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Miércoles 30 de mayo de 2007 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 35<br />

Los títulos disponibles para la venta se valúan a su valor razonable, el cual se asemeja a su valor de<br />

mercado, con base en los precios de mercado dados a conocer por el proveedor de precios. Los ajustes<br />

resultantes de esta valuación se llevan al capital contable.<br />

c) Otras Cuentas por Cobrar<br />

Se registran a su valor nominal que es el mismo de recuperación. La estimación para irrecuperabilidad o<br />

difícil cobro correspondiente a deudores no identificados pendientes de aclarar, se constituye por el importe<br />

total de adeudos a los 60 días naturales de su registro inicial y por los deudores identificados a los 90 días naturales.<br />

No se constituye estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro por los saldos a favor de impuestos.<br />

d) Inmuebles Mobiliario y Equipo<br />

Los inmuebles mobiliario y equipo se expresan a su valor actualizado, determinado mediante la aplicación<br />

a su costo de adquisición factores derivados de la UDI.<br />

La depreciación se calculará por el método de línea recta a partir del ejercicio 2007, tanto sobre el costo<br />

de adquisición como sobre los incrementos por actualización.<br />

El registro de este ejercicio de los activos fijos incluye una capitalización del IVA Acreditable en un 70% del<br />

total de este impuesto, de tal manera que el 30% restante se registra como IVA a favor.<br />

e) Gastos preoperativos.<br />

Se integran de todos aquellos gastos incurridos en el periodo preoperativo.<br />

Es política de la entidad, registrar los costos preoperativos como un gasto en resultados del periodo en<br />

que fueron incurridos, y los identificados como de fase de desarrollo como un activo intangible los cuales se<br />

amortizarán cuando se inicien operaciones.<br />

f) Deterioro en el valor de los activos de larga duración<br />

Los inmuebles mobiliario y equipo se expresan a su valor actualizado, a partir del 1 de enero del 2004,<br />

entraron en vigor las disposiciones del Boletín C-15 “Deterioro en el valor de los activos de larga duración y su<br />

disposición”.<br />

Dicho Boletín indica que cuando existan indicios de deterioro en el valor de los activos de larga duración,<br />

se deberá determinar el valor de recuperación de éstos mediante la obtención del precio de venta de los<br />

mismos y su valor de uso. Cuando el valor de recuperación es inferior al valor neto en libros, la diferencia se<br />

reconoce como una pérdida por deterioro.<br />

La aplicación de este pronunciamiento no tuvo ningún efecto en los resultados ni en la situación financiera<br />

de la compañía, en virtud de no existir indicios de deterioro en los activos de larga duración.<br />

g) Provisiones<br />

Los pasivos a cargo de El Banco representan una obligación presente y están reconocidas en el Balance<br />

General. Estas provisiones se han registrado contablemente, bajo la mejor estimación razonable efectuada<br />

por la Administración para liquidar la obligación presente; sin embargo, cuando se materialice el pasivo<br />

pudiera diferir de las provisiones reconocidas.<br />

h) Operaciones en moneda extranjera<br />

Las operaciones denominadas en moneda extranjera son registradas de conformidad con el tipo de<br />

cambio vigente al día de la operación. Los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera<br />

se ajustan con el tipo de cambio al cierre de cada mes y del ejercicio, publicado por el Banco de México. Las<br />

diferencias en cambios en relación con activos o pasivos contratados en moneda extranjera son reconocidas<br />

en los resultados del ejercicio.<br />

i) Impuesto Diferido<br />

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) diferido, se calcula a la tasa del 28%, de acuerdo con los lineamientos<br />

establecidos por el Boletín D-4 del IMCP, cuya principal implicación es determinar las diferencias temporales<br />

de ISR, bajo el método de Activos y Pasivos que compara los valores contables y fiscales de los mismos.<br />

j) Reconocimiento de los efectos de la inflación en los estados financieros<br />

Los estados financieros que se acompañan, se han reexpresado conforme a los lineamientos de las NIF<br />

B-10, a través de la aplicación de factores derivados de la Unidad de Inversión (UDI) en lugar del Indice<br />

Nacional de Precios al Consumidor (INPC) con el objeto de reconocer los efectos de la inflación en la<br />

información financiera, ambos factores de actualización son similares.<br />

Estos lineamientos requieren la presentación de los estados financieros a pesos de poder adquisitivo<br />

constante a la fecha del balance general más reciente.

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