the National Sea Grant Library - University of Rhode Island
the National Sea Grant Library - University of Rhode Island
the National Sea Grant Library - University of Rhode Island
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Buenas Prácticas de Manufactura Actuales<br />
protejan de contaminación y deben ser mantenidos a una humedad relativa y una<br />
temperatura tal que se impida la adulteración de los alimentos de acuerdo a la ley. El<br />
material programado para reprocesamiento debe ser identificado como tal.<br />
(6) La materia prima congelada y otros ingredientes deben ser mantenidos en<br />
congelamiento. Si se requiere la descongelación antes del uso, esta debe hacerse de<br />
manera que se prevenga la adulteración de las materias primas y de los otros ingredientes<br />
de acuerdo a lo establecido por la ley.<br />
(7) Las materias primas líquidas o secas y otros ingredientes recibidos y almacenados a granel,<br />
deben ser mantenidos de forma que se protejan de contaminación.<br />
(b) Operaciones de manufactura.<br />
(1) El equipo, los utensilios, y los recipientes de alimentos terminados deben ser mantenidos<br />
en condiciones aceptables mediante limpieza y desinfección apropiadas, según como se<br />
requiera. En la medida que sea necesario, debe desarmarse el equipo para una limpieza<br />
completa.<br />
(2) Toda la manufactura de los alimentos, incluyendo el empaque y almacenamiento, deben<br />
realizarse, según sea necesario, bajo condiciones y controles tales que se minimice el<br />
potencial de crecimiento de microorganismos, o de contaminación de alimentos. Una<br />
forma de cumplir con este requisito es el monitoreo cuidadoso de factores físicos tales<br />
como tiempo, temperatura, humedad, aw, pH, presión, velocidad de flujo, y operaciones de<br />
manufactura, tales como congelamiento, deshidratación, procesamiento térmico,<br />
acidificación, y refrigeración para garantizar que las fallas mecánicas, los atrasos, las<br />
fluctuaciones de temperatura, y otros factores no contribuyan a la descomposición o<br />
contaminación de los alimentos.<br />
(3) Los alimentos susceptibles al rápido crecimiento de microorganismos indeseables,<br />
particularmente aquéllos que tienen relevancia para la salud pública, deben conservarse<br />
de tal forma que se impida la adulteración de los alimentos de acuerdo a lo estipulado por<br />
la ley. El cumplimiento de este requisito puede cumplirse mediante cualquier medida<br />
efectiva, incluyendo:<br />
(i) Mantener alimentos refrigerados a una temperatura igual o menor que 450F (7.20C)<br />
según sea apropiado para el alimento específico involucrado.<br />
(ii) Mantener los alimentos congelados en estado congelado.<br />
(iii) Mantener los alimentos calientes a una temperatura igual o mayor que 1400F (600C).<br />
(iv) Dar tratamiento térmico a los alimentos ácidos o acidificados para destruir a los<br />
microorganismos mesófilos cuando estos alimentos sean almacenados en recipientes<br />
herméticamente sellados a temperatura ambiente.<br />
(4) Las medidas tales como esterilización, irradiación, pasteurización, congelamiento,<br />
refrigeración, control de pH, o control de aw, que se realizan para destruir o prevenir el<br />
crecimiento de microorganismos indeseables, particularmente aquéllos de relevancia para<br />
la salud pública, deben ser adecuadas según las condiciones de manufactura,<br />
manipulación y distribución para prevenir la adulteración de los alimentos de acuerdo a la<br />
ley.<br />
(5) Los productos en proceso deben manejarse de forma que se evite la contaminación.<br />
(6) Deben tomarse medidas efectivas para proteger a los alimentos terminados de<br />
contaminación por materias primas, otros ingredientes, o desperdicios. Cuando las<br />
materias primas, otros ingredientes, o desperdicios están desprotegidos, no deben ser<br />
manipulados simultáneamente en áreas de recepción, carga, o envíos, si esa manipulación<br />
233