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Samayoa Guevara, Hector Humberto. Ensayos sobre la ...

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vado de prisión, según aparece de <strong>la</strong> dec<strong>la</strong>ración del<br />

Alcayde: teniendo presente <strong>la</strong> decisión expresa de <strong>la</strong>s<br />

Constituciones de <strong>la</strong> República y del Estado y de lo pro·<br />

veído en términos aún más expresivos en el Reg<strong>la</strong>mento<br />

de <strong>la</strong> Corte, acordaron que se pusiese en libertad a Arreo<strong>la</strong>,<br />

si dentro de una hora no se proveía el auto motivado,<br />

de prisión, según manifiesta el Secretario en <strong>la</strong> Certificación<br />

indicada. El Alcayde comunicó el acuerdo, al Al·<br />

calde 10.; y este le contestó que no pusiera en libertad<br />

a Arreo<strong>la</strong>, porque en caso contrario el Jefe de Estado<br />

lo haria responsable. Esta contestación se hizo presente<br />

a <strong>la</strong> Corte por el Alcayde. Se leyó también en el<strong>la</strong> des·<br />

pués de <strong>la</strong> visita (según <strong>la</strong> dec<strong>la</strong>ración del oficial mayor<br />

a fojas 3) <strong>la</strong> nota en que dicho Alcalde 10. manifestaba,<br />

que no podía concurrir a el<strong>la</strong> por' tenerle ocupado una<br />

comisión del Gobierno: que por autorización especial de<br />

éste seguía causa a Arreo<strong>la</strong> por espía: lo habia tenido<br />

incomunicado cinco dias, y era preciso continuarlo del<br />

, mismo modo hasta capturar a otro hombre: que por todo<br />

esto no había proveido el auto motivado; que no siendo-<br />

Arreo<strong>la</strong> Ciudadano ni habitante de <strong>la</strong> República, no debía<br />

gozar <strong>la</strong>s garantías constitucionales. Los Magistrados tu·<br />

vieron presente el artículo 70. de <strong>la</strong> Constitución del<br />

Estado, en el cual se dec<strong>la</strong>ra que ninguna Autoridad es<br />

superior a <strong>la</strong> Ley. Se mantuvieron firmes en este principio;<br />

y reiterando el cumplimiento de lo dispuesto en<br />

<strong>la</strong>s Constituciones de <strong>la</strong> República y del Estado, repitie·<br />

ron en <strong>la</strong> Corte que se pusiere en libertad a Arreo<strong>la</strong>, si<br />

dentro de media hora no se proveia el auto motivado de<br />

prisión; y que el Presidente de <strong>la</strong> misma Corte manl·<br />

- festase al Jefe de Estado todo lo ocurrido.<br />

Asi obraron los Magistrados en <strong>la</strong> visita respetable de<br />

Cárcel: así obraron en <strong>la</strong> Corte de. Justicia. Los Jueces<br />

Superiores mandaron al Alcayde que en cumplimiento<br />

de <strong>la</strong> ley pusiese en libertad al detenido si no se proveía<br />

el auto motivado de prisión; y el Juez inferior constante<br />

en no ponerlo ordenó al mismo Alcayde que no lo pusiese<br />

en libertad porque seria responsable. Los Jueces<br />

Superiores fueron suspensos y condenados a ser proce·

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