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canalteros. así como sobre el libramiento de las tenencias de los castillos y villas fronterizas”‘. Mucho mas significativa resultó ser la petición realizada por los procuradores de las villas y ciudades a PEDRO I durante las Corres de Valladolid de 1351 para que se hiciese efectivo el pago de las cuantías de los castillos que non ~n’~~. Esta disposición subrayaba nuevamente la alarmante situación financiera vivida en Castilla, a la vez que denunciaha las irregularidades que se seguían cometiendo en el pago y cobro de las renencius. En el último tercio del siglo XIV los primeros monarcas de la dinastía Trastámara se encontraron con un panorama identico al de sus antecesores. ENRIQUE II dedicó una atención prioritaria a las fortalezas ubicadas en la frontera de Granada. La guerra civil entre los dos hermanos hahia sido tremendamente devastadora y el reino, empobrecido y desgastado, necesitaba proteger su flanco más dehil. Por esra raz0n, el monarca recurrió a diversas fuentes de renta para hacer frente atan elevados gastos. En 1370 las seis monedas y cinco servicios concedidos en las Cortes de Medinu del Campo se invirtieron en “._. la ~>clga de Tarifa c dc los mro.s cusrillos fronteros .“‘4’. Un año despues. las alcabalas y veinticuatro monedas otorgadas en las Corres de Toro se destinaron a “. las pagcls del sueldo dc pun L’ de dineros e tenencias de Tarifa c de Alcala la Real e las otras villas c custicl1o.s fronteros de tierra de moros e en las tierrus E quita&mes c raciones e merpdes que damos a 1o.c nuestros vusullos e oji~iales et a los olros del nuestro sennorio e las tenencias de los custiel1o.s e alcapw e en cl sueldo que apra mandamos dar a los nuesrros vasallos para yr en nuestro servicio a cobrar, con la uyudu de Dios las villas e lupres que1 rey de Navurru nos tiene tomados c forpdos .rin ruzon e sin derecho’? A pesar de los esfuerzos realizados, los abusos y mulfctrias cometidos por los alcaides siguieron centrando durante todo el reinado las protestas de los procuradores de las ciudades durante las reuniones de Cortes. Los reinados de JUAN J y ENRIQUE 111 estuvieron presididos por un ambientes semejante, ya que el pago de las renerencicx continuó siendo deticitario y prehlemático. JUAN 1 adoptir una importante medida en el transcurso de las Cortes de Valfadolid de 138.5 con motivo de la organización del Consejo Real: entre las prerrogativas que el rey se reservaba exclusivamente se encontraba el

librxniento de las fenencias de las fortalezas, asunto en el que el monarca deseaba conservar las máximas competencias, dada la complejidad que tradicionalmente había revestido. A SU vez, esta disposición mostraba la importancia intrínseca que la Corona confería al pago de las retribuciones de los alcaides”‘. Semejante percepción se reforzaría todavía más durante las Cortes de Briviesca de 1387. a lo largo de las cuales se suaviztí la anterior ley’” y el propio monarca denunció la manipulackín que se venía realizando de SU firma. Con el fin de frenar este ahuso determinó estampar prrsonalmente su signatura en todas aquellas “... cunas que sean de dinero dado o nuevamente acre~cnrado, o en ofícios, o en tenengias, o quitamientos de pleitos e omenajes, o en poderes, o en cartas de algund mandamiento especial que alguna persona de nuestro rregno faga. o en canas de sac’as a dc perdones, o de le~itima(iones”‘“. Durante la misma reunión el soberano manifestó la petición de un préstamo a los reyes de Francia y Navarra para poder hacer frente a los ingentes gastos militares derivados de la yerra contra Portugal e Inglaterra, así como al libramiento de sueldos, tierras, mercedes, quitaciones y tenencias. La fuerte deuda contraída le obligi, a solicitar un servicio extraordinario en las Cortrs de Brivicscu del mismo alio para devolver a ambos monarcas la fianza”“. Durante el enfrentamiento con el maestre de Avis numerosos alcaides portugueses prestaron un decidido apoyo militar al rey castellano. JUAN I dispensó a kstos la ayuda económica necesaria para el mantenimiento de las fortalezas lusas al servicio de sus intereses. Sin embargo, cuando los refuerzos comenzaron a fallar también flaquearon las vohmtddes de los tenentes, que terminaron abandonando paulatinamente la causa a la que habían demostrado tanta entrega’“. Los últimos afios del reinado de JUAN I pusieron de manifiesto una vez más la penuria ccom’mica del rein0 y del tesoro real, cuyo contenido se había invertido íntegramente rn “. rjerra de vu.wk~.~ castellanos ¿ ginetes, é tenencia, ¿ sueldo ¿ pan de castillos fronteros, quitaciones de ojicios, (: nwwde.~ ..“. Aunque el rey soliciti, en las Cortes de Guadalajara de 1390 auxilio ecokmico para

canalteros. así como sobre el libramiento <strong>de</strong> <strong>la</strong>s tenencias <strong>de</strong> los castillos y vil<strong>la</strong>s fronterizas”‘.<br />

Mucho mas significativa resultó ser <strong>la</strong> petición realizada por los procuradores <strong>de</strong> <strong>la</strong>s vil<strong>la</strong>s y ciuda<strong>de</strong>s<br />

a PEDRO I durante <strong>la</strong>s Corres <strong>de</strong> Val<strong>la</strong>dolid <strong>de</strong> 1351 para que se hiciese efectivo el pago <strong>de</strong> <strong>la</strong>s cuantías<br />

<strong>de</strong> los castillos que non ~n’~~. Esta disposición subrayaba nuevamente <strong>la</strong> a<strong>la</strong>rmante situación<br />

financiera vivida en Castil<strong>la</strong>, a <strong>la</strong> vez que <strong>de</strong>nunciaha <strong>la</strong>s irregu<strong>la</strong>rida<strong>de</strong>s que se seguían cometiendo<br />

en el pago y cobro <strong>de</strong> <strong>la</strong>s renencius.<br />

En el último tercio <strong>de</strong>l siglo XIV los primeros monarcas <strong>de</strong> <strong>la</strong> dinastía Trastámara se encontraron<br />

con un panorama i<strong>de</strong>ntico al <strong>de</strong> sus antecesores. ENRIQUE II <strong>de</strong>dicó una atención prioritaria a <strong>la</strong>s<br />

fortalezas ubicadas en <strong>la</strong> frontera <strong>de</strong> Granada. La guerra civil entre los dos hermanos hahia sido<br />

tremendamente <strong>de</strong>vastadora y el reino, empobrecido y <strong>de</strong>sgastado, necesitaba proteger su f<strong>la</strong>nco más<br />

<strong>de</strong>hil. Por esra raz0n, el monarca recurrió a diversas fuentes <strong>de</strong> renta para hacer frente atan elevados<br />

gastos. En 1370 <strong>la</strong>s seis monedas y cinco servicios concedidos en <strong>la</strong>s Cortes <strong>de</strong> Medinu <strong>de</strong>l Campo<br />

se invirtieron en “._. <strong>la</strong> ~>clga <strong>de</strong> Tarifa c dc los mro.s cusrillos fronteros .“‘4’. Un año <strong>de</strong>spues. <strong>la</strong>s<br />

alcaba<strong>la</strong>s y veinticuatro monedas otorgadas en <strong>la</strong>s Corres <strong>de</strong> Toro se <strong>de</strong>stinaron a “. <strong>la</strong>s pagcls <strong>de</strong>l<br />

sueldo dc pun L’ <strong>de</strong> dineros e tenencias <strong>de</strong> Tarifa c <strong>de</strong> Alca<strong>la</strong> <strong>la</strong> Real e <strong>la</strong>s otras vil<strong>la</strong>s c custicl1o.s<br />

fronteros <strong>de</strong> tierra <strong>de</strong> moros e en <strong>la</strong>s tierrus E quita&mes c raciones e merp<strong>de</strong>s que damos a 1o.c<br />

nuestros vusullos e oji~iales et a los olros <strong>de</strong>l nuestro sennorio e <strong>la</strong>s tenencias <strong>de</strong> los custiel1o.s e<br />

alcapw e en cl sueldo que apra mandamos dar a los nuesrros vasallos para yr en nuestro servicio<br />

a cobrar, con <strong>la</strong> uyudu <strong>de</strong> Dios <strong>la</strong>s vil<strong>la</strong>s e lupres que1 rey <strong>de</strong> Navurru nos tiene tomados c forpdos<br />

.rin ruzon e sin <strong>de</strong>recho’? A pesar <strong>de</strong> los esfuerzos realizados, los abusos y mulfctrias cometidos<br />

por los alcai<strong>de</strong>s siguieron centrando durante todo el reinado <strong>la</strong>s protestas <strong>de</strong> los procuradores <strong>de</strong> <strong>la</strong>s<br />

ciuda<strong>de</strong>s durante <strong>la</strong>s reuniones <strong>de</strong> Cortes.<br />

Los reinados <strong>de</strong> JUAN J y ENRIQUE 111 estuvieron presididos por un ambientes semejante, ya que<br />

el pago <strong>de</strong> <strong>la</strong>s renerencicx continuó siendo <strong>de</strong>ticitario y prehlemático. JUAN 1 adoptir una importante<br />

medida en el transcurso <strong>de</strong> <strong>la</strong>s Cortes <strong>de</strong> Valfadolid <strong>de</strong> 138.5 con motivo <strong>de</strong> <strong>la</strong> organización <strong>de</strong>l<br />

Consejo Real: entre <strong>la</strong>s prerrogativas que el rey se reservaba exclusivamente se encontraba el

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