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TRD_VADO GRANDE

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IV. ACTIVIDAD POSTERIOR A LA EMERGENCIA VIAL<br />

Si después de haber solucionado la emergencia vial se hace necesario efectuar algún<br />

otro trabajo de conservación adicional para restituir totalmente las condiciones iniciales<br />

de la vía o estructuras viales, a fin de garantizar la seguridad de las mismas; el<br />

CONTRATISTA en coordinación con el Supervisor del Contrato deberán elaborar un<br />

expediente para evaluar la posibilidad de disponer la ejecución de prestaciones<br />

adicionales.<br />

V. CONTROL Y SEGUIMIENTO.-<br />

La Administración de cada Contrato y la Oficina de Proyectos Especiales de PROVIAS<br />

NACIONAL, se encargarán de monitorear las acciones de emergencia vial que se<br />

presenten en cada Contrato.<br />

VI. MEDICION DE LOS NIVELES DE SERVICIO<br />

Considerando que la atención de las emergencias viales son prioritarias, ante la<br />

ocurrencia sucesiva (interrumpida o no) o simultánea de emergencias viales en distintos<br />

tramos del Corredor Vial que es objeto del contrato de Gestión Vial, o ante la ocurrencia<br />

de una emergencia vial de magnitud considerable, que obliguen al CONTRATISTA a<br />

utilizar inicialmente la mayoría de sus recursos en la atención de las mismas, la medición<br />

del nivel de servicio en estos sectores afectados de la carretera quedará suspendida<br />

temporalmente, mientras el Contratista complemente con equipo adicional para atender<br />

directamente dichos eventos que cuenta con sus propios recursos económicos previstos<br />

en el contrato; por lo que no debemos afectar la transitabilidad en el resto del corredor<br />

vial; siendo necesario la liberación de los equipos asignados a la conservación para el<br />

cumplimiento de los niveles de servicio en el resto de vía y en donde su participación<br />

debe ser permanente a fin de que la carretera no quede desatendida, lo que permitirá<br />

no tener inconvenientes al momento de las mediciones del servicio.<br />

Para efectos de la valorización mensual, se utilizará la calificación aplicada a la última<br />

medición realizada, esto es, la que corresponda a la valorización del mes anterior al de la<br />

ocurrencia de la emergencia.<br />

Página 125 de 139 OPE - 2012

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