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sin embargo. las umc~si«nes m& habituales fueron de carácter monetario. En 1476 los REYES c.ATóLlcos ordwaron al concejo y vecin,s de Zamora que entregasen al alcaide de las torres del puente, PEDRO DE MAZARIEGOS, los 2 10.000 mrs. que tenía de juro de heredad situados en las rentas de la villaw’. JUAN DE MAZARIEGOS. también alcaide de las torres del puente de Zanwa. resulrí, h~netkiad~~ en 1492 uln una nurva merced por la que IC,S reyes le c>torgaron de por vida las penas de las mancrhas de los clkigos de la ciudad y su tierrax’. A su vez, el alcaide del alcázar de Ciudad Rodrigo, DIEGO DEL ÁGUILA, recibió la facultad de cobrar un millón y medio de maravedíes en enmienda, si no podía tomar p«sesicín de 200 vasallos que le correspondianvu. Estos personajes fueron agraciados con estas concesi»nes en virtud de los servici»s prestados a la Corona. A veces, los alcaides de las fortalezas percibían desde tiempo atrás impuestos especiales que gravahan ciertas actividades econi,micas: por ejemplo, el alcaide y asistente de La Guardia. RODRIGO LX MENIIOZA. rcsultaha muy prrjudicado econcímicamente por no poder c«hrar cl impuesto que sc aplicaha a los extranjeros que llevahan a vender sus productos a esta villa y que se hahíd ahulido. Iu que Ilewí a la monarquía a ordenar la investigack del asunto al capitán general de la frontera navarra BON JUAN DE RIBERAS’. La remuneración complementaria que mayores beneficios repartí, a algunos alcaides fue la percepción del custelhje 0 cu,srilleríu”“. impuesto que tasaha el paso de ganados por el término dc una fortaleza y que guardaba una estrecha relacií>n con otr«s derechos de tránsito como el portazgo, montazgo. roda y asadura. Desafortunadamente, las ~a.rtrllc~k~r han dejado una huella parcial en la d»cumentaciím y. en general. en las fuentes dc la @ca hajomedieval. Las /icras dc Cwrrc rcccqcn numerosas disp~~sici~mes t3xaminadas a limitar los ahusos y a rrgular su rccaudacitin. L;i

sin embargo. <strong>la</strong>s umc~si«nes m& habituales fueron <strong>de</strong> carácter monetario. En 1476 los REYES<br />

c.ATóLlcos ordwaron al concejo y vecin,s <strong>de</strong> Zamora que entregasen al alcai<strong>de</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong>s torres <strong>de</strong>l<br />

puente, PEDRO DE MAZARIEGOS, los 2 10.000 mrs. que tenía <strong>de</strong> juro <strong>de</strong> heredad situados en <strong>la</strong>s rentas<br />

<strong>de</strong> <strong>la</strong> vil<strong>la</strong>w’. JUAN DE MAZARIEGOS. también alcai<strong>de</strong> <strong>de</strong> <strong>la</strong>s torres <strong>de</strong>l puente <strong>de</strong> Zanwa. resulrí,<br />

h~netkiad~~ en 1492 uln una nurva merced por <strong>la</strong> que IC,S reyes le c>torgaron <strong>de</strong> por vida <strong>la</strong>s penas <strong>de</strong><br />

<strong>la</strong>s mancrhas <strong>de</strong> los clkigos <strong>de</strong> <strong>la</strong> ciudad y su tierrax’. A su vez, el alcai<strong>de</strong> <strong>de</strong>l alcázar <strong>de</strong> Ciudad<br />

Rodrigo, DIEGO DEL ÁGUILA, recibió <strong>la</strong> facultad <strong>de</strong> cobrar un millón y medio <strong>de</strong> maravedíes en<br />

enmienda, si no podía tomar p«sesicín <strong>de</strong> 200 vasallos que le correspondianvu. Estos personajes<br />

fueron agraciados con estas concesi»nes en virtud <strong>de</strong> los servici»s prestados a <strong>la</strong> Corona.<br />

A veces, los alcai<strong>de</strong>s <strong>de</strong> <strong>la</strong>s fortalezas percibían <strong>de</strong>s<strong>de</strong> tiempo atrás impuestos especiales que<br />

gravahan ciertas activida<strong>de</strong>s econi,micas: por ejemplo, el alcai<strong>de</strong> y asistente <strong>de</strong> La Guardia. RODRIGO<br />

LX MENIIOZA. rcsultaha muy prrjudicado econcímicamente por no po<strong>de</strong>r c«hrar cl impuesto que sc<br />

aplicaha a los extranjeros que llevahan a ven<strong>de</strong>r sus productos a esta vil<strong>la</strong> y que se hahíd ahulido. Iu<br />

que Ilewí a <strong>la</strong> monarquía a or<strong>de</strong>nar <strong>la</strong> investigack <strong>de</strong>l asunto al capitán general <strong>de</strong> <strong>la</strong> frontera navarra<br />

BON JUAN DE RIBERAS’.<br />

La remuneración complementaria que mayores beneficios repartí, a algunos alcai<strong>de</strong>s fue <strong>la</strong><br />

percepción <strong>de</strong>l custelhje 0 cu,srilleríu”“. impuesto que tasaha el paso <strong>de</strong> ganados por el término dc<br />

una fortaleza y que guardaba una estrecha re<strong>la</strong>cií>n con otr«s <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> tránsito como el portazgo,<br />

montazgo. roda y asadura. Desafortunadamente, <strong>la</strong>s ~a.rtrllc~k~r han <strong>de</strong>jado una huel<strong>la</strong> parcial en <strong>la</strong><br />

d»cumentaciím y. en general. en <strong>la</strong>s fuentes dc <strong>la</strong> @ca hajomedieval. Las /icras dc Cwrrc rcccqcn<br />

numerosas disp~~sici~mes t3xaminadas a limitar los ahusos y a rrgu<strong>la</strong>r su rccaudacitin. L;i

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