TRD_VADO GRANDE
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SUB CAPITULO 6<br />
Tramo: San Jose El Alto - Dv. San José El Alto - Emp. PE-5N (Ambato) (27.90Kms.)<br />
- El tramo se encuentra a nivel de Afirmado<br />
- Se espera que el Contratista realice todas las actividades de gestión vial.<br />
- El Contratista tiene la obligación de iniciar la conservación rutinaria de la vía<br />
independientemente del tipo de superficie de rodadura desde el inicio efectivo del servicio.<br />
- Todas las actividades que realice el Contratista deben seguir los protocolos y utilizar las<br />
herramientas de seguridad necesarias para los usuarios de la vía y para su personal<br />
(incluida la señalización vertical provisional).<br />
5.1 Conservación Periódica – Solución Básica (protección de afirmado)<br />
Unidad de Medida: Kilómetro<br />
- Se inicia previa autorización de la Entidad<br />
- Colocación de material granular, el cual deberá ser estabilizado con emulsión<br />
asfáltica. El número estructural (SN) de esta capa no deberá ser menor de<br />
0.87.<br />
- Como protección superficial se colocará un mortero asfáltico modificado con<br />
polímeros (e=1cm); estos trabajos se ejecutarán en todo el ancho de la<br />
calzada.<br />
- Alternativamente el Contratista podrá proponer otra solución distinta a la<br />
Actividades planteada en los presentes Términos de Referencia, debiendo dicha solución<br />
mínimas contar con la aprobación de la Entidad y cumplir con el número estructural<br />
(SN) mínimo de 0.87, este número estructural (SN) solamente corresponde a<br />
la capa de material granular. En cualquier caso, la solución tecnológica o<br />
alternativa deberá garantizar el cumplimiento de los Niveles de Servicio.<br />
- La solución alterna que se proponga no dará lugar al reconocimiento de<br />
presupuesto adicional; es decir, debe ejecutarse al costo de la oferta.<br />
- Debe ser técnicamente sustentada. En cualquier caso, la otra solución o<br />
solución tecnológica deberá garantizar el cumplimiento de los Niveles de<br />
Servicio.<br />
Nivel de - El IRI de la conservación periódica debe ser igual o menor que 3.5 m/Km.<br />
Servicio:<br />
- Los trabajos de conservación periódica observarán la normativa técnica<br />
aplicable a esta práctica; no obstante, atendiendo a que el presente contrato<br />
será controlado por niveles de servicio, (no por ejecución ni avance de<br />
metrados), el contratista ejecutará todas las actividades programadas que se<br />
requieran y cuantas veces sean necesarias con la finalidad de cumplir con el<br />
Procedimientos<br />
nivel de servicio exigido y al costo ofertado.<br />
y cantidades<br />
- Para el caso especifico de desquinche de talud, colocación de alcantarillas,<br />
mínimas:<br />
muros, colocación de señales preventivas, colocación de señales<br />
reglamentarias, colocación de señales informativas, colocación de guardavías,<br />
colocación de hitos kilométricos, delineadores, reductores de velocidad,<br />
badenes de concreto y bajadas de agua; el contratista deberá cumplir con<br />
ejecutar las cantidades indicadas en el cuadro siguiente.<br />
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