1 - DSpace CEU

1 - DSpace CEU 1 - DSpace CEU

dspace.ceu.es
from dspace.ceu.es More from this publisher
09.05.2013 Views

Ind'ce lis Lisc ifts notables. Fol. 374. Y íi avrá lugar aceptando la hazienda de fu padre, ibi, num. 116. fol.37). B'enes caftrenfes. Bienes caftrenfes , quales fean, y íi fe deben comunicar , y dividir con la madre , y demás hermanos, ibi, num. 100. fol. $66. Bienes iniivifibles. Bienes que no tienen cómoda divilion, corno deben fer partidos, cap. 1 r. num. 44.45.46. fül.244. y 345. Bienes/abrogados. Bienes comprados , y trocados con el dinero , y bienes dotaíes , fi liguen fu mifmo privilegio , ibi, num. 153. 1 >4. fol. 384- . Bienes parafernales. Bienes parafernales , quales fean, y íi liguen el mifmo privilegio que los bienes dorales, cap. 1 1. num. 74. fol. 355. Bienes parafernales, li fon las donaciones^ lo demás que el marido dá, y entrega á fu muger, ibi, num. 76. fol. 357. Bienes parafernales , íi fe dizen afsimifmo las donaciones que en favor de la muger íe otorgan por otra qualquier perfona , ibi, num. 77. tol. 3 5 7. * Bienes parafernales , en qué forma fe deben entregar á la muger , 6 á fus herederos, diffuclro ei matrimonio , ibi, njm. ?$. fol. 357. B en?s gananciales. Bienes gananciales hallados en él fegu ido matrimonio , fi fe de-, ben comunicar entre los herederos , afsi del fegu-tdo , como del primero , y quando , cap. 1 r.num. 146.fol. 381. Bienes gananciales , fi pueden fer enagenados por el padre, dif-; fuelto el matrimonio , en perjuizio de fus hijos , ibi, num. 149. fol. 7.83. Bienes gananciales , enagenados en otro acreedor por el marido , fi fe podran repetir por la muger, por razón de fu dote , ibi , num. 148. fol..582. Y lo demás tocante a ganancias , veafc la letra, y §.me«s joras , ibi , cap. ir. y el §. renunciación , y el §. frutos,, num. 97.98. fol. 354. Capital. Capital de la muger, en qué for-3 ma fe debe pagar , fiendo eftimada , y por qué caufas fe le aumenta , cap. 11. num. 59. fol "3 50. Cedidas. Cédulas particulares con éfpecial hypoteca , y firmadas de tres teíiigos, en qué lugar deben fer pagadas , cap. íi. num. 173. fol. 390. Cenfos. Cenfos , en que lugar deben fer pagados, cap. 11. n. 169. fol. 389. Claufulas. Claufulas.con que todos,}' qualefquier teftamentos , y vleimas Voluntades fe debeu otorgar, en

Índice de Us en que forma fe deben orde- nar, cap. i. num. i. fol.253. Claufula codicilar, en que forma; y con qué palabras debe fer ordenada , cap. 2.n. 1. fol.270. Claufula derogatoria, en qué forma íé debe ordenar , para que figa fu efecto,c.3.n.: .fol.274. Claufula , en qué manera , y forma fe debe ordenar , para que ícan validos (os paitos ,y tranfaciones fobrc teftamentos, c. 4. num. 1. fol. 177. Claufula , y condición , por la qual el teftador remite la cuenta á los tutores teftamentarios, que de obligación deben dar de ios bienes de los menores, li ferá de algún cfefto , C3p. e, num. 2.. 3. fol. 281. Claufula,y condición, por la qual íe diípone contra la coftumbrc,y íaero del lugar,(i ferá valida,ibi,n.4.f.28i.Y íi cita doc trina fe puede verificar en el fuero de Sepulvcda,y en los lugares adonda fe guarda, f.281. Claufula, por la qual fe remite al víufructuario la íianca, que de derecho tiene obligación á dar, íi fe debe cumplir, y guardar, ibi,n.6.Y íi en cafo de pobreza , cumplirá el dicho vfuftuctuario con dar vna fiança juratotia, ibi, n.5. fol. 182." Claufula , y condición del teftador,en que mand3,quc el Obif. po,6 fu Vicario, no fe mera en pedir cuenta de la memoria, ó Capellanía que dexa, fi fe debe cumplir, ibij n.7. fol, 283. cofas tiCtMes. Claufula , por la qual el maridó concede á fu muger la tutela de fus hijos , y que no la pierda, aunque fegunda vez fe cafe , íi fe debe cumplir,ibi, n.S.f.283. Claufula, *y condición contra la libertad déla perfona del legatario , fi fe debe cumplir , y guardar, ibi, n.?. fo'.i 84. Claufulas,y condiciones injuftas, fi fe deben juzgar por no eferitas, ibi, num. 12.fol.28j. Claufula,y condicion,por la qual confta de la voluntad del tefta-; dor,que el legado que dexa fea para cafar huérfanas, fi tendrá cl mifmo efc&o entrando en Religión,ibi,n.i 2.13.14.f.2 8 5 Claufula , por la qual fe prohibe la quarta falcidia, y Trebelianica, ft fe debe cumplir, ibi, n.\ j 6.17. Y en qué cafos de dere-, cho no fe deben, ibi, n. 15.10. 17.18.15?. fol.285. y 287. Claufula,y condición,por la qual fe manda , que los bienes vin-J culados, ó legados, no puedan fer vendidos,ni enagenados,de qué efe&o fea, y como debe fer ordenada, c. 5.11.2.3. fol. 2 90. Claufula de prohibición,y gravamen,de que los bienes vincula-! dos,ó mandados no puedan fer vendidos, ni enagenados, fi fe debe cumplir, y quando es vif-í to fer mas buen confejo de ei teftador, que agravar al here-i dero , ó legatario con la dicha condición, y con qué palabras deben fer ordenadas las dichas claufulas. para que efto fe en-;

Índice de Us<br />

en que forma fe deben orde-<br />

nar, cap. i. num. i. fol.253.<br />

Claufula codicilar, en que forma;<br />

y con qué palabras debe fer ordenada<br />

, cap. 2.n. 1. fol.270.<br />

Claufula derogatoria, en qué forma<br />

íé debe ordenar , para que<br />

figa fu efecto,c.3.n.: .fol.274.<br />

Claufula , en qué manera , y forma<br />

fe debe ordenar , para que<br />

ícan validos (os paitos ,y tranfaciones<br />

fobrc teftamentos, c.<br />

4. num. 1. fol. 177.<br />

Claufula , y condición , por la<br />

qual el teftador remite la cuenta<br />

á los tutores teftamentarios,<br />

que de obligación deben dar<br />

de ios bienes de los menores,<br />

li ferá de algún cfefto , C3p. e,<br />

num. 2.. 3. fol. 281.<br />

Claufula,y condición, por la qual<br />

íe diípone contra la coftumbrc,y<br />

íaero del lugar,(i ferá valida,ibi,n.4.f.28i.Y<br />

íi cita doc<br />

trina fe puede verificar en el<br />

fuero de Sepulvcda,y en los lugares<br />

adonda fe guarda, f.281.<br />

Claufula, por la qual fe remite al<br />

víufructuario la íianca, que de<br />

derecho tiene obligación á<br />

dar, íi fe debe cumplir, y guardar,<br />

ibi,n.6.Y íi en cafo de pobreza<br />

, cumplirá el dicho vfuftuctuario<br />

con dar vna fiança<br />

juratotia, ibi, n.5. fol. 182."<br />

Claufula , y condición del teftador,en<br />

que mand3,quc el Obif.<br />

po,6 fu Vicario, no fe mera en<br />

pedir cuenta de la memoria, ó<br />

Capellanía que dexa, fi fe debe<br />

cumplir, ibij n.7. fol, 283.<br />

cofas tiCtMes.<br />

Claufula , por la qual el maridó<br />

concede á fu muger la tutela de<br />

fus hijos , y que no la pierda,<br />

aunque fegunda vez fe cafe , íi<br />

fe debe cumplir,ibi, n.S.f.283.<br />

Claufula, *y condición contra la<br />

libertad déla perfona del legatario<br />

, fi fe debe cumplir , y<br />

guardar, ibi, n.?. fo'.i 84.<br />

Claufulas,y condiciones injuftas,<br />

fi fe deben juzgar por no eferitas,<br />

ibi, num. 12.fol.28j.<br />

Claufula,y condicion,por la qual<br />

confta de la voluntad del tefta-;<br />

dor,que el legado que dexa fea<br />

para cafar huérfanas, fi tendrá<br />

cl mifmo efc&o entrando en<br />

Religión,ibi,n.i 2.13.14.f.2 8 5<br />

Claufula , por la qual fe prohibe<br />

la quarta falcidia, y Trebelianica,<br />

ft fe debe cumplir, ibi, n.\<br />

j 6.17. Y en qué cafos de dere-,<br />

cho no fe deben, ibi, n. 15.10.<br />

17.18.15?. fol.285. y 287.<br />

Claufula,y condición,por la qual<br />

fe manda , que los bienes vin-J<br />

culados, ó legados, no puedan<br />

fer vendidos,ni enagenados,de<br />

qué efe&o fea, y como debe fer<br />

ordenada, c. 5.11.2.3. fol. 2 90.<br />

Claufula de prohibición,y gravamen,de<br />

que los bienes vincula-!<br />

dos,ó mandados no puedan fer<br />

vendidos, ni enagenados, fi fe<br />

debe cumplir, y quando es vif-í<br />

to fer mas buen confejo de ei<br />

teftador, que agravar al here-i<br />

dero , ó legatario con la dicha<br />

condición, y con qué palabras<br />

deben fer ordenadas las dichas<br />

claufulas. para que efto fe en-;

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!