterios y texto de<br />

orientación sobre la reglamentación económica del<br />

transporte aéreo internacional (Doc 9587 de OACI).<br />

(198) Estado del explotador.- Estado<br />

en el que está ubicada la oficina<br />

principal del explotador o, de no<br />

haber tal oficina, la residencia<br />

permanente del explotador.<br />

(199) Estado del suceso.- Estado en<br />

cuyo territorio se produce un<br />

accidente o incidente.<br />

(200) Estándar aprobado.- Estándar de<br />

fabricación, diseño, mantenimiento o<br />

calidad aprobado / aceptado por la<br />

AAC.<br />

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RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(201) Estructura de aeronaves.-<br />

Significa el fuselaje, con sus<br />

componentes (largueros, larguerillos,<br />

costillas, mamparos, nacelas, etc.);<br />

las superficies aerodinámicas<br />

(incluyendo rotores, pero excluyendo<br />

hélices y planos aerodinámicos,<br />

rotativos de motores) y tren de<br />

aterrizaje con sus accesorios y<br />

controles.<br />

(202) Etapa.- Ruta o parte de una ruta<br />

que se recorre sin aterrizaje<br />

intermedio.<br />

(203) Evaluación completa de la<br />

dependencia ATS.- Evaluación<br />

completa de la dependencia ATS que<br />

se conduce en el sitio utilizando la<br />

lista de verificación nacional para<br />

evaluar el desempeño de la<br />

dependencia ATS en todas las áreas.<br />

(204) Exactitud.- Grado de conformidad<br />

entre el valor estimado o medio y el<br />

valor real. Habitualmente se presenta<br />

la exactitud de performance de la<br />

radionavegación como medida<br />

estadística de errores del sistema y<br />

se especifica como:<br />

(i) Previsible. La exactitud de una<br />

posición en relación con las<br />

coordenadas geográficas o<br />

geodésicas de la tierra;<br />

(ii) Relativa. La exactitud con la que<br />

un usuario puede determinar una<br />

posición respecto a otra<br />

posición, sin considerar los<br />

errores en sus posiciones<br />

verdaderas; y<br />

(iii) Replicable. La exactitud con la<br />

que un usuario puede volver a<br />

una posición cuyas coordenadas<br />

han sido medidas en un tiempo<br />

anterior con el mismo sistema de<br />

navegación.<br />

Nota.- En la medición de los datos de posición, la<br />

exactitud se expresa normalmente en términos de<br />

valores de distancia respecto a una posición ya<br />

determinada, dentro de los cuales se situara la posición<br />

verdadera con un nivel de probabilidad definido.<br />

(205) Explotador / Operador.- Persona,<br />

organismo o empresa que se dedica,<br />

o propone dedicarse a la explotación<br />

de aeronaves.<br />

(206) Factor de carga.- La relación entre<br />

una carga especificada y el peso de<br />

la aeronave, expresándose la carga<br />

especificada en función de las fuerzas<br />

aerodinámicas, fuerzas de inercia o<br />

reacciones por choque con el terreno.<br />

(207) Faradio (E).- Capacidad de un<br />

condensador entre cuyas placas<br />

aparece una diferencia de potencia<br />

de 1 voltio cuando esta cargado con<br />

una cantidad de electricidad igual a 1<br />

culombio.<br />

(208) Fase de alerta.- Situación en la<br />

cual se abriga temor por la seguridad<br />

de una aeronave y de sus ocupantes.<br />

(209) Fase de aproximación.- Aquella<br />

fase de utilización definida por el<br />

tiempo durante el cual el motor<br />

funciona en la modalidad de<br />

aproximación.<br />

(210) Fase de aproximación y<br />

aterrizaje – helicópteros.- Parte del<br />

vuelo a partir de 300 m (1.000 ft)<br />

sobre la elevación de la FATO, si se<br />

ha previsto que el vuelo exceda de<br />

esa altura, o bien a partir del<br />

comienzo del descenso en los demás<br />

casos, hasta el aterrizaje o hasta el<br />

punto de aterrizaje interrumpido.<br />

(211) Fase de ascenso.- Aquella fase<br />

definida por el tiempo durante el cual<br />

el motor funciona en la modalidad de<br />

ascenso.<br />

(212) Fase de despegue.- Aquella fase<br />

de utilización definida por el tiempo<br />

durante el cual el motor funciona en<br />

régimen de potencia nominal, la<br />

aeronave el motor, o componente en<br />

cuestión se ajusta a las exigencias<br />

correspondientes al tipo de aeronave,<br />

motor o componente de que se trata,<br />

o la fecha de libramiento de algún<br />

documento análogo.<br />

21/04/2008 1-B-18 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(213) Fase de despegue y ascenso<br />

inicial.- Parte del vuelo a partir del<br />

comienzo del despegue hasta 300 m<br />

(1000 ft) sobre la elevación de la<br />

FATO, si se ha previsto que el vuelo<br />

exceda de esa altura o hasta el fin del<br />

ascenso en los demás casos.<br />

(214) Fase de emergencia.- Expresión<br />

genérica que significa, según el caso,<br />

fase de incertidumbre, fase de alerta<br />

o fase de peligro.<br />

(215) Fase de incertidumbre.- Situación<br />

en la cual existe duda acerca de la<br />

seguridad de una aeronave y de sus<br />

ocupantes.<br />

(216) Fase de peligro.- Situación en la<br />

cual existen motivos justificados para<br />

creer que una aeronave y sus<br />

ocupantes están amenazados por un<br />

peligro grave e inminente y necesitan<br />

auxilio inmediato.<br />

Nota.- Cuando no pueda asegurarse visualmente un<br />

franqueamiento suficiente de obstáculos, los vuelos<br />

deben planificarse de modo que aseguren el<br />

franqueamiento de obstáculos por un margen<br />

apropiado. En caso de avería del grupo motor critico,<br />

es posible que los explotadores tengan que adoptar<br />

otros procedimientos.<br />

(217) Firmar una conformidad (visto<br />

bueno) de mantenimiento.-<br />

Certificar que el trabajo de<br />

mantenimiento se ha completado<br />

satisfactoriamente, de acuerdo con<br />

las normas de aeronavegabilidad<br />

aplicables, para lo cual se expide la<br />

conformidad (visto bueno) de<br />

mantenimiento de que trata el Anexo<br />

6.<br />

(218) Flete (Charter).- Asegurar por<br />

contrato la utilización total y exclusiva<br />

de una aeronve.<br />

(219) Franja de calle de rodaje.- Zona<br />

que incluye una calle de rodaje<br />

destinada a proteger a una aeronave<br />

que este operando en ella y a reducir<br />

el riesgo de daño en caso de que<br />

accidentalmente se salga de esta.<br />

(220) Franja de pista.- Una superficie<br />

definida que comprende la pista y la<br />

zona de parada, si la hubiese,<br />

destinada a;<br />

(i) Reducir el riesgo de daños a las<br />

aeronaves que se salgan de la<br />

pista; y<br />

(ii) Proteger a las aeronaves que la<br />

sobrevuelan durante las<br />

operaciones de despegue o<br />

aterrizaje.<br />

(221) Garantía de calidad.- Todas las<br />

actividades planificadas y<br />

sistemáticamente realizadas dentro el<br />

sistema de calidad que se ha<br />

demostrado que son necesarias para<br />

proporcionar una confianza adecuada<br />

de que la entidad cumplirá con los<br />

requisitos de calidad.<br />

(222) Gestión de afluencia del tránsito<br />

aéreo (ATFM).- Servicio establecido<br />

con el objetivo de contribuir a una<br />

circulación segura, ordenada y<br />

expedita del tránsito aéreo<br />

asegurando que se utiliza al máximo<br />

posible la capacidad ATC, y que el<br />

volumen de tránsito es compatible<br />

con las capacidades declaradas por<br />

la autoridad ATS competente.<br />

(223) Gestión de la calidad.- Todas las<br />

actividades de la función de gestión<br />

global que determinan las políticas,<br />

los objetivos y las responsabilidades<br />

en materia de calidad, y su aplicación<br />

mediante la planificación, el control, la<br />

garantía y el perfeccionamiento de la<br />

calidad en el marco del sistema de<br />

calidad.<br />

(224) Giroavión.- Aerodino propulsado<br />

mecánicamente, que se mantiene en<br />

vuelo en virtud de la reacción del aire<br />

sobre uno o más rotores<br />

(225) Giroplano.- Aerodino que se<br />

mantiene en vuelo en virtud de la<br />

reacción del aire sobre uno o más<br />

rotores, que giran libremente<br />

alrededor de ejes verticales o casi<br />

verticales.<br />

21/04/2008 1-B-19 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(226) Globo.- Aeróstato no propulsado<br />

por motor<br />

Nota.- A los efectos de este Anexo, esta definición<br />

se aplica a los globos libres.<br />

(227) Globo libre no tripulado.-<br />

Aeróstato sin tripulación propulsado<br />

por medios no mecánicos, en vuelo<br />

libre.<br />

Nota.- Los globos libres no tripulados se clasifican<br />

como pesados, medianos o ligeros<br />

(228) Grado Celsius (˚C).- Nombre<br />

especial con que se designa la unidad<br />

Kelvin para utilizarla en la expresión<br />

de valores de temperatura Celsius.<br />

(229) Gray (Gv).- La energia entegada<br />

por radiación ionizante a una masa de<br />

materia correspondiente a un (1) julio<br />

por kilogramo.<br />

(230) Grupo auxiliar de energía (APU).-<br />

Unidad autónoma de energía en una<br />

aeronave, que se utiliza para<br />

proporcionar energía eléctrica y<br />

neumática a los sistemas de<br />

aeronaves durante las operaciones<br />

en tierra.<br />

(231) Grupo motor.- Conjunto<br />

compuesto de uno o más motores y<br />

elementos auxiliares, que juntos son<br />

necesarios para producir tracción,<br />

independientemente del<br />

funcionamiento continuo de cualquier<br />

otro grupo motor o grupos motores,<br />

pero que no incluye los dispositivos<br />

que produzcan tracción durante<br />

cortos períodos.<br />

(232) Grupo motor crítico.- El grupo<br />

motor cuya falla produce el efecto<br />

más adverso en las características de<br />

la aeronave relacionadas con el caso<br />

de vuelo de que se trate.<br />

Nota: En algunas aeronaves puede haber más de<br />

un grupo motor igualmente crítico. En ese caso, la<br />

expresión “el grupo motor crítico” significa uno de<br />

esos motores críticos.<br />

(233) Habilitación.- Autorización inscrita<br />

en una licencia o asociada con ella y<br />

de la cual forma parte en la que se<br />

especifican condiciones especiales,<br />

atribuciones o restricciones referentes<br />

a dicha licencia<br />

(234) Helicóptero.- Aerodino que se<br />

mantiene en vuelo principalmente en<br />

virtud de la reacción del aire sobre<br />

uno o más rotores propulsados por<br />

motor que giran alrededor de ejes<br />

verticales o casi verticales.<br />

(235) Helicóptero de Clase de<br />

performance 1.- Helicóptero cuya<br />

performance, en caso de falla de<br />

motor, puede aterrizar en la zona de<br />

despegue interrumpido o continuar el<br />

vuelo en condiciones de seguridad<br />

hasta un área de aterrizaje apropiada.<br />

(236) Helicóptero de Clase de<br />

performance 2.- Helicóptero con<br />

performance tal que, en caso de falla<br />

de motor, puede continuar el vuelo<br />

en condiciones de seguridad, salvo<br />

cuando la falla tiene lugar antes de un<br />

punto definido después del despegue<br />

o después de un punto definido antes<br />

del aterrizaje, en cuyos casos puede<br />

ser necesario realizar un aterrizaje<br />

forzoso.<br />

(237) Helicóptero de Clase de<br />

performance 3.- Helicóptero con<br />

performance tal que, en caso de falla<br />

de motor en cualquier punto del perfil<br />

de vuelo, debe realizar un aterrizaje<br />

forzoso.<br />

(238) Heliplataforma.- Helipuerto<br />

situado en una estructura mar<br />

adentro, ya sea flotante o fija.<br />

(239) Helipuerto.- Aeródromo o área<br />

definida sobre una estructura artificial<br />

destinada a ser utilizada, total o<br />

parcialmente, para la llegada, la<br />

salida o el movimiento de superficie<br />

de los helicópteros<br />

Nota 1. En toda esta parte cuando se emplea<br />

el término “helipuerto”, se entiende que el<br />

término también se aplica a los aeródromos<br />

destinados a ser usados primordialmente por<br />

aviones.<br />

21/04/2008 1-B-20 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Nota 2. Los helicópteros pueden efectuar<br />

operaciones hacia y a partir de zonas que no<br />

sean helipuertos.<br />

(240) Helipuerto de alternativa.-<br />

Helipuerto al que un helicóptero<br />

puede dirigirse cuando resulta<br />

imposible o desaconsejable dirigirse<br />

al helipuerto de aterrizaje previsto o<br />

aterrizar el mismo. Los aeropuertos<br />

de alternativa incluyen los siguientes:<br />

(i) De alternativa de despegue.<br />

Helipuerto de alternativa en el<br />

que un helicóptero puede<br />

aterrizar en caso de que resulte<br />

necesario hacerlo por poco<br />

tiempo después del despegue y<br />

no sea posible usar el helipuerto<br />

de salida.<br />

(ii) De alternativa en ruta. Helipuerto<br />

en el que un helicóptero puede<br />

aterrizar después de<br />

experimentar condiciones<br />

anormales o de emergencia<br />

mientras se encontraba en ruta.<br />

(iii) De alternativa de destina.<br />

Helipuerto de alternativa al que<br />

un helicóptero puede dirigirse en<br />

caso de que resulte imposible o<br />

desaconsejable aterrizar en el<br />

helipuerto de aterrizaje previsto.<br />

Nota.- El helipuerto desde el cual sale un vuelo puede<br />

ser un helipuerto en ruta o un helipuerto de alternativa<br />

de destino para ese vuelo.<br />

(241) Helipuerto elevado.- Helipuerto<br />

emplazado sobre una estructura<br />

terrestre elevada.<br />

(242) Henrio (H).- La inductancia de un<br />

circuito cerrado en el cual se produce<br />

una fuerza electromotriz de 1 voltio<br />

cuando la corriente eléctrica en el<br />

circuito varia uniformemente con una<br />

cadencia de 1 amperio por segundo.<br />

(243) Hercio (Hz).- Frecuencia de un<br />

fenómeno periodo cuyo periodo es de<br />

1 segundo.<br />

(244) Hidrocarburo sin quemar.-<br />

Cantidad de compuestos de<br />

hidrocarburos de todas clases y<br />

pesos moleculares, contenidos en<br />

una muestra de gas, calculada en el<br />

equivalente del metano.<br />

(245) Hora prevista de aproximación.-<br />

Hora a la que e ATC prevé que una<br />

aeronave que llega, después de<br />

haber experimentado una demora,<br />

abandonará el punto de espera para<br />

completar su aproximación para<br />

aterrizar.<br />

Nota.- La hora a que realmente se abandone el punto<br />

de espera dependerá de la autorización de<br />

aproximación.<br />

(246) Hora prevista de fuera calzos.-<br />

Hora estimada en la cual la aeronave<br />

iniciará el desplazamiento asociado<br />

con la salida.<br />

(247) Hora prevista de llegada.- En los<br />

vuelos IFR, la hora a la cual se prevé<br />

que la aeronave llegará sobre un<br />

punto designado, definido con<br />

referencia a las ayudas para la<br />

navegación, a partir del cual se<br />

iniciará un procedimiento de<br />

aproximación por instrumentos, o, si<br />

el aeródromo no está equipado con<br />

ayudas para la navegación, la hora a<br />

la cual la aeronave llegará sobre el<br />

aeródromo. Para los vuelos VFR, la<br />

hora a la cual se prevé que la<br />

aeronave llegará sobre el aeródromo.<br />

(248) Humedad de referencia.- La<br />

relación entre la temperatura y la<br />

humedad de referencia se define de<br />

la manera siguiente:<br />

(i) A temperatura ISA y inferiores a<br />

la misma, 80% de humedad<br />

relativa, y<br />

(ii) A temperatura ISA y superiores a<br />

la misma +28˚C, 80% de<br />

humedad relativa, y<br />

(iii) A temperatura entre ISA e ISA<br />

+28˚C, la humedad relativa varia<br />

linealmente entre la humedad<br />

especifica para dichas<br />

temperaturas.<br />

(249) Humo.- Aquellas materias<br />

carbonosas, contenidas en las<br />

21/04/2008 1-B-21 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

emisiones del escape, que<br />

obstaculizan la transmisión de la luz.<br />

(250) Incidente.- Todo suceso<br />

relacionado con la utilización de una<br />

aeronave, que no llegue a ser un<br />

accidente, que afecte o pueda afectar<br />

la seguridad de las operaciones.<br />

Nota.- El manual de notificación de accidentes/<br />

incidentes (Doc 9156) figura una lista de los tipos de<br />

incidentes de especial interés para la Organización de<br />

la Aviación Civil Internacional en sus estudios de<br />

prevención de accidentes.<br />

(251) Incidente de tránsito aéreo.-<br />

Todo suceso grave ocurrido al<br />

tránsito aéreo, como las cuasi<br />

colisiones o alguna dificultad grave<br />

atribuible a procedimientos<br />

defectuosos, al incumplimiento de los<br />

procedimientos aplicables, o a la falla<br />

de alguna instalación en tierra que<br />

constituya un riesgo para las<br />

aeronaves.<br />

(252) Incidente grave.- Incidentes en el<br />

que intervienen circunstancias que<br />

indican que casi ocurrió un accidente.<br />

Nota 1.- La diferencia entre accidente e incidente grave<br />

estriba solamente en el resultado.<br />

Nota 2.- Hay ejemplos de incidentes graves en el<br />

adjunto C del Anexo 13 y en el manual de notificación<br />

de accidentes / incidentes (Doc 9156).<br />

(253) Indicador de sentido de<br />

aterrizaje.- Dispositivo para indicar<br />

visualmente el sentido designado en<br />

determinado momento, para el<br />

aterrizaje o despegue.<br />

(254) Índice de humo.- El término<br />

adimensional que cuantifica las<br />

emisiones de humo.<br />

(255) Información aeronáutica.-<br />

Resultado de la agrupación, análisis y<br />

formateo de datos aeronáuticos.<br />

(256) Información AIRMET.- La<br />

información que expide una oficina de<br />

vigilancia meteorológica respecto a la<br />

presencia real o prevista de<br />

determinados fenómenos<br />

meteorológicos en ruta que puedan<br />

afectar a la seguridad de los vuelos a<br />

baja altura en la región de<br />

información de vuelote que se trate o<br />

en una subzona de la misma.<br />

(257) Información meteorológica.-<br />

Informe meteorológico, análisis,<br />

pronóstico y cualquier otra<br />

declaración relativa a condiciones<br />

meteorológicas existentes o previstas.<br />

(258) Información SIGMET.-<br />

Información expedida por una oficina<br />

de vigilancia meteorológica, relativa a<br />

la existencia real o prevista de<br />

fenómenos meteorológicos en ruta<br />

especificados, que puedan afectar la<br />

seguridad de las operaciones de<br />

aeronaves.<br />

(259) Información de transito.-<br />

Información expedida por una<br />

dependencia de servicios de transito<br />

aéreo para alertar al piloto sobre otro<br />

transito conocido u observado que<br />

pueda estar cerca de la posición o<br />

ruta previstas de vuelo y para ayudar<br />

al piloto a evitar una colisión.<br />

(260) Informe meteorológico.-<br />

Declaración de las condiciones<br />

meteorológicas observadas en<br />

relación con una hora y lugar<br />

determinados.<br />

(261) Informe preliminar.-<br />

Comunicación usada para la pronta<br />

divulgación de los datos obtenidos<br />

durantes las etapas iniciales de la<br />

investigación.<br />

(262) Inspección.- La aplicación de<br />

medios técnicos o de otro tipo<br />

destinados a identificar o detectar<br />

armas, explosivos u otros artefactos<br />

peligrosos que puedan ser utilizados<br />

para cometer un acto de interferencia<br />

ilícita.<br />

(263) Instalación de deshielo /<br />

antihielo.- Instalación donde se<br />

eliminan del avión la escarcha, el<br />

hielo o la nieve (deshielo) para que<br />

las superficies queden limpias del<br />

avión reciben protección (antihielo)<br />

contra la formación de escarcha o<br />

hielo y la acumulación de nieve o<br />

21/04/2008 1-B-22 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

nieve fundente durante un periodo<br />

limitado.<br />

Nota.- En el manual de operaciones de deshielo y<br />

antihielo para aeronaves en tierra (Doc 9640) se<br />

proporciona información mas detallada.<br />

(264) Instrucción reconocida.-<br />

Instrucción que se imparte en el<br />

marco de un programa especial y<br />

supervisión que el Estado contratante<br />

aprueba y que, en el caso de los<br />

miembros de la tripulación de vuelo,<br />

entrega una organización de<br />

instrucción reconocida.<br />

(265) Integridad (datos aeronáuticos).-<br />

Grado de garantía de que no se han<br />

perdido ni alterado ninguna de las<br />

referencia aeronáuticas ni sus valores<br />

después de la obtención original de la<br />

referencia o de una enmienda<br />

autorizada.<br />

(266) Intersección de calles de rodaje.-<br />

Empalme de dos o mas calles de<br />

rodaje.<br />

(267) Investigación.- Proceso que se<br />

lleva a cabo con el propósito de<br />

prevenir los accidentes y que<br />

comprende la reunión y el análisis de<br />

información, la obtención de<br />

conclusiones, incluida la<br />

determinación de la causas y, cuando<br />

proceda, la formulación de<br />

recomendaciones sobre seguridad.<br />

(268) Investigador encargado.-<br />

Persona responsable, en razón de<br />

sus calificaciones, de la organización,<br />

realización y control de una<br />

investigación.<br />

Nota.- Nada en la definición anterior trata de impedir<br />

que las funciones de un investigador encargado se<br />

asignen a una comisión o a otro órgano.<br />

(269) Julio (J).- Trabajo realizado<br />

cuando el punto de aplicación de una<br />

fuerza de un Newton se desplaza una<br />

distancia de un (1) metro en la<br />

dirección de la fuerza.<br />

(270) IFR.- Símbolo utilizado para<br />

designar las reglas de vuelo por<br />

instrumentos.<br />

(271) IMC.- Símbolo utilizado para<br />

designar las condiciones meteoro-<br />

lógicas de vuelo por instrumentos.<br />

(272) INCERFA.- Palabra clave utilizada<br />

para designar una fase de<br />

incertidumbre.<br />

(273) Kelvin (Fi).- Unidad de<br />

temperatura termodinámica, que es la<br />

fracción 1/273.16 de la temperatura<br />

termodinámica del punto triple del<br />

agua.<br />

(274) Kilogramo (Kg).- Unidad de masa;<br />

es igual a la masa del prototipo<br />

internacional del kilogramo.<br />

(275) Libro de a abordo.- Documento<br />

que contiene información sobre el<br />

vuelo de la aeronave, nombre de la<br />

tripulación de vuelo (técnico) y datos<br />

sobre la aeronave. El libro de a bordo<br />

de la aeronave debe contener:<br />

(i) Nacionalidad y matricula de la<br />

aeronave;<br />

(ii) Fecha;<br />

(iii) Nombre de los tripulantes;<br />

(iv) Lugar y hora de salida<br />

(v) Lugar y hora de llegada<br />

(vi) Horas del vuelo; y<br />

(vii) Naturaleza del vuelo (de<br />

carácter particular, trabajo aéreo,<br />

regular o no regular).<br />

(276) Lesión grave.- Cualquier lesión<br />

sufrida por una persona en un<br />

accidente de aviación y que:<br />

(i) requiera hospitalización durante<br />

más de 48 horas dentro de los<br />

siete días contados a partir de la<br />

fecha en que se sufrió la lesión;<br />

(ii) ocasione la fractura de algún<br />

hueso (con excepción de la<br />

fractura simple de nariz o de los<br />

dedos de la mano o de los<br />

pies);o<br />

21/04/2008 1-B-23 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(iii) ocasione laceraciones que den<br />

lugar a hemorragias graves,<br />

lesiones a nervios, músculos o<br />

tendones; o<br />

(iv) ocasione daños a cualquier<br />

órgano interno; o<br />

(v) ocasione quemaduras de<br />

segundo o tercer grado u otras<br />

quemaduras que afecten más<br />

del 5% de la superficie del<br />

cuerpo; o<br />

(vi) sea imputable al contacto,<br />

comprobado, con sustancias<br />

infecciosas o a la exposición a<br />

radiaciones perjudiciales.<br />

(277) Límite de autorización.- Punto<br />

hasta el cual se concede a una<br />

aeronave una autorización del control<br />

de tránsito aéreo.<br />

(278) Línea aérea.- Según lo estipulado<br />

en el Artículo 96 del Convenio sobre<br />

Aviación Civil Internacional, toda<br />

empresa de transporte aéreo que<br />

ofrezca o explote un servicio aéreo<br />

internacional regular.<br />

(279) Lista de desviaciones respecto a<br />

la configuración (CDL).- Lista<br />

establecida por el organismo<br />

responsable del diseño del tipo de<br />

aeronave con aprobación del Estado<br />

de diseño, en la que figuran las partes<br />

exteriores de un tipo de aeronave de<br />

las que podría prescindirse al inicio<br />

de un vuelo, y que incluye, de ser<br />

necesario, cualquier información<br />

relativa a las consiguientes<br />

limitaciones respecto a las<br />

operaciones y corrección de la<br />

performance.<br />

(280) Lista de equipo mínimo (MEL).-<br />

Lista del equipo que basta para el<br />

funcionamiento de una aeronave, a<br />

reserva de determinadas condiciones,<br />

cuando parte del equipo no funciona,<br />

y que ha sido preparada por el<br />

explotador de conformidad con la<br />

MMEL establecida para el tipo de<br />

aeronave, o de conformidad con<br />

criterios más restrictivos.<br />

(281) Lista maestra de equipo mínimo<br />

(MMEL).- Lista establecida para un<br />

determinado tipo de aeronave por el<br />

organismo responsable del diseño del<br />

tipo de aeronave con aprobación del<br />

Estado de diseño, en la que figuran<br />

elementos del equipo, de uno o más<br />

de los cuales podría prescindirse al<br />

inicio de un vuelo. La MMEL puede<br />

estar asociada a condiciones de<br />

operación, limitaciones o<br />

procedimientos especiales.<br />

(282) Litro (L).- Unidad de volumen para<br />

medir líquidos y gases, que es igual a<br />

1 decímetro cúbico.<br />

(283) Longitud del campo de<br />

referencia del avión.- La longitud de<br />

campo mínima necesaria para el<br />

despegue con el peso máximo<br />

homologado de despegue al nivel del<br />

mar, en atmósfera tipo, sin viento y<br />

con pendiente de pista cero, como se<br />

indica en el correspondiente manual<br />

de vuelo del avión. Longitud de<br />

campo significa longitud de campo<br />

compensado para los aviones, si<br />

corresponde, o distancia de despegue<br />

en los demás casos.<br />

(284) Luces de protección de pista.-<br />

Sistema de luces para avisar a los<br />

pilotos o a los conductores de<br />

vehículos que están a punto de entrar<br />

a una pista en activo.<br />

(285) Lumen (lm).-Flujo luminoso<br />

emitido en un ángulo sólido de un<br />

estereorradián por una fuente puntual<br />

que posee una intensidad uniforme<br />

de una 1 candela.<br />

(286) Luz aeronáutica de superficie.-<br />

Toda luz dispuesta especialmente<br />

para que sirva de ayuda a la<br />

navegación aérea, excepto las<br />

ostentadas por las aeronaves.<br />

(287) Mantenimiento.- Realización de<br />

las tareas requeridas para asegurar el<br />

mantenimiento de la<br />

aeronavegabilidad de una aeronave,<br />

incluyendo, por separado o en<br />

combinación. La revisión general,<br />

inspección, sustitución, rectificación<br />

21/04/2008 1-B-24 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

de defecto y la realización de una<br />

modificación o reparación.<br />

(288) Mantenimiento de base.-<br />

También conocido como<br />

mantenimiento mayor, consiste<br />

generalmente en revisiones de check<br />

C y check D.<br />

(289) Mantenimiento de la<br />

aeronavegabilidad.- Procedimientos<br />

y acciones que tienden a mantener la<br />

aeronavegabilidad de una aeronave<br />

en forma continua.<br />

(290) Mantenimiento de línea.- Es<br />

cualquier mantenimiento ligero.<br />

Consiste generalmente en una<br />

inspección de pre-vuelo, revisión<br />

diaria, semanal, check A y check B.<br />

(291) Mantenimiento preventivo.-<br />

Operaciones de preservación simples<br />

o menores y el cambio de partes<br />

estándar pequeñas, no involucrando<br />

operaciones de montajes complejos.<br />

(292) Manual de Procedimientos del<br />

organismo de Mantenimiento.<br />

Documento aprobado por Jefe del<br />

organismote mantenimiento que<br />

presenta en detalle la composición de<br />

la organización de mantenimiento y<br />

las atribuciones directivas, el ámbito<br />

de los trabajos, una descripción de<br />

las instalaciones, los procedimientos<br />

de mantenimiento y los sistemas de<br />

garantía de calidad o inspección.<br />

(293) Manual del explotador para<br />

controlar el mantenimiento.-<br />

Documento que describe los<br />

procedimientos del explotador para<br />

garantizar que todo mantenimiento,<br />

programado o no, se realiza en las<br />

aeronaves del explotador a su debido<br />

tiempo y de manera controlada y<br />

satisfactoria.<br />

(294) Manual de operaciones MGO.-<br />

Manual que contiene procedimientos,<br />

instrucciones y orientación que<br />

permiten al personal encargado de<br />

las operaciones desempeñar sus<br />

obligaciones.<br />

(295) Manual de operación de la<br />

aeronave.- Manual, aceptable para el<br />

Estado del explotador, que contiene<br />

procedimientos, listas de verificación,<br />

limitaciones, información sobre la<br />

performance, detalles de los sistemas<br />

de aeronave y otros textos<br />

pertinentes a las operaciones de las<br />

aeronaves.<br />

Nota.- El manual de operación de la aeronave es parte<br />

del manual de operaciones.<br />

(296) Manual de procedimientos del<br />

organismo de mantenimiento.-<br />

Documento aprobado por el jefe del<br />

organismo de mantenimiento que<br />

presenta en detalle la composición<br />

del organismo de mantenimiento y las<br />

atribuciones directivas, el ámbito de<br />

los trabajos, una descripción de las<br />

instalaciones, los procedimientos de<br />

mantenimiento y los sistema de<br />

garantía de la calidad o inspección.<br />

(297) Manual de vuelo Manual<br />

relacionado con el certificado de<br />

aeronavegabilidad, que contiene<br />

limitaciones dentro de las cuales la<br />

aeronave debe considerarse<br />

aeronavegable, así como las<br />

instrucciones e información que<br />

necesitan los miembros de la<br />

tripulación de vuelo, para la operación<br />

segura de la aeronave.<br />

(298) Marca común.- Marca asignada<br />

por la Organización de la Aviación<br />

Civil Internacional a la autoridad de<br />

registro de marca común, cuando<br />

ésta matricula aeronaves de un<br />

organismo internacional de<br />

explotación sobre una base que no<br />

sea nacional.<br />

Nota.- Todas las aeronaves de un organismo<br />

internacional de explotación que están matriculadas<br />

sobre una base que no sea nacional llevan la misma<br />

marca común.<br />

(299) Masa de cálculo para el<br />

aterrizaje.- Masa máxima de la<br />

aeronave que, para fines de cálculo<br />

estructural, se supone que se preverá<br />

para aterrizar.<br />

(300) Masa de cálculo para el<br />

despegue.- Masa máxima de la<br />

21/04/2008 1-B-25 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

aeronave que, para fines de cálculo<br />

estructural, se supone que tendrá al<br />

comienzo del recorrido de despegue.<br />

(301) Masa de cálculo para el rodaje.-<br />

Masa máxima de la aeronave para la<br />

cual se calcula la estructura con la<br />

carga susceptible de producirse<br />

durante la utilización de la aeronave<br />

en el suelo antes de iniciar el<br />

despegue.<br />

(302) Masa de despegue.- La masa de<br />

despegue de un avión debe considera<br />

su masa, incluyendo todos los<br />

elementos y todas las personas que<br />

se transportan en el inicio del<br />

recorrido de despegue.<br />

(303) Masa máxima.- Masa máxima<br />

certificada de despegue.<br />

(304) Material incombustible.- Material<br />

capaz de resistir el calor tan bien<br />

como el acero o mejor que este,<br />

cuando las dimensiones en ambos<br />

casos son apropiadas para un fin<br />

determinado.<br />

(305) Mercancía peligrosa.- Todo objeto<br />

o sustancia que pueda constituir un<br />

riesgo importante para la salud, la<br />

seguridad, la propiedad o el medio<br />

ambiente y que figure en la lista de<br />

mercancías peligrosas de las<br />

Instrucciones Técnicas o este<br />

clasificado conforme a dichas<br />

instrucciones.<br />

Nota.- Las mercancías peligrosas están clasificadas en<br />

el Anexo 18 capitulo 3.<br />

(306) Método recomendado.- Toda<br />

especificación de características<br />

físicas, configuración, material,<br />

performance, personal o<br />

procedimiento, cuya aplicación<br />

uniforme se considera conveniente<br />

por razones de seguridad, regularidad<br />

o eficiencia de la navegación aérea<br />

internacional, y a la aviación civil<br />

internacional, trataran de ajustarse los<br />

Estados contratantes.<br />

(307) Metro (m).- Distancia que la luz<br />

recorre en el vació en 1/299792458<br />

de segundo.<br />

(308) Miembro de la tripulación.-<br />

Persona a quien el explotador asigna<br />

obligaciones que ha de cumplir a<br />

bordo, durante el periodo de servicio<br />

de vuelo.<br />

(309) Miembro de la tripulación de<br />

cabina.- Miembro de la tripulación<br />

que, en interés de la seguridad de los<br />

pasajeros, cumple con las<br />

obligaciones que le asigne el<br />

explotador o el piloto al mando de la<br />

aeronave pero que no actuara como<br />

miembro de la tripulación de vuelo.<br />

(310) Miembro de la tripulación de<br />

vuelo.- Miembro de la tripulación,<br />

titular de la correspondiente licencia,<br />

a quien se asignan obligaciones<br />

esenciales para la operación de una<br />

aeronave durante el período de<br />

servicio de vuelo.<br />

(311) Milla náutica.- La longitud<br />

exactamente igual a 1,852 metros.<br />

(312) Mínimos de utilización de<br />

aeródromo.- Las limitaciones de uso<br />

que tenga un aeródromo para:<br />

(i) el despegue, expresadas en<br />

términos de alcance visual en la<br />

pista o visibilidad y, de ser<br />

necesario, condiciones de<br />

nubosidad;<br />

(ii) el aterrizaje en aproximaciones<br />

de precisión y las operaciones<br />

de aterrizaje, expresadas en<br />

términos de visibilidad o alcance<br />

visual en la pista y la<br />

altitud/altura de decisión (DA/H)<br />

correspondientes a la categoría<br />

de la operación;<br />

(iii) el aterrizaje en operaciones de<br />

aproximación y aterrizaje con<br />

guía vertical, expresadas en<br />

términos de visibilidad o alcance<br />

visual en la pista y altitud/altura<br />

de decisión (DA/H)<br />

(iv) el aterrizaje en aproximaciones<br />

que no sean de precisión y las<br />

operaciones de aterrizaje,<br />

expresadas en términos de<br />

visibilidad o alcance visual en la<br />

pista, altitud/altura mínima de<br />

descenso (MDA/H) y, de ser<br />

necesario, condiciones de<br />

nubosidad.<br />

21/04/2008 1-B-26 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(313) Mínimos de utilización de<br />

helipuerto.- Las limitaciones de uso<br />

que tenga un helipuerto para:<br />

(i) el despegue, expresadas en<br />

términos de alcance visual en la<br />

pista o visibilidad y, de ser<br />

necesario, condiciones de<br />

nubosidad;<br />

(ii) el aterrizaje en aproximaciones<br />

de precisión y las operaciones<br />

de aterrizaje, expresadas en<br />

términos de visibilidad o alcance<br />

visual en la pista y la<br />

altitud/altura de decisión (DA/H)<br />

correspondientes a la categoría<br />

de la operación.<br />

(iii) el aterrizaje de aproximación y<br />

aterrizaje con guía vertical,<br />

expresadas en términos de<br />

visibilidad o de alcance visual en<br />

la pista y altitud/altura de<br />

decisión (DA/H); y<br />

(iv) el aterrizaje en aproximaciones<br />

que no sean de precisión y las<br />

operaciones de aterrizaje,<br />

expresadas en términos de<br />

visibilidad o alcance visual en la<br />

pista, altitud/altura mínima de<br />

descenso (MDA/H) y, de ser<br />

necesario, condiciones de<br />

nubosidad.<br />

(314) Mol (mol).- Cantidad de sustancia<br />

de un sistema que contiene tantas<br />

entidades elementales como átomos<br />

existen en 0,012 kg de carbono-12.<br />

Nota.- Cuando se emplea el mol, deber especificarse<br />

las entidades elementales, que pueden ser átomos,<br />

moléculas, iones, electrones, otras partículas o grupos<br />

especificados de tales partículas.<br />

(315) Navegación de área (RNAV).-<br />

Método de navegación que permite la<br />

operación de aeronaves en cualquier<br />

trayectoria de vuelo deseada, dentro<br />

de la cobertura de las ayudas para la<br />

navegación referidas a la estación, o<br />

dentro de los límites de las<br />

posibilidades de las ayudas<br />

autónomas, o de una combinación de<br />

ambas.<br />

(316) Newton (N).- Fuerza que, aplicada<br />

a un cuerpo que posee una masa de<br />

1 kg produce una aceleración de 1<br />

metro por segundo al cuadrado.<br />

(317) Nivel.- Término genérico referente<br />

a la posición vertical de una aeronave<br />

en vuelo, que significa indistintamente<br />

altura, altitud o nivel de vuelo.<br />

(318) Nivel de crucero.- Nivel que se<br />

mantiene durante una parte<br />

considerable del vuelo.<br />

(319) Nivel de vuelo.- Superficie de<br />

presión atmosférica constante<br />

relacionada con determinada<br />

referencia de presión, 1,013.2 hPa,<br />

separada de otras superficies<br />

análogas por determinados intervalos<br />

de presión.<br />

Nota I.— Cuando un baro altímetro calibrado de<br />

acuerdo con la atmósfera tipo:<br />

- se ajuste al QNH, indicará la altitud;<br />

- se ajuste al QFE, indicará la altura sobre la<br />

referencia QFE;<br />

- se ajuste a la presión de 1 013,2 hPa, podrá<br />

usarse para indicar niveles de vuelo.<br />

Nota 2.— Los términos "altura" y "altitud", usados en la<br />

Nota], indican alturas y altitudes altimétricas más bien<br />

que alturas y altitudes geométricas.<br />

(320) Noche.- Las horas comprendidas<br />

entre el fin del crepúsculo civil<br />

vespertino y el comienzo del<br />

crepúsculo civil matutino, o cualquier<br />

otro período entre la puesta y la<br />

salida del sol que prescriba la<br />

autoridad correspondiente.<br />

Nota.- El crepúsculo civil termina por la tarde cuando el<br />

centro del disco solar se halla a 6° por debajo del<br />

horizonte y empieza por la mañana cuando el centro<br />

del disco solar se halla a 6° por debajo del horizonte.<br />

(321) Norma.- Toda especificación de<br />

características físicas, configuración,<br />

material performance, personal o<br />

procedimiento, cuya aplicación<br />

uniforme se considera necesaria para<br />

seguridad o regularidad de la<br />

navegación aérea internacional y a la<br />

que, de acuerdo con el convenio, se<br />

ajustarán los Estados contratantes.<br />

(322) NOTAM.- Aviso distribuido por<br />

medios de telecomunicaciones que<br />

contiene información relativa al<br />

establecimiento, condición o<br />

modificación de cualquier instalación<br />

aeronáutica, servicio, procedimiento o<br />

21/04/2008 1-B-27 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

peligro, cuyo conocimiento oportuno<br />

es esencial para el personal<br />

encargado de las operaciones de<br />

vuelo.<br />

(323) Nudo (kt).- La velocidad igual a 1<br />

milla marina por hora.<br />

(324) Numero de clasificación de<br />

aeronaves (ACN).- Cifra que indica el<br />

efecto relativo de una aeronave sobre<br />

un pavimento, para determinada<br />

categoría normalizada del terreno de<br />

fundación.<br />

(325) Observación (meteorológica).-<br />

La evaluación de uno o mas<br />

elementos meteorológicos.<br />

(326) Observación de aeronave.- La<br />

evaluación de uno o más elementos<br />

meteorológicos, efectuada desde una<br />

aeronave en vuelo.<br />

(327) Obstáculo.- Todo objeto fijo (tanto<br />

de carácter temporal como<br />

permanente) o móvil, o parte del<br />

mismo, que esté situado en un área<br />

destinada al movimiento de las<br />

aeronaves en tierra o que sobresalga<br />

de una superficie definida destinada a<br />

proteger a las aeronaves en vuelo.<br />

(328) Obstáculo destacado.- Toda<br />

característica natural del terreno u<br />

objeto fijo, permanente o temporal,<br />

erigido por el hombre, cuya dimensión<br />

vertical tenga importancia en relación<br />

con las características contiguas y<br />

cercanas y que se considere que es<br />

un peligro potencial para el paso<br />

seguro de aeronaves en el tipo de<br />

operación para el que ha de servir<br />

cada serie de cartas.<br />

(329) Oficina de notificación de los<br />

servicios de tránsito aéreo.- Oficina<br />

creada con objeto de recibir los<br />

informes referentes a los servicios de<br />

tránsito aéreo y los planes de vuelo<br />

que se presentan antes de la salida.<br />

Nota.— Una oficina de notificación de los servicios de<br />

tránsito aéreo puede establecerse como dependencia<br />

separada o combinada con una dependencia existente,<br />

tal como otra dependencia de los servicios de tránsito<br />

aéreo, o una dependencia del servicio de información<br />

aeronáutica.<br />

(330) Oficina meteorológica.- Oficina<br />

designada para suministrar servicio<br />

meteorológico para la navegación<br />

aérea internacional.<br />

(331) Oficina meteorológica de<br />

aeródromo.- Oficina, situada en un<br />

aeródromo, designada por un Estado<br />

para el intercambio internacional de<br />

NOTAM.<br />

(332) Oficina NOTAM internacional.-<br />

Oficina designada por un Estado para<br />

el intercambio internacional de<br />

NOTAM.<br />

(333) Ohmio (Ω).- Resistencia eléctrica<br />

entre dos puntos de un conductor<br />

cuando una diferencia de potencial de<br />

1 voltio, aplicada entre dos puntos,<br />

produce en ese conductor una<br />

corriente de 1 Amperio, no siendo el<br />

conductor fuente de fuerza<br />

electromotriz alguna.<br />

(334) Operación de la aviación<br />

general.- Operación de aeronave<br />

distinta de la de transporte aéreo<br />

comercial o de la de trabajos aéreos.<br />

(335) Operación de transporte aéreo<br />

comercial.- Una operación de<br />

aeronave que supone el transporte<br />

de pasajeros, carga o correo por<br />

renumeración o arrendamiento.<br />

(336) Operaciones de aproximación y<br />

aterrizaje que utilizan<br />

procedimientos de aproximación<br />

por instrumentos.- Las operaciones<br />

de aproximación y aterrizaje por<br />

instrumentos se clasifican como<br />

sigue:<br />

(i) operación de aproximación y<br />

aterrizaje que no es de<br />

precisión.- Aproximación y<br />

aterrizaje por instrumentos que<br />

utiliza guía lateral pero no utiliza<br />

guía vertical;<br />

(ii) operación de aproximación y<br />

aterrizaje con guía vertical.- Tipo<br />

de aproximación por<br />

instrumentos que utiliza guía<br />

lateral y vertical pero no<br />

satisface los requisitos<br />

establecidos para las<br />

operaciones de aproximación y<br />

aterrizaje de precisión; y<br />

21/04/2008 1-B-28 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(iii) operación de aproximación y<br />

aterrizaje de precisión.-<br />

Aproximación y aterrizaje por<br />

instrumentos que utiliza guía de<br />

precisión lateral y vertical con<br />

mínimos determinados por la<br />

categoría de la operación.<br />

Nota.- Guía lateral y vertical significa guía<br />

proporcionada por: una radio ayuda terrestre para la<br />

navegación; o datos de navegación generados<br />

mediante computadora.<br />

(iv) categorías de las operaciones<br />

de aproximación y aterrizaje de<br />

precisión:<br />

(A) operación de Categoría I (CAT<br />

I). Aproximación y aterrizaje de<br />

precisión por instrumentos con<br />

una altura de decisión no<br />

inferior a 60 m (200 ft) y con<br />

una visibilidad no inferior a 800<br />

m, o un alcance visual en la<br />

pista no inferior a 550 m;<br />

(B) operación de Categoría II (CAT<br />

II). Aproximación y aterrizaje de<br />

precisión por instrumentos con<br />

una altura de decisión inferior a<br />

60 m (200 ft), pero no inferior a<br />

30 m (100 ft), y un alcance<br />

visual en la pista no inferior a<br />

350 m;<br />

(C) operación de Categoría IIIA<br />

(CAT IIIA). Aproximación y<br />

aterrizaje de precisión por<br />

instrumentos:<br />

(I) hasta una altura de decisión<br />

inferior a 30 m (100 ft), o sin<br />

limitación de altura de<br />

decisión; y<br />

(II) con un alcance visual en la<br />

pista no inferior a 200 m.<br />

(D) operación de Categoría IIIB<br />

(CAT IIIB). Aproximación y<br />

aterrizaje de precisión por<br />

instrumentos:<br />

(I) hasta una altura de decisión<br />

inferior a 15 m (50 ft), o sin<br />

limitación de altura de<br />

decisión; y<br />

(II) con un alcance visual en la<br />

pista inferior a 200 m, pero<br />

no inferior a 50 m.<br />

(v) operación de Categoría IIIC (CAT<br />

IIIC). Aproximación y aterrizaje de<br />

precisión por instrumentos sin<br />

altura de decisión ni limitaciones<br />

en cuanto al alcance visual en la<br />

pista.<br />

Nota.- Cuando los valores de la altura de decisión (DH)<br />

y del alcance visual en la pista (RVR) corresponden a<br />

categorías de operación diferentes, las operaciones de<br />

aproximación y aterrizaje por instrumentos han de<br />

efectuarse de acuerdo con los requisitos de la<br />

categoría más exigente (p. ej., una operación con una<br />

DH correspondiente a la CAT IIIA, pero con un RVR de<br />

la CAT IIIB, se consideraría operación de la CAT IIIB, y<br />

una operación con una DH correspondiente a la CAT II,<br />

pero con un RVR de la CAT I, se consideraría<br />

operación de la CAT II).<br />

(338) Operaciones paralelas<br />

segregadas.- Operaciones<br />

simultáneas en pistas de vuelo por<br />

instrumentos, paralelas o casi<br />

paralelas, cuando una de las pistas<br />

se utiliza exclusivamente para<br />

aproximaciones y la otra<br />

exclusivamente para salidas.<br />

(339) Organismo de mantenimiento<br />

reconocido.- Organismo reconocido<br />

por un Estado contratante, de<br />

conformidad con los requisitos del<br />

Anexo 6, Parte I, Capítulo 8 –<br />

Mantenimiento de avión, para<br />

efectuar el mantenimiento de<br />

aeronaves o partes de las mismas y<br />

que actúa bajo la supervisión<br />

reconocida por dicho Estado<br />

Nota.- Esta definición no excluye el hecho de que<br />

dicho organismo y su supervisión sean reconocidos<br />

por más de un Estado.<br />

(340) Organismo internacional de<br />

explotación.- Organismo del tipo<br />

previsto en el artículo 77 del<br />

Convenio<br />

(341) Ornitóptero.- Aerodino que,<br />

principalmente, se mantiene en vuelo<br />

en virtud de las reacciones que ejerce<br />

el aire sobre planos a los cuales se<br />

imparte un movimiento de batimiento.<br />

(342) Overhaul (reacondicionamiento)-<br />

Es el restablecimiento de una<br />

aeronave o componente de aeronave<br />

por inspección y reemplazo, de<br />

conformidad con un estándar<br />

aprobado para extender el potencial<br />

operacional.<br />

21/04/2008 1-B-29 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(343) Óxido de nitrógeno.- La suma de<br />

las partes de óxido nítrico y de<br />

bióxido de nitrógeno contenidas en<br />

una muestra de gas, calculada como<br />

si el óxido nítrico estuviese presente<br />

en forma de bióxido de nitrógeno.<br />

(344) Parte aeronáutica.- El área de<br />

movimiento de una aeropuerto y de<br />

los terrenos y edificios adyacentes o<br />

las partes de los mismos, cuyo<br />

acceso esta controlado.<br />

(345) Pascal (Pa).- Presión o tensión de<br />

1 Newton por metro cuadrado.<br />

(346) Pendiente neta.- La pendiente<br />

neta de ascenso en todos estos<br />

requisitos es la pendiente prevista de<br />

ascenso reducida por la performance<br />

de maniobra (es decir, la pendiente<br />

ascensional necesaria para obtener<br />

potencia para maniobrar) y por el<br />

margen (es decir, la pendiente<br />

ascensional necesaria para aquellas<br />

variaciones de performance que no<br />

se espera que se tengan en cuenta,<br />

de un modo expreso, en las<br />

operaciones).<br />

(347) Pendiente prevista.- Usado en<br />

relación con distintos aspectos de<br />

performance (por ejemplo, velocidad<br />

vertical, o pendiente, de ascenso),<br />

este termino significa la performance<br />

normal del tipo en la condiciones<br />

correspondientes (por ejemplo, masa,<br />

altitud y temperatura).<br />

(348) Performance de navegación<br />

requerida (RNP).- Declaración de la<br />

performance de navegación<br />

necesaria para operar dentro de un<br />

espacio aéreo definido.<br />

Nota.— La performance y los requisitos de navegación<br />

se definen para un tipo o aplicación de RNP en<br />

particular.<br />

(349) Período de descanso.- Todo<br />

período de tiempo en tierra durante el<br />

cual el explotador releva de todo<br />

servicio a un miembro de la<br />

tripulación de vuelo.<br />

(350) Periodo de servicio.- El tiempo<br />

durante el cual un miembro de la<br />

tripulación de vuelo cumple cualquier<br />

función a instancias de su empleador.<br />

(351) Período de servicio de vuelo.- El<br />

tiempo total desde el momento en<br />

que un miembro de la tripulación de<br />

vuelo comienza a prestar servicio,<br />

inmediatamente después de un<br />

período de descanso y antes de<br />

hacer un vuelo o una serie de vuelos,<br />

hasta el momento en que al miembro<br />

de la tripulación de vuelo se le releva<br />

de todo servicio después de haber<br />

completado tal vuelo o serie de<br />

vuelos.<br />

(352) Pilotar.- Manipular los mandos de<br />

una aeronave durante el tiempo de<br />

vuelo.<br />

(353) Piloto al mando.- Piloto designado<br />

por el explotador, o por el propietario<br />

en el caso de la aviación general,<br />

para estar al mando y encargarse de<br />

la realización segura de un vuelo.<br />

(354) Pista.- Área rectangular definida<br />

en un aeródromo terrestre preparada<br />

para el aterrizaje y el despegue de las<br />

aeronaves.<br />

(355) Pista de despegue.- Pista<br />

destinada exclusivamente a los<br />

despegues.<br />

(356) Pista de vuelo por<br />

instrumentos.- Uno de los siguientes<br />

tipos de pista destinados a la<br />

operación de aeronaves que utilizan<br />

procedimientos de aproximación por<br />

instrumentos:<br />

(i) Pista para aproximaciones que no<br />

sean de precisión. Pista de vuelo<br />

por instrumentos servida por<br />

ayudas visuales y una ayuda no<br />

visual que proporciona por lo<br />

menos guía direccional adecuada<br />

para la aproximación directa;<br />

(ii) Pista para aproximaciones de<br />

precisión de Categoría I. Pista de<br />

vuelo por instrumentos servida por<br />

ILS o MLS y por ayudas visuales<br />

destinadas a operaciones con una<br />

altura de decisión no inferior a 60<br />

m (200 ft) y con una visibilidad de<br />

no menos de 800 m o con un<br />

alcance visual en la pista no<br />

inferior a 550 m;<br />

21/04/2008 1-B-30 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(iii) Pista para aproximaciones de<br />

presión de Categoría II. Pista de<br />

vuelo por instrumentos servida<br />

por ILS o MLS y por ayudas<br />

visuales destinadas a operaciones<br />

con una altura de decisión inferior<br />

a 60 m (200 ft) pero no inferior a<br />

30 m (100 ft) y con un alcance<br />

visual en la pista no inferior a 350<br />

m; y<br />

(iv) Pista para aproximación es de<br />

precisión de Categoría III. Pista de<br />

vuelo por instrumentos servida por<br />

ILS o MLS hasta la superficie de la<br />

pista y a lo largo de la misma;<br />

(A) Destinada a operaciones con<br />

una altura de decisión inferior a<br />

30 m (100 ft), o sin altura de<br />

decisión y un alcance visual en<br />

la pista no inferior a 200 m.<br />

(B) Destinada a operaciones con<br />

una altura de decisión inferior a<br />

15 m (50 ft), o sin altura de<br />

decisión, y un alcance visual en<br />

la pista de inferior a 200 m pero<br />

no inferior a 50 m; y<br />

(C) Destinada a operaciones sin<br />

altura de decisión y sin<br />

restricciones de alcance visual<br />

en la pista.<br />

Nota 1.- Para las especificaciones ILS o<br />

MLS relacionadas con estas categorías,<br />

véase el Anexo 10.<br />

Nota 2.- Las ayudas visuales no tienen<br />

necesariamente que acomodarse a la<br />

escala que caracterice las ayudas no<br />

visuales que se proporcionen. El criterio<br />

para la selección de las ayudas visuales<br />

se basa en las condiciones en que se<br />

trata de operar.<br />

(357) Pistas casi paralelas.- Pistas que<br />

no se cortan pero cuyas<br />

prolongaciones de ejes forman un<br />

ángulo de convergencia o de<br />

divergencia de 15° o menos.<br />

(358) Pista de vuelo visual.- Pista<br />

determinada a las operaciones de<br />

aeronaves que utilicen<br />

procedimientos visuales para la<br />

aproximación.<br />

(359) Pista para aproximaciones de<br />

precisión.- Véase pista de vuelo por<br />

instrumentos.<br />

(360) Pistas principales.- Pistas que se<br />

utilizan con preferencia a otras<br />

siempre que las condiciones lo<br />

permitan.<br />

(361) Plan de vuelo.- Información<br />

especificada que, respecto a un vuelo<br />

proyectado o a parte de un vuelo de<br />

una aeronave, se somete a las<br />

dependencias de los servicios de<br />

tránsito aéreo.<br />

(362) Plan de vuelo actualizado.- Plan<br />

de vuelo que comprende las<br />

modificaciones, si las hay, que<br />

resultan de incorporar autorizaciones<br />

posteriores.<br />

(363) Plan de vuelo presentado.- Plan<br />

de vuelo, tal como ha sido presentado<br />

a la dependencia ATS por el piloto o<br />

su representante designado, sin<br />

ningún cambio subsiguiente.<br />

(364) Plan de vuelo repetitivo (RPL).-<br />

Plan de vuelo relativo a cada uno de<br />

los vuelos regulares que se realizan<br />

frecuentemente con idénticas<br />

características básicas, presentados<br />

por los explotadores / operadores<br />

para que las dependencias de los<br />

servicios de transito aéreo (ATS) los<br />

conserven y utilicen repetidamente.<br />

(365) Plan operacional de vuelo.- Plan<br />

de explotador para la realización<br />

segura del vuelo, basado en la<br />

consideración de la performance del<br />

avión, en otras limitaciones de<br />

utilización y en las condiciones<br />

previstas pertinentes a la ruta ha de<br />

seguirse y a los aeródromos de que<br />

se trate.<br />

(366) Planeador.- Aerodino no<br />

propulsado por motor que,<br />

principalmente, deriva su<br />

sustentación en vuelo de reacciones<br />

aerodinámicas sobre superficies que<br />

permanecen fijas en determinadas<br />

condiciones de vuelo.<br />

(367) Planeador con motor de auto<br />

sustentación.- Avión con motor que<br />

dispone de potencia para mantener el<br />

21/04/2008 1-B-31 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

nivel de vuelo pero no para despegar.<br />

(368) Plano horizontal.- Es el plano que<br />

comprende el eje longitudinal y es<br />

perpendicular al plano de simetría del<br />

avión.<br />

(369) Planos verticales.- Son los planos<br />

perpendiculares al plano horizontal.<br />

(370) Plataforma.- Área definida, en un<br />

aeródromo terrestre, destinada a dar<br />

cabida a las aeronaves para los fines<br />

de embarque o desembarque de<br />

pasajeros, correo o carga,<br />

abastecimiento de combustible,<br />

estacionamiento o mantenimiento.<br />

(371) Posición geográfica.- Conjunto de<br />

coordenadas (latitud y longitud) con<br />

relación al elipsoide matemático de<br />

referencia que define la ubicación de<br />

un punto en la superficie de la tierra.<br />

(372) Postcombustión.- Modalidad de<br />

utilización de un motor con un<br />

sistema de combustión alimentado<br />

(total o parcialmente) con aire viciado.<br />

(373) Potencia nominal.- A los efectos<br />

de las emisiones de los motores,<br />

significa la potencia o empuje<br />

máximos disponibles para despegar<br />

en condiciones normales de<br />

operación y estáticas en la atmósfera<br />

tipo internacional (ISA) al nivel del<br />

mar, sin utilizar la inyección de agua<br />

que haya aprobado la autoridad<br />

encargada de la certificación. El<br />

empuje se expresa en kiloNewtons.<br />

(374) Precisión.- La mínima diferencia<br />

que puede distinguirse con confianza<br />

mediante un proceso de medición.<br />

(375) Principios relativos a factores<br />

humanos.- Principios que se aplican<br />

al diseño, certificación, instrucción,<br />

operaciones y mantenimiento<br />

aeronáuticos y cuyo objeto consiste<br />

en establecer una interfaz segura<br />

entre los componentes humano y de<br />

otro tipo del sistema mediante la<br />

debida consideración de la actuación<br />

humana.<br />

(376) Procedimiento de aproximación<br />

de precisión.- Procedimiento de<br />

aproximación por instrumentos<br />

basado en los datos de azimut y de<br />

trayectoria de planeo proporcionados<br />

por el ILS o el PAR.<br />

(377) Procedimiento de aproximación<br />

frustrada.- Procedimiento que hay<br />

que seguir si no se puede proseguir la<br />

aproximación.<br />

(378) Procedimiento de aproximación<br />

por instrumentos.- Serie de<br />

maniobras predeterminadas<br />

realizadas por referencia a los<br />

instrumentos de a bordo, con<br />

protección específica contra los<br />

obstáculos desde el punto de<br />

referencia de aproximación inicial o,<br />

cuando sea el caso, desde el inicio de<br />

una ruta definida de llegada hasta un<br />

punto a partir del cual sea posible<br />

hacer el aterrizaje; y luego si no se<br />

realiza éste, hasta una posición en la<br />

cual se apliquen los criterios de<br />

circuito de espera o de margen de<br />

franqueamiento de obstáculos en<br />

ruta. Los procedimientos de<br />

aproximación por instrumentos se<br />

clasifican como sigue:<br />

Procedimientos de aproximación con<br />

guía vertical (APV) Procedimientos por<br />

instrumentos en el que se utliza guía<br />

lateral y vertical, pero que no satisface<br />

los requisitos establecidos para las<br />

operaciones dee aproximación de<br />

presición y aterrizaje.<br />

Procedimientos de aproximación de<br />

presición (PA). Procedimiento<br />

reaproximación por instrumentos en el<br />

que se utiliza guía lateral y vertical de<br />

presición con los mínimos determinados<br />

por la categoría de operación.<br />

Nota. Guía lateral y vertical se refiere a la guía<br />

proporcionada ya sea por:<br />

a.-una ayuda terrestre para la navegación; o bien<br />

b.- datos de navegación generados por<br />

computadora.<br />

Procedimiento de aproximación que<br />

no es de presición (NPA).<br />

Procedimientos de aproximación por<br />

instrumentos en el que se utiliza guía<br />

lateral pero no guía vertical.<br />

(379) Procedimiento de inversión.-<br />

Procedimiento previsto para permitir<br />

que la aeronave invierta el sentido en<br />

21/04/2008 1-B-32 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

el tramo de aproximación inicial de un<br />

procedimiento de aproximación por<br />

instrumentos. Esta secuencia de<br />

maniobras puede requerir virajes<br />

reglamentarios o virajes de base.<br />

(380) Procedimiento de espera.-<br />

Maniobra predeterminada que<br />

mantiene a la aeronave dentro de un<br />

espacio aéreo especificado, mientras<br />

espera una autorización posterior.<br />

(381) Producto AIS.- Información<br />

aeronáutica que se proporciona como<br />

elementos del conjunto de<br />

información aeronáutica integrada<br />

(salvo NOTAM y PIB), incluyendo<br />

cartas aeronáuticas, o como medios<br />

electrónicos apropiados.<br />

(382) Programa de mantenimiento.-<br />

Documento que describe las tareas<br />

concretas de mantenimiento<br />

programadas y la frecuencia con que<br />

han de efectuarse y procedimientos<br />

conexos, por ejemplo el programa de<br />

fiabilidad, que se requieren para la<br />

seguridad de las operaciones de<br />

aquellas aeronaves a las que se<br />

aplique el programa.<br />

(383) Pronóstico.- Declaración de las<br />

condiciones meteorológicas previstas<br />

para una hora o período especificados y<br />

respecto a cierta área o porción del<br />

espacio aéreo.<br />

(384) Pronostico de área GAMET.-<br />

Pronostico de área en lenguaje claro<br />

abreviado para vuelos a baja altura en<br />

una región de información de vuelo o en<br />

una subzona de la misma, preparado por<br />

la oficina meteorológica designada por la<br />

autoridad meteorológica correspondiente<br />

e intercambiado con las oficinas<br />

meteorológicas en regiones de<br />

información de vuelo adyacentes, tal<br />

como hayan convenido las autoridades<br />

meteorológicas afectadas.<br />

(385) Provisiones transportadas a<br />

bordo.- Artículos, ya sea<br />

desechables o destinados para usos<br />

múltiples, que el explotador utiliza<br />

para el suministro de servicios<br />

durante los vuelos, en particular para<br />

servir los alimentos y brindar<br />

comodidades a los pasajeros.<br />

(386) Publicación de información<br />

aeronáutica (AIP).- Publicación<br />

expedida por cualquier Estado, o con<br />

su autorización, que contiene<br />

información aeronáutica, de carácter<br />

duradero, indispensable para la<br />

navegación aérea.<br />

(387) Puesta de alerta.- Dependencia<br />

destinada a recibir información del<br />

publico en general con respecto a las<br />

aeronaves en emergencia y a remitir<br />

información al centro coordinador de<br />

salvamento correspondiente.<br />

(388) Puesto de estacionamiento de<br />

helicópteros.- Puesto de<br />

estacionamiento de aeronaves que<br />

permite es estacionamiento de<br />

aeronaves que permite el<br />

estacionamiento de helicópteros y ,<br />

en caso de que se prevean<br />

operaciones de rodaje aéreo, la toma<br />

de contacto y la elevación inicial.<br />

(389) Punto de aproximación frustrada<br />

(MAPt).- En un procedimiento de<br />

aproximación por instrumentos, el<br />

punto en el cual, o antes del cual se<br />

ha de iniciar la aproximación frustrada<br />

prescrita, con el fin de respetar el<br />

margen mínimo de franquea-miento<br />

de obstáculos.<br />

(390) Punto de cambio.- El punto en el<br />

cual una aeronave que navega en un<br />

tramo de una ruta ATS definido por<br />

referencia a los radiofaros<br />

omnidireccionales VHF, se espera<br />

que transfiera su referencia de<br />

navegación primaria, de la instalación<br />

por detrás de la aeronave a la<br />

instalación inmediata por delante de<br />

la aeronave.<br />

Nota.- Los puntos de cambio se establecen con el fin<br />

de proporcionar el mejor equilibrio posible en cuanto a<br />

fuerza y calidad de la señal entre instalaciones, a todos<br />

los niveles que hayan de utilizarse, y para asegurar una<br />

fuente común de guía en azimut para todas las<br />

aeronaves que operan a lo largo de la misma parte de<br />

un tramo de ruta.<br />

(391) Punto de decisión para el<br />

aterrizaje (LDP).- Punto que se utiliza<br />

para determinar la performance de<br />

aterrizaje ya partir del cual, al ocurrir<br />

21/04/2008 1-B-33 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

una falla de grupo motor en dicho<br />

punto, se puede continuar el<br />

aterrizaje en condiciones de<br />

seguridad o bien iniciar un aterrizaje<br />

interrumpido.<br />

Nota.- LDP se aplica a los helicópteros de Clase de<br />

performance I.<br />

(392) Punto de decisión para el<br />

despegue (TDP).- Punto utilizado<br />

para de-terminar la performance de<br />

despegue a partir del cual, si se<br />

presenta una falla de grupo motor,<br />

puede interrumpirse el despegue o<br />

bien continuarlo en condiciones de<br />

seguridad.<br />

Nota.- TDP se aplica a los helicópteros de Clase de<br />

performance I.<br />

(393) Punto definido antes del<br />

aterrizaje (DPBL).- Punto dentro de<br />

la fase de aproximación y aterrizaje,<br />

después del cual no se asegura la<br />

capacidad del helicóptero para<br />

continuar el vuelo en condiciones de<br />

seguridad, con un motor fuera de<br />

funcionamiento, pudiendo requerirse<br />

un aterrizaje forzoso.<br />

Nota. Los puntos definidos se refieren solamente a los<br />

helicópteros que operan en clase de performance 2.<br />

(394) Punto definido después del<br />

despegue (DPATO).- Punto dentro<br />

de la fase de despegue y de ascenso<br />

inicial, antes del cual no se asegura la<br />

capacidad del helicóptero para<br />

continuar el vuelo en condiciones de<br />

seguridad, con un motor fuera de<br />

funcionamiento, pudiendo requerirse<br />

un aterrizaje forzoso.<br />

Nota.- Los puntos definidos se refieren solamente a los<br />

helicópteros de Clase de performance 2.<br />

(395) Punto de espera de la pista.-<br />

Punto designado destinado a proteger<br />

una pista, una superficie limitadora de<br />

obstáculos o un área crítica o<br />

sensible para los sistemas ILS/MLS,<br />

en el que las aeronaves en rodaje y<br />

los vehículos se detendrán y se<br />

mantendrán a la espera, a menos que<br />

la torre de control de aeródromo<br />

autorice otra cosa.<br />

Nota. En la fraseología radiotelefónica la expresión<br />

“punto de espera” designa el punto de espera de la<br />

pista.<br />

(396) Punto de notificación.- Lugar<br />

geográfico especificado, con<br />

referencia al cual puede notificarse la<br />

posición de una aeronave.<br />

(397) Punto de recorrido.- Un lugar<br />

geográfico especificado, utilizado<br />

para definir una ruta de navegación<br />

de área o la trayectoria de vuelo de<br />

una aeronave que emplea<br />

navegación de área. Los puntos de<br />

recorrido se identifican como:<br />

(i) Punto de recorrido de paso<br />

(vuelo por).- Punto de recorrido<br />

que requiere anticipación del viraje<br />

para que pueda realizarse la<br />

interceptación del siguiente tramo<br />

de una ruta o procedimiento; y<br />

(ii) Punto de recorrido de sobrevuelo.-<br />

Punto de recorrido en que se inicia<br />

el viraje para incorporarse al<br />

siguiente tramo de una ruta o<br />

procedimiento.<br />

(398) Punto de referencia de<br />

aeródromo.- Punto cuya situación<br />

geográfica designa al aeródromo.<br />

(399) Punto de referencia de<br />

aproximación final o punto de<br />

aproximación final.- Punto de un<br />

procedimiento de aproximación por<br />

instrumentos en que comienza el<br />

tramo de aproximación final.<br />

(400) Punto de transferencia de<br />

control.- Punto determinado de la<br />

trayectoria de vuelo de una aeronave<br />

en el que la responsabilidad de<br />

proporcionar servicio de control de<br />

transito aéreo a la aeronave se<br />

transfiere de una dependencia o<br />

posición de control a la siguiente.<br />

(401) Punto significativo.- Lugar<br />

geográfico especificado, utilizado<br />

para definir la ruta ATS o la<br />

trayectoria de vuelo de una aeronave<br />

y para otros fines de navegación y<br />

ATS.<br />

21/04/2008 1-B-34 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(402) Radian (md).- Angula plano entre<br />

dos radios de un circulo que corta,<br />

sobre la circunferencia, un arco de<br />

longitud igual al radio.<br />

(403) Radiotelefonía.- Forma de<br />

radiocomunicación destinada<br />

principalmente al intercambio vocal<br />

de información.<br />

(404) Recomendaciones sobre<br />

seguridad.- Una propuesta de las<br />

autoridades encargadas de la<br />

investigación de accidentes de<br />

aviación del Estado que realiza la<br />

investigación, basada en la<br />

información obtenida de la<br />

investigación y formulada con la<br />

intención de prevenir futuros<br />

accidentes o incidentes.<br />

(405) Reconstrucción.- Reparación de<br />

un producto usado, que ha sido<br />

completamente desarmado e<br />

inspeccionado, en la misma manera y<br />

con las mismas tolerancias de un<br />

producto nuevo, con partes nuevas o<br />

usadas, de manera tal que toda las<br />

partes empleadas en él deberían<br />

estar de acuerdo con los planos de<br />

producción, tolerancias y límites de<br />

vida para partes nuevas.<br />

Nota.- El fabricante o la entidad autorizada por él, son<br />

los únicos autorizados para realizar reconstrucciones.<br />

(406) Recorrido de despegue<br />

disponible (TORA).- La magnitud de<br />

la pista que se ha declarado<br />

disponible y adecuada para el<br />

recorrido en tierra de un avión que<br />

despegue.<br />

(407) Región de información de vuelo.-<br />

Espacio aéreo de dimensiones<br />

definidas, dentro del cual se facilitan<br />

los servicios de información de vuelo<br />

y de alerta.<br />

(408) Registrador de vuelo.- Cualquier<br />

tipo de registrador instalado en la<br />

aeronave a fin de facilitar la<br />

investigación de accidentes o<br />

incidentes.<br />

(409) Reglamentación.- Conjunto de<br />

disposiciones técnico-legal que la<br />

AAC adopta, emite y/o enmienda, de<br />

carácter mandatario, que los usuarios<br />

deberán cumplir.<br />

(410) Rehomologacion.- Homologación<br />

de una aeronave con o sin revisión se<br />

sus niveles de homologación en<br />

cuanto al ruido, respecto a una norma<br />

distinta de aquella con la que fue<br />

originalmente homologada.<br />

(411) Relación de dilución.- Relación<br />

entre la masa de aire que fluye a<br />

través de los conductos de derivación<br />

de una turbina de gas y la masa de<br />

aire que fluye a través de las cámaras<br />

de combustión, calculada para el<br />

empuje máximo con el motor<br />

estacionado en una atmósfera tipo<br />

internacional a nivel del mar.<br />

(412) Relación de presión de<br />

referencia.- La relación entre la<br />

presión total media en el último plano<br />

de descarga del compresor y la<br />

presión total media en el plano de<br />

entrada del compresor, cuando el<br />

motor desarrolla el empuje nominal<br />

de despegue en condiciones estáticas<br />

en la atmósfera tipo internacional<br />

(ISA), al nivel del mar.<br />

(413) Reparación.- Restauración de un<br />

producto aeronáutico a su condición<br />

de aeronavegabilidad según la<br />

definición de los requisitos de<br />

aeronavegabilidad apropiados.<br />

(414) Reparación mayor.- Reparación<br />

que:<br />

(i) si es realizada en forma incorrecta,<br />

puede afectar el peso, balance,<br />

resistencia estructural,<br />

performance, operación de la<br />

planta motriz, características de<br />

vuelo u otras cualidades que<br />

afecten la aeronavegabilidad; o<br />

(ii) no es realizada de acuerdo a las<br />

prácticas aceptadas o no se puede<br />

realizar por medio de operaciones<br />

elementales.<br />

21/04/2008 1-B-35 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(415) Reparación menor.- Reparación<br />

que no sea una reparación mayor.<br />

(416) Representante acreditado.-<br />

Persona designada por un Estado en<br />

razón de sus calificaciones, para los<br />

fines de participar en una<br />

investigación efectuada por otro<br />

Estado.<br />

(417) Repuestos.- Artículos, incluso<br />

motores y hélices, para reparación y<br />

de recambio, con miras a su montaje<br />

en las aeronaves.<br />

(418) Requisitos adecuados de<br />

aeronavegabilidad.-<br />

(419) Códigos de aeronavegabilidad<br />

completos y detallados, establecidos,<br />

adoptados o aceptados por un Estado<br />

contratante, para la clase de<br />

aeronave, de motor o de hélice en<br />

cuestión.<br />

(420) Requisitos de calidad.- Expresión<br />

de las necesidades o su traducción<br />

en un conjunto de requisitos<br />

establecidos cuantitativamente para<br />

que las características de una entidad<br />

permita su realización y examen.<br />

(421) Requisitos de nivel del sistema.-<br />

El requisito de nivel del sistema es un<br />

requisito técnico de alto nivel obtenido<br />

a partir de los requisitos<br />

operacionales, limitaciones<br />

tecnológicas y restricciones<br />

normativas (administrativas e<br />

institucionales). Los requisitos de<br />

nivel del sistema sirven de base para<br />

los requisitos funcionales y para los<br />

requisitos de los niveles inferiores.<br />

(422) Resolución.- Número de unidades<br />

o de dígitos con los que se expresa y<br />

se emplea un valor medio o<br />

calculado.<br />

(423) Retorno al servicio.- Acción de<br />

poner operativa una aeronave, luego<br />

de que la aprobación ha sido<br />

otorgada por personal calificado.<br />

(424) Resumen climatológico de<br />

aeródromo.- Resumen conciso de<br />

elementos meteorológicos<br />

especificados en un aeródromo<br />

basado en datos estadísticos.<br />

(425) Rodaje.- Movimiento<br />

autopropulsado de una aeronave<br />

sobre la superficie de un aeródromo,<br />

excluidos el despegue y el aterrizaje.<br />

(426) Rodaje aéreo.- Movimiento de un<br />

helicóptero o VTOL por encima de la<br />

superficie de un aeródromo,<br />

normalmente con efecto de suelo y a<br />

una velocidad respecto al suelo<br />

normalmente inferior a 37 km/h (20<br />

kt).<br />

Nota.- La altura real puede variar, y algunos<br />

helicópteros habrán de efectuar el rodaje aéreo por<br />

encima de los 8 m (25 ft) sobre el nivel del suelo a fin<br />

de reducir la turbulencia debida al efecto de suelo y<br />

dejar espacio libre para las cargas por eslinga.<br />

(427) Rodaje/marcha lenta en tierra.-<br />

Las fases de utilización que<br />

comprende el rodaje o el<br />

funcionamiento a bajo régimen desde<br />

la puesta en marcha inicial del motor<br />

o motores de propulsión hasta la<br />

iniciación del recorrido de despegue,<br />

y entre el momento de salida de la<br />

pista y aquel en el que se paran<br />

definitivamente todos los motores de<br />

propulsión.<br />

(428) Rumbo (de la aeronave).- La<br />

dirección en que apunta el eje<br />

longitudinal de una aeronave,<br />

expresada generalmente en grados<br />

respecto al norte (geográfico,<br />

magnético, de la brújula o de la<br />

cuadrícula).<br />

(429) Ruta ATS.- Ruta especificada que<br />

se ha designado para canalizar la<br />

corriente del tránsito según sea<br />

necesario para proporcionar servicios<br />

de tránsito aéreo.<br />

Nota 1.- La expresión "ruta ATS" se aplica, según el<br />

caso, a aerovías, rutas con asesoramiento, rutas con o<br />

sin control, rutas de llegada o salida, etc.<br />

Nota 2.- Las rutas ATS se definen por medio de<br />

especificaciones de ruta que incluyen un designador de<br />

ruta ATS, la derrota hacia o desde puntos significativos<br />

21/04/2008 1-B-36 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(puntos de recorrido), la distancia entre puntos<br />

significativos, los requisitos de notificación y, según lo<br />

determinado por la autoridad ATS competente, la<br />

altitud segura mínima.<br />

(430) Ruta de desplazamiento aéreo.-<br />

Ruta definida sobre la superficie<br />

destinada al desplazamiento en vuelo<br />

de los helicópteros.<br />

(431) Rutas de llegada.- Rutas<br />

identificadas siguiendo un<br />

procedimiento de aproximación por<br />

instrumentos, por las cuales las<br />

aeronaves pueden pasar de la fase<br />

de vuelo en ruta al punto de<br />

referencia de la aproximación inicial.<br />

(432) Ruta con servicio de<br />

asesoramiento.- Ruta designada a lo<br />

largo de la cual se proporciona<br />

servicio de asesoramiento de tránsito<br />

aéreo.<br />

(433) Ruta de navegación de área.-<br />

Ruta ATS establecida para el uso de<br />

aeronaves que pueden aplicar el<br />

sistema de navegación de área.<br />

(434) Salida normalizada por<br />

instrumentos (SID).- Una ruta de<br />

salida designada según reglas de<br />

vuelo por instrumentos (IFR) que une<br />

el aeródromo a una determinada pista<br />

del aeródromo, con un determinado<br />

punto significativo, normalmente en<br />

una ruta ATS, en el cual comienza la<br />

fase en ruta de un vuelo.<br />

(435) Salidas paralelas<br />

independientes.- Salidas<br />

simultaneas desde pistas de vuelo<br />

por instrumentos paralelas o casi<br />

paralelas.<br />

(436) Satélite meteorológico.- Satélite<br />

artificial que realiza observaciones<br />

meteorológicas y las transmite a la<br />

tierra.<br />

(437) Sector de vuelo.- Un vuelo o uno<br />

de una serie de vuelos que<br />

comienzan en un lugar de<br />

estacionamiento de aeronave y<br />

terminan en un lugar de<br />

estacionamiento de aeronave.<br />

(i) Esta compuesto de:<br />

(A) Preparación de vuelo;<br />

(B) Tiempo de vuelo; y<br />

(C) Periodo posterior al vuelo<br />

después del sector de vuelo o<br />

de la serie de sectores de<br />

vuelo.<br />

(438) Segundo.- (Tiempo) (s) Duración<br />

de 9 192 631 770 períodos de la<br />

radiación correspondiente a la<br />

transición entre los dos niveles<br />

hiperfinos del átomo del cesio-133 en<br />

estado normal.<br />

(439) Seguridad.- En el Anexo 17 de la<br />

OACI se entiende como la<br />

combinación de medidas y recursos<br />

humanos y materiales destinados a<br />

salvaguardar a la aviación civil contra<br />

los actos de interferencia ilícita.<br />

(440) Señal.- Símbolo o grupo de<br />

símbolos expuestos en la superficie<br />

del área de movimiento a fin de<br />

transmitir información aeronáutica.<br />

(441) Señal de identificación de<br />

aeródromo.- Señal colocada en un<br />

aeródromo para ayudar a que se<br />

identifique el aeródromo desde el<br />

aire.<br />

(442) Serie de vuelos.- Dos o mas<br />

sectores de vuelo llevados a cabo<br />

entre dos periodos de descanso.<br />

(443) Servicio automático de<br />

información terminal (ATIS).-<br />

Suministro automático de información<br />

regular, actualizadas, a las aeronaves<br />

que llegan y a las que sales, durante<br />

las 24 horas o determinada parte de<br />

las mismas.<br />

(444) Servicio automático de<br />

información terminal por enlace de<br />

datos (ATIS-D).- Suministro del ATIS<br />

mediante enlace de datos.<br />

(445) Servicio de alerta.- Servicio<br />

suministrado para notificar a los<br />

21/04/2008 1-B-37 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

organismos pertinentes respecto a<br />

aeronaves que necesitan ayuda de<br />

búsqueda y salvamento, y auxiliar a<br />

dichos organismos según convenga.<br />

(446) Servicio de asesoramiento de<br />

tránsito aéreo.- Servicio que se<br />

suministra en el espacio aéreo con<br />

asesoramiento para que, dentro de lo<br />

posible, se mantenga la debida<br />

separación entre las aeronaves que<br />

operan según planes de vuelo IFR.<br />

(447) Servicio de control de<br />

aeródromo.- Servicio de control de<br />

tránsito aéreo para el tránsito de<br />

aeródromo.<br />

(448) Servicio de control de<br />

aproximación.- Servicio de control<br />

de tránsito aéreo para la llegada y<br />

salida de vuelos controlados.<br />

(449) Servicio de control de área.-<br />

Servicio de control de tránsito aéreo<br />

para los vuelos controlados en las<br />

áreas de control.<br />

(450) Servicio de control de tránsito<br />

aéreo.- Servicio suministrado con el<br />

fin de:<br />

(i) prevenir colisiones:<br />

(A) entre aeronaves; y<br />

(B) en el área de maniobras, entre<br />

aeronaves y obstáculos; y<br />

(ii) acelerar y mantener ordenadamente<br />

el movimiento del tránsito aéreo.<br />

(451) Servicio de dirección en la<br />

plataforma.- Servicio proporcionado<br />

para regular las actividades y el<br />

movimiento de aeronaves y vehículos<br />

en la plataforma.<br />

(452) Servicio de información<br />

aeronáutica.- Servicio establecido<br />

dentro del área de cobertura definida<br />

encargada de proporcionar la<br />

información y los datos aeronáuticos<br />

necesarios para la seguridad,<br />

regularidad y eficiencia de la<br />

navegación aérea.<br />

(453) Servicio de información de<br />

vuelo.- Servicio cuya finalidad es<br />

aconsejar y facilitar información útil<br />

para la realización segura y eficaz de<br />

los vuelos.<br />

(454) Servicio de tránsito aéreo.-<br />

Expresión genérica que se aplica,<br />

según el caso, a los servicios de<br />

información de vuelo, alerta,<br />

asesoramiento de tránsito aéreo,<br />

control de tránsito aéreo (servicios de<br />

control de área, control de<br />

aproximación o control de<br />

aeródromo).<br />

(455) Siemens (SI).- Conductancia<br />

eléctrica de un conductor en el cual<br />

se produce una corriente de 1<br />

amperio por una diferencia de<br />

potencial eléctrico de 1 voltio.<br />

(456) Sievert (Sv).- Unidad de dosis de<br />

radiación equivalente que<br />

corresponde a un (1) julio por<br />

kilogramo.<br />

(457) Simulador de vuelo. Véase<br />

Dispositivo de instrucción para<br />

simulación de vuelo<br />

(458) Sistema anticolisión de a bordo<br />

(ACAS).- Sistema de aeronave<br />

basado en señales de respondedor<br />

del radar secundario de vigilancia<br />

(SSR) que funciona<br />

independientemente del equipo<br />

instalado en tierra para proporcionar<br />

aviso al piloto sobre posibles<br />

conflictos entre aeronaves dotadas de<br />

respondedores SSR.<br />

(459) Sistema de calidad.-<br />

Procedimientos y Políticas de<br />

organización documentados; auditoria<br />

interna de esas políticas y<br />

procedimientos; examen de la gestión<br />

y recomendación para mejorar la<br />

calidad.<br />

(460) Sistema de gestión de la<br />

seguridad.- Sistema para la gestión<br />

de la seguridad en los aeródromos<br />

21/04/2008 1-B-38 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

que incluye la estructura orgánica, las<br />

responsabilidades, los<br />

procedimientos, los procesos y las<br />

disposiciones par que un explotador<br />

de aeródromo ponga en practica los<br />

criterios de seguridad de aeródromos,<br />

y que permite controlar la seguridad y<br />

utilizar los aeródromos en forma<br />

segura.<br />

(461) Sistema asociado de aeronaves.-<br />

Los equipos de una aeronave que<br />

durante las operaciones en tierra<br />

reciben suministro de energía<br />

eléctrica y neumática de un grupo<br />

auxiliar de energía.<br />

(462) Sistema de aumentación basada<br />

en satélites (SBAS).- Sistema de<br />

aumentación de cobertura amplia en<br />

que el usuario recibe la información<br />

de aumentación directamente de un<br />

transmisor basado en un satélite.<br />

(463) Sistema de aumentación basada<br />

en tierra (GBAS).- Sistema de<br />

aumentación de cobertura limitada en<br />

que el usuario recibe la información<br />

de aumentación directamente de un<br />

transmisor basado en tierra.<br />

(464) Sistema de avión.- Un sistema de<br />

avión comprende todos los<br />

componentes de equipo necesarios<br />

para el control y la ejecución de<br />

determinadas funciones importantes.<br />

Consta del equipo proporcionado<br />

específicamente para las funciones<br />

en cuestión y todo otro equipo básico<br />

de avión tal como el imprescindible<br />

para suministrar energía para su<br />

funcionamiento. En este contexto el<br />

grupo motor no se considera un<br />

sistema de avión.<br />

(465) Sistema de propulsión.- Sistema<br />

comprendido por un grupo motor y<br />

todo el equipo de ejecución de las<br />

funciones necesarias para mantener,<br />

regular y controlar la potencia y el<br />

empuje proveniente de cualquier<br />

grupo motor una vez instalado en la<br />

célula.<br />

(466) Sistemas asociados de<br />

aeronave.- Los equipos de una<br />

aeronave que durante las<br />

operaciones en tierra reciben<br />

suministro de energía eléctrica y<br />

neumática de un grupo auxiliar de<br />

engría.<br />

(467) Sistema anticolisión de a bordo<br />

(ACAS). Sistema de aeronave<br />

basado en señales de transpondedor<br />

del radar secundario de vigilancia<br />

(SSR) que funciona<br />

independientemente del equipo<br />

instalado en tierra para proporcionar<br />

aviso al piloto sobre posibles<br />

conflictos entre aeronaves dotadas de<br />

transpondedores SSR.<br />

(468) Subsentro de salvamento.-<br />

Dependencia subordinada a un centro<br />

coordinador de salvamento,<br />

establecido para complementar la<br />

función que este dentro de una parte<br />

determinada de una región de<br />

búsqueda y salvamento.<br />

(469) Superficie de aterrizaje.- La parte<br />

de la superficie del aeródromo que la<br />

jefatura del mismo haya declarado<br />

como utilizable para el recorrido<br />

normal en tierra o en el agua de las<br />

aeronaves que aterricen o amaren en<br />

un sentido determinado.<br />

(470) Superficie de despegue.- La parte<br />

de la superficie del aeródromo que la<br />

jefatura del mismo haya declarado<br />

como utilizable para el recorrido<br />

normal en tierra o en el agua de las<br />

aeronaves que despeguen en un<br />

sentido determinado.<br />

(471) Suplemento AIP.- Modificaciones<br />

temporales de la información que<br />

figura en las AIP y que se publican en<br />

hojas sueltas especiales.<br />

(472) Sustancias psicoactivas.- El<br />

alcohol, los opiáceos, los<br />

canabinoides, los sedativos e<br />

hipnóticos, la cocaína, otros<br />

psicoestimulantes, los alucinógenos y<br />

los disolventes volátiles, con<br />

exclusión del tabaco y la cafeína.<br />

(473) Techo de nubes.- Altura a que,<br />

sobre la tierra o el agua, se encuentra<br />

21/04/2008 1-B-39 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

la base de la capa inferior de nubes<br />

por debajo de 6 000 m (20 000 ft) y<br />

que cubre más de la mitad del cielo.<br />

(474) Temperatura Celsius (t°C).- La<br />

temperatura Celsius es igual a la<br />

referencia t°c=T-To entre dos<br />

temperatura termodinámica T y To =<br />

273.15 kelvin.<br />

(475) Tesla (T).- Densidad de flujo<br />

magnético dada por un flujo<br />

magnético de un (1) Weber por metro<br />

cuadrado.<br />

(476) Tiempo de instrucción con doble<br />

mando.- Tiempo de vuelo durante el<br />

cual una persona recibe la instrucción<br />

de vuelo que le imparte un piloto<br />

debidamente autorizado a bordo de<br />

la aeronave.<br />

(477) Tiempo de instrumentos.-<br />

Tiempo de vuelo por instrumentos o<br />

tiempo en entrenador.<br />

(478) Tiempo de vuelo.- Tal como aquí<br />

se define, es sinónimo de tiempo<br />

“entre calzos” de uso general, que se<br />

cuenta a partir del momento en que la<br />

aeronave se pone en movimiento en<br />

el punto de carga, hasta que se<br />

detiene en el punto de descarga.<br />

(479) Tiempo de vuelo - aviones.-<br />

Tiempo total transcurrido desde que<br />

el avión comienza a moverse con el<br />

propósito de despegar, hasta que se<br />

detiene completamente al finalizar el<br />

vuelo.<br />

Nota.- Tiempo de vuelo, tal como aquí se define, es<br />

sinónimo de tiempo "entre calzos" de uso general, que<br />

se cuenta a partir del momento en que el avión<br />

comienza a moverse con el propósito de despegar,<br />

hasta que se detiene completamente al finalizar el<br />

vuelo.<br />

(480) Tiempo de vuelo de planeador.-<br />

Tiempo total transcurrido en vuelo, ya<br />

sea a remolque o no, desde que el<br />

planeador comienza a moverse para<br />

despegar, hasta que se detiene al<br />

finalizar el vuelo.<br />

(481) Tiempo de vuelo helicópteros.-<br />

Tiempo total transcurrido desde que<br />

las palas del rotor comienzan a girar,<br />

hasta que el helicóptero se detiene<br />

completamente al finalizar el vuelo y<br />

se paran las palas del rotor.<br />

Nota 1. El Estado podrá proporcionar<br />

orientación en aquellos casos en que la<br />

definición de tiempo de vuelo no describa o<br />

permita métodos normales. Por ejemplo:<br />

Cambio de tripulación sin que se detengan los<br />

rotores; y procedimiento de lavado del motor<br />

con los rotores funcionado después de un<br />

vuelo. En todos los casos, el tiempo en que los<br />

rotores están funcionando entre sectores de un<br />

vuelo se incluye en el cálculo del tiempo de<br />

vuelo.<br />

Nota 2. Esta definición es solo para fines de<br />

reglamentos de vuelo y servicio.<br />

(482) Tiempo de vuelo solo.- Tiempo<br />

de vuelo durante el cual el alumno<br />

piloto es el único ocupante de la<br />

aeronave.<br />

(483) Tiempo en entrenador.- Tiempo<br />

durante el cual un piloto practica en<br />

tierra el vuelo simulado por<br />

instrumentos, en un dispositivo de<br />

instrucción para simulación de vuelo<br />

aprobado por la autoridad otorgadora<br />

de licencias.<br />

(484) Tipo de RNP.- Valor de retención<br />

expresado como la distancia de<br />

desviación en millas marinas con<br />

respecto a su posición prevista, que<br />

las aeronaves no excederán durante<br />

el 95% del tiempo de vuelo como<br />

mínimo.<br />

Ejemplo.— RNP 4 representa una precisión de<br />

navegación de ±7,4 km (4 NM) basándose en una<br />

retención del 95%.<br />

(485) Tonelada métrica (t).- La masa<br />

igual a 1000 kilogramos.<br />

(486) Torre de control de aeródromo.-<br />

Dependencia establecida para facilitar<br />

servicio de control de tránsito aéreo al<br />

tránsito de aeródromo.<br />

(487) Trabajo aéreo.- Operación de<br />

aeronave en la que ésta se aplica a<br />

servicios especializados tales como<br />

agricultura, construcción, fotografía,<br />

21/04/2008 1-B-40 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

levantamiento de planos, observación<br />

y patrulla, búsqueda y salvamento,<br />

anuncios aéreos, etc.<br />

(488) Tramo de aproximación final.-<br />

Fase de un procedimiento de<br />

aproximación por instrumentos<br />

durante la cual se ejecutan la<br />

alineación y el descenso para<br />

aterrizar.<br />

(489) Tramo de aproximación inicial.-<br />

Fase de un procedimiento de<br />

aproximación por instrumentos entre<br />

el punto de referencia de<br />

aproximación inicial y el punto de<br />

referencia de aproximación<br />

intermedia o, cuando corresponda, el<br />

punto de referencia de aproximación<br />

final.<br />

(490) Tramo de aproximación<br />

Intermedia.- Fase de un<br />

procedimiento de aproximación por<br />

instrumentos entre, ya sea el punto<br />

de referencia, de aproximación<br />

intermedia y el punto de referencia de<br />

aproximación final o el punto de<br />

aproximación final; o entre el final de<br />

un procedimiento de inversión, de<br />

hipódromo o de navegación a estima<br />

y el punto de referencia de<br />

aproximación final o el punto de<br />

aproximación final, según sea el caso.<br />

(491) Tránsito aéreo.- Todas las<br />

aeronaves que se hallan en vuelo, y<br />

las que circulan por el área de<br />

maniobras de un aeródromo.<br />

(492) Tránsito de aeródromo.- Todo el<br />

tránsito que tiene lugar en el área de<br />

maniobras de un aeródromo, y todas<br />

las aeronaves que vuelen en las<br />

inmediaciones del mismo.<br />

Nota.- Se considera que una aeronave está en las<br />

inmediaciones de un aeródromo cuando está<br />

dentro de un circuito de tránsito de aeródromo, o<br />

bien entrando o saliendo del mismo.<br />

(493) Transmisor de localización de<br />

emergencia (ELT).- Término<br />

genérico que describe el equipo que<br />

difunde señales distintivas en<br />

frecuencias designadas y que, según<br />

la aplicación puede ser de activación<br />

automática al impacto o bien ser<br />

activado manualmente. Existen los<br />

siguientes tipos de ELT:<br />

(i) ELT fijo automático [ELT(AF)]. ELT<br />

de activación automática que se<br />

instala permanentemente en la<br />

aeronave;<br />

(ii) ELT portátil automático [ELT(AP)].<br />

ELT de activación automática que se<br />

instala firmemente en la aeronave,<br />

pero que se puede sacar de la<br />

misma con facilidad;<br />

(iii) ELT de desprendimiento automático<br />

[ELT(AD)]. ELT que se instala<br />

firmemente en la aeronave y se<br />

desprende y activa automáticamente<br />

al impacto y en algunos casos por<br />

acción de sensores hidrostáticos.<br />

También puede desprenderse<br />

manualmente.<br />

(iv) ELT de supervivencia [ELT(S)]. ELT<br />

que puede sacarse de la aeronave,<br />

que está estibado de modo que su<br />

utilización inmediata en caso de<br />

emergencia sea fácil y que puede<br />

ser activado manualmente por los<br />

sobrevivientes.<br />

(494) Trayectoria de planeo.- Perfil de<br />

descenso determinado para guía<br />

vertical durante una aproximación<br />

final.<br />

(495) Tripulación de traslado.-<br />

Miembros de la tripulación que no<br />

están en servicio pero que vuelan o<br />

viajan por transporte de superficie por<br />

orden del explotador.<br />

(496) Tripulante.- La(s) persona(s)<br />

asignada a efectuar una tarea en un<br />

avión durante el tiempo de vuelo.<br />

(497) Tripulante de Cabina de<br />

Pasajeros (Auxiliares).- Expresión<br />

con la que se designa a los<br />

tripulantes que cumplen funciones de<br />

asistencia a los pasajeros en la<br />

cabina de pasajeros.<br />

21/04/2008 1-B-41 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(498) Tripulantes de Vuelo (Técnicos).-<br />

Expresión con la que se designa a los<br />

tripulantes que cumplen funciones de<br />

operación de la aeronave en la cabina<br />

de mando (cockpit).<br />

(499) Umbral desplazado. Umbral que<br />

no está situado en el extremo de la<br />

pista.<br />

(500) Umbral de tiempo.- Expresa el<br />

tiempo de vuelo desde un aeródromo<br />

de alternativa en ruta adecuado, que<br />

en caso de excederse obligaría al<br />

Estado del explotador prestara<br />

particular consideración al avión y a la<br />

operación de que se trate antes de<br />

otorgar la autorización para realizar<br />

vuelos a grandes distancias de<br />

aviones con dos grupos de motores<br />

de turbina (ETOPS).<br />

(501) Umbral (THR).- Comienzo de la<br />

parte de pista utilizable para el<br />

aterrizaje.<br />

(502) Uso problemático de ciertas<br />

sustancias.- El uso de una o más<br />

sustancias psicoactivas por el<br />

personal aeronáutico de manera que:<br />

(i) constituya un riesgo directo para<br />

quien las usa o ponga en peligro las<br />

vidas, la salud o el bienestar de<br />

otros; o<br />

(ii) provoque o empeore un problema o<br />

desorden de carácter ocupacional,<br />

social, mental o físico.<br />

(503) Validación.- Acción administrativa<br />

mediante la cual al ciudadano que lo<br />

solicita se le reconoce los requisitos<br />

cumplidos para la obtención de una<br />

licencia en un Estado contratante de<br />

la OACI, a efectos de la emisión de<br />

una licencia del país que los acepta.<br />

(504) Vatio (W).- Potencia que da origen<br />

a la producción de energía al ritmo de<br />

1 julio por segundo.<br />

(505) Velocidad calibrada (CAS).-<br />

Velocidad indicada de una aeronave,<br />

corregida por posición y error de<br />

instrumento. La velocidad calibrada<br />

es igual a la velocidad verdadera en<br />

la atmósfera estándar a nivel del mar.<br />

Nota.- La velocidad calibrada es igual a la lectura del<br />

indicador de velocidad corregida por error de posición y<br />

de instrumento. (Como resultado de la corrección de<br />

compresibilidad adiabática al nivel del mar, aplicada a<br />

la lectura del anemómetro, CAS es igual a la velocidad<br />

verdadera, TAS, en la atmósfera tipo al nivel del mar.)<br />

(506) Velocidad verdadera (TAS).- La<br />

velocidad del avión en relación con el<br />

aire en calma.<br />

(507) Verificación.- Confirmación<br />

mediante examen y aporte de<br />

pruebas objetivas de que se han<br />

cumplimentado los requisitos<br />

especificados (ISO 8402).<br />

(508) Verificación de antecedentes.-<br />

Verificación de la identidad, y la<br />

experiencia de una persona,<br />

incluyendo cualquier antecedente<br />

penal, si corresponde, como parte de<br />

la evaluación de la idoneidad de un<br />

individuo para tener acceso sin<br />

escolta a una zona de seguridad<br />

restringida.<br />

(509) Verificación de seguridad de la<br />

aeronave.- Inspección del interior de<br />

una aeronave a la que los pasajeros<br />

puedan haber tenido acceso, así<br />

como de la bodega con objeto de<br />

descubrir objetos sospechosos,<br />

armas, explosivos u otros artefactos<br />

peligrosos.<br />

(510) Versión derivada.- Todo motor<br />

aéreo de turbina de gas<br />

genéricamente del mismo tipo<br />

previamente certificado, del que<br />

proceda, y que tenga características<br />

que retenga el núcleo básico y la<br />

cámara de combustión – y accesorios<br />

conexos del motor de que dimane y<br />

cuyos otros factores, a juicio de la<br />

autoridad encargada de la<br />

certificación, no haya variado.<br />

Nota.- Se hace notar la diferencia entre la definición de<br />

“versión derivada de una aeronave “que figura en el<br />

volumen I del Anexo 16 y la definición de “versión<br />

derivada “ incluida en el párrafo anterior.<br />

21/04/2008 1-B-42 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(511) Versión derivada de una<br />

aeronave.- Una aeronave que desde<br />

el punto de vista de la<br />

aeronavegabilidad es similar al<br />

prototipo homologado en cuanto al<br />

ruido, pero con cambios en el diseño<br />

de tipo que pueden afectar<br />

adversamente sus característica de<br />

ruido.<br />

Nota 1.- Cuando la autoridad que expide el certificado<br />

estime que la modificación de diseño, configuración,<br />

potencia o masa que se propone tiene amplitud<br />

suficiente para exigir una nueva investigación de<br />

conformidad con los reglamentos pertinentes de<br />

aeronavegabilidad, la aeronave debería considerarse<br />

como de nuevo tipo y no como una versión derivada.<br />

Nota 2.- Cuando haya más de un punto de medición, la<br />

palabra “ adversamente “ se refiere al cambio neto de<br />

los niveles de ruidos.<br />

(512) Versión derivada de un<br />

helicóptero.- Un helicóptero que<br />

desde el punto de vista de la<br />

aeronavegabilidad es similar al<br />

prototipo homologado en cuanto al<br />

ruido, pero con cambios en el diseño<br />

de tipo que pueden afectar<br />

adversamente sus características de<br />

ruido.<br />

Nota 1.- Al aplicarse las normas del Anexo 16 de la<br />

OACI, un helicóptero que se base en un prototipo<br />

existente pero cuando la autoridad que otorga la<br />

homologación considere que es un nuevo diseño de<br />

tipo para fines de aeronavegabilidad, será no obstante<br />

considerado como una versión derivada si la autoridad<br />

que otorga la homologación juzga que las<br />

características de la fuente de ruido son las mismas<br />

que las del prototipo.<br />

Nota 2.- La palabra “adversamente” se refiere a un<br />

aumento de mas de 0,3 dB en cualquiera de lo niveles<br />

de homologación en cuanto al ruido.<br />

(513) Vigilancia dependiente<br />

automática – contrato (ADS-C).-<br />

Medio que permite al sistema de<br />

tierra y a la aeronave establece,<br />

mediante enlace de datos, las<br />

condiciones de un acuerdo ADS-C,<br />

en el cualse indican las condiciones<br />

en que han de iniciarse los informes<br />

ADS-C, así como los datos que<br />

deben figuraren los mismos.<br />

Nota. El término abreviado “contrato ADS-C” se<br />

utiliza comúnmente para referirse a contrato ADS<br />

relacionado con un seceso, contrato de solicitud<br />

ADS, contrato ADS periódico o modo de<br />

emergencia.<br />

(514) Viraje de base. Viraje ejecutado<br />

por la aeronave durante la<br />

aproximación inicial, entre el extremo<br />

de la derrota de alejamiento y el<br />

principio de la derrota intermedia o<br />

final de aproximación. Las derrotas no<br />

son opuestas entre sí.<br />

Nota.- Pueden designarse como viraje de base los que<br />

se hacen ya sea en vuelo horizontal o durante el<br />

descenso, según las circunstancias en que se siga<br />

cada procedimiento.<br />

(515) Visibilidad.- En sentido<br />

aeronáutico se entiende por<br />

visibilidad el valor más elevado entre<br />

los siguientes:<br />

(i) la distancia máxima a la que pueda<br />

verse y reconocerse un objeto de<br />

color negro de dimensiones<br />

convenientes, situado cerca del<br />

suelo, al ser observado ante un<br />

fondo brillante; y<br />

(ii) la distancia máxima a la que puedan<br />

verse e identificarse las luces de<br />

aproximadamente mil candelas ante<br />

un fondo no iluminado.<br />

Nota.- Estas dos distancias tienen distintos valores en<br />

una masa de aire de determinado coeficiente de<br />

extinción y la distancia varía con la iluminación del<br />

fondo. La distancia de (i) está representada por el<br />

alcance óptico meteorológico (MOR).<br />

Nota. La definición se aplica a las observaciones de<br />

visibilidad en los informes locales ordinarios y<br />

especiales, a las observaciones de la visibilidad<br />

reinante y mínima notificadas en los informes METAR y<br />

SPECI y a las observaciones de la visibilidad en tierra.<br />

(516) Visibilidad en tierra.- Visibilidad<br />

en un aeródromo, indicada por un<br />

observador competente.<br />

(517) Visibilidad en vuelo.- Visibilidad<br />

hacia delante desde el puesto de<br />

pilotaje de una aeronave en vuelo.<br />

(518) Visible.- Dicese de un objeto<br />

visible en una noche oscura con<br />

atmósfera diáfana.<br />

(519) Visitante.- Toda persona que<br />

desembarque y entre en el territorio<br />

de un Estado contratante distinto del<br />

de su residencia habitual,<br />

permanezca en el legalmente con<br />

arreglo a lo prescrito por ese Estado<br />

contratante, para fines legítimos en<br />

calidad de no inmigrante, tales como<br />

de turismo, diversión, deportes, salud,<br />

motivos familiares, peregrinaciones<br />

religiosas o negocios, y que no<br />

21/04/2008 1-B-43 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

emprenda ninguna ocupación<br />

lucrativa durante su estancia en ele<br />

territorio visitado.<br />

(520) Voltio (V).- Unidad de diferencia<br />

de potencial y de fuerza electromotriz,<br />

que es la diferencia de potencia<br />

eléctrico entre dos puntos de un<br />

conductor que transporta una<br />

corriente constante de un (1) amperio,<br />

cuando la potencia disipada entre<br />

estos dos puntos es igual a un (1)<br />

vatio.<br />

(521) VTOSS.- Velocidad mínima a la cual<br />

puede lograrse el ascenso con el<br />

grupo motor critico fuera de<br />

funcionamiento, con los demás<br />

grupos motores en funcionamiento<br />

dentro de los límites operacionales<br />

aprobados.<br />

Nota. La velocidad citada anteriormente puede<br />

medirse por instrumentos o bien lograrse<br />

mediante un procedimiento indicado en el<br />

manual de vuelo.<br />

(522) Vuelo a grandes distancias<br />

(ETOPS).- Todo vuelo de un avión<br />

con dos grupos motores de turbina,<br />

cuando el tiempo de vuelo, desde<br />

cualquier punto de la ruta a velocidad<br />

de crucero (en condiciones ISA y de<br />

aire en calma) con un grupo motor<br />

inactivo hasta un aeródromo de<br />

alternativa adecuado, sea superior al<br />

umbral de tiempo aprobado por el<br />

Estado del explotador.<br />

(523) Vuelo acrobático.- Maniobras<br />

realizadas intencionadamente con<br />

una aeronave, que implican un<br />

cambio brusco de actitud, o una<br />

actitud o variación de velocidad<br />

anormales.<br />

(524) Vuelo controlado.- Todo vuelo<br />

que está supeditado a una<br />

autorización del control de tránsito<br />

aéreo.<br />

(525) Vuelo de socorro.- Vuelos de<br />

carácter humanitario para transportar<br />

personas provisiones de socorro<br />

como alimentos ropa, tiendas,<br />

artículos medico y de otro tipo<br />

durante y después de una<br />

emergencia o desastre o para<br />

evacuar personas cuya vida o salud<br />

se ve amenazada por seguros del<br />

mismo Estado o de otro Estado<br />

dispuesto a recibidas.<br />

(526) Vuelo IFR.- Vuelo efectuado de<br />

acuerdo con las reglas de vuelo por<br />

instrumentos.<br />

(527) Vuelo VFR. Vuelo efectuado de<br />

acuerdo con las reglas de vuelo<br />

visual.<br />

(528) Vuelo VFR especial.- Vuelo VFR<br />

al que el control de tránsito aéreo ha<br />

concedido autorización para que se<br />

realice dentro de una zona de control<br />

en condiciones meteorológicas<br />

inferiores a las VMC.<br />

(529) VY.- Velocidad correspondiente al<br />

régimen de ascenso optimo.<br />

(530) Weber (Wb).- Flujo magnético que,<br />

al atravesar un circuito de una sola<br />

espira produce en esta una fuerza<br />

electromotriz de un (1) voltio cuando<br />

el flujo disminuye uniformemente a<br />

cero en un segundo.<br />

(531) Zona de control.- Espacio aéreo<br />

controlado que se extiende hacia<br />

arriba desde la superficie terrestre<br />

hasta un límite superior especificado.<br />

(532) Zona de identificación de<br />

defensa aérea.- Espacio aéreo<br />

designado especial de dimensiones<br />

definidas, dentro del cual las<br />

aeronaves deben satisfacer<br />

procedimientos especiales de<br />

identificación y notificación, además<br />

de aquellos que se relacionan con el<br />

suministro de servicios de tránsito<br />

aéreo (ATS).<br />

(533) Zona de parada.- Área rectangular<br />

definida en el terreno situado a<br />

continuación del recorrido de<br />

despegue disponible, preparada<br />

como zona adecuada para que<br />

puedan pararse las aeronaves en<br />

caso de despegue interrumpido.<br />

(534) Zona despejada de obstáculos<br />

(OFZ).- Espacio aéreo por encima de<br />

la superficie de aproximación interna,<br />

de las superficies de transición<br />

interna, de la superficie de aterrizaje<br />

interrumpido y de la parte de la franja<br />

limitada por esas superficies, no<br />

penetrada por ningún obstáculo fijo<br />

21/04/2008 1-B-44 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

salvo uno de masa ligera montado<br />

sobre soportes frangibles necesario<br />

para fines de navegación aérea.<br />

(535) Zona de responsabilidad<br />

(sistema mundial de pronósticos<br />

de área).- Zona geográfica para la<br />

cual el centro regional de pronósticos<br />

de área prepara pronósticos de<br />

tiempo significativo.<br />

(536) Zona de seguridad restringida.-<br />

Zonas de la parte aeronáutica de un<br />

aeropuerto cuyo acceso esta<br />

controlado para garantizar la<br />

seguridad de la aviación civil. Dichas<br />

zonas normalmente incluirán, entre<br />

otras cosas, todas las zonas de salida<br />

de pasajeros entre el punto de<br />

inspección y la aeronave, la<br />

plataforma, los locales de preparación<br />

de embarque de equipaje, los<br />

depósitos de carga, los centros de<br />

correo y lo locales de la parte<br />

aeronáutica de servicios de provisión<br />

de alimentos y de limpieza de las<br />

aeronaves.<br />

(537) Zona de servicios (sistema<br />

mundial de pronósticos de aérea).-<br />

Zona geográfica dentro de la cual el<br />

centro regional de pronósticos de<br />

área se encarga de proporcionar<br />

pronósticos de área a las autoridades<br />

meteorológicas y a otros usuarios.<br />

(538) Zona de toma de contacto.- Parte<br />

de la pista, situada después del<br />

umbral, destinada a que los aviones<br />

que aterrizan hagan el primer<br />

contacto con la pista.<br />

(539) Zona de tránsito de aeródromo.-<br />

Espacio aéreo de dimensiones<br />

definidas establecido alrededor de un<br />

aeródromo para la protección del<br />

tránsito del aeródromo.<br />

(540) Zona de transito directo.- Zona<br />

especial que, con aprobación de las<br />

autoridades competentes y bajo su<br />

jurisdicción inmediata, se establece<br />

en los aeropuertos internacionales<br />

para comodidad y conveniencia del<br />

trafico que se detiene brevemente a<br />

su paso por el Estado contratante.<br />

(541) Zona franca.- Parte del territorio<br />

de un Estado contratante en la que<br />

toma mercancía que se introduzca se<br />

considera generalmente que esta<br />

fuera del territorio aduanero, por lo<br />

que respecta a los derechos e<br />

impuestos a la importación.<br />

(542) Zona libre de obstáculos.- Área<br />

rectangular definida en el terreno o en<br />

el agua y bajo control de la autoridad<br />

competente, designada o preparada<br />

como área adecuada sobre la cual un<br />

avión puede efectuar una parte del<br />

ascenso inicial hasta una altura<br />

especificada.<br />

(543) Zona peligrosa.- Espacio aéreo de<br />

dimensiones definidas en el cual<br />

pueden desplegarse en determinados<br />

momentos actividades peligrosas<br />

para el vuelo de las aeronaves.<br />

(544) Zona prohibida.- Espacio aéreo<br />

de dimensiones definidas sobre el<br />

territorio o las aguas jurisdiccionales<br />

de un Estado, dentro del cual está<br />

prohibido el vuelo de las aeronaves.<br />

(545) Zona restringida.- Espacio aéreo<br />

de dimensiones definidas sobre el<br />

territorio las aguas jurisdiccionales de<br />

un Estado, dentro del cual está<br />

restringido el vuelo de las aeronaves,<br />

de acuerdo con determinadas<br />

condiciones especificas.<br />

Intencionalmente en blanco<br />

21/04/2008 1-B-45 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Adjunto 1-B<br />

Terminología<br />

(a) Cuando las definiciones indicadas a<br />

continuación sean empleadas en las<br />

RAB tienen los siguientes significados:<br />

(1) A prueba de fuego.-<br />

(i) Con respecto a materiales y partes<br />

utilizados para contener el fuego<br />

en una zona de incendio definida,<br />

son aquellos capaces de resistir el<br />

calor tan bien como el acero o<br />

mejor que [este, cuando las<br />

dimensiones en ambos casos son<br />

apropiadas para el fin al que<br />

fueron diseñados; y<br />

(ii) Con respecto a otros materiales y<br />

partes, significa que pueden<br />

resistir el calor asociado con el<br />

incendio, al menos igual que el<br />

acero, en dimensiones apropiadas<br />

para el pro[osito que son usados.<br />

(iii) Con respecto<br />

(2) Aceptado.- Admitido por la AAC, sin<br />

una calificación integral por parte de<br />

la AAC, sin una calificación integral<br />

por parte de la AAC, por ser idónea<br />

para un fin determinado.<br />

(3) Actividades de auditoria. Aquellas<br />

actividades y procedimientos por los<br />

que se obtiene información para<br />

verificar si el Estado sujeto a auditoria<br />

se conforma, o se adhiere a los<br />

SARP, procedimientos y buena<br />

practica de seguridad operacional de<br />

la aviación aplicables. Entre tales<br />

actividades puede incluirse, aunque<br />

no sean las únicas, entrevistas,<br />

observaciones, inspecciones y la<br />

revisión de ficheros y documentos.<br />

(4) Actuaciones de mantenimiento de<br />

altitud. Actuaciones observadas en<br />

una aeronave con respecto a su<br />

adaptación a un nivel de vuelo.<br />

(5) Adecuado. Se satisfacen los<br />

requisitos mínimos; satisfactorios;<br />

aceptable; suficiente.<br />

(6) Adopción. Es el proceso que implica<br />

en cada Estado el recibir, haciéndolos<br />

propias, las regulaciones, requisitos,<br />

métodos y procedimientos<br />

desarrollados por el Sistema.<br />

(7) Aeronave (tipo de). Todas las<br />

aeronaves de un mismo diseño<br />

básico con sus modificaciones,<br />

excepto las que alteran su manejo o<br />

sus características de vuelo.<br />

(8) Aeronave arrendada. Es aquella que<br />

se utiliza en virtud de un<br />

arrendamiento.<br />

(9) Aeronave arrendada únicamente<br />

con tripulantes técnicos. Aeronave<br />

arrendada con tripulación que incluye<br />

a los tripulantes de la cabina de<br />

pilotaje pero no al personal auxiliar de<br />

a bordo.<br />

(10) Aeronave birreactor. Es una<br />

aeronave de reacción con dos<br />

motores.<br />

(11) Aeronave CTOL. Aeronave de<br />

despegue y aterrizaje<br />

convencionales.<br />

(12) Aeronave con motor de embolo.<br />

Es una aeronave propulsada por<br />

motores de embolo.<br />

(13) Aeronave de autonomía de vuelo<br />

media. Es aquella que suelo ser<br />

capaz de recorrer entre 2,224 y 5,556<br />

km (1,200 y 3,000 millas marinas) con<br />

plena carga de pago en condiciones<br />

normales de crucero.<br />

(14) Aeronave de autonomía limitada.<br />

Es aquella cuyo alcance de vuelo sin<br />

escala suelo ser inferior a 2,224 km<br />

(1,200 millas marinas) con plena<br />

carga de pago en condiciones<br />

normales de crucero.<br />

(15) Aeronave de Estado. Aeronave<br />

que se utiliza en servicios militares,<br />

21/04/2008 1-AD 1B-1 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

de aduanas, de policía u otros<br />

servicios de aplicación de las leyes de<br />

un Estado.<br />

(16) Aeronave de Etapa 2. Aeronave de<br />

reacción subsónica que ha sido<br />

homologada para satisfacer los<br />

requisitos en cuanto al novel de ruido<br />

estipulado en el anexo 16 de la OACI,<br />

Volumen 1, Capitulo 2, pero que no<br />

satisface los requisitos del anexo 16<br />

de la OACI, Volumen 1, Capitulo 3 (el<br />

capitulo 2 es equivalente a la Etapa 2<br />

de la reglamentación de los Estados<br />

Unidos).<br />

(17) Aeronave de Etapa 3. Aeronave de<br />

reacción subsónica que ha sido<br />

homologada para satisfacer los<br />

requisitos en cuanto al nivel de ruido<br />

estipulado en el anexo 16 de la OACI,<br />

Volumen 1, Capitulo 3 (el Capitulo 3<br />

es equivalente a la Etapa 3 de la<br />

reglamentaron de los Estados<br />

Unidos).<br />

(18) Aeronave de fuselaje ancho. Es<br />

una gran aeronave de transporte con<br />

una anchura interna de la cabina que<br />

permite instalar normalmente a los<br />

pasajeros en tres grupos axiales de<br />

asientos separados por dos pasillos<br />

(en la practica esto representa no<br />

menos de 4.72 m (15.6ft)).<br />

(19) Aeronave de fuselaje estrecho. Es<br />

aquella que tiene un solo pasillo que<br />

separa dos grupos axiales de<br />

asientos en la cabina.<br />

Nota 1.- Si bien estos dos términos se utilizan<br />

sobre todo para la comercialización, algunos<br />

Estados los utilizan también en relación con la<br />

reglamentación de la capacidad.<br />

Nota 2.- La expresión avión de reacción “jumbo”<br />

tiene origen popular y se aplica a las aeronaves<br />

grandes de fuselaje ancho como el Boeing 747.<br />

Nota 3.- La expresión “aeronave grande“ puede<br />

tener varias definiciones según sus aplicaciones<br />

concretas (p. Ej., para fijar los derechos de<br />

aterrizaje en los aeropuertos o reglamentar la<br />

capacidad). En las estadísticas de la OACI, una<br />

aeronave grande es aquella cuya masa máxima<br />

certificada de despegue es de 9 toneladas (20,000<br />

lb aproximadamente) o m[as; en el contexto de la<br />

reglamentación técnica, una aeronave cuya masa<br />

máxima certificada de despegue es de 5.700 kg<br />

(12,550 lb aproximadamente).<br />

(20) Aeronave de gran autonomía de<br />

vuelo. Es aquella que puede recorrer<br />

mas de 5.556 km (3,000 millas<br />

marinas) con plena carga de pago en<br />

condiciones normales de crucero.<br />

(21) Aeronave de gran capacidad. Es,<br />

por regla general, aquella cuya<br />

capacidad se sitúa entre 350 y 500<br />

plazas.<br />

(22) Aeronave de transporte de<br />

capacidad ultra grande (UHCT) o<br />

una aeronave muy grande de<br />

transporte comercial (VLCT).<br />

Pertenece a un tipo de aeronave que<br />

están estudiando algunos fabricantes<br />

de aeronaves y que se supone tendrá<br />

mas de 600 plazas.<br />

(23) Aeronave de turbofan. Es aquella<br />

que tiene turborreactores con<br />

soplante.<br />

(24) Aeronave de turbohélice. Es una<br />

aeronave propulsada por motores de<br />

turbohélice.<br />

(25) Aeronave de turborreactor. Es una<br />

aeronave de reacción propulsada por<br />

turborreactores.<br />

(26) Aeronave errática. Aeronave cuya<br />

performance de mantenimiento de<br />

altitud difiere en gran medida de la<br />

performance media calculada de la<br />

población total de aeronaves que<br />

efectúan operaciones en espacio<br />

aéreo RVSM.<br />

(27) Aeronave experimental. Aeronave<br />

construida para alguno de los<br />

siguientes propósitos: investigación y<br />

desarrollo, demostraciones de<br />

cumplimiento de requisitos de<br />

aeronavegabilidad o recreación.<br />

21/04/2008 1-AD 1B-2 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(28) Aeronave Grande. Aeronave<br />

superior a los 12,500 libras / 5,700 kg<br />

de masa máxima certificada de<br />

despegue.<br />

(29) Aeronave hipersónica. Es aquella<br />

que puede volar a velocidades<br />

superiores a Mach 5.<br />

(30) Aeronave mas liviana que el aire.<br />

Aeronave que se puede elevar y<br />

sustentar en el aire, usando un<br />

contenido de gas de menos peso que<br />

el del volumen del aire desplazado<br />

por el mismo.<br />

(31) Aeronave mixta. Es una aeronave<br />

de transporte que puede llevar tanto<br />

pasajeros como carga en la cubierta<br />

principal, a menudo en diversas<br />

configuraciones.<br />

(32) Aeronave pequeña. Aeronave cuya<br />

masa máxima certificada de<br />

despegue es de 12,500 libras / 5,700<br />

kg o menos.<br />

(33) Aeronaves que no satisface los<br />

requisitos. Aeronave configurada<br />

para satisfacer los requisitos de la<br />

MASPS RVSM, respecto a la cual se<br />

observa, mediante la vigilancia de la<br />

altitud, un error vertical total (TVE) a<br />

una desviación respecto a la altitud<br />

asignada (AAD) de 90m (300 ft) o<br />

m[as o un error del sistema altimétrico<br />

(ASE) de 75 m (245 ft) o mas.<br />

(34) Aeronave sin grupo. Aeronave<br />

para la que se solicita la aprobación<br />

RVSM en función de las<br />

características únicas de su fuselaje,<br />

en lugar de por su pertenencia a un<br />

grupo.<br />

(35) Aeronave subsonica. Es aquella<br />

que es incapaz de mantener el vuelo<br />

horizontal a velocidades que excedan<br />

de mach 1 (o sea, la velocidad del<br />

sonido).<br />

(36) Aeronave supersónica. Es aquella<br />

que puede volar a velocidades<br />

superiores a la del sonido.<br />

(37) Aeronave trirreactor. Es una<br />

aeronave con tres motores.<br />

(38) Aeronaves de transporte<br />

comercial. Son las que se utilizan por<br />

remuneración o alquiler.<br />

(39) Aeronaves de transporte. Son las<br />

que se han diseñado para transportar<br />

personas y carga.<br />

(40) Aeronaves privadas. Son las que<br />

no son de estado y que se utilizan<br />

para fines no comerciales.<br />

(41) Aeroplano (avión). Aeronave<br />

propulsada por motor, que debe su<br />

sustentación en vuelo principalmente<br />

a reacciones aerodinámicas ejercidas<br />

sobre superficies que permanecen<br />

fijas en determinadas condiciones de<br />

vuelo.<br />

(42) Aeropuerto. Es un área definida de<br />

tierra o de agua que se utiliza para<br />

llegada, la salida y el movimiento de<br />

superficie de aeronaves.<br />

(43) Aeropuerto comercial. Es aquel<br />

que utiliza el publico y que incluye<br />

instalaciones y servicios para el<br />

despacho de pasajeros y carga y el<br />

servicio de las aeronaves<br />

comerciales.<br />

(44) Aeropuerto congestionado. Es<br />

aquel cuya capacidad de despacho<br />

del trafico (en el aire o en tierra) es<br />

inadecuada para satisfacer la<br />

demanda.<br />

Nota.- Para resolver los problemas de la<br />

congestión, un Estado ha designado<br />

ciertos aeropuertos como aeropuertos de<br />

relevo, o sea aeropuertos que reciben el<br />

trafico en lugar de los aeropuertos<br />

comerciales principales; y aeropuertos<br />

complementarios, o sea aquellos que<br />

reciben a la aviación general en lugar de<br />

los aeropuertos de mayor actividad,<br />

aliviando así la congestión en<br />

determinados mercados.<br />

(45) Aeropuerto alternativa. Es aquel al<br />

que podría dirigirse una aeronave<br />

01/08/2004 1-AD 1B-3 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

cuando fuera imposible o no fuera<br />

aconsejable, por motivos técnicos,<br />

dirigirse al aeropuerto de aterrizaje<br />

previsto o aterrizar en el mismo.<br />

Nota.- Centro aeroportuario es todo<br />

aeropuerto que tiene numerosos vuelos<br />

de entrada y de salida y un alto<br />

porcentaje de trafico de enlace; en el<br />

contexto del establecimiento de horarios<br />

y la comercialización, desde el punto de<br />

vista de un transportista aéreo que utiliza<br />

un centro aeroportuario, se trata de un<br />

aeropuerto donde mucos de sus horarios<br />

de entrada y de salida se coordinan de<br />

modo que se logren los enlaces o el<br />

transbordos mas prácticos para<br />

pasajeros, carga o correo. El mismo<br />

aeropuerto puede servir como centro<br />

aeroportuario para mas de un<br />

transportista, aunque dicha situación es<br />

excepcional. .<br />

a dirigirse<br />

(46) Aeropuerto de entrada / salida. Es<br />

un aeropuerto internacional que<br />

constituye el primer punto de llegada<br />

o el ultimo punto de salida en un<br />

Estado para los servicios aéreos<br />

internacionales.<br />

(47) Aeropuerto de interior. Es aquel<br />

que se utiliza exclusivamente para<br />

servicios aéreos domésticos.<br />

(48) Aeropuerto privado. Atiende<br />

principalmente a pequeñas aeronaves<br />

privadas, clubes aéreos, etc.<br />

(49) Aeropuerto regional. Suelo ser un<br />

aeropuerto de una ciudad pequeña o<br />

mediana a la que se presentan<br />

principalmente servicios regionales de<br />

corta distancia.<br />

(50) AIRPROX. Palabra clave utilizada<br />

en una notificación de accidente de<br />

transito aéreo para designar la<br />

proximidad.<br />

(51) Alcance optico meteorológico<br />

(MOR). La longitud del trayecto en la<br />

atmósfera requerida para reducir el<br />

flujo luminoso en un haz colimado<br />

procedente de una lámpara<br />

incandescente con una temperatura<br />

de color de 2.700 k. A 0.05 de su<br />

valor original, siendo evaluado el flujo<br />

luminoso mediante la función de<br />

luminosidad fotométrica de la<br />

Comisión Internacional de alumbrado<br />

(CIE) (metro (m) o kilómetro (km).<br />

Nota 1.- La relación entre el alcance óptico<br />

meteorológico y el coeficiente de extinción<br />

(en el umbral de contraste de s= 0.05)<br />

utilizando la ley de koschmieder es: MOR =<br />

visibilidad en determinadas condiciones)<br />

(vease lo que sigue).<br />

Nota 2.- La definición puede también<br />

enunciarse como sigue: la longitud del<br />

trayecto en la atmósfera requerida para<br />

reducir el fluido luminoso de un haz<br />

colimado o 0.5 de su valor original.<br />

(52) Alcance visual.- Distancia máxima, por<br />

el general en sentido horizontal, a la cual<br />

una fuente luminosa o un objeto resulta<br />

visible en condiciones particulares de<br />

transmitancia y de lurninancia de fondo.<br />

(53) Alcance visual oblicuo (SVR). El<br />

alcance visual de un objeto especificado<br />

o de la luz a lo largo de una línea de<br />

visión que difiere significativamente de la<br />

horizontal; por ejemplo, el alcance visual<br />

de objetos o luces de tierra vistos desde<br />

una aeronave en la aproximación (metro,<br />

m).<br />

(54) Alerta. Una alerta es una señal visual o<br />

auditiva para llamar la atención del piloto<br />

precaviéndolo o advirtiéndolo algo.<br />

(55) Alerta de punta o Winglet. Es una<br />

superficie fuera del plano que extiende<br />

desde una superficie de sustentación.<br />

La superficie puede o no tener superficie<br />

de control.<br />

(56) Altitud barométrica. Altitud<br />

geopotencial en la atmósfera de la tierra<br />

por encima del plano de referencia de<br />

presión a nivel medio normalizado del<br />

mar, medida por un altímetro de presión<br />

(barométrico).<br />

(57) Altitud critica. La altitud máxima a la<br />

cual, en atmósfera tipo, es posible<br />

mantener a las rpm especificadas, una<br />

01/08/2004 1-AD 1B-4 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

potencia o presión de admisión<br />

especificada. A menos que se determine<br />

de otro modo, la altitud critica es la altitud<br />

máxima a la que es posible mantener, a<br />

las rpm máximas continuas, una de las<br />

siguientes condiciones:<br />

(i) la potencia máxima continua, en el<br />

caso de motores, para los cuales<br />

esta potencia nominal es la misma<br />

al nivel del mar y a una altitud<br />

nominal; y<br />

(ii) la presión de admisión máxima<br />

continua nominal, en el caso de<br />

gobernada por la presión de<br />

admisión constante.<br />

(iii) motores alternativos, es la<br />

potencia máxima continua<br />

(58) Altitud Mínima en ruta (MEA). Es el<br />

nivel de vuelo mínimo en ruta que<br />

garantiza franqueamiento de obstáculos<br />

y recepción de comunicaciones y ayudas<br />

a la navegación.<br />

(59) Altura de Alerta. La altura de alerta es<br />

una altura especificada por el radio<br />

altímetro, basado en las características<br />

del avión y en su sistema de aterrizaje<br />

operacional en caso de falla. Si en<br />

cualquier operación, por encima de la<br />

altura de alerta, fallara alguno de los<br />

sistemas operacionales redundantes,<br />

necesarios en el avión (incluso, dado el<br />

caso, el control del recorrido en tierra o el<br />

modo reversible de un sistema mixto) se<br />

interrumpiría la aproximación y se<br />

ejecutaría una maniobra de aproximación<br />

frustrada a menos que fuera posible<br />

volver a una mayor altura de decisión. Si<br />

ocurriera una falla de los sistemas<br />

operacionales redundantes necesarios<br />

por debajo de la altura de alerta, se haría<br />

normalmente caso omiso de ella y se<br />

proseguiría con la aproximación.<br />

(60) Altura de decisión demostrada. La<br />

altura de decisión demostrada,<br />

especificada en el certificado de<br />

aeronavegabilidad, es la altura mas baja<br />

sobre el umbral de la pista a la que el<br />

avión puede descender sin referencias<br />

visuales (es decir, utilizando el sistema<br />

de guía de aproximación(, y continuando<br />

con seguridad la maniobra de<br />

aproximación frustrada o el aterrizaje.<br />

Nota1. El punto de referencia para la<br />

medición de la altura del avión es la altura<br />

de la parte mas baja del tren de aterrizaje.<br />

Nota 2. El establecer la altura de decisión<br />

adecuada para las operaciones no se tiene<br />

en cuenta la pendiente de la pinta, sea cual<br />

fuera, entre el umbral y el punto de toma de<br />

contacto.<br />

(61) Altura mínima de interrupción de la<br />

aproximación. La altura mínima de<br />

interrupción de la aproximación (MABH)<br />

es la altura mas baja sobre la pinta a la<br />

cual puede iniciarse la maniobra de<br />

aproximación interrumpida de forma que:<br />

(i) Con todos los motores en<br />

funcionamiento, no sea frecuente<br />

estadísticamente que el avión<br />

toque el suelo durante el<br />

procedimiento; y<br />

(ii) Sea sumamente improbable que<br />

ocurra una catástrofe si se lleva a<br />

cabo la maniobra de aproximación<br />

frustrada sin referencias visuales<br />

externas de conformidad con el<br />

procedimiento normal.<br />

Nota.- el punto de referencia para la<br />

medición de la altura del avión es la altura<br />

de la parte mas baja del tren de aterrizaje.<br />

(62) Ambigüedad. Existe ambigüedad en el<br />

sistema cuando el sistema de<br />

navegación identifica dos o mas<br />

posiciones posibles del vehículo con el<br />

mismo conjunto de mediciones, sin<br />

indicación de la que representa<br />

correctamente la realidad. Deben<br />

identificarse las posibilidades de<br />

ambigüedades en el sistema y debe<br />

proporcionarse a los usuarios la forma de<br />

identificarlas y de resolverlas (FRP).<br />

(63) Ámbito. Las esferas del sistema<br />

aeronáutico del Estado sometido a<br />

auditoria.<br />

(64) Angulo de mascara. Angulo de<br />

elevación fijo con referencia al horizonte<br />

01/08/2004 1-AD 1B-5 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

del usuario bajo el cual el soporte lógico<br />

del receptor ignora los satélites. Los<br />

ángulos de mascara se utilizan<br />

principalmente en el análisis de eficacia<br />

del GNSS y se emplean en algunos<br />

diseños de receptor. El ángulo de<br />

mascara esta determinado por las<br />

características del receptor, la intensidad<br />

de la señal transmitida a elevaciones<br />

reducidas, la sensibilidad del receptor y<br />

los errores aceptables por elevación<br />

reducida.<br />

(65) Angulo mínimo útil de elevación. La<br />

elevación mínima del satélite, por encima<br />

del horizonte local del usuario, a la que<br />

pueden utilizarse con confianza las<br />

mediciones por satélite en el calculo de<br />

una solución de navegación. El ángulo<br />

mínimo útil de elevación varia en función<br />

del entorno, del diseño y emplazamiento<br />

de la antena, de altitud de la aeronave y<br />

de su actitud.<br />

(66) Anticipación de maniobras. Tiempo y<br />

distancia a un punto de recorrido para<br />

iniciar los cambio de trayectoria que<br />

llevan a un nuevo rumbo.<br />

(67) Aprobación de aeronavegabilidad<br />

RVSM. Procedimiento para asegurar a la<br />

autoridad estatal que una aeronave<br />

satisface la MASPS RVSM. Esto exige<br />

que el explotador satisfaga los requisitos<br />

del boletín de servicio del fabricante<br />

correspondiente a la aeronave y que la<br />

autoridad estatal confirme que dicha<br />

labor se ha llevado a cabo con éxito.<br />

(68) Aprobación de campo. Aprobación<br />

realizada por Inspector de Aeronaves de<br />

la AAC, previamente autorizado, a una<br />

modificación o reparación mayor, que se<br />

cumple para uno o mas de los siguientes<br />

casos, según corresponda:<br />

(i) verificación de datos solamente,<br />

para una única aeronave;<br />

(ii) inspección física, demostración,<br />

ensayo, etc., para una aeronave; y<br />

(iii) verificación de datos solamente,<br />

por duplicidad sobre una aeronave<br />

idéntica.<br />

(69) Aprobación de la aeronavegabilidad<br />

del producto. Significa el otorgamiento<br />

de un certificado de aeronavegabilidad,<br />

la aprobación o aceptación, según<br />

corresponda, por o en nombre de las<br />

autoridades de aeronavegabilidad,<br />

respecto a un producto aeronáutico<br />

particular par autorizar su funcionamiento<br />

o uso en armonía con las leyes,<br />

reglamentos, normas y requisitos<br />

aplicables.<br />

(70) Aprobación de diseño de tipo.<br />

Significa el otorgamiento de un<br />

certificado, aprobación o aceptación, por<br />

o en nombre de una autoridad de<br />

aeronavegabilidad, respecto al diseño de<br />

tipo de un producto aeronáutico.<br />

(71) Aprobación de fabricación de partes<br />

(AFP) (en ingles) (PMA). Aprobación de<br />

materiales, partes, procesos y<br />

dispositivos fabricados para repuesto o<br />

modificaciones destinadas a la venta,<br />

para instalación en aeronaves, motores<br />

de aeronaves o hélices con Certificado<br />

Tipo.<br />

(72) Aprobación RVSM. Indicación de que<br />

se ha logrado debidamente la aprobación<br />

de aeronavegabilidad y la aprobación<br />

operacional (de ser necesario).<br />

(73) Aprobación de retorno al servicio.<br />

Aprobación dada por personal<br />

capacitado que habilita el retorno al<br />

servicio de la aeronave.<br />

(74) Aprobados. Son datos que pueden ser<br />

utilizados para sustentar las<br />

modificaciones y reparaciones mayores<br />

de aeronaves motores, hélices o un<br />

producto aeronáutico que incluye:<br />

(i) Hojas de datos de Certificado de<br />

Tipo (CT);<br />

(ii) Certificado de tipo suplementario;<br />

(iii) Directivas de aeronavegabilidad;<br />

(iv) Manuales de mantenimiento o<br />

instrucciones del fabricante;<br />

01/08/2004 1-AD 1B-6 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(v) Manuales de reparación<br />

estructural (RSM);<br />

(vi) Autorización de fabricación de<br />

partes (AFP)<br />

(vii) Autorización de orden técnica<br />

estándar (AOTE); y<br />

(viii) Boletines del fabricante.<br />

(75) Aproximación en circuito.<br />

Prolongación de un procedimiento de<br />

aproximación por instrumento, que<br />

permite maniobrar alrededor del<br />

aeródromo, con referencias visuales,<br />

antes del aterrizaje.<br />

(76) Aproximación estabilizada. Condición<br />

de vuelo de una aeronave durante la<br />

aproximación, en la cual son adecuados,<br />

como mínimo, los elementos necesarios<br />

siguientes:<br />

(i) trayectoria de vuelo<br />

(ii) velocidad aérea;<br />

(iii) fijación de potencia;<br />

(iv) régimen de descenso;<br />

(v) configuración; y<br />

(vi) aptitud de la tripulación.<br />

(77) Aproximación frustrada. Maniobra<br />

mediante la cual la aeronave asciende,<br />

que debe ser efectuada por la tripulación<br />

de vuelo cuando no se cumplen los<br />

elementos de una aproximación<br />

estabilizada, o los mínimos de visibilidad<br />

necesarios para proseguir mas allá del<br />

fijo de aproximación final (FAF) o la<br />

radiobaliza externa (OM).<br />

(78) Aproximación radar. Aproximación en<br />

la que la fase final se ejecuta bajo la<br />

dirección de un controlador radar.<br />

(79) Aproximación visual. Aproximación<br />

en la que no se completa la totalidad o<br />

una parte de una procedimiento de<br />

aproximación por instrumentos y que se<br />

ejecuta la aproximación con referencias<br />

visuales al terreno.<br />

(80) Área circular protegida (CPA). Un<br />

área circular de espacio aéreo protegido<br />

con centro en la posición deseada de<br />

una aeronave.<br />

Nota.- Esta área se basa en los requisitos<br />

especificados de performance de navegación, p. Ej.,<br />

RNP y capacidades de intervención del ATC<br />

(comunicación y vigilancia).<br />

(81) Área congestionada. En relación con<br />

una ciudad, aldea o población, toda área<br />

muy utilizada para fines residenciales,<br />

comerciales o recreativos.<br />

(82) Área de desplazamiento del punto de<br />

recorrido. El área rectangular que se<br />

forma en torno a la posición trazada del<br />

punto de recorrido. El rectángulo esta<br />

orientado a lo largo de la derrota<br />

deseada con el punto de recorrido en el<br />

centro. Sus dimensiones con dos veces<br />

los valores apropiados, mas o menos un<br />

error de desplazamiento a lo largo de la<br />

derrota y, un error en sentido transversal<br />

a la derrota.<br />

(83) Área de maniobra visuales (circuito).<br />

Área en la cual hay que tener en cuenta<br />

el franqueamiento de obstáculos cuando<br />

se trata de aeronaves que levan a cabo<br />

una aproximación en circuito.<br />

Área libre:<br />

(i) para aviones impulsados con<br />

motores a turbina certificados<br />

después del 29.08.59, un área<br />

mas allá de la pista de aterrizaje<br />

de no menos de 500 pies de<br />

ancho, ubicada centralmente<br />

alrededor de la línea central<br />

extendida de la pinta de aterrizaje<br />

y bajo el control de las autoridades<br />

del aeropuerto; y<br />

(ii) el área libre expresada en<br />

términos de un plano de pista libre<br />

que se extiende desde el extremo<br />

de la pista de aterrizaje con una<br />

inclinación hacia arriba que no<br />

exceda de 1.25%, por encima de<br />

la cual no hay ningún objeto o<br />

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RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

protuberancia del terreno, sin<br />

embargo, las luces limites pueden<br />

sobresalir sobre el plano si su<br />

altura sobre el extremo de la pista<br />

es de 26” o menos y se están<br />

ubicadas a cada lado de la pista.<br />

(84) Área primaria. Área definida, dispuesta<br />

simétricamente a ambos lados de la<br />

derrota nominal de vuelo, en la cual hay<br />

que garantizar el margen de<br />

franqueamiento de obstáculos (vease<br />

área secundaria).<br />

(85) Área secundaria. Área definida,<br />

dispuesta a ambos lados del área<br />

primaria y situada a lo largo de la derrota<br />

nominal de vuelo, en la cual se<br />

proporciona un margen decreciente de<br />

franqueamiento de obstáculos (vease<br />

área primaria).<br />

(86) Arrendador. El propietario del equipo<br />

que se alquila.<br />

(87) Arrendamiento. Contrato entre un<br />

arrendador y un arrendatario para<br />

alquilar equipo. El arrendador retiene la<br />

propiedad del equipo, pero cede al<br />

arrendatario el derecho a su uso durante<br />

un plazo convenido, a cambio de una<br />

serie de pagos que el arrendatario hace<br />

al arrendador.<br />

(88) Arrendamiento a corto plazo. Por lo<br />

general, se refiere a un arrendamiento de<br />

explotación.<br />

(89) Arrendamiento de explotación.<br />

Contrato de arrendamiento en el que el<br />

arrendador conserva la propiedad del<br />

equipo, y los riesgos y ventajas que<br />

conlleva, al final del plazo de<br />

arrendamiento, que puede ser<br />

sumamente corto.<br />

(90) Arrendamiento en seco. Alquiler de<br />

aeronave sin tripulación.<br />

(91) Arrendamiento húmedo. Alquiler de<br />

aeronave con tripulación y otros<br />

complementos.<br />

(92) Arrendatario. El usuario del equipo<br />

que se alquila.<br />

(93) Ascenso en crucero. Técnica de<br />

crucero de un avión, que resulta en un<br />

incremento meto de altitud a medida que<br />

disminuye la masa del avión.<br />

(94) Asistencia Radar. El empleo del radar<br />

para proporcionar a las aeronaves<br />

información y a asesoramiento sobre<br />

desviaciones significativas respecto a la<br />

trayectoria nominal de vuelo, incluidas<br />

las desviaciones respecto a los términos<br />

de las autorizaciones del control de<br />

transito aéreo otorgadas.<br />

(95) Ataque hipoglicemico. Perteneciente<br />

o caracterizado por hipoglucemia:<br />

disminución anormal de la concentración<br />

de glucosa en la sangre que circula, p.<br />

Ej., un valor inferior al mínimo en la<br />

gama normal.<br />

(96) Atenuación complementaria derruido<br />

(atenuación lateral). Atenuación del<br />

ruido que se añade a la que se tiene en<br />

cuenta en los datos ruido-potenciadistancia,<br />

y que se explica por las<br />

diferencias entre las condiciones reales y<br />

las condiciones ideales. La atenuación<br />

se debe especialmente a la absorción del<br />

sonido cuando se propaga por superficie<br />

parcialmente absorbente y a las<br />

características de instalación de la fuente<br />

de ruido.<br />

(97) Aterrizaje forzoso seguro. Aterrizaje o<br />

amaraje inevitable con una previsión<br />

razonable de que no se produzcan<br />

lesiones a las personas en la aeronave ni<br />

en la superficie.<br />

(98) Atmósfera estándar o atmósfera tipo<br />

o ISA (Internacional Standard<br />

atmosphere). Atmósfera ficticia definida<br />

por la OACI en base en parámetros físico<br />

/ matemáticos y que se utiliza como<br />

patrón de comparación.<br />

(99) Auditoria. Un examen sistemático y<br />

objetivo del marco aeronáutico de un<br />

Estado para verificar si cumple con las<br />

disposiciones del convexo de Chicago o<br />

de la reglamentación nacional, si se<br />

conforma, o se adhiere a los SARPS,<br />

procedimientos y buena practica de<br />

seguridad operacional.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-8 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(100) Automatización.<br />

(i) aplicación de procedimientos por<br />

medios automáticos; y<br />

(ii) conversión de un procedimiento,<br />

un proceso o un equipo para su<br />

funcionamiento automático.<br />

(101) Autoridad de Aviación Civil (AAC).<br />

Organismo nacional de cada Estado<br />

que, a través del conjunto de funciones<br />

que realiza como autoridad de aplicación<br />

(autoridad aeronáutica), verifica el nivel<br />

de conocimientos e idoneidad del<br />

personal que ejerce funciones<br />

aeronáuticas y garantiza la confiabilidad<br />

del material de vuelo y todo lo conexo,<br />

necesario para la seguridad operativa de<br />

la actividad aeronáutica civil nacional e<br />

internacional.<br />

(102) Autoridades de aeronavegabilidad.<br />

Significa la organización gubernamental<br />

nacional de una parte contratante a la<br />

que incumbe la responsabilidad de<br />

reglamentar la certificación de la<br />

aeronavegabilidad, y medioambiental, la<br />

aprobación o aceptación de productos<br />

aeronáuticos.<br />

(103) Autoridad que exporta. Significa la<br />

autoridad de aeronavegabilidad de la<br />

parte que exporta.<br />

(104) Autoridad que importa. Significa la<br />

autoridad de aeronavegabilidad de la<br />

parte que importa.<br />

(105) Autorización de certificación LAR<br />

145. Es la autorización emitida por el<br />

gerente o personal responsable del<br />

sistema de calidad al personal de<br />

certificación de una Organización de<br />

Mantenimiento Aprobada de acuerdo al<br />

LAR 145 (OMA LAR 145) la cual<br />

especifica helecho de que pueden firmar<br />

a nombre de ella, certificados de<br />

conformidad de mantenimiento según lo<br />

prescrito en la sección 145.140 de la<br />

Subparte B del LAR 145 dentro de las<br />

limitaciones establecidas en dicha<br />

autorización.<br />

(106) Autorización de orden técnica<br />

estándar (AOTE) (en ingles (TSO)).<br />

Aprobación de diseño y producción de un<br />

articulo que cumple con una<br />

especificación OTE.<br />

(107) Autorrotación. Condición de vuelo de<br />

un Giroavión, en el cual el rotor<br />

sustentador es accionado totalmente por<br />

la acción del aire cuando el Giroavión<br />

esta en movimiento.<br />

(108) Auxiliar de cabina. Miembro de la<br />

tripulación que, en interés de la<br />

seguridad de los pasajeros, cumple con<br />

las obligaciones que le asigne el<br />

explotador o el piloto al mando de la<br />

aeronave, pero que no actuara como<br />

miembro de la tripulación de vuelo.<br />

(109) Aniónica de a bordo. Expresión que<br />

designa todo dispositivo electrónico y su<br />

parte eléctrica utilizado a bordo de las<br />

aeronaves, Incluyendo las instalaciones<br />

de radio, los mandos de vuelo<br />

automáticos y los sistemas de<br />

navegación e instrumentos.<br />

(110) Ayuda de altimetria. El proceso de<br />

utilizar datos de altitud para simular un<br />

satélite GNSS directamente por encima<br />

de la antena del receptor (es decir se<br />

reducen en uno de numero de satélites<br />

requeridos para determinada función).<br />

(111) Base DE operaciones. Las bases de<br />

operaciones se clasifican como sigue:<br />

(i) Base principal de operaciones.<br />

Lugar en el que se centralizan las<br />

actividades del explotador,<br />

incluyendo el control de las<br />

operaciones y el control del<br />

mantenimiento de las aeronaves; y<br />

(ii) Bases auxiliar de operaciones.<br />

Lugar de destino en el que el<br />

explotador cuenta con capacidad<br />

para realizar actividades de<br />

mantenimiento.<br />

(112) Calificación. Significa la capacidad,<br />

conocimientos y habilidad certificada<br />

para realizar alguna actividad especifica<br />

en forma cabal y eficiente con la<br />

seguridad que la naturaleza de esa<br />

actividad requiera.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-9 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(113) Cambio. Se refiere a variaciones<br />

introducidas en el diseño de tipo, con<br />

anterioridad a la emisión del certificado<br />

de tipo.<br />

(114) Cambio mayor. Cambio que debe<br />

contar con la aprobación de la AAC y<br />

que afecta apreciablemente el peso,<br />

balance, resistencia estructural,<br />

performance, operación del motor,<br />

características de vuelo y otras<br />

cualidades que inciden sobre la<br />

aeronavegabilidad.<br />

(115) Cambio menor. Todo cambio que no<br />

sea un cambio mayor.<br />

(116) Capa de transición. Espacio aéreo<br />

entre la altitud de transición y el nivel de<br />

transición.<br />

(117) Capacidad. Numero de usuarios a los<br />

que el sistema puede dar cabida<br />

simultáneamente.<br />

(118) Capacidad de mantenimiento de<br />

altitud. Performance de la aeronave en<br />

materia de mantenimiento de altitud, que<br />

puede esperarse en condiciones de<br />

explotación ambientales normales,<br />

cuando se explota y mantiene la<br />

aeronave debidamente.<br />

(119) Carga admisible. Capacidad de<br />

estructura de una superficie para<br />

soportar las cargas impuestas por los<br />

aviones.<br />

(120) Carga externa. Carga que se lleva o<br />

se extiende fuera de la aeronave.<br />

(121) Categoría de aeronaves:<br />

(i) de acuerdo a lo usado con relación<br />

a la certificación, clasificaciones,<br />

privilegios y limitaciones del<br />

personal aeronáutico, la categoría<br />

se basa en una clasificación de las<br />

aeronaves. Los ejemplos incluyen:<br />

aeroplanos, giroaviones,<br />

planeadores, mas livianas que el<br />

aire;<br />

(ii) de acuerdo a lo usado con relación<br />

a la certificación de aeronaves,<br />

significa su agrupamiento basado<br />

en el uso o en las limitaciones de<br />

operación. Los ejemplos incluyen:<br />

transporte, normal, utilitaria,<br />

acrobática, limitada, restringida y<br />

provisoria;<br />

(iii) categoría “A” : Tomando el caso<br />

de aeronaves a rotor de categoría<br />

transporte, significa: aeronaves a<br />

rotor multimotores que ejecutan<br />

aterrizajes y despegues<br />

programados bajo el concepto de<br />

falla de motor critico, asegurando<br />

un área suficiente y adecuada<br />

performance para vuelo<br />

continuado y seguro en el caso de<br />

esa falla;<br />

(iv) categoría acrobática: corresponde<br />

aeronaves para uso sin<br />

restricciones;<br />

(v) categoría “B”: Con respecto a<br />

gironave categoría transporte,<br />

significa: gironave monomotor o<br />

multimotor que no cumple<br />

totalmente con los requisitos de la<br />

categoría “A” . Aeronaves a rotor<br />

de categoría B no garantizan<br />

capacidad de sustentación vertical<br />

en caso de falla de un motor y<br />

deberá efectuarse un aterrizaje no<br />

programado;<br />

(vi) categoría commuter: Es una<br />

aeronave propulsada por hélices,<br />

con una configuración de<br />

diecinueve (19) asientos o menos,<br />

excluido el asiento del piloto, y una<br />

masa máxima certificada de<br />

despegue de 19,000 libras o<br />

menos;<br />

(vii) categoría normal: comprende<br />

aeronaves limitadas para<br />

operación no acrobatica;<br />

(viii) categoría primaria: Es una<br />

aeronave cuya masa máxima<br />

certificada de despegue no es<br />

superior a 1,215 kg. /2,700 lb, y el<br />

numero de ocupantes no<br />

sobrepasa de 4 asientos, incluido<br />

el piloto;<br />

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RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(ix) categoría restringida: comprende<br />

aeronaves que realicen<br />

operaciones de vuelo para “<br />

propósitos especiales” , tales<br />

como:<br />

(A) agrícola:<br />

(B) conservación de la flora y<br />

fauna;<br />

(C) reconocimiento aéreo,<br />

patrullaje; observación<br />

meteorológica; y<br />

(D) cualquier otra operación o<br />

trabajo aéreo especificado por<br />

la AAC.<br />

(x) Categoría transporte: comprende<br />

aeronaves certificadas bajo los<br />

requisitos de la Parte 25 de las<br />

regulaciones de los Estados<br />

Unidos (FAR 25); y<br />

(xi) Categoría utilitaria: Comprende<br />

aeronaves limitadas para<br />

operación acrobática.<br />

(122) Centro coordinador de salvamente.<br />

Dependencia encargada de promover la<br />

buena organización del servicio de<br />

búsqueda y salvamento y de coordinar la<br />

ejecución de las operaciones de<br />

búsqueda y salvamento dentro de una<br />

región de búsqueda y salvamento.<br />

(123) Centro de gravedad. Punto<br />

imaginario alrededor del cual los<br />

momentos de peso de la proa y de la<br />

cola son de magnitud equivalente.<br />

(124) Centro de información de vuelo.<br />

Dependencia establecida para facilitar<br />

servicio de información de vuelo y<br />

servicio de alerta.<br />

(125) Certificado de aprobación. Es el<br />

documento otorgado por la AAC de un<br />

Estado participante que acredita que una<br />

organización de mantenimiento ha<br />

certificado la actividad que realiza<br />

conforme a lo prescrito en el LAR 145.<br />

(126) Certificado de tipo suplementario<br />

(CTS) (en ingles (STC)). Es el que<br />

modifica el certificado de tipo (de<br />

diseño). Se aplica cuando son afectados<br />

el diseño, las limitaciones de operación,<br />

los procedimientos y el peso y balance.<br />

Origina dos documentos: suplemento<br />

aprobado al manual de vuelo y peso y<br />

balance (datos de nueva configuración).<br />

(127) Certificado medico. Documento<br />

expedido por un centro medico<br />

aeronáutico o un medico examinador<br />

aéreo que acredita la aptitud física del<br />

personal aeronáutico.<br />

(128) Certificar. Asumir la responsabilidad<br />

pro la ejecución de determinados trabajo,<br />

de conformidad con las mejores<br />

practicas técnicas y las condiciones<br />

reglamentarias.<br />

(129) Certificación. El proceso de<br />

determinar la competencia, calificación o<br />

calidad en las que se basa un<br />

documento aeronáutico.<br />

(130) Circuito de rodaje de aeródromo.<br />

Trayectoria especificadas que deben<br />

seguir las aeronaves en el área de<br />

maniobra, mientras prevalezcan<br />

determinadas condiciones de viento.<br />

(131) Circuito de transito de aeródromo.<br />

Trayectoria especificada que deben<br />

seguir las aeronaves al evolucionar en<br />

las inmediaciones de un aeródromo.<br />

(132) Circular de asesoramiento. Es el<br />

documento emitido por el Comité<br />

Técnico del sistema (CT), cuyo texto<br />

contiene explicaciones, interpretaciones<br />

o medios aceptables de cumplimiento,<br />

con la intención de aclarar o de servir de<br />

guía para el cumplimiento de requisitos.<br />

(133) Cizalladura del viento (Wind shear).<br />

Cambio de la velocidad o de la dirección<br />

del viento en el espacio, incluso las<br />

corrientes ascendentes y las corrientes<br />

descendentes;<br />

Nota.- El termino es también conocido como cortante<br />

del viento, corte de viento, gradiente del viento, tijeras<br />

del viento y tonsura del viento.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-11 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(134) Clase:<br />

(i) termino usado con relación a la<br />

certificación, clasificaciones,<br />

privilegios y limitaciones del<br />

personal aeronáutico, Significa la<br />

clasificación dentro de una<br />

categoría de las aeronaves que<br />

tienen características similares de<br />

operación. Los ejemplos incluyen:<br />

monomotor; multimotor, terrestre,<br />

acuático, giroplano, helicópteros,<br />

dirigible y globo libre;<br />

(ii) termino usado con relación a la<br />

certificación de las aeronaves.<br />

Significa una clasificación de<br />

aquellas que tienen características<br />

similares de propulsión, vuelo o<br />

aterrizaje. Los ejemplos incluyen:<br />

aeroplano, Giroavión, planeador,<br />

globo, aeronave terrestre o<br />

acuática e hidroavión; y<br />

(iii) termino usado con relación a la<br />

performance de helicópteros, de<br />

conformidad con los documentos<br />

de la OACI, extiéndase así:<br />

(E) Clase 1- Helicóptero<br />

multimotor cuya performance<br />

atiende los requisitos de la<br />

categoría del transporte “A”,<br />

(F) Clase 2 – Helicóptero<br />

multimotor cuya performance<br />

atiende los requisitos de la<br />

categoría de transporte “B”; y<br />

(G) Clases 3 – Helicóptero<br />

monomotor o helicóptero<br />

multimotor cuya performance<br />

exige un aterrizaje de<br />

emergencia inmediatamente<br />

después de la falla de un<br />

motor.<br />

(135) Cobertura. La cobertura<br />

proporcionada por un sistema de<br />

radionavegación es el área de la<br />

superficie o el volumen del espacio en<br />

los que las señales son adecuadas para<br />

que los usuarios puedan determinar la<br />

posición con un nivel especificado de<br />

exactitud. Influyen en la cobertura la<br />

geometría del sistema, los niveles de<br />

potencia de la señal, la sensibilidad del<br />

receptor, las condiciones de ruido<br />

atmosférico y otros factores que afectan<br />

en la disponibilidad de señales<br />

(136) Código (SSR). Numero asignado a<br />

una determinada señal de respuesta de<br />

impulsos múltiples transmitida por un<br />

respondedor en Modo A o C.<br />

(137) Código discreto. Código SSR de<br />

cuatro (4) cifras de las cuales las dos (2)<br />

ultimas no son “00”.<br />

(138) Coeficientes aerodinámicos.<br />

Coeficientes no dimensionales para<br />

fuerzas y momentos aerodinámicos.<br />

(139) Cognitivo. Perteneciente al<br />

conocimiento. Conocer, percibir o<br />

concebir como acto o facultad distintos<br />

de los emotivos y volitivos.<br />

(140) Cohetee. Aeronave propulsada por<br />

gases eyectados en expansion,<br />

generados en elmotor, por propulsiones<br />

auto contenidas y no dependiendo de la<br />

entrada de substancias del exterior.<br />

Incluye cualquier parte que se separa<br />

durante la operación.<br />

(141) Clasificación de los<br />

compartimentos de Carga.<br />

(i) Clase A.- Un compartimiento de<br />

carga o equipaje de Clase A es<br />

aquel en el que:<br />

a) La presencia de fuego será<br />

fácilmente advertida por un<br />

miembro de la tripulación que<br />

se encuentre en su puesto; y<br />

b) Cada parte del compartimiento<br />

es fácilmente accesible<br />

durante el vuelo.<br />

(ii) Clase B.- Un compartimiento de<br />

carga o equipaje de clase B es<br />

aquel en el que:<br />

a) hay suficiente acceso durante<br />

el vuelo para permitir que un<br />

miembro de la tripulación<br />

pueda alcanzar, de manera<br />

01/08/2004 1-AD 1B-12 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

efectiva, cualquier parte del<br />

compartimiento con el<br />

contenido de un extintor<br />

portátil de fuego;<br />

b) cuando están siendo<br />

utilizados los dispositivos de<br />

acceso, ninguna cantidad<br />

peligrosa de humo, llamas, o<br />

agente extintor alcanzara<br />

ningún compartimiento<br />

ocupado por la tripulación o<br />

los pasajeros; y<br />

c) existe un sistema detector de<br />

humo o de fuego<br />

independiente aprobado que<br />

proporcione alerta en el<br />

puesto de pilotaje o del<br />

ingeniero de vuelo.<br />

(iii) Clase C.- Un compartimiento de<br />

carga o equipaje de Clase C es<br />

aquel que no cumple los requisitos<br />

tanto del compartimiento de clase<br />

a como de clase B, pero en el que:<br />

a) existe un sistema detector de<br />

humo o de fuego<br />

independiente aprobado que<br />

proporcione alerta en el<br />

puesto de pilotaje o del<br />

ingeniero de vuelo;<br />

b) existe un sistema aprobado de<br />

extinción de incendios, o de<br />

eliminación, incorporado<br />

controlable desde la cabina de<br />

vuelo;<br />

c) existen medios para eliminar<br />

cantidades peligrosas de<br />

humo, llamas o agentes<br />

extintor de cualquier<br />

compartimiento ocupado por la<br />

tripulación o los pasajero; y<br />

d) existen medios para controlar<br />

la ventilación y corrientes de<br />

aire dentro del<br />

compartimiento, de tal manera<br />

que el agente extintor utilizado<br />

pueda controlar cualquier<br />

fuego que pueda comenzar<br />

dentro del compartimiento.<br />

(iv) Clase D.- Un compartimiento de<br />

carga o equipaje de Clase D es en<br />

el que:<br />

a) una ocurrencia de fuego en<br />

este puede ser reducida<br />

completamente sin<br />

comprometer la seguridad del<br />

avión o sus ocupantes;<br />

b) existen medios para eliminar<br />

cantidades peligrosas de<br />

humo, llamas o gases nocivos,<br />

de cualquier compartimiento<br />

ocupado por la tripulación o<br />

los pasajeros;<br />

c) la ventilación y las corrientes<br />

de aire son controladas dentro<br />

de cada compartimiento de tal<br />

manera que cualquier fuego<br />

que se inicie en el<br />

compartimiento no progresara<br />

mas allá de los limites de<br />

seguridad;<br />

d) (reservado)<br />

e) se ha considerado el efecto<br />

del calentamiento dentro del<br />

compartimiento en partes<br />

criticas adyacentes de la<br />

aeronave;<br />

f) el volumen del compartimiento<br />

no excede de mill (1 ---) pies<br />

cúbicos.<br />

Para compartimientos de<br />

quinientos (500) pies cúbicos o<br />

menos, es aceptable un flujo de<br />

aire de 1 500 pies cúbicos por<br />

hora.<br />

(v) Clase E.- Un compartimiento de<br />

carga de clase E, es aquel dentro<br />

de la aeronave, que es utilizado<br />

solamente para el transporte de<br />

carga, y el que:<br />

a) (reservado)<br />

b) existe un sistema detector de<br />

humo o de fuego<br />

independiente aprobado que<br />

01/08/2004 1-AD 1B-13 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

proporcione alerta en el<br />

puesto de pilotaje o del<br />

ingeniero de vuelo;<br />

c) existen medios para cerrar el<br />

flujo de aire de ventilación a, o<br />

dentro, del compartimiento, y<br />

los controles para estos<br />

medios son accesibles a la<br />

tripulación de vuelo en el<br />

compartimiento de la<br />

tripulación;<br />

d) existen medios para eliminar<br />

cantidades peligrosas de<br />

humo, llamas o gases tóxicos<br />

del compartimiento de la<br />

tripulación de vuelo; y<br />

e) las salidas de emergencia<br />

requeridas para la tripulación<br />

son accesibles bajo cualquier<br />

configuración de carga.<br />

(142) Combinación de carga del<br />

giroavión. Combinación de un<br />

giroavión y una carga externa,<br />

incluyendo los dispositivos de fijación<br />

de la carga. Las combinaciones de<br />

carga del giroavión se designan como<br />

Clase "A", Clase "B", Clase "C" y<br />

Clase "D" de la forma siguiente:<br />

(i) Clase "A": Cuando la carga externa<br />

no puede moverse libremente, no<br />

se puede arrojar y no se extiende<br />

por debajo del tren de aterrizaje;<br />

(ii) Clase "B": Cuando la carga<br />

externa es arrojable y durante la<br />

operación del giroavión, es<br />

levantada de la tierra o del agua;<br />

(iii) Clase "C": Cuando la carga<br />

externa es arrojable y durante la<br />

operación del giroavión,<br />

permanece en contacto con la<br />

tierra o el agua; y<br />

(iv) Clase "D": Cuando la carga<br />

externa es diferente a la de las<br />

Clases A, B o C y ha sido<br />

específicamente aprobada por la<br />

AAC para tal operación.<br />

(143) Combustible mínimo. Término<br />

utilizado para describir una situación<br />

en que el combustible restante de la<br />

aeronave es tal que poco o ningún<br />

retraso puede aceptarse.<br />

(144) Comercial. Actividad o actividades<br />

con fines de lucro.<br />

(145) Comité Técnico del Sistema. Es<br />

aquel integrado por expertos que<br />

cumplen los requisitos de la<br />

Organización de Aviación Civil<br />

Internacional (OACI) en materia de<br />

licencias al personal, operación de<br />

aeronaves y aeronavegabilidad, que<br />

realizan las funciones establecidas en<br />

el reglamento del Sistema.<br />

(146) Componente de aeronave. Todo<br />

equipo, instrumento, sistema o parte<br />

de una aeronave que, una vez<br />

instalado en ésta, sea esencial para<br />

su funcionamiento.<br />

(147) Computadora.-<br />

(i) Unidad de tratamiento de datos<br />

capaz de ejecutar abundantes<br />

cálculos, incluso numerosas<br />

operaciones aritméticas o lógicas,<br />

sin intervención de un operador<br />

humano.<br />

(ii) Dispositivo capaz de aceptar<br />

información, aplicar determinados<br />

procedimientos a la información y<br />

proporcionar los resultados de<br />

esos procedimientos.<br />

(148) Computadora general.<br />

Computadora diseñada para resolver<br />

una amplia gamas de problemas.<br />

(149) Computadora numérica.<br />

Computadora en que se emplea<br />

principalmente una representación<br />

discreta. Computadora que opera con<br />

datos discretos, ejecutando<br />

procedimientos aritméticos y lógicos<br />

sobre los mismos.<br />

(150) Condición de falla. Los efectos en<br />

el avión y en sus ocupantes, tanto<br />

directos como consiguientes,<br />

01/08/2004 1-AD 1B-14 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

causados o influenciados por una o<br />

más fallas, atendiendo a las<br />

condiciones operacionales o<br />

medioambientales adversas que sean<br />

pertinentes. Las condiciones de falla<br />

pueden clasificarse en función de su<br />

gravedad de la forma siguiente:<br />

(i) menor: Condiciones de fallas que<br />

no disminuirían de forma<br />

importante la seguridad del avión,<br />

y que implican medidas que<br />

pueden ser fácilmente adoptadas<br />

por la tripulación. Entre las<br />

condiciones menores de fallas<br />

pueden, por ejemplo, incluirse una<br />

ligera disminución de los<br />

márgenes de seguridad o de las<br />

posibilidades funcionales, un ligero<br />

aumento de la carga de trabajo de<br />

la tripulación, tal como<br />

modificaciones ordinarias del plan<br />

de vuelo, o algún inconveniente<br />

para los ocupantes;<br />

(ii) de importancia: Condiciones de<br />

falla que disminuirían la capacidad<br />

del avión o la habilidad de la<br />

tripulación para enfrentarse a<br />

condiciones adversas de<br />

operación hasta tal punto que por<br />

ejemplo, disminuirían<br />

notablemente los márgenes de<br />

seguridad, capacidades<br />

funcionales, aumentaría<br />

significativamente la carga de<br />

trabajo de la tripulación, o<br />

existirían condiciones que<br />

perjudican la eficiencia de la<br />

tripulación, o molestias a los<br />

ocupantes incluidas posiblemente<br />

lesiones; y<br />

(iii) peligrosa: Condiciones de falla<br />

que disminuirían la capacidad del<br />

avión o la posibilidad de que la<br />

tripulación se enfrente a<br />

condiciones adversas hasta el<br />

punto en que exista:<br />

(A) una reducción notable de los<br />

márgenes de seguridad o las<br />

capacidades funcionales;<br />

(B) una aflicción física o una<br />

mayor carga de trabajo de<br />

forma tal que no pueda<br />

confiarse en que la tripulación<br />

de vuelo desempeñe sus<br />

tareas con precisión o por<br />

completo;<br />

(C) una lesión grave o fatal de un<br />

número relativamente pequeño<br />

de los ocupantes; y<br />

(D) catastrófica: Condiciones de<br />

falla que impedirían la<br />

continuación segura del vuelo y<br />

del aterrizaje.<br />

(151) Continuación del vuelo y el<br />

aterrizaje.- La posibilidad de<br />

continuar controlando el vuelo y el<br />

aterrizaje, posiblemente empleando<br />

procedimientos de emergencia, pero<br />

sin que se requiera habilidad o<br />

fuerzas excepcionales por parte del<br />

piloto. Algunas averías de la<br />

aeronave pueden estar relacionadas<br />

con una condición de falla durante el<br />

vuelo o en el momento del aterrizaje.<br />

(152) Condiciones técnicas<br />

adicionales.- Significa los términos<br />

en virtud de los cuales la Parte que<br />

importa notifica la aceptación del<br />

diseño de tipo de un producto<br />

aeronáutico o la aceptación de un<br />

producto aeronáutico por los que se<br />

toman en consideración las<br />

diferencias entre las partes<br />

contratantes en cuanto a:<br />

(i) normas de aeronavegabilidad y<br />

medioambientales;<br />

(ii) condiciones especiales<br />

relacionadas con características<br />

nuevas o desacostumbradas del<br />

diseño del producto aeronáutico<br />

que no están cubiertas por las<br />

normas de aeronavegabilidad y<br />

medioambientales adoptadas;<br />

(iii) aplicación de exenciones respecto<br />

a, o resultados equivalentes en<br />

cuanto a la seguridad, las normas<br />

de aeronavegabilidad y<br />

medioambientales adoptadas;<br />

(iv) requisitos de mantenimiento; y<br />

01/08/2004 1-AD 1B-15 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(v) medidas obligatorias en cuanto a<br />

la aeronavegabilidad adoptadas<br />

para corregir las condiciones que<br />

ponen en peligro la seguridad.<br />

(153) Condición vigente de partes con<br />

vida útil limitada.- La condición<br />

vigente de la parte es un registro por<br />

el que se indica la limitación de vida<br />

útil de la misma, el número total de<br />

horas o los ciclos acumulados y el<br />

número de horas o ciclos restantes<br />

antes de que llegue la fecha<br />

requerida de retiro del componente.<br />

En este registro se incluye también<br />

cualquier modificación realizada de<br />

conformidad con directivas de<br />

aeronavegabilidad, boletines de<br />

servicio o mejoras del producto por<br />

parte del fabricante o del explotador<br />

que influyen o modifican el plazo<br />

limite de vida útil.<br />

(154) Confiabilidad.- Probabilidad de<br />

que un dispositivo funcione sin falla<br />

durante determinado período o<br />

volumen de uso.<br />

(155) Conformidad. Condición de<br />

satisfacer los requisitos de una<br />

norma.<br />

(156) Conjunto. Es todo aquello que<br />

está constituido de: Subconjuntos,<br />

partes, componentes u otros<br />

materiales que una vez montados dan<br />

origen a una aeronave. Incluyen<br />

también diseños, instrucciones de<br />

fabricación y montaje, manual de<br />

vuelo, lista de equipo, hoja de peso y<br />

balance, otros datos técnicos y<br />

documentos requeridos para la<br />

construcción y operación de una<br />

aeronave.<br />

(157) Constructor aficionado. Persona<br />

o grupo de personas que proyectan<br />

y/o construyen un modelo de<br />

aeronave, sin objetivos comerciales y<br />

con fines recreativos únicamente.<br />

(158) Contacto radar. Situación que<br />

existe cuando la posición radar de<br />

determinada aeronave se ve e<br />

identifica en una presentación radar.<br />

(159) Control de tránsito aéreo.- Es un<br />

servicio operado por una autoridad<br />

competente para promover un flujo de<br />

tránsito aéreo seguro, ordenado y<br />

expedito.<br />

(160) Control positivo.- Es el control<br />

de todo el tráfico aéreo, dentro del<br />

espacio aéreo designado por el<br />

control de tráfico.<br />

(161) Controlador radar.- Controlador<br />

de tránsito aéreo calificado, titular de<br />

una habilitación radar apropiada a las<br />

funciones a que está asignado.<br />

(162) Conversión de coordenadas.-<br />

Transformación de los valores de las<br />

coordenadas de un sistema a otro; p.<br />

ej., de coordenadas geodésicas<br />

(latitud y longitud) a coordenadas de<br />

retícula Mercator Universal<br />

Transversal.<br />

(163) Coordinador.- Es el representante<br />

de la Oficina Regional de Lima, a<br />

cargo de la coordinación general del<br />

Sistema. Cuenta con el apoyo técnico<br />

y logístico de las oficinas regionales<br />

(México y Lima) y del Comité Técnico,<br />

según sea necesario, actuando de<br />

conformidad con los procedimientos y<br />

directrices pertinentes de la OACI, los<br />

procedimientos del sistema y su<br />

reglamento.<br />

(164) Corrección del error de fuente<br />

estática (SSEC).- Corrección que se<br />

puede aplicar para compensar el error<br />

de fuente estática asociado con una<br />

aeronave.<br />

(165) Criterios de aeronavegabilidad. -<br />

Significan los criterios que rigen el<br />

diseño, realización, materiales, mano<br />

de obra, fabricación, mantenimiento y<br />

alteración o modificación de<br />

productos aeronáuticos según lo<br />

prescrito por las autoridades de<br />

aeronavegabilidad de la parte que<br />

importa para comprobar que el<br />

diseño, fabricación y condición de<br />

estos productos aeronáuticos<br />

satisface las propias leyes, reglamentos,<br />

normas y requisitos relativos<br />

a la aeronavegabilidad.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-16 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(166) Criterios medioambientales.-<br />

Significan los criterios que rigen el<br />

diseño, realización, materiales, mano<br />

de obra, fabricación, mantenimiento y<br />

alteración o modificación de<br />

productos aeronáuticos prescritos por<br />

la autoridad que importa para<br />

comprobar que se cumplen las leyes,<br />

reglamentos, normas y requisitos de<br />

la parte que importa respecto a la<br />

atenuación del ruido y de las<br />

emisiones.<br />

(167) Cuerda media geométrica. -<br />

Relación entre la superficie alar<br />

teórica y la envergadura del ala.<br />

(168) Curva de nivel de ruido.- Línea<br />

que une los puntos donde el índice de<br />

ruido es constante en torno de un<br />

aeropuerto. Este índice representa el<br />

ruido de un conjunto de aviones que<br />

siguen trayectorias de vuelo<br />

normales, en condiciones también<br />

normales de utilización.<br />

(169) Datos.-<br />

(i) Representación de<br />

acontecimientos, conceptos o<br />

instrucciones, debidamente<br />

formalizadas para que los puedan<br />

comunicar, interpretar o tratar<br />

seres humanos o dispositivos<br />

automáticos.<br />

(ii) Toda representación de caracteres<br />

o magnitudes analógicas a las que<br />

se asigne o pueda asignarse<br />

significado.<br />

(170) Datos analógicos.- Datos<br />

presentados en forma de magnitudes<br />

físicas en variación continua, en<br />

contraposición a datos numéricos.<br />

(171) Datos básicos concernientes al<br />

ruido y a la performance.- Datos<br />

respecto a diferentes tipos de avión,<br />

comprendidas las mediciones que se<br />

hubieran hecho, las extrapolaciones<br />

necesarias y las indicaciones relativas<br />

a la calidad de los datos. En cuanto a<br />

los nuevos tipos de avión en<br />

proyecto, es necesario proporcionar<br />

estimaciones.<br />

(172) Datos de ruido - potencia -<br />

distancia.- Niveles de ruido a<br />

diversas distancias del avión, y en<br />

relación con varios reglajes de<br />

potencia de los motores. Estos<br />

niveles tienen en cuenta la<br />

atenuación del sonido debida a la<br />

propagación esférica de las ondas<br />

(ley de la inversa del cuadrado) y a la<br />

absorción atmosférica. La distancia<br />

se mide perpendicularmente a la<br />

trayectoria del avión (algunas veces<br />

se llama la distancia oblicua).<br />

(173) Datos numéricos.- Datos que<br />

asumen la forma de cifras o<br />

cantidades integrales, en<br />

contraposición a datos analógicos.<br />

(174) Debriefing.- Comentarios<br />

posteriores a una actividad<br />

aeronáutica.<br />

(175) Declarante.- Toda persona que<br />

hace una declaración de mercancías<br />

o en cuyo nombre se hace tal<br />

declaración.<br />

(176) Demostrar.- A menos que el<br />

contexto lo requiera de otro modo,<br />

significa probar el cumplimiento de los<br />

requisitos a satisfacción de la AAC.<br />

(177) Dependencia de control de<br />

aproximación.- Dependencia<br />

establecida para facilitar el servicio de<br />

control de tránsito aéreo a los vuelos<br />

controlados que lleguen a uno o más<br />

aeródromos o salgan de ellos.<br />

(178) Dependencia de control de<br />

tránsito aéreo.- Expresión genérica<br />

que se aplica, según el caso, a un<br />

centro de control de área, a una<br />

dependencia de control de<br />

aproximación o a una torre de control<br />

de aeródromo.<br />

(179) Dependencia de servicios de<br />

tránsito aéreo.- Expresión genérica<br />

que se aplica, según el caso, a una<br />

dependencia de control de tránsito<br />

aéreo, a un centro de información de<br />

01/08/2004 1-AD 1B-17 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

vuelo o a una oficina de notificación<br />

de los servicios de tránsito aéreo.<br />

(180) Derrota.- La proyección sobre la<br />

superficie terrestre de la trayectoria<br />

de una aeronave, cuya dirección en<br />

cualquier punto se expresa<br />

generalmente en grados a partir del<br />

norte (geográfico, magnético o de la<br />

cuadrícula)<br />

(181) Derrota de vuelo (o derrota en<br />

tierra).- Proyección vertical de la<br />

trayectoria de vuelo sobre el plano del<br />

terreno.<br />

(182) Descarga.- Acción de sacar las<br />

mercancías, correo, equipaje o<br />

suministros de una aeronave después<br />

del aterrizaje.<br />

(183) Descriptor del ruido.- Cantidad<br />

utilizada para representar el ruido de<br />

un "acontecimiento" aislado, tal como<br />

el paso de un avión percibido por un<br />

observador. Actualmente se emplean<br />

dos métodos para cuantificar el ruido<br />

de un acontecimiento aislado: o bien<br />

se considera el nivel máximo, o bien<br />

se combinan los niveles de presión<br />

acústica de un instante al otro<br />

mientras dura el acontecimiento, para<br />

obtener una medida de energía<br />

acústica total.<br />

(184) Desembarque.- Acto de salir de<br />

una aeronave después del aterrizaje,<br />

exceptuados los tripulantes o<br />

pasajeros que continúen el viaje<br />

durante la siguiente etapa del mismo<br />

vuelo directo.<br />

(185) Despegue con baja visibilidad<br />

(LVTO).- Despegue para el cual el<br />

alcance visual en la pista (RVR) es<br />

menor de 400 m.<br />

(186) Desviación respecto a la altitud<br />

asignada (AAD).- Diferencia entre la<br />

altitud obtenida del respondedor en<br />

Modo C y la altitud o nivel de vuelo<br />

asignados.<br />

(187) Desviación vertical (VDEV).- La<br />

desviación de la aeronave por encima<br />

o por debajo del perfil vertical,<br />

presentada en un indicador tal que la<br />

desviación es hacia arriba cuando la<br />

aeronave esté por debajo del perfil<br />

vertical.<br />

(188) Detección y aislamiento de fallas<br />

(FDI) del GNSS.- La combinación de<br />

vigilancia de integridad interna y<br />

externa que identificará cualquier<br />

fuente de error en las señales de<br />

navegación GNSS y anulará su efecto<br />

sobre el sistema.<br />

(189) Diferencia.- Es la desviación<br />

respecto de las LAR, que cualquier<br />

Estado participante listado en el<br />

párrafo 11.001(b) del LAR 11,<br />

considere impracticable cumplir o<br />

adoptar ya sea total o parcialmente.<br />

(190) Dimensionalidad del punto de<br />

referencia.- Característica que<br />

determina si el sistema de<br />

navegación proporciona una<br />

referencia lineal, es decir, una línea<br />

de posición en una sola dimensión, o<br />

una referencia de posición en dos o<br />

tres dimensiones. Se incluye también<br />

la posibilidad de que mediante el<br />

sistema se obtenga una cuarta<br />

dimensión (es decir, el tiempo) a<br />

partir de las señales de navegación.<br />

(191) Dirección de aeronave.-<br />

Combinación única de veinte cuatro<br />

(24) bits que puede asignarse a una<br />

aeronave para los fines de las<br />

comunicaciones aeroterrestres, la<br />

navegación y la vigilancia.<br />

(192) Directiva de aeronavegabilidad<br />

(DA) [en inglés (AD)].- Documento<br />

emitido por la AAC, de carácter<br />

mandatario que indica los productos<br />

aeronáuticos en los que existe una<br />

condición que pone en peligro la<br />

seguridad y/o en los que es probable<br />

que exista tal condición o que surjan<br />

en otros productos del mismo diseño<br />

de tipo. En la AD se establece la<br />

acción, método, procedimiento,<br />

condiciones o limitaciones que es<br />

necesario aplicar a los productos<br />

aeronáuticos en los cuales existe una<br />

condición de inseguridad, con el<br />

01/08/2004 1-AD 1B-18 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

objeto de preservar su<br />

aeronavegabilidad.<br />

(193) Directivas operacionales.-<br />

Documentos técnicos referidos a la<br />

emisión de explicaciones,<br />

interpretaciones o medios aceptables<br />

de cumplimiento de las operaciones<br />

aéreas.<br />

(194) Discreto.- Perteneciente a<br />

elementos separados o a una<br />

representación por medios de<br />

elementos separados, como los<br />

caracteres.<br />

(195) Diseño de tipo.- Significa la<br />

descripción de todas las<br />

características de un producto<br />

aeronáutico, incluidos su diseño,<br />

fabricación, limitaciones e<br />

instrucciones sobre mantenimiento de<br />

la aeronavegabilidad, las cuales<br />

determinan sus condiciones de<br />

aeronavegabilidad.<br />

(196) Disponibilidad.- La disponibilidad<br />

de un sistema de navegación es el<br />

porcentaje de tiempo en el que son<br />

utilizables los servicios del sistema.<br />

La disponibilidad es una indicación de<br />

la capacidad del sistema para<br />

proporcionar servicio útil dentro de<br />

una determinada zona de cobertura.<br />

La disponibilidad de señales es el<br />

porcentaje de tiempo en el que se<br />

transmiten señales de navegación<br />

desde fuentes externas para ser<br />

utilizadas. La disponibilidad es<br />

función de las características físicas<br />

del entorno y de la capacidad técnica<br />

de las instalaciones de transmisores.<br />

(197) Disponibilidad selectiva (SA).-<br />

Un conjunto de procedimientos para<br />

denegar la exactitud completa y para<br />

seleccionar el nivel de determinación<br />

de la posición y la exactitud horaria<br />

del GPS disponible para usuarios no<br />

autorizados.<br />

(198) Dispositivo.- Cualquier<br />

instrumento, mecanismo, equipo,<br />

parte, aparato, órgano auxiliar o<br />

accesorio que es empleado o que se<br />

tratará de emplear en la operación o<br />

control de una aeronave, instalado (o<br />

en condiciones de ser instalado) o<br />

fijado en la aeronave y que no es<br />

parte de la estructura, motor o hélice.<br />

(199) Dispositivo automático de<br />

mantenimiento de altitud.- Todo<br />

equipo cuyo diseño permite el control<br />

automático de la aeronave respecto a<br />

una altitud de presión de referencia.<br />

(200) Dispositivo de mantenimiento de<br />

altitud.- Cualquier equipo diseñado<br />

para controlar automáticamente la<br />

aeronave, manteniéndola a una<br />

altitud de presión determinada.<br />

(201) Distancia a lo largo de la derrota<br />

(ATD).- La distancia a lo largo de la<br />

derrota deseada desde el punto de<br />

recorrido hasta la línea perpendicular<br />

que va desde la derrota deseada<br />

hasta la aeronave.<br />

(202) Distancia DME.- Alcance óptico<br />

(alcance oblicuo) a partir de la señal<br />

del equipo medidor de distancia DME<br />

hasta la antena receptora.<br />

(203) Documentos de trabajo<br />

realizado.- Registros (registros en<br />

borrador) que describe el<br />

mantenimiento actualmente realizado<br />

en una célula, motor, hélice, rotor o<br />

aparato particulares y que han sido<br />

firmado por las personas que realizó<br />

o aprobó el trabajo.<br />

(204) Dolor de tipo cólico.- Denota o se<br />

parece al dolor causado por cólicos:<br />

dolor relacionado con el colon.<br />

Dolores (espasmódicos) en el<br />

abdomen causados por espasmos,<br />

obstrucciones o retorcijones.<br />

(205) Duración prevista.- El tiempo que<br />

se estima necesario para volar desde<br />

un punto significativo a otro.<br />

(206) (El) Convenio.- El Convenio sobre<br />

Aviación Civil Internacional (Doc 7300<br />

de OACI) firmado en Chicago el 7 de<br />

diciembre de 1944.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-19 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(207) Elevación.- Distancia vertical entre<br />

un punto o un nivel de la superficie de<br />

la tierra, o unido a ella, y el nivel<br />

medio del mar.<br />

(208) Elevación del aeródromo.- La<br />

elevación del punto más alto del área<br />

de aterrizaje.<br />

(209) Embarque.- Acto de subir a bordo<br />

de una aeronave con objeto de<br />

comenzar un vuelo, exceptuados<br />

aquellos tripulantes o pasajeros que<br />

hayan embarcado en una de las<br />

etapas anteriores del mismo vuelo<br />

directo.<br />

(210) Empuje mínimo.- Significa el<br />

empuje del reactor obtenido con la<br />

palanca de control de potencia del<br />

motor colocada en la posición del<br />

tope de mínimo empuje que se pueda<br />

colocar.<br />

(211) Enfermedades exantemáticas.-<br />

Enfermedades relacionadas con un<br />

exantema: erupción de la piel que<br />

ocurre como síntoma de una aguda<br />

enfermedad vírica o conocida tal<br />

como escarlatina o sarampión.<br />

(212) Enmienda.- Toda corrección,<br />

modificación, adición o reemplazo de<br />

una regla o parte de ella.<br />

(213) Entrenador de vuelo por<br />

instrumento.- Aparato que<br />

represente una aeronave simple y<br />

característica, equipada con los<br />

mandos de vuelo apropiados y los<br />

instrumentos de vuelo necesarios<br />

para simular las condiciones de vuelo,<br />

y que sirve para adquirir la pericia<br />

básica necesaria para el vuelo por<br />

instrumento, la radionavegación y<br />

practicar los procedimientos IFR.<br />

(214) Envolvente básica RVSM.-<br />

Intervalo de números de Mach y pesos<br />

brutos en los que una aeronave opera<br />

con mayor frecuencia entre FL 290 y<br />

FL 410 (o a la altitud máxima que se<br />

puede alcanzar). [Doc. 9574]<br />

(215) Envolvente completa RVSM.-<br />

Intervalo completo de números de<br />

Mach, W/ð y valores de altitud en los<br />

que se puede operar una aeronave en<br />

el espacio aéreo RVSM. [Doc. 9574]<br />

(216) Equipaje no acompañado.-<br />

Equipaje que se transporta como<br />

carga, ya sea en la misma aeronave<br />

en que viaje la persona a quien<br />

pertenece, ya sea en otra.<br />

(217) Equipo.- Uno o varios conjuntos<br />

de componentes relacionados<br />

operacionalmente para el<br />

cumplimiento integral de una función<br />

determinada. [JAR 1]<br />

(218) Equipo de navegación de área.-<br />

Cualquier combinación de equipo<br />

utilizada para proporcionar guía<br />

RNAY (RGCSP).<br />

(219) Equivocación.- Omisión cometida<br />

por una persona de ejecutar una<br />

operación del modo requerido. Por<br />

ejemplo, al formular un programa o<br />

manejar el equipo.<br />

(220) Error.- Toda discrepancia entre<br />

una magnitud calculada, observada o<br />

medida y el valor o condición<br />

verdadero, especificado o<br />

teóricamente correcto.<br />

(221) Error a lo largo de la derrota<br />

(ATRK). Error de posición a lo largo<br />

de la derrota de vuelo proveniente de<br />

varios componentes del error total.<br />

(222) Error a lo largo de la trayectoria<br />

(PFE). Error de posición a lo largo de<br />

la derrota de vuelo proveniente de<br />

varios componentes del error total.<br />

(Derivada de la RTCA/DO-208).<br />

(223) Error circular probable (CEP).-<br />

En una distribución normal circular<br />

(las magnitudes de los dos errores de<br />

entrada en una dimensión son iguales<br />

y el ángulo de corte es de 90 grados),<br />

el error circular probable es el radio<br />

del círculo en el que están incluidos el<br />

50% de las mediciones individuales, o<br />

el radio del círculo dentro del cual hay<br />

una probabilidad del 50% de estar<br />

situado dentro del mismo.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-20 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(224) Error de aviónica (AVE).- Error<br />

cometido en los procesos de<br />

conversión de la presión barométrica a<br />

una variable eléctrica, en el proceso<br />

de aplicación de cualquier corrección<br />

de un error de la toma estática (SSEC)<br />

según proceda, y en la presentación<br />

de la altitud correspondiente.<br />

(225) Error de bucle del sistema ATC.-<br />

Error ocasionado por un<br />

malentendido entre el piloto y el<br />

controlador respecto al FL asignado,<br />

al número de Mash o a la ruta por<br />

seguir.<br />

(226) Error de definición de trayectoria<br />

(TDE).- La diferencia entre la<br />

trayectoria definida y la trayectoria<br />

deseada en un lugar y tiempo<br />

determinados.<br />

(227) Error de escala.- Diferencia entre<br />

el número de Mach correcto que<br />

corresponde a valores determinado<br />

de las presiones dinámica y estática y<br />

el valor indicado por el medidor de<br />

número de Mach.<br />

(228) Error de fuente estática.-<br />

Diferencia entre la presión detectada<br />

por el sistema estático en el puerto<br />

estático y la presión ambiente sin<br />

perturbaciones en una condición<br />

dada.<br />

(229) Error de posición.- Aquella<br />

porción del error de fuente estática<br />

resultante de la posición de la<br />

sonda/puerto estático en la aeronave<br />

(ver error de fuente estática).<br />

(230) Error de posición derivado de la<br />

señal.- La parte del error de posición<br />

horizontal en el lugar del usuario<br />

atribuible a errores de la señal en el<br />

espacio procedentes del tramo de<br />

control, GPS, del tramo espacial y por<br />

efectos de propagación; no se<br />

incluyen los errores inducidos por el<br />

receptor.<br />

(231) Error de punto de referencia de<br />

posición.- La exactitud con la que un<br />

censor de navegación en<br />

combinación con una computadora de<br />

navegación puede calcular y<br />

proporcionar datos de salida sobre el<br />

emplazamiento actual, en relación<br />

con el emplazamiento deseado en un<br />

entorno operacional.<br />

(232) Error de reglaje de rumbo<br />

(CSE).- La diferencia entre el reglaje<br />

del rumbo deseado y el rumbo que en<br />

realidad se establece.<br />

(233) Error del sistema altimétrico<br />

(ASE).- Diferencia entre la altitud<br />

indicada por el altímetro, en el<br />

supuesto de un reglaje barométrico<br />

correcto y la altitud de presión<br />

correspondiente a la presión<br />

ambiente sin perturbaciones.<br />

(234) Error del sistema de navegación<br />

(NSE).- Este es la contribución del<br />

error de media cuadrática (RSS) de la<br />

estación de tierra, del error del<br />

receptor de a bordo y del sistema de<br />

presentación en pantalla.<br />

(235) Error esférico probable (SEP).- El<br />

radio de una esfera dentro de la cual<br />

existe el 50% de probabilidad de que<br />

un punto esté localizado o sea<br />

localizado. El SEP es el análogo<br />

tridimensional del CEP.<br />

(236) Error operacional.- Toda<br />

desviación vertical de una aeronave<br />

respecto al nivel de vuelo correcto<br />

como resultado de una acción<br />

incorrecta del ATC o la tripulación de<br />

vuelo lo que dio como resultado lo<br />

siguiente:<br />

(i) no se mantuvo el mínimo aplicable<br />

de separación entre dos o más<br />

aeronaves;<br />

(ii) no se mantuvo el mínimo aplicable<br />

de separación entre una aeronave<br />

u obstáculos; o<br />

(iii) una aeronave aterrizó o salió en<br />

una pista cerrada a las<br />

operaciones de aeronaves<br />

después de recibir un permiso de<br />

control de tránsito aéreo.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-21 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(237) Error perpendicular a la derrota.-<br />

Desviación del avión a la izquierda o<br />

a la derecha en sentido perpendicular<br />

a la derrota deseada. (Derivada del<br />

RTCAlDO-208).<br />

(238) Error por fricción.- Error del<br />

sistema indicador debido a fricciones<br />

en el mecanismo.<br />

(239) Error residual de la fuente<br />

estática (RSSE).- El valor de<br />

corrección que queda del error de la<br />

toma estática tras la aplicación del<br />

SSEC.<br />

(240) Error técnico de vuelo (FTE).- La<br />

exactitud con la que se controla la<br />

aeronave, la cual puede medirse<br />

comparando la posición indicada de<br />

la aeronave con el mando indicado o<br />

con la posición deseada. No se<br />

incluyen los errores crasos.<br />

Nota.- Para aeronaves que no tenga la capacidad de<br />

acoplar el piloto automático o el director de vuelo, al<br />

determinar las limitaciones de tiempo debe tenerse en<br />

cuenta un FTE de 3,7 Km (2 MN) para operaciones<br />

oceánicas.<br />

(241) Error total del sistema. En la<br />

dimensión lateral, una combinación<br />

del error del sistema de navegación,<br />

del error de cálculo del RNAV, del<br />

error del sistema de presentación en<br />

pantalla y del FTE. FSE = √(NSE) 2 +<br />

(FTE) 2<br />

. En la dimensión longitudinal,<br />

una combinación del error del sistema<br />

de navegación, del error de cálculo<br />

del RNAV, y del error del sistema de<br />

presentación en pantalla.<br />

(242) Error vertical total (TVE).-<br />

Diferencia geométrica vertical entre la<br />

altitud de presión real de vuelo de una<br />

aeronave y su altitud de presión<br />

asignada (nivel de vuelo).<br />

(243) Errores de presentación en<br />

pantalla (error del sistema de<br />

presentación en pantalla).- Entre<br />

éstos pueden incluirse los<br />

componentes de errores atribuibles a<br />

cualquier equipo de entrada o salida<br />

de datos o de conversión de señales,<br />

utilizado para la presentación en<br />

pantalla de la posición de la aeronave<br />

o de las órdenes de guía (p. ej.,<br />

desviación de rumbo o mando de<br />

rumbo) y a cualquier dispositivo<br />

empleado para la entrada de la<br />

definición de rumbo. Para sistemas<br />

en los que se incorporan mapas como<br />

parte integral de la presentación en<br />

pantalla, el error del sistema de<br />

presentación en pantalla incluye<br />

necesariamente los errores<br />

cartográficos por cuanto llevan en<br />

realidad a errores de control de la<br />

posición de la aeronave respecto a la<br />

trayectoria deseada por encima del<br />

suelo.<br />

Nota.- Por motivos de uniformidad, en el caso de<br />

presentaciones en pantallas simbólicas en las que no<br />

se usan mapas como parte integral, deberían incluirse<br />

como componentes de este error los errores en la<br />

definición del punto de recorrido, directamente<br />

atribuibles a errores en el mapa de referencia utilizado<br />

para determinar las posiciones de los puntos de<br />

recorrido. Este tipo de error es prácticamente imposible<br />

de manejar, y en la práctica general, se utilizan lo más<br />

posible los emplazamientos muy precisos ya<br />

publicados de puntos de recorrido en el reglaje de tales<br />

sistemas a fin de evitar tales errores y de reducir la<br />

carga de trabajo.<br />

(244) Espaciado de rutas. La distancia<br />

entre los ejes de rutas de los servicios<br />

de tránsito aéreo (ATS).<br />

Nota.- Esta distancia se basa en los requisitos<br />

especificados de performance de navegación. p. ej., la<br />

performance de navegación requerida (RNP) y las<br />

capacidades de intervención del ATC (comunicación y<br />

vigilancia).<br />

(245) Espacio aéreo navegable.- Es el<br />

espacio aéreo por encima de las<br />

altitudes mínimas de vuelo prescritas<br />

bajo esta Parte, incluyendo el espacio<br />

aéreo necesitado para el despegue y<br />

aterrizaje seguro.<br />

(246) Estabilidad del error del sistema<br />

altimétrico.- Se considera que el<br />

error del sistema altimétrico de<br />

determinada aeronave es estable si la<br />

distribución estadística del error se<br />

sitúa dentro de los límites y el período<br />

de tiempo convenidos.<br />

(247) Estado participante.- Es el Estado<br />

que ha formalizado su adhesión al<br />

Sistema Regional de Cooperación<br />

para la Vigilancia de la Seguridad<br />

01/08/2004 1-AD 1B-22 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Operacional (SRVSOP), notificando a<br />

la Comisión Latinoamericana de<br />

Aviación Civil su deseo de integrarse<br />

al mismo, aceptando lo establecido<br />

en el acuerdo para la implantación del<br />

SRVSOP y que ha suscrito el<br />

documento del Proyecto RLA/99/901.<br />

(248) Estado que regula la<br />

aeronavegabilidad de una<br />

aeronave. Significa la parte<br />

contratante a la que incumbe la<br />

responsabilidad de expedir un<br />

certificado de aeronavegabilidad de<br />

una aeronave, o la parte contratante a<br />

la que incumbe la responsabilidad de<br />

la certificación de un explotador que<br />

explota, por arrendamiento o<br />

fletamento, una aeronave titular de un<br />

certificado de aeronavegabilidad<br />

expedido por otro Estado.<br />

(249) Estimación de la posición. La<br />

diferencia entre la posición verdadera<br />

y la posición estimada.<br />

(250) Estructura de aeronaves.<br />

Significa el fuselaje, con sus<br />

componentes (largueros, larguerillos,<br />

costillas, mamparos, nacelas, etc.);<br />

las superficies aerodinámicas<br />

(incluyendo rotores, pero excluyendo<br />

hélices y planos aerodinámicos,<br />

rotativos de motores) y tren de<br />

aterrizaje con sus accesorios y<br />

controles.<br />

(251) Evaluación. Una apreciación de<br />

los procedimientos u operaciones que<br />

se basa en gran parte en la<br />

experiencia y en el juicio de<br />

profesionales.<br />

(252) Exactitud del GNSS. Grado de<br />

conformidad entre la información<br />

sobre posición y hora que<br />

proporciona el GNSS y la posición y<br />

hora verdaderas.<br />

(253) Exactitud telemétrica del usuario<br />

(URA). Estimación de los errores<br />

telemétricos del usuario de unosigma<br />

en los datos de navegación para cada<br />

uno de los satélites. Se incluyen<br />

todos los errores de los que es<br />

responsable el segmento espacial o<br />

de control. No se incluyen los errores<br />

propios del equipo del usuario.<br />

(254) Exactitud telemétrica derivada<br />

de la señal. Error de seudo /<br />

distancia medida respecto a un<br />

satélite particular, observado por una<br />

estación de vigilancia terrestre. En la<br />

SRA se incluye el signo del error.<br />

(255) Exención.- Es el privilegio<br />

temporal que otorga la autoridad que<br />

certifica a una persona u<br />

organización, en circunstancias<br />

excepcionales, liberándola de la<br />

obligación legal que tiene para el<br />

cumplimiento de una regla o parte de<br />

ella, según las circunstancias y con<br />

sujeción a las condiciones<br />

especificadas en la exención.<br />

(256) Experiencia de vuelo.-<br />

Experiencia adquirida en calidad de<br />

miembro de la tripulación de vuelo de<br />

una aeronave.<br />

(257) Explotador de transporte aéreo<br />

comercial. Explotador aéreo que<br />

presta al público, por remuneración,<br />

servicios de transporte aéreo<br />

regulares o no regulares, para el<br />

transporte de pasajeros, correo o<br />

carga. Esta categoría también incluye<br />

a las pequeñas empresas de<br />

explotación, tales como los<br />

explotadores de taxis aéreos, que<br />

proporcionan servicios de transporte<br />

aéreo comercial.<br />

(258) Explotador de transporte aéreo<br />

de interior.- Explotador aéreo que<br />

explota principalmente servicios de<br />

transporte aéreo enteramente en el<br />

territorio de su Estado nacional.<br />

(259) Explotador de transporte aéreo<br />

internacional.- Explotador aéreo que<br />

presta servicios de transporte aéreo<br />

por rutas entre dos o más Estados, y<br />

que también puede explotar servicios<br />

aéreos del interior.<br />

(260) Factor de carga en las<br />

maniobras.- La sustentación<br />

aerodinámica total del avión que<br />

actúa perpendicularmente a la<br />

01/08/2004 1-AD 1B-23 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

trayectoria de vuelo, dividida por el<br />

peso del avión.<br />

Nota.- En vuelo horizontal estabilizado en línea recta<br />

este factor de carga es igual a la unidad. [<br />

(261) Factores humanos.- Capacidades<br />

y limitaciones humanas que tienen<br />

impacto en la seguridad y eficiencia<br />

de las operaciones aeronáuticas. [Doc<br />

9683]<br />

(262) Falla.- Defecto de un dispositivo<br />

que le impide actuar del modo<br />

requerido dentro de una gama<br />

determinada de condiciones<br />

ambientales.<br />

(263) Falla latente.- Constituye una falla<br />

latente la que no es detectada por sus<br />

propias características cuando ocurre,<br />

es decir, no hay ninguna indicación<br />

natural de falla.<br />

(264) Falla latente de importancia.- Se<br />

considera falla latente de importancia<br />

aquella que combinada con una o<br />

más averías o sucesos concretos<br />

llevaría a una condición de falla<br />

peligrosa o catastrófica.<br />

(265) Fase de aproximación y<br />

aterrizaje – helicópteros.- Parte del<br />

vuelo a partir de 300 m (1,000 ft)<br />

sobre la elevación de la FATO, si se<br />

ha previsto que el vuelo exceda de<br />

esa altura, o bien a partir del<br />

comienzo del descenso en los demás<br />

casos, hasta el aterrizaje o hasta el<br />

punto de aterrizaje interrumpido.<br />

(266) Fase de despegue y ascenso<br />

inicial – helicópteros. Parte del<br />

vuelo a partir del comienzo del<br />

despegue hasta 300 m (1,000 ft)<br />

sobre la elevación de la FATO, si se<br />

ha previsto que el vuelo exceda de<br />

esa altura o hasta el fin del ascenso<br />

en los demás casos.<br />

(267) Fase de emergencia. Expresión<br />

genérica que significa, según el caso,<br />

fase de incertidumbre, fase de alerta<br />

o fase de peligro.<br />

(268) Fase de operación (FANS(II)/4).<br />

Período de navegación con una<br />

performance requerida de navegación<br />

(RNP) constante.<br />

Nota.- Tradicionalmente, el término 'fase de vuelo" ha<br />

relacionado los períodos de navegación con diferentes<br />

procedimientos/criterios tales como en ruta<br />

(continental, oceánica), terminal, de aproximación y de<br />

aterrizaje. Al introducirse el concepto de la RNP, 'fase<br />

de operación" se referirá más exactamente a una RNP<br />

en particular. Por ejemplo, en el futuro, la fase de vuelo<br />

en ruta continental podrá dividirse en más de una fase<br />

de operación ya que podrán incluirse varias RNP a<br />

medida que la aeronave transita por una zona<br />

continental.<br />

(269) Fase de transición de la<br />

aproximación frustrada.- Es la parte<br />

del procedimiento de aproximación<br />

frustrada en la que se pasa de la<br />

aproximación al ascenso estabilizado.<br />

(270) Fase en ruta – helicópteros.-<br />

Parte del vuelo a partir del fin de la<br />

fase de despegue y ascenso inicial<br />

hasta el comienzo de la fase de<br />

aproximación y aterrizaje.<br />

Nota.- Cuando no pueda asegurarse visualmente un<br />

franqueamiento suficiente de obstáculos, los vuelos<br />

deben planificarse de modo que aseguren el<br />

franqueamiento de obstáculos por un margen<br />

apropiado. En caso de avería del grupo motor crítico,<br />

es posible que los explotadores tengan que adoptar<br />

otros procedimientos.<br />

(271) Fiabilidad.- Una función de la<br />

frecuencia con que se presentan<br />

fallos en el sistema. La probabilidad<br />

de que el sistema desempeñe su<br />

función, dentro de los límites<br />

definidos de performance, durante un<br />

período especificado y en condiciones<br />

determinadas de funcionamiento.<br />

Formalmente, la fiabilidad se expresa<br />

como la diferencia entre 1 y la<br />

probabilidad de fallo del sistema.<br />

(272) Fiabilidad del GNSS.- La<br />

probabilidad de que el GNSS<br />

funcionará dentro de los límites de<br />

performance definidos, durante el<br />

período especificado, en<br />

determinadas condiciones de<br />

operación.<br />

(273) Fijación del paso.- Fijar la pala<br />

de la hélice en un ángulo<br />

01/08/2004 1-AD 1B-24 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

determinado, medido de una manera<br />

dada y en un radio especificado por el<br />

manual de instrucción de la hélice.<br />

[JAR 1]<br />

(274) Firmar una conformidad (visto<br />

Forma de presentación de los<br />

datos acústicos y de performance<br />

de los aviones.- Cuadro en el cual se<br />

calculan y presentan los datos.<br />

(275) Frecuencia de encuentro.-<br />

Frecuencia de casos en que dos<br />

aeronaves se hallan en superposición<br />

longitudinal al viajar en el mismo<br />

sentido o en sentidos opuestos por la<br />

misma ruta en niveles de vuelo<br />

adyacentes y con la separación<br />

vertical planificada.<br />

(276) Fuerzas armadas.- Las fuerzas<br />

militares encargadas de la defensa de<br />

un Estado, incluyendo sus<br />

componentes regulares y de reserva.<br />

(277) Fuerzas de seguridad<br />

(policiales).- Fuerzas de policía en<br />

sus diferentes niveles y<br />

clasificaciones, incluyendo sus<br />

componentes regulares y de reserva.<br />

(278) Geoestacionario.- Una órbita<br />

ecuatorial de satélite que lleva a una<br />

posición constante fija del satélite por<br />

encima de un punto particular de<br />

referencia en la superficie de la tierra.<br />

(Los satélites GPS no son<br />

geoestacionarios). En algunos planes<br />

propuestos para mantener la<br />

integridad se utilizan satélites<br />

geoestacionarios.<br />

(279) Gerente responsable.- Gerente<br />

que tiene autoridad corporativa para<br />

asegurar que todo el mantenimiento<br />

requerido por el cliente puede ser<br />

financiado y realizado de acuerdo con<br />

las normas requeridas por la AAC del<br />

Estado participante.<br />

(280) Gestión del transito aéreo.-<br />

Servicio que comprende la<br />

administración del espacio aéreo, la<br />

gestión de fluencia del transito aéreo<br />

y los servicios de tránsito aéreo.<br />

(281) Girodino.- Significa un giroavión,<br />

cuyos rotores están normalmente<br />

accionados por un motor para el<br />

despegue, vuelo estacionario y<br />

aterrizaje, y para vuelo hacia adelante<br />

en parte de su rango de velocidades y<br />

cuyo medio de propulsión consiste<br />

usualmente en hélices<br />

convencionales independientes del<br />

sistema rotor.<br />

(282) Grupo de Trabajo del Sistema<br />

(GTS).- Es aquel constituido por<br />

técnicos expertos en cada una de las<br />

áreas de aeronavegabilidad, licencias<br />

al personal, y operación de<br />

aeronaves, nombrados por la AAC de<br />

cada Estado participante. Se<br />

constituye como contraparte del<br />

Comité Técnico para revisar y<br />

enmendar las normas, regulaciones y<br />

procedimientos armonizados,<br />

conforme sea necesario.<br />

(283) Grupos de tipos de aeronaves.-<br />

Se considera que unas aeronaves<br />

pertenecen al mismo grupo si han<br />

sido diseñadas y construidas por el<br />

mismo fabricante y si su diseño y<br />

construcción son nominalmente<br />

idénticos respecto a todos los detalles<br />

que podrían tener repercusiones en la<br />

performance de mantenimiento de<br />

altitud.<br />

(284) Guía para la navegación.- Cálculo<br />

de los mandos de dirección para<br />

mantener la derrota deseada desde la<br />

posición actual de la aeronave hasta<br />

una nueva posición.<br />

(285) Hélice.- Dispositivo para propulsar<br />

una aeronave, que posee palas sobre<br />

un eje accionado por motor, y que<br />

cuando gira produce por su acción<br />

sobre el aire, un empuje<br />

aproximadamente perpendicular a su<br />

plano de rotación. Incluye<br />

componentes para control,<br />

normalmente suministrados por su<br />

fabricante, pero no incluye los rotores<br />

principales y auxiliares o planos<br />

aerodinámicos giratorios de los<br />

motores.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-25 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(286) Heliplataforma.- Helipuerto<br />

situado en una estructura mar<br />

adentro, ya sea flotante o fija.<br />

(287) Helipuerto de alternativa. -<br />

Helipuerto especificado en el plan de<br />

vuelo, al cual puede dirigirse el<br />

helicóptero cuando no sea<br />

aconsejable aterrizar en el helipuerto<br />

de aterrizaje previsto.<br />

Nota.- El helipuerto de alternativa puede ser el<br />

helipuerto de salida.<br />

(288) Helipuerto elevado.- Helipuerto<br />

emplazado sobre una estructura<br />

terrestre elevada.<br />

(289) Hidroavión.- Avión equipado con<br />

flotadores y otros dispositivos que le<br />

permiten amarar y despegar de la<br />

superficie del agua. [Doc. 9388]<br />

(290) Hipotermia.- Temperatura<br />

subnormal del cuerpo, claramente por<br />

debajo, de 37°C.<br />

(291) Hipoxia.- Deficiencia de oxigeno<br />

como parte de los gases inspirados,<br />

en la sangre arterial o en los tejidos<br />

que se acerca a la anoxia (ausencia<br />

casi completa de oxigeno).<br />

(292) Identificación de aeronave.-<br />

Grupos de letras o cifras, o una<br />

combinación de ambas, idéntico al<br />

distintivo de llamada de una aeronave<br />

para las comunicaciones<br />

aeroterrestres o dicho distintivo<br />

expresado en clave, que se utiliza<br />

para identificar las aeronaves en las<br />

comunicaciones entre centros<br />

terrestres de los servicios de tránsito<br />

aéreo.<br />

(i) Incidente de tránsito aéreo.-<br />

Todo suceso grave ocurrido al<br />

tránsito aéreo, como las cuasi<br />

colisiones o alguna dificultad grave<br />

atribuible a procedimientos<br />

defectuosos, al incumplimiento de<br />

los procedimientos aplicables, o a<br />

la falla de alguna instalación en<br />

tierra que constituya un riesgo<br />

para las aeronaves.<br />

(ii) Índice de ocupación.- Parámetro<br />

del modelo de riesgo de colisión<br />

que equivale al doble del número<br />

de pares de aeronaves próximos<br />

en una misma dimensión, dividido<br />

por el número total de aeronaves<br />

que vuelan por las trayectorias<br />

seleccionadas en el mismo<br />

intervalo de tiempo.<br />

(293) Índice de ruido. Expresión<br />

utilizada para evaluar el ruido en<br />

función de la molestia subjetiva<br />

durante un tiempo determinado; el<br />

índice puede incorporar la<br />

ponderación de los niveles de ruido<br />

de un acontecimiento aislado en<br />

función de la hora del día o de la<br />

noche en la que se producen y/o la<br />

ponderación de un número de<br />

acontecimientos que se produzcan<br />

durante el lapso de tiempo indicado.<br />

Los límites del período de tiempo<br />

considerado y las ponderaciones se<br />

eligen de conformidad con encuestas<br />

realizadas entre el público.<br />

(294) Inflamable. Con respecto a un<br />

líquido o gas, significa susceptible de<br />

inflamarse rápidamente o explotar.<br />

(295) Información de tránsito.<br />

Información expedida por una<br />

dependencia de servicios de tránsito<br />

aéreo para alertar al piloto sobre otro<br />

tránsito conocido u observado que<br />

puede estar cerca de la posición o<br />

rutas previstas de vuelo y para ayudar<br />

al piloto a evitar una colisión.<br />

(296) Información meteorológica.<br />

Informe meteorológico, análisis,<br />

pronóstico y cualquier otra<br />

declaración relativa a condiciones<br />

meteorológicas existentes o previstas.<br />

(297) Información para la navegación.<br />

Parámetros de la aeronave tales<br />

como la posición, el vector velocidad<br />

y otros datos afines, tales como el<br />

ángulo de la derrota, la velocidad<br />

respecto al suelo y el ángulo de<br />

deriva que se utilizan como guía para<br />

la navegación.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-26 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(298) Informe meteorológico.<br />

Declaración de las condiciones<br />

meteorológicas observadas en<br />

relación con una hora y lugar<br />

determinados.<br />

(299) Inhalador protector (PBE).<br />

Equipo para respirar que proporciona<br />

una protección completa y sellada<br />

frente a humos, emanaciones, etc.,<br />

cubriendo la cabeza, el cuello y la<br />

parte superior de los hombros. Se<br />

recomienda un suministro mínimo de<br />

oxígeno para quince minutos por<br />

cada PBE.<br />

(300) Inspección de pre-vuelo. Es la<br />

inspección realizada antes del vuelo<br />

para verificar que la aeronave está<br />

apta para el vuelo que se intenta<br />

realizar. No incluye una rectificación<br />

de defectos.<br />

(301) Inspección mayor. Trabajo<br />

técnico aeronáutico programado que<br />

se ejecuta en una aeronave y/o sus<br />

componentes por haber cumplido el<br />

límite de tiempo operacional indicado<br />

por el fabricante y/o, para llevarla a su<br />

condición de aeronavegabilidad<br />

original.<br />

(302) Instrucción del control del<br />

transito aéreo. Directrices impartidas<br />

por el control de transito aéreo con la<br />

finalidad de exigir que un piloto tome<br />

determinada medida.<br />

(303) Instrumento. Dispositivo que usa<br />

un mecanismo interno para indicar de<br />

forma visual o auditiva la actitud,<br />

altitud o la operación de una<br />

aeronave o de una parte de la misma.<br />

Incluye dispositivos electrónicos para<br />

el control automático del avión en<br />

vuelo (piloto automático).<br />

(304) Integridad. Capacidad de un<br />

sistema de proporcionar a los<br />

usuarios avisos oportunos en caso de<br />

que el sistema no deba utilizarse para<br />

la navegación.<br />

(305) Integridad del GNSS<br />

(FANS(II)/4).- La garantía de que<br />

todas las funciones del sistema tienen<br />

lugar dentro de los límites de<br />

performance operacional del GNSS.<br />

(306) Junta de Certificación del<br />

Sistema (JCS).- Es el conjunto de<br />

expertos, proporcionados por uno o<br />

más Estados participantes para la<br />

certificación de un producto, servicio,<br />

organización o persona. La JCS<br />

ejerce sus funciones según el área de<br />

su competencia, siendo éstas,<br />

licencias al personal, operación de<br />

aeronaves y aeronavegabilidad. Su<br />

nombre debe estar de acuerdo al<br />

área de su competencia, por ejemplo:<br />

JCS-OPS o JCS-AIR, si se tratara de<br />

la Junta de certificación de<br />

operaciones o de aeronavegabilidad<br />

respectivamente.<br />

(307) Junta General.- Es la que está<br />

conformada por un representante de<br />

cada Estado participante,<br />

preferentemente quien tenga la<br />

responsabilidad de la administración<br />

de la seguridad operacional de la<br />

aviación civil de su Estado. Cumple<br />

las funciones establecidas en el<br />

reglamento del sistema.<br />

(308) Límite de alerta.- Para la fase de<br />

operación en curso, la distancia que<br />

no se puede sobrepasar en el error<br />

de posición del GNSS sin que el<br />

usuario reciba una alerta sobre la<br />

integridad del GNSS.<br />

(309) Límite de confinamiento<br />

(perpendicular a la derrota y a lo<br />

largo de la derrota).- Una región en<br />

torno a la posición deseada de la<br />

aeronave, determinada por el sistema<br />

de navegación de a bordo que incluye<br />

la posición verdadera de la aeronave<br />

con una probabilidad del 99.999%.<br />

Nota.- El límite de confinamiento perpendicular a la<br />

derrota y a lo largo de la derrota abarca el RNP<br />

especificado, la integridad de confinamiento y la<br />

continuidad de confinamiento pero se excluye el<br />

margen para capacidades de intervención del ATC<br />

(comunicación y vigilancia).<br />

(310) Línea aérea.- Según lo estipulado<br />

en el Artículo 96 del Convenio sobre<br />

aviación civil internacional, toda<br />

empresa de transporte aéreo que<br />

01/08/2004 1-AD 1B-27 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

ofrezca o explote un servicio aéreo<br />

internacional.<br />

(311) Llegada normalizada por<br />

instrumentos (STAR). Una ruta de<br />

llegada designada según reglas de<br />

vuelo por instrumentos (IFR) que une<br />

un punto significativo, normalmente<br />

en una ruta ATS, con un punto desde<br />

el cual puede comenzarse un<br />

procedimiento publicado de<br />

aproximación por instrumento.<br />

(312) Mantenimiento de base.-<br />

También conocido como<br />

mantenimiento mayor, consiste<br />

generalmente en revisiones de check<br />

C y check D.<br />

(313) Mantenimiento de la<br />

aeronavegabilidad.- Procedimientos<br />

y acciones que tienden a mantener la<br />

aeronavegabilidad de una aeronave<br />

en forma continua.<br />

(314) Mantenimiento de línea.- Es<br />

cualquier mantenimiento menor.<br />

Consiste generalmente en una<br />

inspección de pre-vuelo, revisión<br />

diaria, semanal, check A y check B.<br />

(315) Mantenimiento preventivo.-<br />

Operaciones de preservación simples<br />

o menores y el cambio de partes<br />

estándar pequeñas, no involucrando<br />

operaciones de montajes complejos.<br />

(316) Masa de despegue.- La masa de<br />

despegue de un avión debe<br />

considerar su masa, incluyendo todos<br />

los elementos y todas las personas<br />

que se transportan en el inicio del<br />

recorrido de despegue.<br />

(317) Masa de diseño para el<br />

aterrizaje.- Masa máxima de la<br />

aeronave que, para fines de cálculo<br />

estructural, se supone que se preverá<br />

para aterrizar.<br />

(318) Masa de diseño para el<br />

despegue.- Masa máxima de la<br />

aeronave que, para fines de cálculo<br />

estructural, se supone que tendrá al<br />

comienzo del recorrido de despegue.<br />

(319) Masa en vacío.- La masa de la<br />

aeronave vacía, tal como lo<br />

determinan los manuales pertinentes<br />

aprobados. Incluye todo el equipo de<br />

vuelo instalado en un lugar fijo a<br />

bordo de la aeronave.<br />

(320) Masa máxima de cálculo.- La<br />

masa máxima del avión utilizada en el<br />

cálculo de estructura correspondiente<br />

a cada condición de carga de vuelo.<br />

(321) Masa máxima de despegue.- La<br />

masa máxima autorizada de una<br />

aeronave y de su contenido prescrita<br />

en los manuales pertinentes<br />

aprobados.<br />

(322) Masa mínima de cálculo.- La<br />

masa mínima del avión utilizada en el<br />

cálculo de estructura correspondiente<br />

a las condiciones de carga de vuelo. [<br />

(323) Máxima velocidad con flaps<br />

extendidos (VFE).- Significa la mayor<br />

velocidad permisible con los flaps de<br />

ala en una posición extendida.<br />

(324) Máxima velocidad con tren de<br />

aterrizaje extendido (VLE).- Significa<br />

la velocidad máxima a la que puede<br />

volar una aeronave con el tren de<br />

aterrizaje extendido.<br />

(325) Máxima velocidad de operación<br />

del tren de aterrizaje (VLO).-<br />

Significa la velocidad máxima a la que<br />

se puede extender o retractar con<br />

seguridad el tren de aterrizaje.<br />

(326) Mecánico de a bordo.- Expresión<br />

con la que se designa al Ingeniero de<br />

vuelo de la tripulación. En algunos<br />

países se utiliza esta expresión para<br />

identificar al mecánico que viaja a<br />

bordo, distinto al Ingeniero de vuelo,<br />

para la atención de mantenimiento de<br />

la aeronave durante la travesía.<br />

(327) Media cuadrática de distancia<br />

(drms).- El valor medio cuadrático de<br />

las distancias desde el punto<br />

verdadero de emplazamiento de<br />

puntos de referencia de posición en<br />

un grupo de mediciones.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-28 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Nota.- El nivel de confianza depende del alargamiento<br />

de la elipse de error. Cuando la elipse de error se<br />

convierte en un tramo de línea, el nivel de confianza de<br />

2 drms se aproxima al 95% (95.4%); cuando la elipse<br />

de error se convierte en círculo, el nivel de confianza se<br />

aproxima al 98 % (98.2%). En el análisis de sistemas<br />

de navegación, se supone un nivel de confianza del<br />

95%, por lo que todos los balances de error son<br />

prudentes respecto a la exactitud que se obtiene en<br />

realidad.<br />

(328) Médico Examinador. Médico con<br />

instrucción en medicina aeronáutica y<br />

conocimientos prácticos y experiencia<br />

en el entorno aeronáutico, que es<br />

designado por la autoridad otorgadora<br />

de licencias para llevar a cabo el<br />

reconocimiento médico de la aptitud<br />

psicofísica de los solicitantes de<br />

licencias o habilitaciones para los<br />

cuales se prescriben requisitos<br />

médicos.<br />

(329) Medios de fijación de la carga<br />

externa. Componentes estructurales<br />

usados para fijar una carga externa,<br />

incluyendo los recipientes para las<br />

cargas externas, la estructura con los<br />

refuerzos correspondientes en la<br />

estructura de fijación y cualquier<br />

dispositivo de desprendimiento rápido<br />

usado para lanzar la carga externa.<br />

(330) Medidor del número Mach.-<br />

Instrumento utilizado en una<br />

aeronave para indicar el número<br />

Mach basándose en datos del tubo<br />

Pitot y de presión estática.<br />

(331) Memoria técnica.- Documento<br />

desarrollado para sustentar una<br />

modificación o reparación mayor a<br />

efectuarse en una aeronave, motor,<br />

hélice o un producto, cuando no se<br />

dispone de datos técnicos aprobados<br />

e incluye diagramas eléctricos,<br />

análisis de esfuerzos, boletines de<br />

servicios y otros. [Orden 8300-10 FAA]<br />

(332) Método de cumplimiento de<br />

directivas de aeronavegabilidad<br />

(AD).- Explicación de las medidas<br />

que el explotador ha adoptado<br />

realmente para cumplir con los<br />

requisitos de las AD. Debe<br />

enunciarse el método concreto de<br />

cumplimiento puesto que en una AD,<br />

o en un boletín de servicio del<br />

fabricante al que se haga referencia,<br />

puede permitirse el uso de más de un<br />

boletín cumplimiento.<br />

(333) Modificación.- Una modificación<br />

de un producto aeronáutico significa<br />

un cambio en el diseño de tipo que no<br />

constituya una reparación:<br />

(i) De importancia. Una modificación<br />

de importancia significa un cambio<br />

de diseño de tipo que no esté<br />

indicado en las especificaciones<br />

de la aeronave, del motor de la<br />

aeronave o de la hélice:<br />

(A) que pueda influir notablemente<br />

en los límites de masa y<br />

centrado, resistencia<br />

estructural, performance,<br />

funciona-miento de los grupos<br />

motores, características de<br />

vuelo u otras condiciones que<br />

influyan en las características<br />

de aeronavegabilidad o<br />

medioambientales; o<br />

(B) que se hayan incorporado al<br />

producto de conformidad con<br />

prácticas no normalizadas.<br />

(ii) Menor. Una modificación menor<br />

significa una modificación que no<br />

sea de importancia.<br />

Nota.- En algunos Estados se utiliza el término<br />

“alteración” en lugar de modificación. En toda esta<br />

parte se desea que las palabras alteración y modificación<br />

sean sinónimas.<br />

(334) Modo de aproximación<br />

frustrada.- Es el modo del sistema de<br />

mando automático de vuelo que sirve<br />

para mantener automática mente la<br />

trayectoria de vuelo durante la fase<br />

de transición de la aproximación<br />

frustrada y la fase subsiguiente de<br />

ascenso en vuelo estabilizado.<br />

(335) Moto planeador.- Planeador<br />

equipado con motor.<br />

(336) Motor crítico.- Motor cuya falla<br />

afectaría en forma más adversa la<br />

performance o las cualidades de<br />

21/04/2008 1-AD 1B-29 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

control de una aeronave. (Ver Grupo<br />

motor crítico).<br />

(337) Motor de aeronave.- Motor que<br />

es usado o está destinado a ser<br />

usado para propulsar una aeronave.<br />

Incluye turbo sobrealimentadores,<br />

componentes y accesorios necesarios<br />

para su funcionamiento, excluyendo<br />

hélices.<br />

(338) Motor de altitud o<br />

sobrealimentado. Motor alternativo<br />

de aeronave, que posee una potencia<br />

de despegue nominal que se puede<br />

obtener desde el nivel del mar y<br />

mantenerse hasta una altitud<br />

establecida mayor.<br />

(339) Motor no sobrealimentado. Motor<br />

alternativo de aeronave que tiene una<br />

potencia de despegue nominal que<br />

sólo se puede generar a nivel del<br />

mar.<br />

(340) Navegación. Medios por los que<br />

se proporciona guía a una aeronave<br />

para que vuele desde una posición<br />

conocida hasta otra posición<br />

conocida.<br />

(341) Navegación a estima. Estimación<br />

o determinación de una posición<br />

futura a partir de una posición<br />

conocida, a base de dirección, tiempo<br />

y velocidad.<br />

(342) Navegación de área (RNAV).-<br />

Método de navegación que permite la<br />

operación de aeronaves en cualquier<br />

trayectoria de vuelo deseada, dentro<br />

de la cobertura de las ayudas para la<br />

navegación referidas a la estación, o<br />

dentro de los límites de las<br />

posibilidades de las ayudas<br />

autónomas, o de una combinación de<br />

ambas.<br />

(343) Navegación horaria (TNA V).-<br />

Función del equipo RNA V que<br />

proporciona la capacidad de llegada /<br />

salida a un punto de recorrido a una<br />

hora especificada. Cuando se añade<br />

a un sistema en 3D, el TNA V se<br />

denomina 4D.<br />

(344) Navegación por referencia a<br />

estación.- Determinación de la<br />

posición por referencia a una<br />

determinada fuente.<br />

(345) Navegación por referencia a la<br />

tierra (ERN).- Navegación que<br />

depende de una fuente externa de<br />

navegación o de un sistema de<br />

referencia inercial (IRS) pero que no<br />

depende de un solo emplazamiento<br />

fijo. La ERN puede utilizar diferencias<br />

de tiempo o de fase, a partir de<br />

sistemas de radionavegación<br />

hiperbólica o de fuentes de satélites<br />

con puntos de referencia geodésica,<br />

para determinar la posición<br />

(convertida normalmente a latitud y<br />

longitud) sobre la superficie de la<br />

tierra. Los sistemas LORAN-C y GPS<br />

son distintas formas de navegación<br />

ERN.<br />

(346) Navegación vertical (VNAV)<br />

(RTCA/DO-208). Función del equipo<br />

RNAV por la que se calcula, se<br />

presenta en pantalla, y se<br />

proporciona guía respecto a un perfil<br />

o trayectoria en el plano vertical.<br />

(347) Nieve (en tierra):<br />

(i) Nieve seca. Nieve que, si está<br />

suelta, se desprende al soplar o, si<br />

se compacta a mano, se disgrega<br />

inmediatamente al soltarla.<br />

Densidad relativa: hasta 0.35<br />

exclusive.<br />

(ii) Nieve mojada. Nieve que, si se<br />

compacta a mano, se adhiere y<br />

muestra tendencia a formar bolas<br />

o se hace realmente una bola de<br />

nieve. Densidad relativa: de 0.35 a<br />

0.5 exclusive.<br />

(iii) Nieve compactada. Nieve que se<br />

ha comprimido hasta formar una<br />

masa sólida que no admite más<br />

compresión y que mantiene su<br />

cohesión o se rompe a pedazos si<br />

se levanta. Densidad relativa: 0.5<br />

o más.<br />

(348) Nieve fundente. Nieve saturada<br />

de agua que, cuando se le da un<br />

golpe contra el suelo con la suela del<br />

zapato, se proyecta en forma de<br />

salpicaduras. Densidad relativa: de<br />

0.5 a 0.8.<br />

Nota.- Las mezclas de hielo, de nieve o de agua<br />

estancada pueden, especialmente cuando hay<br />

21/04/2008 1-AD 1B-30 REVISION: 1


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

precipitación de lluvia, de lluvia y nieve o de nieve,<br />

tener densidades relativas superiores a 0.8. Estas<br />

mezclas, por su gran contenido de agua o de hielo,<br />

tienen un aspecto transparente y no translúcido, lo<br />

cual, cuando la mezcla tiene una densidad relativa<br />

bastante alta, las distingue fácilmente de la nieve<br />

fundente.<br />

(349) Nivel de transición. Nivel más<br />

bajo de vuelo disponible para usarlo<br />

por encima de la altitud de transición.<br />

(350) Nivel deseado de seguridad<br />

(TLS). Término genérico que<br />

representa el nivel de riesgo que se<br />

considera aceptable en circunstancias<br />

particulares.<br />

(351) Norma de mantenimiento de la<br />

configuración y procedimientos<br />

(CMP) en vuelos a grandes<br />

distancias (ETOPS). Los requisitos<br />

particulares de configuración mínima<br />

del avión incluidas las inspecciones<br />

especiales, los límites de vida útil del<br />

equipo, las limitaciones en la lista<br />

maestra de equipo mínimo (MMEL) y<br />

las prácticas de mantenimiento que<br />

se juzgan necesarias para establecer<br />

la idoneidad de una combinación de<br />

célula-motor para vuelos a grandes<br />

distancias.<br />

(352) Número de Mach. Relación de la<br />

velocidad real y la velocidad del<br />

sonido.<br />

(353) Obstáculo. Todo objeto fijo (tanto<br />

de carácter temporal como<br />

permanente) o móvil, o parte del<br />

mismo, que esté situado en un área<br />

destinada al movimiento de las<br />

aeronaves en tierra o que sobresalga<br />

de una superficie definida destinada a<br />

proteger a las aeronaves en vuelo.<br />

(354) Oficina de control de<br />

aproximación. Dependencia<br />

establecida para facilitar el servicio de<br />

control de tránsito aéreo a los vuelos<br />

controlados que lleguen a uno o más<br />

aeródromos o salgan de ellos.<br />

(355) Operación de la aviación<br />

general. Operación de aeronave<br />

distinta de la de transporte aéreo<br />

comercial o de la de trabajos aéreos.<br />

(356) Operaciones de área terminal.<br />

Operaciones realizadas en salidas<br />

normalizadas por instrumentos (SID)<br />

publicadas o en llegadas<br />

normalizadas por instrumentos<br />

(STAR) publicadas, u otras<br />

operaciones de vuelo realizadas bajo<br />

control de terminal.<br />

(357) Operaciones en ruta.<br />

Operaciones realizadas a lo largo de<br />

rutas ATS publicadas, operaciones<br />

directas punto a punto entre puntos<br />

de recorrido definidos, o a lo largo de<br />

rutas de círculo máximo que no sean<br />

las de despegue, aterrizaje, salida,<br />

llegada u operaciones de terminal.<br />

(358) Operadores de transporte aéreo<br />

no regular. Aquellos operadores de<br />

transporte aéreo que no realizan<br />

operaciones programadas.<br />

(359) Organización.- Organismo<br />

registrado como una entidad legal en<br />

cualquier jurisdicción, ya sea dentro o<br />

fuera del territorio de un Estado<br />

participante. Esta organización puede<br />

estar ubicada en más de un lugar y<br />

puede ostentar una o más<br />

aprobaciones LAR 145.<br />

(360) Overhaul<br />

(reacondicionamiento).- Es el<br />

restablecimiento de una aeronave o<br />

componente de aeronave lo que<br />

incluye una varias de las siguientes<br />

tareas: desarme, limpieza,<br />

inspección, reparación y prueba de<br />

todos los elementos que componen el<br />

producto, de conformidad con un<br />

estándar aprobado para extender el<br />

potencial operacional.<br />

(361) Paracaídas.- Dispositivo usado o<br />

destinado a ser usado para retardar la<br />

caída de un cuerpo u objeto a través<br />

del aire.<br />

(362) Parte de vida útil limitada.-<br />

Partes respecto a las cuales existe<br />

una fecha de retiro, una limitación de<br />

vida útil en servicio, una condición de<br />

01/08/2004 1-AD 1B-31 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

retiro, una limitación de la vida útil<br />

para su retiro o una limitación de vida<br />

útil. Debe retirarse permanentemente<br />

del servicio cualquier parte de vida útil<br />

limitada cuando, o antes de que, se<br />

exceda su límite de operación (horas,<br />

ciclos y/o fecha de calendario).<br />

(363) Parte que exporta.- Significa la<br />

parte contratante que exporta un<br />

diseño de tipo, una modificación del<br />

mismo, o un producto aeronáutico.<br />

(364) Parte que importa.- Significa la<br />

parte contratante que importa un<br />

diseño de tipo, una modificación del<br />

mismo, o un producto aeronáutico.<br />

(365) Pasajeros en buena condición<br />

física.- Pasajeros seleccionados por<br />

los miembros de la tripulación para<br />

prestar ayuda en situaciones de<br />

emergencia siempre y cuando se<br />

requiera. Antes del vuelo debe<br />

procurarse que los pasajeros que no<br />

se consideren en buena condición<br />

física no ocupen las hileras de salidas<br />

de emergencia. En una emergencia<br />

prevista, se informará brevemente a<br />

los pasajeros en buena condición<br />

física acerca de sus obligaciones si<br />

hay tiempo para ello.<br />

(366) Perfil de vuelo.- Corte vertical de<br />

la trayectoria de vuelo, que muestra<br />

las variaciones de altura del avión a lo<br />

largo de la derrota.<br />

(367) Performance de mantenimiento<br />

de altitud.- Performance observada<br />

de la aeronave en lo que atañe al<br />

cumplimiento del nivel de vuelo<br />

autorizado.<br />

(368) Performance del GNSS.-<br />

Performance definida como la<br />

exactitud GNSS instantánea de la<br />

posición y de la hora en una<br />

determinada fase de operación.<br />

(369) Persona.- Todo individuo,<br />

organismo o empresa.<br />

(370) Persona con impedimentos.-<br />

Toda persona cuya movilidad se ve<br />

reducida por una incapacidad física<br />

(sensorial o de locomoción),<br />

deficiencia mental, edad, enfermedad<br />

o cualquier otra causa que sea un<br />

impedimento para el uso de los<br />

transportes y cuya situación requiere<br />

atención especial adaptando a las<br />

necesidades de dicha persona los<br />

servicios puestos a disposición de<br />

todos los pasajeros.<br />

(371) Persona no admisible.- Persona a<br />

quien le es o le será rehusada la<br />

admisión a un Estado por las<br />

autoridades correspondientes.<br />

(372) Personal de certificación.- Aquel<br />

personal que está autorizado por la<br />

OMA LAR 145, de acuerdo con un<br />

procedimiento aceptable a la AAC de<br />

un Estado participante, para certificar<br />

aeronaves o componentes de<br />

aeronave para liberar al servicio.<br />

(373) Peso de cálculo para el aterrizaje<br />

(MLW).- Peso máximo de la aeronave<br />

que, para fines de cálculo estructural,<br />

se supone que se preverá para<br />

aterrizar. (Ver Masa de cálculo para el<br />

aterrizaje).<br />

(374) Peso de cálculo para el<br />

despegue (MTOW). Peso máximo de<br />

la aeronave que, para fines de cálculo<br />

estructural, se supone que tendrá al<br />

comienzo de la carrera de despegue.<br />

(Ver masa de cálculo para el<br />

despegue).<br />

(375) Peso de cálculo para el rodaje<br />

(MRW). Peso máximo de la aeronave<br />

para la cual se calcula la estructura<br />

con la carga susceptible de<br />

producirse durante la utilización de la<br />

aeronave en el suelo antes de iniciar<br />

el despegue. (Ver masa de cálculo<br />

para el rodaje).<br />

(376) Pilotaje.- Navegación por<br />

referencia visual con las referencias<br />

terrestres.<br />

(377) Piloto de seguridad.- Piloto que<br />

actúa en vuelo para suplir las<br />

deficiencias médicas del piloto titular<br />

y/o en condiciones de práctica de<br />

vuelo simulado por instrumentos.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-32 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(378) Pista contaminada.- Se considera<br />

una pista contaminada cuando más<br />

del 25% de la superficie de la misma<br />

(tanto en zonas aisladas como en<br />

zonas no aisladas), comprendida en<br />

la longitud y anchura requerida que<br />

se está empleando, está cubierta de<br />

lo siguiente:<br />

(i) agua en la superficie de la pista de<br />

un espesor de más de 3 mm<br />

(0.125 pulgadas), o nieve<br />

semifundida, o nieve en polvo<br />

equivalente a más de 3 mm (0.125<br />

pulgadas) de agua;<br />

(ii) formando una masa sólida que<br />

resiste mayor compresión y se<br />

mantendrá unida o disgregará en<br />

trozos si se recoge (nieve<br />

compactada); o<br />

(iii) hielo, incluyendo hielo húmedo.<br />

(379) Pista húmeda. Una pista se<br />

considera húmeda cuando la<br />

superficie no está seca, pero la<br />

humedad en la superficie no le da un<br />

aspecto brillante.<br />

(380) Pista mojada. Una pista se<br />

considera mojada cuando la<br />

superficie de la misma está cubierta<br />

de una cantidad de agua, o su<br />

equivalente, menor de la que se<br />

especifica en el párrafo (1) de la<br />

definición de Pista contaminada o<br />

cuando hay suficiente humedad en la<br />

superficie de la pista para que<br />

parezca reflectante, pero sin zonas<br />

significativas de agua estancada.<br />

(381) Pista seca. Una pista se considera<br />

seca cuando no está ni mojada ni<br />

contaminada, e incluye las pistas<br />

pavimentadas que se han preparado<br />

especialmente con ranuras o<br />

pavimento poroso y que permiten una<br />

acción de frenado efectiva como si<br />

estuviera seca, aun cuando haya<br />

humedad.<br />

(382) Planeador con motor de<br />

autosustentación. Avión con motor<br />

que dispone de potencia para<br />

mantener el nivel de vuelo pero no<br />

para despegar.<br />

(383) Plano horizontal. Es el plano que<br />

comprende el eje longitudinal y es<br />

perpendicular al plano de simetría del<br />

avión.<br />

(384) Planos verticales. Son los planos<br />

perpendiculares al plano horizontal<br />

definido en el plano horizontal.<br />

(385) Potencia de despegue:<br />

(i) con respecto a motores<br />

alternativos, significa la potencia al<br />

freno desarrollada bajo<br />

condiciones estándar al nivel del<br />

mar y bajo las condiciones de rpm<br />

del cigüeñal y presión de admisión<br />

del motor aprobada para el<br />

despegue normal, limitando su uso<br />

continuo al período de tiempo<br />

indicado en la especificación<br />

aprobada del motor; y<br />

(ii) con respecto a turbomotores,<br />

significa la potencia al freno<br />

desarrollada bajo condiciones<br />

estáticas a una altitud especificada<br />

y temperatura atmosférica, bajo<br />

las condiciones de rpm máximas<br />

del eje rotor y temperatura de gas,<br />

aprobadas para el despegue<br />

normal, limitando su uso continuo<br />

al período de tiempo indicado en la<br />

especificación aprobada del motor.<br />

(386) Potencia de despegue nominal.<br />

Respecto a la certificación tipo de los<br />

motores alternativos y turbomotores,<br />

significa la potencia al freno aprobada<br />

que es desarrollada estáticamente<br />

bajo condiciones estándar al nivel del<br />

mar, dentro de las limitaciones de<br />

operación establecidas y limitada en<br />

su uso a períodos no mayores de 5<br />

minutos para la operación de<br />

despegue.<br />

(387) Potencia indicada para 2 ½<br />

minutos. Respecto a turbomotores<br />

de helicópteros, significa la potencia<br />

al freno desarrollada estáticamente<br />

en atmósfera estándar al nivel del<br />

mar, o a una altitud especificada para<br />

01/08/2004 1-AD 1B-33 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

la operación con un motor detenido<br />

para helicópteros multimotores, para<br />

2 ½ minutos a las rpm del eje del<br />

rotor y a la temperatura de gas<br />

establecida para este régimen.<br />

(388) Potencia indicada para 30<br />

minutos.- Con respecto a turbomotores<br />

de helicópteros, significa la<br />

máxima potencia al freno desarrollada<br />

bajo condiciones estáticas a altitudes<br />

especificadas y temperaturas<br />

atmosféricas bajo condiciones de rpm<br />

máximas del eje del rotor y<br />

temperatura de gas, limitando su uso<br />

a períodos no mayores de 30 minutos<br />

como está indicado en las<br />

especificaciones del motor.<br />

(389) Potencia máxima continua<br />

nominal.- Respecto a motores<br />

alternativos, turbohélices y<br />

turboreactores, significa la potencia al<br />

freno aprobada que es desarrollada<br />

estáticamente o en vuelo, en<br />

atmósfera estándar a una altitud<br />

especificada dentro de las<br />

limitaciones de operación<br />

establecidas y aprobada para<br />

períodos ilimitados de uso.<br />

(390) Precisión.- El grado de<br />

conformidad entre la posición<br />

estimada o medida o la velocidad de<br />

una plataforma en un momento<br />

determinado y su posición o velocidad<br />

verdadera. Habitualmente se<br />

presenta la precisión de performance<br />

de la radionavegación como medida<br />

estadística de errores sistemáticos y<br />

se especifica como:<br />

(i) Previsible. La precisión de una<br />

posición en relación con las<br />

coordenadas geográficas o<br />

geodésica de la tierra;<br />

(ii) Reaplicable. La precisión con la<br />

que un usuario puede volver a una<br />

posición cuyas coordenadas han<br />

sido medidas en un tiempo<br />

anterior con el mismo sistema de<br />

navegación;<br />

(iii) Relativa. La precisión con la que<br />

un usuario puede determinar una<br />

posición respecto a otra posición,<br />

sin considerar los errores de sus<br />

posiciones verdaderas.<br />

(391) Precisión de performance de la<br />

navegación. El error del sistema<br />

total (TSE) permitido en cada una de<br />

las dimensiones lateral y longitudinal.<br />

El TSE en cada dimensión no debe<br />

exceder de lo correspondiente al tipo<br />

de, RNP especificado el 95% del<br />

tiempo de vuelo, en un solo vuelo.<br />

(392) Precisión en el uso del sistema. -<br />

La combinación de errores del sensor<br />

de navegación, del receptor de a<br />

bordo, de la presentación en pantalla<br />

y del error técnico de vuelo.<br />

(393) Presión barostatica.- Presión<br />

atmosférica utilizada en los<br />

pronósticos del tiempo y determinante<br />

de la altitud derivada del uso de un<br />

barómetro.<br />

(394) Presión de admisión.- La presión<br />

absoluta de acuerdo a como es<br />

medida en el punto apropiado en el<br />

sistema de admisión y normalmente<br />

expresada en pulgadas de mercurio o<br />

milímetros de mercurio.<br />

(395) Probabilidad de ocurrencia:<br />

(i) la probabilidad de ocurrencia se<br />

refiere al rango de frecuencia<br />

esperado de ocurrencia<br />

alcanzado:<br />

(A) Frecuente. Probable de ocurrir<br />

con frecuencia durante la vida<br />

operativa de cada tipo de<br />

avión; y<br />

(B) Razonablemente probable.<br />

Poco probable de ocurrir con<br />

frecuencia durante la operación<br />

de cada aeronave de tipo pero<br />

que podría suceder varias<br />

veces durante el total de vida<br />

operacional de cada tipo de<br />

aeronave.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-34 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(ii) Ocurrencia improbable se refiere<br />

al rango esperado de frecuencia<br />

de ocurrencia alcanzado:<br />

(A) Remoto. Improbable de ocurrir<br />

a una aeronave individual<br />

durante el total de su vida de<br />

servicio pero puede ocurrir<br />

varias veces cuando se<br />

considera el total de vida de<br />

servicio de un número de<br />

aeroplanos del mismo tipo; y<br />

(B) Extremadamente remoto.<br />

Improbable de ocurrir durante<br />

el total vida de servicio de un<br />

número de aeronaves del<br />

mismo tipo, pero aún es<br />

posible.<br />

(iii) Ocurrencias extremadamente<br />

improbables se refiere a una<br />

frecuencia de ocurrencias tan<br />

pequeña que no tiene<br />

posibilidades de suceder.<br />

(396) Procedimiento.- Método utilizado<br />

o modo de acción para el logro de un<br />

objetivo previamente definido.<br />

(397) Procedimiento de hipódromo.-<br />

Procedimiento previsto para permitir<br />

que la aeronave pierda altitudes en<br />

tramo de aproximación inicial o siga la<br />

trayectoria de acercamiento cuando<br />

no resulte práctico iniciar un<br />

procedimiento de inversión.<br />

(398) Procedimientos con baja<br />

visibilidad (LVP).- Procedimientos<br />

aplicados en un aeródromo para<br />

garantizar la seguridad de las<br />

operaciones durante las<br />

aproximaciones de Categoría II y III, y<br />

los despegues con baja visibilidad<br />

(LVTO).<br />

(399) Procedimiento operacionales<br />

normalizados (SOP). Procedimientos<br />

que los explotadores deben<br />

desarrollar e implementar, adecuados<br />

a los procesos de toma de decisión<br />

de las tripulaciones técnicas, con el<br />

objeto de incrementar la seguridad<br />

operacional.<br />

(400) Producto aeronáutico. Aeronave,<br />

motor de aeronave o hélice, así como<br />

componentes o partes de los mismos.<br />

Incluye instrumentos, mecanismos,<br />

aparejos, accesorios y equipos de<br />

comunicación, que sean empleados o<br />

se pretenda emplear en la operación<br />

o control de la aeronave en vuelo, y<br />

que se ajusten o fijen a una aeronave,<br />

aunque no sean parte de ella, de<br />

su(s) motor(es) o hélice(s). Incluye<br />

también materiales y procesos<br />

empleados en la fabricación de todos<br />

los elementos anteriormente citados.<br />

(401) Pronóstico. Declaración de las<br />

condiciones meteorológicas previstas<br />

para una hora o período<br />

especificados y respecto a una cierta<br />

área o porción del espacio aéreo.<br />

(402) Propuesta de desarrollo o<br />

enmienda (PDE). Es el documento a<br />

través del cual se formula, modifica o<br />

enmienda una LAR.<br />

(403) Proximidad de aeronaves.<br />

Situación en la que, en opinión del<br />

piloto o del personal de tránsito<br />

aéreo, la distancia entre las<br />

aeronaves así como sus posiciones y<br />

velocidad relativas, han sido tales que<br />

habrían podido comprometer la<br />

seguridad de las aeronaves de que se<br />

trate. La proximidad de aeronaves se<br />

clasifica del siguiente modo:<br />

(i) riesgo de colisión. La clasificación<br />

de riesgo de una situación de<br />

proximidad de aeronaves en la<br />

que ha existido un grave riesgo de<br />

colisión;<br />

(ii) seguridad no garantizada. La<br />

clasificación de riesgo de una<br />

situación de proximidad de<br />

aeronaves en la que habría podido<br />

quedar comprometida la seguridad<br />

de las aeronaves;<br />

(iii) ningún riesgo de colisión. La<br />

clasificación de riesgo de una<br />

situación de proximidad de<br />

aeronave s en la que no ha<br />

existido riesgo de colisión alguno;<br />

y<br />

01/08/2004 1-AD 1B-35 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(iv) riesgo no determinado. La<br />

clasificación de riesgo de una<br />

situación de proximidad de<br />

aeronaves en la que no se<br />

disponía de suficiente información<br />

para determinar el riesgo que<br />

suponía, o los datos no permitían<br />

determinarlo por ser<br />

contradictorios o no concluyentes.<br />

(404) Puesto de pilotaje estéril.<br />

Durante las fases críticas del vuelo y<br />

en todas las operaciones de vuelo<br />

(excepto en la de crucero) realizadas<br />

por debajo de 10,000 pies, ningún<br />

miembro de la tripulación puede<br />

ocuparse en actividades o en<br />

conversaciones que no se requieran<br />

para la operación segura de la<br />

aeronave. Durante este período se<br />

prohíben las comunicaciones no<br />

esenciales entre el puesto de pilotaje<br />

y la cabina de pasajeros.<br />

(405) Punto de aproximación frustrada<br />

(MAPt). En un procedimiento de<br />

aproximación por instrumentos, el<br />

punto en el cual, o antes del cual se<br />

ha de iniciar la aproximación frustrada<br />

prescrita, con el fin de respetar el<br />

margen mínimo de franqueamiento de<br />

obstáculos.<br />

(406) Punto de decisión para el<br />

aterrizaje (LDP). Punto que se utiliza<br />

para determinar la performance de<br />

aterrizaje ya partir del cual, al ocurrir<br />

una falla de grupo motor en dicho<br />

punto, se puede continuar el<br />

aterrizaje en condiciones de<br />

seguridad o bien iniciar un aterrizaje<br />

interrumpido.<br />

Nota.- LDP se aplica a los helicópteros de Clase de<br />

performance 1.<br />

(407) Punto de decisión para el<br />

despegue (TDP). Punto utilizado<br />

para determinar la performance de<br />

despegue a partir del cual, si se<br />

presenta una falla de grupo motor,<br />

puede interrumpirse el despegue o<br />

bien continuarlo en condiciones de<br />

seguridad.<br />

Nota.- TDP se aplica a los helicópteros de Clase de<br />

performance 1.<br />

(408) Punto de espera. Lugar<br />

especificado, que se identifique<br />

visualmente o por otros medios, en<br />

las inmediaciones del cual mantiene<br />

su posición una aeronave, de acuerdo<br />

con las autorizaciones del control de<br />

tránsito aéreo.<br />

(409) Punto definido antes del<br />

aterrizaje. Punto dentro de la fase de<br />

aproximación y aterrizaje, después<br />

del cual no se asegura la capacidad<br />

del helicóptero para continuar el vuelo<br />

en condiciones de seguridad, con un<br />

motor fuera de funcionamiento,<br />

pudiendo requerirse un aterrizaje<br />

forzoso.<br />

(410) Punto definido después del<br />

despegue. Punto dentro de la fase de<br />

despegue y de ascenso inicial, antes<br />

del cual no se asegura la capacidad<br />

del helicóptero para continuar el vuelo<br />

en condiciones de seguridad, con un<br />

motor fuera de funcionamiento,<br />

pudiendo requerirse un aterrizaje<br />

forzoso.<br />

(411) Punto de recorrido. Un lugar<br />

geográfico especificado, utilizado<br />

para definir una ruta de navegación<br />

de área o la trayectoria de vuelo de<br />

una aeronave que emplea<br />

navegación de área. Los puntos de<br />

recorrido se identifican como:<br />

(i) punto de recorrido de paso. Punto<br />

de recorrido que requiere<br />

anticipación del viraje para que<br />

pueda realizarse la interceptación<br />

del siguiente tramo de una ruta o<br />

procedimiento; y<br />

(ii) punto de recorrido de sobrevuelo.<br />

Punto de recorrido en que se inicia<br />

el viraje para incorporarse al<br />

siguiente tramo de una ruta o<br />

procedimiento.<br />

(412) Punto de recorrido activo. Punto<br />

de recorrido hacia el cual o desde el<br />

cual se proporciona guía para la<br />

navegación. Para un procedimiento<br />

01/08/2004 1-AD 1B-36 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

paralelo desplazado, el punto de<br />

recorrido activo puede o no estar en<br />

la misma posición geográfica que el<br />

punto de recorrido generador.<br />

Cuando no se esté en el modo de<br />

procedimiento paralelo desplazado<br />

(volando a lo largo de la ruta<br />

generadora) los puntos de recorrido<br />

activo y generador están en la misma<br />

posición geográfica.<br />

(413) Punto de recorrido generador.<br />

Punto de recorrido utilizado para<br />

definición de la ruta y/o para<br />

notificación de la marcha del vuelo.<br />

La posición geográfica de un punto de<br />

recorrido generador no se altera<br />

cuando el equipo RNAV funciona en<br />

un modo de desplazamiento paralelo.<br />

(414) Punto de toma de contacto.<br />

Punto en el que la trayectoria nominal<br />

de planeo intercepta la pista.<br />

Nota.- El "punto de toma de contacto", tal como queda<br />

definido, es sólo un punto de referencia y no tiene<br />

necesariamente que coincidir con el punto en que la<br />

aeronave entrará verdaderamente en contacto con la<br />

pista.<br />

(415) Reconstrucción. Reparación de<br />

un producto usado, que ha sido<br />

completamente desarmado e<br />

inspeccionado, en la misma manera y<br />

con las mismas tolerancias de un<br />

producto nuevo, con partes nuevas o<br />

usadas, de manera tal que todas las<br />

partes empleadas en él deberían<br />

estar de acuerdo con los planos de<br />

producción, tolerancias y límites de<br />

vida para partes nuevas.<br />

Nota.- El fabricante o la entidad autorizada por él, son<br />

los únicos autorizados para realizar reconstrucciones.<br />

(416) Régimen. Un modo definido de<br />

operación, perfectamente<br />

diferenciado de otros tipos de<br />

operación del mismo equipo.<br />

(417) Régimen de puntos de<br />

referencia. Número de puntos de<br />

referencia independientes por unidad<br />

de tiempo de que dispone el sistema<br />

para calcular la posición.<br />

(418) Régimen de regresión nodal. La<br />

rotación del plano orbital respecto al<br />

eje polar de la tierra debido al efecto<br />

del aplastamiento polar de la tierra<br />

junto con el efecto promedio de las<br />

perturbaciones que producen en las<br />

órbitas GPS la luna y el sol.<br />

(419) Registros de antecedentes en<br />

servicio. Registros a partir de los<br />

cuales puede determinarse la<br />

condición vigente” de las partes con<br />

vida útil limitada.<br />

Nota 1.- En estos registros se deja constancia de que<br />

una parte con vida útil limitada se pone en servicio o se<br />

retira del servicio; en ellos debe indicarse claramente la<br />

parte, la fecha y el lugar de instalación y de retiro, y la<br />

fecha, horas y/o, ciclos (según corresponda) de su<br />

instalación y retiro. También deben incluirse en el<br />

registro de antecedentes en servicio otros sucesos que<br />

influirían en el límite de vida útil, tales como una<br />

modificación que altere el límite de vida útil o modifique<br />

los parámetros limitadores.<br />

Nota 2.- No todas las modificaciones o alteraciones<br />

serian necesariamente pertinentes al límite de vida útil<br />

de la parte.<br />

(420) Registro técnico de la aeronave.<br />

(i) Documento que describe los<br />

requerimientos del mantenimiento<br />

de la aeronave y todo lo<br />

relacionado a la emisión de la<br />

conformidad de mantenimiento de<br />

la aeronave. El registro técnico de<br />

la aeronave debe contener los<br />

siguientes datos:<br />

(A) información necesaria sobre<br />

cada vuelo para garantizar la<br />

seguridad continuada<br />

incluyendo las acciones<br />

tomadas con relación al párrafo<br />

(v) de esta definición;<br />

(B) el visto bueno de<br />

mantenimiento (conformidad de<br />

mantenimiento) para el servicio<br />

de la aeronave;<br />

(C) la declaración de<br />

mantenimiento que refleje la<br />

situación actual del mismo en<br />

cuanto al próximo<br />

mantenimiento programado y<br />

aquel que, fuera de revisiones<br />

01/08/2004 1-AD 1B-37 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

periódicas, sea necesario<br />

realizar, excepto que la AAC<br />

autorice que dicha declaración<br />

figure en otro lugar;<br />

(D) todos los diferidos que afecten<br />

a la operación de la aeronave;<br />

(E) los reportes sobre fallas o mal<br />

funcionamiento de los sistemas<br />

y equipos que se presenten<br />

durante el vuelo; y<br />

(F) cualquier información<br />

necesaria relativa a los<br />

acuerdos de asistencia para<br />

mantenimiento.<br />

(ii) Reglamentaciones. Conjunto de<br />

disposiciones técnico-legal que la<br />

AAC adopta, emite y/o enmienda,<br />

de carácter mandatario, que los<br />

usuarios deberán cumplir.<br />

(421) Reglamentaciones Aeronáuticas<br />

Bolivianas (RAB). Es el conjunto<br />

ordenado de reglas, preceptos,<br />

requisitos, métodos y procedimientos<br />

convenidos por el Estado Boliviano,<br />

con la finalidad de implementar los<br />

Anexos al Convenio sobre aviación<br />

civil internacional en la Republica de<br />

Bolivia, armonizando la normatividad<br />

aeronáutica internacional.<br />

(422) Reparación mayor. Se entiende<br />

por reparación mayor un cambio de<br />

diseño que esté destinado a restaurar<br />

un producto aeronáutico a su<br />

condición de aeronavegable:<br />

(i) cuando el daño objeto de<br />

reparación pueda notablemente<br />

influir en la resistencia estructural,<br />

performance, funcionamiento de<br />

los grupos motores, características<br />

de vuelo u otras condiciones que<br />

influyan en las características de<br />

aeronavegabilidad o<br />

medioambientales; o<br />

(ii) que se haya incorporado al<br />

producto de conformidad con<br />

prácticas no normalizadas.<br />

(423) Reparación menor. Reparación<br />

que no sea una reparación mayor.<br />

(424) Requisito de mantenimiento para<br />

certificación. Una verificación<br />

repetitiva de la tripulación de vuelo o<br />

de la tripulación de tierra que se<br />

requiere por diseño para ayudar a<br />

demostrar el cumplimiento con los<br />

requisitos adecuados de la<br />

certificación de tipo, detectándose la<br />

presencia y, por consiguiente,<br />

limitándose el tiempo de exposición al<br />

peligro, de una falla latente de<br />

importancia.<br />

(425) Requisitos operacionales<br />

relacionados con el diseño. Significan<br />

los requisitos operacionales<br />

relacionados con características de<br />

diseño de un producto aeronáutico o<br />

con datos relativos a su<br />

funcionamiento o mantenimiento por<br />

los que se considera apto para<br />

realizar una clase particular de<br />

Operaciones.<br />

(426) Reservado(a). Es el espacio que<br />

permitirá en el futuro, insertar dentro<br />

de la estructura de las LAR<br />

disposiciones vinculadas a aquellos<br />

temas normados por la regulación,<br />

siguiendo un orden lógico.<br />

(427) Retorno al servicio. Acción de<br />

poner operativa una aeronave, luego<br />

de que la aprobación ha sido<br />

otorgada por personal calificado.<br />

(428) Resistente al fuego:<br />

(i) con respecto a recubrimientos o<br />

miembros estructurales. Significa<br />

la aptitud para resistir el calor<br />

asociado con el fuego al menos<br />

tan bien como las aleaciones de<br />

aluminio, en las dimensiones<br />

adecuadas para el fin que son<br />

usados; y<br />

(ii) con respecto a las cañerías que<br />

llevan líquido, partes del sistema<br />

hidráulico, cableado, conducto de<br />

aire, accesorios y comandos de<br />

planta motriz. Significa que<br />

puedan ejecutar las funciones a<br />

01/08/2004 1-AD 1B-38 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

que están destinadas bajo el calor<br />

y otras condiciones que se puedan<br />

producir cuando hay incendio en el<br />

lugar respectivo.<br />

(429) Riesgo de colisión. Número<br />

anticipado de accidentes de<br />

aeronaves en vuelo en un volumen<br />

determinado de espacio aéreo,<br />

correspondiente a un número<br />

específico de horas de vuelo.<br />

Nota.- Se considera que una colisión ocasiona dos<br />

accidentes.<br />

(430) Riesgo global. Riesgo de colisión<br />

debido a todas las causas posibles,<br />

incluyendo el riesgo técnico (véase la<br />

definición correspondiente) y todo<br />

riesgo debido a errores operacionales<br />

o contingencias en vuelo.<br />

(431) Riesgo técnico. Riesgo de<br />

colisión, relacionado con la<br />

performance de mantenimiento de<br />

altitud de una aeronave.<br />

(432) Rotor auxiliar. Rotor que sirve en<br />

un giroavión para contrarrestar el<br />

efecto del torque del rotor principal o<br />

para maniobrarlo alrededor de uno o<br />

más de sus tres ejes principales.<br />

(433) Rotor principal. Rotor que<br />

suministra la sustentación principal a<br />

un giroavión.<br />

(434) Ruta alta de navegación. Es una<br />

ruta en el área de navegación dentro<br />

del espacio aéreo que se extiende<br />

hacia arriba e incluye del nivel 180, al<br />

nivel de vuelo 450 (en revisión).<br />

(435) Salida normalizada por<br />

instrumentos (SID). Una ruta de<br />

salida designada según reglas de<br />

vuelo por instrumentos (IFR) que une<br />

el aeródromo a una determinada pista<br />

del aeródromo, con un determinado<br />

punto significativo, normalmente en<br />

una ruta ATS, en el cual comienza la<br />

fase en ruta de un vuelo.<br />

(436) Salidas de emergencia:<br />

(i) tipo I. Este tipo de salida debería<br />

tener una abertura rectangular no<br />

inferior a 61 cm de anchura por<br />

122 cm de altura y el radio de las<br />

esquinas no debería exceder de<br />

un tercio de la anchura de la<br />

salida. Las salidas de Tipo I<br />

deberían estar al nivel del piso;<br />

(ii) tipo II. Este tipo de salida debería<br />

tener una abertura rectangular no<br />

inferior a 51 cm de anchura por<br />

112 cm de altura y el radio de las<br />

esquinas no debería exceder de<br />

un tercio de la anchura de la<br />

salida. También estar al nivel del<br />

piso, excepto en condiciones<br />

especiales;<br />

(iii) tipo III. Este tipo de salida debería<br />

tener una abertura rectangular no<br />

inferior a 51 cm de anchura por 91<br />

cm de altura y el radio de las<br />

esquinas no debería exceder de<br />

un tercio de la anchura de la<br />

salida, con el umbral a una altura<br />

de 51 cm como máximo sobre el<br />

piso interior del avión; y<br />

(iv) tipo IV. este tipo de salida debería<br />

tener una abertura rectangular<br />

mínima de 48 cm de anchura por<br />

66 cm de altura y el radio de las<br />

esquinas no debería exceder de<br />

un tercio de la anchura de la<br />

salida, situada sobre el ala, y cuyo<br />

umbral este a una altura de 74 cm<br />

como máximo sobre el piso interior<br />

del avión y de 91 cm, como<br />

máximo, sobre la parte interior.<br />

(437) Segmento en ruta. Es cada parte<br />

de una ruta. Cada extremo de la parte<br />

es identificado por:<br />

(i) ubicación geográfica continental o<br />

insular; y<br />

(ii) un punto en el cual un radio fijo<br />

definido puede establecerse.<br />

(438) Segundo. (Tiempo) (s) Duración<br />

de 9,192631,770 períodos de la<br />

radiación correspondiente a la<br />

transición entre los dos niveles<br />

01/08/2004 1-AD 1B-39 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

hiperfinos del átomo del cesio-133 en<br />

estado normal. [Anexo 5]<br />

(439) Segundo al mando. Es un piloto<br />

que está designado para ser segundo<br />

al mando de un avión durante el<br />

tiempo de vuelo.<br />

(440) Seguridad operacional. La<br />

condición según la cual el riesgo de<br />

perjuicio o daños se limitan a un nivel<br />

aceptable.<br />

(441) Sensor. Elemento capaz de<br />

proporcionar la información de que se<br />

sirven el RNAV o el FMS.<br />

(442) Separación vertical. Distancia<br />

adoptada entre aeronaves en el plano<br />

vertical a fin de evitar una colisión.<br />

(443) Separación vertical mínima<br />

(VSM). En los Procedimientos para<br />

los servicios de navegación aérea –<br />

Gestión de tránsito aéreo (PANS-<br />

ATM), Doc 4444 de OACI), se define<br />

la VSM como la separación nominal<br />

de 300 m (1,000 ft) por debajo del FL<br />

290 y de 600 m (2,000 ft) por encima<br />

del mismo, excepto si por acuerdo<br />

regional de navegación aérea se<br />

prescribe una separación inferior a<br />

600 m (2,000 ft) pero no inferior a 300<br />

m (1,000 ft), para aeronaves que<br />

vuelen por encima de FL 290 dentro<br />

de partes designadas del espacio<br />

aéreo.<br />

(444) Servicio aéreo. Todo servicio<br />

aéreo regular realizado por aeronaves<br />

de transporte público de pasajeros,<br />

correo o carga.<br />

(445) Servicio aéreo comercial.<br />

Significa todo transporte aéreo<br />

realizado por aeronave de transporte<br />

público de pasajeros, correo o carga<br />

por remuneración.<br />

(446) Servicio aéreo de carga. Es<br />

aquél que se ofrece para el transporte<br />

público de flete y correo.<br />

(447) Servicio aéreo de pasajeros. Es<br />

aquél que tiene por objeto principal el<br />

transporte de pasajeros.<br />

(448) Servicio aéreo interior. Es el<br />

servicio aéreo explotado<br />

exclusivamente dentro del territorio de<br />

un Estado.<br />

(449) Servicio aéreo internacional. Es<br />

el servicio aéreo que pasa por el<br />

espacio aéreo sobre el territorio de<br />

más de un Estado.<br />

(450) Servicio aéreo regional. Es un<br />

servicio ofrecido en rutas que prestan<br />

servicio a ciudades pequeñas dentro<br />

de una región o entre las regiones de<br />

un Estado; o un servicio aéreo<br />

ofrecido en rutas secundarias que<br />

prestan servicio a ciudades pequeñas<br />

en un área regional o abarca los<br />

territorios de más de un Estado.<br />

(451) Servicio aéreo regular. Es,<br />

normalmente, aquel que el público<br />

puede utilizar y que se lleva a cabo<br />

ajustándose a un horario publicado o<br />

mediante vuelos tan regulares o<br />

frecuentes como para constituir una<br />

serie que puede reconocerse<br />

fácilmente como sistemática.<br />

Nota 1.- Todo servicio aéreo que sea distinto del<br />

servicio regular se considera como operación no<br />

regular, lo que incluye, entre otras cosas, las<br />

operaciones charter. "No regular" es una expresión de<br />

derecho público, mientras que "charter" es un término<br />

de derecho privado, que corresponde al contrato<br />

concertado entre el transportista aéreo y el fletador<br />

(aunque ambas expresiones se utilizan<br />

indistintamente).<br />

Nota 2.- En la reglamentación internacional del<br />

transporte aéreo, los servicios aéreos se han<br />

reglamentado en virtud de distintos regímenes según<br />

que se lleven a cabo de manera regular o no. Como lo<br />

ha definido el Consejo de la OACI (véase el Doc 9587<br />

de OACI, Parte I, Sección B), servicio aéreo<br />

internacional regular es una serie de vuelos que reúne<br />

todas las características siguientes:<br />

(a) pasa por el espacio aéreo de dos o más Estados;<br />

(b) se realiza con aeronaves para el transporte de<br />

pasajeros, correo o carga por remuneración, de<br />

manera tal que el público puede utilizar todos los<br />

vuelos;<br />

(c) se lleva a cabo con objeto de servir el tráfico entre<br />

01/08/2004 1-AD 1B-40 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

dos o más puntos que son siempre los mismos, ya<br />

sea ajustándose a un horario publicado, o bien<br />

mediante vuelos tan regulares o frecuentes como<br />

para constituir una serie que puede reconocerse<br />

como sistemática; y<br />

(d) todo vuelo internacional realizado en condiciones<br />

que no sean las del servicio aéreo internacional<br />

regular constituye un vuelo internacional no regular.<br />

(452) Servicio aéreo no regular. Es un<br />

servicio de transporte aéreo comercial<br />

que se realiza de un modo que no<br />

corresponde a la definición de un<br />

servicio aéreo regular.<br />

Nota.- Un vuelo charter es una operación no regular<br />

que se lleva a cabo con una aeronave fletada. Si bien<br />

los términos “no regular y charter (acuerdo contractual<br />

entre un transportista aéreo y una entidad que alquila o<br />

arrienda sus aeronaves) se han utilizado<br />

indistintamente, cabe observar que no todas las<br />

operaciones comerciales no regulares constituyen<br />

vuelos charter.<br />

(453) Servicio de taxi aéreo. Puede<br />

tener dos sentidos:<br />

(i) un tipo de servicio inmediato,<br />

realizado por regla general con<br />

aeronaves de capacidad limitada,<br />

solicitado con poco tiempo de<br />

antelación, de manera muy<br />

semejante al servicio de taxi por<br />

automóvil; o<br />

(ii) en algunos casos, un servicio<br />

llevado a cabo de manera regular<br />

con escalas únicamente en los<br />

puntos en que deben embarcar o<br />

desembarcar pasajeros y carga.<br />

(454) Servicio de trasbordo. Es un<br />

servicio aéreo de pasajeros, sin<br />

reserva, llevado a cabo a intervalos<br />

regulares y con gran frecuencia,<br />

generalmente por una ruta entre un<br />

par de ciudades con tráfico de gran<br />

densidad. En algunos casos, el<br />

embarque se lleva a cabo de manera<br />

ininterrumpida, pudiendo las<br />

aeronaves salir antes de la hora<br />

prevista si están llenas.<br />

(455) Servicio mixto. Es aquél por el<br />

que se transportan pasajeros y carga<br />

a bordo de la misma aeronave.<br />

(456) Servicio principal. Es un servicio<br />

aéreo realizado por rutas que enlazan<br />

ciudades grandes, generalmente con<br />

un gran volumen de tráfico.<br />

(457) Servicio tributario. Es un servicio<br />

aéreo ofrecido por rutas regionales<br />

que aporta tráfico a los principales<br />

servicios interiores o internacionales.<br />

Para los fines de la comercialización,<br />

un servicio aéreo puede a menudo<br />

describirse como:<br />

(i) servicio sin escala, o sea, un<br />

servicio aéreo ofrecido entre dos<br />

puntos sin escalas intermedias (ni<br />

siquiera una escala técnica); o<br />

(ii) servicio aéreo directo, o sea, aquél<br />

que se ofrece entre dos puntos<br />

mediante una sola aeronave con<br />

escalas intermedias pero con el<br />

mismo número de vuelo.<br />

(458) Sistema automático de control<br />

de altitud. Cualquier sistema<br />

diseñado para controlar<br />

automáticamente una aeronave<br />

respecto a una altitud barométrica de<br />

referencia.<br />

(459) Sistema complementario de<br />

navegación aérea. Sistema de<br />

navegación aprobado que puede<br />

utilizarse conjuntamente con un<br />

sistema que por sí solo sea suficiente<br />

para la navegación.<br />

(460) Sistema de aterrizaje. La<br />

expresión “sistema de aterrizaje”<br />

utilizado en esta Subparte se refiere<br />

exclusivamente al sistema de abordo.<br />

Comprende no solamente los<br />

mandos, indicadores y advertencia,<br />

sino también los correspondientes<br />

sensores, instrumentos,<br />

presentaciones en pantalla y fuente<br />

de energía.<br />

(461) Sistema de aterrizaje<br />

automático. Equipo de a bordo que<br />

proporciona mando automático del<br />

avión durante la aproximación y el<br />

aterrizaje.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-41 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(462) Sistema de aterrizaje automático<br />

operacional en caso de falla. Se<br />

dice que un sistema de aterrizaje<br />

automático es operacional en caso de<br />

falla si en tales circunstancias,<br />

pueden completarse las maniobras de<br />

aproximación, enderezamiento y<br />

aterrizaje utilizando una parte del<br />

sistema automático que continua en<br />

funcionamiento.<br />

(i) Sistema de aterrizaje mixto<br />

operacional en falla. Un sistema<br />

que comprende un sistema<br />

primario de aterrizaje automático<br />

con protección mínima y un<br />

sistema independiente secundario<br />

de guía. En caso de falla del<br />

sistema primario, el sistema<br />

secundario proporciona la guía<br />

que permite completar<br />

manualmente el aterrizaje.<br />

Nota.- El sistema de aterrizaje mixto operacional en<br />

falla puede constar de un sistema de aterrizaje<br />

automático con protección mínima junto con un<br />

colimador de pilotaje que proporcione orientación para<br />

que el piloto pueda completar el aterrizaje<br />

manualmente después de que fallara el sistema de<br />

aterrizaje automático.<br />

(463) Sistema de aterrizaje<br />

operacional en caso de falla. Los<br />

sistemas de aterrizaje operacionales<br />

en caso de falla pueden ser:<br />

(i) sistema de aterrizaje automático<br />

operacional en falla; o<br />

(ii) sistema de aterrizaje mixto<br />

operacional en falla según la<br />

definición precedente.<br />

(464) Sistema de aterrizaje automático<br />

con protección mínima. Un sistema<br />

de aterrizaje automático tiene protección<br />

mínima si, en caso de falla, no se<br />

perturbara de manera notable ni la<br />

compensación, ni la trayectoria de<br />

vuelo, ni la actitud, pero el aterrizaje<br />

no se llevaría a cabo de forma<br />

plenamente automática.<br />

(465) Sistema de aumentación basada<br />

en satélites (SBAS). Sistema de<br />

aumentación de cobertura amplia en<br />

que el usuario recibe la información<br />

de aumentación directamente de un<br />

transmisor basado en un satélite.<br />

(466) Sistema de aumentación basada<br />

en tierra (GBAS). Sistema de<br />

aumentación de cobertura limitada en<br />

que el usuario recibe la información<br />

de aumentación directamente de un<br />

transmisor basado en tierra.<br />

(467) Sistema de computadora. Un<br />

sistema que ejecuta series de<br />

transformaciones, aritméticas y<br />

lógicas, con los datos que se le<br />

someten, sin intervención humana.<br />

(468) Sistema de control de vuelo.<br />

Sistema que incluye un sistema<br />

automático de aterrizaje y/o un<br />

sistema híbrido de aterrizaje.<br />

(469) Sistema de gestión de vuelo<br />

(FMS). Sistema integrado, que consta<br />

de un sensor de a bordo, un receptor<br />

y una computadora con bases de<br />

datos sobre performance de<br />

navegación y de la aeronave, que<br />

proporciona valores de performance y<br />

guía RNA V a un sistema de<br />

presentación y de mando automático<br />

de vuelo.<br />

(470) Sistema de guía para el<br />

despegue. Un sistema que comprende<br />

los sensores, computadoras y<br />

mandos necesarios para la<br />

presentación en pantalla al piloto de<br />

datos de guía lateral durante el<br />

despegue o el despegue<br />

interrumpido.<br />

(471) Sistema de mando automático<br />

de vuelo. Un sistema de mando<br />

automático de vuelo está constituido<br />

por el equipo de a bordo que<br />

proporciona mando automático de la<br />

trayectoria de vuelo, actitud o<br />

velocidad, en la medida de lo posible<br />

y con los valores seleccionados por el<br />

piloto.<br />

(472) Sistema de mando automático<br />

de vuelo en modo de protección<br />

mínima. Se dice que un modo del<br />

sistema de mando automático de<br />

vuelo proporciona protección mínima<br />

01/08/2004 1-AD 1B-42 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

si, en caso de falla, no ocurre ninguna<br />

desviación importante de la<br />

compensación, trayectoria de vuelo o<br />

actitud del avión pero se pierde ese<br />

modo o el mando automático de<br />

vuelo.<br />

(473) Sistema de navegación como<br />

medio primario. Sistema de<br />

navegación aprobado para<br />

determinada operación o fase del<br />

vuelo que debe satisfacer los<br />

requisitos de exactitud y de integridad<br />

pero que no es necesario que<br />

satisfaga los requisitos de plena<br />

disponibilidad y continuidad del<br />

servicio. Se mantiene la seguridad<br />

limitando los vuelos a períodos<br />

especificados de tiempo, y mediante<br />

restricciones reglamentarias<br />

apropiadas.<br />

Nota.- No existe ningún requisito de contar a bordo con<br />

un sistema de navegación como medio único en apoyo<br />

de un sistema como medio primario.<br />

(474) Sistema de navegación como<br />

medio suplementario. Sistema de<br />

navegación que debe utilizarse<br />

conjuntamente con un sistema de<br />

navegación como medio único. La<br />

aprobación de medios suplementarios<br />

para determinada fase del vuelo exige<br />

que se transporte a bordo un sistema<br />

de navegación como medio único<br />

para dicha fase del vuelo. Entre los<br />

requisitos de performance del sistema<br />

de navegación para determinada<br />

operación o fase del vuelo, un<br />

sistema de navegación como medio<br />

suplementario debe satisfacer los<br />

requisitos de exactitud y de integridad<br />

para tal operación o fase del vuelo.<br />

No se impone satisfacer los requisitos<br />

de disponibilidad y de continuidad.<br />

Nota.- Operacionalmente, mientras se satisfacen los<br />

requisitos de exactitud y de integridad, puede utilizarse<br />

el sistema como medio suplementario sin que sea<br />

necesaria una verificación de referencia con el sistema<br />

que se utilice como medio único. Cualquier sistema de<br />

navegación aprobado como medio suplementario<br />

podría implicar un sensor (instalación autónoma) o<br />

varios sensores, posiblemente de distintos tipos<br />

(instalación multisensores).<br />

(475) Sistema de navegación como<br />

medio único. Un sistema de<br />

navegación aprobado como medio<br />

único para determinada operación o<br />

fase del vuelo debe posibilitar a la<br />

aeronave satisfacer, en dicha<br />

operación o fase del vuelo, todos los<br />

otros cuatro requisitos de<br />

performance del sistema de<br />

navegación: exactitud, integridad,<br />

disponibilidad y continuidad de<br />

servicio.<br />

Nota.- En esta definición no se excluye transportar a<br />

bordo otros sistemas de navegación. Cualquier sistema<br />

de navegación como medio único puede incluir un<br />

sensor (instalación autónoma) o varios sensores,<br />

posiblemente de distintos tipos (instalación<br />

multisensores).<br />

(476) Sistema híbrido de aterrizaje<br />

operativo ante fallos. Consiste en un<br />

sistema automático primario de<br />

aterrizaje pasivo ante fallos y un<br />

sistema secundario de guiado<br />

independiente, que permite al piloto<br />

completar un aterrizaje manualmente<br />

tras el fallo del sistema primario.<br />

Nota.- Un sistema secundario de guiado típico<br />

independiente consiste en información de guía en una<br />

pantalla Head-up display (HUD), que normalmente<br />

proporciona información de mando pero que también<br />

puede ser información de situación (o desviación).<br />

(477) Sistema mundial de navegación<br />

por satélite (GNSS). Sistema<br />

mundial de determinación de la<br />

posición y la hora, que incluye una o<br />

más constelaciones de satélites,<br />

receptores de aeronave y vigilancia<br />

de la integridad del sistema, y que se<br />

puede aumentar, según sea<br />

necesario, en apoyo de la<br />

performance requerida de navegación<br />

durante la fase de operación en<br />

curso.<br />

(478) Sistema Regional de<br />

Cooperación para la Vigilancia de<br />

la Seguridad Operacional<br />

(SRVSOP). Es el organismo que<br />

agrupa a los Estados del norte, centro<br />

y sur del continente Americano y el<br />

Caribe, miembros de la OACI y la<br />

Comisión Latinoamericana de<br />

Aviación Civil (CLAC). Cumple con la<br />

misión y los objetivos establecidos en<br />

su reglamento.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-43 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(479) Superficie alar teórica. El área<br />

limitada por el contorno del ala<br />

(comprendidos los flaps en posición<br />

de repliegue y los alerones, pero<br />

excluyendo el carenado) en la<br />

superficie que contienen las cuerdas<br />

del ala. Se supone que el contorno se<br />

prolonga, a través de barquillas y<br />

fuselaje, hasta el plano de simetría,<br />

en una forma razonable.<br />

(480) Techo. Significa la altura sobre la<br />

superficie de la tierra de la capa más<br />

baja de nubes o fenómeno que<br />

oscurece que es reportado como<br />

"roto", "encapotado" u<br />

"obscurecimiento" y no clasificado<br />

como "delgado" o "parcial".<br />

(481) Tiempo de vuelo por<br />

instrumentos. Tiempo durante el<br />

cual se pilota una aeronave<br />

solamente por medio de<br />

instrumentos, sin referencia a puntos<br />

externos.<br />

(482) Tiempo hasta alarma. El máximo<br />

tiempo transcurrido que sea admisible<br />

entre el principio de un fallo del<br />

sistema ( es decir, límite de alarma) y<br />

el momento en que se anuncia una<br />

alarma en cuanto a integridad.<br />

(483) Tiempo para recuperar la<br />

navegación. El tiempo requerido<br />

para restaurar los servicios de<br />

navegación después de la<br />

interrupción de la señal.<br />

(484) Tolerancia. Desviación máxima<br />

admisible a partir de un punto de<br />

referencia establecido que haya sido<br />

adoptado para un ensayo<br />

determinado siendo positiva la<br />

tolerancia si la desviación admisible<br />

está por encima del punto de<br />

referencia y negativa si la desviación<br />

admisible está por debajo de dicho<br />

punto.<br />

(485) Tramo de ruta. Ruta o parte de<br />

ésta por la que generalmente se<br />

vuela sin escalas intermedias.<br />

(486) Transportador Aéreo. Es la<br />

persona natural o jurídica<br />

responsable del Transporte Aéreo, ya<br />

sea por ser propietaria de la<br />

aeronave, o por tener su uso y goce<br />

por otro contrato que así disponga.<br />

(487) Transportador aéreo extranjero.<br />

Es la persona natural o jurídica de<br />

nacionalidad fuera del Estado de la<br />

AAC responsable de brindar servicios<br />

de transporte aéreo.<br />

(488) Transportador aéreo nacional.<br />

Es la persona natural o jurídica de<br />

nacionalidad del Estado de la AAC,<br />

que realiza transporte aéreo.<br />

Nota 1.- Un transportista de interior es aquél que<br />

explota principalmente servicios de transporte aéreo<br />

enteramente en el territorio de su Estado nacional.<br />

Nota 2.- Según la reglamentación nacional del<br />

transporte aéreo, un transportista titular de licencia<br />

(llamado también a veces transportista autorizado) es<br />

aquél que ha recibido una autorización oficial de una<br />

autoridad constituida para explotar servicios de<br />

transporte aéreo. En algunos Estados se otorgan<br />

licencias a transportistas nacionales y permisos a los<br />

extranjeros, mientras que en otros se otorgan licencias<br />

para servicios regulares y permisos para vuelos<br />

charter.<br />

Nota 3.- Un transportista nacional es aquél que se<br />

considera como instrumento nacional de transporte<br />

aéreo, establecido de conformidad con las leyes<br />

nacionales de un Estado y autorizado para explotar<br />

servicios aéreos internacionales entre dicho Estado y<br />

otros Estados, o servicios aéreos interiores.<br />

Nota 4.- Una línea aérea nacional es un transportista<br />

aéreo designado por un Estado para explotar servicios<br />

internacionales regulares y no regulares en virtud de un<br />

acuerdo bilateral o multilateral de servicios aéreos. En<br />

este contexto, un transportista designado en virtud de<br />

un acuerdo de servicio aéreo puede ser el transportista<br />

nacional del Estado designante o cualquier otro<br />

transportista nacional de dicho Estado o, en el caso de<br />

una "comunidad de intereses", otro Estado.<br />

(489) Transporte aéreo comercial. El<br />

transporte por vía aérea de pasajeros,<br />

carga o correo por remuneración.<br />

(490) Transporte aéreo de cabotaje.<br />

Es el transporte aéreo que se efectúa<br />

dentro del territorio nacional.<br />

(491) Transporte aéreo internacional.<br />

Es el transporte aéreo que se realiza<br />

entre el Estado de la AAC y otros<br />

países del mundo.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-44 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Nota 1.- Un transportista internacional es aquél que<br />

presta servicios de transporte aéreo por rutas entre dos<br />

o más Estados, y que también puede explotar servicios<br />

aéreos del interior.<br />

Nota 2.- Un transportista internacional regular es un<br />

transportista autorizado para explotar servicios aéreos<br />

internacionales regulares, mientras que un transportista<br />

internacional no regular es aquél que ha recibido<br />

autorización para explotar vuelos internacionales no<br />

regulares.<br />

(492) Transporte aéreo provincial. Es<br />

el transporte aéreo que se realiza<br />

dentro de una provincia.<br />

(493) Transportista aéreo. Empresa<br />

que presta servicio de transporte por<br />

aeronave, efectuados por<br />

remuneración o alquiler.<br />

(494) Transportista aéreo regular o<br />

línea aérea regular. Es una empresa<br />

que presta principalmente servicios<br />

regulares (a pesar de que también<br />

puede realizar algunos vuelos no<br />

regulares) (véase en la Parte I,<br />

Sección B, del Doc 9587 de OACI la<br />

definición de servicios regulares y no<br />

regulares).<br />

Nota 1.- Un transportista aéreo no regular es aquel:<br />

(a) cuya actividad principal consiste en operaciones no<br />

regulares;<br />

(b) un transportista charter es un transportista aéreo no<br />

regular que lleva a cabo exclusivamente vuelos<br />

charter.<br />

Nota 2.- Los transportistas pueden dividirse en<br />

categorías según lo que transportan:<br />

(a) un transportista aéreo de pasajeros explota<br />

principalmente servicios de transporte de pasajeros<br />

por aeronave (aunque las aeronaves puedan<br />

también transportar carga);<br />

(b) un transportista aéreo de carga transporta<br />

principalmente carga y correo por aeronave.<br />

Nota 3.- Los transportistas aéreos se describen a<br />

menudo según la función que desempeñan en los<br />

mercados nacionales o internacionales o según la<br />

importancia de sus operaciones.<br />

(495) Trayectoria de vuelo. Trayectoria<br />

de un avión en el aire, definida en tres<br />

dimensiones, ordinariamente por<br />

referencia al punto inicial del recorrido<br />

de despegue, o al umbral de<br />

aterrizaje.<br />

(496) Trayectoria paralela desplazada.<br />

Una derrota deseada que sea<br />

paralela a la derrota "generadora" y<br />

desplazada de ésta a una distancia<br />

especificada en millas marinas.<br />

(497) Umbral visual de iluminación<br />

(ET). La mínima iluminancia requerida<br />

por el ojo humano para alcanzar a ver<br />

una pequeña fuente luminosa visible<br />

(lux, Ix).<br />

(498) Unidad auxiliar de fuerza (APU).<br />

Unidad autónoma de energía en una<br />

aeronave, que se utiliza para<br />

proporcionar energía eléctrica y<br />

neumática a los sistemas de<br />

aeronaves durante las operaciones<br />

en tierra.<br />

(499) Valor de confinamiento<br />

(distancia de confinamiento).<br />

Distancia desde la posición prevista,<br />

dentro de la cual se encontrarían los<br />

vuelos, por lo menos durante el 95%<br />

del tiempo total de vuelo.<br />

(500) Velocidad aerodinámica<br />

equivalente (EAS). La velocidad<br />

aerodinámica es igual a la velocidad<br />

calibrada corregida en función del<br />

flujo adiabático compresible<br />

correspondiente a determinada<br />

altitud. También es igual a<br />

TAS(ϱ/ϱ0) 1/2 , siendo ϱ 0 la densidad<br />

del aire al nivel del mar en la<br />

atmósfera tipo y e la densidad del aire<br />

en las condiciones del caso.<br />

(501) Velocidad con flaps extendidos.<br />

A la mayor velocidad permisible con<br />

los flaps de ala en una posición<br />

extendida prescrita. [<br />

(502) Velocidad de pérdida. Para los<br />

fines de esta Subparte, velocidad de<br />

pérdida es la velocidad en que se<br />

alcanza un ángulo de ataque mayor<br />

que el de sustentación máxima, o, si<br />

fuese mayor, la velocidad en que se<br />

produce movimientos de cabeceo y<br />

de balanceo de gran amplitud, que no<br />

01/08/2004 1-AD 1B-45 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

son controlables de modo inmediato,<br />

cuando se ejecuta la maniobra para<br />

determinar la velocidad de pérdida. [<br />

(503) Velocidad equivalente. Significa<br />

la velocidad calibrada de una<br />

aeronave, corregida por el flujo<br />

compresible adiabático para una<br />

altitud particular. La velocidad<br />

equivalente es igual a la velocidad<br />

calibrada en atmósfera estándar a<br />

nivel del mar. [<br />

(504) Velocidad indicada. Significa la<br />

velocidad de una aeronave según<br />

indicación del velocímetro, calibrado<br />

para reflejar el flujo de la atmósfera<br />

estándar compresible adibáticamente<br />

a nivel del mar, no corregido por<br />

errores del sistema.<br />

(505) Velocidad máxima con tren de<br />

aterrizaje extendido. La velocidad<br />

máxima a la que se puede volar con<br />

seguridad (sin producir daños<br />

estructurales o afectar la<br />

maniobrabilidad de la aeronave) con<br />

el tren de aterrizaje extendido.<br />

(506) Velocidad mínima de vuelo<br />

uniforme. Es la obtenida cuando el<br />

mando de profundidad se mantiene<br />

en la posición más retrasada posible,<br />

cuando se ejecuta la maniobra para<br />

determinar la velocidad de pérdida.<br />

(507) Velocidad real. Significa la<br />

velocidad de una aeronave relativa al<br />

aire no perturbado. La velocidad real<br />

es igual a la velocidad equivalente<br />

multiplicada por (pº/p)½.<br />

(508) Velocidad verdadera (TAS). La<br />

velocidad del avión relativa al aire en<br />

calma.<br />

(509) Verificación. La revisión,<br />

inspección, examen, medición<br />

prueba, observación y supervisión<br />

independiente para establecer y<br />

documentar cuales son los productos,<br />

procesos prácticas, servicios y<br />

documentos que se conforman a las<br />

normas especificada. En esto se<br />

incluye la evaluación de la eficiencia<br />

de los sistemas de gestión.<br />

(510) Vigilancia de la integridad del<br />

GNSS. Subsistema del GNSS que<br />

permite la detección e indicación<br />

oportunas de mal funcionamiento en<br />

las operaciones GNSS, para asegurar<br />

que el usuario sepa si el sistema está<br />

funcionando o no dentro de los límites<br />

especificados de performance.<br />

(511) Viraje reglamentario. Maniobra<br />

que consiste en un viraje efectuado a<br />

partir de una derrota designada,<br />

seguido de otro en sentido contrario,<br />

de manera que la aeronave intercepte<br />

la derrota designada y pueda seguirla<br />

en sentido opuesto.<br />

Nota 1.- Los virajes reglamentarios se designan “a la<br />

izquierda" o “a la derecha", según el sentido en que se<br />

haga el viraje inicial.<br />

Nota 2.- Pueden designarse como virajes<br />

reglamentarios los que se hacen ya sea en vuelo<br />

horizontal o durante el descenso, según las<br />

circunstancias de cada procedimiento.<br />

(512) Visto bueno de mantenimiento.<br />

Certificado de que los trabajos de<br />

mantenimiento, inspección,<br />

reparación han sido totalmente<br />

realizados en la aeronave a que aquel<br />

se refiere y que la aeronave se<br />

encuentra en todos los aspectos apta<br />

para volar.<br />

(513) Vuelo. Operación de una aeronave<br />

en una o varias etapas de vuelo sin<br />

que cambie el número de vuelo.<br />

(514) Vuelo acrobático. Maniobras<br />

realizadas intencionadamente con<br />

una aeronave, que implican un<br />

cambio brusco de actitud, o una<br />

actitud o variación de velocidad<br />

anormales.<br />

(515) Vuelo chárter. Operación no<br />

regular que se lleva a cabo con una<br />

aeronave fletada.<br />

(516) Vuelo complementario o<br />

suplementario. Vuelo de pago en un<br />

servicio regular que se efectúa para<br />

transportar el tráfico excedente,<br />

esencialmente con el mismo horario<br />

que el vuelo principal.<br />

01/08/2004 1-AD 1B-46 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(517) Vuelo de entrega (ferry). Vuelo<br />

sin remuneración efectuado para<br />

fines de emplazamiento u otros (p. ej.,<br />

el mantenimiento de la aeronave.<br />

(518) Vuelo de transporte comercial.<br />

Operaciones de aeronave que<br />

supone el transporte de pasajeros,<br />

carga, correo por remuneración o<br />

arrendamiento.<br />

(519) Vuelo en circuito. Fase visual de<br />

una aproximación por instrumentos<br />

que sitúa a un avión en posición de<br />

aterrizaje en una pista que no está<br />

adecuadamente situada en<br />

condiciones para una aproximación<br />

directa.<br />

(520) Zona inviolable (NTZ). En el<br />

contexto de las aproximaciones<br />

paralelas independientes, un corredor<br />

del espacio aéreo de dimensiones<br />

definidas centrados entre las<br />

prolongaciones de los ejes de las dos<br />

pistas en que una penetración por<br />

parte de una aeronave requiere la<br />

intervención del controlador para<br />

dirigir las maniobras de cualquier<br />

aeronave amenazada en la<br />

aproximación adyacente.<br />

(521) Zona montañosa. Zona con perfil<br />

de terreno cambiante en la cual las<br />

variaciones de elevación del terreno<br />

excede de 900 m (3 000ft) dentro de<br />

una distancia de 18.5 Km (10 NM).<br />

Intencionalmente en blanco<br />

01/08/2004 1-AD 1B-47 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Adjunto 2-B<br />

Definiciones adicionales<br />

(a) Cuando las definiciones adicionales<br />

indicadas a continuación sean<br />

empleadas en las RAB tienen los<br />

significados siguientes:<br />

(1) Aeronave de despegue vertical.<br />

Aeronave más pesada que el aire<br />

capaz de realizar despegues y<br />

aterrizajes verticales y vuelos de<br />

baja velocidad, la cual depende<br />

principalmente de dispositivos de<br />

sustentación por motor o del empuje<br />

del motor para sustentarse durante<br />

estos regímenes de vuelo, así como<br />

de un plano o planos aerodinámicos<br />

no giratorios para sustentarse<br />

durante vuelos horizontales.<br />

(2) Aeronave que debe ser operada<br />

con un copiloto. Tipo de aeronave<br />

que requiere operarse con un<br />

copiloto según se especifica en el<br />

certificado de tipo o en el certificado<br />

del explotador de servicios aéreos.<br />

(3) Avión subsónico. Avión incapaz de<br />

mantener el vuelo horizontal a<br />

velocidades que excedan de Mach 1<br />

(4) Amenaza. Suceso o error que está<br />

fuera de control de la persona que se<br />

encarga de la operación, aumenta la<br />

complejidad de la operación y que<br />

debe manejarse para mantener el<br />

margen de seguridad.<br />

(5) Accidente imputable a mercancías<br />

peligrosas. Toda ocurrencia<br />

atribuible al transporte aéreo de<br />

mercancías peligrosas y<br />

relacio9nadas con él, que ocasiona<br />

lesiones mortales o graves a alguna<br />

persona o daños de consideración a<br />

la propiedad.<br />

(6) Categoría A. Con respecto a los<br />

helicópteros. Significa un helicóptero<br />

multimotor diseñado con las<br />

características de aislamiento de los<br />

motores y sistemas especificadas en<br />

la Parte IVB del Anexo 8, apto para<br />

ser utilizado en operaciones en que<br />

se usen datos de despegue y<br />

aterrizaje anotados bajo el concepto<br />

de falla de motor crítico que<br />

aseguren un área de superficie<br />

designada suficiente y capacidad de<br />

performance suficiente para<br />

continuar el vuelo seguro o un<br />

despegue abortado seguro.<br />

(7) Categoría B. Con respecto a los<br />

helicópteros, significa un helicóptero<br />

monomotor o multimotor que no<br />

cumpla con las normas de la<br />

categoría A. Los Helicópteros de la<br />

categoría B no tienen capacidad<br />

garantizada para continuar el vuelo<br />

seguro en caso de falla de un motor<br />

y se presume un aterrizaje forzoso.<br />

(8) Competencia. La combinación de<br />

pericias, conocimientos y actitudes<br />

que se requiere para desempeñar<br />

una tarea ajustándose a la norma<br />

prescrita.<br />

(9) Crédito. Reconocimiento de medios<br />

alternativos o de calificaciones<br />

previas.<br />

(10) Créditos de actuación.<br />

Enunciación, para fines de<br />

evaluación sobre el resultado que se<br />

espera del elemento de competencia<br />

y una descripción de los criterios que<br />

se aplican para determinar si se ha<br />

logrado el nivel requerido de<br />

actuación.<br />

(11) Daño de fuente discreta. Daño<br />

estructural del avión que<br />

probablemente sea resuelto de un<br />

choque con una ave, una avería no<br />

contenida de álabe de la soplante,<br />

una avería de motor no contenida,<br />

una avería no contenida de un<br />

mecanismo giratorio de alta energía<br />

o causas semejantes.<br />

(12) Dispensa. Toda autorización de la<br />

autoridad nacional competente que<br />

exime de lo previsto.<br />

(13) Dispositivo de carga unitarizada.<br />

Toda variedad de contenedor de<br />

carga, contenedor de aeronave,<br />

21/04/2008 1-AD 2B-1 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

paleta de aeronave con red o paleta<br />

de aeronave con red sobre un iglú.<br />

(14) Elemento de competencia.<br />

Hacino que constituye una tarea, en<br />

la cual hay un suceso inicial, uno<br />

final, que definen claramente sus<br />

límites y un resultado observable.<br />

(15) Encargado de operaciones de<br />

vuelo /despachador de vuelo.<br />

Persona con o sin licencia,<br />

designada por el explñotador para<br />

ocuparse del control y la supervisión<br />

de las operaciones de vuelo, que<br />

tiene la competencia adecuada de<br />

conformidad con el Anexo 1 y que<br />

respalda, da información, o asiste al<br />

piloto al mando en la realización<br />

segura del vuelo.<br />

(16) Envío. Uno o mas bultos de<br />

mercancías peligrosas que un<br />

explotador acepta de un expedidor<br />

de una sola vez y en un mismo sitio,<br />

recibidos en un lote y despachados a<br />

un mismo consignatario y dirección.<br />

(17) Entorno hostil. Entorno en que:<br />

(i) No se puede realizar un aterrizaje<br />

forzoso seguro debido a que la<br />

superficie y su entorno son<br />

inadecuados, o<br />

(ii) Los ocupantes del helicóptero no<br />

pueden estar adecuadamente<br />

protegidos de los elementos, o<br />

(iii) No se provee<br />

respuesta/capacidad de búsqueda<br />

y salvamento de acuerdo con la<br />

exposición prevista; o<br />

(iv) Existe un riesgo inaceptable de<br />

poner en peligro a las personas o<br />

a los bienes en tierra.<br />

(18) Entorno hostil congestionado.<br />

Entorno hostil dentro un área<br />

congestionada<br />

(19) Entorno hostil no congestionado.<br />

Entorno hostil fuera de un área<br />

congestionada.<br />

(20) Entorno no hostil. Entorno en que:<br />

(i) Un aterrizaje forzoso seguro puede<br />

realizarse porque la superficie y el<br />

entorno circundante son<br />

adecuados<br />

(ii) Los ocupantes del helicóptero<br />

pueden estar adecuadamente<br />

protegidos de los elementos<br />

(iii) Se provee respuesta/capacidad<br />

de búsqueda y salvamento de<br />

acuerdo con la exposición prevista<br />

y<br />

(iv) El riesgo evaluado de poner en<br />

peligro a las personas o a los<br />

bienes en tierra es aceptable.<br />

Nota. Las partes de un área<br />

congestionada que satisfacen los<br />

requisitos anteriores se consideran no<br />

hostiles.<br />

(21) Error. Acción u omisión de la<br />

persona encargada de la operación,<br />

que da lugar a desviaciones de las<br />

intenciones o expectativas de la<br />

organización o de la persona<br />

encargada de la operación.<br />

Nota. Véase el adjunto del Anexo 13-<br />

Investigación de accidentes e incidentes de<br />

aviación para obtener una descripción del<br />

personal de operaciones.<br />

(22) Evaluación médica. Prueba<br />

fehaciente expedida por un Estado<br />

contratante al efecto de que el titular<br />

de una licencia satisface<br />

determinadas condiciones de aptitud<br />

psicofísica.<br />

(23) Estado de origen. El Estado en<br />

cuyo territorio se cargo inicialmente<br />

la mercancía a bordo de laguna<br />

aeronave.<br />

(24) Equipo externo (helicóptero).<br />

Todo instrumento, mecanismo,<br />

pieza, aparato, aditamento o<br />

accesorio que esta sujeto al exterior<br />

del helicóptero o pende del mismo<br />

pero que no se utiliza ni está previsto<br />

que se utilice para operar o controlar<br />

21/04/2008 1-AD 2B-2 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

un helicóptero en vuelo y no forma<br />

parte de la célula o el motor.<br />

(25) Excepción. Toda disposición<br />

contenida en el Anexo 18, por la que<br />

se excluye determinado artículo,<br />

considerado mercancía peligros, de<br />

las condiciones normalmente<br />

aplicables a tal artículo.<br />

(26) Grupo fusilar de energía (APU).<br />

Unidad autónoma de energía en una<br />

aeronave que se utiliza para<br />

proporcionar energía eléctrica y<br />

neumática a los sistemas de<br />

aeronave durante las operaciones en<br />

tierra.<br />

(27) Fase en ruta. Parte del vuelo a<br />

partir del fin de la fase de despegue<br />

y ascenso inicial hasta el comienzo<br />

de la fase de aproximación y<br />

aterrizaje.<br />

Nota. Cuando no pueda asegurarse visualmente<br />

un franqueamiento suficiente de obstáculos, los<br />

vuelos deben planificarse de modo que aseguren<br />

el franqueamiento de obstáculos por un margen<br />

apropiado. En caso de avería del grupo motor<br />

crítico es posible que los explotadores tengan que<br />

adoptar otros procedimientos.<br />

(28) Incombustible. La capacidad de<br />

soportar la aplicación de calor<br />

producido por una llama por un<br />

período de 15 minutos.<br />

Nota. En la ISO 2685 figuran las características<br />

de una llama aceptable.<br />

(29) Incidente imputable a<br />

mercancías peligrosas. Toda<br />

ocurrencia atribuible al transporte<br />

aéreo de mercancías peligrosas y<br />

relacionada con él, que no constituye<br />

un accidente imputable a mercancías<br />

peligrosas y que no tiene que<br />

producirse necesariamente a bordo<br />

de laguna aeronave- que ocasiona<br />

lesiones a laguna persona, daños a<br />

la propiedad, incendio, ruptura,<br />

derramamiento, fugas de fluidos,<br />

radiación o cualquier otra<br />

manifestación de que se ha<br />

vulnerado la integridad de algún<br />

embalaje. También se considera<br />

incidente imputable a mercancías<br />

peligrosas toda ocurrencia<br />

relacionada con el transporte de<br />

mercancías peligrosas que pueda<br />

haber puesto en peligro a la<br />

aeronave o a sus ocupantes.<br />

(30) Incompatible. Se describen así<br />

aquellas mercancías peligrosas que,<br />

de mezclarse podrían generar<br />

peligrosamente calor o gases o<br />

producir alguna sustancia corrosiva.<br />

(31) Manejo de amenazas. Detección<br />

de amenazas y respuesta a ellas con<br />

contramedidas que reduzcan o<br />

eliminen las consecuencias y<br />

disminuyan la posibilidad de errores<br />

o estados no deseados.<br />

Nota. Véase el adjunto C Capitulo 3 de los<br />

Procedimientos para los servicios de navegación<br />

aérea- Instrucción (PANS-TRG, Doc 9868) y<br />

Circular 314 sobre manejo de amenazas y errores<br />

(TEM) en el control de transito aéreo para obtener<br />

una descripción de estados no deseados.<br />

(32) Manejo de errores. Detección de<br />

errores y respuesta a ellos con<br />

contramedidas que produzcan o<br />

eliminen sus consecuencias y<br />

disminuyan la `probabilidad de<br />

errores o estados no deseados.<br />

Nota. Véase el adjunto C Capitulo 3 de los<br />

Procedimientos para los servicios de navegación<br />

aérea- Instrucción (PANS-TRG, Doc 9868) y<br />

Circular 314 sobre manejo de amenazas y errores<br />

(TEM) en el control de transito aéreo para obtener<br />

una descripción de estados no deseados.<br />

(33) Médico evaluador. Médico<br />

calificado y experimentado en la<br />

práctica de la medicina aeronáutica,<br />

que evacua los informes médicos<br />

presentados a la autoridad<br />

otorgadora de licencias por los<br />

médicos examinadores.<br />

(34) Motor. Una unidad que se utiliza o<br />

se tiene la intención reutilizar para<br />

propulsar una aeronave. Consiste,<br />

como mínimo en aquellos<br />

componentes y equipos necesarios<br />

para el funcionamiento y control,<br />

pero excluye la hélice (si<br />

corresponde).<br />

21/04/2008 1-AD 2B-3 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(35) Número de la ONU. Número de<br />

cuatro dígitos asignado por el Comité<br />

de Expertos en transporte de<br />

mercancías peligrosas.<br />

(36) Operación. Actividad o grupo de<br />

actividades que están sujetas a<br />

peligros iguales o similares y que<br />

requieren un conjunto de equipo que<br />

se habrá de especificar o el logro o<br />

mantenimiento de un conjunto de<br />

competencias de piloto, para eliminar<br />

o mitigar el riesgo que se produzcan<br />

esos peligros.<br />

(37) Operaciones en Clase de<br />

performance 1. Operaciones con<br />

una performance tal que, en caso de<br />

falla del grupo motor crítico, permite<br />

al helicóptero continuar el vuelo en<br />

condiciones de seguridad hasta un<br />

área de aterrizaje apropiada, a<br />

menos que la falla ocurra antes de<br />

alcanzar el punto de decisión para el<br />

despegue (TDP) o después de pasar<br />

el punto de decisión par el aterrizaje<br />

(LDP), casos en que el helicóptero<br />

debe poder aterrizar dentro del área<br />

de despegue interrumpido o de<br />

aterrizaje.<br />

(38) Operaciones en Clase de<br />

performance 2. Operaciones con<br />

una performance tal que, en caso de<br />

falla del grupo motor crítico, permite<br />

al helicóptero continuar el vuelo en<br />

condiciones de seguridad hasta un<br />

área de aterrizaje apropiada, salvo si<br />

la falla ocurre al principio de la<br />

maniobra de despegue o hacia el<br />

final de la maniobra de aterrizaje,<br />

casos en que podría ser necesario<br />

un aterrizaje forzoso.<br />

(39) Operaciones en Clase de<br />

performance 3. Operaciones con<br />

una performance tal que, en caso de<br />

falla del grupo motor en cualquier<br />

momento durante el vuelo, podría<br />

ser necesario un aterrizaje forzoso.<br />

(40) Operaciones en el mar.<br />

Operaciones en las que una<br />

proporción considerable del vuelo se<br />

realiza sobre zonas marítimas desde<br />

puntos mar adentro o a partir de los<br />

mismos. Dichas operaciones<br />

incluyen, sin que la enumeración sea<br />

exhaustiva, elapoyo a explotaciones<br />

de petróleo, gas y minerales en alta<br />

mar y el traslado de pilotos de mar.<br />

(41) Organización de instrucción<br />

reconocida. Entidad aprobada por<br />

un Estado contratante de<br />

conformidad con los requisitos del<br />

Anexo 1, 1.2.8.2 y Apéndice 2 para<br />

que realice la instrucción de las<br />

tripulaciones de vuelo y que funciona<br />

bajo la supervisión de dicho Estado.<br />

(42) Performance de comunicación<br />

requerida (RCP). Declaración de los<br />

requisitos de performance para<br />

comunicaciones operacionales para<br />

funciones ATM específicas.<br />

(43) Personal que ejerce funciones<br />

delicadas desde el punto de vista<br />

de la seguridad. Personas que<br />

podrían poner en peligro la<br />

seguridad de la aviación si<br />

cumplieran sus obligaciones y<br />

funciones del modo indebido, lo cual<br />

comprende sin limitarse sólo a los<br />

que siguen – a los miembros de<br />

tripulaciónes, al personal de<br />

mantenimiento de aeronaves y a los<br />

controladores de tránsito aéreo.<br />

(44) Piloto de relevo en crucero.<br />

Miembro de la tripulación de vuelo<br />

designado para realizar tareas de<br />

piloto durante vuelo de crucero para<br />

permitir al piloto al mando o al<br />

copiloto el descanso previsto.<br />

(45) Piloto al mando bajo supervisión.<br />

Copiloto que desempeña bajo la<br />

supervisión del piloto al mando, las<br />

responsabilidades y funciones de un<br />

piloto al mando, conforme al método<br />

de supervisión aceptable para la<br />

autoridad otorgadora de licencias.<br />

(46) Plan operacional de vuelo –<br />

helicóptero. Plan del explotador<br />

para la realización segura del vuelo,<br />

basado en la consideración de la<br />

performance del helicóptero, en otras<br />

limitaciones de utilización y en las<br />

condiciones previstas pertinentes a<br />

21/04/2008 1-AD 2B-4 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

la ruta que ha de seguirse y a los<br />

helipuertos de que se trate.<br />

(47) Planeador con motor de<br />

autosustentación. Avión con motor<br />

que dispone de poencia para<br />

mantener el nivel de vuelo pero no<br />

para despegar.<br />

(48) Probablemente (probable). En el<br />

contexto de las disposiciones<br />

médicas comprendidas en el<br />

Capítulo 6 del Anexo 1 el término<br />

probablemente denota una<br />

probabilidad que es inaceptable para<br />

el médico evaluador.<br />

(49) Programa de seguridad<br />

operacional. Conjunto integrado de<br />

reglamentos y actividades<br />

encaminados a mejorar la seguridad<br />

operacional.<br />

(50) Prueba Satisfactoria. Un conjunto<br />

de documentos o actividades que un<br />

Estado contratante acepta como<br />

suficiente para demostrar que<br />

cumple un requisito de<br />

aeronavegabilidad.<br />

(51) Resistencia al fuego. La<br />

capacidad de soportar la aplicación<br />

de calor producido por una llama por<br />

un período de 5 minutos.<br />

Nota. En la ISO 2585 figuran las características<br />

de una llama aceptable<br />

(52) Rehomologación. Homologación<br />

de una aeronave con o sin revisión<br />

de sus niveles de homologación<br />

acústica, respecto a una norma<br />

distinta de aquella con la que fue<br />

originalmente homologada.<br />

(53) Relación de dilución. Relación<br />

entre la masa de aire que fluye a<br />

través de los conductos de<br />

derivación de una turbina de gas y la<br />

masa de aire que fluye a través de<br />

las cámaras de combustión,<br />

calculada para el empuje máximo<br />

con el motor estacionario en una<br />

atmósfera tipo internacional a nivel<br />

del mar.<br />

(54) Servicio de vigilancia ATS.<br />

Expresión empleada para referirsea<br />

un servicio proporcionado<br />

directamente mediante unsistema de<br />

vigilancia ATS.<br />

(55) Sistema de vigilancia ATS.<br />

Expresión genérica que significa,<br />

según el caso, ADS-B, PSR, SSR o<br />

cualquier sistema basado en tierra<br />

comparable que permite la<br />

identificación de aeronaves<br />

Nota.— Un sistema similar basado en tierra es<br />

aquel para el cual se ha comprobado, por<br />

evaluación comparativa u otra metodología, que<br />

tiene niveles de seguridad operacional y<br />

deeficacia iguales o mejores que los del SSR<br />

monoimpulso.<br />

(56) Significativo(a). En el contexto de<br />

las disposiciones comprendidas en el<br />

Capítulo 6 anexo 1 significativo(a)<br />

denota de grado o naturaleza que<br />

puede poner en riesgo la seguridad<br />

del vuelo.<br />

(57) Sub embalaje. Embalaje utilizado<br />

por un expedidor único que contenga<br />

uno o mas bultos y constituya una<br />

unidad para facilitar su manipulación<br />

y estiba.<br />

(58) Servicios de escala. Servicios<br />

necesarios para la llegada de una<br />

aeronave a un aeropuerto y su salida<br />

de éste, con exclusión de los<br />

servicios de tránsito aéreo.<br />

(59) Sistemas asociados de<br />

aeronaves. Los equipos de una<br />

aeronave que durante las<br />

operaciones en tierra reciben<br />

suministro de energía eléctrica y<br />

neumática de un grupo auxiliar de<br />

energía.<br />

(60) Sistema de documentos de<br />

seguridad de vuelo. Conjunto de<br />

documentación interrelacionada<br />

establecido por el explotador, en el<br />

cual se recopila y organiza la<br />

información necesaria para las<br />

operaciones de vuelo y en tierra, y<br />

que incluye, como mínimo, el manual<br />

de operaciones y el manual de<br />

21/04/2008 1-AD 2B-5 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

control de mantenimiento del<br />

explotador.<br />

(61) Sistema de gestión de la<br />

seguridad operacional. Enfoque<br />

sistemático para la gestión de la<br />

seguridad operacional, que incluye la<br />

estructura orgánica, líneas de<br />

responsabilidad, políticas y<br />

procedimientos necesarios.<br />

(62) Serie de vuelos. Vuelos<br />

consecutivos que:<br />

(i) se inician y concluyen dentro de<br />

un plazo de 24 horas; y<br />

(ii) son efectuados en su totalidad por<br />

un mismo piloto al mando.<br />

(63) Servicios de escala. Servicios<br />

necesarios para la llegada de una<br />

aeronave a un aeropuerto y su salida<br />

de éste, con exclusión de los<br />

servicios de tránsito aéreo.<br />

(64) Sistema de documentos de<br />

seguridad de vuelo. Conjunto de<br />

documentación interrelacionada<br />

establecido por el explotador, en el<br />

cual se recopila y organiza la<br />

información necesaria para las<br />

operaciones de vuelo y en tierra, y<br />

que incluye, como mínimo, el manual<br />

de operaciones y el manual de<br />

control de mantenimiento del<br />

explotador.<br />

(65) Sistema de gestión de la<br />

seguridad operacional. Enfoque<br />

sistemático para la gestión de la<br />

seguridad operacional, que incluye la<br />

estructura orgánica, líneas de<br />

responsabilidad, políticas y<br />

procedimientos necesarios.<br />

(66) Tipo de performance de<br />

comunicación requerida (tipo de<br />

RCP). Un indicador (p. ej., RCP 240)<br />

que representa los valores<br />

asignados a los parámetros RCP<br />

para el tiempo de transacción, la<br />

continuidad, la disponibilidad y la<br />

integridad de las comunicaciones.<br />

(67) Traje de supervivencia integrado.<br />

Traje que debe satisfacer los<br />

requisitos relativos a un traje de<br />

supervivencia y un chaleco<br />

salvavidas.<br />

(68) Tipo de performance de<br />

comunicación requerida (tipo<br />

dRCP). Un indicador (p. ej., RCP<br />

240) que representa los valores<br />

asignados a los parámetros RCP<br />

para el tiempo de transacción, la<br />

continuidad, la disponibilidad y la<br />

integridad de las comunicaciones.<br />

(69) Unidad de competencia. Función<br />

discreta que consta de varios<br />

elementos de competencia.<br />

(70) Uso problemático de ciertas<br />

sustancias. El uso de una o más<br />

sustancias psicoactivas por el<br />

personal aeronáutico de manera<br />

que:<br />

(i) constituya un riesgo directo para<br />

quien las usa o ponga en peligro<br />

las vidas, la salud o el bienestar de<br />

otros; o<br />

(ii) provoque o empeore un problema<br />

o desorden de carácter<br />

ocupacional, social, mental o<br />

físico.<br />

(71) Vuelo de travesía. Vuelo entre un<br />

punto de salida y un punto de<br />

llegada que sigue una ruta<br />

preestablecida utilizando<br />

procedimientos de navegación<br />

convencionales.<br />

(72) Versión derivada de un avión.<br />

Una aeronave que desde el punto de<br />

vista de la aeronavegabilidad es<br />

similar al prototipo homologado en<br />

cuanto al ruido, pero con cambios en<br />

el diseño de tipo que pueden afectar<br />

adversamente sus características de<br />

ruido.<br />

Nota 1. Cuando la autoridad que expide el<br />

certificado estime que la modificación de diseño,<br />

configuración, potencia masa que se propone<br />

tiene amplitud suficiente para exigir una<br />

investigación de conformidad con los reglamentos<br />

pertinentes de Aeronavegabilidad, el avión<br />

21/04/2008 1-AD 2B-6 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

debería considerarse como de nuevo tipo y no<br />

como una versión derivada.<br />

Nota 2. La palabra adversamente se refiere a un<br />

aumento superior a 0,10db en cualquiera de los<br />

niveles de homologación acústica a no ser que,<br />

mediante un procedimiento aprobado, puedan<br />

rastrearse los defectos acumulados de<br />

modificaciones del diseño tipo; en cuyo caso la<br />

palabra “adversamente” se refiere a un aumento<br />

acumulado en cualquiera de los niveles de<br />

homologación acústica de más de 0,30db o del<br />

margen de cumplimiento, tomándose ambos<br />

valores el menor.<br />

(73) Versión derivada un helicóptero.<br />

Un helicóptero que desde el punto<br />

de vista de la aeronavegabilidad es<br />

similar al prototipo homologado en<br />

cuanto al ruido, pero con cambios en<br />

el diseño de tipo que pueden afectar<br />

adversamente sus características de<br />

ruido.<br />

Nota 1. Al aplicarse las normas, un helicóptero<br />

que se basa en un prototipo existente pero cuando<br />

la autoridad que otorga la homologación considere<br />

que es un nuevo diseño de tipo para fines de<br />

aeronavegabilidad, será no obstante considerado<br />

como una versión derivada si la autoridad que<br />

otorga la homologación juzga que las<br />

características de la fuente de ruido son las<br />

mismas que las del prototipo.<br />

Nota 2. La palabra “adversamente” se refiere a un<br />

aumento de mas 0,3db en cualquiera de los<br />

niveles de homologación acústica.<br />

(74) Vigilancia dependiente<br />

automática – radiodifusión (ADS-<br />

B). Medio por el cual las aeronaves,<br />

los vehículos aeroportuarios y otros<br />

objetos pueden transitar y/o recibir<br />

en forma automática datos de<br />

identificación, posición y datos<br />

adicionales, según corresponda en<br />

modo de radiodifusión mediante<br />

enlace de datos.<br />

Intencionalmente en blanco<br />

21/04/2008 1-AD 2B-7 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Subparte C: Abreviaturas<br />

1.7 Abreviaturas<br />

(a) Las expresiones que siguen, utilizadas<br />

en las Regulaciones Aeronáuticas<br />

Bolivianas (RAB), tienen los significados<br />

que se indican a continuación:<br />

(1) ACAS.- Sistema anticolisión de a<br />

bordo.<br />

(2) ACN.-Número de clasificación de<br />

aeronaves.<br />

(3) ADREP.- Notificación de datos de<br />

accidentes de aviación.<br />

(4) ADS.- Vigilancia dependiente<br />

automática.<br />

(5) AIC.- Circular de información<br />

aeronáutica.<br />

(6) AIP.- Publicación de información<br />

aeronáutica.<br />

(7) AFCS.- Sistema de mando<br />

automático de vuelo.<br />

(8) AFM.- Manual de vuelo aeronave.<br />

(9) AGA.- Aeródromos, rutas aéreas y<br />

ayudas terrestres.<br />

(10) AIG.- Investigación y prevención<br />

de accidentes.<br />

(11) ALERFA.- Palabra clave utilizada<br />

para designar una fase de alerta.<br />

(12) AOC.- Certificado de explotador de<br />

servicios aéreos.<br />

(13) AOC.- Control de las operaciones<br />

aeronáuticas.<br />

(14) AOM.- Manual de operación de la<br />

aeronave.<br />

(15) APC.- Comunicación aeronáutica de<br />

los pasajeros.<br />

(16) APU.- Grupo auxiliar de energía.<br />

(17) Aprox.- Aproximadamente.<br />

(18) ASDA.- Distancia de<br />

aceleración-parada disponible.<br />

(19) ASIA/PAC.- Asia / pacífico.<br />

(20) ATC.- Control de tránsito aéreo (en<br />

general).<br />

(21) ATFM.- Gestión de afluencia del<br />

tránsito aéreo.<br />

(22) ATIS.- Servicio automático de<br />

información terminal.<br />

(23) ATIS-D.- Servicio automático de<br />

información terminal por enlace de<br />

datos.<br />

(24) ATIS-voz.- Servicio automático de<br />

información terminal-voz.<br />

(25) ATS.- Servicio de tránsito aéreo.<br />

(26) ATSC.- Comunicación ATC.<br />

(27) CAS.- Velocidad relativa calibrada.<br />

(28) CAT.- Categoría.<br />

(29) CAT I .- Categoría I.<br />

(30) CAT II .- Categoría II.<br />

(31) CAT III .-Categoría III.<br />

(32) CAT IIIA.- Categoría IIIA.<br />

(33) CAT IIIB.- Categoría IIIB.<br />

(34) CAT IIIC.- Categoría IIIC.<br />

(35) Cd.- Candela.<br />

(36) CDL.- Lista de desviaciones<br />

respecto a la configuración.<br />

(37) CFIT.- Impacto contra el suelo sin<br />

pérdida de control.<br />

(38) cm.- Centímetro.<br />

(39) CIE.- Comisión Internacional de<br />

Luminotecnia.<br />

(40) CPDLC.- Comunicaciones por<br />

enlace de datos controlador – piloto.<br />

01/08/2004 1-C-1 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(41) CRM.- Gestión de los recursos en el<br />

puesto de pilotaje.<br />

(42) CT.- Certificado de Tipo (CT) [en<br />

ingles].<br />

(43) DA.- Altitud de decisión.<br />

(44) DA / H.- Altitud / altura de decisión.<br />

(45) DETRESFA.- Palabra clave utilizada<br />

para designar una fase de peligro.<br />

(46) DH.- Altura de decisión.<br />

(47) DME.- Equipo radiotelemétrico.<br />

(48) DR.- Distancia.<br />

(49) DSRTK.- Derrota deseada.<br />

(50) ECAM.- Monitor electrónico<br />

centralizado de aeronaves.<br />

(51) EFIS.- Sistema electrónico de<br />

instrumento de vuelo.<br />

(52) EFG.- Temperatura de los gases de<br />

escape.<br />

(53) EICAS.- Sistema de alerta a la<br />

tripulación y sobre los parámetros del<br />

motor.<br />

(54) ELT.- Transmisor de localización de<br />

emergencia.<br />

(55) ELT(AD).- ELT de desplazamiento<br />

automático.<br />

(56) ELT(AF).- ELT fijo automático.<br />

(57) ELT(AP).- ELT portátil automático.<br />

(58) ELT(S).- ELT de supervivencia.<br />

(59) EPR .- Relaciones de presiones<br />

del motor.<br />

(60) ETOPS.- Vuelos a grandes<br />

distancias de aviones bimotores.<br />

(61) EUPOCAE.- Organización europea<br />

para el equipamiento de la aviación<br />

civil.<br />

(62) FATO.- Área de aproximación final y<br />

despegue.<br />

(63) FDAU.- Unidad de adquisición de<br />

datos de vuelo.<br />

(64) FDR.- Registrador de datos de<br />

vuelo,<br />

(65) FL.- Nivel de vuelo.<br />

(66) FM.- Frecuencia modulada.<br />

(67) Ft.- Pie.<br />

(68) ft/min.- Pies por minuto.<br />

(69) g.- Aceleración normal.<br />

(70) GPWS.- Sistema de advertencia de<br />

la proximidad del terreno.<br />

(71) HPa.- Hectopascal.<br />

(72) ICC.- Comunicación entre centros.<br />

(73) IFR.- Reglas de vuelo por<br />

instrumentos.<br />

(74) ILS.- Sistema de aterrizaje por<br />

instrumento.<br />

(75) IMC.- Condiciones meteorológicas<br />

de vuelo por instrumentos.<br />

(76) INS.- Sistema de navegación<br />

inercial.<br />

(77) ISA.- Atmósfera tipo internacional.<br />

(78) K.- Grados Kelvin.<br />

(79) Kg.- Kilogramo<br />

(80) Kg/m2.- Kilogramo por metro<br />

cuadrado.<br />

(81) Km.- Kilómetro.<br />

(82) Km/h.- Kilómetro por hora.<br />

(83) Kt .-Nudo.<br />

(84) Kt/s.- Nudo por segundo.<br />

(85) L.- Litro.<br />

(86) Lb.- Libras.<br />

(87) LDA.- Distancia de aterrizaje<br />

disponible.<br />

01/08/2004 1-C-2 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(88) LDAH.- Distancia de aterrizaje<br />

disponible para helicópteros.<br />

(89) LDP.- Punto de decisión para el<br />

aterrizaje.<br />

(90) LDRH.- Distancia de aterrizaje<br />

requerida para helicópteros.<br />

(91) LOFT.- Instrucción de vuelo<br />

orientada a las líneas aéreas.<br />

(92) m.- Metro.<br />

(93) MAPT.- Punto de aproximación<br />

frustrada.<br />

(94) máx.- Máximo.<br />

(95) MDA.- Altitud mínima de descenso.<br />

(96) MDA/H.- Altitud / altura mínima de<br />

descenso.<br />

(97) MDH.- Altura mínima de descenso.<br />

(98) MEL.- Lista de equipo mínimo.<br />

(99) MHz.- Megahertzio.<br />

(100) MMEL.- Lista maestra de equipo<br />

mínimo.<br />

(101) Mm.- Milímetro.<br />

(102) Mín.- Mínimo.<br />

(103) MN.- Meganewton.<br />

(104) MNPS.- Especificaciones de<br />

performance mínima de navegación.<br />

(105) MOR.- Alcance óptico<br />

meteorológico.<br />

(106) Mpa.- Megapascal.<br />

(107) m/s.- Metros por segundo.<br />

(108) N.- Newton.<br />

(109) N1.- Velocidad de turbina de alta<br />

presión.<br />

(110) N2.- Régimen de la soplante.<br />

(111) N3.- Régimen del compresor.<br />

(112) NAV.- Navegación.<br />

(113) NM.- Milla náutica.<br />

(114) N U.- No utilizable.<br />

(115) OCA/H.- Altitud / altura de<br />

franqueamiento de obstáculos.<br />

(116) OCA.- Altitud de franqueamiento<br />

de obstáculos.<br />

(117) OCH.- Altura de franqueamiento de<br />

obstáculos.<br />

(118) OFZ.- Zona despejada de<br />

obstáculos.<br />

(119) PCN.- Número de clasificación de<br />

pavimento.<br />

(120) PIB.- Boletín de información previa<br />

al vuelo.<br />

(121) RAFC.- Centro regional de<br />

pronósticos de área.<br />

(122) RESA .- Área de seguridad de<br />

extremo de pista obstáculos.<br />

(123) RNP.- Performance de navegación<br />

requerida.<br />

(124) RPL.- Plan de vuelo repetitivo.<br />

(125) RTODR.- Distancia de despegue<br />

interrumpido requerida para<br />

helicópteros.<br />

(126) RVR.- Alcance visual en la pista.<br />

(127) SICASP.- Grupo de expertos sobre<br />

mejoras del radar secundario de<br />

vigilancia y sistema anticolisión.<br />

(128) SNOWTAM.- NOTAM de una serie<br />

especial que notifica por medio de un<br />

formato determinado, la presencia o<br />

eliminación de condiciones peligrosas<br />

debidas a nieve, nieve fundente, hielo<br />

o agua estancada relacionada con<br />

nieve, nieve fundente o hielo en el<br />

área de movimiento.<br />

(129) SOP.- Procedimientos operativos<br />

normalizados.<br />

(130) SST.- Avión supersónico de<br />

transporte.<br />

01/08/2004 1-C-3 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(131) STOL.- Despegue y aterrizaje<br />

cortos.<br />

(132) TAS .- Velocidad verdadera.<br />

(133) TCAC.- Centro meteorológico<br />

designado en virtud de un acuerdo<br />

regional de navegación aérea para<br />

proporcionar a las oficinas de<br />

vigilancia meteorológica información<br />

de asesoramiento sobre la posición,<br />

la dirección y la velocidad de<br />

movimiento pronosticadas, la presión<br />

central y el viento máximo en la<br />

superficie de los ciclones tropicales.<br />

(134) TDP.- Punto de decisión para el<br />

despegue.<br />

(135) THR .- Umbral.<br />

(136) TLOF.- Área de toma de contacto y<br />

de elevación inicial para helicópteros.<br />

(137) TODA.- Distancia de despegue<br />

disponible.<br />

(138) TODAH.- Distancia de despegue<br />

disponible para helicópteros.<br />

(139) TODRH.- Distancia de despegue<br />

requerida para helicópteros.<br />

(140) TORA.- Recorrido de despegue<br />

disponible.<br />

(141) UIT.- Unión Internacional de<br />

Telecomunicaciones.<br />

(142) UTC.- Tiempo universal<br />

coordinado.<br />

(143) VAAC.- Centro de avisos de<br />

cenizas volcánicas.<br />

(144) VFR .- Regla de vuelo visual.<br />

(145) VD.- Velocidad de cálculo para el<br />

picado.<br />

(146) VMC.- Condiciones meteorológicas<br />

de vuelo visual.<br />

(147) VMC.- Velocidad mínima con<br />

dominio del avión.<br />

(148) Vso.- Velocidad de pérdida o<br />

velocidad mínima de vuelo uniforme<br />

en configuración de aterrizaje.<br />

(149) Vs1.- Velocidad de pérdida o<br />

velocidad mínima de vuelo uniforme<br />

en una configuración determinada.<br />

(150) VSM.- Mínimas de separación<br />

vertical.<br />

(151) VTOL.- Aviones de despegue y<br />

aterrizaje verticales.<br />

(152) VOR.- Radiofaro omnidireccional<br />

VHF.<br />

(153) VXR.- Condiciones meteorológica.<br />

(154) Vy.- Velocidad correspondiente al<br />

régimen de ascenso óptimo.<br />

(155) WAFC.- Centro mundial de<br />

pronósticos de área volcánicas.<br />

Intencionalmente en blanco<br />

01/08/2004 1-C-4 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Adjunto 1- C<br />

Acrónimos<br />

(a) Las expresiones que siguen, utilizadas en la Reglamentación Aeronáutica Boliviana (RAB),<br />

tienen los significados que se indican a continuación:<br />

(1) A.- Ambar.<br />

(2) A/A.- Aire a aire.<br />

(3) AAA.- (o AAB, AAC, etc. en orden). Mensaje meteorológico enmendado (designador de tipo<br />

de mensaje).<br />

(4) AAC.- Administración de Aviación Civil.<br />

(5) AAD.- Desviación respecto a la altitud asignada.<br />

(6) AAIM.- Vigilancia autónoma de la integridad de la aeronave.<br />

(7) AAL.- Por encima del nivel del aeródromo.<br />

(8) ABI.- Información anticipada sobre límite.<br />

(9) ABM.- Al través.<br />

(10) ABN.- Faro de aeródromo.<br />

(11) ABT.- Alrededor de...<br />

(12) ABV.- Por encima de...<br />

(13) AC.- Altocúmulos.<br />

(14) ACARS.- Sistema de direccionamiento e informe para comunicaciones de aeronaves.<br />

(15) ACC.- Centro de control de área.<br />

(16) ACCID.- Notificación de un accidente de aviación.<br />

(17) ACFT.- Aeronave.<br />

(18) ACK.- Acuse de recibo.<br />

(19) ACL.- Emplazamiento para la verificación de altímetro.<br />

(20) ACP.- Aceptación (designador de tipo de mensaje).<br />

(21) ACPT.- Acepto o aceptado.<br />

(22) ACSA.- Agencia Centroamericana para la Seguridad Aeronáutica.<br />

(23) ACT.- Activo o activado o actividad.<br />

(24) AD.- Aeródromo.<br />

(25) AD.- Directiva de aeronavegabilidad.<br />

(26) ADA.- Área con servicio de asesoramiento.<br />

(27) ADC.- Computadora de datos aire.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-1 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(28) ADC.- Plano de aeródromo.<br />

(29) ADDN.- Adicción o adicional.<br />

(30) ADF.- Equipo radiogoniométrico automático.<br />

(31) ADIZ Zona de identificación de defensa aérea (debe pronunciarse “EI–DIS”).<br />

(32) ADJ.- Adyacente.<br />

(33) ADO.- Oficina de aeródromo (especifíquese dependencia).<br />

(34) ADR.- Ruta con servicio de asesoramiento.<br />

(35) ADS.- Vigilancia dependiente automática.<br />

(36) ADSU.- Dependencia de vigilancia automática.<br />

(37) ADVS.- Servicio de asesoramiento.<br />

(38) ADZ.- Avise.<br />

(39) AES.- Estación terrena de aeronave.<br />

(40) AFIL.- Plan de vuelo presentado desde el aire.<br />

(41) AFIS.- Servicio de información de vuelo de aeródromo.<br />

(42) AFM.- Si o conforme o afirmativo correcto.<br />

(43) AFS.- Servicio fijo aeronáutico.<br />

(44) AFT.- Después de (hora o lugar).<br />

(45) AFTN.- Red de telecomunicaciones fijas aeronáuticas.<br />

(46) A / G.- Comunicación aire/tierra.<br />

(47) AGL.- Sobre el nivel del terreno.<br />

(48) AGN.- Otra vez.<br />

(49) AIC.- Circular de información aeronáutica.<br />

(50) AIDC.- Comunicación de datos entre instalaciones de ATS.<br />

(51) AIP.- Publicación de información aeronáutica.<br />

(52) AIRAC.- Reglamentación y control de la información aeronáutica.<br />

(53) AIREP.- Aeronotificación.<br />

(54) AIRMET.- Información relativa a fenómenos meteorológicos en ruta que pueden afectar la<br />

seguridad de las operaciones de aeronave a baja altura.<br />

(55) AIRPROX.- Palabra clave utilizada en una notificación de incidente de tránsito aéreo para<br />

designar la proximidad de aeronaves.<br />

(56) AIS.- Servicio de información aeronáutica.<br />

(57) AKD.- Dispositivo de mantenimiento de actitud.<br />

(58) ALA.- Área amaraje.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-2 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(59) ALERFA Fase de alerta.<br />

(60) ALR.- Alerta (designador de tipo de mensaje).<br />

(61) ALRS.- Servicio de alerta.<br />

(62) ALS.- Sistema de iluminación de aproximación.<br />

(63) ALT.- Altitud.<br />

(64) ALTN.- Alternativa o alternante (luz que cambia de color).<br />

(65) ALTN Alternativa (aeródromo de).<br />

(66) AMA.- Altitud mínima de área.<br />

(67) AMC.- Métodos aceptables de cumplimiento.<br />

(68) AMD.- Enmiende o enmendado (utilizado para indicar mensaje meteorológico, designador<br />

de tipo de mensaje.<br />

(69) AMS.- Servicios móvil aeronáutico.<br />

(70) AMDT.- Enmienda (enmienda AIP).<br />

(71) AMSL.- Sobre el nivel medio del mar.<br />

(72) AMSS.- Servicio móvil aeronáutico por satélite.<br />

(73) ANC.- Carta aeronáutica – 1:500,000 (seguida del nombre/título).<br />

(74) ANCS.- Carta de navegación aeronáutica – escala pequeña (seguida del nombre / título y<br />

escala).<br />

(75) ANS.- Contestación.<br />

(76) AP.- Aeropuerto.<br />

(77) AOA.- Ángulo de ataque.<br />

(78) AOC.- Plano de obstáculos de aeródromo (seguido del tipo y del nombre/título).<br />

(79) AP.- Aeropuerto.<br />

(80) APAPI.- Indicador simplificado de trayectoria de aproximación de precisión (debe<br />

pronunciarse “EI-PAPI”).<br />

(81) APCH.- Aproximación.<br />

(82) APDC.- Plano de estacionamiento y atraque de aeronaves (seguido del nombre/título).<br />

(83) APN.- Plataforma.<br />

(84) APP.- Oficina de control de aproximación o control de aproximación o servicio de control de<br />

aproximación.<br />

(85) APR.- Abril.<br />

(86) APRX.- Aproximado o aproximadamente.<br />

(87) APSG.- Después de pasar.<br />

(88) APV.- Procedimiento de aproximación con guía vertical.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-3 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(89) APV.- Apruebe o aprobado o aprobación.<br />

(90) ARC.- Plano de área.<br />

(91) ARNG.- Arreglo.<br />

(92) ARO.- Oficina de notificación de los servicios de tránsito aéreo.<br />

(93) ARP.- Punto de referencia de aeródromo.<br />

(94) ARQ.- Corrección automática de errores.<br />

(95) ARR.- Llegada (designador de tipo mensaje).<br />

(96) ARR.- Llegar o llegada.<br />

(97) ARS.- Aeronotificación.<br />

(98) ARS.- Aeronotificación especial (designador del tipo de mensaje).<br />

(99) ARST.- Detección [señala (parte del) equipo de detección de aeronaves].<br />

(100) AS.- Altostratus.<br />

(101) ASC.- Subida o subiendo a.<br />

(102) ASE.- Error del sistema altimétrico.<br />

(103) ASPH.- Asfalto.<br />

(104) AT.- A las (seguida de la hora a la que se pronostica que tendrá lugar el cambio<br />

meteorológico).<br />

(105) ATA.- Hora real de llegada.<br />

(106) ATCO.- Controlador de tránsito aéreo.<br />

(107) ATD.- Hora real de salida.<br />

(108) ATFM.- Organización de la afluencia de tránsito aéreo.<br />

(109) ATIS.- Servicio automático de información del área terminal.<br />

(110) ATM.- Organización del tránsito aéreo.<br />

(111) ATN.- Red de telecomunicaciones aeronáuticas.<br />

(112) ATP.- A las ... (hora) [o en ... (lugar)].<br />

(113) ATT.- Tolerancia paralela de la derrota.<br />

(114) ATTN.- Atención.<br />

(115) AT-VASIS.- Sistema visual indicador de pendiente de aproximación simplificado en T<br />

(debe pronunciarse “EI-TI-VASIS”).<br />

(116) ATZ.- Zona de tránsito de aeródromo.<br />

(117) AUG.- Agosto.<br />

(118) AUTH.- Autorizado o autorización.<br />

(119) AUW.- Peso total.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-4 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(120) AUX.- Auxiliar.<br />

(121) AVBL.- Disponible o disponibilidad.<br />

(122) AVG.- Promedio, media.<br />

(123) AVGAS.- Gasolina de aviación.<br />

(124) AWTA.- Avise hora en que podrá.<br />

(125) AWY.- Aerovía.<br />

(126) AZM.- Azimut.<br />

(127) B.- Azul.<br />

(128) BA.- Eficacia del frenado.<br />

(129) BASE.- Base de las nubes.<br />

(130) BCFG.- Nieblas en bancos.<br />

(131) BCN.- Faro (luz aeronáutica de superficie).<br />

(132) BCST.- Radiodifusión.<br />

(133) BDRY.- Límite.<br />

(134) BECMG.- Cambiando a.<br />

(135) BFR.- Antes.<br />

(136) BKN.- Cielo nuboso.<br />

(137) BL.- Ventisca alta (seguida de DU = polvo, SA = arena o SN = nieve).<br />

(138) BLDG.- Edificio.<br />

(139) BLO.- Por debajo de nubes.<br />

(140) BLW.- Por debajo de...<br />

(141) BOMB.- Bombardeo.<br />

(142) BR.- Neblina.<br />

(143) BRF.- Corta (utilizada para indicar el tipo de aproximación deseado o requerido).<br />

(144) BRG.- Marcación.<br />

(145) BRKG.- Frenado.<br />

(146) BS.- Estación de radiodifusión comercial.<br />

(147) BTL.- Entre capas.<br />

(148) BTN.- Entre (como preposición).<br />

(149) C.- Eje (identificación de pista).<br />

(150) CADC.- Computadora central de datos.<br />

(151) CAG.- Circulación aérea general.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-5 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(152) CAO.- Circulación aérea operativa.<br />

(153) CAR.- Caribe.<br />

(154) CAT.- Categoría.<br />

(155) CATCs.- Centros de instrucción de aviación civil.<br />

(156) CAVOK.- Visibilidad, nubes y condiciones meteorológicas actuales mejores que los valores<br />

o condiciones prescritos. (Debe pronunciarse “KA-VO-KEI”).<br />

(157) CB.- Cumulonimbus. (Debe pronunciarse “SI-BI”).<br />

(158) CC.- Cirrocumulus.<br />

(159) CCA.- (o CCB, CCC, ... etc., en orden) Mensaje meteorológico corregido (designador de<br />

tipo de mensaje).<br />

(160) CDN.- Coordinación (designador de tipo de mensaje).<br />

(161) CDI.- Indicador de desviación respecto al rumbo.<br />

(162) CF.- Cambie frecuencia a...<br />

(163) CFM.- Confirme o confirmo (para utilizar en AFS como señal de procedimiento).<br />

(164) CGL.- Luz de guía en circuito.<br />

(165) CH.- Canal.<br />

(166) CH#.- Transmisión de verificación de continuidad de canal para permitir la comparación de<br />

su registro de los números de orden en el canal correspondiente a los mensajes recibidos<br />

por este canal (para utilizar en AFS como señal de procedimiento).<br />

(167) CHG.- Modificación designador de tipo mensaje).<br />

(168) CI.- Cirrus.<br />

(169) CIE.- Componente importante estructural.<br />

(170) CIM.- Componente importante de mantenimiento.<br />

(171) CIT.- Cerca de o sobre, ciudades grandes.<br />

(172) CIV.- Civil.<br />

(173) CK.- Verifique.<br />

(174) C/L.- Eje.<br />

(175) CL.- Inspección y comprobación en línea.<br />

(176) CLA.- Eje.<br />

(177) CLBR.- Calibración.<br />

(178) CLD.- Nubes.<br />

(179) CLG.- Llamando.<br />

(180) CLR.- Libre de obstáculos o autorizado para... o autorización.<br />

(181) CLSD.- Cierre o cerrado o cerrando.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-6 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(182) CM.- Control de condición (proceso de mantenimiento).<br />

(183) CMA.- Entidad central de monitoreo.<br />

(184) CMB.- Ascienda a o ascendiendo a...<br />

(185) CMPL.- Finalización o completado completo.<br />

(186) CNL.- Cancelación o cancelado.<br />

(187) CNL.- Cancelación de plan de vuelo (designador de tipo de mensaje).<br />

(188) CNS.- Comunicación, navegación y vigilancia.<br />

(189) COCESNA.- Corporación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea.<br />

(190) COM.- Comunicaciones.<br />

(191) CONC.- Hormigón.<br />

(192) COND.- Condición.<br />

(193) CONS.- Continuo.<br />

(194) CONST.- Construcción o construido.<br />

(195) CONT.- Continúe o continuación.<br />

(196) COOR.- Coordine o coordinación.<br />

(197) COORD.- Coordenadas.<br />

(198) COP.- Punto de cambio.<br />

(199) COR.- Corrija o corrección o corregido (utilizado para indicar un mensaje meteorológico<br />

corregido, designador de tipo de mensaje).<br />

(200) COT.- En la costa.<br />

(201) COV.- Abarca o abarcado o abarcando.<br />

(202) CPDLC.- Comunicaciones de enlace de datos controlador/piloto.<br />

(203) CPL.- Plan de vuelo autorizado.<br />

(204) CRC.- Verificación por redundancia cíclica.<br />

(205) CRZ.- Crucero.<br />

(206) CS.- Cirrostratus.<br />

(207) CS.- Distintivo de llamadas.<br />

(208) CTA.- Área de control.<br />

(209) CTAM Suba hasta y mantenga.<br />

(210) CTC.- Contacto.<br />

(211) CTL.- Control.<br />

(212) CTN.- Precaución.<br />

(213) CTR.- Zona de control.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-7 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(214) CTS.- Comité Técnico del Sistema.<br />

(215) CU.- Cúmulos.<br />

(216) CUF.- Cumuliforme.<br />

(217) CUST.- Aduana.<br />

(218) CW.- Onda continúa.<br />

(219) CWY.- Zona libre de obstáculos.<br />

(220) D.- En disminución (tendencia del RVR durante los 10 minutos previos).<br />

(221) D.- Zona peligrosa (seguida de la identificación).<br />

(222) D-ATIS.- Servicio automático de información terminal por enlace de datos. (Debe<br />

pronunciarse “DI-ATIS”).<br />

(223) DCD.- Duplex de doble canal.<br />

(224) DCKG.- Atraque.<br />

(225) DCPC.- Comunicación directa entre piloto/controlador.<br />

(226) DE.- De (se utiliza para que preceda a la señal distintiva de la estación que llama) (para<br />

utilizar en AFS como señal de procedimiento).<br />

(227) DEC.- Diciembre.<br />

(228) DEG.- Grados.<br />

(229) DEP.- Salga o salida.<br />

(230) DER.- Extremo de salida de la pista.<br />

(231) DES.- Descienda a o descendiendo a.<br />

(232) DEST.- Destino.<br />

(233) DETRESFA.- Fase de socorro.<br />

(234) DEV.- Desviación o desviándose.<br />

(235) DF.- Instalación radiogoniométrica.<br />

(236) DFDR.- Registrador digital de datos de vuelo.<br />

(237) DFTI.- Indicador de la distancia al punto de toma de contacto.<br />

(238) DIA.- División de inspección de aeronave.<br />

(239) DIF.- Difusas (nubes).<br />

(240) DIST.- Distancia.<br />

(241) DIV.- Desvíese de la ruta o desviándome de la ruta.<br />

(242) DLA.- Demora o demorado.<br />

(243) DLA.- Demora (designador de tipo de mensaje).<br />

(244) DLIC.- Capacidad de iniciación de enlace de datos.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-8 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(245) DLY.- Diariamente.<br />

(246) DNG.- Peligro o peligroso.<br />

(247) Doc.- Documento publicado por la Organización de Aviación Civil Internacional.<br />

(248) DOM.- Nacional o interior.<br />

(249) DOW.- Peso (masa) de operación en seco.<br />

(250) DP.- Temperatura del punto de rocío.<br />

(251) DPT.- Profundidad.<br />

(252) DR.- A estima.<br />

(253) DR....- Ventisca baja (seguida de DU = polvo, SA = arena o nieve).<br />

(254) DRG.- Durante.<br />

(255) DS.- Tempestad de polvo.<br />

(256) DSB.- Banda lateral doble.<br />

(257) DTA.- División técnica de aeronave.<br />

(258) DTAM.- Desciende hacia y mantenga.<br />

(259) DTG.- Grupo fecha-hora.<br />

(260) DTHR.- Umbral de pista desplazado.<br />

(261) DTRT.- Empeora o empeorando.<br />

(262) DTW.- Ruedas gemelas en tándem.<br />

(263) DU.- Polvo.<br />

(264) DUC.- Nubes densas en altitud.<br />

(265) DUPE#.- Este es un mensaje duplicado (para utilizar en AFS como señal de<br />

procedimiento).<br />

(266) DUR.- Duración.<br />

(267) D-VOLMET.- Enlace de datos VOLMET.<br />

(268) DVOR.- VOR Doppler.<br />

(269) DW.- Ruedas gemelas.<br />

(270) DZ.- Llovizna.<br />

(271) E.- Este o longitud este.<br />

(272) EAS.- Velocidad aerodinámica equivalente.<br />

(273) EAT.- Hora provista de aproximación.<br />

(274) EB.- Dirección este.<br />

(275) EEE#.- Error (para utilizar en AFS como señal de procedimiento).<br />

(276) EET.- Duración prevista.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-9 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(277) EFC.- Prever nueva autorización.<br />

(278) EHF.- Frecuencia extremadamente alta [30,000 a 300,000 MHz].<br />

(279) EIM.- Material interpretativo y explicativo.<br />

(280) ELBA.- Radiobaliza de emergencia para localización de aeronaves.<br />

(281) ELEV.- Elevación.<br />

(282) ELR.- Radio de acción sumamente grande.<br />

(283) EM.- Emisión.<br />

(284) EMBD.- Inmersos en una capa (para indicar los cumulonimbus inmersos en las capas<br />

de otras nubes).<br />

(285) EMERG.- Emergencia.<br />

(286) END.- Extremo de parada (relativo al RVR).<br />

(287) ENE.- Estenordeste.<br />

(288) ENG.- Motor.<br />

(289) ENR.- En ruta.<br />

(290) ENRC.- Carta en ruta (seguida del nombre y título).<br />

(291) EOBT.- Hora prevista de fuera calzos.<br />

(292) EQPT.- Equipo.<br />

(293) ER.- Aquí... o adjunto.<br />

(294) ESE.- Estesudeste.<br />

(295) EST.- Estimar o estimado o estimación (designador de tipo de mensaje).<br />

(296) ET.- Umbral visual de iluminación.<br />

(297) ETA.- Hora prevista de llegada o estimo llegar a las...<br />

(298) ETD.- Hora prevista de salida o estimo salir a las...<br />

(299) ETO.- Hora provista sobre punto significativo.<br />

(300) EV.- Cada.<br />

(301) EXC.- Excepto.<br />

(302) EXER.- Ejercicio o ejerciendo o ejercer.<br />

(303) EXP.- Se espera o esperado o esperando.<br />

(304) EXTD.- Se extiende o extendiéndose.<br />

(305) F.- Fijo(a).<br />

(306) FAA.- Administración Federal de Aviación (EEUU).<br />

(307) FAC.- Instalaciones y servicios.<br />

(308) FAF.- Punto de referencia de aproximación final.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-10 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(309) FAL.- Facilitación del transporte aéreo internacional.<br />

(310) FAP.- Punto de aproximación final.<br />

(311) FAR.- Regulaciones federales para la aviación civil de los Estados Unidos de Norte<br />

América.<br />

(312) FAX.- Trasmisión facsímil.<br />

(313) FAWP.- Punto de recorrido de aproximación final.<br />

(314) FBL.- Ligera (utilizada para indicar la intensidad de los fenómenos meteorológico,<br />

interferencia o informes sobre estática, por ejemplo FBL RA = lluvia ligera).<br />

(315) FC.- Tromba.<br />

(316) FCS.- Sistema de mando de vuelo.<br />

(317) FCST.- Pronóstico.<br />

(318) FCT.- Coeficiente de razonamiento.<br />

(319) FDPS.- Sistema de procesamiento de datos de vuelo.<br />

(320) FEB.- Febrero.<br />

(321) FEW.- Algunas nubes.<br />

(322) FG.- Niebla.<br />

(323) FIC.- Centro de información de vuelo de vuelo.<br />

(324) FIF.- Formulario de información de vuelo.<br />

(325) FIR.- Región de información de vuelo.<br />

(326) FIS.- Servicio de información de vuelo.<br />

(327) FISA.- Servicio automático de organización de vuelo.<br />

(328) FLAS.- Tabla de asignación de niveles de vuelo.<br />

(329) FLD.- Campo de aviación.<br />

(330) FLG.- Destellos.<br />

(331) FLR.- Luces de circunstancias.<br />

(332) FLT.- Vuelo.<br />

(333) FLTCK.- Verificación de vuelo.<br />

(334) FLUC.- Fluctuante o fluctuación o fluctuando.<br />

(335) FLW.- Sigue o siguiendo.<br />

(336) FLY.- Volar o volando.<br />

(337) FM.- Desde (seguida de la hora a la que se pronostica que se iniciará el cambio<br />

meteorológico).<br />

(338) FMC.- Computadora de gestión de vuelo.<br />

(339) FMCS.- Sistema de gestión de vuelo por computadora.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-11 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(340) FMS.-Sistema de gestión de vuelo.<br />

(341) FMU.- Dependencia de organización de la afluencia.<br />

(342) FNA.- Aproximación final.<br />

(343) FPL.- Plan de vuelo presentando (designador de tipo de mensaje).<br />

(344) FPM.- Pies por minuto.<br />

(345) FPR.- Ruta de plan de vuelo.<br />

(346) FR.- Combustible remanente.<br />

(347) FREQ.- Frecuencia.<br />

(348) FRI.- Viernes.<br />

(349) FRNG.- Disparos.<br />

(350) FRONT.- Frente (meteorológico).<br />

(351) FRP.- Plan federal de radionavegación (Estados Unidos).<br />

(352) FRQ.- Frecuente.<br />

(353) FSL.- Aterrizaje completo.<br />

(354) FSS.- Estación de servicio de vuelo.<br />

(355) FTE.- Error técnico de vuelo.<br />

(356) FTT.- Tolerancia técnica de vuelo.<br />

(357) FU.- Humo.<br />

(358) FZ.- Engelante o congelación.<br />

(359) FZDZ.- Llovizna engelante.<br />

(360) FZFG.- Niebla engelante.<br />

(361) FZRA.- Lluvia engelante.<br />

(362) G.- Indicador de variaciones respeto a la velocidad media del viento (ráfagas) (se utiliza<br />

en las claves METAR/SPECI y TAF).<br />

(363) G.- Verde.<br />

(364) G/A.- Tierra a aire.<br />

(365) G/A/G.- Tierra a aire y aire a tierra.<br />

(366) GAMET.- Pronóstico de área para vuelos a baja altura.<br />

(367) GAT.- Tránsito aéreo general.<br />

(368) GCA.- Sistema de aproximación dirigida desde tierra o aproximación dirigida desde la<br />

tierra.<br />

(369) GEN.- General.<br />

(370) GEO.- Geográfico o verdadero.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-12 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(371) GES.- Estación terrena de tierra.<br />

(372) GLD.- Planeador.<br />

(373) GLONASS Sistema orbital mundial de navegación por satélite.<br />

(374) GMC.- Carta de movimiento en la superficie (seguida del nombre/título).<br />

(375) GMS.- Sistema de vigilancia basado en el sistema mundial de determinación de la<br />

posición (GPS).<br />

(376) GMU.- Monitor del sistema mundial de determinación de la posición.<br />

(377) GND.- Tierra.<br />

(378) GNDCK.- Verificación en tierra.<br />

(379) GNE.- Error grave de navegación.<br />

(380) GNSS .- Sistema mundial de navegación por satélite.<br />

(381) GNSSP.- Grupo de expertos sobre el sistema mundial de navegación por satélite.<br />

(382) GP.- Trayectoria de planeo.<br />

(383) GPS.- Sistema mundial de determinación de la posición.<br />

(384) GR.- Granizo.<br />

(385) GRASS.- Área de aterrizaje cubierta de césped.<br />

(386) GREPECAS.- Grupo regional de planificación y ejecución CAR/SAM.<br />

(387) GRIB.- Datos meteorológicos procesados como valores reticulares expresados en<br />

forma binaria (clave meteorológica aeronáutica).<br />

(388) GRVL.- Grava.<br />

(389) GS.- Velocidad respecto al suelo.<br />

(390) GTS.- Grupo de Trabajo del Sistema.<br />

(391) GS.- Granizo menudo o nieve granulada.<br />

(392) GUND.- Ondulación geoidal.<br />

(393) H.- Área de alta presión o centro de alta presión.<br />

(394) H24.- Servicio continuo de día y de noche.<br />

(395) HAPI.- Indicador de trayectoria de aproximación para helicópteros.<br />

(396) HBN.- Faro de peligro.<br />

(397) HDF.- Estación radiogonímetrica de alta frecuencia.<br />

(398) HDG.- Rumbo.<br />

(399) HEL.- Helicóptero.<br />

(400) HF.- Altas frecuencias [3,000 a 30,000].<br />

(401) HGT.- Altura o altura sobre.<br />

(402) HJ.- Desde la salida hasta la puesta del sol.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-13 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(403) HL.- Pérdida de altura.<br />

(404) HLDG.- Espera.<br />

(405) HMU.- Monitor de altitud.<br />

(406) HN.- Desde la puesta hasta la salida del sol.<br />

(407) HO Servicio disponible para atender a las necesidades de las operaciones.<br />

(408) HOL.- Vacaciones.<br />

(409) HOSP.- Aeronave hospital.<br />

(410) HR.- Horas.<br />

(411) HS.- Servicio disponible durante las horas de los vuelos regulares.<br />

(412) HT.- Límite de tiempo de revisión o tiempo de duración de una pieza.<br />

(413) HURCN.- Huracán.<br />

(414) HVDF.- Estaciones radiogoniométricas de alta y muy alta frecuencias (situadas en el<br />

mismo lugar).<br />

(415) HVY.- Pesado(a).<br />

(416) HVY.- Fuente (se utiliza para medir la intensidad del fenómeno meteoro-lógico, por<br />

ejemplo, lluvia fuerte = HVY RA).<br />

(417) HX.- Sin horas terminadas de servicio.<br />

(418) HYR.- Más elevado.<br />

(419) HZ.- Calima.<br />

(420) HZ.- Hertzio (ciclo por segundo).<br />

(421) IAC.- Carta de aproximación por instrumentos (seguido del nombre y título).<br />

(422) IACA.- Asociación Internacional de Charters Aéreos.<br />

(423) IAF.- Punto de referencia de aproximación inicial.<br />

(424) IAO.- Dentro y fuera de las nubes.<br />

(425) IAP.- Punto de aproximación inicial.<br />

(426) IAR.- Intersección de rutas aéreas.<br />

(427) IAS.- Velocidad indicada.<br />

(428) IATA.- Asociación del Transporte Aéreo Internacional.<br />

(429) IAWP.- Punto de recorrido de aproximación inicial.<br />

(430) IBN.- Faro de identificación.<br />

(431) IC.- Cristales de hielo (cristales de hielo muy pequeños en suspensión denominados<br />

también polvo brillante).<br />

(432) ICC.- Comunicaciones entre centro.<br />

(433) ICE.- Engelamiento.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-14 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(434) ID.- identificador o identificar.<br />

(435) IDENT.- Identificación.<br />

(436) IF.- Punto de referencia de aproximación intermedia.<br />

(437) IFALPA.- Federación internacional de asociación de pilotos de línea aérea.<br />

(438) IFATCA.- Federación internacional de asociación de controladores de tránsito aéreo.<br />

(439) IFF.- Identificación amigo enemigo.<br />

(440) IGA.- Aviación general Internacional.<br />

(441) IM.- Radiobaliza interna.<br />

(442) IMA.- Ingeniero de mantenimiento de aeronave.<br />

(443) IMAL.- Límite de alarma del monitor de integridad.<br />

(444) IMG.- Inmigración.<br />

(445) IMI.- Signo de interrogación (para utilizar el AFS como señal de procedimiento).<br />

(446) IMPR.- Mejora o mejorando.<br />

(447) IMT.- Inmediato o inmediatamente.<br />

(448) INA.- Aproximación inicial.<br />

(449) INBD.- De entrada de llegada.<br />

(450) INC.- Dentro de nubes.<br />

(451) INCERFA.- Fase de incertidumbre.<br />

(452) INFO.- Información.<br />

(453) INFORME MET.- Informe meteorológico ordinario local (en lenguaje claro y abreviado).<br />

(454) In.Hg.- Pulgadas de mercurio.<br />

(455) INOP.- Fuera de servicio.<br />

(456) INP.- Si no es posible.<br />

(457) INPR.- En marcha.<br />

(458) INSTL.- Instalar o instalado o instalación.<br />

(459) INSTR.- Instrumento (por instrumento).<br />

(460) INT.- Intersección.<br />

(461) INTL.- Internacional.<br />

(462) INTRG.- Interrogador.<br />

(463) INTRP.- Interrumpir o interrupción o interrumpido.<br />

(464) INTSF.- Intensificación o intensificándose.<br />

(465) INTST.- Intensidad.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-15 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(466) IR.- Hielo en la pista.<br />

(467) IRS.- Sistema de referencia inercial.<br />

(468) ISB.- Banda lateral independiente.<br />

(469) ISO.- Organización Internacional de Normalización.<br />

(470) ISOL.- Aislado.<br />

(471) IWP.- Punto de recorrido intermedio.<br />

(472) JAA.- Autoridad Conjunta de Aviación.<br />

(473) JAN.- Enero.<br />

(474) JAR.- Regulaciones Conjuntas de Aviación Civil.<br />

(475) JCT.- Junta de certificación de tipo.<br />

(476) JGS .- Junta General del Sistema.<br />

(477) JRM.- Junta de revisión de mantenimiento.<br />

(478) JTST.- Corriente en chorro.<br />

(479) JUL.- Julio.<br />

(480) JUN.- Junio.<br />

(481) KHZ.- Kilohertz.<br />

(482) KPA.- Kilopascal.<br />

(483) KW.- Kilovatios.<br />

(484) L.- Área de baja presión o centro de baja presión.<br />

(485) L.- Izquierda (identificación de pista).<br />

(486) L.- Radiofaro de localización (véase LM, LO).<br />

(487) LAM.- Acuse de recibo lógico (designador de tipo de mensaje).<br />

(488) LAN.- Tierra adentro.<br />

(489) LAR.- Regulaciones Aeronáuticas Latinoamericanas<br />

(490) LAT.- Latitud.<br />

(491) LDG.- Aterrizaje.<br />

(492) LDI.- Indicador de dirección de aterrizaje.<br />

(493) LEN.- Longitud.<br />

(494) LF.- Baja frecuencia [30 a 300 KHz].<br />

(495) LGT.- Luz o iluminación.<br />

(496) LGTD.- Iluminado.<br />

(497) LIH.- Luz de gran intensidad.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-16 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(498) LIL.- Luz de baja intensidad.<br />

(499) LIM.- Luz de intensidad media.<br />

(500) LLZ.- Localizador.<br />

(501) LM.- Radiofaro de localización intermedia.<br />

(502) LMT.- Hora media local.<br />

(503) LNAV.- Navegación lateral.<br />

(504) LNG.- Larga (utilizada para indicar el tipo de aproximación deseado o requerido).<br />

(505) LO.- Radiofaro de localización exterior.<br />

(506) LOC.- Local o localmente o emplazamiento o situado.<br />

(507) LONG.- Longitud.<br />

(508) LORAN.- Sistema de navegación de larga distancia.<br />

(509) LR.- El último mensaje que recibí fue... (para utilizar en AFS como señal de<br />

procedimiento).<br />

(510) LRG.- De larga distancia.<br />

(511) LS.- El último mensaje que envié fue... o el último mensaje fue... (para utilizar en AFS<br />

como señal de procedimiento.<br />

(512) LSRR.- Radar secundario de vigilancia de largo alcance.<br />

(513) LTD.- Limitado.<br />

(514) LV.- Ligero y variable (con respecto al viento).<br />

(515) LVE.- Abandono o abandonado.<br />

(516) LVL.- Nivel.<br />

(517) LYR.- Capa o en capas.<br />

(518) M.- Indicador de valor mínimo del alcance visual en la pista (se utiliza en las claves<br />

METAR/SPECI).<br />

(519) M.- Número de Mach (seguido de cifras).<br />

(520) MAA.- Altitud máxima autorizada.<br />

(521) MAG.- Magnético.<br />

(522) MAHWP.- Punto de recorrido de viraje de aproximación frustrada.<br />

(523) MAINT.- Mantenimiento.<br />

(524) MAP.- Mapas y cartas aeronáuticas.<br />

(525) MAPT.- Puntos de aproximación frustrada.<br />

(526) MAR.- En el mar.<br />

(527) MAR.- Marzo.<br />

(528) MAS.- Simplex A1 manual.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-17 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(529) MASPS.- Especificación de performance mínima de los sistemas de aeronave.<br />

(530) MATWP.- Punto de recorrido de viraje de aproximación frustrada.<br />

(531) MAWP.- Punto de recorrido de aproximación frustrada.<br />

(532) MAX.- Máximo(a).<br />

(533) MAY.- Mayo.<br />

(534) MBST.- Microrráfaga.<br />

(535) MCA.- Altitud mínima de cruce.<br />

(536) MCW.- Onda continua modulada.<br />

(537) MDF.- Estación radiogoniométrica de frecuencia media.<br />

(538) MEA.- Altura mínima en ruta.<br />

(539) MEHT.- Altura mínima de los ojos del piloto sobre el umbral (para sistemas visuales<br />

indicadores de pendiente de aproximación).<br />

(540) MET.- Meteorológico o meteorología.<br />

(541) METAR.- Informe meteorológico aeronáutico ordinario (en clave meteorológica<br />

aeronáutica).<br />

(542) MF.- Frecuencia media [300 a 3,000 KHz].<br />

(543) MHDF.- Estaciones radiogoniométricas de frecuencias medias, altas y muy altas<br />

(situadas en el mismo lugar).<br />

(544) MHVDF.- Estaciones radiogoniométricas de frecuencias media, alta y muy alta<br />

(situadas en el mismo lugar).<br />

(545) MHz.- Megahertz.<br />

(546) MID.- Punto medio (relativo al RVR).<br />

(547) MIFG.- Niebla baja.<br />

(548) MIL.- Militar.<br />

(549) MIN.- Minutos.<br />

(550) MIS.- Falta... (identificación de la transmisión) (para utilizar en AFS como señal de<br />

procedimiento).<br />

(551) MKR.- Radiobaliza.<br />

(552) MLS.- Sistema de aterrizaje de microondas.<br />

(553) MLS.- Peso de cálculo para el aterrizaje.<br />

(554) MM.- Radiobaliza intermedia.<br />

(555) MNM.- Mínimo(a).<br />

(556) MNT.- Monitor o vigilando o vigilado.<br />

(557) MNTN.- Mantenga.<br />

(558) MOA.- Área de operaciones militares.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-18 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(559) MOC.- Margen mínimo de franqueamiento de obstáculos (necesario).<br />

(560) MOD.- Moderado(a) (utilizada para indicar la intensidad de los fenómenos meteorológicos,<br />

la intensidad de los fenómenos meteorológicos, la interferencia o informes de<br />

estática, por ejemplo MOD = lluvia moderada).<br />

(561) MON.- lunes.<br />

(562) MOPS.- Normas de performance mínima operacional.<br />

(563) MOTNE.- Red de telecomunicaciones meteorológicas para las operaciones en Europa.<br />

(564) MOV.- Desplácese o desplazándose o desplazamiento.<br />

(565) MPS.- Metros por segundo.<br />

(566) MRA.- Altitud mínima de recepción.<br />

(567) MRG.- Alcance medio.<br />

(568) MRP.- Punto de notificación ATS/MET.<br />

(569) MS.- Menos.<br />

(570) MSA.- Altitud mínima de sector.<br />

(571) MSG.- Mensaje.<br />

(572) MSL.- Nivel medio del mar.<br />

(573) MSR#.- Mensaje (identificación de la transmisión) transmitido por vía indebida (para<br />

utilizar en AFS como señal de procedimiento).<br />

(574) MSRR.- Radar secundario de vigilancia de monoimpulso.<br />

(575) MT.- Montaña.<br />

(576) MTU.- Unidades métricas.<br />

(577) MTW.- Ondas orográficas.<br />

(578) MWO.- Oficina de vigilancia meteorológica.<br />

(579) MX.- Tipo mixto de formación de hielo (blanco y cristalino).<br />

(580) N.- Newton. [Anexo 5]<br />

(581) N.- Ninguna tendencia marcada (del RVR durante los 10 minutos previos).<br />

(582) N.- Norte o latitud norte.<br />

(583) NASC.- Centro nacional de sistemas AIS.<br />

(584) NAT.- Atlántico septentrional.<br />

(585) NATSPG.- Grupo sobre planeamiento de sistemas Atlántico Septentrional.<br />

(586) NAV.- Navegación.<br />

(587) NB.- Dirección norte.<br />

(588) MBFR.- No antes de.<br />

(589) NDB.- Radiofaro no direccional.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-19 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(590) NE.- Nordeste.<br />

(591) NEB.-Dirección nordeste.<br />

(592) NEG.- No o negativo o niego permiso o incorrecto.<br />

(593) NGT.- Noche.<br />

(594) NIL.- Nada o no tengo nada que trasmitirle a usted.<br />

(595) NML.- Normal.<br />

(596) NNE.- Nornordeste.<br />

(597) NNW.- Nornoroeste.<br />

(598) NO.- No (negativo) (para utilizar en AFS como señal de procedimiento).<br />

(599) NOF.- Oficina NOTAM internacional.<br />

(600) NOSIG.- Sin ningún cambio importante (se utiliza en los pronósticos de aterrizaje de<br />

tipo “tendencia”).<br />

(601) NOTAM.- Aviso a los aviadores.<br />

(602) NOTAM.- Aviso distribuido por medios de comunicaciones que contiene información<br />

relativa a establecimiento, condición o modificación de cualquier instalación aeronáutica,<br />

servicio, procedimiento o peligro, cuyo conocimiento oportuno es esencial para le personal<br />

encargado de las operaciones de vuelo.<br />

(603) NOV.- Noviembre.<br />

(604) NOZ.- Zona normal de operaciones.<br />

(605) N/P.- Número de parte.<br />

(606) NPA.- Aproximación que no es de precisión.<br />

(607) NR.- Número.<br />

(608) NRH.- No se escucha respuesta.<br />

(609) NS.- Nimbostratus.<br />

(610) NSC.- Sin nubes de importancia.<br />

(611) NSW.- Ningún tiempo significativo.<br />

(612) NTL.- Nacional.<br />

(613) NTZ.- Zona inviolable.<br />

(614) NW.- Noroeste.<br />

(615) NWB.- Dirección noroeste.<br />

(616) NXT.- Siguiente.<br />

(617) OAC.- Centro de control de área oceánica.<br />

(618) OACI.- Organización de Aviación Civil Internacional.<br />

(619) OAS.- Superficie de evaluación de obstáculos.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-20 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(620) OAT.- Tránsito aéreo de operaciones.<br />

(621) OBS.- Observe u observado u observación.<br />

(622) OBSC.- Oscuro u oscurecido u oscureciendo.<br />

(623) OBST.- Obstáculo.<br />

(624) OC.- En condiciones (proceso de mantenimiento).<br />

(625) OCA/Him.- OCA/H para la aproximación final y la aproximación frustrada directa.<br />

(626) OC.- En condiciones (proceso de mantenimiento).<br />

(627) OCC.- Intermitente (luz).<br />

(628) OCNL.- Ocasional u ocasionalmente.<br />

(629) OCT.- Octubre.<br />

(630) OCS.- Superficie de franqueamiento de obstáculos.<br />

(631) OGN.- Empiece (para utilizar en AFS como señal de procedimiento).<br />

(632) OHD.- Por encima.<br />

(633) OIS.- Superficie de Identificación de obstáculos.<br />

(634) OK.- Estamos de acuerdo o está bien (para utilizar en AFS como señal del<br />

procedimiento).<br />

(635) OLDI.- Intercambio directo de datos.<br />

(636) OM.- Radiobaliza exterior.<br />

(637) OPA.- Formación de hielo de tipo blanco, opaco.<br />

(638) OPC.- Control indicado es el control de operaciones.<br />

(639) OPMET.- Información meteorológica relativa a las operaciones.<br />

(640) OPN.- Abrir o abriendo o abierto.<br />

(641) OPR.- Operador (explotador) u operar (explotar) o utilización operacional.<br />

(642) OPS.- Operaciones.<br />

(643) O/R.- A solicitud.<br />

(644) OR.- Requisitos operacionales.<br />

(645) ORD.- Indicación de una orden.<br />

(646) OSI.- Interconexión de sistemas abiertos.<br />

(647) OSV.- Barco de estación oceánica.<br />

(648) OTLK.- Proyección (se utiliza en los mensajes SIGMET para las cenizas volcánicas y<br />

los ciclones tropicales).<br />

(649) OTP.- Sobre nubes.<br />

(650) OTS.- Sistema organizado de derrotas.<br />

(651) OUBD.- Dirección de salida.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-21 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(652) OVC.- Cielo cubierto.<br />

(653) PAC.- Pacífico.<br />

(654) PAE.- Provisiones de actividades específicas.<br />

(655) PALS.- Sistema de iluminación para la aproximación de presión (específica la<br />

categoría).<br />

(656) PANS.- Procedimientos para los servicios de navegación aérea.<br />

(657) PANS-OPS.- Procedimientos para los servicios de navegación aérea – Operación de<br />

aeronaves.<br />

(658) PANS-RAC .- Procedimientos para los servicios de navegación aérea – Reglamento del<br />

aire y servicio de tránsito aéreo.<br />

(659) PAPI.- Indicador de trayectoria de aproximación de precisión.<br />

(660) PAR.- Radar de aproximación de precisión.<br />

(661) PARL.- Paralelo.<br />

(662) PATC.- Carta topográfica para aproximaciones de precisión (seguida de nombre/título).<br />

(663) PAX.- Pasajero(s).<br />

(664) PCD.- Prosiga o prosigo.<br />

(665) PCL.- Iluminación controlada por el piloto.<br />

(666) PDC.- Autorización previa a la salida.<br />

(667) PDG.- Gradiente del procedimiento de diseño.<br />

(668) PER.- Performance.<br />

(669) PERM.- Permanente.<br />

(670) PF.- Puntos Focales.<br />

(671) PHARE.- Programa de investigación sobre la organización armónica del tránsito aéreo<br />

en EUROCONTROL.<br />

(672) PIB.- Boletín de información previa al vuelo.<br />

(673) PJE.- Ejercicios de lanzamiento de paracaídas.<br />

(674) PL.- Gránulos de hielo.<br />

(675) PLA.- Aproximación baja de práctica.<br />

(676) PLN.- Plan de vuelo.<br />

(677) PLVL.- Nivel actual.<br />

(678) PN.- Se requiere aviso previo.<br />

(679) PNR.- Punto de no entorno.<br />

(680) PNUD.- Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.<br />

(681) PO.- Remolino de polvo/arena (remolinos de polvo).<br />

01/08/2004 1-AD 1C-22 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(682) POB.- Personas abordo.<br />

(683) POSS.- Posible.<br />

(684) PPI.- Indicador panorámico.<br />

(685) PPR.- Se requiere permiso previo.<br />

(686) PPSN.- Posición actual.<br />

(687) PRFG.- Aeródromo parcialmente cubierto de niebla.<br />

(688) PRI.- Primario.<br />

(689) PRKG.- Estacionamiento.<br />

(690) PROB.- Probabilidad.<br />

(691) PROC.- Procedimiento.<br />

(692) PROV.- Provisional.<br />

(693) PS.- Más.<br />

(694) PSG.- Pasando por.<br />

(695) PSN.- Posición.<br />

(696) PSP.- Chapa de acero perforada.<br />

(697) PSR.- Radar primario de vigilancia.<br />

(698) PSYS.- Sistema de presión.<br />

(699) PTN.- Viraje reglamentario.<br />

(700) PTS.- Estructura de derrotas polares.<br />

(701) PV.- Previo al vuelo.<br />

(702) PWR.- Potencia.<br />

(703) PY(0).- Probabilidad de superposición lateral para aeronaves que vuelan en la misma<br />

ruta (es decir, sin una planificación de distancia lateral entre aeronaves que vuelan en la<br />

misma ruta).<br />

(704) PZ(1,000).- Probabilidad de superposición vertical para aeronaves con una separación<br />

planificada de 1,000 ft entre niveles de vuelo.<br />

(705) QDL.-¿Piensa usted pedirme una serie de marcaciones? o pienso pedirle una serie de<br />

marcaciones (para utilizar en radiotelegrafía como un código Q).<br />

(706) QDM.- Rumbo magnético (viento nulo).<br />

(707) QDR.- Marcación magnética.<br />

(708) QFE.- Presión atmosférica a la elevación del aeródromo (o en el umbral de la pista).<br />

(709) QFU.- Dirección magnética de la pista.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-23 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(710) QGE.- ¿Cuál es mi distancia a su estación? o su distancia a mi estación es (cifras<br />

de distancia y sistema de unidades) (para utilizar en radiotelegrafía como un código Q).<br />

(711) QJH.- ¿Debo pasar mi cinta de prueba/una frase de prueba? o pase su cinta de<br />

prueba/una frase de prueba (para utilizar en AFS como un código Q).<br />

(712) QNH.- Reglaje de la subescala del altímetro para obtener elevación estando en tierra.<br />

(713) QSP.- ¿Quiere retrasmitir gratuitamente a...? o retransmitiré gratuitamente a... (para<br />

utilizar en AFS como código Q).<br />

(714) QTA.- ¿Debo anular el telegrama núm...? o anule el telegrama núm... (para utilizar en<br />

AFS como un código Q).<br />

(715) QTE.- Marcación verdadera.<br />

(716) QTF.- ¿Quiere indicarme la posición de mi estación con arreglo a las marcaciones<br />

tomadas por las estaciones radiogoniométricas que usted controla? O la posición de su<br />

estación basadas en las marcaciones tomadas por las estaciones radiogoniométricas que<br />

controlo, era latitud, longitud (o cualquier otra indicación de posición), tipo... a... horas<br />

(para utilizar en radiotelegrafía como un código Q).<br />

(717) QUAD .- Cuadrante.<br />

(718) QUJ.-¿Quiere indicarme el rumbo VERDADERO que debe seguir para dirigirse hacia mí<br />

es de... grados a las... (para utilizar en radiotelegrafía como un código Q).<br />

(719) R.- Derecha (identificación de pista).<br />

(720) R.- Indicador del alcance visual en la pista (se utiliza en las claves METAR/SPECI.<br />

(721) R.- Velocidad angular de viraje.<br />

(722) R.- Zona restringida (seguida de la identificación).<br />

(723) R*.- Recibido (acuse de recibo) (para utilizar en AFS como señal de procedimiento).<br />

(724) R.- Rojo.<br />

(725) RA.- Lluvia.<br />

(726) RAC.- Reglamento del aire y servicios de tránsito aéreo.<br />

(727) RAFC.- Centro regional de pronóstico de área.<br />

(728) RAG.- Dispositivo de parada en la pista.<br />

(729) RAI.- Indicador de alineamiento de pista.<br />

(730) RAIM.- Vigilancia autónoma de la integridad en el receptor.<br />

(731) RAP.- Regulaciones Aeronáuticas del Perú.<br />

(732) RASC.- Centro regional del sistema AIS.<br />

(733) RB.- Lancha de salvamento.<br />

(734) RBHA.- Reglamento brasileño de homologación.<br />

(735) RCA.- Alcance de latitud de crucero.<br />

(736) RCC.- Centro coordinador de salvamento.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-24 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(737) RCF.- Falla de radiocomunicaciones (designador de tipo de mensaje).<br />

(738) RCH.- Llega a o llegando a.<br />

(739) RCL.- Eje de pista.<br />

(740) RCLL.- Luces de ejes de pista.<br />

(741) RCLR.- Nueva autorización.<br />

(742) RDH.- Altura de referencia (ILS).<br />

(743) RDL.- Radial.<br />

(744) RDO.- Radio.<br />

(745) RDPS.- Sistema de procesamiento de datos por radar.<br />

(746) RE.- Reciente (utilizado para calificar fenómenos meteorológicos, RERA = lluvia<br />

reciente).<br />

(747) REC.- Recibir o receptor.<br />

(748) REDL.- Luces de bordo de pista.<br />

(749) REF.- Referencia a... o consulte a...<br />

(750) REG.- Matrícula.<br />

(751) RENL.- Luces de extremo de pista.<br />

(752) REP.- Notificar o notificación o puntos de notificación.<br />

(753) REQ.- Solicitar o solicitado.<br />

(754) RERTE.- Cambio de ruta.<br />

(755) RG.- Alineación (luces).<br />

(756) RGCSP.- Grupo de expertos sobre el examen del concepto general de separación.<br />

(757) RHC.- Circuito del lado derecho.<br />

(758) RIF.- Renovación en vuelo de la autorización.<br />

(759) RITE.- Derecha (dirección de viraje).<br />

(760) RL.- Notifique salida de.<br />

(761) RLA.- Retransmisión a.<br />

(762) RLCE.- Solicite cambio de nivel en ruta.<br />

(763) RLLS.- Sistema de iluminación de guía a la pista.<br />

(764) RLNA.- Nivel no solicitado no disponible.<br />

(765) RLRS.- Espaciado lateral reducido entre rutas.<br />

(766) RMA.- Organismo regional de supervisión.<br />

(767) RMA CARSAM.- Agencia de monitoreo para las regiones CAR/SAM<br />

(768) RMK.- Observación.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-25 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(769) RNAV.- Navegación aérea (debe pronunciarse “AR-NAV”).<br />

(770) RNG.- Radiofaro direccional.<br />

(771) ROBEX.- Intercambio de boletines regionales OPMET (sistema).<br />

(772) ROC.- Velocidad ascensional.<br />

(773) ROD.- Velocidad vertical de descenso.<br />

(774) ROFOR.- Pronóstico de ruta (en clave meteorológica aeronáutica).<br />

(775) RON.- Recepción solamente.<br />

(776) RPG.- Grupo regional de planificación.<br />

(777) RPI.- Indicador de posición de radar.<br />

(778) RPL.- Plan de vuelo respectivo.<br />

(779) RPLC.- Reemplazar o reemplazado.<br />

(780) RPM.- Revoluciones por minuto.<br />

(781) RPS.- Símbolo de posición radar.<br />

(782) RPT.- Repita o repito (para utilizar en AFS como señal de procedimiento).<br />

(783) RQ.- Indicación de repetición (para utilizar en AFS como señal de procedimiento.<br />

(784) RQMNTS.- Requisitos.<br />

(785) RQP.- Solicitud de plan de vuelo (designador de tipo de mensaje).<br />

(786) RQS.- Solicitud de plan de vuelo suplementario (designador de tipo de mensaje).<br />

(787) RR.- Notifique llegada a.<br />

(788) RRA.- (o RRB, RRC... etc., en orden) mensaje meteorológico demorado (designador de<br />

tipo de mensaje).<br />

(789) RSC.- Subcentro de salvamento.<br />

(790) RSCD.- Estado de la superficie de la pista.<br />

(791) RSP.- Radio faro respondedor.<br />

(792) RSR.- Radar de vigilancia en la ruta.<br />

(793) RSSE.- Error residual de la toma estática.<br />

(794) RTD.- Demorado (se utiliza para indicar un mensaje meteorológico demorado;<br />

designador de tipo de mensaje).<br />

(795) RTE.- Ruta.<br />

(796) RTF.- Radiotelefonía.<br />

(797) RTG.- Radiotelegrafía.<br />

(798) RTHL.- Luces de umbral de pista.<br />

(799) RTN.- Dé la vuelta o doy la vuelta volviendo a.<br />

(800) RTODAH .- Distancia de despegue interrumpido disponibles para helicópteros.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-26 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(801) RTS.- Nuevamente en servicio.<br />

(802) RTT.- Radioteletipo.<br />

(803) RTZL.- Luces de zona de toma de contacto.<br />

(804) RV.- Banco de salvamento.<br />

(805) RVSM.- Separación vertical mínima reducida de 300m (1,000 ft) entre FL290 y FL 410<br />

inclusive.<br />

(806) RWY.- Pista.<br />

(807) S.- Indicador del estado del mar (se utiliza en las claves METAR/SPECI).<br />

(808) S.- Sur o latitud sur.<br />

(809) SA.- Arena.<br />

(810) SALS.- Sistema sencillo de iluminación de aproximación.<br />

(811) SAM.- Sudamérica.<br />

(812) SAN.- Sanitario.<br />

(813) SAP.- Tan pronto como sea posible.<br />

(814) SAR.- Búsqueda y salvamento.<br />

(815) SARPS.- Normas y métodos recomendados. [OACI].<br />

(816) SAT.- Sábado.<br />

(817) SATCOM.- Comunicaciones por satélite.<br />

(818) SB.- Dirección sur.<br />

(819) SC.- Stratocumulus.<br />

(820) SCT.- Nubes dispersas.<br />

(821) SD.- Desviación característica.<br />

(822) SDB.- Base de datos nacional.<br />

(823) SDBY.- Estar a la escucha o reserva.<br />

(824) SE.- Sudeste.<br />

(825) SEA.- Mar (utilizada en relación con la temperatura de la superficie del mar y el estado<br />

del mar).<br />

(826) SEB.- Dirección sudeste.<br />

(827) SEC.- Segundos.<br />

(828) SECN.- Sección.<br />

(829) SECT.- Sector.<br />

(830) SELCAL.- Sistema de llamada selectiva.<br />

(831) SEP.- Setiembre.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-27 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(832) SEV.- Fuerte (utilizado en los informes para calificar la formación del hielo y<br />

turbulencias).<br />

(833) SFC.- Superficie.<br />

(834) SG.- Cinarra.<br />

(835) SGL.- Señal.<br />

(836) SH.- Chaparrones (seguida de RA = lluvia, SN = nieve, PE = hielo granulado,<br />

GR = granizo, GS = granizo menudo, combinaciones, por ejemplo:<br />

SHRASN = chaparrones de lluvias y nieve).<br />

(837) SHF.- Frecuencia supra-alta de [3,000 a 30,000 MHZ].<br />

(838) SI.- Sistema internacional de unidades.<br />

(839) SID.- Salida normalizada por instrumentos.<br />

(840) SIDS.- Sistema de informes de dificultades y servicios.<br />

(841) SIF.- Dispositivo selectivo de identificación.<br />

(842) SIG.- Significado.<br />

(843) SIGMET.- Información relativa a fenómenos meteorológicos en ruta que puedan afectar<br />

la seguridad de las operaciones de las aeronaves.<br />

(844) SIMUL.- Simultaneo o simultáneamente.<br />

(845) SITA.- Sociedad Internacional de Telecomunicaciones.<br />

(846) SIWL.- Simple aislada.<br />

(847) SKC.- Cielo despejado.<br />

(848) SKED.- Horario o sujeto a horario o regular.<br />

(849) SLP.- Punto de limitación de velocidad.<br />

(850) SLW.- Despacio.<br />

(851) SMC.- Control de la circulación de la superficie.<br />

(852) SMR.- Radal de movimiento en la superficie.<br />

(853) SN.- Nieve.<br />

(854) SNOCLO .- Indicador de aeródromo cerrado debido a nieve en la pista (se utiliza en las<br />

claves METAR/SPECI).<br />

(855) SNOWTAM.- Serie de NOTAM que notifica la presencia o eliminación de condiciones<br />

peligrosas debido a nieve, nieve fundente, hielo o agua en el área de movimiento por<br />

medio de un formato concreto.<br />

(856) SOC.- Comienzo del ascenso.<br />

(857) SPECI.- Informe meteorológico aeronáutico especial seleccionado (en clave<br />

meteorológica aeronáutica).<br />

(858) SPECIAL.- Informe meteorológico especial (en lenguaje claro y abreviado).<br />

(859) SPL.- Plan de vuelo suplementario (designador de tipo de mensaje).<br />

01/08/2004 1-AD 1C-28 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(860) SPOC.- Punto de contacto SAR.<br />

(861) SPOT.- Viento instantáneo.<br />

(862) SQ.- Turbonada.<br />

(863) SQL.- Línea de turbonada.<br />

(864) SR.- Salida del sol.<br />

(865) SRA.- Aproximación de radar de vigilancia.<br />

(866) SRD.- Salida normalizada por radar.<br />

(867) SRE.- Radar de vigilancia que forma parte del sistema del radar para aproximación de<br />

precisión.<br />

(868) SRG.- De corta distancia.<br />

(869) SRR.- Región de búsqueda y salvamento.<br />

(870) SRVSOP.- Sistema Regional para la Vigilancia de la Seguridad Operacional.<br />

(871) SRY.- Secundario.<br />

(872) SS.- Puesta del sol.<br />

(873) SS.- Tempestad de arena.<br />

(874) SSB.- Banda lateral única.<br />

(875) SSE.- Sudsudeste.<br />

(876) SSE.- Error de la fuente de presión estática.<br />

(877) SSEC.- Corrección del error de la toma estática.<br />

(878) SSR.- Radar secundario de vigilancia.<br />

(879) SST.- Avión supersónico de transporte.<br />

(880) SSW.- Sudsudoste.<br />

(881) ST.- Tolerancia de cálculo al sistema.<br />

(882) ST.- Stratus.<br />

(883) STA.- Aproximación directa.<br />

(884) STAR.- Llegada normalizada por instrumentos.<br />

(885) STD.- Normal o estándar.<br />

(886) STF.- Estratiforme.<br />

(887) STN.- Estación.<br />

(888) STNR.- Estacionario.<br />

(889) STOL.- Despegue y aterrizaje cortos.<br />

(890) STS.- Estado.<br />

(891) STWL.- Luces de zona de parada.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-29 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(892) SUBJ.- Sujeto a.<br />

(893) SUN.- Domingo.<br />

(894) SUP.- Suplemento (Suplemento AIP).<br />

(895) SUPPS.- Procedimientos suplementarios regionales.<br />

(896) SVC.- Mensaje de servicio.<br />

(897) SVCBL.- En condiciones de servicio.<br />

(898) SW.- Sudoeste.<br />

(899) SWB.- Dirección sudoeste.<br />

(900) SWY.- Zona de parada.<br />

(901) T.- Temperatura.<br />

(902) TA.- Altitud de transición.<br />

(903) TACAN.- Sistema TACAN.<br />

(904) TAF.- Pronóstico de aeródromo.<br />

(905) TAIL.- Viento de cola.<br />

(906) TAR.- Radar de vigilancia de área terminal.<br />

(907) TAX.- Rodaje.<br />

(908) TC.- Ciclón tropical.<br />

(909) TCAC.- Centro de avisos de ciclones tropicales.<br />

(910) TCAS.- Sistema anticolisión de alerta de tránsito.<br />

(911) TCS.- Certificado de tipo suplementario.<br />

(912) TCU.- Cúmulos acastillados.<br />

(913) TDO.- Tornado.<br />

(914) TDR.- Tiempo desde revisión.<br />

(915) TDZ.- Zona de toma de contacto.<br />

(916) TECR.- Motivos técnicos.<br />

(917) TEL.- Teléfono.<br />

(918) TEMPO.- Temporal o temporalmente.<br />

(919) TEND.- Pronóstico de tipo de tendencia.<br />

(920) TER.- Tiempo entre revisiones.<br />

(921) TFC.- Tráfico.<br />

(922) TGL.- Aterrizaje y despegue inmediato.<br />

(923) TGS.- Sistema de guía para el rodaje.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-30 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(924) TGT.- Temperatura de gas de turbina.<br />

(925) THR.- Umbral.<br />

(926) THRU.- Por entre, por mediación de.<br />

(927) THU.- Jueves.<br />

(928) TIBA.- Radiodifusión en vuelo de información sobre el tránsito aéreo.<br />

(929) TIL.- Hasta.<br />

(930) TIP.- Hasta pasar... (lugar)<br />

(931) TKOF.- Despegue.<br />

(932) TL.- Hasta (seguido de la hora a la que se pronostica que terminará el cambio<br />

meteorológico).<br />

(933) TLS.- Nivel deseado de seguridad.<br />

(934) TMA.- Área de control terminal.<br />

(935) TN.- Indicador de la temperatura mínima (se utiliza en la clave TAF).<br />

(936) TNA.- Altitud de viraje.<br />

(937) TNH.- Altura de viraje.<br />

(938) TO.- A... (lugar).<br />

(939) TOC.- Cima de la subida.<br />

(940) TOM.- Masa de despegue.<br />

(941) TOP.- Cima de nubes.<br />

(942) TP.- Punto de viraje.<br />

(943) TR.- Derrota.<br />

(944) TRA.- Espacio aéreo temporal reservado.<br />

(945) TRANS.- Transmitir o transmisor.<br />

(946) TRL.- Nivel de transición.<br />

(947) TROP.- Tropopausa.<br />

(948) TS.- Tormenta (en los informes y pronósticos de aeródromo, cuando se utiliza la<br />

abreviatura TS sola significa que se oyen truenos pero no se observa ninguna<br />

precipitación en el aeródromo).<br />

(949) TS.- Tormenta (seguida de RA = lluvia, SN = nieve, PE = hielo granulado,<br />

GR = granizo, GS = granizo menudo, o combinaciones, por ejemplo:<br />

TRSASN = tormenta con lluvia y nieve).<br />

(950) TT.- Teletipo.<br />

(951) TTT.- Técnica de trazado con plantillas.<br />

(952) TUE.- Martes.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-31 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(953) T-VASIS.- (Debe pronunciarse “TI-VASIS”) Sistema visual indicador de pendiente de<br />

aproximación en T.<br />

(954) TVE.- Error vertical total.<br />

(955) TVOR.- VOR terminal.<br />

(956) TWR.- Torre de control de aeródromo o control de aeródromo.<br />

(957) TWY.- Calle de rodaje.<br />

(958) TX.- Indicador de temperatura máxima (se utiliza en la clave TAF).<br />

(959) TXT.- Texto [cuando se usa esta abreviatura para pedir repetición, el signo de<br />

interrogación (IMI) precede a la abreviatura, por ejemplo, IMI TXT] (para utilizar en AFS<br />

como señal de procedimiento).<br />

(960) TYP.- Tipo de aeronave.<br />

(961) TYPH.- Tifón.<br />

(962) U.- En aumento tendencia del RVR durante los 10 minutos previos).<br />

(963) UAB.- Hasta ser notificado por...<br />

(964) UAC.- Centro de control de área superior.<br />

(965) UAR.- Ruta aérea superior.<br />

(966) UDF.- Estación radiogoniométrica de frecuencia ultraalta.<br />

(967) UFN.- Hasta nuevo aviso.<br />

(968) UHDT.- Imposibilidad de ascender por causa del tránsito.<br />

(969) UHF.- Frecuencia ultra alta [300 a 3,000 MHz].<br />

(970) UIC.- Centro de región superior de información de vuelo.<br />

(971) UIR.- Región superior de información de vuelo.<br />

(972) ULR.- Radio de acción excepcionalmente grande.<br />

(973) UNA.- Imposible.<br />

(974) UNAP.- Imposible conceder aprobación.<br />

(975) UNL.- Ilimitado.<br />

(976) UNREL.- Inseguro no fiable.<br />

(977) U/S.- Inutilizable.<br />

(978) UTA.- Área superior de control.<br />

(979) UTC.- Tiempo universal coordinado.<br />

(980) V.- Indicador de variaciones respecto a la dirección media del viento (se utiliza en las<br />

claves METAR/SPECI).<br />

(981) VA .- Cenizas volcánicas.<br />

(982) VAAC.- Centro de avisos de cenizas volcánicas.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-32 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(983) VAC.- Carta de aproximación visual (seguida del nombre/título).<br />

(984) VAL.- En los valles.<br />

(985) VAR.- Declinación magnética.<br />

(986) VAR.- Radiofaro direccional audiovisual.<br />

(987) VASIS.- Sistemas visual indicador de pendiente de aproximación.<br />

(988) VB.- Velocidad de diseño para máxima intensidad de ráfaga.<br />

(989) VC.- Circuito virtual.<br />

(990) VC.- Inmediaciones del aeródromo (seguida de FG = niebla, FC = tromba,<br />

SH = chaparrones, PO = remolinos de polvo o arena, BLDU = ventisca alta de polvo,<br />

BLSA = ventisca alta de arena o BLSH = ventisca alta de nieve, por ejemplo VC FG =<br />

niebla de inmediaciones).<br />

(991) VCY.- Inmediaciones.<br />

(992) VD.- Velocidad de picada de diseño.<br />

(993) VDF.- Estación radiogoniométrica VHF.<br />

(994) VER.- Vertical.<br />

(995) VF.- Significa velocidad de flaps de diseño.<br />

(996) VHF.- Muy alta frecuencias [30 a 300 MHz].<br />

(997) VIP.- Persona muy importante.<br />

(998) VIS.- Visibilidad.<br />

(999) VLE.- Velocidad máxima con tren de aterrizaje extendido.<br />

(1000) VLF.- Muy baja frecuencias [3 a 30 MHz].<br />

(1001) VLO.- Velocidad máxima de operación con tren de aterrizaje extendido.<br />

(1002) VLR.- De muy larga distancia.<br />

(1003) VMO.- Límite de velocidad máxima operacional.<br />

(1004) VOLMET.- Información meteorológica de vuelo visual.<br />

(1005) VORTAC.- VOR y TACAN combinados.<br />

(1006) VOT.- Instalación de pruebas del equipo VOR de a bordo.<br />

(1007) VRB.- Variable.<br />

(1008) VSA.- Por referencia visual al terreno.<br />

(1009) VSP.- Velocidad vertical.<br />

(1010) VTOSS .- Velocidad mínima a la cual puede lograrse el ascenso con el grupo motor<br />

crítico fuera de funcionamiento, con los demás grupos motores en funcionamiento dentro<br />

de los límites operacionales aprobados para helicópteros.<br />

Nota.- La velocidad citada anteriormente puede medirse por instrumentos o bien lograrse mediante un procedimiento<br />

indicado en el manual de vuelo.<br />

01/08/2004 1-AD 1C-33 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(1011) VV.- Visibilidad vertical (utilizada en las claves METAR/SPECI y TAF).<br />

(1012) Vy.- Velocidad correspondiente al régimen de ascenso óptimo en helicóptero.<br />

(1013) W.- Blanco.<br />

(1014) W.- Indicador de la temperatura de la superficie del mar (se utiliza en las claves<br />

METAR/SPECI).<br />

(1015) W.- Oeste o longitud oeste.<br />

(1016) XTT.- Tolerancia perpendicular a la derrota.<br />

(1017) WAC.- Carta aeronáutica mundial OACI 1:1’000,000 (seguido del nombre/título).<br />

(1018) WAFS.- Sistema mundial de pronóstico de área.<br />

(1019) WATRS.- Sistema de rutas del Atlántico Occidental.<br />

(1020) WB.- Dirección oeste.<br />

(1021) WBAR.- Luces de barra de ala.<br />

(1022) WDI.- Indicador de la dirección del viento.<br />

(1023) WDSPR.- Extenso.<br />

(1024) WED.- Miércoles.<br />

(1025) WEF.- Con efecto a partir de.<br />

(1026) WGS Sistema geodésico mundial.<br />

(1027) WGS-84.- Sistema geodésico mundial – 1984.<br />

(1028) WI.- Dentro de o dentro de un margen de...<br />

(1029) WID.- Anchura.<br />

(1030) WIE.- Con efecto inmediato.<br />

(1031) WILCO.- Cumpliré.<br />

(1032) WIND.- Viento.<br />

(1033) WINTEM.- Pronósticos aeronáuticos de vientos y temperaturas en altitud.<br />

(1034) WNW.- Oestenoroeste.<br />

(1035) WO.- Sin.<br />

(1036) WPT.- Punto de recorrido.<br />

(1037) WRNG.- Aviso.<br />

(1038) WS.- Cizalladura del viento.<br />

(1039) WSPD.- Velocidad del viento.<br />

(1040) WSW.- Oestesudoeste.<br />

(1041) WT.- Peso.<br />

(1042) WWW.- Worldwide web (red mundial).<br />

01/08/2004 1-AD 1C-34 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(1043) WX.- Condiciones meteorológicas.<br />

(1044) X.- Cruce.<br />

(1045) XBAR.- Barra transversal (de sistema de iluminación de aproximación).<br />

(1046) XNG.- Cruzado.<br />

(1047) XS.- Atmosférico.<br />

(1048) XTT.- Tolerancia perpendicular a la derrota.<br />

(1049) Y.- Amarillo.<br />

(1050) YCZ.- Zona amarilla de precaución (iluminación de pistas).<br />

(1051) YES.- Sí (afirmativo) (para utilizar en AFS como señal de procedimiento).<br />

(1052) YR.- Su (de usted).<br />

(1053) Z.- Tiempo universal coordinado (en mensajes meteorológicos).<br />

01/08/2004 1-AD 1C-35 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Subparte D: Símbolos<br />

1.9 Símbolos<br />

(a) Los símbolos y términos enumerados a<br />

continuación tienen en esta Subparte los<br />

significados siguientes:<br />

º Grados.<br />

= Igual.<br />

´ Minuto de arco.<br />

μ Coeficiente de rozamiento.<br />

> Mayor que.<br />

< Menor que.<br />

% Porcentaje.<br />

± Más o menos.<br />

CO Monóxido de carbono.<br />

Dp La masa de todo gas<br />

contaminante emitido durante el<br />

ciclo de referencia de aterrizaje y<br />

despegue para las emisiones.<br />

Fn<br />

Empuje en la atmósfera tipo<br />

internacional (ISA), en<br />

condiciones<br />

al nivel del mar,<br />

correspondiente a determinada<br />

modalidad de utilización.<br />

Foo Potencia nominal (véase<br />

definición).<br />

F*oo Potencia nominal con<br />

postcombustión.<br />

HC Hidrocarburos sin quemar<br />

(véase definición).<br />

NO Óxido nítrico.<br />

NO2 Bióxido de nitrógeno.<br />

01/08/2004 1-D-1 REVISION: ORIGINAL<br />

NOx<br />

Óxidos de nitrógeno.<br />

SN Índice de humo.<br />

Vso Velocidad de pérdida o<br />

velocidad mínima de vuelo<br />

uniforme en configuración de<br />

aterrizaje.<br />

Vs1 Velocidad de pérdida o<br />

velocidad mínima de vuelo<br />

uniforme.<br />

πoo Relación de presión de<br />

referencia (véase definición).<br />

% Por ciento.<br />

Intencionalmente en blanco


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Adjunto 1-D<br />

Símbolos<br />

(a) Los símbolos y términos enumerados a continuación tienen en este Adjunto los significados<br />

siguientes:<br />

(1) Atmósfera<br />

(i) ISA Atmósfera tipo internacional.<br />

(ii) T Temperatura del aire ambiente.<br />

(iii) p Presión del aire ambiente.<br />

(iv) ρ Densidad del aire ambiente.<br />

(v) Θ T/To<br />

(vi) Ơ P/Po<br />

(vii) σ σ / σ o (o también ơ / Θ)<br />

(2) Indicadores del motor<br />

(i) EIS Reglaje del indicador del motor.<br />

(ii) EPR Relación de presión del motor.<br />

(iii) EPD Diferencia de presión del motor.<br />

(3) Índices<br />

(i) L Directividad del recorrido de despegue.<br />

(ii) T Viraje del avión.<br />

(iii) r Condiciones de referencia.<br />

(iv) g Recorrido de despegue de aproximación.<br />

(v) AP Aproximación.<br />

(vi) CL Ascenso.<br />

(vii) FR Repliegue de los flaps de despegue.<br />

(viii) TO Despegue.<br />

(ix) TAS Velocidad aerodinámica verdadera.<br />

(x) EAS Velocidad aerodinámica equivalente.<br />

(4) Magnitudes matemáticas y algebraicas<br />

(i) Log Logaritmo de base 10.<br />

(ii) Δ Cambio de valor o corrección de una cantidad (según el contexto).<br />

(iii) d Distancia perpendicular desde un punto de observación a la trayectoria<br />

de vuelo (distancia oblicua).<br />

(iv) þ Distancia perpendicular desde un punto de observación a la derrota en<br />

tierra.<br />

01/08/2004 1-AD 1D-1 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(v) β Ángulo de elevación desde un punto de observación a un punto de la<br />

trayectoria de vuelo.<br />

(vi) S Desviación normal.<br />

(vii) r Distancia radial.<br />

(viii) Φ Ángulo formado por la derrota del avión y un radial que pase por un<br />

punto de observación.<br />

(ix) Ψ Ángulo de viraje de la derrota del avión.<br />

(5) Parámetros de empuje relacionados con el ruido del motor<br />

(i) Eξ Constante empuje/ruido.<br />

(ii) Fξ Coeficiente de velocidad de vuelo.<br />

(iii) Gξ Coeficiente de altitud.<br />

(iv) Hξ Coeficiente de temperatura.<br />

(v) CM1<br />

(vi) Av<br />

(vii) Bv<br />

(viii) Cv<br />

Coeficiente del número de Mach de rotación del extremo de la hélice.<br />

Constante de ruido.<br />

Coeficiente de empuje.<br />

Coeficiente velocidad altitud.<br />

(ix) Y Eficiente de segundo orden de la velocidad de motor.<br />

(x) ξ Puede representar los parámetros X N / ơ, N√ Θ,SHP/ơ√ Θ ó Np.<br />

(xi) Δξ Variación de ξ debida a la diferencia de temperatura; puede<br />

representar ΔX N/ ơ ó ΔSHP/ ơ√ Θ.<br />

(xii) M1<br />

Número de Mach de rotación del extremo de la hélice.<br />

(xiii) N Velocidad del rotor de baja presión o de la soplante.<br />

(xiv) Np<br />

Velocidad de rotación de la hélice.<br />

(xv) SHP Potencia en el árbol del motor.<br />

(xvi) v Puede representar los parámetros N/√Θ; SHP/ơ√Θ ó EIS.<br />

(6) Performance del avión<br />

(i) p Coeficiente de despegue.<br />

(ii) Q Coeficiente de velocidad de vuelo.<br />

(iii) R Coeficiente de ascenso/descenso.<br />

(iv) XN Empuje neto con todos los motores.<br />

(v)<br />

X<br />

Empuje neto promediado en un tramo de la trayectoria de vuelo.<br />

(vi) γ Ángulo de ascenso.<br />

(vii) RC Velocidad vertical de ascenso.<br />

(viii) W Peso del avión.<br />

(ix) M Masa del avión.<br />

01/08/2004 1-AD 1D-2 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

(x) V Velocidad del avión.<br />

(xi)<br />

V<br />

Velocidad del avión promediada en un tramo de la trayectoria de vuelo.<br />

(xii) vw Velocidad del viento (componente positivo del viento de frente).<br />

(xiii) f Factor de aceleración.<br />

(xiv) fw Factor viento.<br />

(xv) s Distancia horizontal sobre un tramo de la trayectoria de vuelo.<br />

(xvi) h Altura del avión.<br />

(xvii) g Aceleración de la gravedad.<br />

(xviii) hp Altitud de presión.<br />

(7) Ruido<br />

(i) LA<br />

(ii) LAmáx<br />

(iii) LAE<br />

Nivel de presión acústica de ponderación A.<br />

Valor máximo de LA.<br />

Nivel de exposición al ruido.<br />

(iv) L LAmáx ó LAE, en las condiciones precisadas por medio de índices.<br />

(v) Lp<br />

(vi) p Presión acústica.<br />

(vii) t Tiempo.<br />

Nivel de presión acústica en una banda de 1/3 de octava.<br />

(viii) G (þ) Atenuación lateral por encima del terreno.<br />

(ix) Λ(β) Atenuación lateral aire - tierra.<br />

01/08/2004 1-AD 1D-3 REVISION: ORIGINAL


RAB 1 Definiciones, acrónimos y símbolos<br />

Ude<br />

VA<br />

Vbmin<br />

Velocidad límite de cálculo de una ráfaga correspondiente a cada altitud.<br />

Velocidad de cálculo para las maniobras.<br />

“VB” Velocidad de cálculo para la ráfaga de máxima intensidad.<br />

VC Velocidad de cálculo para vuelo de crucero.<br />

VD Velocidad de cálculo para el picado.<br />

VF Velocidad de cálculo con flaps.<br />

VFI Velocidad de cálculo con flaps para procedimientos de vuelo.<br />

VI Velocidad de decisión.<br />

V2 Velocidad de despegue con margen mínimo de seguridad.<br />

V2min Velocidad de despegue con margen de seguridad (véase 6.2.3).<br />

VLOF Velocidad en el punto de despegue.<br />

VMCA Velocidad mínima con dominio del avión en vuelo.<br />

VMCG Velocidad mínima con dominio del avión en tierra.<br />

VMCL Velocidad mínima con dominio del avión durante la aproximación para<br />

aterrizar con todos los motores en funcionamiento.<br />

VMCL-1 Velocidad mínima con dominio del avión durante la aproximación para<br />

aterrizar con el motor crítico inactivo.<br />

VMCL-2<br />

Velocidad mínima con dominio del avión durante la aproximación para<br />

aterrizar con dos motores críticos inactivos.<br />

VMU Velocidad mínima de despegue.<br />

VR Velocidad de encabritamiento inicial (véase 6.2.6).<br />

VREF Velocidad de referencia para la aproximación al aterrizaje con todos los<br />

motores en funcionamiento.<br />

VREF-I Velocidad de referencia para la aproximación al aterrizaje con un motor<br />

inactivo.<br />

Vs La velocidad mínima calibrada en vuelo durante maniobras normales de<br />

entrada en pérdida.<br />

VSlg<br />

VTMD<br />

Vtmax<br />

La velocidad de pérdida en el límite de 19.<br />

Velocidad mínima de-mostrada sobre el umbral.<br />

Velocidad máxima sobre el umbral.<br />

Vtmin Velocidad mínima sobre el umbral.<br />

W/ξ El peso de la aeronave W, dividido por la relación de presiones atmosféricas.<br />

01/08/2004 1-AD 1D-4 REVISION: ORIGINAL

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