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2.2, o Shu rnç*,L : b re fie ton do ofrecer.Y afsí.cónfiderando los muchos,y grandes errores que fe han caufado.y cada dia fe ruzen en las dichas particiones,me pareció para que ceíTen eftos inconvenientes,pues la materia nos da caufa para ello, traer ala memoria por las caufas mas principales de la ley 80.tit.18.. parc.3. los cafos mas ocurrentes, y tocantes á cite juicio, pues como dicho es,ferá caula para que ceífen eftos agravios,y fe conozca la jufticia ; el derecho de cada vno de los herederos, y partes. E-fto atento á quefiandofe , como oy fe fian eftjs di'jhas particiones en dos Contadores , qu^ quando no ignoren el eftilo, y oiden con que fe debe proceder en ellas , esimpofsible dexar de ignorar lo que confifte en Derecho *, por cuya caufa íe liguen afsimifmo notables agravios; cuya experiencia cada dia nos eníeña, que fi no fe previenen fus daños de fu tardançz , fe puede temer fu remedio. Y íupnefto efto , lo primero que fe duda es , ibi : En que forma , y con que folemni-, dad fe debe proceder en efia^ dichas particiones , para quejufiificadamente fe de á cada vno de los dichos herederos lo que le pertenece , y de derecho es fuyo. Y porque el difeurío es largo , y en efta materia ay mucho que advertir, íe declarará la dicha fu forma,y folemnidad por las claufulas de la dicha ley ochenta , que en fu confeqaencia , aora fe hagan las dichas particiones de coníentirniento de las partesextrajudicialmente , aora fe hagan judicialmente , íe notará lo que por ventura defpues de hecho no fe puede venir , ni dezir con ello, fino es en la forma , y manera que por la dicha ley irá advertido : dan Jo á entender afsimifmo, que por manifiefio , y oculto que fea el error que en las dichas particiones aya precedido,efpecialmente, fiendo caío que cor.fiftio en derecho , que no íe pueda deshazer, y enmendar en fatisfacion de la parre agraviada , aunque entre los dichos* herederos , y partes fe aya celebrado pacto, / tranfaccior. de no venir, ni contradezir la dicha partición ; y- aunque aísimifmo fe-bre lo fufodícho aya ávido fentencia,que yáefte pxííada en cofa juzgada.Y afsi, para que todo lo fupra referido fe declare con verdadera,y cierta diftiücion,(e notarán primeramente las palabras de la primera claufula de ía- dicha ley 80. que fu tenor es el figuienre. Sepan quantos ef!a carta vieren , como Domingo Pérez, e Rodrigo, fijos que fueron de Pérez Eftevan, quiricudo hazer partición 2.de todos ios bienes que avian de Jo vno , l hereda* o* de fu padre, efon ejeritos en efta carta , b. acordada-, mente fizieren de ellos dos partes. 2 l*\;¿?ueriendofazerparticicin.a.Y de tres formas,de que fe puede hazer partición,me parece que cada vna de ellas,haziendole con juíliftcacion,yconíentirniento délas partes,y hercdcros,es jufto que fe alabe.Dc las quaies/es la Yna^la que fe haze judicialmente ?de pcdimier.ro «te

VeChufuUs Infirmmni ales,Cap. XI. } 5 i de los dichos herederos, y parres infere ffadas:y la fegunda es, la que entre los dichos herederos es ordenada,/ otorgada ante Juez competente, que los dichos la preíenten,para que en aquella forma fea confirmada. Y la. tercera, y vltima es, la que lin autoridad de juez fe haze ,y otorga entre todos los dichos herederos , y hermanos , hazien* do, y otorgando vnos en favor de otros efcr ¡rura, en que fe contiene de la forma que han hecho ,.y otorgado la dicha partición , con diftincion , y claridad de lo que á cada vno de los dichos herederus Íes perteneció, y en fu parte fe les adjudicó: la qual, por fer de confeucimiento , y conformidad tuya > es la que con mas juila razón fe^debe alabar , pues de afsi hazeríe > reinita paz, y quietud éntrelos dichos herederos , vt ¡ta notat Bald. in §. pr ¿etérea Une atas , deprobib.feud. coT.penulh ¿r *ft text. fn l.fin.ff. fam % ercifi. 3c ita notat Greg. Lop. in Glofi.d.l. 80. tit. iS.part. j . §. Inventario. I. 3 Ibi: E fin efe ritos en efta carta, b. Y de qualquier manera que la partición fe determine hazer, fiempre fe hade hazer inventario de todos los bienes que fe han de partir, y dividir entre los dichos hcfe* deros. Y para evitar las penas en que muchas vezes incurren los herederos, y otras peribnas, por no hazer el dicho inventario, efpecialmente, quando las dichas particiones fe han die hazer judicialmente; fe advierte lo primero , que eftos bienes fe han de inventariar publicamente ante Efcrivano del numero , de todos los dichos bienes , de que fe trata partición , vt eft text. in Lfin. C. de iure dehb. ¿» in l. tit. 6. part. 6. & ibi Greg, Guid. Pap. deforma inventar. 4 Y las períonas que tienen obligación á hazer el dicho inventario, fon las figuientes, fcilicét. El heredero, ex teftamento, ó abinteftato, que de derecho le pertenecen los bienes del difunto, vt in l fian, cimas, C. de iur. deliber.(]r in i. 5. t. 6.p. 6. El fideicomisario, que por tiempo cierto ha de gozar de los bienes, y hazienda, con condición, y gravamen de reftituirlos/t'/ in l.ratione, §.^ucd vulgo, ¿ ibi Glof. ¿r in l.falcidiam.¿> in /.1. ¿y ibi Glofi.§. Hac verba ff.fi cui plufijuam per Lfijlcid:¿L\b\ DD.¿* in l. ío.d.t.ó.p. 6. & ibi Greg. loan. Gn.c. de expenfe. 1 \.n. 66$. Molin. de Hifp.primog. /./>. i.c. 27, n. 3. Ángel, in %.confiitut. infl.de vfiifrucl. Y afsimifmo el padre que es legítimo adminiftrador de los bienes del hijo, fecundum'Boerium, decifi. 6i. n.7. Betrandus, conf. 242.volum. i.n. 6. Arias P.inel. in (. [,c. de bonis mater.i.par.n.z3. Efcobar, de ratiocin. c.y.n.66. Iten, el Fifco, que como heredero fuesdió en algunos bienes, tiene obligación a

2.2, o Shu rnç*,L :<br />

b re fie ton do<br />

ofrecer.Y afsí.cónfiderando los muchos,y grandes errores que fe han<br />

caufado.y cada dia fe ruzen en las dichas particiones,me pareció para<br />

que ceíTen eftos inconvenientes,pues la materia nos da caufa para ello,<br />

traer ala memoria por las caufas mas principales de la ley 80.tit.18..<br />

parc.3. los cafos mas ocurrentes, y tocantes á cite juicio, pues como<br />

dicho es,ferá caula para que ceífen eftos agravios,y fe conozca la jufticia<br />

; el derecho de cada vno de los herederos, y partes. E-fto atento<br />

á quefiandofe , como oy fe fian eftjs di'jhas particiones en dos<br />

Contadores , qu^ quando no ignoren el eftilo, y oiden con que fe debe<br />

proceder en ellas , esimpofsible dexar de ignorar lo que confifte<br />

en Derecho *, por cuya caufa íe liguen afsimifmo notables agravios;<br />

cuya experiencia cada dia nos eníeña, que fi no fe previenen fus daños<br />

de fu tardançz , fe puede temer fu remedio. Y íupnefto efto , lo<br />

primero que fe duda es , ibi : En que forma , y con que folemni-,<br />

dad fe debe proceder en efia^ dichas particiones , para quejufiificadamente<br />

fe de á cada vno de los dichos herederos lo que le pertenece<br />

, y de derecho es fuyo. Y porque el difeurío es largo , y en efta<br />

materia ay mucho que advertir, íe declarará la dicha fu forma,y folemnidad<br />

por las claufulas de la dicha ley ochenta , que en fu confeqaencia<br />

, aora fe hagan las dichas particiones de coníentirniento de<br />

las partesextrajudicialmente , aora fe hagan judicialmente , íe notará<br />

lo que por ventura defpues de hecho no fe puede venir , ni dezir<br />

con ello, fino es en la forma , y manera que por la dicha ley irá advertido<br />

: dan Jo á entender afsimifmo, que por manifiefio , y oculto que<br />

fea el error que en las dichas particiones aya precedido,efpecialmente,<br />

fiendo caío que cor.fiftio en derecho , que no íe pueda deshazer, y<br />

enmendar en fatisfacion de la parre agraviada , aunque entre los dichos*<br />

herederos , y partes fe aya celebrado pacto, / tranfaccior. de no<br />

venir, ni contradezir la dicha partición ; y- aunque aísimifmo fe-bre<br />

lo fufodícho aya ávido fentencia,que yáefte pxííada en cofa juzgada.Y<br />

afsi, para que todo lo fupra referido fe declare con verdadera,y cierta<br />

diftiücion,(e notarán primeramente las palabras de la primera claufula<br />

de ía- dicha ley 80. que fu tenor es el figuienre. Sepan quantos ef!a<br />

carta vieren , como Domingo Pérez, e Rodrigo, fijos que fueron de Pérez<br />

Eftevan, quiricudo hazer partición 2.de todos ios bienes que avian de Jo<br />

vno , l hereda* o* de fu padre, efon ejeritos en efta carta , b. acordada-,<br />

mente fizieren de ellos dos partes.<br />

2 l*\;¿?ueriendofazerparticicin.a.Y de tres formas,de que fe puede<br />

hazer partición,me parece que cada vna de ellas,haziendole con juíliftcacion,yconíentirniento<br />

délas partes,y hercdcros,es jufto que fe alabe.Dc<br />

las quaies/es la Yna^la que fe haze judicialmente ?de pcdimier.ro<br />

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