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EL OASIS DE LA MEMORIA - Publicaciones

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El oasis de la memoria<br />

52<br />

En un principio. Había aquí un gobernador muy malo, un conocido criminal llamado<br />

Saleh Zemrag que estuvo aquí cerca de veinte años, experto en detenciones.<br />

Los detenidos en el 76 en Tan Tan, esa gente que hemos encontrado, fue él quien<br />

los detuvo, pues era gobernador de Tan Tan en esa época, después lo mandaron<br />

aquí. Conoce muy bien a la gente del Sáhara Occidental, la ideología, actividades…<br />

Abdallahi Chwaij.<br />

En numerosos testimonios las víctimas señalan como responsables, ya fuera como torturadores<br />

directos o quien supervisaba sus detenciones, a altos funcionarios como el gobernador<br />

o el jefe de policía o gendarmería. Ningún proceso puede tener legitimidad sobre esta base,<br />

como no es aceptable el abuso, la arbitrariedad del poder y la violencia contra la población<br />

civil saharaui por parte de quienes se han considerado a sí mismos como por encima de la<br />

ley. Si bien antes era prácticamente imposible denunciar los hechos para la población saharaui,<br />

en la última década numerosas denuncias ante el procurador (fiscalía) y los tribunales<br />

han sido interpuestas por víctimas de detenciones arbitrarias y torturas. Ninguna de dichas<br />

denuncias que involucran a funcionarios conocidos ha tenido seguimiento, ni ha tenido una<br />

investigación efectiva que haya sido conocida por las víctimas entrevistadas 29 . Todo ello<br />

muestra la ineficacia del poder judicial cuando no su complicidad en el mantenimiento de la<br />

situación de violencia en el Sáhara Occidental. Asimismo, esta situación corresponde a una<br />

violación por parte de Marruecos de su obligación internacional en el sentido de investigar<br />

y enjuiciar a los presuntos responsables de graves violaciones de los derechos humanos y,<br />

si se les declara culpables, la obligación de castigarlos.<br />

Las cada vez más numerosas delegaciones de abogados, incluyendo la Asociación Internacional<br />

de Juristas por el Sáhara Occidental, el Consejo General de la Abogacía Española,<br />

AI y HRW, han denunciado la parcialidad de los jueces y la ausencia de garantías para los<br />

saharauis acusados de diversos delitos contra la patria, el orden constitucional u otros cargos<br />

frecuentes contra detenidos saharauis. Mientras la justicia penal no funciona contra los perpetradores<br />

de violaciones de derechos humanos, se aplica de forma parcial e injusta contra<br />

víctimas de dichas violaciones especialmente en numerosas detenciones arbitrarias y se dan<br />

condenas sin garantías judiciales. Por otra parte, varias víctimas y asociaciones saharauis<br />

han impulsado desde 2009 una demanda en la Audiencia Nacional española basándose en el<br />

principio de Jurisdicción Universal 30 que aspira a encontrar justicia en un contexto internacional<br />

frente a casos de crímenes de lesa humanidad, como en el caso de los desaparecidos<br />

que no están sujetos a la prescripción de la responsabilidad penal.<br />

No hay transición sin cambio<br />

Otro aspecto para entender las peculiaridades del caso saharaui, es el tipo de paso de la<br />

dictadura o la guerra a un proceso democrático o de paz, lo que habitualmente se llama<br />

transición política. No hubo ningún proceso de ruptura del estatus quo en el caso del Sá-<br />

29 Véase anexo 5.<br />

30 HEGOA, Boletín electrónico, (2010), vol. 1, p. 5. Véase: http://publ.hegoa.efaber.net/publications/251.

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