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Documento de Respuestas a Comentarios - Autoridad Nacional de ...

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5.-­‐ COMENTARIOS EN RELACIÓN CON LAS CONDICIONES DE MERCADO<br />

No Observaciones<br />

esto es, posibles prácticas <strong>de</strong> subsidios cruzados en mercados con altos<br />

indicadores <strong>de</strong> empaquetamiento <strong>de</strong> servicios o incentivos para aludir las<br />

cargas <strong>de</strong> contraprestación <strong>de</strong> televisión como lo evi<strong>de</strong>nció el estudio CGI.<br />

Sea cual fuere la causa, lo cierto es que en mercados sujetos al<br />

empaquetamiento se reduce consi<strong>de</strong>rablemente la base contributiva sobre<br />

la que hoy en día se calculan las contraprestaciones y se distorsiona<br />

severamente la competencia, en <strong>de</strong>trimento <strong>de</strong> los agentes que no<br />

empaquetan el servicio <strong>de</strong> televisión con otros servicios.<br />

Así, se evi<strong>de</strong>ncia que el efecto mismo <strong>de</strong>l empaquetamiento y las<br />

discriminaciones que se realizan por estratos, se presentan en un mercado<br />

en el cual el rango en el que se mueve un operador dominante<br />

multiservicio resulta inferior a aquel en el que se pue<strong>de</strong> mover un<br />

operador no dominante monoservicio. Esto en la práctica resulta en la<br />

aplicación <strong>de</strong> tarifas <strong>de</strong> televisión en la parte inferior <strong>de</strong> dicho rango-­‐ ya <strong>de</strong><br />

por si mas bajo-­‐, como evi<strong>de</strong>ncia en al ARPU promedio <strong>de</strong> sólo $22.303<br />

que presentó UNE en enero <strong>de</strong> 2012. Similar ejercicio pue<strong>de</strong> realizarse<br />

para este y otros operadores en los mercados municipales don<strong>de</strong> tiene la<br />

mayor participación <strong>de</strong> mercado.<br />

De acuerdo con lo anterior es indispensable que se corrija la distorsión que<br />

permite el empaquetamiento <strong>de</strong> servicios y posibles prácticas <strong>de</strong> subsidios<br />

cruzados con el fin <strong>de</strong> que el mercado actúe racionalmente, con<br />

transparencia y en condiciones <strong>de</strong> equidad, y no se eludan cargas<br />

regulatorias como es el caso <strong>de</strong> las contraprestaciones.<br />

Los estudios <strong>de</strong> CGI evi<strong>de</strong>nciaron operadores <strong>de</strong> televisión comunitaria<br />

que en la práctica actúan abiertamente en el mercado con un número <strong>de</strong><br />

canales codificados muy superior a lo permitido para esta modalidad y que<br />

coloquialmente el estudio <strong>de</strong>nomina como operadores “estratégicos”.<br />

Frente al incumplimiento <strong>de</strong> la regulación por parte <strong>de</strong> dichos operadores<br />

la CNTV <strong>de</strong>be tomar acciones inmediatas en cuanto a su efectivo control.<br />

Conforme a lo anterior, los operadores que no cumplan con las<br />

características <strong>de</strong> operador <strong>de</strong> televisión comunitaria, <strong>de</strong>ben ser<br />

consi<strong>de</strong>rados como operadores <strong>de</strong> Televisión por suscripción previo<br />

otorgamiento <strong>de</strong>l correspondiente título en los términos que prevé la ley,<br />

o <strong>de</strong> lo contrario <strong>de</strong>be ser retirado <strong>de</strong>l mercado.<br />

6.La necesidad <strong>de</strong> incluir a los operadores <strong>de</strong> TV comunitaria como<br />

contribuyentes<br />

Operador y/o<br />

Concesionario

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