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the National Sea Grant Library - University of Rhode Island

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Apéndice 3<br />

230<br />

(d) Servicios sanitarios. Cada planta deber proveer a su personal de servicios sanitarios<br />

apropiados y accesibles. El cumplimiento de este requisito puede lograrse mediante:<br />

(1) El mantenimiento de instalaciones en condiciones sanitarias.<br />

(2) El mantenimiento de las instalaciones en buen estado todo el tiempo.<br />

(3) Puertas con sistema de auto-cierre.<br />

(4) Puertas que no se abran hacia áreas donde los alimentos sean expuestos a contaminación<br />

aérea, excepto cuando se hayan adoptado medidas alternativas para proteger a los<br />

alimentos de ese tipo de contaminación (tales como puertas dobles o sistemas de flujo de<br />

aire positivo).<br />

(e) Estaciones de lavado de manos. Las estaciones de lavado de manos deben ser adecuadas y<br />

convenientes y estar abastecidas de agua que fluya a una temperatura apropiada. El<br />

cumplimiento de este requisito puede lograrse proveyendo:<br />

(1) Estaciones de lavado de manos, y cuando sea apropiado, de desinfección, en cada área de<br />

la planta en las que las buenas prácticas sanitarias requieran que los empleados se laven<br />

y/o desinfecten las manos.<br />

(2) Preparaciones de limpieza y de desinfección de manos efectivas.<br />

(3) Servicio de toallas sanitarias o dispositivos de secado de manos adecuados.<br />

(4) Dispositivos o accesorios, tales como válvulas de control de agua, diseñados y construidos<br />

de forma que se protejan las manos limpias y desinfectadas de volver a ser contaminadas.<br />

(5) Rótulos comprensibles y accesibles que guíen a los empleados que manipulan alimentos<br />

desprotegidos, materiales de empaque de alimentos desprotegidos, y superficies que<br />

entran en contacto con los alimentos, hacia el lavado de manos, y cuando sea apropiado,<br />

hacia la desinfección de las mismas, antes de iniciar las labores, después de cada ausencia<br />

de su estación de trabajo, y cuando sus manos puedan haberse contaminado o ensuciado.<br />

Estos rótulos se pueden colocar en el (los) cuarto(s) de procesamiento y en otras áreas en<br />

las que los empleados pudiesen manipular los alimentos, materiales, o superficies<br />

indicados previamente.<br />

(6) Recipientes de residuos que estén construidos y mantenidos de forma que se proteja a los<br />

alimentos de contaminación.<br />

(f) Eliminación de basura y desperdicios. La basura y desperdicios deben ser transportados,<br />

almacenados, y eliminados de forma que se minimice la producción de olores, y se minimice la<br />

posibilidad de que los desechos atraigan plagas, o se conviertan en puntos de alojamiento o<br />

reproducción de plagas, y de forma que se proteja de contaminación a los alimentos, a las<br />

superficies que entran en contacto con los alimentos, a fuentes de agua, y a superficies del<br />

terreno.<br />

Sub-parte C - Equipo<br />

§ 110.40 Equipo y utensilios<br />

(a) Todo el equipo de la planta y los utensilios deben estar diseñados de tal forma, material y<br />

hechura, que permitan ser limpiados adecuadamente, y deben ser mantenidos<br />

apropiadamente. El diseño, construcción, y uso de equipo y utensilios deben impedir la<br />

adulteración de los alimentos con lubricantes, combustible, fragmentos de metal, agua<br />

contaminada, y cualquier otro contaminante. Todo el equipo debería ser instalado y<br />

mantenido de tal forma que se facilite su limpieza y la limpieza de todos los espacios<br />

adyacentes. Las superficies que entran en contacto con los alimentos deben ser resistentes a la

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