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Descargar - Alcaldia Municipal de San Miguel

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nos graves con otros tipos <strong>de</strong> penas que no sea la prisión (multa, etc.). Se justifica<br />

esta solución, porque la prisión no cumple con su finalidad rehabilitadora, se aleja<br />

innecesariamente <strong>de</strong> la sociedad a quien bien pue<strong>de</strong> reacomodarse en ella y existen<br />

otros tipos <strong>de</strong> penas para esos <strong>de</strong>litos que a<strong>de</strong>cuadamente reparan el daño.<br />

c) Un Código Penal ajustado a lo expuesto anteriormente. Nuestro Código no<br />

obe<strong>de</strong>ce a tales lineamientos.<br />

d) Un sistema <strong>de</strong> justicia penal que garantice un juzgamiento justo y rápido,<br />

en el que también participe la víctima. Se pue<strong>de</strong> lograr con el proceso oral.<br />

Nuestro proceso penal es escrito, lento, manejado por jueces que no tienen<br />

in<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia y con poca preparación especializada. El sistema penal en todas<br />

sus etapas: preventiva, juzgamiento y ejecución, está plagado <strong>de</strong> violaciones a los<br />

<strong>de</strong>rechos humanos. Estas violaciones se vuelven más irritantes en la etapa <strong>de</strong><br />

ejecución, o sea, en el sistema penitenciario.<br />

La investigación <strong>de</strong> la policía es la que generalmente sirve <strong>de</strong> fundamento <strong>de</strong><br />

la sentencia <strong>de</strong> los jueces y tribunales. Los hechos (el cuadro fáctico), que es la<br />

base fundamental <strong>de</strong> la sentencia, los pone la policía; El <strong>de</strong>recho lo aplica el juez.<br />

No <strong>de</strong>bemos olvidar que en la <strong>de</strong>terminación y apreciación <strong>de</strong> los hechos es en<br />

don<strong>de</strong> se cometen los más gran<strong>de</strong>s errores judiciales. En el sistema penal es don<strong>de</strong><br />

existe la mayor crisis <strong>de</strong> nuestra justicia.<br />

e) Una asignación a<strong>de</strong>cuada <strong>de</strong> recursos económicos y humanos para <strong>de</strong>sarrollar<br />

las metas <strong>de</strong> la política planificada.<br />

f) Un sistema penitenciario para rehabilitar al con<strong>de</strong>nado.<br />

Nuestro sistema <strong>de</strong> justicia penal gira en torno al po<strong>de</strong>r judicial, la policía y el<br />

sistema penitenciario. Estos dos últimos ponen en crisis la in<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia y unidad<br />

<strong>de</strong> la función jurisdiccional. A<strong>de</strong>más no funcionan bien, a pesar <strong>de</strong> que la policía<br />

tiene un mayor personal que el <strong>de</strong>l po<strong>de</strong>r judicial. La policía pone los hechos fundamentales<br />

<strong>de</strong> la sentencia <strong>de</strong>l juez y juzga en ciertos casos. También el sistema<br />

penitenciario usa <strong>de</strong> la sanción punitiva.<br />

H. Una gran marginalidad jurídica<br />

Para nadie es un secreto que existe una gran marginalidad jurídica producto<br />

<strong>de</strong> nuestra pobreza y <strong>de</strong> la injusta distribución <strong>de</strong> la poca riqueza que existe.<br />

La igualdad ante la ley y el proceso 6 y el principio <strong>de</strong> la gratuidad <strong>de</strong> la justicia 7<br />

no resuelven el problema <strong>de</strong> la marginalidad jurídica, o sea, el acceso <strong>de</strong> los po-<br />

6 . Arts. 27 y 165 Cn.<br />

7 . Art. 156 Cn.<br />

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