TRD_VADO GRANDE
TRD_VADO GRANDE TRD_VADO GRANDE
4.1 Modalidad de Selección Procedimiento Clásico 4.2 Sistema de Contratación Precios Unitarios 4.3 Modalidad de Contratación No corresponde CAPITULO IV ASPECTOS GENERALES DEL SERVICIO Y SU CONTRATACIÓN 4.4 Adelantos El contratista podrá solicitar hasta el 30% de adelanto directo del monto total del contrato. Las valorizaciones mensuales se pagarán de acuerdo a lo indicado en los presentes Términos de Referencia para cada uno de los tramos. 4.5 Forma de pago y reajustes - La forma de pago específica ha sido descrita en cada Sub Capítulo del Capítulo II. - Para efectos de pago, todas las partidas indicadas en el cuadro anterior serán reajustadas mediante las siguientes Formulas de Reajuste: CONSERVACION PERIODICA ⎛ AFCr ⎞ ⎛ MOr ⎞ ⎛ EIr ⎞ ⎛ IPCr ⎞ ⎛ ENr ⎞ ⎛ ASFr ⎞ K = 0. 084 × ⎜ ⎟ + 0. 061× ⎜ ⎟ + 0. 106× ⎜ ⎟ + 0. 172 × ⎜ ⎟ + 0. 183× ⎜ ⎟ + 0. 394 × ⎜ ⎟ ⎝ AFCo ⎠ ⎝ MOo ⎠ ⎝ EIo ⎠ ⎝ IPCo ⎠ ⎝ ENo ⎠ ⎝ ASFo ⎠ CONSERVACION PERIODICA Monomio Incidencia Índice Descripción 52.381 09 Alcantarilla Metálica 0.084 AFC 14.286 21 Cemento Portland Tipo I 33.333 32 Flete Terrestre K = 0.061 MO 100.00 47 Mano de Obra 0.106 EI 100.00 49 Maquinaria y Equipo Importado 0.172 IPC 100.00 39 Índice General de Precios al Consumidor 0.183 EN 100.00 48 Maquinaria y Equipo Nacional 0.394 ASF 100.00 13 Asfalto Página 96 de 139 OPE - 2012
CONSERVACION RUTINARIA ⎛ HMr ⎞ ⎛ ENAr ⎞ ⎛ EIr ⎞ ⎛ IPCr ⎞ K = 0 . 122× ⎜ ⎟ + 0. 394× ⎜ ⎟ + 0. 198× ⎜ ⎟ + 0. 286× ⎜ ⎟ ⎝ HMo ⎠ ⎝ ENAo ⎠ ⎝ EIo ⎠ ⎝ IPCo ⎠ K= Monomio Incidencia Índice Descripción 0.122 HMO 4.098 95.902 37 47 Herramientas Manuales Mano de obra inc. Leyes sociales 91.117 48 Maquinaria y Equipo Nacional 0.394 ENA 4.569 13 Asfalto 4.315 32 Flete Terrestre 0.198 EI 100.00 49 Maquinaria y equipo Importado 0.286IPC 100.00 39 Índice General Consumidor de Precios al Atendiendo a que la naturaleza de la contratación es por resultados o niveles de servicio y con transferencia de riesgos al Contratista, las presentes fórmulas de reajuste se aplican a las soluciones e intervenciones aprobadas en el Programa de Gestión Vial 4.6 Nota sobre las fórmulas de reajuste.- - De acuerdo con el artículo 49° de la Ley de Contrataciones del Estado, el establecimiento de fórmulas de reajuste es facultativo - La misma norma precisa que en los contratos de ejecución periódica de servicios el reajuste se hará de conformidad con el Índice de Precios al Consumidor establecidos por el INEI. - El Índice de Precios al Consumidor no contempla los insumos y recursos que se emplean en la conservación rutinaria y periódica por niveles de servicio; por lo que es necesario mantener un equilibrio contractual permanente - El Índice Unificado de Precios de la Construcción IUPC aplicable será el del mes del servicio. - La fórmula de reajuste para conservación rutinaria, se aplicará para las actividades de: conservación rutinaria, relevamiento de información, atención de emergencias viales, control de pesos, identificación del derecho de vía, demarcación del derecho de vía. 4.7 Aprobación del servicio Mensual - El contrato será controlado por niveles de servicio, los cuales están claramente indicados en los presentes Términos de Referencia para cada uno de los tramos. La aprobación del servicio será emitida al final de cada período mensual por el supervisor, adjuntado las planillas con los resultados de los controles de niveles de servicio indicados en los presentes términos de referencia. 4.8 Conformidad de Servicio Final La conformidad del servicio final se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; y de manera específica, la conformidad será emitida por el funcionario responsable del área usuaria previo informe de aprobación de la supervisión y administrador de contrato. Página 97 de 139 OPE - 2012
- Page 45 and 46: Niveles de Servicio Variable Indica
- Page 47 and 48: SUB CAPÍTULO 4 Tramo: Pacaibamba -
- Page 49 and 50: 4.3 Conservación Rutinaria en vía
- Page 51 and 52: Planilla de relevamiento y cálculo
- Page 53 and 54: Niveles de Servicio Variable Indica
- Page 55 and 56: Procedimiento para el cálculo del
- Page 57 and 58: Las cantidades y metrados indicados
- Page 59 and 60: Niveles de Servicio Variable Indica
- Page 61 and 62: 5.4 Conservación Rutinaria en Pavi
- Page 63 and 64: Nota: a) No se admiten socavaciones
- Page 65 and 66: SUB CAPITULO 6 Tramo: San Jose El A
- Page 67 and 68: 6.3 Conservación Rutinaria en vía
- Page 69 and 70: Planilla de relevamiento y cálculo
- Page 71 and 72: Niveles de Servicio Variable Indica
- Page 73 and 74: Procedimiento para el cálculo del
- Page 75 and 76: Las cantidades y metrados indicados
- Page 77 and 78: Niveles de Servicio Variable Indica
- Page 79 and 80: Actividades comprendidas / Base de
- Page 81 and 82: Nota: a) No se admiten socavaciones
- Page 83 and 84: SUB CAPITULO 8 Tramo Socchobamba -
- Page 85 and 86: 8.3 Conservación Rutinaria en vía
- Page 87 and 88: Planilla de relevamiento y cálculo
- Page 89 and 90: Niveles de Servicio Variable Indica
- Page 91 and 92: Procedimiento para el cálculo del
- Page 93 and 94: 2. La acreditación de experiencia
- Page 95: 3.3 Notas sobre los recursos humano
- Page 99 and 100: CARRETERAS ASFALTADAS, SOLUCION BAS
- Page 101 and 102: 4.13 Mejoras admisibles para el Ser
- Page 103 and 104: m) Resultados en materia socio econ
- Page 105 and 106: 4.18- Funciones del Residente de Co
- Page 107 and 108: Concepto Penalidad por incumplimien
- Page 109 and 110: Inventarios viales e información t
- Page 111 and 112: CAPÍTULO VI DETALLE DEL SERVICIO "
- Page 113 and 114: DETALLE DE GASTOS GENERALES "SERVIC
- Page 115 and 116: CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS - El cron
- Page 117 and 118: APARTADO I PROCEDIMIENTO PARA LA SU
- Page 119 and 120: En caso se propongan cambios al PGV
- Page 121 and 122: 3.5 Recepción y pago de los trabaj
- Page 123 and 124: APARTADO II PROCEDIMIENTO PARA LA A
- Page 125 and 126: IV. ACTIVIDAD POSTERIOR A LA EMERGE
- Page 127 and 128: ANEXO I ANEXO CONTROL DE PESOS VEHI
- Page 129 and 130: Modo de pesaje Estático y Dinámic
- Page 131 and 132: - Anchura de carro: 80 columnas Int
- Page 133 and 134: Exceso de pesos por ejes simples, d
- Page 135 and 136: - Dist. eje 11 a eje 12 - Peso eje
- Page 137 and 138: ANEXO II IDENTIFICACION DE PREDIOS
- Page 139: 5.4 MONITOREO Y EVALUACIÓN DEL EST
CONSERVACION RUTINARIA<br />
⎛ HMr ⎞ ⎛ ENAr ⎞ ⎛ EIr ⎞ ⎛ IPCr ⎞<br />
K = 0 . 122×<br />
⎜ ⎟ + 0.<br />
394×<br />
⎜ ⎟ + 0.<br />
198×<br />
⎜ ⎟ + 0.<br />
286×<br />
⎜ ⎟<br />
⎝ HMo ⎠ ⎝ ENAo ⎠ ⎝ EIo ⎠ ⎝ IPCo ⎠<br />
K=<br />
Monomio Incidencia Índice Descripción<br />
0.122 HMO<br />
4.098<br />
95.902<br />
37<br />
47<br />
Herramientas Manuales<br />
Mano de obra inc. Leyes sociales<br />
91.117 48 Maquinaria y Equipo Nacional<br />
0.394 ENA 4.569 13 Asfalto<br />
4.315 32 Flete Terrestre<br />
0.198 EI 100.00 49 Maquinaria y equipo Importado<br />
0.286IPC 100.00<br />
39 Índice General<br />
Consumidor<br />
de Precios al<br />
Atendiendo a que la naturaleza de la contratación es por resultados o niveles de servicio<br />
y con transferencia de riesgos al Contratista, las presentes fórmulas de reajuste se<br />
aplican a las soluciones e intervenciones aprobadas en el Programa de Gestión Vial<br />
4.6 Nota sobre las fórmulas de reajuste.-<br />
- De acuerdo con el artículo 49° de la Ley de Contrataciones del Estado, el establecimiento<br />
de fórmulas de reajuste es facultativo<br />
- La misma norma precisa que en los contratos de ejecución periódica de servicios el<br />
reajuste se hará de conformidad con el Índice de Precios al Consumidor establecidos por<br />
el INEI.<br />
- El Índice de Precios al Consumidor no contempla los insumos y recursos que se emplean<br />
en la conservación rutinaria y periódica por niveles de servicio; por lo que es necesario<br />
mantener un equilibrio contractual permanente<br />
- El Índice Unificado de Precios de la Construcción IUPC aplicable será el del mes del<br />
servicio.<br />
- La fórmula de reajuste para conservación rutinaria, se aplicará para las actividades de:<br />
conservación rutinaria, relevamiento de información, atención de emergencias viales,<br />
control de pesos, identificación del derecho de vía, demarcación del derecho de vía.<br />
4.7 Aprobación del servicio Mensual<br />
- El contrato será controlado por niveles de servicio, los cuales están claramente<br />
indicados en los presentes Términos de Referencia para cada uno de los tramos.<br />
La aprobación del servicio será emitida al final de cada período mensual por el<br />
supervisor, adjuntado las planillas con los resultados de los controles de niveles de<br />
servicio indicados en los presentes términos de referencia.<br />
4.8 Conformidad de Servicio Final<br />
La conformidad del servicio final se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del<br />
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; y de manera específica, la<br />
conformidad será emitida por el funcionario responsable del área usuaria previo informe<br />
de aprobación de la supervisión y administrador de contrato.<br />
Página 97 de 139 OPE - 2012