Documento - Procuraduría General de la Nación

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11.05.2013 Views

No queda ninguna duda, entonces, respecto a la competencia del procurador general de la Nación para proferir la presente decisión. 2. Solicitud de aplicación de los principios constitucionales que limitan el ejercicio del ius puniendi 2.1. Argumentos de la defensa La defensa solicitó, desde un inicio, que este despacho tuviera en cuenta los principios que limitan el ejercicio del ius puniendi, tales como la presunción de inocencia y el in dubio pro reo; por eso señaló que: «nosotros no hemos venido aquí a pedir privilegios, no los queremos, lo único que queremos, única y exclusivamente, es que se nos apliquen los principios del Estado de Derecho» 25 . Refiriéndose de manera especial a los principios de la presunción de inocencia y del in dubio pro reo, afirmó: la Constitución y los tratados internacionales lo que exigen [es que] mientras no haya una sentencia en contra […] lo que tiene que hacer, señor procurador, es tratarme como inocente y por eso el Código Disciplinario […] le manda al procurador general de la Nación que tiene que investigar aquello que perjudica a sus investigados pero que también tiene que investigar lo que favorezca a esos investigados 26 usted también cumple su función cuando hace lo que tiene que hacer, no permitir que personas inocentes, por libreto de los bandidos […] entonces van a tener que sacar provecho 27 […] el Estado de Derecho renuncia a ciertos medios para construir una sociedad civilizada […] la verdad en el Estado de Derecho no se investiga a cualquier precio 28 Y así es que debemos llevar la lucha contra la corrupción, con esos parámetros del Estado de Derecho, presunciones de inocencia, buscar cosas que perjudiquen pero también cosas que favorecen, que es lo que manda la ley 29 Hecho este análisis, reprochó al despacho que no hubiera tenido en cuenta esos principios limitadores del ius puniedi, aseverando que, al momento de proferirse el auto de citación a audiencia, no se había hecho una investigación integral: [Eso] es desafortunadamente lo que no se ha hecho en este proceso, en este proceso […] ninguna de las pruebas que se pidieron por la defensa del disciplinado IVÁN MORENO ROJAS fueron practicadas 30 Aquí no se pueden hacer negociaciones que se hacen en las fiscalías, aquí es distinto […] aquí es imparcialidad. Imparcialidad total, no parcial 31 […] la Procuraduría 25 Confrontar audiencia del 16 de mayo de 2011, DVD cuaderno 7, folio 1662, pista 2, minuto 43:51 a 44:04. 26 Confrontar audiencia del 16 de mayo de 2011, DVD cuaderno 7, folio 1662, pista 2, minuto 36:35 a 37:20. 27 Confrontar audiencia del 16 de mayo de 2011, DVD cuaderno 7, folio 1662, pista 3, minuto 35:27 a 35:43. 28 Confrontar audiencia del 16 de mayo de 2011, DVD 2 cuaderno 7, folio 1662 inverso, pista 1, minuto 30:30 a 30:52. 29 Confrontar audiencia del 16 de mayo de 2011, DVD, cuaderno 7 folio 1662, pista 3, minuto 00:04 a 00:23. 30 Confrontar audiencia del 16 de mayo de 2011, DVD, cuaderno 7 folio 1662, pista 2, minuto 38:40 a 39:00. 31 Confrontar audiencia del 2 de mayo de 2011, DVD cuaderno original del incidente de recusación folio 134, pista 3, minuto 04:01 a 04:12. 12

ha sido tan diligente en pruebas de oficio, con la característica de que son las pruebas que única y exclusivamente benefician a los señores NULE, incumpliendo su deber del Código Disciplinario, [de decretar] las pruebas […] que benefician al senador MORENO 32 […] violando el artículo del Código Disciplinario que expresamente dice que el procurador está obligado a investigar también lo bueno del disciplinado, que es lo que no se ha hecho en este proceso 33 Igualmente lamentó la forma en que estaba diseñado el procedimiento disciplinario, el que, según su sentir, no se ajustaba a un debido proceso dentro de un Estado de Derecho; al respecto dijo: Yo hubiera querido que este fuera un proceso con todos los parámetros del Estado de Derecho, que quiere decir eso, señor procurador […] que […] los procesos, incluido este proceso, que hoy finaliza, señor procurador, debe llevarse dentro del Estado de Derecho, y a veces no se lleva dentro del Estado de Derecho por el propio diseño institucional 34 […] no hay debido proceso dentro del Estado de Derecho si no se separan la función de investigación de la función de juzgamiento 35 […] en una estructura institucional donde el mismo que investiga es el mismo que juzga, señor procurador, no tenemos una institución del Estado de Derecho 36 […] este proceso tiene esa dificultad institucional, señor procurador, que es que está unida la investigación y el juzgamiento, y eso no es posible en el Estado de Derecho 37 […] el hecho de que tengamos un procedimiento en el cual la persona que está siendo investigada por la misma persona que después lo juzga, señor procurador, no es la garantía del Estado de derecho 38 También consideró que la Procuraduría General de la Nación no había sido imparcial, argumentando que: hubiéramos querido, señor procurador […] tener una Procuraduría imparcial en este caso, ¿por qué, señor procurador? porque si el diseño institucional ya está malo, que el que me investiga es el que me juzga, y si a eso le agrega que la institución que me va a juzgar no conserva la imparcialidad, señor procurador, pues entonces ¿qué garantías de los derechos pueden tener los ciudadanos? 39 2.2. Argumentos del despacho El artículo 21 del Código Disciplinario Único establece que: «en la aplicación del régimen disciplinario prevalecerán los principios rectores contendidos en esta ley y en la 32 Confrontar audiencia del 16 de mayo de 2011, DVD 2 cuaderno 7 folio 1662 inverso, pista 3, minuto 40:45 a 41:04. 33 Confrontar audiencia del 31 de mayo de 2011, DVD cuaderno 7, folio 1530, pista 2, minuto 55:55 a 56:12 y DVD 4, folio 1531 inverso, pista 3, minuto 9:51 a 10:14. 34 Confrontar audiencia del 30 de noviembre de 2011, DVD 1, cuaderno 17 folio 4233, pista 1, minuto 12:16 a 12:52. 35 Confrontar audiencia del 30 de noviembre de 2011, DVD 1, cuaderno 17 folio 4233, pista 1, minuto 13:20 a 13:30. 36 Confrontar audiencia del 30 de noviembre de 2011, DVD 1, cuaderno 17 folio 4233, pista 1, minuto 14:31 a 14:42. 37 Confrontar audiencia del 30 de noviembre de 2011, DVD 1, cuaderno 17 folio 4233, pista 1, minuto 16:45 a 16:58. 38 Confrontar audiencia del 30 de noviembre de 2011, DVD 1, cuaderno 17 folio 4233, pista 1, minuto 21:37 a 21:50. 39 Confrontar audiencia del 30 de noviembre de 2011, DVD 1, cuaderno 17 folio 4233, pista 1, minuto 23:10 a 23:46. 13

ha sido tan diligente en pruebas <strong>de</strong> oficio, con <strong>la</strong> característica <strong>de</strong> que son <strong>la</strong>s<br />

pruebas que única y exclusivamente benefician a los señores NULE, incumpliendo su<br />

<strong>de</strong>ber <strong>de</strong>l Código Disciplinario, [<strong>de</strong> <strong>de</strong>cretar] <strong>la</strong>s pruebas […] que benefician al<br />

senador MORENO 32 […] vio<strong>la</strong>ndo el artículo <strong>de</strong>l Código Disciplinario que<br />

expresamente dice que el procurador está obligado a investigar también lo bueno <strong>de</strong>l<br />

disciplinado, que es lo que no se ha hecho en este proceso 33<br />

Igualmente <strong>la</strong>mentó <strong>la</strong> forma en que estaba diseñado el procedimiento disciplinario,<br />

el que, según su sentir, no se ajustaba a un <strong>de</strong>bido proceso <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> un Estado <strong>de</strong><br />

Derecho; al respecto dijo:<br />

Yo hubiera querido que este fuera un proceso con todos los parámetros <strong>de</strong>l Estado<br />

<strong>de</strong> Derecho, que quiere <strong>de</strong>cir eso, señor procurador […] que […] los procesos,<br />

incluido este proceso, que hoy finaliza, señor procurador, <strong>de</strong>be llevarse <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l<br />

Estado <strong>de</strong> Derecho, y a veces no se lleva <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l Estado <strong>de</strong> Derecho por el propio<br />

diseño institucional 34 […] no hay <strong>de</strong>bido proceso <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l Estado <strong>de</strong> Derecho si no<br />

se separan <strong>la</strong> función <strong>de</strong> investigación <strong>de</strong> <strong>la</strong> función <strong>de</strong> juzgamiento 35 […] en una<br />

estructura institucional don<strong>de</strong> el mismo que investiga es el mismo que juzga, señor<br />

procurador, no tenemos una institución <strong>de</strong>l Estado <strong>de</strong> Derecho 36 […] este proceso<br />

tiene esa dificultad institucional, señor procurador, que es que está unida <strong>la</strong><br />

investigación y el juzgamiento, y eso no es posible en el Estado <strong>de</strong> Derecho 37 […] el<br />

hecho <strong>de</strong> que tengamos un procedimiento en el cual <strong>la</strong> persona que está siendo<br />

investigada por <strong>la</strong> misma persona que <strong>de</strong>spués lo juzga, señor procurador, no es <strong>la</strong><br />

garantía <strong>de</strong>l Estado <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho 38<br />

También consi<strong>de</strong>ró que <strong>la</strong> <strong>Procuraduría</strong> <strong>General</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong> <strong>Nación</strong> no había sido<br />

imparcial, argumentando que:<br />

hubiéramos querido, señor procurador […] tener una <strong>Procuraduría</strong> imparcial en este<br />

caso, ¿por qué, señor procurador? porque si el diseño institucional ya está malo, que<br />

el que me investiga es el que me juzga, y si a eso le agrega que <strong>la</strong> institución que me<br />

va a juzgar no conserva <strong>la</strong> imparcialidad, señor procurador, pues entonces ¿qué<br />

garantías <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos pue<strong>de</strong>n tener los ciudadanos? 39<br />

2.2. Argumentos <strong>de</strong>l <strong>de</strong>spacho<br />

El artículo 21 <strong>de</strong>l Código Disciplinario Único establece que: «en <strong>la</strong> aplicación <strong>de</strong>l<br />

régimen disciplinario prevalecerán los principios rectores contendidos en esta ley y en <strong>la</strong><br />

32 Confrontar audiencia <strong>de</strong>l 16 <strong>de</strong> mayo <strong>de</strong> 2011, DVD 2 cua<strong>de</strong>rno 7 folio 1662 inverso, pista 3, minuto 40:45 a<br />

41:04.<br />

33 Confrontar audiencia <strong>de</strong>l 31 <strong>de</strong> mayo <strong>de</strong> 2011, DVD cua<strong>de</strong>rno 7, folio 1530, pista 2, minuto 55:55 a 56:12 y<br />

DVD 4, folio 1531 inverso, pista 3, minuto 9:51 a 10:14.<br />

34 Confrontar audiencia <strong>de</strong>l 30 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 2011, DVD 1, cua<strong>de</strong>rno 17 folio 4233, pista 1, minuto 12:16 a<br />

12:52.<br />

35 Confrontar audiencia <strong>de</strong>l 30 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 2011, DVD 1, cua<strong>de</strong>rno 17 folio 4233, pista 1, minuto 13:20 a<br />

13:30.<br />

36 Confrontar audiencia <strong>de</strong>l 30 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 2011, DVD 1, cua<strong>de</strong>rno 17 folio 4233, pista 1, minuto 14:31 a<br />

14:42.<br />

37 Confrontar audiencia <strong>de</strong>l 30 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 2011, DVD 1, cua<strong>de</strong>rno 17 folio 4233, pista 1, minuto 16:45 a<br />

16:58.<br />

38 Confrontar audiencia <strong>de</strong>l 30 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 2011, DVD 1, cua<strong>de</strong>rno 17 folio 4233, pista 1, minuto 21:37 a<br />

21:50.<br />

39 Confrontar audiencia <strong>de</strong>l 30 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 2011, DVD 1, cua<strong>de</strong>rno 17 folio 4233, pista 1, minuto 23:10 a<br />

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