Revista Aduanas #22, Gracia navideña - DGA
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El concepto, ni los efectos de<br />
los Precios de Transferencia<br />
en la valoración aduanera<br />
no deben de confundirse con<br />
los relativos al pago de los<br />
Royalties, Cánones y Derechos de<br />
Licencia, aunque guarden relación.<br />
Incidencia de éstos conceptos<br />
en la determinación de los<br />
Impuestos Aduaneros y en los<br />
Impuestos Internos<br />
En cuanto a aduanas: corresponde<br />
a este órgano de la administración<br />
tributaria aplicar los<br />
impuestos y derechos al comercio<br />
internacional, lo que incluye<br />
los de importación, los exigidos a<br />
las mercancías extranjeras introducidas<br />
legalmente al territorio<br />
nacional, luego de una operación<br />
de compra venta internacional,<br />
para su uso o consumo definitivo.<br />
Estos impuestos, denominados<br />
aranceles y otros que la ley<br />
pone a su cargo (como lo son el<br />
Impuesto a la Transferencia de<br />
Bienes Industrializados y Servicios<br />
(ITBIS) y el Impuesto Selectivo<br />
al Consumo (ISC)) los<br />
que son aplicables sobre la base<br />
imponible: el Valor Aduanero,<br />
definido conforme a nuestra legislación,<br />
según los métodos que<br />
establece el Artículo VII de los<br />
Acuerdos GATT/OMC, ratificados<br />
por el Congreso Nacional<br />
mediante la resolución No. 2-95,<br />
de fecha 20 de enero de 1995,<br />
norma de derecho internacional<br />
que tiene supremacía sobre<br />
nuestra legislación interna, conforme<br />
a nuestro sistema jurídico,<br />
por tener carácter supranacional,<br />
al que llamaremos en lo adelante<br />
Acuerdo del Valor.<br />
Pero, en definitiva, de lo que<br />
14 ADUANAS www.dga.gov.do<br />
se trata es de que a la institución<br />
aduanera corresponde determinar<br />
el valor real de las mercancías,<br />
y ello incluye la suma<br />
todos los elementos que lo conforman,<br />
dentro de los cuales<br />
están los que son objeto del presente<br />
análisis.<br />
En cuanto a la imposición<br />
interna: a esta le concierne determinar<br />
y recaudar los impuestos<br />
derivados de la renta de<br />
fuente nacional, obtenidos por<br />
personas físicas o morales nacionales<br />
o residentes en el extranjero.<br />
El impuesto sobre la renta es<br />
de naturaleza diferente a la del<br />
impuesto de importación, pues<br />
se trata de figuras jurídico tributarias<br />
totalmente distintas: el<br />
hecho imponible, la base impo-<br />
nible, el hecho generador del<br />
tributo, los objetivos económicos<br />
del tributo; todos estos elementos<br />
son distintos.<br />
El sujeto pasivo o contribuyente<br />
de los derechos de aduana<br />
es la persona natural o jurídica<br />
que efectúa la importación, esto<br />
es, la persona que introduce legalmente<br />
la mercancía extranjera<br />
para su uso o consumo, o para<br />
realizar la actividad económica<br />
de que se trate; en el caso del<br />
impuesto sobre la renta el sujeto<br />
pasivo del impuesto, no necesariamente<br />
es quien importa el<br />
bien; el obligado, es quien recibe<br />
los beneficios de la vinculación<br />
económica con la persona que<br />
realiza la actividad de importación,<br />
pues es él quien recibe<br />
los beneficios.<br />
Con los precios de transferencia<br />
se manifiesta una distribución<br />
oculta de beneficios o<br />
bien una atribución voluntaria<br />
de beneficios, que afecta el valor<br />
verdadero de una mercancía<br />
para los fines de los impuestos<br />
aduaneros y la libre competencia.<br />
Algo similar ocurre con los<br />
del pago de los Royalties Cánones<br />
y Derechos de Licencia,<br />
cuando estos no son transparentados<br />
en la factura comercial<br />
o en la declaración del valor<br />
en aduanas, pues son pagos al<br />
exterior que tiene por fuente<br />
una operación de compra venta<br />
internacional de mercancías.<br />
En todo caso corresponde a la<br />
aduana hacer los ajustes al valor<br />
de la mercancía importada y a la<br />
administración de tributos internos<br />
determinar y cobrar los impuestos<br />
a la renta de fuente nacional.<br />
EL ACUERDO DEL VALOR<br />
A este respecto el acuerdo<br />
del valor contiene disposiciones<br />
que tocan todo lo relacionado a<br />
los Royalties, Cánones y Dere-