1 - DSpace CEU
1 - DSpace CEU 1 - DSpace CEU
3 S 2 Siguenç¿, Libro fegundo] fe ganaron confiante el fegundo matrimonio , fe ha dé pagar la prfa mera dote ; y efto procede, aunque la fegunda fea exprcífa, y la primera no ; porque bafta la tacita hypotcca privilegiada para preferir ala expreíía , y poílerior menos privilegiada , como lo es en los bienes gananciales , por no tener derecho la muger en ellos de hypoteca privilegiada , vt ¡ta notat Gómez Arias , contra Antón. Gómez , inieg. 'yj.Tauri, num. 41. & ita videbis per cundern Arias , in leg. 14. Tauri. num. 4. per Gutiérrez , de tur amento confirmatoria, 1. pñrt.cap.xC.n 6.y i qual dize aísi aver fido determinado en la Chancillen a de Valladohd. 148 Y por el configuiente,la fegunda muger ha de fer pagada de fu dote en la mitad de bienes gananciales,que fe ganaron confiante el primer matrimonio, por la hypoteca privilegiada, que fe prefiere a la menos privilegiada , como es la que la primer muger tiene en las dichas íus ganancias , fin la dicha anterioridad, y privilegio : lo qual no folo ha lugar, y procede por caufas de las dichas dotes,pero también por otras qualefquier deudas , de qualquier calidad que íean , verbi gratia : fupongamos , que durante el matrimonio fe adquirieron algunos bienes , afsi como caías , o heredades , los quales bienes confn tante el dicho matrimonio , el marido los enagenó ; diífuelto el di-: chó matrimonio, la muger, 6 fus herederos no hallan bienes fundentes del marido para fatisfacerfe, y pagarfe de aquella dote: la duda es aora , fi haziendo primero excuríion de los bienes que quedaron por fin , y muerte del marido , 6 la muger , podran los herederos de ella venir contra los terceros poífecdores de aquellos bienes gananciales. En el qual articulo fe refponde con fuma brevedad , y digo : que faltando bienes del marido , para fatisfacion de la dote , puede , y tiene acción ¡a muger para pedir á los terceros poífeedores los bienes ganados, confiante el dicho fu matrimonio , enagenados por el marido , haziendo primero excuríion en los demás bienes , que por fu fin, y muerte quedaron , de cuyos bienes fe le han de entregar la mitad que al marido pudieron pertenecer , por la hypotcca tacita, y exprcífa ,que la muger tiene en los bienes de fu maridó , afsi en los prefentes , como en los que fe adquirieren de futuro, fecundum leg, 5. íital. 1 $.part. 5. ¿r ibíghf. 5. ¿fin leg.finafff. qux res obligar, fojfef Yfupueíto que la mitad de ganancias fon bienes de futuro , ganados por el marido , tendrá acción la muger á pedir la dicha íu dote, afsi por la expreíía anterior , como por la tacita pofierior,y privilegiada,á qualquier tercero poífeedor.que tuviere,y pófléyere los bienes conocidos, que confiante aquel matrimonio fe huvieron garlado i pues los bienes, aora fean los hypotecados al tiempo de . * la
T)e C Uu fulas InfltttmcntakfyÇaf, XI. 385 a ohligacion.aora en les que defpues fe adquieren por la general,paffan íiempre con efta caj ga sn quakplier tercero polleedor, vt ita probal nr ¡ni. ¡8 fir.j 1 fatt-¡,%% en la otra mitad de ganancias que ala muger le pf-rtcnecen, n obtendrá acciona pedirlas, por razón de que , como dicho es,no tiene hypoteca de pr elación en ellas: y afsi,en quanto aellas,ferá preferido otro qualquier acreedor,y poffeedor, por poíle-: rior que fea,en la deuda,y oblige.cion,vt ita afrirmat loan.Garete expenf.c.ii.n.i 1 ¿r 2?-. de que íe admira averfe determinado lo contrario de la referida doctrinaren que no folamente los terceros poífeedor res fueron condenados á que ditífen , y reftituyeffen la mitad que le pertenecía al marido, peto también lo que le pertenecía á la muger,!» qual de derecho no avia lugar por las razones, y caufas dichas. 149 Lo qual no procede,ni ha lugar quando el padre,diíTuelto el matrimonio, enagenó los bienes conocidos, ganados confiante aquel dicho matrimonio: porque en realidad de verdad,los hijos, y herederos de la muger podrán muy bien pedir, y traer de la reivendicacion, fobre los dichos bienes enagenados en tercero poffeedor,muerto elpadre, ó por la emancipación del matrimonio, faltim por la mitad de lo que de derecho les puede pertenecer ( no aceptando las ganancias, y hazienda de fu padrejy fobre todo,fe ha de hazer excurfion en los bienes del padre,atento que los dichos bienes,aunque pueden fer enagenados , fe ha de entender en fubfidio de no tener el padre con que fatisfacer fu valor, por quedar, como quedaron,refervados á los dichos herederos, como los demás bienes adventicios, y dótales,vt ita colligitur ex doctrina Azev. in 1.6. tit p.Hb.^. Recop.ghf.de los bienes multiplicados, Azev. in I. 1 4. Taur. glof 3. num. :. loan. Garc. de expenf, dicl.cap. 1 \ . num. 10. adonde dize: puede el padre hazer efta dicha ' enagenacion contra la voluntad de los hijos, ex teftamento,afsi como mandarlas, y legarlas , aunque en quanto á la muger, id eft, contra iu voluntad, no avrá lugar en fu mitad , vt ibi: y efto no fe debe ente nder en la cnagenacion, aunque fea contra la voluntad de la muger, vt ita tenet Antón.Gom.in l. 50. Taur.num. 75. ¿*740. vide Azev.¡ni. 5- ih, ç. :;urn. i lib. 5. Recop adonde duda , íi fe hade entender efta donación, fiendo otorgada, caufa mortis. 150 Y porque en realidad de verdad,como dicho queda.la muger no debe fer mas privilegiada,fino es en quanto fuere anterior,pOr CU-J Va caefa, y razón parece no fe le atribuyen otros privilegios algunos, ferá ínerca traer ala memoria los que no es jufto fe obfeurezcan,demás {•e los que en diferentes partes defte Tratado fe han referido , y notado: y aísí, lo primero, le compete á la muger retención en los bienes de iu marido, hafta que íe le haga pago de los bienes dótales, íalvo,íi los.
- Page 342 and 343: 2 j l • Slguencá, Libro fegun do
- Page 344 and 345: 3 J 4 Sigua nça, K ? 6f 0 fegun do
- Page 346 and 347: i j 6 Siga ene a y L¡&r&.fegtt?icf
- Page 348 and 349: j¡ > 8 Siguença, Libro fcgunío,
- Page 350 and 351: 27 Y aunque el heredero no acepte l
- Page 352 and 353: 'Siffuençdy Libro fe tundo, hombra
- Page 354 and 355: 344 ShuençA, Libro Cegando, cialme
- Page 356 and 357: 2J.6 Siguanea , Libro fecundo, echa
- Page 358 and 359: •548 Siga-ene*, Libro feg'vnh, de
- Page 360 and 361: j£o Siguença, Lifiro f gando, nio
- Page 362 and 363: j C/1 Slguença, Vibro fegundo, que
- Page 364 and 365: 3 £4 SÍ cuenca y Libro fe gando;
- Page 366 and 367: 5
- Page 368 and 369: j y 'd Siguen c&, Lihropgundo^ §.
- Page 370 and 371: 3 6o. Slguencá, Libro fe gando ^ r
- Page 372 and 373: j 61 Slguença, Ltbrofegun lo, el e
- Page 374 and 375: 3 ¿4 Stou-ençdy Libro fegunáo y
- Page 376 and 377: 3 6 6 SUuençtiyL ib ro fe cu n ¿o
- Page 378 and 379: jég m Siguenfá, Libro fegundñ\ 1
- Page 380 and 381: 3 yo S'guenca, L%m f-vunde, i io Fi
- Page 382 and 383: . ;«i Siguen ç a, Vibrofgundo, ma
- Page 384 and 385: j 74 Stguenca, Libro fe gando, ta,
- Page 386 and 387: 3 7 ó Siguen çd, Libro fegundo] f
- Page 388 and 389: 378 S'igucnçd , Lhro fegnndo, ¿T
- Page 390 and 391: J 8o Sifuençd, Libro fecundo, prin
- Page 394 and 395: los herederos del marido lo contrad
- Page 396 and 397: 3 o 6 Si o uenç a , L í¿r
- Page 398 and 399: j 8 S Slgusnçd, Libro fegundo > jf
- Page 400 and 401: •} o o SfguençAy Litro fecundo,
- Page 402 and 403: 39 1 Siouencet, Libro ft tundo. §.
- Page 404 and 405: 3 04 Siguen cd, Libro fecundo] la p
- Page 406 and 407: jço SlgH-ençA ¡Libro fegundo, v
- Page 408 and 409: 2^8 Slguença, Libro fegundo, biene
- Page 410 and 411: ^ o o Siguen c a, Vibro fegundo, ao
- Page 412 and 413: 40 z Stguença, Vibro fegundo, jora
- Page 414 and 415: 404 Stgnença, Librofe^ndo, tiene b
- Page 416 and 417: 4o6 ShiuncA , Vihro feoundak& via d
- Page 418 and 419: '408 Si cuenca, Libro fegundo, tes
- Page 420 and 421: 4* o Siguença, Vibro fegundo, # te
- Page 422 and 423: 41 x Siguença, Libro fegmdo¡ no e
- Page 424 and 425: 414 Siçuen>Ç4, L¡brtf fegunh\ de
- Page 426 and 427: A\6 Shuenca , Libro feoundo % legad
- Page 428 and 429: 41 o Stguença, Vibro fecundo,
- Page 430 and 431: 4io S'gucncét, Libro fegundo, no c
- Page 432 and 433: *\ii Slguença, Vtlfrofegmáoj fe g
- Page 434 and 435: 414 Shuençd , libré [epvio, quari
- Page 436 and 437: 4iá Siguençd, Libro Segmh, 'cipal
- Page 438 and 439: 4*8 Steuenç*, Libro frunció, del
- Page 440 and 441: 4^0 Slgnrnça, Libro fegundo*, falt
3 S 2 Siguenç¿, Libro fegundo]<br />
fe ganaron confiante el fegundo matrimonio , fe ha dé pagar la prfa<br />
mera dote ; y efto procede, aunque la fegunda fea exprcífa, y la primera<br />
no ; porque bafta la tacita hypotcca privilegiada para preferir<br />
ala expreíía , y poílerior menos privilegiada , como lo es en los<br />
bienes gananciales , por no tener derecho la muger en ellos de hypoteca<br />
privilegiada , vt ¡ta notat Gómez Arias , contra Antón. Gómez<br />
, inieg. 'yj.Tauri, num. 41. & ita videbis per cundern Arias , in<br />
leg. 14. Tauri. num. 4. per Gutiérrez , de tur amento confirmatoria, 1.<br />
pñrt.cap.xC.n 6.y i qual dize aísi aver fido determinado en la Chancillen<br />
a de Valladohd.<br />
148 Y por el configuiente,la fegunda muger ha de fer pagada de<br />
fu dote en la mitad de bienes gananciales,que fe ganaron confiante el<br />
primer matrimonio, por la hypoteca privilegiada, que fe prefiere a la<br />
menos privilegiada , como es la que la primer muger tiene en las dichas<br />
íus ganancias , fin la dicha anterioridad, y privilegio : lo qual no<br />
folo ha lugar, y procede por caufas de las dichas dotes,pero también<br />
por otras qualefquier deudas , de qualquier calidad que íean , verbi<br />
gratia : fupongamos , que durante el matrimonio fe adquirieron algunos<br />
bienes , afsi como caías , o heredades , los quales bienes confn<br />
tante el dicho matrimonio , el marido los enagenó ; diífuelto el di-:<br />
chó matrimonio, la muger, 6 fus herederos no hallan bienes fundentes<br />
del marido para fatisfacerfe, y pagarfe de aquella dote: la duda es<br />
aora , fi haziendo primero excuríion de los bienes que quedaron por<br />
fin , y muerte del marido , 6 la muger , podran los herederos de ella<br />
venir contra los terceros poífecdores de aquellos bienes gananciales.<br />
En el qual articulo fe refponde con fuma brevedad , y digo : que faltando<br />
bienes del marido , para fatisfacion de la dote , puede , y tiene<br />
acción ¡a muger para pedir á los terceros poífeedores los bienes<br />
ganados, confiante el dicho fu matrimonio , enagenados por el marido<br />
, haziendo primero excuríion en los demás bienes , que por fu fin,<br />
y muerte quedaron , de cuyos bienes fe le han de entregar la mitad<br />
que al marido pudieron pertenecer , por la hypotcca tacita, y exprcífa<br />
,que la muger tiene en los bienes de fu maridó , afsi en los<br />
prefentes , como en los que fe adquirieren de futuro, fecundum leg,<br />
5. íital. 1 $.part. 5. ¿r ibíghf. 5. ¿fin leg.finafff. qux res obligar,<br />
fojfef Yfupueíto que la mitad de ganancias fon bienes de futuro<br />
, ganados por el marido , tendrá acción la muger á pedir la dicha<br />
íu dote, afsi por la expreíía anterior , como por la tacita pofierior,y<br />
privilegiada,á qualquier tercero poífeedor.que tuviere,y pófléyere<br />
los bienes conocidos, que confiante aquel matrimonio fe huvieron<br />
garlado i pues los bienes, aora fean los hypotecados al tiempo de<br />
. * la