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Testimonios para los Ministros (1979) - Ellen G. White Writings

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Apéndice 439<br />

Página 197. La recepción de <strong>los</strong> donativos de <strong>los</strong> gentiles (véanse<br />

también las páginas 202 y 203): Hacia fines de 1893, el pastor<br />

A. T. Robinson, que dirigía la obra de la iglesia en Africa del Sur,<br />

hizo arreg<strong>los</strong> <strong>para</strong> celebrar una entrevista con Cecil Rhodes, primer<br />

ministro de la Colonia del Cabo y representante principal de la Compañía<br />

Británica de Sudáfrica, que tenía intereses en Mashonalandia,<br />

con el propósito de conseguir un terreno <strong>para</strong> fundar una misión<br />

entre <strong>los</strong> nativos.<br />

Cecil Rhodes se sintió especialmente complacido con el plan de<br />

poner en marcha una misión entre <strong>los</strong> habitantes de ese país, y le<br />

extendió al pastor Robinson una carta sellada dirigida al Dr. Jemison,<br />

secretario de la Compañía, a quien debía dársela en Bulawayo.<br />

Los hermanos fueron a Bulawayo con la idea de comprar la<br />

tierra, y no se enteraron, hasta que el Dr. Jemison lo dijo, que Cecil<br />

Rhodes había dado orden de que se les concediera gratuitamente<br />

toda la tierra que necesitaran.<br />

Se consiguió un terreno de considerable extensión, en el que se<br />

fundó la Misión de Solusi, que fue la primera establecida por <strong>los</strong><br />

adventistas entre gente no cristiana.<br />

Cuando algunos dirigentes de Battle Creek se enteraron de esto,<br />

se sintieron profundamente preocupados, pues temían que la aceptación<br />

de ese terreno podría constituir una violación de <strong>los</strong> principios<br />

de se<strong>para</strong>ción de la iglesia y el estado. Cuando este asunto se estudió<br />

en el congreso de la Asociación General de 1895, se tomó<br />

este acuerdo: “No debemos, como organización, buscar ni aceptar<br />

de ningún gobierno civil, jefe, dirigente o compañía real, local o de<br />

cualquier otra índole, ningún obsequio, donativo o concesión, ya sea<br />

de tierra, dinero, créditos, privilegios especiales, o cualquier otra<br />

cosa de valor, que no se conceda en común a todos <strong>los</strong> demás, sin<br />

una referencia particular a nuestras creencias religiosas y a la obra<br />

que realizamos”.<br />

Este acuerdo fue seguido por el siguiente:<br />

“De acuerdo con esta resolución, la Corporación Legal de la<br />

Asociación General debe recibir instrucciones <strong>para</strong> pagar la suma de<br />

dinero que corresponda, por toda la tierra del gobierno que se haya<br />

obtenido en Africa o que se obtenga en cualquier otra parte”.—The<br />

General Conference Bulletin, 283, 21 de febrero de 1895.

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