TRD_VADO GRANDE
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APARTADO I<br />
PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LOS CONTRATOS DE<br />
GESTIÓN VIAL POR NIVELES DE SERVICIO<br />
I. Definición de Supervisión y Administración de contratos servicios de conservación vial<br />
por niveles de servicio.-<br />
1.1 PROVIAS NACIONAL, como responsable de la buena ejecución de los contratos de<br />
Gestión Vial por niveles de servicio, debe contar con un mecanismo de supervisión y<br />
control adecuados para dichos contratos, con la finalidad de que el servicio cumpla su<br />
finalidad y permita garantizar que se alcance y mantenga un estado de conservación de<br />
las carreteras en los niveles para los que fue contratado.<br />
En esa medida, la Supervisión de los contratos de Gestión Vial por niveles de servicio, no<br />
debe ser entendida como una “supervisión de obra”, sino como el conjunto de<br />
actividades que busca controlar y coordinar con el CONTRATISTA, la obtención de<br />
resultados permanentes sobre la carretera, en los niveles previamente definidos en los<br />
Términos de Referencia de cada contrato. Así mismo, alcanza a la Administración de<br />
Contrato, propuestas de prestaciones adicionales que sean necesarias en la vía y que no<br />
estén contempladas en los documentos contractuales.<br />
La Entidad designara al supervisor del contrato, lo cual será notificado al contratista<br />
antes del Inicio del Servicio. El Supervisor designado podrá ser sustituido mediante<br />
comunicación escrita de la Entidad al Contratista.<br />
1.2 La Administración de los contratos de Gestión Vial por niveles de servicio, tiene por<br />
finalidad programar, coordinar y controlar las acciones de la Supervisión, revisar,<br />
observar y/o aprobar los informes de la Supervisión; así como, autorizar las<br />
valorizaciones, evaluar y tramitar las prestaciones adicionales propuestas por la<br />
supervisión y en general todas las acciones propias de la administración de los contratos.<br />
Salvo disposición contraria de la Dirección Ejecutiva, la Administración de los Contratos<br />
de Gestión vial por niveles de servicio, recaerá en el jefe de la Unidad Zonal u otro<br />
funcionario, que al efecto sea propuesto por la Oficina de Proyectos Especiales.<br />
II. Sobre el Programa de Gestión Vial (PGV).-<br />
2.1 Recepción, revisión y conformidad al Programa de Gestión Vial (PGV).-<br />
Antes del vencimiento del plazo para la presentación del PROGRAMA DE GESTION VIAL<br />
(PGV), el Administrador del Contrato debe cursar comunicación al CONTRATISTA a<br />
efectos de recordarle la fecha en que dicho documento debe ser presentado de acuerdo<br />
con los Términos de Referencia. En la Comunicación respectiva deberá indicarse que el<br />
PGV debe ser presentado ante el Supervisor del Contrato.<br />
Corresponde a la Supervisión del Contrato recibir el PGV, evaluarlo, verificar que cuenta<br />
con información técnica sustentada (pruebas y resultados de ensayos diversos), debiendo<br />
comunicar al CONTRATISTA sus sugerencias u observaciones al mismo, para las<br />
aclaraciones a que hubiere lugar.<br />
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