Samayoa Guevara, Hector Humberto. Ensayos sobre la ...
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ya con certeza a Tabasco independiente. En el mismo dia de su recibo comuniqué estas noticias a la Diputación Provincial que inmediatamente resolvió formar una junta extraordinaria compuesta de sus individuos; de los del Ayuntamiento, jefes y autoridades civiles, militares yeCle. siásticas, que en vista de esta circunstancia y del estado de la opinión pública del resto de la provincia, acordaron unánimes para evitar- discusión en lo interior y asegurar la libertad pública, proClamar la unidad de sus senti· mientos con las demás provincias de Nueva Espafia, re· servándose hacerlo con solemnidad hasta ver las bases en que se ha de fundar el nuevo gobierno, siguiendo entretanto las órdenes de S. M. y las leyes del congreso nacional". Con respecto al Acta de la Independencia de Yucatán, dice el Boletín citado, lo siguiente, en nota de pie de página: "En el acta de la independencia de Yucatán, como punto sexto, figura esta Cláusula: Que para hacer más notoria y eficaz esta determinación tomada, se comisiona a los seflores don Juan Rivas Vértiz y licenciado Francisco Antonio Tarrazo, para que, pasando a la corte de México, la comuniquen a los dos seflores jefes superiores o gobierno provisional que hayan acordado establecer en Nue· va Espafla, a efecto de que a la mayor brevedad, y con la más completa instrucción, den parte a esta provincia de sus definitivas resoluciones". Vid. Apéndice "E". 3. Sucesos posteriores al 15 de septieI1lbre de 1821 en Guatemala y Yucatán " Con posterioridad al 15 de septiembre de 1821, el Reino .de Guatemala fue anexado arbitrariamente al Imperio Mexicano de don Agustín de Iturbide, el 5 de enero de 1822, a pesar de la oposición de los patriotas antianexionistas y de la heroica resistencia de la ciudad de San Salvador. Al derrum-
arse el Imperio por el Plan de Casa-Mata, un Congreso reunido en la ciudad de Guatemala, proclamó ello. de julio de 1823, la independencia absoluta con respecto a México, España y cualquier otra nación, tanto del Viejo como del Nuevo Mundo. Este Congreso que posteriormente tomó el nombre de Asamblea Nacional Constituyente de las Provincias Unidas de Centro América, con fecha 22 de noviembre. de 1824, decretó la Constitución por la cual se creó la República Federal de Centro América. Con respecto a Yucatán, sabemos que el gobierno provisional surgido del Plan Trigarante, nombró Jefe Político y Capitán General a don Melchor Alvarez. Al derrumbarse el Imperio de Iturbide, un Congreso denominado "Augusto Congreso Constituyente", decretó la primera Constitución del Estado de Yucatán, en abril de 1825.
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arse el Imperio por el P<strong>la</strong>n de Casa-Mata, un Congreso<br />
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España y cualquier otra nación, tanto del Viejo como del<br />
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Unidas de Centro América, con fecha 22 de noviembre. de<br />
1824, decretó <strong>la</strong> Constitución por <strong>la</strong> cual se creó <strong>la</strong> República<br />
Federal de Centro América. Con respecto a Yucatán,<br />
sabemos que el gobierno provisional surgido del P<strong>la</strong>n Trigarante,<br />
nombró Jefe Político y Capitán General a don Melchor<br />
Alvarez. Al derrumbarse el Imperio de Iturbide, un Congreso<br />
denominado "Augusto Congreso Constituyente", decretó <strong>la</strong><br />
primera Constitución del Estado de Yucatán, en abril de 1825.