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Miércoles 30 de mayo de 2007 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 45<br />

MULTIVALORES ARRENDADORA, S.A. DE C.V.<br />

ORGANIZACION AUXILIAR DEL CREDITO<br />

MULTIVALORES GRUPO FINANCIERO<br />

NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS<br />

AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006 Y 2005<br />

(cifras en miles de pesos)<br />

NOTA 1. MARCO DE OPERACIONES.<br />

a) Sociedad Anónima.<br />

MULTIVALORES ARRENDADORA, S.A. DE C.V., ORGANIZACION AUXILIAR DEL CREDITO,<br />

MULTIVALORES GRUPO FINANCIERO (La Arrendadora), se constituyó el 23 de julio de 1990 con el nombre<br />

de ARRENDADORA BANCEN, S.A. DE C.V., como Organización Auxiliar del Crédito, conforme a la Ley<br />

General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y a la Ley General de Sociedades Mercantiles,<br />

con personalidad jurídica y patrimonio propio.<br />

b) Objeto Social.<br />

La principal actividad de La Arrendadora es celebrar contratos de arrendamiento financiero y puro, adquirir<br />

bienes para otorgarlos en ambos arrendamientos, adquirir bienes del futuro arrendatario con el compromiso<br />

de darlos a éste en arrendamiento financiero, así como todas aquellas otras operaciones autorizadas de<br />

conformidad con el artículo 24 y demás relativas de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares<br />

del Crédito (LGOAAC).<br />

c) Incorporación a Multivalores Grupo Financiero, S.A.<br />

Con fecha 25 de marzo de 1994, la Sociedad celebró una Asamblea General Ordinaria de Accionistas,<br />

mediante la cual se acordó incorporar La Arrendadora a "MULTIVALORES GRUPO FINANCIERO, S.A.", con<br />

el que ha firmado un convenio de adhesión al Convenio Unico de Responsabilidades, de fecha 27 de<br />

noviembre de 1994, con aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos de la Ley<br />

para Regular las Agrupaciones Financieras y las reglas generales para la constitución y funcionamiento de los<br />

Grupos Financieros. Para separarse del grupo se requerirá la aprobación previa de la Secretaría. Dicho Grupo<br />

posee el 99.99% del capital de la sociedad.<br />

NOTA 2. PRINCIPALES POLITICAS CONTABLES Y FINANCIERAS.<br />

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), a través de las Circulares 1458 y 1490 emitió los<br />

Criterios Contables a los que se deben sujetar las Arrendadoras Financieras. En las circulares indicadas<br />

se señala que la contabilidad de las Arrendadoras se debe ajustar a la estructura básica que para la aplicación<br />

de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) definió el Instituto Mexicano de Contadores<br />

Públicos, A.C. (IMCP), excepto cuando a juicio de la misma sea necesario aplicar una normatividad o un<br />

criterio contable especial y tomando en consideración que las Arrendadoras realizan operaciones<br />

especializadas. Así mismo, establece que a falta de un criterio contable expreso de la CNBV o en un contexto<br />

más amplio del IMCP, se aplicará en primer lugar, la supletoriedad a las normas emitidas por el International<br />

Accounting Standars Committee (IASC) y a falta de esas los PCGA aplicables en los Estados Unidos de Norte<br />

América (EUA).<br />

Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados por Normas de Información Financiera. A partir del<br />

1 de junio de 2004, la función y responsabilidad de emisión de las Normas de Información Financiera (“NIF”),<br />

corresponde al Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera A.C.<br />

(“CINIF”). El CINIF decidió renombrar los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados que anteriormente<br />

emitía el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (“IMCP”), como NIF.<br />

A continuación se describen las políticas contables más importantes establecidas por La Arrendadora las<br />

cuales por los incisos c) y l) difieren de las NIF.<br />

a) Disponibilidades.<br />

Las disponibilidades se registran a su valor nominal. Los rendimientos sobre depósitos en instituciones<br />

bancarias se reconocen en resultados conforme se devengan.<br />

b) Inversiones en valores.<br />

Al momento de su adquisición, las inversiones en valores se clasifican en títulos para negociar, títulos<br />

disponibles para la venta, títulos conservados al vencimiento o títulos recibidos en reporto. Cada una de estas<br />

categorías posee normas específicas en lo referente a reglas de registro, valuación y presentación por<br />

separado en el balance general.

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