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TRD_VADO GRANDE

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APARTADO I<br />

PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LOS CONTRATOS DE<br />

GESTIÓN VIAL POR NIVELES DE SERVICIO<br />

I. Definición de Supervisión y Administración de contratos servicios de conservación vial<br />

por niveles de servicio.-<br />

1.1 PROVIAS NACIONAL, como responsable de la buena ejecución de los contratos de<br />

Gestión Vial por niveles de servicio, debe contar con un mecanismo de supervisión y<br />

control adecuados para dichos contratos, con la finalidad de que el servicio cumpla su<br />

finalidad y permita garantizar que se alcance y mantenga un estado de conservación de<br />

las carreteras en los niveles para los que fue contratado.<br />

En esa medida, la Supervisión de los contratos de Gestión Vial por niveles de servicio, no<br />

debe ser entendida como una “supervisión de obra”, sino como el conjunto de<br />

actividades que busca controlar y coordinar con el CONTRATISTA, la obtención de<br />

resultados permanentes sobre la carretera, en los niveles previamente definidos en los<br />

Términos de Referencia de cada contrato. Así mismo, alcanza a la Administración de<br />

Contrato, propuestas de prestaciones adicionales que sean necesarias en la vía y que no<br />

estén contempladas en los documentos contractuales.<br />

La Entidad designara al supervisor del contrato, lo cual será notificado al contratista<br />

antes del Inicio del Servicio. El Supervisor designado podrá ser sustituido mediante<br />

comunicación escrita de la Entidad al Contratista.<br />

1.2 La Administración de los contratos de Gestión Vial por niveles de servicio, tiene por<br />

finalidad programar, coordinar y controlar las acciones de la Supervisión, revisar,<br />

observar y/o aprobar los informes de la Supervisión; así como, autorizar las<br />

valorizaciones, evaluar y tramitar las prestaciones adicionales propuestas por la<br />

supervisión y en general todas las acciones propias de la administración de los contratos.<br />

Salvo disposición contraria de la Dirección Ejecutiva, la Administración de los Contratos<br />

de Gestión vial por niveles de servicio, recaerá en el jefe de la Unidad Zonal u otro<br />

funcionario, que al efecto sea propuesto por la Oficina de Proyectos Especiales.<br />

II. Sobre el Programa de Gestión Vial (PGV).-<br />

2.1 Recepción, revisión y conformidad al Programa de Gestión Vial (PGV).-<br />

Antes del vencimiento del plazo para la presentación del PROGRAMA DE GESTION VIAL<br />

(PGV), el Administrador del Contrato debe cursar comunicación al CONTRATISTA a<br />

efectos de recordarle la fecha en que dicho documento debe ser presentado de acuerdo<br />

con los Términos de Referencia. En la Comunicación respectiva deberá indicarse que el<br />

PGV debe ser presentado ante el Supervisor del Contrato.<br />

Corresponde a la Supervisión del Contrato recibir el PGV, evaluarlo, verificar que cuenta<br />

con información técnica sustentada (pruebas y resultados de ensayos diversos), debiendo<br />

comunicar al CONTRATISTA sus sugerencias u observaciones al mismo, para las<br />

aclaraciones a que hubiere lugar.<br />

Página 117 de 139 OPE - 2012

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