1 - DSpace CEU
1 - DSpace CEU 1 - DSpace CEU
^ j 8 SwttnCA, Vibro feottnió, íe depufieron conforme á la difpoficion del Derecho, o voluntad áeí íeft idor, entonces fui embargo de la excepción,de re^pl icario ne diviíiouis.poirá tratar qualquiera de los dichos hcrederós,é intercífados de la reformación de aquella enmienda, y error de Derecho; pues no * es jufto que por la ignorancia, ó malicia dé los Contadores, tientan, y padezcan qualquiera de los dichos herede ros efto agravióme obliante qualefquier pactos^ efcrituras;y es la razón, quia non videtur pacto perimi sdequi non efl cogitatum per l fin §.p¿n*ltff.de condit.indcb. & ica notat NÍoncalv./« l.Ü.tit.4..l¡b?$.fiori.G¡of.defecha. J04 Y en cafo que alguno de los dichos herederos pid 1 reformación de la dicha partición,alegando,que aunque no fe ocultaron bienes a'gunos en los que le adjudicaron , 6 refpedo de ¡os demás bienes, y herederos, fue lefo, y engañado,entonces hade con (¡de. ra? el Juez tres cotas. Lo primero, en la cantidad que prueba el heredero fue lefo, y damnificado,porque lino es en la mitad del jufto valor , y pr.cio.no debe fer oído;y cafo que lo alegue,y no lo pruebe,no debe fer reformada la partición,corneo en ios demás contratos, fegun U ley a.C. derefeindenda venditione. Y tiendo hecha la partición por titulo de tranfaccion,y la leíion excedió de la mitad del jufto valor , y precio,aunque fea jurada, avra lugar fu remedio, vt ica notat Petr. Sen. de ajfecura.frfponfimerea.¿.part.num.4 Gutier.ptast. qu.efi .lib.z.q. 141 .per totam, quos fequitur, & refere Villad. in Política firma de libelar, n.i iç.vetf.Tno avra lugar fol. 148, 30c Lo fegundo, que efte remedio de la letion fe ha de intentar dentro dequatro años,como fuere otorgada,óaprobada la dicha paçr ticion, vt ita notat idem Gutiérrez, vbifup.qua/l. \\\. adonde dize: que pitfado efte dicho tiempo no fe puede intentar, aunque fea por via de excepción, Villad. vbifiup vtrf. Puede fie intentar', falvo.ti la leíion fue enormifsima,quc entonces fe puede intentar dentro de treinta años,aunque la dicha partición efte jurada, vt ita notat Villadieg. vbi fup.verfi. Y fiendo enormifsima: folo fe hade notar,efpecialmente quando no intervino juramcnto;que ti el heredero intentó efta acción dentro de vn año de como fue aprobada la partición,alegando,y probando fue lefo, y engeñado en la fext3 parte de la cantidad que le dci bia pertenecer,que entonces ha de fer oido; y cafo que lo pruebe, ha de fer reformada la dicha partición, y deshazcrel agravio tpertext. in l.fiforor, C.de col. & ita notat Molin. de ntjl. fr iur. 1. traéí. difp, 14 n. ' 1. Y efto mas fe practica en Portugal. 3c
De CUufuUs Infiirumcnt*les,Cdp. Xí. 4 j 9 defde el dia que otorgó , y aprobó la dicha partición , hafta cumplir 29. anos, vt probatur in /. 8. tit .4. tib. \.fori, & ibi Monta! v. Glfi. M» fuere de edad, Mol; vbi fup. num. fin. in fin. falvo , íi el menor ( excra del contrato de la traufaccion, vt fup. dixinius ) huviere jurado la di4 cha partición como menor, íecus, íino le huviere jurado como tal, porque :o„davia tendrá la mifma reftitucion , vt icaconcludit Matienç./ff /. x.Ghfi 8. n. 50. tit. 11. lib. e. Rec. fr nos alibi diximus. Y en los cafos que ei menor, o mayor fueron enormifsimamente lefos , y damnifica-, dos, afsi como fer engañadora tres , óquatrotanco de fu legitima; no impide el dicho juramento, aunque fe jure como menor , vtfup^ eJdictum , pidiendo re laxación, ad eífe&um agendi, & excipiendi. 307 En conclufion , fialgunode los dichos herederos, pidiéndole" trayga á partición , y divifion los bienes que poflee , y alegare prefcripcion, fin embargo de la dicha excepción , los ha detraerá partición coa fu 9 coherederos , aviendo razón legitima. Yes la razón, que las cofis comunes no fiendo partidas , no fe preferiven por ningún tiempo , Como fe prueba en la ley tit. 1lib. 4. Nova Rec. 5c ibi • Azeved. n. 1. cum piuribus alijs. loo La qual doctrina fe ha de limitar , quando el pofleedor délos bienes alegare,y probare que la partición fue hecha,ó feprefumiere aver-? íe hecho , por eftár polTeyendo los demás herederos algunos délos bic-i nes del difunto , que entonces coa aquella buena fee , y fiendo paliados diez años entre prefentcs , y ciento enere aufeutes , no ha lugar ei hazer la dicha partición,aunque parezca que los demás herederos fueron lefos; pues demás de que les pudieron dar otros bienes que ayan gaftado por el lapfo del tiempo , ceífa ia excepción , ó acción de la lefion , fino es probando los dichos herederos, que nunca fueron partidos los dichos bie-t n e s, oque no poííecn parte dellos, vt omni probantur per DoAorcs , /* dici. /.5. tit.i 5. //¿.4, Kecop. Montalv. in diff.l.S tit. 4. lib. ¡.fifi, Glof. ay eferito iinfin. Ayon.de partitionib.i. p. qu.tfi. jo. per t ota ¡a, Añz, Meo. in l.fi aquam, n. 34. C. de fervit. fr aqua , Gutier. in repetit. /. ne* m *pcteft ,n. 2\i.ff. delegat. \. Los quales afirman no corrige , ni deí^ga de ia ley 5. del Rcyno, á ia Glolfa de ia ley fi maior,C comm.divíd. ín fu decifion. Dando fin á efte Carnario tratado, adondd en tan peque-: ío volumen, van refueitos tan-infinitos, é muuicrables cafos, contiagens Ees en el Derecho, y oficio de Efcrivanos, y Abogados. A honra, y gloria de Dios nuefiro Señor, y de la Virgen fu Madre. Agofto 2. de 1Í2.4. BenedlóiusVeus cura Virgme Matre. fez m
- Page 398 and 399: j 8 S Slgusnçd, Libro fegundo > jf
- Page 400 and 401: •} o o SfguençAy Litro fecundo,
- Page 402 and 403: 39 1 Siouencet, Libro ft tundo. §.
- Page 404 and 405: 3 04 Siguen cd, Libro fecundo] la p
- Page 406 and 407: jço SlgH-ençA ¡Libro fegundo, v
- Page 408 and 409: 2^8 Slguença, Libro fegundo, biene
- Page 410 and 411: ^ o o Siguen c a, Vibro fegundo, ao
- Page 412 and 413: 40 z Stguença, Vibro fegundo, jora
- Page 414 and 415: 404 Stgnença, Librofe^ndo, tiene b
- Page 416 and 417: 4o6 ShiuncA , Vihro feoundak& via d
- Page 418 and 419: '408 Si cuenca, Libro fegundo, tes
- Page 420 and 421: 4* o Siguença, Vibro fegundo, # te
- Page 422 and 423: 41 x Siguença, Libro fegmdo¡ no e
- Page 424 and 425: 414 Siçuen>Ç4, L¡brtf fegunh\ de
- Page 426 and 427: A\6 Shuenca , Libro feoundo % legad
- Page 428 and 429: 41 o Stguença, Vibro fecundo,
- Page 430 and 431: 4io S'gucncét, Libro fegundo, no c
- Page 432 and 433: *\ii Slguença, Vtlfrofegmáoj fe g
- Page 434 and 435: 414 Shuençd , libré [epvio, quari
- Page 436 and 437: 4iá Siguençd, Libro Segmh, 'cipal
- Page 438 and 439: 4*8 Steuenç*, Libro frunció, del
- Page 440 and 441: 4^0 Slgnrnça, Libro fegundo*, falt
- Page 442 and 443: S'gttunen , J ibrofegunclo, cantida
- Page 444 and 445: Sguenta. Librof'vunioj 295 La qual
- Page 446 and 447: 4} 6 Shttençf, Libro fegundo, con
- Page 450 and 451: TABLA DE LO MAS ESSENCIAL, Y NOTABL
- Page 452 and 453: e ferordehaduvpara que los hijos de
- Page 454 and 455: índice de lascoJ "as netablesl ord
- Page 456 and 457: tutores , y curadores de los gano,
- Page 458 and 459: índice de las cojas nctubles. Port
- Page 460 and 461: Índice de lasco "js tiüt ib les.
- Page 462 and 463: dór,cap.t$. n.i.fol 96. Fiadores,
- Page 464 and 465: Índice di la fí^áp.I^urñ. 7.fol
- Page 466 and 467: Índice de las c alguno de fusliijo
- Page 468 and 469: Índice de lase mifmo en lá Venta
- Page 470 and 471: - los dieren , ibi, num. 33. fol. R
- Page 472 and 473: índice de las cofas notables. Renu
- Page 474 and 475: Ind'cc ¿c Lis el defecto , y vicio
- Page 476 and 477: Ind'ce lis Lisc ifts notables. Fol.
- Page 478 and 479: índice de lase ">fas notables. tie
- Page 480 and 481: Dote , defde qué tiempo tiene fu p
- Page 482 and 483: Índice de las cofas notables. Jos
- Page 484 and 485: índice deluscoj "as notables. legi
- Page 486 and 487: Índice de las coj Renunciación. R
- Page 488: índice de lis co Os not.tbles. Ter
^ j 8 SwttnCA, Vibro feottnió,<br />
íe depufieron conforme á la difpoficion del Derecho, o voluntad áeí<br />
íeft idor, entonces fui embargo de la excepción,de re^pl icario ne diviíiouis.poirá<br />
tratar qualquiera de los dichos hcrederós,é intercífados<br />
de la reformación de aquella enmienda, y error de Derecho; pues no *<br />
es jufto que por la ignorancia, ó malicia dé los Contadores, tientan, y<br />
padezcan qualquiera de los dichos herede ros efto agravióme obliante<br />
qualefquier pactos^ efcrituras;y es la razón, quia non videtur pacto<br />
perimi sdequi non efl cogitatum per l fin §.p¿n*ltff.de condit.indcb.<br />
& ica notat NÍoncalv./« l.Ü.tit.4..l¡b?$.fiori.G¡of.defecha.<br />
J04 Y en cafo que alguno de los dichos herederos pid 1 reformación<br />
de la dicha partición,alegando,que aunque no fe ocultaron bienes<br />
a'gunos en los que le adjudicaron , 6 refpedo de ¡os demás bienes,<br />
y herederos, fue lefo, y engañado,entonces hade con (¡de. ra? el<br />
Juez tres cotas. Lo primero, en la cantidad que prueba el heredero<br />
fue lefo, y damnificado,porque lino es en la mitad del jufto valor , y<br />
pr.cio.no debe fer oído;y cafo que lo alegue,y no lo pruebe,no debe<br />
fer reformada la partición,corneo en ios demás contratos, fegun U ley<br />
a.C. derefeindenda venditione. Y tiendo hecha la partición por titulo<br />
de tranfaccion,y la leíion excedió de la mitad del jufto valor , y precio,aunque<br />
fea jurada, avra lugar fu remedio, vt ica notat Petr. Sen.<br />
de ajfecura.frfponfimerea.¿.part.num.4 Gutier.ptast. qu.efi .lib.z.q.<br />
141 .per totam, quos fequitur, & refere Villad. in Política firma de libelar,<br />
n.i iç.vetf.Tno avra lugar fol. 148,<br />
30c Lo fegundo, que efte remedio de la letion fe ha de intentar<br />
dentro dequatro años,como fuere otorgada,óaprobada la dicha paçr<br />
ticion, vt ita notat idem Gutiérrez, vbifup.qua/l. \\\. adonde dize:<br />
que pitfado efte dicho tiempo no fe puede intentar, aunque fea por<br />
via de excepción, Villad. vbifiup vtrf. Puede fie intentar', falvo.ti la leíion<br />
fue enormifsima,quc entonces fe puede intentar dentro de treinta<br />
años,aunque la dicha partición efte jurada, vt ita notat Villadieg.<br />
vbi fup.verfi. Y fiendo enormifsima: folo fe hade notar,efpecialmente<br />
quando no intervino juramcnto;que ti el heredero intentó efta acción<br />
dentro de vn año de como fue aprobada la partición,alegando,y probando<br />
fue lefo, y engeñado en la fext3 parte de la cantidad que le dci<br />
bia pertenecer,que entonces ha de fer oido; y cafo que lo pruebe, ha<br />
de fer reformada la dicha partición, y deshazcrel agravio tpertext.<br />
in l.fiforor, C.de col. & ita notat Molin. de ntjl. fr iur. 1. traéí. difp,<br />
14 n. ' 1. Y efto mas fe practica en Portugal.<br />
3c